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PROPUESTA DE MODIFICACIONES TRIBUTARIAS ESTRUCTURALES
                                                      (versión 2-11-2011)



Nuestros ingresos tributarios son bajos y equivalen al 17% del PIB en 2010 (a lo que cabe agregar un 3% de
cobre, que varía mucho de año en año), contra un promedio de 35% en la OCDE (cuyos rangos van de 24%
en EE.UU y 26% en Corea a 42% en Francia, 48% en Suecia y 49% en Dinamarca).La cifra chilena es
además baja respecto a países con PIB por habitante similar.

                                               Ingresos y Gastos Públicos, 1987-2012
                                                      (en porcentaje del PIB)

                              Ingresos      Ingresos         Cobre     Gastos del       Balance Fiscal    Balance
    Período
                               Totales     Tributarios       Bruto   Gobierno Central      Efectivo      Estructural
                      1987      26,5           17,9           2,5          26,3              0,2              -
                      1990       22,8          13,8           4,7           20,4             2,4              -
    Aylwin (1990-93)             22,3          15,6           2,4           20,4             1,9              -
    Frei (1994-99)               21,3          16,1           1,2           20,1             1,2              -
    Lagos (2000-05)              21,8          16,3           1,6           21,2             0,6              -
    Bachelet (2006-09)           24,7          17,3           4,0           20,7             3,9              -
                      2006       25,8          17,0           5,7           18,1             7,7            1,1
                      2007       26,9          18,8           4,8           18,7             8,2            0,4
                      2008       25,5          18,5           3,6           21,2             4,3            -0,6
                      2009       20,4          14,8           1,8           24,8             -4,5           -3,0
                      2010       23,0          16,9           2,9           23,5             -0,4           -2,0
                   2011(p)       23,9            -             -            22,8             1,2            -1,6
                  2012 (p)       22,3            -             -            22,7             -0,4           -1,5
Fuente: Dirección de Presupuestos, Ministerio de Hacienda.



Su estructura es además inequitativa. La incidencia del IVA en el total de los ingresos tributarios fue del 40%
en 2010, muy por encima del promedio de los países de la OECD, que es de 20%.Los impuestos sobre
ventas representan la mitad de los ingresos tributarios, contra un promedio de 32% en la OCDE. El impuesto
a la renta y las utilidades es en Chile de 8% del PIB (incluyendo cobre) en comparación con el 13% promedio
de la OCDE (con un rango de 5% en México a 29% en Dinamarca). La tasa del impuesto a la empresas en
             1
Chile (17%) está también muy por detrás de la media de la OCDE (28%). Esta tasa es en Estados Unidos de
35%. El financiamiento de los servicios de seguridad social y de salud en Chile se realiza, en parte, a través
de cotizaciones administradas por entes privados. Esto, sin embargo, no cambia el hecho de que la carga
obligatoria en Chile está por debajo de las de la OCDE: el incluir las contribuciones privadas a la seguridad
social agregaría solamente un 3,5% a la carga tributaria. En Chile, la estructura tributaria y la debilidad dela
negociación colectiva contribuyen de manera muy importante a explicar la alta concentración del ingreso en
un puñado de familias y la alta desigualdad en la distribución del ingreso y el patrimonio.

Una reforma tributaria debe proponerse incrementar progresivamente la tasa de tributación al menos del 17%
al 24% (nivel de EE.UU.) o 26% (nivel de Corea) en los próximos cinco añospara abordar las tareas de
educación, salud, pensiones e infraestructura que avanzar al desarrollo demanda de manera inmediata. Debe
reequilibrar la composición de las contribuciones obligatorias hacia los impuestos directos a los perceptores
de ingresos más adinerados, especialmente los muy ricos, para lo que se propone aumentar y diferenciar el
impuesto a las utilidades, aliviar y diferenciar el IVA y disminuir la carga de los impuestos a la renta de los
sectores medios y aumentarlos a los sectores altos, eliminando el 50% del crédito al impuesto global
complementario por utilidades empresariales y las exenciones injustificadas.

1
 Cabe señalar que la tasa vigente es de 20% como efecto de la reforma tributaria de 2010. La tasa indicada se reducirá a
18,5% en el año 2012 para volver a 17% en el 2013.
                                                                                                                       1
La propuesta elaborada por la Fundación Chile 21 en julio de 2011 plantea las siguientes medidas
en este sentido:




 PROPUESTA DE PROGRAMA TRIBUTARIO DE LA
       FUNDACIÓN CHILE 21-Julio 2011


     Proposiciones                    Alcance                      Especificación

Ajustar los tramos del     Se proponen los siguientes       Subir exento a $ 750 mil, hasta $
impuesto a las             tramos: Exento, 10, 20,30 y      1.500.000, 10%; hasta $ 3 millones,
personas                   40                               20%; hasta $ 6 millones 30% y más de
                                                            $ 6 millones 40%

                                                            Con la clasificación de empresas de la
Diferenciar el impuesto    MIPYMES 15%, Empresas            CORFO
de Primera categoría       medianas, 20% y grandes
                           empresas 25%

Limitar el componente      En EE.UU. está                   Eliminar progresivamente el Fondo
de crédito de la primera   completamente separado el        Único Tributario
categoría a 50% en el      impuesto a las empresas y el
global complementario      impuesto a los ingresos
                           personales
Aumentar el impuesto       De este modo se aumenta la       Se iguala así la tasa marginal del
adicional de 35 a 40%      tributación minera, sin          impuesto a la renta, con lo que las
                           modificar el royalty, sujeto a   utilidades retiradas de inversionistas
                           invariabilidad hasta el 2023     chilenos y extranjeros tributan de la
                                                            misma manera
Diferenciar el IVA         Aplicar una tasa de 15% a los
                           alimentos, medicinas y
                           cultura. Elevar el IVA al resto
                           de los bienes a 20%
                           En especial las exenciones al Los supuestos incentivos al ahorro son
Eliminación de             capital inmobiliario y a los    la base de la regresividad tributaria
exenciones                 ingresos y ganancias de         actual
                           capital



El programa de reforma tributaria permitiría una recaudación total anual adicional neta que se
estima en una cifra en torno a los US$ 8000 millones en régimen (3,3% del PIB de 2011), situación
a la que se podría llegar progresivamente para permitir las adecuaciones de política necesarias y a
lo que habría que agregar un fuerte plan de disminución de la evasión para completar la meta de
recaudación tributaria necesaria para el desarrollo de Chile.En el corto plazo,se propone para
abordar una gran reforma a la educación en 2012 no volver atrás a la tasa de 17% sino eliminar
exenciones y diferenciar desde ya el impuesto de primera categoría entre el 15% y el 25% para
recaudar unos US $ 4400 millones adicionales al año(del orden del 2% del PIB) y aumentar el
impuesto adicional de 35% a 40%, para incrementar la tributación minera y en general el aporte de



                                                                                                     2
la inversión extranjera –concentrada en recursos naturales- sin modificar el impuesto minero
específico, sujeto a invariabilidad hasta el año 2023.

El argumento de que esto disminuiría la inversión y por tanto el crecimiento, en base a la idea de
que los inversores dejarían de mantener su esfuerzo o se irían del país, no tiene sustento en los
estudios internacionales más recientes, que subrayan que con bases amplias de tributación de las
utilidades y sin facilitación de la elusión mediante exenciones variadas la recaudación no
disminuye. Ningún estudio ha mostrado nunca que los más ricos cesen actividades por aumentos
de los impuestos, máxime desde y hasta niveles inferiores al existente en países comparables, y
las fugas a paraísos fiscales son simplemente constitutivos de fraude, los que debieran disminuir
gracias a los recientes acuerdos internacionales en la materia y a una buena administración
           2
tributaria. En materia de inversión extranjera, esta se concentra en los recursos naturales, con
unas sobreutilidades exorbitantes que les permiten en diversos casos de la minería recuperar la
inversión en dos años, con lo que difícilmente dejarían las oportunidades existentes en el país.

Los países escandinavos son los que mejor han resuelto la ecuación entre equidad e incentivos a
la innovación y a la inversión en capital humanoy al mismo tiempo crecimiento y altas tasas de
patentes por habitante, con una combinación de tasas marginales del impuesto a la renta que se
acercan o superan el 50% (Suecia, incluso bajo gobiernos de derecha, como en la actualidad,
mantiene una tasa marginal de 55%, a comparar con el 40% en Chile) y con tasas de tributación
pareja de los ingresos del capital de 30%, mientras en Chile mantenemos diversas desgravaciones
                                                     3
sustanciales de los ingresos y ganancias de capital.

El argumento de hacer una reforma para establecer un impuesto plano (igualar el impuesto a las
empresas y a las personas) inventado por Milton Friedman tiene por propósito eliminar la
progresividad del impuesto y el principio de que paguen proporcionalmente más los que tienen
más. Sería un nuevo retroceso en materia de justicia social y de desigualdad de ingresos. Que los
asalariados de ingresos altos lleguen muy rápido al tramo de 40% se soluciona ampliando el límite,
como se propone aquí. Y el hecho que los que simulan ingresos por servicios mediante la creación
de empresas pagan menos impuestos al acogerse a las tasas del impuesto a las utilidades que los
asalariados con ingresos equivalentes, tiene solución en una fiscalización adecuada, mientras las
diferencias de tasas se verían disminuidas con la reforma propuesta.

Ni la crisis internacional ni la situación de las empresas en Chile son pretexto para no promover
una mayor recaudacióndel impuesto de primera categoría en el corto plazo y viabilizar un gran
acuerdo sobre la educación, junto al inicio de la reforma tributaria estructural que se propone.Nos
parece insuficiente la búsqueda de la equidad solo por el lado del gasto social. Esto ha contribuido
decisivamente a consolidar la gran desigualdad que afecta al país. Entre los criterios claves a
considerar en una reforma tributaria estructural destacan los siguientes:

       a) El pago que realizan las personas naturales es un hecho cierto e irreversible. El pago de
          las empresas, es por el contrario un adelanto al pago de las personas y además puede ser
          revertido si en el año siguiente la empresa sufre pérdidas. Esta política incentiva la elusión
          y evasión tributaria.

       b) El sistema tributario nacional presenta niveles extremadamente bajos que explican la
          desigualdad existente. Sin embargo, presenta también problemas de estructura: excesiva

2
 Camille Landais, Thomas Picketty, Emmanuel Saez. 2011. Pour une révolution fiscale. Un impôt sur le
revenu pour le XXIe siecle. Paris: Seuil.
3
    Philippe Aghion, Alexandra Roulet.2011. Repenser l’Etat. Paris : Seuil.

                                                                                                       3
peso de los impuestos indirectos, baja contribución del impuesto a la renta, incapacidad
        para captar las rentas provenientes de los recursos naturales.

    c) La progresividad del sistema tributario es esencial en la consolidación de una sociedad
       solidaria y cohesionada.

    d) Concentrar la carga tributaria en el reducido grupo de empresas que obtiene las mayores
       utilidades, reduciendo la carga que pesa sobre las pequeñas y medianas empresas,
       generaría estímulos para que se incorporen al desarrollo de la productividad que requiere
       la economía nacional.

Es un error histórico sucumbir a la ideología que endiosa y valora, por sobre todas la cosas, la
estabilidad macroeconómica y el clima de negocios, sin atribuir un costo de oportunidad a la
pobreza y la desesperanza y regalar a multinacionales las rentas del cobre o impedir la
contribución de los más ricos al desarrollo de un país para todos.

Lo que corresponde es que el Estado capture e invierta las rentas del cobre y las sobreutilidades
monopólicas en proyectos de alta rentabilidad social y enfrente el fomento productivo para la
competitividad sustentable de las pymes y los sectores productivos capaces de generar empleos,
preservación de los ecosistemas y bienestar en el territorio. Para ello se requiere un Estado más
gravitante y de excelencia, probo, eficientey al servicio del interés público, en especial de los más
débiles.




