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ACEPCIONES DEL DERECHO
 Es el conjunto de normas de
derecho que regulan la
conducta operativa del ser
humano en sociedad; es
decir la materialización de la
conducta, Esto significa que
aunque se origine en el
pensamiento, la conducta
debe plasmarse en la
realidad para que pueda ser
sancionada o no. Es la
conducta de los hombres que
viven y conviven en sociedad,
la que es percibida por los
sentidos.
 Es un derecho a la
conducta de los individuos
que se encuentran
jurídicamente obligados.
Esto es, el contenido de un
derecho es siempre el
cumplimiento de un deber.
Se entiende como tal
autorización que la noema
jurídica concede al
pretensor. Es la posibilidad
de exigir a un sujeto, quien
se encuentra obligado a
realizar los actos según su
norma.
DERECHOOBJETIVO DERECHOSUBJETIVO
NO TODO DERECHO POSITIVO ES VIGENTE, PERO
TODO DERECHO VIGENTE ES POSITIVO.
 Conjunto de normas
jurídicas que la autoridad
considera obligatorias en
un espacio y época
determinados; comprende
los ordenamientos legales
que constituyen la
estructura de un país. El
derecho positivo no se
encuentra sancionado
formalmente por la
autoridad, pero tiene
reconocimiento social para
su aplicación.
 Conjunto de normas
impero-atributivas, que
en una cierta época y
país, la autoridad
declara obligatorias, las
cuales tuvieron que
haber llevado un
procedimiento que
concluye con la entrada
en vigor publicada en
el Diario Oficial de la
Federación.
DERECHOPOSITIVO DERECHOVIGENTE
 DERECHO PÚBLICO.- Conjunto de normas jurídicas que
competen al Estado y a la sociedad en su conjunto. Regula la
actividad del Estado, sus funciones, atribuciones, limitaciones,
sanciones, derechos y obligaciones, procedimientos de
impugnación y medios de defensa de los gobernados.
 DERECHO PRIVADO.- Conjunto de normas jurídicas, en las cuales
interviene sólo la voluntad de los sujetos en su carácter individual y
personal: matrimonio, divorcio, títulos de crédito, adopción,
testamentos, contratos, operaciones de bancarias, etc.
 DERECHO SOCIAL.- Nace en el derecho público a partir de los
cambios en las formas de vida. Su objetivo es ordenar y corregir las
desigualdades que existen entre las clases sociales, con la
intención de proteger a las personas ante las distintas cuestiones
que surgen en el día a día.
TEORÍAS
 DEL INTERES EN JUEGO. Teoría basada en la capacidad
de relación se determinan los papeles de conducta racional en
situaciones de "juego" en las que los resultados son condicionales
a las acciones de jugadores interdependientes”, en pocas palabras
es la relación continua entre dos o mas personas las cuales son
todas racionales, inteligentes y comprenden todos los objetivos,
puntos a tratar, y mas aun comprenden y tienen estrategias de
desarrollo a cualquier tipo de “juego” o actividad enfocada a la
reunión planteada. Su principal exponente es Savigny.
 TEORÍA DE LA NATURALEZA DE LA RELACIÓN. Es la
teoría basada en atender la naturaleza de las relaciones entre el
Estado y los particulares.
NORMAS DEL ORDEN
PUBLICO
 Es pro ducto de una larg a
e vo lució n histó rica q ue sufre
distinto s pro ce so s y q ue pasa
de la ide a de un de re cho
de rivado de la divinidad, a la
de un de re cho de ducido de la
naturale z a hum ana cuyo s
po stulado s o principio s
pue de n o bte ne rse po r
m é to do s racio nale s”
 El iuspositivismo, también
conocido como positivismo
legal, es una corriente de
pensamientos jurídicos, en
donde la principal tesis del
iuspositivismo es la
separación entre moral y
derecho, que supone un
rechazo a toda relación
conceptual vinculante entre
ambos..
IUSNATURALISMO IUSPOSITIVISMO
DERECHO
 Es el que se encuentra
contenido en normas de
contenido sustantivo, como el
Código Civil, o el Código
Penal, entre otras. Para
algunos tratadistas el
derecho sustantivo establece
derechos u obligaciones o
establece sanciones como en
el caso de las normas
contenidas en el Código
Penal. Algunos tratadistas
denominan a los Códigos
mencionados como Códigos
sustantivos.
