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Garantías para proteger losGarantías para proteger los
derechosderechos
PROTECCIÓN Y APLICACIÓNPROTECCIÓN Y APLICACIÓN
DE LOS DERECHOSDE LOS DERECHOS
• Título II, Capitulo 4, artículos 83- 94; los cuales son losTítulo II, Capitulo 4, artículos 83- 94; los cuales son los
siguientes:siguientes:
• El principio de Buena FeEl principio de Buena Fe : Este principio, esta: Este principio, esta
reglamentado en el artículo 83, el cual establece quereglamentado en el artículo 83, el cual establece que
las actuaciones de las autoridades públicas y de loslas actuaciones de las autoridades públicas y de los
particulares;particulares; actúan en ejercicios de sus derechos oactúan en ejercicios de sus derechos o
en cumplimiento de sus deberes; por esoen cumplimiento de sus deberes; por eso, se expresa, se expresa
que estos actúan legítimamente en el disfrute de susque estos actúan legítimamente en el disfrute de sus
derechos sin pretender abusar de ellos, ni de losderechos sin pretender abusar de ellos, ni de los
demás, como también en cumplimientos de las leyes;demás, como también en cumplimientos de las leyes;
por tal razón, sus actuaciones se ciñen al principio depor tal razón, sus actuaciones se ciñen al principio de
buena fe.buena fe.
PROTECCIÓN Y APLICACIÓNPROTECCIÓN Y APLICACIÓN
DE LOS DERECHOSDE LOS DERECHOS
• Acciones inmediatasAcciones inmediatas :: Se encuentra consagrado en elSe encuentra consagrado en el
artículo 85; el cual establece que los derechosartículo 85; el cual establece que los derechos
consagrados en este artículo son deconsagrados en este artículo son de aplicaciónaplicación
inmediata, directa e incondicional,inmediata, directa e incondicional, por estarpor estar
consagrados en la Constitución; los cuales son: la vida,consagrados en la Constitución; los cuales son: la vida,
la libertad, la igualdad, la intimidad, entre otros.la libertad, la igualdad, la intimidad, entre otros.
PROTECCIÓN Y APLICACIÓNPROTECCIÓN Y APLICACIÓN
DE LOS DERECHOSDE LOS DERECHOS
• Responsabilidad Extra-contractualResponsabilidad Extra-contractual :: ConsagradoConsagrado
en los artículos 90- 92, el cual establece que elen los artículos 90- 92, el cual establece que el EstadoEstado
responde patrimonialmenteresponde patrimonialmente por los daños que él cause,por los daños que él cause,
al igual que el de los funcionarios públicos y autoridadesal igual que el de los funcionarios públicos y autoridades
militares responsables ya sea por acciones de omisiónmilitares responsables ya sea por acciones de omisión
o acción; por eso cualquier persona puede solicitar a laso acción; por eso cualquier persona puede solicitar a las
autoridades las sanciones penales o disciplinarias queautoridades las sanciones penales o disciplinarias que
se deriven de su conductase deriven de su conducta
PROTECCIÓN Y APLICACIÓNPROTECCIÓN Y APLICACIÓN
DE LOS DERECHOSDE LOS DERECHOS
• Control al reglamentarismoControl al reglamentarismo : Se encuentra: Se encuentra
consagrado en el artículo 84, el cual explica que lasconsagrado en el artículo 84, el cual explica que las
actividades o derechos que han sidoactividades o derechos que han sido reglamentados porreglamentados por
la ley,la ley, las autoridades no podrán exigir licencias,las autoridades no podrán exigir licencias,
permisos o requisitos adicionales para su ejercicio.permisos o requisitos adicionales para su ejercicio.
PROTECCIÓN Y APLICACIÓNPROTECCIÓN Y APLICACIÓN
DE LOS DERECHOSDE LOS DERECHOS
• Acción de CumplimientoAcción de Cumplimiento : Ésta acción permite que: Ésta acción permite que
las personas puedan acudir ante los jueces para que selas personas puedan acudir ante los jueces para que se
ordene a las autoridades el cumplimiento de losordene a las autoridades el cumplimiento de los
derechos omitidos, por laderechos omitidos, por la ley o los actos administrativosley o los actos administrativos
que se expidan por las autoridades públicasque se expidan por las autoridades públicas;; esta acciónesta acción
esta determinada en el articulo 87; además de ser unesta determinada en el articulo 87; además de ser un
mecanismo de protección se constituye en una acciónmecanismo de protección se constituye en una acción
contra la impunidad, buscando ante todo realizar elcontra la impunidad, buscando ante todo realizar el
Estado Social de Derecho consagrados en laEstado Social de Derecho consagrados en la
Constitución Política.Constitución Política.