                                                                                                   4
Anexo: Fundamentos del sistema tributario

Un sistema tributario debe idealmente reunir las condiciones de suficiencia (es decir
permitir financiar sobre una base estable y continua el gasto público al que está
asociado), de simplicidad (es decir no presentar una multiplicación de impuestos de baja
recaudación y alto costo de administración ni estar asociado a fines específicos que
dificulten la flexibilidad de la asignación de gastos), de equidad (distribuirse con justicia
entre los contribuyentes) y eficiencia (no distorsionar significativamente la actividad
económica).
         Las diversas estructuras tributarias de los países son el reflejo de la manera en
que el precio del financiamiento público se distribuye entre los individuos que pertenecen
a una sociedad, de acuerdo a determinados principios. Un primer principio de justicia
tributaria es el de la “equidad horizontal” (frente a una misma situación todos deben pagar
lo mismo). Asociado a este se encuentra el “principio del beneficio”: a cada impuesto se
asocia un servicio o conjunto de servicios determinados, así como a un precio se asocia
en el mercado un bien específico. Por su parte, tiene también relevancia el “principio de
la capacidad de pago”, que asocia cobros de tasas diferenciadas según las posibilidades
económicas de los contribuyentes, de modo que quien tenga más recursos y pueda pagar
más contribuya en una mayor proporción al esfuerzo común. Se trata en este caso de
aplicar un principio de “equidad vertical”.
         Las estructuras tributarias se constituyen en base a una multiplicidad de
impuestos. Una estructura es progresiva si los pagos tributarios como proporción del
ingreso de un individuo o de una familia aumentan con el nivel de ingreso. Si por ejemplo
los impuestos para una familia con 10 000 unidades de ingreso anual representan un 20%
del ingreso y los impuestos para una familia con 100 000 unidades de ingreso representan
un 30% del ingreso, entonces la estructura tributaria entre estos tramos de ingreso es
progresiva. Una estructura tributaria es más progresiva que otra si la tasa de impuestos
promedio aumenta más rápido con el ingreso. Los impuestos directos de tasa creciente
según los ingresos sean mayores cumplirán con esta condición, contrariamente a los
impuestos indirectos de tasa fija aplicada al valor de mercado de los bienes. Desde este
punto de vista los impuestos indirectos son regresivos, aunque si el consumo está
concentrado en las familias de más altos ingresos, en términos absolutos estas paguen
más impuestos que las familias más pobres y por tanto contribuyan con más recursos a
financiar el gasto público que estas últimas si consumen muy poco.
         En América Latina son particularmente bajos los impuestos directos sobre las
rentas de las empresas y sobre los ingresos de las personas físicas. En los países
desarrollados los impuestos a la renta alcanzan una proporción del PIB sustancialmente
mayor (13,4% del PIB en la UE, 11,1% en EE.UU. en 2003, según la OCDE), con el caso
danés (28,5%) como paradigma del peso sustancial de este impuesto redistributivo.
Japón, al otro lado de la escala, evidencia una cifra más modesta (7,7%). Se ha
evidenciado una tendencia generalizada a la disminución de las tasas del impuesto a la
renta de personas y empresas en el pasado reciente, aunque en volumen su participación
en la recaudación total en 2005 sea similar a la 1965.
         En EE.UU. hasta 1980 el gobierno federal captaba hasta un 70% de los ingresos
más elevados de las personas. Bajo los gobiernos republicanos, primero el
EconomicRecoveryTaxActde 1981 redujo esa tasa a 50%, y el TaxReformActde 1986 la
redujo a solon33%, aunque amplió la base del cobro, especialmente en el área de las
ganancias de capital, compensando en parte la declinación de la tasa. Luego fue elevada
a 39.6% en el primer gobierno de Clinton, y luego reducida bajo Bush a cerca de 34%, es
decir menos de la mitad de su monto de 1980. Otros países desarrollados emularon esta
tendencia, con menor amplitud, así como la mayoría de los gobiernos latinoamericanos.

                                                                                           5
En el Reino Unido, la tasa de imposición marginal (aplicable al tramo de ingreso más alto)
bajo los gobiernos laboristas había llegado hasta un 83% de tasa máxima y a un 98%
para los ingresos del capital. Con los gobiernos conservadores, a partir de 1979 la tasa
máxima pasó a 40%. En Suecia, paradigma del Estado de Bienestar, la tasa máxima para
los ingresos alcanzó un 76%, para caer a partir de 1991 a 30% para los ingresos del
ahorro y a 51% en el caso de los ingresos del trabajo4.

Sin embargo, el contrato social en los países capitalistas industrializados ha incluido
desde la posguerra mundial la provisión de importantes servicios públicos estatales y
transferencias redistributivas a través del impuesto progresivo y el gasto público. Este tipo
de intervención estatal no impidió el crecimiento de dichos países ni su transformación en
los más prósperos del mundo, como lo refleja la magnitud de su PIB por habitante.

La recaudación del impuesto a la renta personal en América Latina apenas alcanza, en
promedio, al 1,2% del PIB. Este impuesto, sujeto a múltiples exoneraciones que suelen
privilegiar a las rentas de capital, es de alta progresividad, pero como lo indica su baja
recaudación, tiene muy poca capacidad redistributiva. En lo que se refiere al impuesto a la
renta de empresas, es un hecho que a nivel mundial la movilidad del capital no solo ha
reducido las tasas nominales, sino que para atraerlo han proliferado tratamientos
especiales que han erosionado la base del gravamen. En efecto, la liberalización
económica y la integración de mercados han producido algunos cambios estructurales en
el impuesto. Por ejemplo, en 1918, el impuesto a la renta empresarial en los Estados
Unidos rendía cuatro veces más que el impuesto a la renta personal, que solo afectaba a
los muy pudientes; hacia 1950 ambos recaudaban lo mismo; pero ya en 1980 las
personas físicas pagaban cerca de cuatro veces más que las empresas, lo que sigue
sucediendo hasta la fecha.

En América Latina, la tasa del impuesto de renta corporativo promedio en la región es del
29%. El impuesto al valor agregado (IVA), del cual provienen el 50% de los ingresos
fiscales en Latinoamérica, promedia una tasa de 15%.

La tributación incide en el comportamiento de los agentes económicos en las economías
de mercado. En los mercados competitivos en equilibrio parcial, la incidencia de un
impuesto (es decir si lo paga el consumidor o el productor) depende de la elasticidad
precio de la oferta y de la demanda. Un impuesto sobre el consumo de bienes no es
pagado en absoluto por los consumidores si la curva de demanda es perfectamente
elástica o por los productores si la curva de oferta es perfectamente elástica. Y viceversa.
La incidencia de un impuesto sobre los factores de producción (capital o trabajo) en un
mercado competitivo depende también de la elasticidad de la oferta y la demanda por el
factor.

Efecto ingreso y efecto sustitución. Una estructura tributaria óptima es la que maximiza
los efectos recaudatorios buscados y minimiza sus costos de eficiencia. La tributación
puede tener costos económicos negativos y provocar la llamada “pérdida irrecuperable de
eficiencia”. Esta proviene de eventuales distorsiones en los incentivos de los productores
(incitándolos a producir menos y disminuyendo el excedente del productor) y los
consumidores (incitándolos a comprar menos y disminuyendo el excedente del
consumidor), cuya magnitud dependerá de las elasticidades precio de la oferta y de la
4
 Ver “Eléments de comparaison internationale”, Etudes des prélèvements fiscaux et sociaux pesant sur les
ménages, La Documentation Française, Paris, 1996.

                                                                                                           6
demanda de los bienes ante el establecimiento de impuestos, es decir de la magnitud del
llamado “efecto sustitución”. El efecto de cualquier impuesto puede ser descompuesto
entre un efecto ingreso y un efecto sustitución. Mientras mayor es el efecto sustitución
provocado por los impuestos, mayor es la pérdida de eficiencia. Existe un efecto ingreso
(las personas sustraen a sus ingresos los impuestos que han debido pagar) asociado a
los impuestos de cuantía fija (es decir un impuesto que los individuos pagan
independientemente de lo que hacen o de sus habilidades, de sus ingresos, su trabajo, su
consumo o su ahorro), pero no un efecto sustitución. Por eso se entiende que el impuesto
óptimo es el de cuantía fija per cápita, pues por construcción no puede “distorsionar” la
asignación de recursos. El problema es que pagarían lo mismo muy ricos y muy pobres,
contraviniendo el principio de equidad vertical. En el límite, personas muy pobres verían la
totalidad de sus ingresos volatilizados por el impuesto.

Existe otro conjunto de impuestos que no sólo no dañan la asignación eficiente de los
recursos sino que la incrementan, y que son más verosímiles de aplicar. Este es
especialmente el caso de los impuestos correctores de externalidades negativas, que
internalizan dichas externalidades, es decir transforman en costo privado el costo social
en que incurren en sus actividades algunos entes privados. Los impuestos sobre
actividades que provocan daño directo a la salud (tabaco, alcohol) o que son
contaminantes y los que se aplican a la extracción de recursos naturales corresponden a
esta categoría. Para que cumplan con sus fines, estos impuestos deben no tener una
lógica esencialmente recaudatoria, por lo que se debe evaluar siempre sus costos
(especialmente los administrativos) y sus beneficios, habida cuenta de la dificultad de
cuantificar las externalidades.

Como segundo mejor, se entiende que provocan pocas modificaciones en la conducta y
pocos efectos de sustitución los impuestos indirectos, mientras los impuestos directos a
los ingresos del capital y el trabajo serían distorsionadores y disminuirían la oferta de
ahorro, la inversión y la oferta de trabajo.

Se suele sobreestimar estos efectos y postular que debido al efecto distorsionador que se
atribuye genéricamente a los impuestos y a la mayor eficiencia relativa que tendría a todo
evento el sector privado para el uso de recursos productivos, un país que posee un mayor
nivel relativo de impuestos tendría un menor crecimiento económico. Mayores tasas
tributarias afectarían negativamente la tasa de retorno de la inversión y sus niveles y, por
esta vía, reducirían el crecimiento. Incluso algunos sostienen que la desigualdad
económica es esencialmente benéfica al aumentar los incentivos de incremento de la
productividad.

En el caso de la magnitud de los desincentivos a la oferta de trabajo provocada por la
tributación de los ingresos, existe una amplia controversia analítica y empírica.
Analíticamente, opera el llamado “efecto ingreso”: cuando la presión fiscal aumenta, los
contribuyentes de más ingresos ven disminuidos sus incentivos a trabajar, pero pueden
igualmente querer evitar que sus ingresos disminuyan de manera importante y por tanto
trabajar más.

Estimaciones empíricas sobre los efectos desincentivantes de la tributación. Los
estudios empíricos recientes confirman que los trabajadores secundarios en las familias
son mucho más sensibles a cambios en las tasas del impuesto a la renta que los
trabajadores primarios que aseguran el ingreso familiar básico. Aunque siempre las

                                                                                          7
conclusiones en este temas son controversiales, Thomas Picketty afirma que “el estado
actual de los conocimientos disponibles respecto de las elasticidades de la oferta de
trabajo sugieren que la atención tradicionalmente acordada a los efectos desincentivantes
sobre los altos ingresos es totalmente excesiva y no permite un análisis global de los
límites alcanzados o no por los sistemas modernos de redistribución”5. Recientes estudios
para Francia, en donde los gobiernos de izquierda primero aumentaron las tasas
marginales para los sectores de más altos ingresos del impuesto a la renta y luego los
gobiernos de derecha los disminuyeron, revelan que los ingresos declarados por los
contribuyentes afectados no variaron. Otros estudios para EE.UU. demuestran que las
fuertes alzas aplicadas por Clinton en 1993 de las tasas superiores del impuesto a la renta
no tuvieron ningún efecto significativo sobre la tendencia de progresión de los altos
ingresos norteamericanos de los años precedentes6.

¿Cuán progresivo debe entonces ser el impuesto? La respuesta no es simple y
dependerá de cómo modifica su conducta el contribuyente rico ante altas tasas de
impuestos, qué financia el impuesto y cuanto se valora socialmente que una unidad de
ingreso esté en manos de una familia de bajos ingresos o bien en manos de una familia
de altos ingresos.

Tradicionalmente, han existido tres enfoques en la materia, siguiendo a Joel Slemrod7.
Bajo el principio del beneficio (el impuesto es un pago por un servicio gubernamental a
individuos), el ingreso público debiera recaudarse bajo la forma de tarifa al usuario cada
vez que esto sea posible. No obstante, esto no es posible para los bienes públicos puros,
que por definición no admiten un cobro por su uso, como la defensa o la justicia. Cabría
suponer que se beneficia de ellas más el rico que posee bienes que de ese modo son
defendidos por las instituciones mencionadas, mientras lo son menos los pobres que no
poseen bienes a ser defendidos, pero establecer la exacta relación entre pago y beneficio
es difícil de cuantificar. En cualquier caso el principio del beneficio aboga en contra de los
programas de redistribución en los Estados de bienestar.