 El derecho adjetivo es el que
se encuentra contemplado en
normas de contenido
procesal, por ejemplo en el
Código de Procedimientos
Penales, en el Código
Procesal Civil, la Ley del
Procedimiento Administrativo
General entre otras. El
derecho adjetivo establece y
regula procedimientos.
Algunos tratadistas
denominan Códigos adjetivos
a los Códigos mencionados.
SUSTANTIVO ADJETIVO
 SUJETO: Se considera sujeto de derecho a un centro de
imputación ideal de deberes y derechos; esto es, aquella
unidad sobre la que la ley efectúa imputaciones directas,
arroJándole derechos y obligaciones. Para el Derecho los
únicos sujetos de derecho son las personas, que pueden ser
de existencia ideal o de existencia visible.
 Definición persona: es "todo ente susceptible de adquirir
derechos y de contraer obligaciones.
Los sujetos de derecho pueden ser individuales o colectivos.
 Los individuales lo constituyen la persona natural, el individuo
de la especie humana que es capaz de adquirir derechos y
obligaciones.
 Los sujetos de derecho colectivos se constituyen
como personas jurídicas.
 DEBER JURISDICCIONAL. La acción jurisdiccional
es, también, el derecho de acceder a una resolución judicial sobre
el fondo del asunto. Es el derecho a la acción en sentido concreto.
Se satisface con una resolución judicial favorable y con una
desfavorable.
 DERECHO DE ACCIÓN. El derecho de Acción es la
facultad de pedir de los órganos jurisdiccionales del Estado la
aplicación del derecho objetivo a casos concretos, ya sea con el
propósito de esclarecer una situación jurídica dudosa, ya con el de
que se declare la existencia de una determinada obligación y, en
caso necesario, se haga efectiva, aun en contra de la voluntad del
obliga
 PROCESO.- El proceso según Calamandrei es "una serie de
actos coordinados y regulados por el Derecho Procesal, a través
de los cuales se verifica el ejercicio de la jurisdicción.
 EL PROCESO DECLARATIVO. Según Carnelutti (4)
"tiene por objeto acertar los estados jurídicos, es decir, establecer
la aplicación obligatoria de las normas. El proceso declarativo
busca la certidumbre jurídica y exige como requisito indispensable
el interés jurídico actual en el demandante.
 EL PROCESO EJECUTIVA. Se presenta cuando,
pese a la declaración de certeza y a la condena, el obligado no
cumple las obligaciones declaradas a su cargo o se allane
espontáneamente a cumplir la condena. El proceso de ejecución
está dirigido a asegurar la eficacia de las sentencias de condena.
4. SISTEMATIZACIÓN DEL
DERECHO
Público
DERECHO Privado
Social
RAMAS DEL DERECHO
PÚBLICO

DERECHO CONSTITUCIONAL. Es el conjunto de normas relativas a la
estructura fundamental del Estado, a las funciones de sus órganos y a las
relaciones de estos entre sí y con los particulares.
 DERECHO ADMINISTRATIVO. Rama del Derecho Público que tiene por
objeto la administración pública.
 DERECHO PENAL. Conjunto de normas que determinan los delitos, las
penas que el Estado impone a los delincuentes y las medidas de seguridad que
el mismo establece para la prevención de la criminalidad.
 DERECHO PROCESAL. Conjunto de normas destinadas a la aplicación de
las normas del derecho a casos particulares, ya sea con el fin de esclarecer
una situación jurídica dudosa, o con el propósito de que los órganos
jurisdiccionales declaren la existencia de una obligación y en su oportunidad
ordenen se haga efectiva.
 DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO. Conjunto de normas que rigen
las relaciones de los Estados entre sí y señalan sus derechos y deberes
recíprocos.
RAMAS DEL DERECHO
PRIVADO
 DERECHO CIVIL.- Determina las consecuencias esenciales de
los principales hechos y actos de la vida humana (nacimiento,
mayoría, matrimonio) y la situación jurídica del ser humano con sus
semejantes (capacidad civil, deudas y crédito) o en relación con las
cosas ( propiedad, usufructo, etc.)
 DERECHO MERCANTIL.- Conjunto de normas relativas a los
comerciantes y a los actos de comercio. Alfredo Rocco, lo define
como la rama del derecho que estudia los preceptos que regulan el
comercio y las actividades asimiladas a él, y las relaciones jurídicas
que se derivan de esas normas.
 DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO. Conjunto de
normas que indican en que forma deben resolverse, en materia
privada, los problemas de aplicación que derivan de la pluralidad
de legislaciones.