ACCIÓN DEACCIÓN DE
CUMPLIMIENTOCUMPLIMIENTO
• Cualquier persona puede ejercer esta acción y se debeCualquier persona puede ejercer esta acción y se debe
dirigir contra la autoridad administrativadirigir contra la autoridad administrativa a quiena quien
corresponda el cumplimiento; pero si por alguna razóncorresponda el cumplimiento; pero si por alguna razón
se dirigiese ante una autoridad que no le corresponda,se dirigiese ante una autoridad que no le corresponda,
ésta debe informarle al juez que transmita la acción a laésta debe informarle al juez que transmita la acción a la
autoridad competente. La acción puede ejercerse enautoridad competente. La acción puede ejercerse en
cualquier tiempo si se trata de actos cuyo cumplimientocualquier tiempo si se trata de actos cuyo cumplimiento
se agota en un solo momento, pero si son de actos dese agota en un solo momento, pero si son de actos de
acción sucesivas, el cumplimientos se puede volver aacción sucesivas, el cumplimientos se puede volver a
intentar sin limitaciones, salvo en los casos donde seintentar sin limitaciones, salvo en los casos donde se
haya decidido.haya decidido.
ACCIÓN DEACCIÓN DE
CUMPLIMIENTOCUMPLIMIENTO
• Presentar la demandaPresentar la demanda
• Tres días hábiles para su admisión.Tres días hábiles para su admisión.
• Tres días para notificar al demandado.Tres días para notificar al demandado.
• Tres días para que el demandado presente las pruebas.Tres días para que el demandado presente las pruebas.
• Veinte días contados a partir de la admisión para decidirVeinte días contados a partir de la admisión para decidir
la demanda; este se puede suspender si la personala demanda; este se puede suspender si la persona
contra quien se acciona cumple.contra quien se acciona cumple.
• La sentencia puede impugnarse dentro de los tres díasLa sentencia puede impugnarse dentro de los tres días
siguientes a su notificación por el solicitante, la autoridadsiguientes a su notificación por el solicitante, la autoridad
renuente o por el defensor del pueblo. El que incumpla larenuente o por el defensor del pueblo. El que incumpla la
orden judicial, incurra en desacato y la sanción seráorden judicial, incurra en desacato y la sanción será
impuesta por el mismo juez. En caso de no prosperar lasimpuesta por el mismo juez. En caso de no prosperar las
pretensiones del actor, el fallo negará la petición y en elpretensiones del actor, el fallo negará la petición y en el
texto de esta providencia se advertirá que no podrátexto de esta providencia se advertirá que no podrá
instaurarse nueva acción de cumplimiento con la mismainstaurarse nueva acción de cumplimiento con la misma
finalidad.finalidad.
PROTECCIÓN Y APLICACIÓNPROTECCIÓN Y APLICACIÓN
DE LOS DERECHOSDE LOS DERECHOS
• Acciones PopularesAcciones Populares : Es el mecanismo para proteger: Es el mecanismo para proteger
los derechos colectivos y del medio ambiente, como lolos derechos colectivos y del medio ambiente, como lo
determina el artículo 88; se desarrolla en la Ley 472 dedetermina el artículo 88; se desarrolla en la Ley 472 de
1998; Por medio de esta se busca que las personas1998; Por medio de esta se busca que las personas
cuenten con una herramienta concreta para defender loscuenten con una herramienta concreta para defender los
intereses generales de la sociedad y del Estado. Seintereses generales de la sociedad y del Estado. Se
interpone cuando por acción u omisión, las autoridadesinterpone cuando por acción u omisión, las autoridades
públicas o los particulares puedenpúblicas o los particulares pueden causar o hancausar o han
causado daño a cualquier derecho colectivo; también secausado daño a cualquier derecho colectivo; también se
puede interponer para prevenir el daño a interesespuede interponer para prevenir el daño a intereses
particulares: demandando al propietario de unaparticulares: demandando al propietario de una
propiedad en ruina;propiedad en ruina; por árboles mal arraigados o porpor árboles mal arraigados o por
obras que corrompan el aire.obras que corrompan el aire.
ELEMENTOSELEMENTOS QUE CONTIENEQUE CONTIENE
LA SOLICITUD DE LALA SOLICITUD DE LA
ACCION POPULARACCION POPULAR
• 1.La indicación del derecho o interés colectivo1.La indicación del derecho o interés colectivo
amenazado o vulnerado.amenazado o vulnerado.
• 2.La indicación de los hechos, actos acciones u2.La indicación de los hechos, actos acciones u
omisiones que motivan la petición.omisiones que motivan la petición.
• 3.la enunciación de las pretensiones3.la enunciación de las pretensiones
• 4. la indicación de la persona natural y jurídica, o la4. la indicación de la persona natural y jurídica, o la
autoridad pública presuntamente responsable de laautoridad pública presuntamente responsable de la
amenaza o el agravio.amenaza o el agravio.