Bajo el principio de la capacidad de pago, la carga tributaria de cada cual debiera estar
relacionada no con lo que los contribuyentes reciben del gobierno, sino con la posibilidad
de sustentar la carga tributaria y de abordar el sacrificio que esto implica. Si se considera
plausible que pagar una unidad de ingreso es un sacrificio menor para una persona de
ingresos holgados que para una persona francamente pobre, un igual sacrificio requiere
de pagos tributarios mayores por el primero en comparación con el segundo. Pero, al
igual que con el principio del beneficio, el razonamiento no identifica una relación precisa
entre ingreso y carga en el pago del impuesto. Un impuesto proporcional, en el que todos
pagan el mismo porcentaje de su ingreso, recaudará de todas maneras una mayor
cantidad de recursos a la persona rica que a la pobre. Incluso un impuesto regresivo que,
por ejemplo, significara un cobro de 25 por ciento en las primeras 10 000 unidades de
ingreso y un 10 por ciento en todo el ingreso adicional, recaudará más dinero de los más
ricos que de los más pobres.




5
  Thomas Piketty, L´économie des inégalités, La Découverte, Paris, 1997.
6
  Ver Thomas Piketty, “Trop d´impôt ou trop d´idéologie?”, en Débats, Libération, 16 de noviembre 1998.
7
  Joel B. Slemrod, “Progressive Taxes”, en http://www.econlib.org/library/Enc/ProgressiveTaxes.html.



                                                                                                          8
Según el principio utilitarista, la carga tributaria debe ser asignada procurando maximizar
el bienestar social agregado. Francis Edgeworth mostró que si desde una perspectiva
social una unidad de ingreso es menos valorada en la medida en que el ingreso del
receptor aumenta, entonces el bienestar social se maximiza con un sistema tributario que
nivela todos los ingresos, recaudando todo el ingreso más allá de un umbral y
distribuyendo lo obtenido a aquellos cuyos ingresos de otra manera serían inferiores al
umbral de ingreso aludido. El problema es que este impuesto nivelador destruiría el
incentivo a trabajar, ahorrar, invertir e innovar, con lo cual el tamaño de la torta a repartir
en partes iguales se reduciría rápidamente. El principio de la igualdad distributiva tendría
que transigir con el principio de la provisión de incentivos que aumentarían el volumen
total de ingresos disponibles para ser redistribuidos. Por ello los enfoques de la
progresividad tributaria óptima que se inspiran en el principio utilitarista ven el problema
como un dilema entre los beneficios sociales de una distribución más igualitaria de los
ingresos después de impuestos y el daño económico provocado por impuestos altamente
progresivos.

¿Cuán importante es ese daño? Para los economistas liberales sería muy importante, lo
que explica su recomendación recurrente y unívoca: el mejor Estado es el residual, que
financia pocas actividades con pocos impuestos. Martin Feldstein y Michael Boskin han
propiciado en las administraciones republicanas en EE.UU. disminuciones de impuestos,
inspirados además en la llamada Curva de Laffer, según la cual         rebajas de tasas
tributarias impulsarían la actividad y por esa vía aumentarían la masa de impuestos
recaudada. (no es más que la ley de los rendimientos decrecientes aplicada a la política
tributaria). Sin embargos, después de una década bajo los efectos de dos rebajas
tributarias importantes, otros economistas dudan que la política tributaria tenga mucho
efecto sobre la inversión o el ahorro al constatar que en EE.UU., la tasa de ahorro
personal disminuyó entre 1980 y 1987, a pesar de las rebajas tributarias sobre los
retornos del ahorro, y comenzó a recuperarse cuando se introdujeron restricciones a los
incentivos tributarios al ahorro8.

Por su parte, Barry Bosworthy Gary Burtless, encontraron que las reducciones en las
tasas marginales del impuesto coincidieron con un modesto incremento en la oferta de
trabajo, pero concluyeron que la política tributaria probablemente no fue el factor
dominante en el comportamiento de la oferta de trabajo durante la década estudiada9.
Una de las razones de sus cautelosas conclusiones sobre el papel de las rebajas
tributarias es que los hombres de bajos ingresos incrementaron su oferta de trabajo en
una amplia magnitud con estabilidad de las tasas marginales o incluso cuando
aumentaron. Asimismo, los contribuyentes de altos ingresos respondieron a
sustancialmente menores tasas de impuestos cambiando la distribución en el tiempo de
sus ventas de activos y abandonando estratagemas financieras. Así, la experiencia
reciente en EE.UU. mostró que las tasas marginales del impuesto importan, pero no tanto
como se suponía o en la dirección que se suponía por los promotores de las rebajas
tributarias.

El gasto público que incrementa el capital físico y humano y las transferencias que
disminuyen las desigualdades de ingresos pueden tener efectos positivos sobre el
crecimiento. El efecto desincentivante de los impuestos que los financian parece ser

8
  Alan Auerbach y Kevin Hassett. "Investment, Tax Policy, and the Tax Reform Act of 1986." en Do Taxes
Matter?The Impact of the Tax Reform Act of 1986,editadopor Joel Slemrod.1991.
9
  Citados por Slemrod, op.cit.

                                                                                                         9
mucho menor que lo previsto por la teoría convencional. No de otro modo se explica que
muchos países de altos ingresos per cápita tengan las grandes cargas tributarias que
sustentan masivos volúmenes de gasto público. En palabras de Vito Tanzi y HowellZee,
del FMI: “la conclusión general que se puede extraer es que la evidencia empírica sobre la
relación entre tributación y crecimiento es mucho más débil que lo que la teoría hubiera
llevado a uno a esperar”.10

Diversas mediciones revelan también que las variables institucionales y las regulaciones
públicas (protecciones laborales, salario mínimo, centralización de negociaciones) no
tienen el rol esencial que algunos les atribuyen respecto al nivel de desempleo en las
economías mixtas desarrolladas11. La regulación estatal que protege el empleo tiene poco
impacto en el nivel de desempleo, aunque si incide en una menor velocidad de rotación
de la mano de obra y una mayor duración promedio del desempleo. La disminución de
las prestaciones de los seguros de desempleo tiene un impacto débil sobre el nivel de
desempleo. Sistemas generosos han podido cohabitar con niveles de desempleo débiles,
particularmente en Europa del Norte. Los resultados empíricos tampoco establecen una
relación directa entre sindicalización y desempleo. Los sindicatos juegan en cambio un rol
nivelador en materia de dispersión de salarios. En cuanto al salario mínimo, la evidencia
tampoco arroja conclusiones definitivas y en diversos casos altos salarios mínimos
conviven con bajas tasas de desempleo. Si bien las reglamentaciones estatales pueden
jugar un rol en la explicación del nivel y evolución del desempleo, éste parece tan débil
que no llega verdaderamente a explicar las diferencias entre países ni las razones de
éxito de algunos. En materia de desempleo son en definitiva las dinámicas
macroeconómicas y el “reparto social del trabajo” lo que explican su evolución.

No todo gasto público se justifica ni todo impuesto está exento de efectos
desincentivantes sobre la actividad económica. En palabras de Lindert, “según todas las
apariencias, es a través de los gastos públicos escogidos y preservando, en los propios
programas sociales, estímulos para el crecimiento, que los países en los que los gastos
sociales son elevados han podido reducir su costo”12. Cuando existen costos en eficiencia
asignativa de la tributación, estos son en parte compensados por los incrementos
eventuales en dicha eficiencia en la dinámica productiva de la empresa provocados por
las externalidades positivas que financian. Cuando se trata de redistribuciones que no
inciden directamente en la empresa, los costos de eficiencia asignativa son tanto menores
como adecuados son los sistemas de recaudación tributaria para minimizar las
distorsiones en los incentivos, así como capaces son las agencias públicas de prestar sus
servicios al mínimo costo. Existe suficiente evidencia para afirmar que en materia de
tributos y gastos en las economías industrializadas, las con mayor expansión en las
últimas décadas son las que tienen tributos menos desincentivadores y más gastos
públicos que contribuyen al crecimiento, especialmente en infraestructura y recursos
10
   Vito Tanzi y Howell H. Zee, “Política fiscal y crecimiento a largo plazo”, Revista Internacional de
Presupuesto Público, 38, 1998.
11
    Jean Paul Fitoussi, Olivier Passet y René Fressynet, Rapport du Comité D´Analyse Economique,
www.premier-ministre.gov.fr.
12
  Peter Lindert, “Does social spending deter economic growth?,Challenge , mayo-junio1996. A estas políticas
públicas de tipo redistributivo con consecuencias fiscales puede agregarse la propuesta de intervenir el
mercado de trabajo no con salarios mínimos sino con ingresos mínimos compuestos por el salario de
equilibrio de mercado y un complemento financiado fiscalmente para alcanzar el nivel del ingreso mínimo
definido socialmente. La política francesa y alemana de subsidiar los aportes patronales a la seguridad social
para disminuir el costo del empleo no calificado tiene una inspiración semejante.


                                                                                                           10
humanos, y no los de Estados de menor peso en la economía. Es este un tema de
estructura más que de nivel. Incluso la aplicación de tributos considerados
“desincentivadores” (alto impuesto a la renta y al patrimonio) no se traduce en un impacto
sustancial de menor crecimiento13. De acuerdo a Joel B. Slemrod y Jon Bakija, con datos
de 1950 a 2002, el examen de la relación entre la tasa marginal del impuesto a la renta y
la productividad (se supone en el enfoque neoliberal que reducir la tributación al ingreso
incentiva la productividad) revela que los períodos de fuerte incremento de la
productividad coexistieron con las tasas marginales superiores más altas en el impuesto a
la renta en la posguerra y que, en promedio, los países de más altos impuestos son los
más ricos14. La afirmación que los impuestos per se hieren el desempeño económico no
tiene base empírica que la sustente. De nuevo en palabras de Peter Lindert:

                   “Desde hace algunos años, ha habido una creciente brecha entre el
                   registro empírico y una historia que es contada una y otra vez con
                   insistencia creciente. No solo escuchamos que existe el peligro de que
                   redes de seguridad y programas antipobreza basados en impuestos
                   pueden tener altos costos económicos. Nótese cuan frecuentemente se
                   nos dice que los economistas han ”demostrado” y “encontrado” que esto
                   es cierto. Estas afirmaciones son frecuentemente un bluff (...). Antes que
                   demostrar o encontrar este resultado, han escogido imaginarlo15.

        Y el costo de ignorar la experiencia a favor de postulados de fe puede ser alto:
déficit fiscal estructural, decaimiento de la infraestructura, inadecuada inversión en
investigación, educación y salud. Y por tanto, en el largo plazo, menor crecimiento.




13
   Verlasestimaciones de Richard Kneller, Michael Bleaney, Norman Gemmel,,”Fiscal Policy and Growth:
Evidence from OECD Countries”, Journal of Public Economics 74, 1999, pp. 171-190.
14
   Joel B. Slemrod, Jon Bakija, Taxing Ourselves: A Citizen's Guide to the Great Debate over Tax Reform, The
MIT Press, 2004.
15
   Peter H. Lindert, “The Welfare State Is the Wrong Target: a Reply to Bergh”, Econ Journal Watch, 3, 2,
Mayo 2006, pp 236-250.

                                                                                                         11
Anexo Estadístico OCDE 2011

                     Total tax revenue as percentage of GDP
                                                                                 2009
                          1965 1975 1985 1995 2000 2007 2008
                                                                           provisional
Australia                 20,5   25,2   27,6   28,0   30,3   29,5   27,1         n.a.
         1
Austria                   33,9   36,6   40,8   41,4   43,2   42,1   42,7         42,8
Belgium                   31,1   39,5   44,3   43,5   44,7   43,8   44,2         43,2
Canada                    25,7   32,0   32,5   35,6   35,6   33,0   32,3         31,1
Chile                                          19,0   19,4   24,0   22,5         18,2
CzechRepublic                                  37,6   35,3   37,3   36,0         34,8
            1
Denmark                   30,0   38,4   46,1   48,8   49,4   49,0   48,2         48,2
Finland                   30,4   36,6   39,8   45,7   47,2   43,0   43,1         43,1
          1
France                    34,1   35,4   42,8   42,9   44,4   43,5   43,2         41,9
             2
Germany                   31,6   34,3   36,1   37,2   37,2   36,0   37,0         37,0
Greece                    17,8   19,4   25,5   28,9   34,0   32,3   32,6         29,4
Hungary                                        41,3   38,5   39,7   40,2         39,1
Iceland                   26,2   30,0   28,2   31,2   37,2   40,6   36,8         34,1
Ireland                   24,9   28,8   34,7   32,5   31,3   30,9   28,8         27,8
       3
Israel                                         37,0   36,8   36,3   33,8         31,4
Italy                     25,5   25,4   33,6   40,1   42,2   43,4   43,3         43,5
Japan                     18,2   20,8   27,1   26,8   27,0   28,3   28,1         n.a.
Korea                            14,9   16,1   20,0   22,6   26,5   26,5         25,6
Luxembourg                27,7   32,8   39,4   37,1   39,1   35,7   35,5         37,5
Mexico                                  15,5   15,2   16,9   17,9   21,0         17,5
Netherlands               32,8   40,7   42,4   41,5   39,6   38,7   39,1         n.a.
New Zealand               24,1   28,7   31,3   36,2   33,2   35,1   33,7         31,0
Norway                    29,6   39,2   42,6   40,9   42,6   43,8   42,6         41,0
Poland                                         36,2   32,8   34,8   34,3         n.a.
Portugal                  15,9   19,1   24,5   30,9   32,8   35,2   35,2         n.a.
SlovakRepublic                                        34,1   29,4   29,3         29,3
Slovenia                                       39,2   37,5   37,8   37,2         37,9
       1
Spain                     14,7   18,4   27,6   32,1   34,2   37,3   33,3         30,7
Sweden                    33,4   41,3   47,4   47,5   51,4   47,4   46,3         46,4
Switzerland               17,5   23,9   25,5   27,7   30,0   28,9   29,1         30,3
Turkey                    10,6   11,9   11,5   16,8   24,2   24,1   24,2         24,6
UnitedKingdom             30,4   34,9   37,0   34,0   36,4   36,2   35,7         34,3
UnitedStates              24,7   25,6   25,6   27,8   29,5   27,9   26,1         24,0

Unweightedaverage:
 OECD Total               25,5   29,4   32,5   34,4   35,5   35,4   34,8          n.a.




