1. BASES CIENTÍFICAS, TECNOLÓGICAS Y LEGALES DE LA
EDUCACIÓN NO ESCOLARIZADA
En la educación no escolarizada se da una modalidad destinada a dar una
educación inclusiva y de calidad, enfatizando la preparación para el trabajo y
desarrollo de competencias laborales, a niños, adolescentes, jóvenes y adultos,
hombres y mujeres que: No tuvieron acceso a la Educación Básica Regular,
tienen estudios incompletos, necesitan compatibilizar el estudio y el trabajo.
Su finalidad es formar personas capaces de lograr su realización integral.
Contribuir a formar una sociedad democrática, solidaria, justa, inclusiva,
próspera, tolerante, forjadora de una cultura de paz. Preparar a las personas
para que sean competentes, eficientes, que valoren el progreso científico y
tecnológico. A continuación se hará mención de las bases que fundamentan a
la educación no escolarizada.
BASES CIENTÍFICAS
Toda práctica educativa expresa una forma de ver el mundo y una apuesta por
desarrollar en las personas las capacidades necesarias para hacer que esa
visión se haga realidad.
La intencionalidad refiere a esa dimensión político-filosófica del para qué de la
educación. Es fundamental develarla para entender la racionalidad de los
procesos educativos y determinar los logros alcanzados. Hay múltiples
intencionalidades, algunas claramente definidas, otras con contornos difusos,
para delimitarlas hemos esquematizado sus características en torno a tres
items: qué tipo de sociedad proponen, qué tipo de capacidades propugna y
cómo ubica al individuo en su entorno. En la práctica, las diferentes
intencionalidades pueden combinarse de múltiples formas, lo importante es
entender cuál es la que prima y qué relaciones (de complementariedad,
contradicción o incoherencia) establece con las otras:
2. BASES TECNOLOGICAS
La educación vive un tiempo revolucionario, cargado por lo mismo de
esperanzas e incertidumbres. Donde con mayor claridad esto se manifiesta es
en el acercamiento de la educación a las nuevas tecnologías de información y
comunicación (NTIC). Hoy existe un verdadero bullir de conceptos e iniciativas,
de políticas y prácticas, de asociaciones y organismos, de artículos y libros, en
torno a ese contacto.
Las esperanzas se mezclan con las frustraciones, las utopías con las
realidades. Los gobiernos miden su grado de sintonía con la sociedad de la
información en base al número de escuelas conectadas y a la proporción de
computadores por alumnos. Los expertos evalúan y critican; los profesores se
adaptan gradualmente a exigencias hasta ayer desconocidas, y los
empresarios venden marcas, experiencias e ilusiones en un mercado cada vez
más amplio y dinámico.
Al amparo del encuentro entre educación y nuevas tecnologías surge y se
desarrolla una poderosa industria; la industria educacional. Se trata, en efecto,
de la convergencia entre dos sectores que combinadamente gastan alrededor
del diez por ciento del producto interno de los países, generando de paso, en
su entorno, una serie de transformaciones y el aura de una modernidad global
cuyas promesas aun no se han materializado.
Hoy es posible decir que la educación se encuentra en el umbral de una nueva
revolución de base tecnológica que opera simultáneamente desde dentro y
desde fuera del sistema educacional.
Pero al hablar de tecnologías también estas instituciones tienen otros recursos
que a lo largo de su funcionamiento han servido y sirven como base para su
ejecución y desarrollo, para ello existe el Área de Recursos y Materiales
Educativos del ministerio de educación, que garantiza la dotación de materiales
educativos básicos a Instituciones Educativas y Programas No Escolarizados a
nivel Nacional.
De acuerdo con el Manual de Organización y Funciones, formulado teniendo en
cuenta el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED que aprueba el Reglamento de
3. Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Educación, el Área de
Recursos y Materiales Educativos tiene las siguientes funciones:
a. Proponer la política de recursos y materiales educativos.
b. Elaborar los lineamientos pedagógicos y técnico–gráficos para la
adquisición, producción, uso y distribución de materiales educativos.
c. Promover estrategias para la difusión, consulta y evaluación de los
materiales educativos.