LAS RAMAS COMPLEJAS
 DERECHO BANCARIO. Es el conjunto de normas jurídicas que
se refieren a la actividad de los bancos, esta actividad tiene un
sujeto actor, y desde un punto de vista jurídico, consiste en el
establecimiento de relaciones patrimoniales con otros sujetos,
mediante la conclusión de contratos.
 DERECHO CANONICO. De PEDRO LOMBARDIA (renovador
del Derecho Canónico en España, Catedrático de la Complutense
de Madrid), “…es el Ordenamiento Jurídico de la Iglesia Católica, el
conjunto de factores que estructuran la Iglesia como una sociedad
jurídicamente organizada”.
 DERECHO MILITAR. Es el conjunto de disposiciones que regulan
la organización, funciones y mantenimiento de las Fuerzas
Armadas.
RAMAS DEL DERECHO
SOCIAL
 DERECHO AGRARIO. Rama del derecho que contiene las normas
reguladoras de las relaciones jurídicas concernientes a la agricultura.
 DERECHO TRABAJO. Conjunto de normas que rigen las relaciones
entre trabajadores y patrones.
 DERECHO AMBIENTAL. Es aquel que se encargará de establecer
todas las legislaciones, regulaciones y controles que tengan como objetivo
final la conservación y preservación del medio ambiente por considerárselo
como el único espacio en el cual el ser humano puede llevar a cabo su
existencia.
 CONSUMIDOR. Individuo que requiere satisfacer cierta necesidad a
través de la compra u obtención de determinados productos, para lo cual
debe llevar a cabo algún tipo de operación económica. Estas operaciones
pueden ser muy básicas y simples o extremadamente complejas e
involucrar a corporaciones de gran tamaño. Para que exista un
consumidor, siempre tiene que haber otro ente que provea el servicio (o
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DERECHOS HUMANOS
 Hace referencia a las libertades, reivindicaciones y facultades
propias de cada individuo por el sólo hecho de pertenecer a la raza
humana. Esto significa que son derechos de carácter inalienable
(ya que nadie, de ninguna manera, puede quitarle estos derechos a
otro sujeto más allá del orden jurídico que esté establecido) y de
perfil independiente frente a cualquier factor particular (raza,
nacionalidad, religión, sexo, etc.).
Los derechos humanos también se caracterizan por
ser irrevocables (no pueden ser abolidos), intransferibles (un
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e irrenunciables (nadie tiene el permiso para rechazar sus
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  • 1. ACEPCIONES DEL DERECHO  Es el conjunto de normas de derecho que regulan la conducta operativa del ser humano en sociedad; es decir la materialización de la conducta, Esto significa que aunque se origine en el pensamiento, la conducta debe plasmarse en la realidad para que pueda ser sancionada o no. Es la conducta de los hombres que viven y conviven en sociedad, la que es percibida por los sentidos.  Es un derecho a la conducta de los individuos que se encuentran jurídicamente obligados. Esto es, el contenido de un derecho es siempre el cumplimiento de un deber. Se entiende como tal autorización que la noema jurídica concede al pretensor. Es la posibilidad de exigir a un sujeto, quien se encuentra obligado a realizar los actos según su norma. DERECHOOBJETIVO DERECHOSUBJETIVO
  • 2. NO TODO DERECHO POSITIVO ES VIGENTE, PERO TODO DERECHO VIGENTE ES POSITIVO.  Conjunto de normas jurídicas que la autoridad considera obligatorias en un espacio y época determinados; comprende los ordenamientos legales que constituyen la estructura de un país. El derecho positivo no se encuentra sancionado formalmente por la autoridad, pero tiene reconocimiento social para su aplicación.  Conjunto de normas impero-atributivas, que en una cierta época y país, la autoridad declara obligatorias, las cuales tuvieron que haber llevado un procedimiento que concluye con la entrada en vigor publicada en el Diario Oficial de la Federación. DERECHOPOSITIVO DERECHOVIGENTE
  • 3.  DERECHO PÚBLICO.- Conjunto de normas jurídicas que competen al Estado y a la sociedad en su conjunto. Regula la actividad del Estado, sus funciones, atribuciones, limitaciones, sanciones, derechos y obligaciones, procedimientos de impugnación y medios de defensa de los gobernados.  DERECHO PRIVADO.- Conjunto de normas jurídicas, en las cuales interviene sólo la voluntad de los sujetos en su carácter individual y personal: matrimonio, divorcio, títulos de crédito, adopción, testamentos, contratos, operaciones de bancarias, etc.  DERECHO SOCIAL.- Nace en el derecho público a partir de los cambios en las formas de vida. Su objetivo es ordenar y corregir las desigualdades que existen entre las clases sociales, con la intención de proteger a las personas ante las distintas cuestiones que surgen en el día a día.
