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REGÍMENES ADUANEROS
Alumno: Joel Sergio Caccha Quiroz
Profesor: Víctor Alvarado
Sección: 31M
DEFINICIÓN
 Son aquellos procedimientos y obligaciones a los
cuales deben ser sometidas las mercaderías que
ingresan y salen de un territorio nacional.
IMPORTANCIA
 Permite el control aduanero de entrada y salida de
mercancías.
 Establece normas estandarizadas para el todo que
todo el proceso sea el correcto.
 Logra una clasificación universal entre las aduanas
de todo el mundo.
 Hace posible el transporte legal de la mercancía
que entra o sale de un territorio aduanero.
REGÍMENES DE IMPORTACIÓN
1. Regímenes de Importación:
 Importación para el consumo
 Reimportación en el mismo estado
 Admisión temporal para reexportación en el
mismo estado
IMPORTACIÓN PARA EL CONSUMO
 Ingreso al territorio aduanero para su consumo.
 Luego del pago o garantía de los derechos
arancelarios.
 Nacionalización: Luego del levante (no culminación
de despacho.
REIMPORTACIÓN EN EL MISMO ESTADO
 Reingreso al territorio de mercancías exportadas
definitivamente .
 Sin el pago de impuestos.
 Condición: Que no hayan sido transformadas,
elaboradas o reparadas en el extranjero.
 Se pierden beneficios de exportación.
ADMISIÓN TEMPORAL PARA REEXPORTACIÓN
EN EL MISMO ESTADO
 Ingreso con suspensión del pago de tributos
(Garantía)
 Mercadería identificable y destinada a cumplir un
fin determinado en un lugar específico
 Sin modificación alguna salvo depreciación
 Plazo máximo: 18 meses (OJO: desde levante
REGÍMENES DE EXPORTACIÓN
2. Regímenes de Exportación
 Exportación Definitiva
 Exportación temporal para la reimportación en el
mismo estado
EXPORTACIÓN DEFINITIVA
 Salida del territorio aduanero
 Embarque: 30 días desde la numeración
 Regularización: 30 días desde término de
embarque
 Operaciones Swap y bienes destinados a uso o
consumo de pasajeros y tripulación, bienes
necesarios para funcionamiento, conservación y
mantenimiento de los medios de transporte.
EXPORTACIÓN TEMPORAL PARA
REIMPORTACIÓN EN EL MISMO ESTADO
 Salida temporal del territorio aduanero
 Reimportación en un plazo determinado
 Sin modificación alguna
 Plazo: 12 meses desde término del embarque.
 Puede ampliarse
 Concluido el régimen sin reimportación:
exportación definitiva
 Genera beneficios
REGÍMENES DE PERFECCIONAMIENTO
3. Regímenes de Perfeccionamiento
 Admisión Temporal para perfeccionamiento activo
 Exportación temporal para perfeccionamiento
pasivo
 Drawback
 Reposición de mercadería en franquicia
ADMISIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO
ACTIVO
 Ingreso al territorio con suspensión de tributos
(Garantía)
 Sometida a operación de perfeccionamiento
 Transformación, elaboración (montaje, ensamblaje,
adaptación) y reparación (restauración o
acondicionamiento)
 No procede para: Combustibles, fuente energética,
repuestos no incorporados
 Plazo: 24 meses (desde levante)
EXPORTACIÓN TEMPORAL PARA
PERFECCIONAMIENTO PASIVO
 Salida temporal para operación de
perfeccionamiento
 Transformación, elaboración (montaje, ensamblaje,
adaptación) y reparación (restauración o
acondicionamiento)
 Plazo: 12 meses (desde término de embarque).
Administración podrá ampliarlo.
 Incluye el cambio o reparación de mercancía
deficiente o no solicitada.
 Se debe presentar sustento
 Plazo: 12 meses (desde la numeración de la
declaración de importación). Administración podrá
ampliarlo
 Caso de mercadería con garantía comercial:
destrucción pero requisito es reconocimiento físico
 Ley 28855 (ya establecía esta modalidad
 Base imponible para mercadería con garantía: solo
transporte
DRAWBACK
 Se mantiene la definición anterior con una pequeña
modificación: “ que hayan gravado la importación
para el consumo de las mercancías contenidas…”
 Se mantiene el concepto de restitución de
derechos.
 Régimen de Depósito Aduanero
 Régimen de Tránsito
 Tránsito aduanero
 Trasbordo
 Reembarque
 Otros regímenes aduaneros
 Tráfico fronterizo
 Tráfico de envío o paquetes postales
 Ingreso de vehículos turísticos
 Duty free
 Rancho de nave
REFERENCIAS
 Ley General de Aduanas. Disponible en
http://www.sunat.gob.pe/legislacion/procedim/norm
asadua/gja-03.htm
 Aduanas Perú. Disponible en
http://blog.pucp.edu.pe/blog/aduanas
 Nueva Ley General de Aduanas. Disponible en
http://www.x.com.pe/Descargas/LGA_JROMAN.pdf

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  • 1. REGÍMENES ADUANEROS Alumno: Joel Sergio Caccha Quiroz Profesor: Víctor Alvarado Sección: 31M
  • 2. DEFINICIÓN  Son aquellos procedimientos y obligaciones a los cuales deben ser sometidas las mercaderías que ingresan y salen de un territorio nacional.
