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a) Contabilidad
Desde la fecha del Informe ROSC a hoy, han ocurrido a nivel mundial una serie de
situaciones de corrupción y estafa en grandes empresas como ENRON, las que, con
complicidad de algunos gobiernos, dieron como resultado grandes escándalos y conllevaron
al duro cuestionamiento de la profesión del contador público como revisor fiscal, y
Colombia no fue la excepción. Todo ello conllevo a que a se promulgaran normas
internacionales de información financiera y de auditoría que han sido adoptadas por
muchos países.
En Colombia hasta el año 2003 la norma base para la contabilidad era la ley 43 de 1990 y el
decreto 2649 de 1993. Pero ya en el año 2009 se emitieron normas como la ley 1314 con la
que se inició el proceso de incorporación voluntaria a norma internacional, y se
reorganizaron las competencias en los organismos reguladores.
Hoy por hoy, Colombia se encuentra realizado el proceso de adopción completa de las
Normas Internacionales de Información Financiera y de Auditoría, proceso que todavía no
finaliza, por la cantidad de NIIF y NIC y sus constantes reformas, una de las más recientes
las modificaciones en cuanto a instrumentos financieros.
Aun así, internamente tiene gran cantidad de normas que también pueden cambiar año a
año (como la ley de financiamiento del 2018 y la de crecimiento económico de 2019),
como las expedidas por la Superintendencia Financiera, Superitendencia de Sociedades, el
Departamento Administrativo de la Función Pública, la Contraloría General de la República
y especialmente el Ministros de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y
Turismo, entre otras, que regulan aspectos como la presentación de informes financieros, el
tema de control interno en las empresas, la aplicación de impuestos; aunque se ha avanzado
en lo que tiene que ver con la publicidad de sus informes financieros para todos los usuarios
externos.
b) Órgano regulador de la profesión
En Colombia, por medio de la ley 43 de 1990, se creó el Consejo Técnico de la Contaduría
Pública, máxima autoridad en cuanto a la orientación técnica profesional de la contaduría
pública, encargada de la “normalización técnica de normas contables, de información
financiera y de aseguramiento de la información”, y la Junta Central de Contadores,
organismo encargado de la expedición de las tarjetas profesionales, denuncia y sanciones
disciplinarias a contadores públicos y llevar a término procesos disciplinarios a profesionales,
sin dejar de lado que dan publicidad a las normas vigentes.
Estas organizaciones apoyan la labor del contador público, pero no tienen mayor injerencia
en la expedición de normas de información financiera y auditoría, por cuanto sólo tiene una
labor consultiva hacia el gobierno nacional y el Congreso de la República que son los entes
que legislan y deciden acerca de las políticas de orden contable en el país.
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública se encuentra conformado por personas que no
son profesionales en contaduría, trabajan para el gobierno o profesionales que laboran en las
instituciones educativas pero no ejercen la contaduría pública, es decir, no tienen
conocimiento de la realidad contable; lo que hace que la emisión normativa sea carente de
pertenencia, pertinencia e identidad con los procesos económicos que se están dando a nivel
mundial y que obligan a tomar medidas para que la profesión sea protagonista de esos
cambios.
Ahora bien, hay organizaciones privadas como el Instituto Nacional de Contadores
Públicos y el Colegio Colombiano de Contadores Públicos, entre varias que existen, que
agrupan a una buena cantidad de profesionales a nivel seccional y local, y realizan
seminarios, cursos y otras actividades encaminadas en mantener capacitados a los
profesionales, pero son entidades de orden privado, para cuya gestión los asociados deben
costear las capacitaciones.
Existe también otro grupo grande de profesionales que no se encuentran agremiados como
una forma de protestar ante el sistema actual del gobierno corporativo de la profesión, y por
tanto no tienen muchas oportunidades de capacitación.