  • 4. TEORÍAS  DEL INTERES EN JUEGO. Teoría basada en la capacidad de relación se determinan los papeles de conducta racional en situaciones de "juego" en las que los resultados son condicionales a las acciones de jugadores interdependientes”, en pocas palabras es la relación continua entre dos o mas personas las cuales son todas racionales, inteligentes y comprenden todos los objetivos, puntos a tratar, y mas aun comprenden y tienen estrategias de desarrollo a cualquier tipo de “juego” o actividad enfocada a la reunión planteada. Su principal exponente es Savigny.  TEORÍA DE LA NATURALEZA DE LA RELACIÓN. Es la teoría basada en atender la naturaleza de las relaciones entre el Estado y los particulares.
  • 5. NORMAS DEL ORDEN PUBLICO  Es pro ducto de una larg a e vo lució n histó rica q ue sufre distinto s pro ce so s y q ue pasa de la ide a de un de re cho de rivado de la divinidad, a la de un de re cho de ducido de la naturale z a hum ana cuyo s po stulado s o principio s pue de n o bte ne rse po r m é to do s racio nale s”  El iuspositivismo, también conocido como positivismo legal, es una corriente de pensamientos jurídicos, en donde la principal tesis del iuspositivismo es la separación entre moral y derecho, que supone un rechazo a toda relación conceptual vinculante entre ambos.. IUSNATURALISMO IUSPOSITIVISMO
  • 6. DERECHO  Es el que se encuentra contenido en normas de contenido sustantivo, como el Código Civil, o el Código Penal, entre otras. Para algunos tratadistas el derecho sustantivo establece derechos u obligaciones o establece sanciones como en el caso de las normas contenidas en el Código Penal. Algunos tratadistas denominan a los Códigos mencionados como Códigos sustantivos.  El derecho adjetivo es el que se encuentra contemplado en normas de contenido procesal, por ejemplo en el Código de Procedimientos Penales, en el Código Procesal Civil, la Ley del Procedimiento Administrativo General entre otras. El derecho adjetivo establece y regula procedimientos. Algunos tratadistas denominan Códigos adjetivos a los Códigos mencionados. SUSTANTIVO ADJETIVO
  • 7.  SUJETO: Se considera sujeto de derecho a un centro de imputación ideal de deberes y derechos; esto es, aquella unidad sobre la que la ley efectúa imputaciones directas, arroJándole derechos y obligaciones. Para el Derecho los únicos sujetos de derecho son las personas, que pueden ser de existencia ideal o de existencia visible.  Definición persona: es "todo ente susceptible de adquirir derechos y de contraer obligaciones. Los sujetos de derecho pueden ser individuales o colectivos.  Los individuales lo constituyen la persona natural, el individuo de la especie humana que es capaz de adquirir derechos y obligaciones.  Los sujetos de derecho colectivos se constituyen como personas jurídicas.
  • 8.  DEBER JURISDICCIONAL. La acción jurisdiccional es, también, el derecho de acceder a una resolución judicial sobre el fondo del asunto. Es el derecho a la acción en sentido concreto. Se satisface con una resolución judicial favorable y con una desfavorable.  DERECHO DE ACCIÓN. El derecho de Acción es la facultad de pedir de los órganos jurisdiccionales del Estado la aplicación del derecho objetivo a casos concretos, ya sea con el propósito de esclarecer una situación jurídica dudosa, ya con el de que se declare la existencia de una determinada obligación y, en caso necesario, se haga efectiva, aun en contra de la voluntad del obliga
  • 9.  PROCESO.- El proceso según Calamandrei es "una serie de actos coordinados y regulados por el Derecho Procesal, a través de los cuales se verifica el ejercicio de la jurisdicción.  EL PROCESO DECLARATIVO. Según Carnelutti (4) "tiene por objeto acertar los estados jurídicos, es decir, establecer la aplicación obligatoria de las normas. El proceso declarativo busca la certidumbre jurídica y exige como requisito indispensable el interés jurídico actual en el demandante.  EL PROCESO EJECUTIVA. Se presenta cuando, pese a la declaración de certeza y a la condena, el obligado no cumple las obligaciones declaradas a su cargo o se allane espontáneamente a cumplir la condena. El proceso de ejecución está dirigido a asegurar la eficacia de las sentencias de condena.
