El pasado mayo el Comité de los Derechos del Niño, órgano de expertos independientes que supervisa la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño por sus Estados
Parte, publicó la esperada Observación General sobre el derecho de los niños y niñas a que su interés superior sea una consideración primordial. 24 Diciembre 2013 Diario Vasco
1. U
nproyectodeSmartCitynoessoloútilyestáal
alcance de grandes ciudades del planeta, como
pueden ser Singapur, Río de Janeiro o Buenos
Aires. Pequeños territorios, comarcas y munici-
pios, con volúmenes de población mucho más
reducidos, pueden también unirse y hacer rea-
lidad este tipo de iniciativas a favor de un mejor gobierno de las
ciudades, una mejor gestión de los servicios públicos y con par-
ticipación, además, de la ciudadanía. Tanto sean Smart Cities
como Smart Lands, se abre, en resumen, un enorme campo de
desarrollo para la gobernanza de las ciudades modernas, para
mejorar, ser más eficaces, más sostenibles y para preservar re-
cursos escasos.
Estos principios y objetivos son los que nos han guiado en la
comarcadelBajoBidasoa–IrunyHondarribia–paraemprender
unainteresanteiniciativadeSmartLandqueesyaunarealidad
y que nos servirá para optimizar servicios que ya tenemos y
conseguirresultadosque,sinlasnuevastecnologías,nuncahu-
biéramos imaginado.
El Bajo Bidasoa conforma una comarca de 78.000 habitantes
que, a día de hoy, tiene ya en su haber experiencias en las que
se han aprovechando las nuevas tecnologías para mejorar mu-
chos de sus servicios públicos.
Lo que se ha venido a denominar Smart Land Bajo Bidasoa
es un nuevo paso adelante que ha puesto en práctica una expe-
riencia denominada ‘Central Inteligente deOperaciones’. Esta
central permite visualizar de forma integrada y en tiempo real,
infinidad de datos relativos a diferentes servicios públicos (trá-
fico,policía,abastecimientodeaguas,gestiónderesiduos,alum-
brado público, sistemas de riego…), cruzarlos entre sí y anali-
zarlos después para tomar decisiones. Es, por tanto, un cerebro
artificialquerecibemúltipleinformaciónylaprocesaparaque,
después, quienes tenemos que tomar decisiones, podamos ac-
tuar del actuar del modo más eficaz posible.
Para ello, en el Smart Land Bajo Bidasoa se ha implantado
unaestructuradeobtencióndeinformaciónqueincluye:32.000
sensores que captan datos de consumo de agua en tiempo real;
una red de telecomunicaciones de largo alcance WIMAX; siste-
ma GIS de geolocalización; bolsas de basura con etiquetas ‘in-
teligentes’ de identificación (en fase piloto); farolas sensibles
al paso de personas; integración agua, residuos y limpieza via-
ria en un mismo sistema de gestión llamado ERLEA y sectori-
zación de las redes de abastecimiento y saneamiento de agua.
Además de la información que remiten todos estos sistemas, la
ciudadaníacuentatambiénconunaaplicaciónparasusSmartpho-
ne desde la que puede interactuar y enviar información e inci-
dencias diversas que tienen lugar en la comarca así como reali-
zar consultas relacionadas con el medioambiente.
Algunos elementos de esta estructura están más desarrolla-
dos que otros y también cada municipio tiene previsto, a corto
plazo, profundizar más en unos que en otros (como es el caso
de Irun con la iluminación inteligente y Hondarribia con la red
de comunicaciones Wimax), pero, en cualquier caso, la estruc-
tura de esta central inteligente de operaciones lo que hace es
abrir la posibilidad de una gestión coordinada a servicios que,
de otro modo, serían estancos.
La suma de todos estos dispositivos y su estructura común
son,porencimadeunavancetecnológico,ydesdeunpuntode
vista social y político, una gran oportunidad de cambiar a me-
jor, de ser más transparentes, más sostenibles y de superar pro-
blemasdehoyydemañana.Esunaenormeapuesta,unretode
futuro y así lo vemos desde los ayuntamientos de Hondarribia
e Irun.