Elaborar las normas y lineamientos para la distribución y uso de los recursos y
materiales educativos.
BASES LEGALES
En el 2005 el Ministerio de Educación auspició y publicó un documento que
podemos considerar el estudio más actualizado sobre lo que se denomina
Educación Básica Alternativa, EBA.
Publicado dos años después de la emisión de la Ley General de Educación Nº
28044, el documento ofrece los antecedentes contextuales y legales para la
nueva EBA, algunas experiencias que motivaron la propuesta contenida en la
ley y una descripción detallada de cómo se concibe esta modalidad educativa.
Es importante destacar que las experiencias de EBA se concentran en zonas
urbanas o en la periferia de estas, pero no se presentan en las zonas rurales.
Allí donde no llega el Estado, se encuentran las organizaciones de sociedad
civil. Estas asumen la capacitación de jóvenes y adultos en una amplia gama
de habilidades que generan una diversidad de aprendizajes. Lo que hace falta
es un estudio comprehensivo de la ENF que abarque todas las formas en que
esta se presenta, en zonas urbanas y rurales, a cargo del Estado y de las
organizaciones de sociedad civil más representativas por su prestigio sostenido
a lo largo de más de una década.
La concepción de la ENF en el Perú se nutre de los avances conceptuales
difundidos en conferencias mundiales, así como de los marcos legales
4. nacionales. Junto a conceptos claves como el de calidad, equidad, pertinencia,
inclusión, el concepto de educación a lo largo de la vida (life long learning)
promovido en Jomtien y ratificado en Dakar, está en la base de la concepción y
políticas nacionales de ENF.
En el plano nacional:
La ENF encuentra fundamentos legales en la Constitución Política del
Estado de 1993.
Los Artículos 13º y 16º señalan que la educación tiene como finalidad el
desarrollo integral de la persona humana y que es deber del Estado
asegurar que nadie se vea impedido de recibir una educación adecuada.
El Art. 17º precisa que el Estado garantiza la erradicación del analfabetismo.
En la actual década del 2000, la ENF cuenta con nuevos marcos legales, entre
los que destacamos:
La 12ª Política de Estado del Acuerdo Nacional 3 (2002).
La LGE 28044 (2003).
El Plan Maestro de Alfabetización 2002-2012,
El Plan Nacional de Educación para Todos 2005-2015, aprobado en el
2005
El Proyecto Educativo Nacional al 2021 (2006).
A ellos se agregan otros sustentos legales que, indirectamente, refuerzan las
políticas sobre ENF. Ellas son:
- La Ley Nº 27337, Código de los Niños y Adolescentes del Perú, derivada
del compromiso del Estado Peruano con la Convención de los Derechos
del Niño de 1989,
- La Ley Nº 27802 que crea el Consejo nacional de la Juventud, CONAJU
- La Ley Nº 27986 de Trabajadoras del Hogar.
A estos dispositivos de carácter nacional, se agregan leyes de alcance
subnacional o regional, con los principios y fundamentos, para ser
implementadas por los gobiernos regionales y los gobiernos locales.
5. En línea con la difusión mundial de conceptos como el de aprendizaje a lo largo
de la vida y la demanda de equidad en la oferta educativa, la Ley General de
Educación Nº 28044 (LGE) emitida en julio del 2003 introduce, junto a la
Educación Básica Regular, otras tres nuevas formas de concebir la educación
en el sistema educativo nacional: la Educación Básica Alternativa (EBA), la
Educación Técnico-Productiva y la Educación Comunitaria. De ellas, la EBA y
la Educación Comunitaria tienen características que coinciden con la ENF y la
EBNF.