                                                                                         12
Taxes on income and profits as percentage of GDP
                            1965    1975   1985    1990    1995   2000    2005    2006   2007    2008
Australia                    10,4   14,1    15,0    15,8   15,5    17,6    17,6   17,4    17,7    16,0
         1
Austria                       8,6    9,6    10,8    10,1   10,9    12,3    12,0   12,1    12,6    13,1
Belgium                       8,6   15,6    18,0    15,5   16,6    17,2    17,1   16,7    16,5    16,8
Canada                        9,9   15,1    14,4    17,4   16,5    17,8    15,8   16,2    16,2    15,9
Chile                                                4,1    4,8     4,5     7,8   10,5    11,0     8,4
CzechRepublic                                               9,4     8,0     9,1    9,1     9,4     7,9
           1
Denmark                     14,0    22,6   26,6    28,0    30,1    29,8    31,2   29,9    29,4    29,2
Finland                     12,6    15,8   16,2    17,2    16,5    20,4    16,8   16,7    16,9    16,8
France 1                     5,4     5,6    6,8     6,7     7,0    11,1    10,3   10,7    10,4    10,4
Germany                     10,7    11,8   12,5    11,3    11,3    11,2     9,8   10,7    11,2    11,5
         1
Greece                       1,6     2,6    4,5     5,2     6,4     9,3     8,0    7,5     7,5     7,3
Hungary                                                     8,7     9,3     8,8    9,1    10,0    10,4
Iceland                      5,6     6,8    6,4     9,2    10,6    14,8    17,5   18,3    18,4    17,8
Ireland                      6,4     8,6   12,0    12,2    12,7    13,2    11,7   12,5    12,1    10,8
Israel                                                     13,2    14,6    12,0   13,3    13,2    11,1
Italy                        4,6     5,4   12,4    13,8    14,2    14,0    12,9   13,9    14,6    14,9
Japan                        8,0     9,3   12,4    14,5    10,2     9,4     9,3    9,9    10,3     9,5
Korea                                3,6    4,2     6,4     6,0     6,5     7,0    7,4     8,4     8,2
Luxembourg                   9,9    14,1   17,0    14,0    14,6    14,1    12,9   12,4    12,4    12,8
Mexico                                      3,4     4,3     3,8     4,6     4,4    4,6     5,0     5,2
Netherlands                 11,7    14,2   11,2    13,8    10,9    10,0    10,7   10,6    10,9    10,6
New Zealand                 14,6    19,1   21,7    22,0    22,2    19,9    23,1   22,4    22,1    20,4
Norway                      12,9    13,5   16,9    14,4    14,3    19,2    21,4   22,0    21,1    21,6
Poland                                                     11,1     6,8     6,4    7,0     8,0     8,1
Portugal                     3,9     3,3    6,3     6,9     7,7     9,2     7,9    8,3     9,1     9,3
SlovakRepublic                                                      7,0     5,6    5,7     5,8     6,2
Slovenia                                                    6,5     6,9     8,3    8,7     8,8     8,4
       1
Spain                        3,6     4,1    6,8    10,0     9,4     9,7    10,5   11,2    12,4    10,3
Sweden                      18,3    20,9   20,0    21,8    18,6    21,0    19,1   19,1    18,4    16,8
Switzerland                  7,2    11,4   11,7    12,0    11,9    13,2    13,0   13,4    13,3    13,9
Turkey                       3,1     5,0    4,3     5,0     4,8     7,1     5,3    5,3     5,7     5,8
UnitedKingdom               11,3    15,6   14,3    14,0    12,6    14,2    13,7   14,5    14,3    14,3
UnitedStates                11,9    11,8   11,6    12,6    12,8    14,9    12,7   13,5    13,6    11,8

Unweightedaverage:
OECD Total                   9,0    11,2   12,2    12,5    11,9   12,7    12,4    12,7   12,9    12,5




                                                                                                         13
Taxes on goods and services as percentage of GDP
                            1965    1975   1985    1990    1995   2000    2005    2006   2007    2008
Australia                     7,1    7,4     9,1     7,7    8,1     8,7     8,3    8,0     7,9     7,4
         1
Austria                      12,7   12,6    13,3    12,5   11,9    12,3    12,1   11,7    11,6    11,6
Belgium                      11,6   10,8    11,3    11,1   11,2    11,4    11,3   11,3    11,0    10,8
Canada                       10,4   10,2    10,3     9,3    9,0     8,6     8,5    8,1     7,9     7,6
Chile                                               11,0   11,9    12,4    11,1   10,0    10,5    11,4
CzechRepublic                                              12,1    11,2    11,8   11,2    11,1    11,5
           1
Denmark                      12,4   13,2   15,8    15,4    15,7    15,9    16,3   16,4    16,3    15,6
Finland                      12,9   11,7   13,5    14,2    14,0    13,7    13,8   13,6    12,9    13,0
France 1                     13,1   11,8   12,7    11,9    11,9    11,4    11,1   10,8    10,7    10,6
Germany                      10,4    9,2    9,3     9,3    10,4    10,4    10,1   10,0    10,5    10,5
         1
Greece                        8,7    9,1   10,9    11,7    11,9    12,0    11,0   11,5    11,5    11,4
Hungary                                                    16,8    15,6    14,8   14,3    15,0    14,9
Iceland                      16,4   18,9   17,2    15,9    15,2    16,4    17,1   17,6    16,4    13,6
Ireland                      13,1   13,4   15,4    14,0    13,2    11,7    11,4   11,4    11,2    10,7
Israel                                                     13,5    12,3    12,7   12,4    12,8    12,6
Italy                        10,1    7,4    8,5    10,6    10,9    11,8    10,8   11,1    11,0    10,6
Japan                         4,8    3,6    3,8     4,0     4,2     5,2     5,3    5,2     5,1     5,1
Korea                                9,1    9,6     8,6     8,2     8,7     8,2    8,1     8,3     8,4
Luxembourg                    6,9    6,8    9,6     9,0    10,0    10,6    10,9   10,0     9,8     9,9
Mexico                                     10,0     8,7     8,2     8,9    10,2   10,3     9,5    12,4
Netherlands                   9,4    9,8   10,9    11,3    11,3    11,5    12,2   12,1    12,0    11,8
New Zealand                   6,7    6,9    7,2    12,4    12,1    11,5    11,8   11,8    11,1    11,4
Norway                       12,2   14,7   16,0    14,6    15,8    13,5    12,1   12,0    12,4    10,9
Poland                                                     12,8    11,8    12,7   13,3    13,0    13,0
Portugal                      7,6    8,2   10,7    11,9    12,6    12,2    13,4   13,7    13,2    12,9
SlovakRepublic                                                     12,3    12,6   11,4    11,3    10,5
Slovenia                                                   15,2    14,1    13,6   13,3    13,2    13,2
       1
Spain                         6,0    4,5    7,8     9,2     9,2    10,1     9,9    9,9     9,5     8,3
Sweden                       10,4   10,1   12,6    13,0    13,4    12,7    12,8   12,6    12,6    12,8
Switzerland                   6,0    5,3    5,6     5,5     6,1     6,7     6,9    6,8     6,6     6,3
Turkey                        5,7    4,9    4,1     4,2     6,3    10,1    12,0   11,9    11,5    11,0
UnitedKingdom                10,1    8,7   11,7    11,0    12,0    11,6    10,8   10,6    10,5    10,3
UnitedStates                  5,6    5,0    4,8     4,8     5,0     4,7     4,8    4,8     4,7     4,6

Unweightedaverage:
OECD Total                    9,6    9,3   10,4    10,5    11,2   11,3    11,3    11,1   11,0    10,8




                                                                                                         14
Taxes on goods and services aspercentage of total taxation
                            1965    1975   1985    1990    1995   2000    2005    2006   2007    2008
Australia                    34,7   29,3    32,8    27,8   29,0    28,7    27,8   27,1    26,6    27,4
         1
Austria                      37,4   34,5    32,6    31,5   28,6    28,5    28,6   27,9    27,5    27,1
Belgium                      37,2   27,4    25,4    26,4   25,7    25,4    25,3   25,6    25,1    24,5
Canada                       40,5   32,0    31,8    25,8   25,4    24,2    25,3   24,5    24,0    23,6
Chile                                               62,9   62,6    63,8    51,5   43,2    43,8    50,6
CzechRepublic                                              32,1    31,6    31,3   30,2    29,8    31,9
           1
Denmark                      41,4   34,3   34,3    33,0    32,1    32,1    32,0   33,1    33,3    32,5
Finland                      42,5   31,9   33,9    32,5    30,6    29,0    31,3   31,1    30,1    30,0
France 1                     38,4   33,3   29,7    28,4    27,6    25,7    25,3   24,5    24,7    24,5
Germany                      33,0   26,9   25,7    26,7    28,0    28,1    28,9   28,3    29,2    28,5
         1
Greece                       48,8   46,8   42,7    44,5    41,3    35,3    34,8   36,3    35,7    34,9
Hungary                                                    40,6    40,5    39,7   38,4    37,7    37,1
Iceland                      62,7   63,0   61,1    51,3    48,7    44,1    42,0   42,3    40,4    37,0
Ireland                      52,6   46,5   44,4    42,3    40,7    37,6    37,4   35,9    36,1    37,1
Israel                                                     36,5    33,3    35,9   34,5    35,2    37,3
Italy                        39,5   29,4   25,4    28,0    27,3    27,9    26,4   26,2    25,2    24,5
Japan                        26,2   17,3   14,0    13,7    15,8    19,3    19,4   18,6    18,0    18,0
Korea                               61,1   59,5    44,3    40,7    38,4    34,3   32,5    31,3    31,6
Luxembourg                   24,7   20,9   24,4    25,1    27,1    27,2    29,0   28,0    27,5    28,0
Mexico                                     64,8    55,3    53,9    53,0    56,7   56,3    53,1    59,2
Netherlands                  28,6   24,2   25,6    26,4    27,2    29,2    31,8   31,0    31,0    30,3
New Zealand                  27,9   24,2   23,1    33,6    33,4    34,7    32,1   32,7    31,7    33,8
Norway                       41,1   37,6   37,5    35,5    38,6    31,8    27,8   27,3    28,4    25,6
Poland                                                     35,2    36,1    38,5   39,1    37,5    38,0
Portugal                     47,6   42,6   43,7    44,2    40,9    37,2    39,7   39,7    37,5    36,6
SlovakRepublic                                                     36,2    39,9   38,7    38,4    36,0
Slovenia                                                   38,7    37,6    35,2   34,8    35,1    35,6
       1
Spain                        40,8   24,2   28,4    28,4    28,6    29,6    27,7   26,9    25,5    25,1
Sweden                       31,2   24,3   26,6    25,0    28,1    24,6    26,1   26,1    26,6    27,7
Switzerland                  34,2   22,4   21,9    21,2    21,9    22,5    23,6   23,0    22,7    21,7
Turkey                       54,0   41,3   36,0    27,9    37,6    42,0    49,3   48,7    47,7    45,5
UnitedKingdom                33,1   25,0   31,5    31,1    35,3    32,0    30,3   29,0    29,1    28,8
UnitedStates                 22,8   19,5   18,8    17,4    18,0    16,0    17,7   17,1    16,7    17,6