Se cuenta con otro tipo de organizaciones que ofrecen capacitación y actualización a los
contadores públicos, como las plataformas de internet (por ejemplo actualícese.com),
empresas que desarrollan programas de contabilidad sistematizada (como Siigo Contador),
que permiten a quienes se suscriben o compran sus productos acceder a una capacitación
gratuita.
c) Revisoría fiscal
Ya desde la ley 43 de 1990 se reorganizó la actividad de la revisoría fiscal, se consolidaron
una serie de normas éticas y valores profesionales para el contador público que ejercía esta
actividad. Hoy, más que cambiar el código de ética, en Colombia se han impuesto una serie
de funciones específicas y sanciones por incumplimiento de su labor.
El revisor fiscal antes de la adopción de normas internacionales se encargaba de dar fé
pública de los estados financieros en las empresas, pero existía una confusión en cuanto a
otras actividades externas a la de revisoría fiscal que realizaba en la misma empresa, ello
representaba un riesgo que se cometiera fraude o que su familiaridad con los propietarios
hiciera que no denunciara algunas irregularidades.
Con la adopción de las normas internacionales de información financiera y de auditoría
(que contempla en su normativa un acápite relacionado a la ética del contador público, las
actividades que puede y no puede hacer dentro de una misma empresa, las prohibiciones y
las sanciones a que se expone desde el punto de vista ético en caso de incumplimiento), la
figura del revisor fiscal se ha mantenido más por una obligatoriedad normativa pero que se
debe replantear, ya que se ha ido abriendo camino el cargo de auditor independiente, que en
las grandes empresas trabaja de la mano del revisor fiscal y del auditor interno.
Los auditores independientes son ahora quienes consolidan en sus informes de auditoría los
estados financieros de la empresa, han un análisis detallado y crítico de la situación
económica y de ser el caso emiten conceptos desfavorables o condicionados.
d) Docentes
En cuanto a los docentes, si bien existen en Colombia universidades acreditadas en sus
programas de contaduría pública, con profesores que tienen hojas de vida extensas y
experiencia práctica laboral en diversas áreas de la contaduría pública que les permite con
mayor facilidad guiar al estudiante en el estudio de cada materia contable y la combinación
con aspectos prácticos en empresas reales, todavía hay decanos de facultades y docentes
con dedicación exclusiva en la docencia, alejados de la realidad empresarial y de su
problemática, lo que hace que el estudio de la carrera sea aún muy teórico.
Se requiere de docentes comprometidos con la profesión, que se integren a la realidad
colombiana y propongan constantemente cambios acordes a los retos mundiales, a los
diferentes estamentos encargados de la normativa contable para el mejoramiento de la
contaduría pública.
De otra parte, desde la academia se deben emprender acciones para que los estudiantes, y
futuros profesionales, se integren más a las nuevas tecnologías de la información y a los
diversos programas contables existentes, para que éste visualice desde los primeros
semestres cómo estas herramientas facilitan la labor operativa de la contabilidad y se haga
énfasis en que el contador público tiene como función interpretar la realidad económica de
una empresa a partir de lo que reflejan los números captados por estos aplicativos.
e) Tarjeta profesional
Debido al auge de la profesión, Colombia cuenta con más de 200.000 contadores públicos
titulados a los que se les exige el cumplimiento de una serie de requisitos para su
graduación, como es presentar una serie de exámenes en diferentes áreas que los califican o
con los que se consideran aptos para ejercer la profesión. También deben cumplir el
requisito del Ministerio de Educación de presentar y pasar una prueba Saber. Pero no se
exige al futuro graduado tener experiencia práctica en el ejercicio de la profesión.
El profesional en contaduría pública se hace ya en el campo de trabajo y su inexperiencia
permite o conlleva que se cometan errores o sean permisivos con una serie de prácticas no
legales o que no están acorde a las normas internacionales.
Ya en el campo de la auditoría, existe una serie de requisitos o pruebas que debe cumplir el
espirante y se debe presentar una prueba avalada por una institución de orden internacional,
que es quien le acredita para realizar la labor en cualquier país del mundo.
Los organismos de control, en el caso Colombiano la Junta Central de Contadores, debe
implementar un mecanismo para hacer que los contadores públicos titulados no solo se
especialicen sino que se mantengan actualizados en las normas vigentes y su aplicación en
las diferentes empresas, porque no es lo mismo el ejercicio profesional en una
multinacional que en una empresa privada grande, una pyme o en un órgano del Estado; en
cada una de ellas se debe tener claro que normas se deben aplicar.