• 5. las pruebas que se pretende hacer valer5. las pruebas que se pretende hacer valer
• 6. las direcciones para notificaciones.6. las direcciones para notificaciones.
• 7.Nombre e identificación de quien ejerce la acción.7.Nombre e identificación de quien ejerce la acción.
ACCIONESACCIONES
POPULARESPOPULARES
• PROCEDIMIENTO:PROCEDIMIENTO:
• Presentar la demandaPresentar la demanda
• Notificación personal al demandado y el traslado a estosNotificación personal al demandado y el traslado a estos
por diez días para contestarla, donde presentara laspor diez días para contestarla, donde presentara las
pruebas.pruebas.
• Envió de comunicación al ministerio público y a lasEnvió de comunicación al ministerio público y a las
entidades administrativas para que intervenga en elentidades administrativas para que intervenga en el
proceso.proceso.
• Treinta días contados a partir de la admisión para decidirTreinta días contados a partir de la admisión para decidir
la demanda.la demanda.
ACCIONESACCIONES
POPULARESPOPULARES
• PROCEDIMIENTO:PROCEDIMIENTO:
• Se realizará una audiencia especial dentro de los tresSe realizará una audiencia especial dentro de los tres
días siguiente al vencimiento del termino del traslado dedías siguiente al vencimiento del termino del traslado de
la demanda; con el objeto de que el juez escuche lasla demanda; con el objeto de que el juez escuche las
diversas posiciones sobre la acción instaurada e intentediversas posiciones sobre la acción instaurada e intente
establecer una formula para la solución del conflictoestablecer una formula para la solución del conflicto
(pacto de cumplimiento) susceptible de aprobación(pacto de cumplimiento) susceptible de aprobación
mediante sentencia y cuya resolución será publicada enmediante sentencia y cuya resolución será publicada en
un diario de circulación nacional a costa de las partesun diario de circulación nacional a costa de las partes
involucradas; además se requiere de la intervención deinvolucradas; además se requiere de la intervención de
los funcionarios del ministerio público.los funcionarios del ministerio público.
ACCIONESACCIONES
POPULARESPOPULARES
• En el caso de ser procedente el restablecimientoEn el caso de ser procedente el restablecimiento
de las cosa a su estado anterior, porde las cosa a su estado anterior, por
imposibilidad física, se establece unaimposibilidad física, se establece una
indemnización Si la demanda fracasa porindemnización Si la demanda fracasa por
temeridad o mala fe del demandante, este podrátemeridad o mala fe del demandante, este podrá
no solo ser condenado en costa sino al pago deno solo ser condenado en costa sino al pago de
una multa hasta de veinte salarios mínimosuna multa hasta de veinte salarios mínimos
mensuales, con destino a los fondos para lamensuales, con destino a los fondos para la
defensa de los derechos e intereses colectivosdefensa de los derechos e intereses colectivos
¿ QUIENES PUEDEN¿ QUIENES PUEDEN
ESTABLECER ACCIONESESTABLECER ACCIONES
POPULARESPOPULARES ??
• Toda persona natural o jurídica.Toda persona natural o jurídica.
• Las organizaciones No gubernamentales, lasLas organizaciones No gubernamentales, las
organizaciones populares Cívicas o de índoles similarorganizaciones populares Cívicas o de índoles similar
• Las entidades públicas que cumplan funciones deLas entidades públicas que cumplan funciones de
control, intervención o vigilancia, siempre que lacontrol, intervención o vigilancia, siempre que la
amenaza o vulneración a los derechos e interésamenaza o vulneración a los derechos e interés
colectivo no se haya originado en su acción u omisión.colectivo no se haya originado en su acción u omisión.
• El procurador General de la Nación, el defensor delEl procurador General de la Nación, el defensor del
Pueblo, y los personeros Distritales y municipales, en loPueblo, y los personeros Distritales y municipales, en lo
relacionado con su competencia.relacionado con su competencia.
• Los alcaldes y demás servidores públicos que porLos alcaldes y demás servidores públicos que por
razón de sus funciones deban promoverla protección yrazón de sus funciones deban promoverla protección y
defensa de estos derechos e intereses.defensa de estos derechos e intereses.
PROTECCIÓN YPROTECCIÓN Y
APLICACIÓNAPLICACIÓN
DE LOS DERECHOSDE LOS DERECHOS
• Las acciones de GruposLas acciones de Grupos: Son aquellas acciones: Son aquellas acciones
interpuestas por un número plural o un conjunto deinterpuestas por un número plural o un conjunto de
personas que reúnen condiciones uniformes respectopersonas que reúnen condiciones uniformes respecto
de una misma causa que originó perjuicios individualesde una misma causa que originó perjuicios individuales
para dichas personas.para dichas personas.