En el Artículo 37º de la LGE, la Educación Básica Alternativa se define como:
“(…) una modalidad que tiene los mismos objetivos y calidad equivalente a la
de la Educación Básica Regular; enfatiza la preparación para el trabajo y el
desarrollo de capacidades empresariales. Se organiza flexiblemente en función
de las necesidades y demandas específicas de los estudiantes. El ingreso y el
tránsito de un grado a otros se harán en función de las competencias que el
estudiante haya desarrollado. La Alfabetización está comprendida en la
Educación Básica Alternativa.”
La Educación Comunitaria es definida en el Artículo Nº 46 de la LGE:
“La Educación Comunitaria se desarrolla desde las organizaciones de la
sociedad, se orienta al enriquecimiento y despliegue de las capacidades
personales, al desarrollo de sus aprendizajes para el ejercicio pleno de la
ciudadanía y a la promoción del desarrollo humano. Complementa y amplia los
conocimientos, habilidades y destrezas de las personas y contribuye a su
formación permanente e integral. Su acción se realiza fuera de las instituciones
educativas.”
Lo novedoso es que, si bien la educación comunitaria se realiza fuera de las
escuelas, colegios o institutos, los aprendizajes que en ella se logren pueden
ser reconocidos y convalidados si los adolescentes, jóvenes y adultos, desean
seguir estudios de Educación Básica o Educación Técnico-Productiva
La Educación Comunitaria, se afirma: “(…) es parte del Sistema Educativo
Nacional por cuanto el Estado la promueve, reconoce y valora. Involucra a la
familia, organizaciones comunales, gremios, iglesias, organizaciones políticas y
6. organizaciones sociales y culturales en general, así como a empresas, medios
de comunicación y diversas instancias del Estado: gobiernos locales,
regionales, nacional y organismos públicos, en el marco de una sociedad
educadora”.
En el plano internacional:
Las políticas sobre ENF tienen bases legales internacionales o globales
(como la Declaración del Decenio de la Alfabetización de las NNUU y el
Marco de Acción de Dakar, entre los más recientes) y fundamentos
legales nacionales.
Dirección General de Educación Básica Alternativa
Es un órgano de gestión técnico pedagógico idóneo y calificado. Elabora las
normas, políticas y propone convenios para el mejor desarrollo y construcción
de la Educación Básica Alternativa. Conduce el proceso de conversión de los
centros y programas de Educación de Jóvenes y Adultos, a Centros de
Educación Básica Alternativa (CEBA), como instituciones autónomas e
implementadas, técnica y administrativamente, para atender a niños, jóvenes y
adultos, excluidos, por diversas razones del sistema educativo nacional.
Cuenta con una estructura flexiva. Forja sinergias con instancias de gestión
descentralizada.
Formula y propone la política nacional de la modalidad de Educación Básica
Alternativa; así como también norma la aplicación de la política educativa de la
modalidad.
Entre sus labores:
1. Elaborar el Diseño Curricular Nacional para la EBA y propone las
orientaciones para la diversificación curricular.
2. Elaborar propuestas metodológicas y de recursos educativos que
implementen la aplicación del Diseño Curricular Nacional y asesora su
diversificación y aplicación experimental, así como su pertinencia a los
diversos sujetos de la educación.
7. 3. Promover la elaboración y validación de materiales educativos
diversificados que posibiliten procesos de autoaprendizaje de los
estudiantes de Educación Básica Alternativa, de modo descentralizado.
4. Desarrollar, proponer, experimentar y validar modelos flexibles de
organización y de gestión de las Instituciones de Educación Básica
Alternativa.
5. Promover, formular y ejecutar proyectos de cooperación nacional e
internacional en los campos de la investigación e innovación
pedagógica, orientados a definir propuestas pedagógicas y de gestión
pertinentes.
6. Difundir, articular y estimular experiencias de innovación pedagógica
regionales y locales y prácticas docentes relevantes.