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  • 1. a) Contabilidad Desde la fecha del Informe ROSC a hoy, han ocurrido a nivel mundial una serie de situaciones de corrupción y estafa en grandes empresas como ENRON, las que, con complicidad de algunos gobiernos, dieron como resultado grandes escándalos y conllevaron al duro cuestionamiento de la profesión del contador público como revisor fiscal, y Colombia no fue la excepción. Todo ello conllevo a que a se promulgaran normas internacionales de información financiera y de auditoría que han sido adoptadas por muchos países. En Colombia hasta el año 2003 la norma base para la contabilidad era la ley 43 de 1990 y el decreto 2649 de 1993. Pero ya en el año 2009 se emitieron normas como la ley 1314 con la que se inició el proceso de incorporación voluntaria a norma internacional, y se reorganizaron las competencias en los organismos reguladores. Hoy por hoy, Colombia se encuentra realizado el proceso de adopción completa de las Normas Internacionales de Información Financiera y de Auditoría, proceso que todavía no finaliza, por la cantidad de NIIF y NIC y sus constantes reformas, una de las más recientes las modificaciones en cuanto a instrumentos financieros. Aun así, internamente tiene gran cantidad de normas que también pueden cambiar año a año (como la ley de financiamiento del 2018 y la de crecimiento económico de 2019), como las expedidas por la Superintendencia Financiera, Superitendencia de Sociedades, el Departamento Administrativo de la Función Pública, la Contraloría General de la República y especialmente el Ministros de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo, entre otras, que regulan aspectos como la presentación de informes financieros, el tema de control interno en las empresas, la aplicación de impuestos; aunque se ha avanzado en lo que tiene que ver con la publicidad de sus informes financieros para todos los usuarios externos. b) Órgano regulador de la profesión
  • 2. En Colombia, por medio de la ley 43 de 1990, se creó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, máxima autoridad en cuanto a la orientación técnica profesional de la contaduría pública, encargada de la “normalización técnica de normas contables, de información financiera y de aseguramiento de la información”, y la Junta Central de Contadores, organismo encargado de la expedición de las tarjetas profesionales, denuncia y sanciones disciplinarias a contadores públicos y llevar a término procesos disciplinarios a profesionales, sin dejar de lado que dan publicidad a las normas vigentes. Estas organizaciones apoyan la labor del contador público, pero no tienen mayor injerencia en la expedición de normas de información financiera y auditoría, por cuanto sólo tiene una labor consultiva hacia el gobierno nacional y el Congreso de la República que son los entes que legislan y deciden acerca de las políticas de orden contable en el país. El Consejo Técnico de la Contaduría Pública se encuentra conformado por personas que no son profesionales en contaduría, trabajan para el gobierno o profesionales que laboran en las instituciones educativas pero no ejercen la contaduría pública, es decir, no tienen conocimiento de la realidad contable; lo que hace que la emisión normativa sea carente de pertenencia, pertinencia e identidad con los procesos económicos que se están dando a nivel mundial y que obligan a tomar medidas para que la profesión sea protagonista de esos cambios. Ahora bien, hay organizaciones privadas como el Instituto Nacional de Contadores Públicos y el Colegio Colombiano de Contadores Públicos, entre varias que existen, que agrupan a una buena cantidad de profesionales a nivel seccional y local, y realizan seminarios, cursos y otras actividades encaminadas en mantener capacitados a los profesionales, pero son entidades de orden privado, para cuya gestión los asociados deben costear las capacitaciones.