• Se ejerce para obtener el reconocimiento y pago deSe ejerce para obtener el reconocimiento y pago de
indemnización de los perjuiciosindemnización de los perjuicios
ACCIÓN DE GRUPO :ACCIÓN DE GRUPO :
DERECHOS COLECTIVODERECHOS COLECTIVO
• Consumidor y usuario, la realización de construcciones,Consumidor y usuario, la realización de construcciones,
edificaciones y desarrollo urbano respetando lasedificaciones y desarrollo urbano respetando las
disposiciones legales.disposiciones legales.
• El derecho a la seguridad y prevención de desastreEl derecho a la seguridad y prevención de desastre
previsibles técnicamente.previsibles técnicamente.
• El acceso a los servicios públicos y a que su prestaciónEl acceso a los servicios públicos y a que su prestación
sea eficiente y oportuna.sea eficiente y oportuna.
• El acceso a una infraestructura de servicios queEl acceso a una infraestructura de servicios que
garantice la salubridad pública.garantice la salubridad pública.
• La libre competencia económica.La libre competencia económica.
• La defensa del patrimonio cultural de la Nación.La defensa del patrimonio cultural de la Nación.
ELEMENTOS QUE CONTIENEELEMENTOS QUE CONTIENE
LA SOLICITUD DE LALA SOLICITUD DE LA
ACCION DE GRUPOACCION DE GRUPO
• 1.La indicación del derecho o interés colectivo1.La indicación del derecho o interés colectivo
amenazado o vulnerado.amenazado o vulnerado.
• 2.La indicación de los hechos, actos acciones u2.La indicación de los hechos, actos acciones u
omisiones que motivan la petición.omisiones que motivan la petición.
• 3.la enunciación de las pretensiones3.la enunciación de las pretensiones
• 4. la indicación de la persona natural y jurídica, o la4. la indicación de la persona natural y jurídica, o la
autoridad pública presuntamente responsable de laautoridad pública presuntamente responsable de la
amenaza o el agravio.amenaza o el agravio.
• 5. las pruebas que se pretende hacer valer5. las pruebas que se pretende hacer valer
• 6. las direcciones para notificaciones.6. las direcciones para notificaciones.
• 7.Nombre e identificación de quien ejerce la acción.7.Nombre e identificación de quien ejerce la acción.
PROTECCIÓN Y APLICACIÓNPROTECCIÓN Y APLICACIÓN
DE LOS DERECHOSDE LOS DERECHOS
• LA TUTELALA TUTELA Es el mecanismo para proteger losEs el mecanismo para proteger los
derechos fundamentales, como lo determina el articuloderechos fundamentales, como lo determina el articulo
86. Se pretende con esta acción que cualquier86. Se pretende con esta acción que cualquier
persona, sin necesidad de abogado, pueda solicitarpersona, sin necesidad de abogado, pueda solicitar
ante un juez , el cumplimiento de los derechosante un juez , el cumplimiento de los derechos
vulnerados o que evite un perjuicio irremediable porvulnerados o que evite un perjuicio irremediable por
parte del agresor; ya que no da espera departe del agresor; ya que no da espera de un recursoun recurso
ordinarioordinario,, pues sería demasiado tarde. La protecciónpues sería demasiado tarde. La protección
consiste en una orden para que la persona o laconsiste en una orden para que la persona o la
institución que esté vulnerando los derechosinstitución que esté vulnerando los derechos
fundamentalesfundamentales actúe o se abstengaactúe o se abstenga de hacerlo. Sede hacerlo. Se
puede intentar en cualquier tiempo mientras subsistapuede intentar en cualquier tiempo mientras subsista
la amenaza. Esta acción la puede ejercer losla amenaza. Esta acción la puede ejercer los
nacionales como los extranjeros que habiten en elnacionales como los extranjeros que habiten en el
territorio colombiano o en período de transito.territorio colombiano o en período de transito.
LA TUTELALA TUTELA
• Las instituciones como la Defensoría del Pueblo, laLas instituciones como la Defensoría del Pueblo, la
Personería Municipal, tienen la obligación de interponerPersonería Municipal, tienen la obligación de interponer
acciones de tutela en defensa de las apersonas que seacciones de tutela en defensa de las apersonas que se
encuentren amenazadas. Las acciones de tutela sóloencuentren amenazadas. Las acciones de tutela sólo
procederá cuandoprocederá cuando el afectado no disponga de otroel afectado no disponga de otro
medio de defensa judicial,medio de defensa judicial, salvo que aquella se utilicesalvo que aquella se utilice
como mecanismo transitorio para evitar un perjuiciocomo mecanismo transitorio para evitar un perjuicio
irremediable; también se puede establecer acciones deirremediable; también se puede establecer acciones de
tutela cuando en su conducta afecte grave ytutela cuando en su conducta afecte grave y
directamente el interés colectivo y cuando el solicitantedirectamente el interés colectivo y cuando el solicitante
se halle en estadose halle en estado de subordinación o indefensión.de subordinación o indefensión.
