El documento resume una denuncia presentada por Laura Alonso contra la Secretaría General de la Presidencia por no proporcionar información completa sobre los gastos de un viaje de la presidenta Cristina Fernández a Estados Unidos. La Secretaría General alegó haber provisto toda la información disponible y remitió a decretos públicos con más detalles. La Subsecretaría para la Reforma Institucional consideró que la Secretaría General respondió adecuadamente la solicitud y que no correspondía más intervención.
1. ] ~fattlra de Gabinete de Ministros
Stibsecretariapara la Reforma Institucional y
Fortalecimiento de la Democracia
LN_O_T_A_-_JG_M__N°_I~~)~B.
Buenos Aires, 16 de mayo de 2013
Señora
Laura Alonso
Presente
Tengo el agrado de dirigirme a usted en el marco de lo actuado
en el Expediente del Ministerio de Justicia- y Derechos Humanos CUDAP: EXP-
504:005942312012, a efectos de remitirle una copia autenticada de la Nota JGM
N° 12238/2013 de fecha 15 de mayo 2013.
Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente .
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BUENOS AIRES, ~ 5 11AY 2013
NOTAJGM N° 'IL2?}?vIZO(1:)
REF: DENUNCIA DECRETO
'11"f2/2003
INCUMPLIMIENTO ANEXO VII
CUDAP: EXP- 504:0059423/2012
Ingresa a esta Subsecretaría el expediente de referencia, iniciado él raíz de una
denuncia formulada por la Sra. l.aura Alonso, 0[11 N° 23.120.537, en carácter
personal, ante la Oficina Anticorrupción dependiente del Ministerio eJe Justicia y
Derechos Humanos, do conformidad con lo dispuesto en el artículo 2° del
"Procedimiento de Tramitación do Denuncias por' Incurnplimiento de las Obliqaciones
previstas en el Reglamento General del Acceso a la Información Pública" (en adelante
PTDI-I~GAIP), aprobado por la Resolución Conjunta de la Secretaría de Gabinett~ y
Relaciones Parlamentarias [10 -1/08 Y del Fiscal de Control Administrativo N° 3/08. La
Sra. Alonso denunció un presunto incumplimiento del Reglarnento General del Acceso
a la lnformación Pública" (en adelante RGAIP) de parte de la Secretaría General de la
Presidencia.
Conforme los términos de la denuncia y la documentación adjunta o. la misma, con
fecha 26 de septiembre de 2012 la Sra. Alonso efectuó una solicitud do información
dirigida al Sr. Secretario General de la Presidencia de la Nación, Oscar Parrilli on
virtud de la cual le solicitó información relativa al viaje realizado por la Presidenta de la
Nación, Dra. Cristina Fernández a los Estados Unidos, en el marco de la visita oficial
de cinco días que incluyó su participación en la Asamblea General de las Naciones
Unidas, en Nueva York, así como actividades en los claustros universitarios de
Georgetown University, de Washington; Hardvard y de Boston. De manera especifica
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solicitó que informe acerca de: la flota aérea utilizada; nombre, apellida, DNI y carqo
de las miembros de la comitiva oficial, incluyendo periodistas y tripulación; monto total
de las gastas realizadas; castas diarias de alojamiento individual y vi áticas de cada
LInO' de las miembros de la comitiva; copias de las rendiciones de gastos de hatelería
y vi áticas realizadas y agenda oficial. A fs. 4 se adjunta copia de dicha solicitud.
Asimismo, a fs. 5 de las actuaciones de referencia luce la contestación ofrecida por la
Secretarí a General de la Presidencia con fecha 27 de septiembre de 2012 en la que
se lee: ".... le inlortno que los viejos oficiales SOIl loclos publiceulos en el Boletín Oticiat
de la Repúbticn Argentina. Con respecto él los gastos de viaje, estén previstos en 01
presupuesto nncionnl, siendo de nplicecion el Decreto 280/HJ95. Es loclo cuanto
ruedo intonner cie acuerdo a las constencies que 01)/[//1 en esta jurisdicción"
No obstante, la Sra. Alonsa, can fecha 22 de octubre de 20'12 reitera el pedido de
información a la Secretaría General de la Presidencia por hallarse insatisfecha can la
respuesta. Ver fs. 6 y 7.
Par su parte, la Secretaría General de la Presidencia, par media de su enlace
jurisdiccional en materia de acceso a la información can fecha 1" de noviembre do
2012 responde a las manifestaciones vertidas par la Sra. Alonso expresando que eso
orqanisrno ha provisto toda la información que disponía y que "para responder en tos ••
términos pLII ticuuues en que fue etectueclo In solicitud, itnpotuutu la necesiuod de
creei!e .. :" (Fs.·!3)
La Sra: Alonso, disconforme can la respuesta, inició la presente denuncia. La
Dirección de Planificación de Políticas de Transparencia do la Oficina Anticarrupción
notificó a la responsable de acceso a la información de la Secretaria General de la
Presidencia de la Nación acerca de la recepción do la denuncia infonnándole que
disponía de un plazo de 20 días para remitir el descarga previsto en el articulo 8° del
PTDI-HGAIP -v. fs. 10-.
En este sentida, can fecha 14 de enero de 2013 In Responsabíe de Acceso a la
Información de la Secretaría General de la Presidencia de la Noción remitió, mediante
nota de fojas 11/13, el descargo efectuada por dicha Jurisdicción.