7. Contribuir con el fortalecimiento de las capacidades regionales y locales,
promoviendo e impulsando la formación de redes de intercambio,
alianzas estratégicas, estimulando la creatividad de equipos de docentes
y desarrollando procesos sostenidos de capacitación en el marco del
Sistema de Formación Continua.
8. Establecer relaciones de articulación y complementariedad con otras
modalidades del Sistema Educativo Nacional, para un mejor desarrollo
de los programas de Educación Básica Alternativa.
9. Asegurar un enfoque intercultural, bilingüe, inclusivo, ambiental y
comunitario en coordinación con las Direcciones Nacionales
correspondientes.
El financiamiento y control de los programas de ENF:
El Estado, desde el Ministerio de Educación, financia y controla el Programa
Nacional de Alfabetización (PNA) y actualmente el PRONAMA, Programa
Nacional de Movilización por la Alfabetización, lanzado en octubre del 2006. La
EBA es también financiada y controlada por el Estado.
El presupuesto del PNA siempre fue insuficiente para alcanzar las metas que
se proponía, incluso en los años en que fue declarado Programa Estratégico
En el año 2000 el presupuesto destinado a la alfabetización era de poco más
de USD 17 millones, sin embargo, el Gobierno de Transición del 2001
encontró indicios de mal uso de esos fondos. De allí en adelante, el
8. presupuesto del PNA fue decreciendo en vez de aumentar. El 2003 se asignó
alrededor de USD 5 millones al PNA, pero los gastos efectivos en las
actividades de alfabetización no llegaron al 50% de ese monto.
En el lanzamiento del PRONAMA en octubre del 2006, se anunció que se
requerirá alrededor de US $ 100 millones para la implementación del programa
que aspira llegar a 2 millones de analfabetos, a un costo de US $ 53 por
alfabetizado. Para ello se ha concebido el Programa como una movilización de
voluntades y se recurrirá a estudiantes universidades para desempeñarse
como alfabetizadores en todo el país.
Los programas no estatales de ENF tienen fuentes diversas de financiamiento,
entre las que se encuentran agencias de la Unión Europea en especial, e
iglesias –católica y evangélicas. Los montos destinados a las actividades de
ENF no son altos dentro de los presupuestos globales para los proyectos de
desarrollo comunales. No es usual obtener fondos exclusivamente para
ejecutar programas de ENF, con excepción de algunos programas de
alfabetización.
La gestión de las principales actividades de las categorías 1 y 2, Alfabetización
y EBA, está a cargo del Estado, cuyo apoyo a las mismas ha sido un tanto
errático.
En lo que concierne a la alfabetización, el Programa Nacional de Alfabetización
estuvo a cargo de una Dirección dentro de la Dirección Nacional de Educación
de Adultos, DINEA. De octubre del 2002 a marzo del 2006, fue considerado un
Programa Estratégico del Ministerio de Educación y pasó a depender
directamente del Vice Ministerio de Gestión Pedagógica. De abril del 2006 a
setiembre de ese año, la gestión vuelve a estar a cargo de una Dirección de la
nueva Dirección Nacional de Educación Básica Alternativa, fecha en que se
crea el Programa Nacional de Movilización por la Alfabetización (PRONAMA) y
su gestión será responsabilidad directa del Ministro. De lo anteriormente
expuesto sobre el financiamiento de la alfabetización, se deduce que el apoyo
formal que ha recibido ha estado lejos de las declaraciones en las bases
legales.
9. Recursos: Problemática de la educación no formal
En los últimos años hemos observado que tanto el Gobierno Regional y Local,
han desarrollado obras de infraestructura educativa para atender y mejorar los
servicios de la Educación Básica Regular. Sin embargo, los estudiantes de los
Cebas por ejemplo, deben estudiar en condiciones inadecuadas debido a que
se encuentran alojados en otras instituciones Educativas donde sólo pueden
usar algunos ambientes, restringiendo la accesibilidad a otros ambientes.