  • 3. Existe también otro grupo grande de profesionales que no se encuentran agremiados como una forma de protestar ante el sistema actual del gobierno corporativo de la profesión, y por tanto no tienen muchas oportunidades de capacitación. Se cuenta con otro tipo de organizaciones que ofrecen capacitación y actualización a los contadores públicos, como las plataformas de internet (por ejemplo actualícese.com), empresas que desarrollan programas de contabilidad sistematizada (como Siigo Contador), que permiten a quienes se suscriben o compran sus productos acceder a una capacitación gratuita. c) Revisoría fiscal Ya desde la ley 43 de 1990 se reorganizó la actividad de la revisoría fiscal, se consolidaron una serie de normas éticas y valores profesionales para el contador público que ejercía esta actividad. Hoy, más que cambiar el código de ética, en Colombia se han impuesto una serie de funciones específicas y sanciones por incumplimiento de su labor. El revisor fiscal antes de la adopción de normas internacionales se encargaba de dar fé pública de los estados financieros en las empresas, pero existía una confusión en cuanto a otras actividades externas a la de revisoría fiscal que realizaba en la misma empresa, ello representaba un riesgo que se cometiera fraude o que su familiaridad con los propietarios hiciera que no denunciara algunas irregularidades. Con la adopción de las normas internacionales de información financiera y de auditoría (que contempla en su normativa un acápite relacionado a la ética del contador público, las actividades que puede y no puede hacer dentro de una misma empresa, las prohibiciones y las sanciones a que se expone desde el punto de vista ético en caso de incumplimiento), la figura del revisor fiscal se ha mantenido más por una obligatoriedad normativa pero que se debe replantear, ya que se ha ido abriendo camino el cargo de auditor independiente, que en las grandes empresas trabaja de la mano del revisor fiscal y del auditor interno.
  • 4. Los auditores independientes son ahora quienes consolidan en sus informes de auditoría los estados financieros de la empresa, han un análisis detallado y crítico de la situación económica y de ser el caso emiten conceptos desfavorables o condicionados. d) Docentes En cuanto a los docentes, si bien existen en Colombia universidades acreditadas en sus programas de contaduría pública, con profesores que tienen hojas de vida extensas y experiencia práctica laboral en diversas áreas de la contaduría pública que les permite con mayor facilidad guiar al estudiante en el estudio de cada materia contable y la combinación con aspectos prácticos en empresas reales, todavía hay decanos de facultades y docentes con dedicación exclusiva en la docencia, alejados de la realidad empresarial y de su problemática, lo que hace que el estudio de la carrera sea aún muy teórico. Se requiere de docentes comprometidos con la profesión, que se integren a la realidad colombiana y propongan constantemente cambios acordes a los retos mundiales, a los diferentes estamentos encargados de la normativa contable para el mejoramiento de la contaduría pública. De otra parte, desde la academia se deben emprender acciones para que los estudiantes, y futuros profesionales, se integren más a las nuevas tecnologías de la información y a los diversos programas contables existentes, para que éste visualice desde los primeros semestres cómo estas herramientas facilitan la labor operativa de la contabilidad y se haga énfasis en que el contador público tiene como función interpretar la realidad económica de una empresa a partir de lo que reflejan los números captados por estos aplicativos. e) Tarjeta profesional Debido al auge de la profesión, Colombia cuenta con más de 200.000 contadores públicos titulados a los que se les exige el cumplimiento de una serie de requisitos para su graduación, como es presentar una serie de exámenes en diferentes áreas que los califican o
  • 5. con los que se consideran aptos para ejercer la profesión. También deben cumplir el requisito del Ministerio de Educación de presentar y pasar una prueba Saber. Pero no se exige al futuro graduado tener experiencia práctica en el ejercicio de la profesión. El profesional en contaduría pública se hace ya en el campo de trabajo y su inexperiencia permite o conlleva que se cometan errores o sean permisivos con una serie de prácticas no legales o que no están acorde a las normas internacionales. Ya en el campo de la auditoría, existe una serie de requisitos o pruebas que debe cumplir el espirante y se debe presentar una prueba avalada por una institución de orden internacional, que es quien le acredita para realizar la labor en cualquier país del mundo. Los organismos de control, en el caso Colombiano la Junta Central de Contadores, debe implementar un mecanismo para hacer que los contadores públicos titulados no solo se especialicen sino que se mantengan actualizados en las normas vigentes y su aplicación en las diferentes empresas, porque no es lo mismo el ejercicio profesional en una multinacional que en una empresa privada grande, una pyme o en un órgano del Estado; en cada una de ellas se debe tener claro que normas se deben aplicar.