DERECHOSDERECHOS
FUNDAMENTALESFUNDAMENTALES
QUE SE PUEDEN TUTELARQUE SE PUEDEN TUTELAR
• Los señalados expresamente en la Constitución en elLos señalados expresamente en la Constitución en el
titulo II capitulo primero. (Arts. 11 a 41)titulo II capitulo primero. (Arts. 11 a 41)
• Los derechos no fundamentales pero que adquierenLos derechos no fundamentales pero que adquieren
esa categoría por conexidad.esa categoría por conexidad.
• Los consagrados en los tratados y conveniosLos consagrados en los tratados y convenios
internacionales que ratifique el Estadointernacionales que ratifique el Estado
• Los que tengan un carácter inherente a la personaLos que tengan un carácter inherente a la persona
humana y no están señalados en la Constituciónhumana y no están señalados en la Constitución
LA TUTELA: FACTOR DELA TUTELA: FACTOR DE
CONEXIDADCONEXIDAD
• Es decir aquellos que no son consagradosEs decir aquellos que no son consagrados
constitucionalmente como fundamentales, sin embargo,constitucionalmente como fundamentales, sin embargo,
en virtud de su íntima y estrecha relación con el derechoen virtud de su íntima y estrecha relación con el derecho
fundamental, de forma que si no fueran protegidos enfundamental, de forma que si no fueran protegidos en
forma inmediata los primeros se ocasionarían laforma inmediata los primeros se ocasionarían la
vulneración o amenaza con los segundosvulneración o amenaza con los segundos
• Por ejemplo : La salud, el cual no es constitucionalmentePor ejemplo : La salud, el cual no es constitucionalmente
fundamental, adquiere esa categoría cuando la nofundamental, adquiere esa categoría cuando la no
protección de este vulnere o amenace el derechoprotección de este vulnere o amenace el derecho
fundamental a la vidafundamental a la vida
LA TUTELALA TUTELA
• Las acciones de Tutela se pueden interponerLas acciones de Tutela se pueden interponer
contra:contra:
• Las autoridades civiles o militaresLas autoridades civiles o militares :: que porque por
razones de su conducta incurran en acciones querazones de su conducta incurran en acciones que
provocan o producen amenaza a un derechoprovocan o producen amenaza a un derecho
fundamentalfundamental
• ParticularesParticulares :: que por razones de su conducta incurranque por razones de su conducta incurran
en acciones que provocan o producen amenaza a unen acciones que provocan o producen amenaza a un
derecho fundamentalderecho fundamental
• Jueces:Jueces: cuando estos dicten sentencias abiertascuando estos dicten sentencias abiertas
injustas y éstas no puedan ser revocadas por otroinjustas y éstas no puedan ser revocadas por otro
recurso de apelaciónrecurso de apelación
LA TUTELALA TUTELA
CARACTERISTICASCARACTERISTICAS
• Es una acción inmediataEs una acción inmediata : Protección de los: Protección de los
derechos solicitadosderechos solicitados..
• Es sencillaEs sencilla:: Es fácil para su diligenciamientoEs fácil para su diligenciamiento..
• SubsidiariaSubsidiaria: Procede cuando no hay otro medio para: Procede cuando no hay otro medio para
su defensasu defensa..
• EficazEficaz:: Exige del juez un pronunciamiento para negarlaExige del juez un pronunciamiento para negarla
o concederlao concederla..
• EspecíficaEspecífica:: Es para la protección de los derechosEs para la protección de los derechos
fundamentalesfundamentales
• La solicitud de la acciones de tutela debe contener laLa solicitud de la acciones de tutela debe contener la
identificación del interesado, la expresión de los hechosidentificación del interesado, la expresión de los hechos
fundamentales, el derecho que se considera vulnerado,fundamentales, el derecho que se considera vulnerado,
las pretensiones, la descripción de las demáslas pretensiones, la descripción de las demás
circunstancias relevante que sirvan para adoptar lacircunstancias relevante que sirvan para adoptar la
decisión, el nombre de la autoridad pública, agraviodecisión, el nombre de la autoridad pública, agravio
LA TUTELALA TUTELA
• PROCEDIMIENTOSPROCEDIMIENTOS
• Presentar la demandaPresentar la demanda
• Tres días hábiles para su admisión después de serTres días hábiles para su admisión después de ser
corregida.corregida.
• Notificación a las personas contra quien se dirige porNotificación a las personas contra quien se dirige por
medio de comunicación más eficaz (telegrama, fax,medio de comunicación más eficaz (telegrama, fax,
oficio)oficio)
• Tres días hábiles para que el demandado presenteTres días hábiles para que el demandado presente
alegaciones y presentar pruebasalegaciones y presentar pruebas
LA TUTELALA TUTELA
• PROCEDIMIENTOPROCEDIMIENTO SS
• Diez días hábilesDiez días hábiles a partir de la admisión de la demandaa partir de la admisión de la demanda
para establecer un veredicto.para establecer un veredicto.