Unweightedaverage:
OECD Total                   38,4   32,8   33,7    33,0    33,7   32,8    32,8    32,1   31,6    31,7




                                                                                                         15
Tax structures in the OECD-area


                                 1965    1975    1985 1995 2000          2008


Personal incometax                 26      30      30      27      25      25
Corporateincometax                  9       8       8       8      10      10
                             2
Social securitycontributions       18      22      22      25      24      25
  (employee)                      ( 6)    ( 7)    ( 7)    ( 9)    ( 9)    ( 9)
  (employer)                     ( 10)   ( 14)   ( 13)   ( 14)   ( 14)   ( 14)
Payrolltaxes                        1       1       1       1       1       1
Propertytaxes                       8       6       5       6       6       5
General consumptiontaxes           12      13      16      19      19      20
Specificconsumptiontaxes           24      18      16      13      12      10
           3
Othertaxes                          2       2       2       3       3       3


Total                            100     100     100     100     100     100




                                                                                 16

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Martner propuesta de modificaciones tributarias estructurales

  • 1. PROPUESTA DE MODIFICACIONES TRIBUTARIAS ESTRUCTURALES (versión 2-11-2011) Nuestros ingresos tributarios son bajos y equivalen al 17% del PIB en 2010 (a lo que cabe agregar un 3% de cobre, que varía mucho de año en año), contra un promedio de 35% en la OCDE (cuyos rangos van de 24% en EE.UU y 26% en Corea a 42% en Francia, 48% en Suecia y 49% en Dinamarca).La cifra chilena es además baja respecto a países con PIB por habitante similar. Ingresos y Gastos Públicos, 1987-2012 (en porcentaje del PIB) Ingresos Ingresos Cobre Gastos del Balance Fiscal Balance Período Totales Tributarios Bruto Gobierno Central Efectivo Estructural 1987 26,5 17,9 2,5 26,3 0,2 - 1990 22,8 13,8 4,7 20,4 2,4 - Aylwin (1990-93) 22,3 15,6 2,4 20,4 1,9 - Frei (1994-99) 21,3 16,1 1,2 20,1 1,2 - Lagos (2000-05) 21,8 16,3 1,6 21,2 0,6 - Bachelet (2006-09) 24,7 17,3 4,0 20,7 3,9 - 2006 25,8 17,0 5,7 18,1 7,7 1,1 2007 26,9 18,8 4,8 18,7 8,2 0,4 2008 25,5 18,5 3,6 21,2 4,3 -0,6 2009 20,4 14,8 1,8 24,8 -4,5 -3,0 2010 23,0 16,9 2,9 23,5 -0,4 -2,0 2011(p) 23,9 - - 22,8 1,2 -1,6 2012 (p) 22,3 - - 22,7 -0,4 -1,5 Fuente: Dirección de Presupuestos, Ministerio de Hacienda. Su estructura es además inequitativa. La incidencia del IVA en el total de los ingresos tributarios fue del 40% en 2010, muy por encima del promedio de los países de la OECD, que es de 20%.Los impuestos sobre ventas representan la mitad de los ingresos tributarios, contra un promedio de 32% en la OCDE. El impuesto a la renta y las utilidades es en Chile de 8% del PIB (incluyendo cobre) en comparación con el 13% promedio de la OCDE (con un rango de 5% en México a 29% en Dinamarca). La tasa del impuesto a la empresas en 1 Chile (17%) está también muy por detrás de la media de la OCDE (28%). Esta tasa es en Estados Unidos de 35%. El financiamiento de los servicios de seguridad social y de salud en Chile se realiza, en parte, a través de cotizaciones administradas por entes privados. Esto, sin embargo, no cambia el hecho de que la carga obligatoria en Chile está por debajo de las de la OCDE: el incluir las contribuciones privadas a la seguridad social agregaría solamente un 3,5% a la carga tributaria. En Chile, la estructura tributaria y la debilidad dela negociación colectiva contribuyen de manera muy importante a explicar la alta concentración del ingreso en un puñado de familias y la alta desigualdad en la distribución del ingreso y el patrimonio. Una reforma tributaria debe proponerse incrementar progresivamente la tasa de tributación al menos del 17% al 24% (nivel de EE.UU.) o 26% (nivel de Corea) en los próximos cinco añospara abordar las tareas de educación, salud, pensiones e infraestructura que avanzar al desarrollo demanda de manera inmediata. Debe reequilibrar la composición de las contribuciones obligatorias hacia los impuestos directos a los perceptores de ingresos más adinerados, especialmente los muy ricos, para lo que se propone aumentar y diferenciar el impuesto a las utilidades, aliviar y diferenciar el IVA y disminuir la carga de los impuestos a la renta de los sectores medios y aumentarlos a los sectores altos, eliminando el 50% del crédito al impuesto global complementario por utilidades empresariales y las exenciones injustificadas. 1 Cabe señalar que la tasa vigente es de 20% como efecto de la reforma tributaria de 2010. La tasa indicada se reducirá a 18,5% en el año 2012 para volver a 17% en el 2013. 1
  • 2. La propuesta elaborada por la Fundación Chile 21 en julio de 2011 plantea las siguientes medidas en este sentido: PROPUESTA DE PROGRAMA TRIBUTARIO DE LA FUNDACIÓN CHILE 21-Julio 2011 Proposiciones Alcance Especificación Ajustar los tramos del Se proponen los siguientes Subir exento a $ 750 mil, hasta $ impuesto a las tramos: Exento, 10, 20,30 y 1.500.000, 10%; hasta $ 3 millones, personas 40 20%; hasta $ 6 millones 30% y más de $ 6 millones 40% Con la clasificación de empresas de la Diferenciar el impuesto MIPYMES 15%, Empresas CORFO de Primera categoría medianas, 20% y grandes empresas 25% Limitar el componente En EE.UU. está Eliminar progresivamente el Fondo de crédito de la primera completamente separado el Único Tributario categoría a 50% en el impuesto a las empresas y el global complementario impuesto a los ingresos personales Aumentar el impuesto De este modo se aumenta la Se iguala así la tasa marginal del adicional de 35 a 40% tributación minera, sin impuesto a la renta, con lo que las modificar el royalty, sujeto a utilidades retiradas de inversionistas invariabilidad hasta el 2023 chilenos y extranjeros tributan de la misma manera Diferenciar el IVA Aplicar una tasa de 15% a los alimentos, medicinas y cultura. Elevar el IVA al resto de los bienes a 20% En especial las exenciones al Los supuestos incentivos al ahorro son Eliminación de capital inmobiliario y a los la base de la regresividad tributaria exenciones ingresos y ganancias de actual capital El programa de reforma tributaria permitiría una recaudación total anual adicional neta que se estima en una cifra en torno a los US$ 8000 millones en régimen (3,3% del PIB de 2011), situación a la que se podría llegar progresivamente para permitir las adecuaciones de política necesarias y a lo que habría que agregar un fuerte plan de disminución de la evasión para completar la meta de recaudación tributaria necesaria para el desarrollo de Chile.En el corto plazo,se propone para abordar una gran reforma a la educación en 2012 no volver atrás a la tasa de 17% sino eliminar exenciones y diferenciar desde ya el impuesto de primera categoría entre el 15% y el 25% para recaudar unos US $ 4400 millones adicionales al año(del orden del 2% del PIB) y aumentar el impuesto adicional de 35% a 40%, para incrementar la tributación minera y en general el aporte de 2
  • 3. la inversión extranjera –concentrada en recursos naturales- sin modificar el impuesto minero específico, sujeto a invariabilidad hasta el año 2023. El argumento de que esto disminuiría la inversión y por tanto el crecimiento, en base a la idea de que los inversores dejarían de mantener su esfuerzo o se irían del país, no tiene sustento en los estudios internacionales más recientes, que subrayan que con bases amplias de tributación de las utilidades y sin facilitación de la elusión mediante exenciones variadas la recaudación no disminuye. Ningún estudio ha mostrado nunca que los más ricos cesen actividades por aumentos de los impuestos, máxime desde y hasta niveles inferiores al existente en países comparables, y las fugas a paraísos fiscales son simplemente constitutivos de fraude, los que debieran disminuir gracias a los recientes acuerdos internacionales en la materia y a una buena administración 2 tributaria. En materia de inversión extranjera, esta se concentra en los recursos naturales, con unas sobreutilidades exorbitantes que les permiten en diversos casos de la minería recuperar la inversión en dos años, con lo que difícilmente dejarían las oportunidades existentes en el país. Los países escandinavos son los que mejor han resuelto la ecuación entre equidad e incentivos a la innovación y a la inversión en capital humanoy al mismo tiempo crecimiento y altas tasas de patentes por habitante, con una combinación de tasas marginales del impuesto a la renta que se acercan o superan el 50% (Suecia, incluso bajo gobiernos de derecha, como en la actualidad, mantiene una tasa marginal de 55%, a comparar con el 40% en Chile) y con tasas de tributación pareja de los ingresos del capital de 30%, mientras en Chile mantenemos diversas desgravaciones 3 sustanciales de los ingresos y ganancias de capital. El argumento de hacer una reforma para establecer un impuesto plano (igualar el impuesto a las empresas y a las personas) inventado por Milton Friedman tiene por propósito eliminar la progresividad del impuesto y el principio de que paguen proporcionalmente más los que tienen más. Sería un nuevo retroceso en materia de justicia social y de desigualdad de ingresos. Que los asalariados de ingresos altos lleguen muy rápido al tramo de 40% se soluciona ampliando el límite, como se propone aquí. Y el hecho que los que simulan ingresos por servicios mediante la creación de empresas pagan menos impuestos al acogerse a las tasas del impuesto a las utilidades que los asalariados con ingresos equivalentes, tiene solución en una fiscalización adecuada, mientras las diferencias de tasas se verían disminuidas con la reforma propuesta. Ni la crisis internacional ni la situación de las empresas en Chile son pretexto para no promover una mayor recaudacióndel impuesto de primera categoría en el corto plazo y viabilizar un gran acuerdo sobre la educación, junto al inicio de la reforma tributaria estructural que se propone.Nos parece insuficiente la búsqueda de la equidad solo por el lado del gasto social. Esto ha contribuido decisivamente a consolidar la gran desigualdad que afecta al país. Entre los criterios claves a considerar en una reforma tributaria estructural destacan los siguientes: a) El pago que realizan las personas naturales es un hecho cierto e irreversible. El pago de las empresas, es por el contrario un adelanto al pago de las personas y además puede ser revertido si en el año siguiente la empresa sufre pérdidas. Esta política incentiva la elusión y evasión tributaria. b) El sistema tributario nacional presenta niveles extremadamente bajos que explican la desigualdad existente. Sin embargo, presenta también problemas de estructura: excesiva 2 Camille Landais, Thomas Picketty, Emmanuel Saez. 2011. Pour une révolution fiscale. Un impôt sur le revenu pour le XXIe siecle. Paris: Seuil. 3 Philippe Aghion, Alexandra Roulet.2011. Repenser l’Etat. Paris : Seuil. 3