  • 11. RAMAS DEL DERECHO PÚBLICO  DERECHO CONSTITUCIONAL. Es el conjunto de normas relativas a la estructura fundamental del Estado, a las funciones de sus órganos y a las relaciones de estos entre sí y con los particulares.  DERECHO ADMINISTRATIVO. Rama del Derecho Público que tiene por objeto la administración pública.  DERECHO PENAL. Conjunto de normas que determinan los delitos, las penas que el Estado impone a los delincuentes y las medidas de seguridad que el mismo establece para la prevención de la criminalidad.  DERECHO PROCESAL. Conjunto de normas destinadas a la aplicación de las normas del derecho a casos particulares, ya sea con el fin de esclarecer una situación jurídica dudosa, o con el propósito de que los órganos jurisdiccionales declaren la existencia de una obligación y en su oportunidad ordenen se haga efectiva.  DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO. Conjunto de normas que rigen las relaciones de los Estados entre sí y señalan sus derechos y deberes recíprocos.
  • 12. RAMAS DEL DERECHO PRIVADO  DERECHO CIVIL.- Determina las consecuencias esenciales de los principales hechos y actos de la vida humana (nacimiento, mayoría, matrimonio) y la situación jurídica del ser humano con sus semejantes (capacidad civil, deudas y crédito) o en relación con las cosas ( propiedad, usufructo, etc.)  DERECHO MERCANTIL.- Conjunto de normas relativas a los comerciantes y a los actos de comercio. Alfredo Rocco, lo define como la rama del derecho que estudia los preceptos que regulan el comercio y las actividades asimiladas a él, y las relaciones jurídicas que se derivan de esas normas.  DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO. Conjunto de normas que indican en que forma deben resolverse, en materia privada, los problemas de aplicación que derivan de la pluralidad de legislaciones.
  • 13. LAS RAMAS COMPLEJAS  DERECHO BANCARIO. Es el conjunto de normas jurídicas que se refieren a la actividad de los bancos, esta actividad tiene un sujeto actor, y desde un punto de vista jurídico, consiste en el establecimiento de relaciones patrimoniales con otros sujetos, mediante la conclusión de contratos.  DERECHO CANONICO. De PEDRO LOMBARDIA (renovador del Derecho Canónico en España, Catedrático de la Complutense de Madrid), “…es el Ordenamiento Jurídico de la Iglesia Católica, el conjunto de factores que estructuran la Iglesia como una sociedad jurídicamente organizada”.  DERECHO MILITAR. Es el conjunto de disposiciones que regulan la organización, funciones y mantenimiento de las Fuerzas Armadas.
  • 14. RAMAS DEL DERECHO SOCIAL  DERECHO AGRARIO. Rama del derecho que contiene las normas reguladoras de las relaciones jurídicas concernientes a la agricultura.  DERECHO TRABAJO. Conjunto de normas que rigen las relaciones entre trabajadores y patrones.  DERECHO AMBIENTAL. Es aquel que se encargará de establecer todas las legislaciones, regulaciones y controles que tengan como objetivo final la conservación y preservación del medio ambiente por considerárselo como el único espacio en el cual el ser humano puede llevar a cabo su existencia.  CONSUMIDOR. Individuo que requiere satisfacer cierta necesidad a través de la compra u obtención de determinados productos, para lo cual debe llevar a cabo algún tipo de operación económica. Estas operaciones pueden ser muy básicas y simples o extremadamente complejas e involucrar a corporaciones de gran tamaño. Para que exista un consumidor, siempre tiene que haber otro ente que provea el servicio (o proveedor) y un producto u objeto por el cual se establece toda la operación.
  • 15. DERECHOS HUMANOS  Hace referencia a las libertades, reivindicaciones y facultades propias de cada individuo por el sólo hecho de pertenecer a la raza humana. Esto significa que son derechos de carácter inalienable (ya que nadie, de ninguna manera, puede quitarle estos derechos a otro sujeto más allá del orden jurídico que esté establecido) y de perfil independiente frente a cualquier factor particular (raza, nacionalidad, religión, sexo, etc.). Los derechos humanos también se caracterizan por ser irrevocables (no pueden ser abolidos), intransferibles (un individuo no puede “ceder” sus derechos a otro sujeto) e irrenunciables (nadie tiene el permiso para rechazar sus derechos básicos). Aún cuando se encuentran amparados y contemplados por la mayoría de las legislaciones internacionales, los derechos humanos implican bases morales y éticas que la sociedad considera necesaria respetar para proteger la dignidad de las personas