• Si se concede la tutela, se precisará en qué consiste laSi se concede la tutela, se precisará en qué consiste la
violación o amenaza del derecho constitucionalviolación o amenaza del derecho constitucional
fundamental frente a los hechos del caso concreto, elfundamental frente a los hechos del caso concreto, el
cual es de inmediato cumplimiento, el responsable delcual es de inmediato cumplimiento, el responsable del
agravio deberá cumplirlo dentro deagravio deberá cumplirlo dentro de las cuarenta y ocholas cuarenta y ocho
horashoras siguientes a su notificación, si no lo hiciese el juezsiguientes a su notificación, si no lo hiciese el juez
requerirá al superior inmediato del responsable para querequerirá al superior inmediato del responsable para que
lo haga cumplir, pudiendo imponer las sancioneslo haga cumplir, pudiendo imponer las sanciones
conducentes del desacato; entre las sanciones estánconducentes del desacato; entre las sanciones están
arresto hasta de seis meses y multa hasta veintearresto hasta de seis meses y multa hasta veinte
salarios mínimos mensuales.salarios mínimos mensuales.
LA TUTELALA TUTELA
• Dentro de los tres días de su notificación, el falloDentro de los tres días de su notificación, el fallo podrápodrá
ser impugnado ante el superior jerárquico por cualquieraser impugnado ante el superior jerárquico por cualquiera
de las partes (solicitante, o demandante o el defensorde las partes (solicitante, o demandante o el defensor
del pueblo. El juez que conozca la impugnación podrádel pueblo. El juez que conozca la impugnación podrá
solicitar prueba y proferir el fallo dentro de lossolicitar prueba y proferir el fallo dentro de los veintesveintes
días siguientes a la recepción del expedientedías siguientes a la recepción del expediente, pudiendo, pudiendo
revocarlo o confirmarlo. Procedido el fallo de segundarevocarlo o confirmarlo. Procedido el fallo de segunda
instancia, la autoridad judicial competente lo remitirá a lainstancia, la autoridad judicial competente lo remitirá a la
Corte constitucional; allí dentro de a los treinta díasCorte constitucional; allí dentro de a los treinta días
siguiente al recibo del expediente, decidirá sobre susiguiente al recibo del expediente, decidirá sobre su
revisión.revisión.
LA TUTELALA TUTELA
• La Corte Constitucional por medio de una sala deLa Corte Constitucional por medio de una sala de
selección, integrada en forma rotativa por dosselección, integrada en forma rotativa por dos
magistrados y estudiantes de derecho que hacen su añomagistrados y estudiantes de derecho que hacen su año
de judicatura, escogerá sin motivación expresa, lasde judicatura, escogerá sin motivación expresa, las
sentencias que habrán de ser revisadas. Dentro delsentencias que habrán de ser revisadas. Dentro del
término detérmino de tres meses,tres meses, la sala decidirá sobre lasla sala decidirá sobre las
sentencias. Al interior de la Corte existe el recurso desentencias. Al interior de la Corte existe el recurso de
insistencia,insistencia, donde cualquiera de sus magistradosdonde cualquiera de sus magistrados
podrán solicitar a la sala que revise los fallos de tutelapodrán solicitar a la sala que revise los fallos de tutela
excluidos, dentro deexcluidos, dentro de los quince díaslos quince días del vencimiento deldel vencimiento del
término; también puede hacer uso de este recurso, eltérmino; también puede hacer uso de este recurso, el
Defensor del Pueblo y el Procurador de la Nación. EnDefensor del Pueblo y el Procurador de la Nación. En
todos los casos, proferidos los fallos, el expedientetodos los casos, proferidos los fallos, el expediente
será remitido al juez de primera instancia.será remitido al juez de primera instancia.
¿¿CUÁNDO NO SE PUEDECUÁNDO NO SE PUEDE
INTERPONER LA ACCIÓN DEINTERPONER LA ACCIÓN DE
TUTELATUTELA??
• Cuando sea procedente instaurar el recurso de habeasCuando sea procedente instaurar el recurso de habeas
corpus.corpus.
• Cuando el daño ya este consumado.Cuando el daño ya este consumado.
• Cuando se busque proteger intereses colectivos, salvoCuando se busque proteger intereses colectivos, salvo
que se trate evitar un perjuicio irremediable.que se trate evitar un perjuicio irremediable.
• Cuando existan otros recursos de defensa judiciales,Cuando existan otros recursos de defensa judiciales,
salvo que se utilice como mecanismo transitorio parasalvo que se utilice como mecanismo transitorio para
evitar un perjuicio irremediable.evitar un perjuicio irremediable.