  • 4. peso de los impuestos indirectos, baja contribución del impuesto a la renta, incapacidad para captar las rentas provenientes de los recursos naturales. c) La progresividad del sistema tributario es esencial en la consolidación de una sociedad solidaria y cohesionada. d) Concentrar la carga tributaria en el reducido grupo de empresas que obtiene las mayores utilidades, reduciendo la carga que pesa sobre las pequeñas y medianas empresas, generaría estímulos para que se incorporen al desarrollo de la productividad que requiere la economía nacional. Es un error histórico sucumbir a la ideología que endiosa y valora, por sobre todas la cosas, la estabilidad macroeconómica y el clima de negocios, sin atribuir un costo de oportunidad a la pobreza y la desesperanza y regalar a multinacionales las rentas del cobre o impedir la contribución de los más ricos al desarrollo de un país para todos. Lo que corresponde es que el Estado capture e invierta las rentas del cobre y las sobreutilidades monopólicas en proyectos de alta rentabilidad social y enfrente el fomento productivo para la competitividad sustentable de las pymes y los sectores productivos capaces de generar empleos, preservación de los ecosistemas y bienestar en el territorio. Para ello se requiere un Estado más gravitante y de excelencia, probo, eficientey al servicio del interés público, en especial de los más débiles. 4
  • 5. Anexo: Fundamentos del sistema tributario Un sistema tributario debe idealmente reunir las condiciones de suficiencia (es decir permitir financiar sobre una base estable y continua el gasto público al que está asociado), de simplicidad (es decir no presentar una multiplicación de impuestos de baja recaudación y alto costo de administración ni estar asociado a fines específicos que dificulten la flexibilidad de la asignación de gastos), de equidad (distribuirse con justicia entre los contribuyentes) y eficiencia (no distorsionar significativamente la actividad económica). Las diversas estructuras tributarias de los países son el reflejo de la manera en que el precio del financiamiento público se distribuye entre los individuos que pertenecen a una sociedad, de acuerdo a determinados principios. Un primer principio de justicia tributaria es el de la “equidad horizontal” (frente a una misma situación todos deben pagar lo mismo). Asociado a este se encuentra el “principio del beneficio”: a cada impuesto se asocia un servicio o conjunto de servicios determinados, así como a un precio se asocia en el mercado un bien específico. Por su parte, tiene también relevancia el “principio de la capacidad de pago”, que asocia cobros de tasas diferenciadas según las posibilidades económicas de los contribuyentes, de modo que quien tenga más recursos y pueda pagar más contribuya en una mayor proporción al esfuerzo común. Se trata en este caso de aplicar un principio de “equidad vertical”. Las estructuras tributarias se constituyen en base a una multiplicidad de impuestos. Una estructura es progresiva si los pagos tributarios como proporción del ingreso de un individuo o de una familia aumentan con el nivel de ingreso. Si por ejemplo los impuestos para una familia con 10 000 unidades de ingreso anual representan un 20% del ingreso y los impuestos para una familia con 100 000 unidades de ingreso representan un 30% del ingreso, entonces la estructura tributaria entre estos tramos de ingreso es progresiva. Una estructura tributaria es más progresiva que otra si la tasa de impuestos promedio aumenta más rápido con el ingreso. Los impuestos directos de tasa creciente según los ingresos sean mayores cumplirán con esta condición, contrariamente a los impuestos indirectos de tasa fija aplicada al valor de mercado de los bienes. Desde este punto de vista los impuestos indirectos son regresivos, aunque si el consumo está concentrado en las familias de más altos ingresos, en términos absolutos estas paguen más impuestos que las familias más pobres y por tanto contribuyan con más recursos a financiar el gasto público que estas últimas si consumen muy poco. En América Latina son particularmente bajos los impuestos directos sobre las rentas de las empresas y sobre los ingresos de las personas físicas. En los países desarrollados los impuestos a la renta alcanzan una proporción del PIB sustancialmente mayor (13,4% del PIB en la UE, 11,1% en EE.UU. en 2003, según la OCDE), con el caso danés (28,5%) como paradigma del peso sustancial de este impuesto redistributivo. Japón, al otro lado de la escala, evidencia una cifra más modesta (7,7%). Se ha evidenciado una tendencia generalizada a la disminución de las tasas del impuesto a la renta de personas y empresas en el pasado reciente, aunque en volumen su participación en la recaudación total en 2005 sea similar a la 1965. En EE.UU. hasta 1980 el gobierno federal captaba hasta un 70% de los ingresos más elevados de las personas. Bajo los gobiernos republicanos, primero el EconomicRecoveryTaxActde 1981 redujo esa tasa a 50%, y el TaxReformActde 1986 la redujo a solon33%, aunque amplió la base del cobro, especialmente en el área de las ganancias de capital, compensando en parte la declinación de la tasa. Luego fue elevada a 39.6% en el primer gobierno de Clinton, y luego reducida bajo Bush a cerca de 34%, es decir menos de la mitad de su monto de 1980. Otros países desarrollados emularon esta tendencia, con menor amplitud, así como la mayoría de los gobiernos latinoamericanos. 5
  • 6. En el Reino Unido, la tasa de imposición marginal (aplicable al tramo de ingreso más alto) bajo los gobiernos laboristas había llegado hasta un 83% de tasa máxima y a un 98% para los ingresos del capital. Con los gobiernos conservadores, a partir de 1979 la tasa máxima pasó a 40%. En Suecia, paradigma del Estado de Bienestar, la tasa máxima para los ingresos alcanzó un 76%, para caer a partir de 1991 a 30% para los ingresos del ahorro y a 51% en el caso de los ingresos del trabajo4. Sin embargo, el contrato social en los países capitalistas industrializados ha incluido desde la posguerra mundial la provisión de importantes servicios públicos estatales y transferencias redistributivas a través del impuesto progresivo y el gasto público. Este tipo de intervención estatal no impidió el crecimiento de dichos países ni su transformación en los más prósperos del mundo, como lo refleja la magnitud de su PIB por habitante. La recaudación del impuesto a la renta personal en América Latina apenas alcanza, en promedio, al 1,2% del PIB. Este impuesto, sujeto a múltiples exoneraciones que suelen privilegiar a las rentas de capital, es de alta progresividad, pero como lo indica su baja recaudación, tiene muy poca capacidad redistributiva. En lo que se refiere al impuesto a la renta de empresas, es un hecho que a nivel mundial la movilidad del capital no solo ha reducido las tasas nominales, sino que para atraerlo han proliferado tratamientos especiales que han erosionado la base del gravamen. En efecto, la liberalización económica y la integración de mercados han producido algunos cambios estructurales en el impuesto. Por ejemplo, en 1918, el impuesto a la renta empresarial en los Estados Unidos rendía cuatro veces más que el impuesto a la renta personal, que solo afectaba a los muy pudientes; hacia 1950 ambos recaudaban lo mismo; pero ya en 1980 las personas físicas pagaban cerca de cuatro veces más que las empresas, lo que sigue sucediendo hasta la fecha. En América Latina, la tasa del impuesto de renta corporativo promedio en la región es del 29%. El impuesto al valor agregado (IVA), del cual provienen el 50% de los ingresos fiscales en Latinoamérica, promedia una tasa de 15%. La tributación incide en el comportamiento de los agentes económicos en las economías de mercado. En los mercados competitivos en equilibrio parcial, la incidencia de un impuesto (es decir si lo paga el consumidor o el productor) depende de la elasticidad precio de la oferta y de la demanda. Un impuesto sobre el consumo de bienes no es pagado en absoluto por los consumidores si la curva de demanda es perfectamente elástica o por los productores si la curva de oferta es perfectamente elástica. Y viceversa. La incidencia de un impuesto sobre los factores de producción (capital o trabajo) en un mercado competitivo depende también de la elasticidad de la oferta y la demanda por el factor. Efecto ingreso y efecto sustitución. Una estructura tributaria óptima es la que maximiza los efectos recaudatorios buscados y minimiza sus costos de eficiencia. La tributación puede tener costos económicos negativos y provocar la llamada “pérdida irrecuperable de eficiencia”. Esta proviene de eventuales distorsiones en los incentivos de los productores (incitándolos a producir menos y disminuyendo el excedente del productor) y los consumidores (incitándolos a comprar menos y disminuyendo el excedente del consumidor), cuya magnitud dependerá de las elasticidades precio de la oferta y de la 4 Ver “Eléments de comparaison internationale”, Etudes des prélèvements fiscaux et sociaux pesant sur les ménages, La Documentation Française, Paris, 1996. 6
  • 7. demanda de los bienes ante el establecimiento de impuestos, es decir de la magnitud del llamado “efecto sustitución”. El efecto de cualquier impuesto puede ser descompuesto entre un efecto ingreso y un efecto sustitución. Mientras mayor es el efecto sustitución provocado por los impuestos, mayor es la pérdida de eficiencia. Existe un efecto ingreso (las personas sustraen a sus ingresos los impuestos que han debido pagar) asociado a los impuestos de cuantía fija (es decir un impuesto que los individuos pagan independientemente de lo que hacen o de sus habilidades, de sus ingresos, su trabajo, su consumo o su ahorro), pero no un efecto sustitución. Por eso se entiende que el impuesto óptimo es el de cuantía fija per cápita, pues por construcción no puede “distorsionar” la asignación de recursos. El problema es que pagarían lo mismo muy ricos y muy pobres, contraviniendo el principio de equidad vertical. En el límite, personas muy pobres verían la totalidad de sus ingresos volatilizados por el impuesto. Existe otro conjunto de impuestos que no sólo no dañan la asignación eficiente de los recursos sino que la incrementan, y que son más verosímiles de aplicar. Este es especialmente el caso de los impuestos correctores de externalidades negativas, que internalizan dichas externalidades, es decir transforman en costo privado el costo social en que incurren en sus actividades algunos entes privados. Los impuestos sobre actividades que provocan daño directo a la salud (tabaco, alcohol) o que son contaminantes y los que se aplican a la extracción de recursos naturales corresponden a esta categoría. Para que cumplan con sus fines, estos impuestos deben no tener una lógica esencialmente recaudatoria, por lo que se debe evaluar siempre sus costos (especialmente los administrativos) y sus beneficios, habida cuenta de la dificultad de cuantificar las externalidades. Como segundo mejor, se entiende que provocan pocas modificaciones en la conducta y pocos efectos de sustitución los impuestos indirectos, mientras los impuestos directos a los ingresos del capital y el trabajo serían distorsionadores y disminuirían la oferta de ahorro, la inversión y la oferta de trabajo. Se suele sobreestimar estos efectos y postular que debido al efecto distorsionador que se atribuye genéricamente a los impuestos y a la mayor eficiencia relativa que tendría a todo evento el sector privado para el uso de recursos productivos, un país que posee un mayor nivel relativo de impuestos tendría un menor crecimiento económico. Mayores tasas tributarias afectarían negativamente la tasa de retorno de la inversión y sus niveles y, por esta vía, reducirían el crecimiento. Incluso algunos sostienen que la desigualdad económica es esencialmente benéfica al aumentar los incentivos de incremento de la productividad. En el caso de la magnitud de los desincentivos a la oferta de trabajo provocada por la tributación de los ingresos, existe una amplia controversia analítica y empírica. Analíticamente, opera el llamado “efecto ingreso”: cuando la presión fiscal aumenta, los contribuyentes de más ingresos ven disminuidos sus incentivos a trabajar, pero pueden igualmente querer evitar que sus ingresos disminuyan de manera importante y por tanto trabajar más. Estimaciones empíricas sobre los efectos desincentivantes de la tributación. Los estudios empíricos recientes confirman que los trabajadores secundarios en las familias son mucho más sensibles a cambios en las tasas del impuesto a la renta que los trabajadores primarios que aseguran el ingreso familiar básico. Aunque siempre las 7