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Conforme los términos de dicho descargo la responsable de acceso a la información
de la Secretaria General de la Presidencia manifiesta que en su oportunidad fue
respondida la demanda de información de la Sra. l.aura Alonso proporcionando toda
la que disponía 13jurisdicción y agrega copia de la publicación del Boletín Oficial de la
República Argentina de fecha 3'1 de octubre de 2012 en la que luce el Decreto W
'17iI4/20'12 (fs.f S) del que surge ".../a aeronave utilizada y la dosignación e/e los
tuncionenos y persono! que ecompeñe a la Sra. Ptesicientn ele la Necion en Sil viaje a
los Estados Unidos cle Norte América entre los días 22 y 28 de septiembre de 20'12... »
Asimismo, manifiesta que en el transcurso del año la Sra. Alonso realizó siete pedidos
de información que fueron contestados en tiempo y forma,
•
A fs. 17 la denunciante manifiesta observaciones al descargo efectuado por la
Responsable de Acceso a la Información de la Secretaria General de la Presidencia
expresando, en relación al reclamo de referencia, que da por satisfecha su petición de
información con la que contienen los Decretos W '1744/20'12 Y N° 280/1995 pero que
no se ha evacuado la consulta en relación a la nómina de periodistas integrantes de la
comitiva y tampoco el monto total de los gastos realizados, los costos diarios de
alojamiento individual y los viáticos de cada uno de los miembros de la comitiva
incluyendo a la Presidenta de la Nación, con la copia de gaslos de hoteleria y de
viáticos. A su vez, expresa que es obligación del organismo requerido extremar las
medidas para satisfacer el derecho de acceso a la información pública
Luego, la Dirección de Planificación de Políticas de Transparencia produjo el Informe
Preliminar sobre el trámite de la denuncia de conformidad con lo dispuesto en el
al tículo 10 del PTDI-RGAIP -l. fs. 'lB/19- y luego remitió las actuaciones a esta
Subsecretarí a.
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Por lo expuesto, se entiende que se ha cumplido con el procedimiento de -i'iarnití;lc;;iÓn"
de las Denuncias por Incumplimiento del RGAIP hasta la etapa prevista en su artículo
11.
Visto lo actuado en el expediente de la referencia y constancias agregadas, esta
Subsecretaría advierte que el organismo requerido manifestó plena voluntad para dar
adecuada respuesta él lo solicitado por la denunciante, no sólo respecto de este caso
si no de otras presentaciones efectuadas por la denunciante. Ello es así, toda vez que
la requerida en su primera respuesta de fecha 27 de septiembre do 20'12 ya le
proporciona los medios en los que podrá hacerse de la información solicitada y en la
segunda respuesta de fecha 10
de noviembre de 20'12 profundiza lo dicho
anteriormente otorgando fecha de publicación de la información en el Boletín Oficial
de la República Argentiné! y el N° de Decreto en el que se encuentra publicada,
Además, la orientó en la búsqueda de aquella información que no podía proveer
indicándole la dependencia de la Administración Pública a la que podría acudir.
En relación al reconocimiento que efectúa la denunciante en las observaciones
respecto de su satisfacción con la información que se le proveyó, esta Subsecretaria
considera oportuno remarcar que la denunciante provocó una cantidad de actos que
podrían haberse obviado si hubiera acudido a las remisiones que la Secretaría
General de la Presidencia la invitó a consultar en la primera respuesta,
Se le recuerda a la Diputada Alonso que la finalidad del decreto 1172/2003 no es
simplificarle el trabajo sino promover la participación de los ciudadanos en las
políticas públicas. El dispendio de recursos que implicaría producir la cuantiosa
información que solicita constantemente -que ya se encuentra disponible en medios •
de acceso público-, desnaturalizaría la esencia del citado decreto y afectaría el
efectivo cumplimiento de las responsabilidades constitucionales y administrativas que
el Poder Ejecutivo, a través de sus distintas dependencias, tiene con el pueblo.
En adelante, se suqiere a la señora Alonso aprovechar los medios disponibles que
tiene a su alcance en su condición de diputada para recopilar, clasificar o producir,
toda la información de acceso público, corno la publicada en el Boletín Oficial, que
considere oportuno evitando dispendíos innecesarios de parte del Poder Ejecutivo
Nacional.
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Por otro lado, se le recuerda a la legisladora que el compromiso de este Gobierno con
el efectivo acceso él la información se ha vuelto a ratificar mediante' los proyectos de
Ley que la Presidenta envió recientemente al Congreso Nacional. La publicación ell
internet del eslado de I<lS causas judiciales pendientes de resolución y la obligación
de hacer públicas las declaraciones juradas de los Diputados, Senadores y
funcionarios del Poder Judicial, representan dos iniciativas tendientes a seguir
profundizando los derechos civiles y sociales del pueblo y han alcanzado, él pesar de
su voto negativo, las mayorías necesarias para convertirse en ley.
En virtud de lo expuesto y las constancias que obran en el expediente que nos ocupa
es que esta Subsecretaría considera que la Secretaría General de la Presidencia dio
respuesta a la solicitud de información efectuada por la Sra. l.aura Alonso
proporcionándole los medios a través de los cuales podría obtener lo requerido con
fecha 27 de septiembre de 20'12.
Por lo tanto, habiendo la Secretaría General de la Presidencía respondido la solicitud
de información que motivara las presentes actuaciones, esta Subsecretaría considera
que corr.esponde se de por concluida la intervención en las mismas y se proceda a su
archivo.
Asimismo, corresponde notificar de lo aqui actuadoal denunciante, a la Responsable
de Acceso a la Información de la Secretaría General de la Presidencia y a la Dirección
de Planificación de Políticas de Transparencia de In Oficina Anticorrupción. Cumplido
archivese.