• Cuando se trate de actos de carácter general eCuando se trate de actos de carácter general e
impersonal.impersonal.
ELEMENTOS QUE CONTIENEELEMENTOS QUE CONTIENE
LA SOLICITUD DE LALA SOLICITUD DE LA
ACCION DE TUTELAACCION DE TUTELA
• 1. Nombre de la autoridad ante quien se interpone1. Nombre de la autoridad ante quien se interpone
• 2. Nombre, identificación y lugar de residencia del2. Nombre, identificación y lugar de residencia del
solicitantesolicitante
• 3.Expresión de la acción u omisión de la autoridad que3.Expresión de la acción u omisión de la autoridad que
motiva la acciónmotiva la acción
• 4. El derecho que se considera violado o amenazado.4. El derecho que se considera violado o amenazado.
• 5. El nombre de la autoridad pública o del órgano autor5. El nombre de la autoridad pública o del órgano autor
de la amenaza o agravio.de la amenaza o agravio.
ELEMENTOS QUE CONTIENEELEMENTOS QUE CONTIENE
LA SOLICITUD DE LALA SOLICITUD DE LA
ACCION DE TUTELAACCION DE TUTELA
• 6. Narración sucinta de los hechos que motivan la6. Narración sucinta de los hechos que motivan la
acciónacción
• 7. Relación de las pruebas que se pretendan hacer valer7. Relación de las pruebas que se pretendan hacer valer
o de las que se soliciteno de las que se soliciten
• 8.8. Manifestación expresa de no haber intentado laManifestación expresa de no haber intentado la
misma acción por los mismos hechos y derechos antemisma acción por los mismos hechos y derechos ante
ninguna otra autoridad judicialninguna otra autoridad judicial
• Dirección para las notificaciones del solicitanteDirección para las notificaciones del solicitante
• 10. Firma del solicitante.10. Firma del solicitante.
HABEAS CORPUSHABEAS CORPUS
• Es una acción pública y sumaria enderezada aEs una acción pública y sumaria enderezada a
garantizar la libertad - asegura a la persona lagarantizar la libertad - asegura a la persona la
posibilidad de que un juez evalúe la situación jurídicaposibilidad de que un juez evalúe la situación jurídica
por la cual se encuentra privada de la libertad.por la cual se encuentra privada de la libertad.
• Se encuentra consagrado en el artículo 30 de laSe encuentra consagrado en el artículo 30 de la
Carta. Además; corresponde a un derechoCarta. Además; corresponde a un derecho
establecido en los tratados internacionales sobreestablecido en los tratados internacionales sobre
derechos humanos que no pueden ser suspendidosderechos humanos que no pueden ser suspendidos
en estados de excepción.en estados de excepción.
• la Corte Constitucional ha indicado que el Habeasla Corte Constitucional ha indicado que el Habeas
Corpus es tanto un derecho fundamental (C-046 deCorpus es tanto un derecho fundamental (C-046 de
1993), como un mecanismo de protección de la1993), como un mecanismo de protección de la
libertad personal (C-301/93).libertad personal (C-301/93).
HABEAS CORPUSHABEAS CORPUS
• En cuanto a una garantía se debe concederseEn cuanto a una garantía se debe concederse
siempre que se hubiere solicitado durante la privaciónsiempre que se hubiere solicitado durante la privación
ilegal de la libertad, con independencia de que, conilegal de la libertad, con independencia de que, con
posterioridad, se expida una decisión judicial queposterioridad, se expida una decisión judicial que
pretenda legalizar la arbitrariedad cometidapretenda legalizar la arbitrariedad cometida
• Es la principal garantía de la inviolabilidad de laEs la principal garantía de la inviolabilidad de la
libertad personallibertad personal
• Al darse la privación de la libertad, por un agenteAl darse la privación de la libertad, por un agente
público o privado, se invoca esta protección de lospúblico o privado, se invoca esta protección de los
derechos fundamentales. Se darán consecuenciasderechos fundamentales. Se darán consecuencias
penales o civiles que contra estos agentes que hanpenales o civiles que contra estos agentes que han
violado el derecho, si se comprueba que su actuaciónviolado el derecho, si se comprueba que su actuación
fue ilegítima o arbitrariafue ilegítima o arbitraria
HABEAS DATTA LEY 1266 2008HABEAS DATTA LEY 1266 2008
• Es el derecho que tienen todas las personas de conocer,Es el derecho que tienen todas las personas de conocer,
actualizar y rectificar las informaciones que se hayanactualizar y rectificar las informaciones que se hayan
recogido sobre ellas en bancos de datos y los demásrecogido sobre ellas en bancos de datos y los demás
derechos, libertades y garantías constitucionalesderechos, libertades y garantías constitucionales
relacionadas con la recolección, tratamiento y circulaciónrelacionadas con la recolección, tratamiento y circulación
de datos personales (artículo 15 C.P., intimidad personalde datos personales (artículo 15 C.P., intimidad personal
y familiar) así como el derecho a la información (artículoy familiar) así como el derecho a la información (artículo
20, libertad de expresión).20, libertad de expresión).