  • 8. conclusiones en este temas son controversiales, Thomas Picketty afirma que “el estado actual de los conocimientos disponibles respecto de las elasticidades de la oferta de trabajo sugieren que la atención tradicionalmente acordada a los efectos desincentivantes sobre los altos ingresos es totalmente excesiva y no permite un análisis global de los límites alcanzados o no por los sistemas modernos de redistribución”5. Recientes estudios para Francia, en donde los gobiernos de izquierda primero aumentaron las tasas marginales para los sectores de más altos ingresos del impuesto a la renta y luego los gobiernos de derecha los disminuyeron, revelan que los ingresos declarados por los contribuyentes afectados no variaron. Otros estudios para EE.UU. demuestran que las fuertes alzas aplicadas por Clinton en 1993 de las tasas superiores del impuesto a la renta no tuvieron ningún efecto significativo sobre la tendencia de progresión de los altos ingresos norteamericanos de los años precedentes6. ¿Cuán progresivo debe entonces ser el impuesto? La respuesta no es simple y dependerá de cómo modifica su conducta el contribuyente rico ante altas tasas de impuestos, qué financia el impuesto y cuanto se valora socialmente que una unidad de ingreso esté en manos de una familia de bajos ingresos o bien en manos de una familia de altos ingresos. Tradicionalmente, han existido tres enfoques en la materia, siguiendo a Joel Slemrod7. Bajo el principio del beneficio (el impuesto es un pago por un servicio gubernamental a individuos), el ingreso público debiera recaudarse bajo la forma de tarifa al usuario cada vez que esto sea posible. No obstante, esto no es posible para los bienes públicos puros, que por definición no admiten un cobro por su uso, como la defensa o la justicia. Cabría suponer que se beneficia de ellas más el rico que posee bienes que de ese modo son defendidos por las instituciones mencionadas, mientras lo son menos los pobres que no poseen bienes a ser defendidos, pero establecer la exacta relación entre pago y beneficio es difícil de cuantificar. En cualquier caso el principio del beneficio aboga en contra de los programas de redistribución en los Estados de bienestar. Bajo el principio de la capacidad de pago, la carga tributaria de cada cual debiera estar relacionada no con lo que los contribuyentes reciben del gobierno, sino con la posibilidad de sustentar la carga tributaria y de abordar el sacrificio que esto implica. Si se considera plausible que pagar una unidad de ingreso es un sacrificio menor para una persona de ingresos holgados que para una persona francamente pobre, un igual sacrificio requiere de pagos tributarios mayores por el primero en comparación con el segundo. Pero, al igual que con el principio del beneficio, el razonamiento no identifica una relación precisa entre ingreso y carga en el pago del impuesto. Un impuesto proporcional, en el que todos pagan el mismo porcentaje de su ingreso, recaudará de todas maneras una mayor cantidad de recursos a la persona rica que a la pobre. Incluso un impuesto regresivo que, por ejemplo, significara un cobro de 25 por ciento en las primeras 10 000 unidades de ingreso y un 10 por ciento en todo el ingreso adicional, recaudará más dinero de los más ricos que de los más pobres. 5 Thomas Piketty, L´économie des inégalités, La Découverte, Paris, 1997. 6 Ver Thomas Piketty, “Trop d´impôt ou trop d´idéologie?”, en Débats, Libération, 16 de noviembre 1998. 7 Joel B. Slemrod, “Progressive Taxes”, en http://www.econlib.org/library/Enc/ProgressiveTaxes.html. 8
  • 9. Según el principio utilitarista, la carga tributaria debe ser asignada procurando maximizar el bienestar social agregado. Francis Edgeworth mostró que si desde una perspectiva social una unidad de ingreso es menos valorada en la medida en que el ingreso del receptor aumenta, entonces el bienestar social se maximiza con un sistema tributario que nivela todos los ingresos, recaudando todo el ingreso más allá de un umbral y distribuyendo lo obtenido a aquellos cuyos ingresos de otra manera serían inferiores al umbral de ingreso aludido. El problema es que este impuesto nivelador destruiría el incentivo a trabajar, ahorrar, invertir e innovar, con lo cual el tamaño de la torta a repartir en partes iguales se reduciría rápidamente. El principio de la igualdad distributiva tendría que transigir con el principio de la provisión de incentivos que aumentarían el volumen total de ingresos disponibles para ser redistribuidos. Por ello los enfoques de la progresividad tributaria óptima que se inspiran en el principio utilitarista ven el problema como un dilema entre los beneficios sociales de una distribución más igualitaria de los ingresos después de impuestos y el daño económico provocado por impuestos altamente progresivos. ¿Cuán importante es ese daño? Para los economistas liberales sería muy importante, lo que explica su recomendación recurrente y unívoca: el mejor Estado es el residual, que financia pocas actividades con pocos impuestos. Martin Feldstein y Michael Boskin han propiciado en las administraciones republicanas en EE.UU. disminuciones de impuestos, inspirados además en la llamada Curva de Laffer, según la cual rebajas de tasas tributarias impulsarían la actividad y por esa vía aumentarían la masa de impuestos recaudada. (no es más que la ley de los rendimientos decrecientes aplicada a la política tributaria). Sin embargos, después de una década bajo los efectos de dos rebajas tributarias importantes, otros economistas dudan que la política tributaria tenga mucho efecto sobre la inversión o el ahorro al constatar que en EE.UU., la tasa de ahorro personal disminuyó entre 1980 y 1987, a pesar de las rebajas tributarias sobre los retornos del ahorro, y comenzó a recuperarse cuando se introdujeron restricciones a los incentivos tributarios al ahorro8. Por su parte, Barry Bosworthy Gary Burtless, encontraron que las reducciones en las tasas marginales del impuesto coincidieron con un modesto incremento en la oferta de trabajo, pero concluyeron que la política tributaria probablemente no fue el factor dominante en el comportamiento de la oferta de trabajo durante la década estudiada9. Una de las razones de sus cautelosas conclusiones sobre el papel de las rebajas tributarias es que los hombres de bajos ingresos incrementaron su oferta de trabajo en una amplia magnitud con estabilidad de las tasas marginales o incluso cuando aumentaron. Asimismo, los contribuyentes de altos ingresos respondieron a sustancialmente menores tasas de impuestos cambiando la distribución en el tiempo de sus ventas de activos y abandonando estratagemas financieras. Así, la experiencia reciente en EE.UU. mostró que las tasas marginales del impuesto importan, pero no tanto como se suponía o en la dirección que se suponía por los promotores de las rebajas tributarias. El gasto público que incrementa el capital físico y humano y las transferencias que disminuyen las desigualdades de ingresos pueden tener efectos positivos sobre el crecimiento. El efecto desincentivante de los impuestos que los financian parece ser 8 Alan Auerbach y Kevin Hassett. "Investment, Tax Policy, and the Tax Reform Act of 1986." en Do Taxes Matter?The Impact of the Tax Reform Act of 1986,editadopor Joel Slemrod.1991. 9 Citados por Slemrod, op.cit. 9
  • 10. mucho menor que lo previsto por la teoría convencional. No de otro modo se explica que muchos países de altos ingresos per cápita tengan las grandes cargas tributarias que sustentan masivos volúmenes de gasto público. En palabras de Vito Tanzi y HowellZee, del FMI: “la conclusión general que se puede extraer es que la evidencia empírica sobre la relación entre tributación y crecimiento es mucho más débil que lo que la teoría hubiera llevado a uno a esperar”.10 Diversas mediciones revelan también que las variables institucionales y las regulaciones públicas (protecciones laborales, salario mínimo, centralización de negociaciones) no tienen el rol esencial que algunos les atribuyen respecto al nivel de desempleo en las economías mixtas desarrolladas11. La regulación estatal que protege el empleo tiene poco impacto en el nivel de desempleo, aunque si incide en una menor velocidad de rotación de la mano de obra y una mayor duración promedio del desempleo. La disminución de las prestaciones de los seguros de desempleo tiene un impacto débil sobre el nivel de desempleo. Sistemas generosos han podido cohabitar con niveles de desempleo débiles, particularmente en Europa del Norte. Los resultados empíricos tampoco establecen una relación directa entre sindicalización y desempleo. Los sindicatos juegan en cambio un rol nivelador en materia de dispersión de salarios. En cuanto al salario mínimo, la evidencia tampoco arroja conclusiones definitivas y en diversos casos altos salarios mínimos conviven con bajas tasas de desempleo. Si bien las reglamentaciones estatales pueden jugar un rol en la explicación del nivel y evolución del desempleo, éste parece tan débil que no llega verdaderamente a explicar las diferencias entre países ni las razones de éxito de algunos. En materia de desempleo son en definitiva las dinámicas macroeconómicas y el “reparto social del trabajo” lo que explican su evolución. No todo gasto público se justifica ni todo impuesto está exento de efectos desincentivantes sobre la actividad económica. En palabras de Lindert, “según todas las apariencias, es a través de los gastos públicos escogidos y preservando, en los propios programas sociales, estímulos para el crecimiento, que los países en los que los gastos sociales son elevados han podido reducir su costo”12. Cuando existen costos en eficiencia asignativa de la tributación, estos son en parte compensados por los incrementos eventuales en dicha eficiencia en la dinámica productiva de la empresa provocados por las externalidades positivas que financian. Cuando se trata de redistribuciones que no inciden directamente en la empresa, los costos de eficiencia asignativa son tanto menores como adecuados son los sistemas de recaudación tributaria para minimizar las distorsiones en los incentivos, así como capaces son las agencias públicas de prestar sus servicios al mínimo costo. Existe suficiente evidencia para afirmar que en materia de tributos y gastos en las economías industrializadas, las con mayor expansión en las últimas décadas son las que tienen tributos menos desincentivadores y más gastos públicos que contribuyen al crecimiento, especialmente en infraestructura y recursos 10 Vito Tanzi y Howell H. Zee, “Política fiscal y crecimiento a largo plazo”, Revista Internacional de Presupuesto Público, 38, 1998. 11 Jean Paul Fitoussi, Olivier Passet y René Fressynet, Rapport du Comité D´Analyse Economique, www.premier-ministre.gov.fr. 12 Peter Lindert, “Does social spending deter economic growth?,Challenge , mayo-junio1996. A estas políticas públicas de tipo redistributivo con consecuencias fiscales puede agregarse la propuesta de intervenir el mercado de trabajo no con salarios mínimos sino con ingresos mínimos compuestos por el salario de equilibrio de mercado y un complemento financiado fiscalmente para alcanzar el nivel del ingreso mínimo definido socialmente. La política francesa y alemana de subsidiar los aportes patronales a la seguridad social para disminuir el costo del empleo no calificado tiene una inspiración semejante. 10
