1. La Ley de Dependencia, (aprobada el 14
diciembre del 2006), es una Ley Universal a la
que tienen derecho todos los ciudadanos y
ciudadanas españoles que no pueden valerse
por sí mismos por encontrarse en situación de
dependencia.
Con esta Ley se reconoce un nuevo derecho en
España, universal y subjetivo que configura el
Sistema de Autonomía y Atención a la
Dependencia, conocido como el SAAD.
2. Los principios fundamentales que
inspiran esta Ley son :
1. Carácter Universal y Público de las
Prestaciones.
2. Acceso en condiciones de igualdad y
no discriminación.
3. Participación en el ejercicio de sus
competencias de todas la
Administraciones Públicas.
3. La Ley establece tres tipos de
dependencia:
Grandes dependientes: aquéllos que
•
necesitan ayuda las 24 horas del día.
Dependientes graves: aquéllos que
•
necesitan ayuda dos o tres veces al día.
Dependientes moderados: aquéllos que
•
sólo necesitan ayuda una vez al día.
4. A través de esta ley se pretende
alcanzar la autonomía personal de las
personas dependientes y de sus
cuidadores.
Para ello, el Estado y las Comunidades
Autónomas, se han dotado de unos
recursos y prestaciones a los que
podrán acceder todas aquellas personas
que cumplan los requisitos establecidos
en la Ley de Dependencia .
5. Estos requisitos son :
1- ser español
2- tener cualquier edad
3- encontrarse en cualquiera de los
grados establecidos por la Ley.
4- Residir en territorio español, al
menos durante los cinco años
anteriores a la solicitud ( los que no
se encuentren en este supuesto se
recurrirá a lo dipuesto en el art. 5 de
la citada Ley ).
7. Servicios de atención que prevé
el SAAD
SERVICIO
SERVICIOS
PREVENCION DE
SERVICIO DE SERVICIOS
DE AYUDA
DE
SITUACION DE
TELEASISTEN DE
A
CENTROS
DEPENDENCIA Y
CIA ATENCION
DOMICILIO :
DE DIA Y DE
PROMOCIÓN
RESIDENCIAL
NOCHE :
AUTONOMIA
PERSONAL
CUIDADOS
PERSONALES
ATENCION PARA
EL HOGAR
CENTROS DE DIA
CENTROS DE DIA CENTROS DE DIA
PARA MAYORES
CENTROS
PARA MENORES DE ATENCION
DE NOCHE
DE 65 AÑOS ESPECIALIZADA
8. Las prestaciones económicas que prevé la
Ley son :
1.- La vinculada al servicio (pág . ant.)
2.- Para el cuidado familiar y apoyo a
cuidadores no profesionales.
3.- La de asistencia personal ( solo para
grandes dependientes ).
9. La valoración la realizaran los organismos
multidisciplinares creados a tal efecto por la
Dirección General de Coordinación de la
Dependencia , se emite una resolución y se
establece el correspondiente Programa
Individual de Atención.