La mendicidad factores alternativos de solucion qu debe
1. LA MENDICIDAD FACTORES ALTERNATIVOS DE SOLUCION QU DEBE HACER EL GOBIERNO INTERVENCION DE LAS AUTORIDADES CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
2. Una de las mayores lacras de la desigual sociedad ecuatoriana es la creciente mendicidad y, sin duda, la más hiriente, es la de los niños. No existen datos precisos sobre el número de menores de edad obligados a mendigar en calles y plazas; sin embargo, el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) calcula que unos 7.000 menores de edad se hallan en esa condición de mendicidad. Muchos de ellos son explotados por redes de adultos que los utilizan también en Colombia y Venezuela Fechas como las de las celebraciones navideñas multiplican el número de menores de edad que, desde zonas rurales o suburbanas, incrementan esos grupos de mendigos. No solo en las ciudades, sino al borde de las carreteras, al paso de los transportes, centenares de niños aparecen implorantes pidiendo caridad.
3. En el 2007 el INFA, MIES y representantes de los derechos humanos realizaron una campaña que se centralizó en las provincias de Tungurahua, Cotopaxi, Imbabura, Carchi, Chimborazo, Guayas, Santa Elena y Pichincha. Y se Indico que la campaña es un proceso continuo para la erradicación de la mendicidad, en especial en la época de la Navidad, porque ahí, es cuando mayor cantidad de niños se dedican a esa práctica. A la campaña se le denomina "Navidad digna y solidaria, sin mendicidad infantil". Los resultados, redujeron el 70 por ciento de la presencia de los niños y adolescentes en situación de mendicidad
4. Derechos humanos Artículo.-4 Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas. Artículo.-5 Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
5. Código de la niñez y adolescencia Art. 81. Derecho a la protección contra la explotación laboral.‑ Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a que el Estado, la sociedad y la familia les protejan contra la explotación laboral y económica y cualquier forma de esclavitud, servidumbre, trabajo forzoso o nocivo para su salud, su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social, o que pueda entorpecer el ejercicio de su derecho a la educación. Art. 82. Edad mínima para el trabajo.‑ Se fija en quince años la edad mínima para todo tipo de trabajo, incluido el servicio doméstico, con las salvedades previstas en este Código, más leyes e instrumentos internacionales con fuerza legal en el país. La infracción a lo dispuesto en el inciso anterior, no libera al patrono de cumplir con las obligaciones laborales y sociales que le impone la relación de trabajo.
6. El Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia, de oficio o a petición de cualquier entidad pública o privada, podrá autorizar edades mínimas por sobre la señalada en el inciso anterior, de conformidad con lo establecido en este Código, la ley y en los instrumentos internacionales legalmente ratificados por el Ecuador. Art. 83. Erradicación del trabajo infantil.‑ El Estado y la sociedad deben elaborar y ejecutar políticas, planes, programas y medidas de protección tendientes a erradicar el trabajo de los niños, niñas y de los adolescentes que no han cumplido quince años. La familia debe contribuir al logro de este objetivo.
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8. Todos formamos parte del problema y debemos cambiar nuestro criterio y ayudar a los que necesitan.
9. La mendicidad es causa de los gobiernos ya que ellos deben crear nuevas fuentes de trabajo.
10. El problema en algunos casos es ocasionado por la misma familia por la avaricia y por desprecio hacia los hijos.