Una virtud añadida del proyecto Smart Land Bajo Bidasoa es
que ha permitido colaborar con cinco empresas tecnológicas
guipuzcoanas (consorciadas en www.smartlandtechnolo-
gies.com) que favorece también una economía sostenible, per-
mite apoyar el empleo de proximidad y abrir las empresas del
territorioalexterior,objetivosnadadesdeñablesentiemposde
crisis.
La experiencia Smart Land Bajo Bidasoa, ha dado ya impor-
tantespasosperosonsololosprimeros.Afinalesdelpasadomes
de noviembre, fue presentada, oficialmente y con éxito, en el
Congreso Mundial de Smart Cities que se celebra en Barcelo-
na. Otros proyectos de grandes urbes del mundo estaban tam-
biénpresentesy,conellas,nosetratódecompetirsinodecom-
partir el conocimiento y las experiencias.
Trasestapuestadelargo,estáprevistoqueelSmartLandBajo
Bidasoa siga avanzando y estamos seguros de que es la herra-
mienta que nos ayudará a revolucionar la gestión de los servi-
cios públicos para poder resolver las de las necesidades de las
personas de otra manera, mejor y más efectiva. Hay un axioma
quenuncasuelefallar:sihaycosasquequieresmejorar,hayco-
sasquedebescambiary,enestesentido,lasnuevastecnologías
están dispuestas a darnos, ya hoy, algunas de las claves que ne-
cesitamos.
Smart Land Bajo Bidasoa. Un reto
JOSÉ ANTONIO SANTANO / AITOR KEREJETA
ALCALDES DE IRUN Y HONDARRIBIA
TRIBUNAS
L
l pasado mayo el
Comité de los
Derechos del
Niño, órgano de
expertos inde-
pendientes que
supervisa la aplicación de la
Convención sobre los Dere-
chos del Niño por sus Estados
Parte, publicó la esperadaOb-
servaciónGeneralsobreelde-
rechodelosniñosyniñasaque
suinteréssuperiorseaunacon-
sideración primordial. Obser-
vación que pone fin a una in-
terpretación hasta ahora arbi-
trariadeltérminoeincorpora,
además, una llamada a los Es-
tados para su difusión lo más
ampliaposible.Ennuestraopi-
nión, en momentos como el
actualdecrisisyrecortes,cuan-
do crecen la desigualdad y la
exclusióndeloscolectivosmás
vulnerables,ycuandocadavez
másniñosyniñassevenarro-
jadas a la pobreza, cabe desta-
caralgunasdelasideasqueen
dichaObservación General se
recogen y que deberían guiar
todas las políticas públicas de
infancia.LaConvenciónsobre
los Derechos del Niño, el tra-
tado internacional que reúne
el mayor número de Estados
(tansolodospaísesenelmun-
do no han ratificado la Con-
vención: Somalia y EE UU),
otorgaalosniñosyniñaselde-
rechoaqueseconsidereyten-
ga en cuenta de manera pri-
mordialsuinteréssuperior«en
todaslasmedidasconcernien-
tes a los niños que tomen las
institucionespúblicasopriva-
das»,siendoéste,además,uno
de los cuatro principios gene-
rales de la Convención.
ElComitésubrayaqueelin-
terés superior del niño o niña
es un concepto triple. En pri-
mer lugar, constituye un de-
recho sustantivo: el derecho
del niño o niña a que su inte-
rés superior sea una conside-
ración primordial que se eva-
lúe y tenga en cuenta al sope-
sar distintos intereses y la ga-
rantía de que ese derecho se
pondráenprácticasiempreque
setengaqueadoptarunadeci-
siónquelesafecte,establecién-
dose una obligación intrínse-
ca para los Estados, de aplica-
ción directa, que puede ade-
más invocarse ante los tribu-
nales. En segundo lugar, un
principio jurídico interpreta-
tivo fundamental, de tal for-
ma que si una disposición ju-
rídica admite más de una in-
terpretación, se elegirá la in-
terpretación que satisfaga de
manera más efectiva el inte-
rés superior del niño o la niña
concernida. Y constituye una
norma de procedimiento, de
formaquesiemprequeseten-
gaquetomarunadecisiónque
afecte a la infancia, el proceso
de adopción de decisiones de-
beráincluirunaestimaciónde
las posibles repercusiones la
decisión en el niño o la niña
interesada.