  • 3. IMPORTANCIA  Permite el control aduanero de entrada y salida de mercancías.  Establece normas estandarizadas para el todo que todo el proceso sea el correcto.  Logra una clasificación universal entre las aduanas de todo el mundo.  Hace posible el transporte legal de la mercancía que entra o sale de un territorio aduanero.
  • 4. REGÍMENES DE IMPORTACIÓN 1. Regímenes de Importación:  Importación para el consumo  Reimportación en el mismo estado  Admisión temporal para reexportación en el mismo estado
  • 5. IMPORTACIÓN PARA EL CONSUMO  Ingreso al territorio aduanero para su consumo.  Luego del pago o garantía de los derechos arancelarios.  Nacionalización: Luego del levante (no culminación de despacho.
  • 6. REIMPORTACIÓN EN EL MISMO ESTADO  Reingreso al territorio de mercancías exportadas definitivamente .  Sin el pago de impuestos.  Condición: Que no hayan sido transformadas, elaboradas o reparadas en el extranjero.  Se pierden beneficios de exportación.
  • 7. ADMISIÓN TEMPORAL PARA REEXPORTACIÓN EN EL MISMO ESTADO  Ingreso con suspensión del pago de tributos (Garantía)  Mercadería identificable y destinada a cumplir un fin determinado en un lugar específico  Sin modificación alguna salvo depreciación  Plazo máximo: 18 meses (OJO: desde levante
  • 8. REGÍMENES DE EXPORTACIÓN 2. Regímenes de Exportación  Exportación Definitiva  Exportación temporal para la reimportación en el mismo estado
  • 9. EXPORTACIÓN DEFINITIVA  Salida del territorio aduanero  Embarque: 30 días desde la numeración  Regularización: 30 días desde término de embarque  Operaciones Swap y bienes destinados a uso o consumo de pasajeros y tripulación, bienes necesarios para funcionamiento, conservación y mantenimiento de los medios de transporte.
  • 10. EXPORTACIÓN TEMPORAL PARA REIMPORTACIÓN EN EL MISMO ESTADO  Salida temporal del territorio aduanero  Reimportación en un plazo determinado  Sin modificación alguna  Plazo: 12 meses desde término del embarque.  Puede ampliarse  Concluido el régimen sin reimportación: exportación definitiva  Genera beneficios
  • 11. REGÍMENES DE PERFECCIONAMIENTO 3. Regímenes de Perfeccionamiento  Admisión Temporal para perfeccionamiento activo  Exportación temporal para perfeccionamiento pasivo  Drawback  Reposición de mercadería en franquicia
  • 12. ADMISIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO ACTIVO  Ingreso al territorio con suspensión de tributos (Garantía)  Sometida a operación de perfeccionamiento  Transformación, elaboración (montaje, ensamblaje, adaptación) y reparación (restauración o acondicionamiento)  No procede para: Combustibles, fuente energética, repuestos no incorporados  Plazo: 24 meses (desde levante)
  • 13. EXPORTACIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO PASIVO  Salida temporal para operación de perfeccionamiento  Transformación, elaboración (montaje, ensamblaje, adaptación) y reparación (restauración o acondicionamiento)  Plazo: 12 meses (desde término de embarque). Administración podrá ampliarlo.
  • 14.  Incluye el cambio o reparación de mercancía deficiente o no solicitada.  Se debe presentar sustento  Plazo: 12 meses (desde la numeración de la declaración de importación). Administración podrá ampliarlo  Caso de mercadería con garantía comercial: destrucción pero requisito es reconocimiento físico  Ley 28855 (ya establecía esta modalidad  Base imponible para mercadería con garantía: solo transporte
  • 15. DRAWBACK  Se mantiene la definición anterior con una pequeña modificación: “ que hayan gravado la importación para el consumo de las mercancías contenidas…”  Se mantiene el concepto de restitución de derechos.
  • 16.  Régimen de Depósito Aduanero  Régimen de Tránsito  Tránsito aduanero  Trasbordo  Reembarque  Otros regímenes aduaneros  Tráfico fronterizo  Tráfico de envío o paquetes postales  Ingreso de vehículos turísticos  Duty free  Rancho de nave
  • 17. REFERENCIAS  Ley General de Aduanas. Disponible en http://www.sunat.gob.pe/legislacion/procedim/norm asadua/gja-03.htm  Aduanas Perú. Disponible en http://blog.pucp.edu.pe/blog/aduanas  Nueva Ley General de Aduanas. Disponible en http://www.x.com.pe/Descargas/LGA_JROMAN.pdf