2. LA MEJOR FORMA DE
PREDECIR EL FUTURO
ES INVENTARLO
» Alan Kay,
Ing. Telmo Viteri
tviteri@pucesa.edu.ec
3. PRINCIPALES DESAFÍOS DERIVADOS
DE LA LOES
DESAFÍOS LOES NÚM FECHA MÁXIMA
ERO
1. Evaluación M14 Trans. 3 26 Hasta abril 2012 (18
meses)
2. Depuración ISTT Trans. 4 15 Hasta abril 2011 (12
meses)
3. Evaluación Institucional Trans. 1 357 Hasta octubre 2013 (5
(U. e ISTT) años)
4. Evaluación de carreras de Trans. 1 2099 Hasta octubre 2013 (5
pregrado (8100) años)
5. Evaluación de Posgrados Trans. 1 933 Hasta octubre 2013 (5
años)
6. Evaluación de carreras Trans. 1 277 Hasta octubre 2013 (5
tecnológicas (850) años)
7. Evaluación de Trans. 5 143 18 meses desde instalación
Extensiones y Sedes CEAACES (Nov. 2012)
8. Evaluación de 104, Por Por definir
habilitación Trans. 27 definir
9. Examen Nacional de 103 Por Por definir
carreras definir
10. Evaluación del Todos Hasta octubre 2013 (5
Desempeño Docente años) por ser un indicador
Ing. Telmo Viteri
tviteri@pucesa.edu.ec
4. CONSTITUCIÓN
2008
ART. 352
El sistema de educación
superior estará integrado por
universidades y escuelas
politécnicas; institutos
superiores técnicos,
tecnológicos y pedagógicos,
conservatorios de música y
artes, debidamente evaluados
y acreditados.
Ing. Telmo Viteri
tviteri@pucesa.edu.ec
5. CONSTITUCIÓN 2008
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
VIGESIMA:
“En el plazo de cinco años, a partir de la
entrada en vigencia de ésta
Constitución, todas las instituciones de
educación superior, así como sus
carreras, programas y posgrados
deberán ser evaluados y acreditados
conforme a la ley. En caso de no superar
la evaluación y acreditación, quedarán
fuera del sistema de educación
superior”.
Ing. Telmo Viteri
tviteri@pucesa.edu.ec
6. LOES 2010
ART. 97
CLASIFICACIÓN ACADÉMICA O
CATEGORIZACIÓN
La clasificación académica o
categorización de las instituciones,
carreras y programas será el
resultado de la evaluación. Hará
referencia a un ordenamiento de las
instituciones, carreras y programas
de acuerdo a una metodología que
incluya criterios y objetivos
medibles y reproducibles de carácter
internacional.
Ing. Telmo Viteri
tviteri@pucesa.edu.ec
7. LOES
2010
ART. 98
PLANIFICACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA
AUTOEVALUACIÓN
La planificación y ejecución de la
autoevaluación estará a cargo de cada una
de las instituciones de educación
superior, en coordinación con el Consejo
de Evaluación, Acreditación y
Aseguramiento de la Calidad de la
Educación Superior.
En el presupuesto que las instituciones del
Sistema de Educación Superior, aprueben
se hará constar una partida adecuada para
la realización del proceso de
autoevaluación.
Ing. Telmo Viteri
tviteri@pucesa.edu.ec
8. LOES 2010
ART. 103
EXAMEN NACIONAL DE EVALUACIÓN DE CARRERAS Y
PROGRAMAS ACADÉMICOS
Para efectos de evaluación se deberá establecer un examen
para estudiantes de último de los programas o carreras. El
examen será complementario a otros mecanismos de
evaluación y medición de la calidad. Este examen será
diseñado y aplicado por el CEAACES. El Examen estará
centrado en los conocimientos establecidos para el programa
o carrera respectiva. En el caso de que un porcentaje mayor
al 60% de estudiantes de un programa o carrera no logre
aprobar el examen durante dos años consecutivos, el
mencionado programa o carrera será automáticamente
suprimido por el CEAACES; sin perjuicio de la aplicación de
los otros procesos de evaluación y acreditación previstos en
la Constitución, en esta Ley y su reglamento general de
aplicación. Los resultados de este examen no incidirán en el
promedio final de calificaciones y titulación del estudiante. En
el caso de que se suprima una carrera o programa, la
institución de educación superior no podrá abrir en el
transcurso de diez años nuevas promociones de estas
carreras o programas, sin perjuicio de asegurar que los
estudiantes ya matriculados concluyan su ciclo o año de
estudios.
Ing. Telmo Viteri
tviteri@pucesa.edu.ec
9. LOES 2010
ART. 104
EXAMEN DE HABILITACIÓN
El Consejo de Evaluación, Acreditación y
Aseguramiento de la Calidad de la Educación
Superior, desarrollará un examen de habilitación
para el ejercicio profesional, en aquellas carreras
que pudieran comprometer el interés público,
poniendo en riesgo esencialmente la vida, la salud y
la seguridad de la ciudadanía.
Para este tipo de carreras, los planes de estudio
deberán tener en cuenta los contenidos curriculares
básicos y los criterios sobre intensidad de la
formación práctica que establezca el Consejo de
Educación Superior.
El CEAACES en coordinación con la SENESCYT,
determinarán la obligatoriedad de este examen y
expedirán el permiso respectivo para ejercer la
profesión.
Ing. Telmo Viteri
tviteri@pucesa.edu.ec
10. LOES
2010
ART. 106
COSTOS DE EVALUACIÓN
Los costos de las evaluaciones
externas y acreditaciones de
las instituciones de educación
superior, serán responsabilidad
del Consejo de Evaluación,
Acreditación y Aseguramiento
de la Calidad de la Educación
Superior.
Ing. Telmo Viteri
tviteri@pucesa.edu.ec
11. LOES
2010
ART. 155
EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO
ACADÉMICO
Los profesores de las instituciones
del sistema de educación superior
serán evaluados periódicamente en
su desempeño académico. El
Reglamento de Carrera y Escalafón
del Profesor e Investigador del
Sistema de Educación Superior
establecerá los criterios de
evaluación, las formas de
participación estudiantil en dicha
evaluación y los estímulos
académicos y económicos.
Ing. Telmo Viteri
tviteri@pucesa.edu.ec
12. PLANIFICA
CIÓN
CEI PEDI /
POA/
MEJORAS
Ing. Telmo Viteri
tviteri@pucesa.edu.ec
16. PROCESO DE LA
ACREDITACIÓN
EVALUAC
AUTOEVALUA IÓN ACREDITACI
CIÓN ÓN
EXTERNA
Referentes Acreditación
Socialización
Entrega de
Proyecto Visita
Evaluadores
Ing. Telmo Viteri
tviteri@pucesa.edu.ec
20. Es un proceso
continuo, integral, participati
vo que permite identificar
una problemática, analizarla
y explicarla mediante
información relevante. Como
resultado, proporciona juicios
de valor, que sustentan la
consecuente toma de
decisiones. Permite
mejorar, de manera
gradual, la calidad del objeto
de estudio. Descansa en el
uso de indicadores
numéricos como de orden
cualitativo.
Ing. Telmo Viteri
tviteri@pucesa.edu.ec