  • 11. humanos, y no los de Estados de menor peso en la economía. Es este un tema de estructura más que de nivel. Incluso la aplicación de tributos considerados “desincentivadores” (alto impuesto a la renta y al patrimonio) no se traduce en un impacto sustancial de menor crecimiento13. De acuerdo a Joel B. Slemrod y Jon Bakija, con datos de 1950 a 2002, el examen de la relación entre la tasa marginal del impuesto a la renta y la productividad (se supone en el enfoque neoliberal que reducir la tributación al ingreso incentiva la productividad) revela que los períodos de fuerte incremento de la productividad coexistieron con las tasas marginales superiores más altas en el impuesto a la renta en la posguerra y que, en promedio, los países de más altos impuestos son los más ricos14. La afirmación que los impuestos per se hieren el desempeño económico no tiene base empírica que la sustente. De nuevo en palabras de Peter Lindert: “Desde hace algunos años, ha habido una creciente brecha entre el registro empírico y una historia que es contada una y otra vez con insistencia creciente. No solo escuchamos que existe el peligro de que redes de seguridad y programas antipobreza basados en impuestos pueden tener altos costos económicos. Nótese cuan frecuentemente se nos dice que los economistas han ”demostrado” y “encontrado” que esto es cierto. Estas afirmaciones son frecuentemente un bluff (...). Antes que demostrar o encontrar este resultado, han escogido imaginarlo15. Y el costo de ignorar la experiencia a favor de postulados de fe puede ser alto: déficit fiscal estructural, decaimiento de la infraestructura, inadecuada inversión en investigación, educación y salud. Y por tanto, en el largo plazo, menor crecimiento. 13 Verlasestimaciones de Richard Kneller, Michael Bleaney, Norman Gemmel,,”Fiscal Policy and Growth: Evidence from OECD Countries”, Journal of Public Economics 74, 1999, pp. 171-190. 14 Joel B. Slemrod, Jon Bakija, Taxing Ourselves: A Citizen's Guide to the Great Debate over Tax Reform, The MIT Press, 2004. 15 Peter H. Lindert, “The Welfare State Is the Wrong Target: a Reply to Bergh”, Econ Journal Watch, 3, 2, Mayo 2006, pp 236-250. 11
  • 12. Anexo Estadístico OCDE 2011 Total tax revenue as percentage of GDP 2009 1965 1975 1985 1995 2000 2007 2008 provisional Australia 20,5 25,2 27,6 28,0 30,3 29,5 27,1 n.a. 1 Austria 33,9 36,6 40,8 41,4 43,2 42,1 42,7 42,8 Belgium 31,1 39,5 44,3 43,5 44,7 43,8 44,2 43,2 Canada 25,7 32,0 32,5 35,6 35,6 33,0 32,3 31,1 Chile 19,0 19,4 24,0 22,5 18,2 CzechRepublic 37,6 35,3 37,3 36,0 34,8 1 Denmark 30,0 38,4 46,1 48,8 49,4 49,0 48,2 48,2 Finland 30,4 36,6 39,8 45,7 47,2 43,0 43,1 43,1 1 France 34,1 35,4 42,8 42,9 44,4 43,5 43,2 41,9 2 Germany 31,6 34,3 36,1 37,2 37,2 36,0 37,0 37,0 Greece 17,8 19,4 25,5 28,9 34,0 32,3 32,6 29,4 Hungary 41,3 38,5 39,7 40,2 39,1 Iceland 26,2 30,0 28,2 31,2 37,2 40,6 36,8 34,1 Ireland 24,9 28,8 34,7 32,5 31,3 30,9 28,8 27,8 3 Israel 37,0 36,8 36,3 33,8 31,4 Italy 25,5 25,4 33,6 40,1 42,2 43,4 43,3 43,5 Japan 18,2 20,8 27,1 26,8 27,0 28,3 28,1 n.a. Korea 14,9 16,1 20,0 22,6 26,5 26,5 25,6 Luxembourg 27,7 32,8 39,4 37,1 39,1 35,7 35,5 37,5 Mexico 15,5 15,2 16,9 17,9 21,0 17,5 Netherlands 32,8 40,7 42,4 41,5 39,6 38,7 39,1 n.a. New Zealand 24,1 28,7 31,3 36,2 33,2 35,1 33,7 31,0 Norway 29,6 39,2 42,6 40,9 42,6 43,8 42,6 41,0 Poland 36,2 32,8 34,8 34,3 n.a. Portugal 15,9 19,1 24,5 30,9 32,8 35,2 35,2 n.a. SlovakRepublic 34,1 29,4 29,3 29,3 Slovenia 39,2 37,5 37,8 37,2 37,9 1 Spain 14,7 18,4 27,6 32,1 34,2 37,3 33,3 30,7 Sweden 33,4 41,3 47,4 47,5 51,4 47,4 46,3 46,4 Switzerland 17,5 23,9 25,5 27,7 30,0 28,9 29,1 30,3 Turkey 10,6 11,9 11,5 16,8 24,2 24,1 24,2 24,6 UnitedKingdom 30,4 34,9 37,0 34,0 36,4 36,2 35,7 34,3 UnitedStates 24,7 25,6 25,6 27,8 29,5 27,9 26,1 24,0 Unweightedaverage: OECD Total 25,5 29,4 32,5 34,4 35,5 35,4 34,8 n.a. 12
  • 13. Taxes on income and profits as percentage of GDP 1965 1975 1985 1990 1995 2000 2005 2006 2007 2008 Australia 10,4 14,1 15,0 15,8 15,5 17,6 17,6 17,4 17,7 16,0 1 Austria 8,6 9,6 10,8 10,1 10,9 12,3 12,0 12,1 12,6 13,1 Belgium 8,6 15,6 18,0 15,5 16,6 17,2 17,1 16,7 16,5 16,8 Canada 9,9 15,1 14,4 17,4 16,5 17,8 15,8 16,2 16,2 15,9 Chile 4,1 4,8 4,5 7,8 10,5 11,0 8,4 CzechRepublic 9,4 8,0 9,1 9,1 9,4 7,9 1 Denmark 14,0 22,6 26,6 28,0 30,1 29,8 31,2 29,9 29,4 29,2 Finland 12,6 15,8 16,2 17,2 16,5 20,4 16,8 16,7 16,9 16,8 France 1 5,4 5,6 6,8 6,7 7,0 11,1 10,3 10,7 10,4 10,4 Germany 10,7 11,8 12,5 11,3 11,3 11,2 9,8 10,7 11,2 11,5 1 Greece 1,6 2,6 4,5 5,2 6,4 9,3 8,0 7,5 7,5 7,3 Hungary 8,7 9,3 8,8 9,1 10,0 10,4 Iceland 5,6 6,8 6,4 9,2 10,6 14,8 17,5 18,3 18,4 17,8 Ireland 6,4 8,6 12,0 12,2 12,7 13,2 11,7 12,5 12,1 10,8 Israel 13,2 14,6 12,0 13,3 13,2 11,1 Italy 4,6 5,4 12,4 13,8 14,2 14,0 12,9 13,9 14,6 14,9 Japan 8,0 9,3 12,4 14,5 10,2 9,4 9,3 9,9 10,3 9,5 Korea 3,6 4,2 6,4 6,0 6,5 7,0 7,4 8,4 8,2 Luxembourg 9,9 14,1 17,0 14,0 14,6 14,1 12,9 12,4 12,4 12,8 Mexico 3,4 4,3 3,8 4,6 4,4 4,6 5,0 5,2 Netherlands 11,7 14,2 11,2 13,8 10,9 10,0 10,7 10,6 10,9 10,6 New Zealand 14,6 19,1 21,7 22,0 22,2 19,9 23,1 22,4 22,1 20,4 Norway 12,9 13,5 16,9 14,4 14,3 19,2 21,4 22,0 21,1 21,6 Poland 11,1 6,8 6,4 7,0 8,0 8,1 Portugal 3,9 3,3 6,3 6,9 7,7 9,2 7,9 8,3 9,1 9,3 SlovakRepublic 7,0 5,6 5,7 5,8 6,2 Slovenia 6,5 6,9 8,3 8,7 8,8 8,4 1 Spain 3,6 4,1 6,8 10,0 9,4 9,7 10,5 11,2 12,4 10,3 Sweden 18,3 20,9 20,0 21,8 18,6 21,0 19,1 19,1 18,4 16,8 Switzerland 7,2 11,4 11,7 12,0 11,9 13,2 13,0 13,4 13,3 13,9 Turkey 3,1 5,0 4,3 5,0 4,8 7,1 5,3 5,3 5,7 5,8 UnitedKingdom 11,3 15,6 14,3 14,0 12,6 14,2 13,7 14,5 14,3 14,3 UnitedStates 11,9 11,8 11,6 12,6 12,8 14,9 12,7 13,5 13,6 11,8 Unweightedaverage: OECD Total 9,0 11,2 12,2 12,5 11,9 12,7 12,4 12,7 12,9 12,5 13
  • 14. Taxes on goods and services as percentage of GDP 1965 1975 1985 1990 1995 2000 2005 2006 2007 2008 Australia 7,1 7,4 9,1 7,7 8,1 8,7 8,3 8,0 7,9 7,4 1 Austria 12,7 12,6 13,3 12,5 11,9 12,3 12,1 11,7 11,6 11,6 Belgium 11,6 10,8 11,3 11,1 11,2 11,4 11,3 11,3 11,0 10,8 Canada 10,4 10,2 10,3 9,3 9,0 8,6 8,5 8,1 7,9 7,6 Chile 11,0 11,9 12,4 11,1 10,0 10,5 11,4 CzechRepublic 12,1 11,2 11,8 11,2 11,1 11,5 1 Denmark 12,4 13,2 15,8 15,4 15,7 15,9 16,3 16,4 16,3 15,6 Finland 12,9 11,7 13,5 14,2 14,0 13,7 13,8 13,6 12,9 13,0 France 1 13,1 11,8 12,7 11,9 11,9 11,4 11,1 10,8 10,7 10,6 Germany 10,4 9,2 9,3 9,3 10,4 10,4 10,1 10,0 10,5 10,5 1 Greece 8,7 9,1 10,9 11,7 11,9 12,0 11,0 11,5 11,5 11,4 Hungary 16,8 15,6 14,8 14,3 15,0 14,9 Iceland 16,4 18,9 17,2 15,9 15,2 16,4 17,1 17,6 16,4 13,6 Ireland 13,1 13,4 15,4 14,0 13,2 11,7 11,4 11,4 11,2 10,7 Israel 13,5 12,3 12,7 12,4 12,8 12,6 Italy 10,1 7,4 8,5 10,6 10,9 11,8 10,8 11,1 11,0 10,6 Japan 4,8 3,6 3,8 4,0 4,2 5,2 5,3 5,2 5,1 5,1 Korea 9,1 9,6 8,6 8,2 8,7 8,2 8,1 8,3 8,4 Luxembourg 6,9 6,8 9,6 9,0 10,0 10,6 10,9 10,0 9,8 9,9 Mexico 10,0 8,7 8,2 8,9 10,2 10,3 9,5 12,4 Netherlands 9,4 9,8 10,9 11,3 11,3 11,5 12,2 12,1 12,0 11,8 New Zealand 6,7 6,9 7,2 12,4 12,1 11,5 11,8 11,8 11,1 11,4 Norway 12,2 14,7 16,0 14,6 15,8 13,5 12,1 12,0 12,4 10,9 Poland 12,8 11,8 12,7 13,3 13,0 13,0 Portugal 7,6 8,2 10,7 11,9 12,6 12,2 13,4 13,7 13,2 12,9 SlovakRepublic 12,3 12,6 11,4 11,3 10,5 Slovenia 15,2 14,1 13,6 13,3 13,2 13,2 1 Spain 6,0 4,5 7,8 9,2 9,2 10,1 9,9 9,9 9,5 8,3 Sweden 10,4 10,1 12,6 13,0 13,4 12,7 12,8 12,6 12,6 12,8 Switzerland 6,0 5,3 5,6 5,5 6,1 6,7 6,9 6,8 6,6 6,3 Turkey 5,7 4,9 4,1 4,2 6,3 10,1 12,0 11,9 11,5 11,0 UnitedKingdom 10,1 8,7 11,7 11,0 12,0 11,6 10,8 10,6 10,5 10,3 UnitedStates 5,6 5,0 4,8 4,8 5,0 4,7 4,8 4,8 4,7 4,6 Unweightedaverage: OECD Total 9,6 9,3 10,4 10,5 11,2 11,3 11,3 11,1 11,0 10,8 14
  • 15. Taxes on goods and services aspercentage of total taxation 1965 1975 1985 1990 1995 2000 2005 2006 2007 2008 Australia 34,7 29,3 32,8 27,8 29,0 28,7 27,8 27,1 26,6 27,4 1 Austria 37,4 34,5 32,6 31,5 28,6 28,5 28,6 27,9 27,5 27,1 Belgium 37,2 27,4 25,4 26,4 25,7 25,4 25,3 25,6 25,1 24,5 Canada 40,5 32,0 31,8 25,8 25,4 24,2 25,3 24,5 24,0 23,6 Chile 62,9 62,6 63,8 51,5 43,2 43,8 50,6 CzechRepublic 32,1 31,6 31,3 30,2 29,8 31,9 1 Denmark 41,4 34,3 34,3 33,0 32,1 32,1 32,0 33,1 33,3 32,5 Finland 42,5 31,9 33,9 32,5 30,6 29,0 31,3 31,1 30,1 30,0 France 1 38,4 33,3 29,7 28,4 27,6 25,7 25,3 24,5 24,7 24,5 Germany 33,0 26,9 25,7 26,7 28,0 28,1 28,9 28,3 29,2 28,5 1 Greece 48,8 46,8 42,7 44,5 41,3 35,3 34,8 36,3 35,7 34,9 Hungary 40,6 40,5 39,7 38,4 37,7 37,1 Iceland 62,7 63,0 61,1 51,3 48,7 44,1 42,0 42,3 40,4 37,0 Ireland 52,6 46,5 44,4 42,3 40,7 37,6 37,4 35,9 36,1 37,1 Israel 36,5 33,3 35,9 34,5 35,2 37,3 Italy 39,5 29,4 25,4 28,0 27,3 27,9 26,4 26,2 25,2 24,5 Japan 26,2 17,3 14,0 13,7 15,8 19,3 19,4 18,6 18,0 18,0 Korea 61,1 59,5 44,3 40,7 38,4 34,3 32,5 31,3 31,6 Luxembourg 24,7 20,9 24,4 25,1 27,1 27,2 29,0 28,0 27,5 28,0 Mexico 64,8 55,3 53,9 53,0 56,7 56,3 53,1 59,2 Netherlands 28,6 24,2 25,6 26,4 27,2 29,2 31,8 31,0 31,0 30,3 New Zealand 27,9 24,2 23,1 33,6 33,4 34,7 32,1 32,7 31,7 33,8 Norway 41,1 37,6 37,5 35,5 38,6 31,8 27,8 27,3 28,4 25,6 Poland 35,2 36,1 38,5 39,1 37,5 38,0 Portugal 47,6 42,6 43,7 44,2 40,9 37,2 39,7 39,7 37,5 36,6 SlovakRepublic 36,2 39,9 38,7 38,4 36,0 Slovenia 38,7 37,6 35,2 34,8 35,1 35,6 1 Spain 40,8 24,2 28,4 28,4 28,6 29,6 27,7 26,9 25,5 25,1 Sweden 31,2 24,3 26,6 25,0 28,1 24,6 26,1 26,1 26,6 27,7 Switzerland 34,2 22,4 21,9 21,2 21,9 22,5 23,6 23,0 22,7 21,7 Turkey 54,0 41,3 36,0 27,9 37,6 42,0 49,3 48,7 47,7 45,5 UnitedKingdom 33,1 25,0 31,5 31,1 35,3 32,0 30,3 29,0 29,1 28,8 UnitedStates 22,8 19,5 18,8 17,4 18,0 16,0 17,7 17,1 16,7 17,6 Unweightedaverage: OECD Total 38,4 32,8 33,7 33,0 33,7 32,8 32,8 32,1 31,6 31,7 15
  • 16. Tax structures in the OECD-area 1965 1975 1985 1995 2000 2008 Personal incometax 26 30 30 27 25 25 Corporateincometax 9 8 8 8 10 10 2 Social securitycontributions 18 22 22 25 24 25 (employee) ( 6) ( 7) ( 7) ( 9) ( 9) ( 9) (employer) ( 10) ( 14) ( 13) ( 14) ( 14) ( 14) Payrolltaxes 1 1 1 1 1 1 Propertytaxes 8 6 5 6 6 5 General consumptiontaxes 12 13 16 19 19 20 Specificconsumptiontaxes 24 18 16 13 12 10 3 Othertaxes 2 2 2 3 3 3 Total 100 100 100 100 100 100 16