LaobligacióndelosEstados
que han ratificado la Conven-
cióndetenerdebidamenteen
cuenta el interés superior del
niño es un deber general que
abarcaatodaslasinstituciones
públicas y privadas de bienes-
tarsocial,lostribunales,lasau-
toridadesadministrativasylos
órganoslegislativosqueseocu-
pen de los niños o les afecten,
que deben, además, adoptar
todas las medidas necesarias,
expresas y concretas para ha-
cer efectivo este derecho.
Teniendoencuentalospun-
tos de vista y opiniones del
niño o la niña, el objetivo es
velarporqueencualquierme-
didaquetengaqueverconuno
o varios niños, su interés su-
perior sea una consideración
primordial a que se atenderá,
enparticularenlasdecisiones
judiciales y administrativas.
Para que el interés superior
delniñoseaunaconsideración
primordial a la que se atienda
al promulgar disposiciones le-
gislativas y formular políticas
en todos los niveles de los po-
deres públicos, así como en su
aplicación,serequiereunpro-
cesocontinuodevaloraciónde
los efectos sobre los derechos
delniñooniña,afindeprever
lasconsecuenciasdecualquier
proyecto de ley o política pre-
supuestaria en el disfrute de
susderechos,eigualmente,un
proceso de evaluación de los
efectos sobre sus derechos.
Veamos un ejemplo rele-
vanteenelactualcontextode
crisiseconómicayrecortespre-
supuestarios.Elahorafamoso
TribunalEuropeodeDerechos
Humanos con sede en Estras-
burgosuspendiócautelarmen-
te el desalojo de una casa ocu-
padaenSalt(Girona)porlaPla-
taformadeAfectadosporlaHi-
poteca(PAH)pertenecienteal
BancoMalo,antelaevidencia
de que el Estado no garantiza-
ba el derecho a la vivienda de
las personas que viven en el
bloque (entre ellas 21 meno-
res).ElTribunalexigíaalEsta-
do que demostrase como ga-
rantizaráelderechoalavivien-
da y la protección de los me-
noresqueresidenenelbloque.
Deigualforma,cabríaespe-
rar que todas las administra-
ciones del Estado consideren
el derecho de niños y niñas a
quesuinteréssuperiorseacon-
siderado de forma principal
ante por ejemplo recortes en
sanidad, educación o en polí-
ticas públicas de lucha contra
lapobrezayladesnutriciónin-
fantil.Recordandoademásque
la pasividad o inactividad, por
ejemplo cuando las autorida-
des no toman medidas para
proteger a la infancia frente a
ladesnutrición,elabandonoo
cualquier forma de violencia,
suponen una omisión mani-
fiesta de su derecho a que sea
considerado su interés supe-
rior. No en vano, la Conven-
ción sobre los Derechos del
Niño impone una sólida obli-
gación jurídica a los Estados
quenopuedendecidirasudis-
creción cuando el interés su-
periordelainfanciaesunacon-
sideración primordial a la que
debeatribuirselaimportancia
adecuada en cualquier medi-
da que se tome.
Como señala la propia Ob-
servación General el propósi-
to es promover un cambio de
actitudquefavorezcaelpleno
respetodelasniñasylosniños
como titulares de derechos.
Enorme reto que requiere di-
ferentes medidas, tales como
lamodificación,ensucaso,de
la legislación, establecer pro-
cedimientosdedenuncia,rea-
firmar el interés superior de
niños y niñas en la asignación
delosrecursosoproporcionar
lasuficienteinformaciónyca-
pacitaciónatodaslaspersonas
responsablesdelatomadede-
cisiones que afectan directa o
indirectamente a la infancia.
DesdeArgituzqueremosre-
clamar que se aplique a todas
las políticas públicas un enfo-
quebasadoenlosderechoshu-
manos,yquelaspersonasocu-
pen en él un lugar central.
:: JOSEMARI ALEMÁN AMUNDARAIN
Crisis y políticas
públicas de infancia
JOSU OSKOZ, EVA SILVÁN
Y ANDRÉS KRAKENBERGER
ASOCIACIÓN PRODERECHOS
HUMANOS ARGITUZ
29Martes 24.12.13
EL DIARIO VASCO OPINIÓN