Así es imposible que los alumnos puedan generar destrezas para una mejor
intervención en la vida pública y en la productividad. Por ello, se requiere crear
las condiciones que aseguren el aprendizaje de igual calidad para todos a
través de ambientes cálidos, estimulantes; y un entorno seguro, sano y dotado
de recursos distribuidos de manera equitativa. Con una mejor implementación
de las instituciones educativas con medios, tecnologías y materiales que
apoyen el aprendizaje de los alumnos y que se constituyan, también, en
recursos para la formación continúa de los docentes.
Asimismo, se requiere contar con docentes capacitados con una formación
continua y ofertando diversos programas para la atención de calidad a niños,
adolescentes, jóvenes y adultos de acuerdo a su realidad.
El desarrollo de una cultura democrática y ciudadanía de los estudiantes, es
importante a través de prácticas solidarias. Los CEBAs, deben desarrollar y
fortalecer en sus participantes el sentido de pertenecía a los diversos ámbitos,
sociales: familia, comunidad y región, los que ejercen influencia en la manera
como las personas proyectan su vida. Implica también, promover la
participación más activa de los sujetos, aportando críticamente con propuestas
y acción, con el fin de lograr la construcción de un desarrollo humano sostenido
y sustentable, que genere condiciones favorables para la vigilancia de los
derechos humanos.
10. EDUCACION NO ESCOLARIZADA
LEGALES TECNOLOGICAS CIENTIFICAS
La 12ª Política de Estado del Acuerdo Nacional 3 (2002).
La LGE 28044 (2003).
El Plan Maestro de Alfabetización 2002-2012,
El Plan Nacional de Educación para Todos 2005-2015,
aprobado en el 2005
El Proyecto Educativo Nacional al 2021 (2006).
La educación y nuevas tecnologías combinadamente
gastan alrededor del 10% del producto interno.
Aprendizajes complejos para
saber ser, saber hacer, saber
conocer y convivir
Modalidad destinada a dar una educación inclusiva y de calidad a:
BASES
No tuvieron acceso a la Educación Básica Regular.
Niños
Adolescentes
Jóvenes
Adultos
Declaración del Decenio
de la Alfabetización de
las NNUU
Fundamentos legales
en la Constitución
Política del Estado de
1993.
PLANO NACIONALPLANO INTERNAC
Marco de Acción de
Dakar,
Una serie de transformaciones de diverso índole.
Aun no se han materializado en la
realidad de la educación no formal
Carece de las tecnologías necesarias para
satisfacer las necesidades y exigencias del
mundo actual
ya que
PRINCIPIOS
PEDAGOGICOS
COMPETANCIAS
Flexible
El desarrollo personal
Relevante
Funcional
Participativa
Pertinente
El ejercicio ciudadano
Inserción Productiva
Nuevos marcos legales
11. CONCLUSIONES
Las bases legales sirven para impulsar y optimizar el buen cumplimiento de
los artículos que por ley y basados en la constitución deben ser cumplidos e
impulsados por organismos del estado, sin embargo existen también las
organizaciones de sociedad civil, que asumen la capacitación de jóvenes y
adultos en una amplia gama de habilidades que generan una diversidad de
aprendizajes. Lo que hace falta es un estudio comprehensivo de la ENF
que abarque todas las formas en que esta se desarrolla, así como también
bases y fundamentos legales que la protejan y regulen.
La educación cuenta con bases tecnológicas y científicas que favorecen el
desarrollo técnico de las sesiones de aprendizaje, facilitando y
diversificando los contenidos de acuerdo a la realidad y necesidad de la
población estudiantil y al grado de instrucción, es por ello la necesidad de
que se mantenga a la par de los avances y la revolución de base
tecnológica que opera simultáneamente desde dentro y desde fuera del
sistema educacional incluyendo la educación no formal o no escolarizada.