2. PRESIDENCIALISMO…
3 CRITERIOS DEFINITORIOS:
• Elección directa o casi directa del jefe de estado por un tiempo determinado que
puede ser entre 4 a 8 años. (condición definitoria necesaria).
• El gobierno o el ejecutivo no desemboca del voto del parlamento (2 cámaras), es
el presidente el que a su discreción nombra o sustituye a los miembros del
gabinete. Este criterio no es violado si se da al parlamento la autoridad de
censurar inclusio cuando esta obligue a la renuncia a alguno de los miembros
individuales del gabinete.
• La línea de autoridad es clara del presidente hacia abajo. El presidente dirige al
ejecutivo (de una persona nunca dual), encabeza y dirige de alguna forma el
gobierno que designa.
3. PARLAMENTARISMO.
• Parlamento como soberano, no existe separación del poder entre el gobierno y el
parlamento(interdependencia entre el legislativo y el ejecutivo). Los gobiernos son designados,
apoyados y destituidos a merced del voto del parlamento.
Este poder se puede compartir de diferentes maneras y son:
• Un primero por encima de sus desiguales: es el jefe del ejecutivo, difícilmente puede ser
destituido por el parlamento designa o cambia a los ministros de su gabinete a su merced.
• Un primero entre desiguales: podría ser el líder del partido oficial, no se le podría sustutir en un
mero voto parlamentario.
• Uno primero entre iguales: es un primer ministro que cae junto con sus ministros, posee
ministros impuestos por lo tanto tiene poco control sobre el grupo.