• Para ejercer esta acción se puede realizar verbalmentePara ejercer esta acción se puede realizar verbalmente
o por escrito, el tiempo máximo para responder son 15o por escrito, el tiempo máximo para responder son 15
días hábiles contados a partir de la fecha de recibo.días hábiles contados a partir de la fecha de recibo.
HABEAS DATTA LEY 1266 2008HABEAS DATTA LEY 1266 2008
• Cuando no sea posible se debe informar y responderCuando no sea posible se debe informar y responder
máximo 8 días hábiles siguientes.máximo 8 días hábiles siguientes.
• El tiempo de permanencia de los datos cuando laEl tiempo de permanencia de los datos cuando la
persona no paga es de 4 años, y cuando se realiza elpersona no paga es de 4 años, y cuando se realiza el
pago: Será el equivalente al duplo de la mora, respectopago: Será el equivalente al duplo de la mora, respecto
de obligaciones que permanecieron en mora durante unde obligaciones que permanecieron en mora durante un
plazo corto, Y cuando no hay pago de 4 años despuésplazo corto, Y cuando no hay pago de 4 años después
de que se extinga la obligación por cualquier modo.de que se extinga la obligación por cualquier modo.
• La entidades que vigilan el cumplimiento de la norma esLa entidades que vigilan el cumplimiento de la norma es
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  • 1. Garantías para proteger losGarantías para proteger los derechosderechos
  • 2. PROTECCIÓN Y APLICACIÓNPROTECCIÓN Y APLICACIÓN DE LOS DERECHOSDE LOS DERECHOS • Título II, Capitulo 4, artículos 83- 94; los cuales son losTítulo II, Capitulo 4, artículos 83- 94; los cuales son los siguientes:siguientes: • El principio de Buena FeEl principio de Buena Fe : Este principio, esta: Este principio, esta reglamentado en el artículo 83, el cual establece quereglamentado en el artículo 83, el cual establece que las actuaciones de las autoridades públicas y de loslas actuaciones de las autoridades públicas y de los particulares;particulares; actúan en ejercicios de sus derechos oactúan en ejercicios de sus derechos o en cumplimiento de sus deberes; por esoen cumplimiento de sus deberes; por eso, se expresa, se expresa que estos actúan legítimamente en el disfrute de susque estos actúan legítimamente en el disfrute de sus derechos sin pretender abusar de ellos, ni de losderechos sin pretender abusar de ellos, ni de los demás, como también en cumplimientos de las leyes;demás, como también en cumplimientos de las leyes; por tal razón, sus actuaciones se ciñen al principio depor tal razón, sus actuaciones se ciñen al principio de buena fe.buena fe.
  • 3. PROTECCIÓN Y APLICACIÓNPROTECCIÓN Y APLICACIÓN DE LOS DERECHOSDE LOS DERECHOS • Acciones inmediatasAcciones inmediatas :: Se encuentra consagrado en elSe encuentra consagrado en el artículo 85; el cual establece que los derechosartículo 85; el cual establece que los derechos consagrados en este artículo son deconsagrados en este artículo son de aplicaciónaplicación inmediata, directa e incondicional,inmediata, directa e incondicional, por estarpor estar consagrados en la Constitución; los cuales son: la vida,consagrados en la Constitución; los cuales son: la vida, la libertad, la igualdad, la intimidad, entre otros.la libertad, la igualdad, la intimidad, entre otros.
  • 4. PROTECCIÓN Y APLICACIÓNPROTECCIÓN Y APLICACIÓN DE LOS DERECHOSDE LOS DERECHOS • Responsabilidad Extra-contractualResponsabilidad Extra-contractual :: ConsagradoConsagrado en los artículos 90- 92, el cual establece que elen los artículos 90- 92, el cual establece que el EstadoEstado responde patrimonialmenteresponde patrimonialmente por los daños que él cause,por los daños que él cause, al igual que el de los funcionarios públicos y autoridadesal igual que el de los funcionarios públicos y autoridades militares responsables ya sea por acciones de omisiónmilitares responsables ya sea por acciones de omisión o acción; por eso cualquier persona puede solicitar a laso acción; por eso cualquier persona puede solicitar a las autoridades las sanciones penales o disciplinarias queautoridades las sanciones penales o disciplinarias que se deriven de su conductase deriven de su conducta
  • 5. PROTECCIÓN Y APLICACIÓNPROTECCIÓN Y APLICACIÓN DE LOS DERECHOSDE LOS DERECHOS • Control al reglamentarismoControl al reglamentarismo : Se encuentra: Se encuentra consagrado en el artículo 84, el cual explica que lasconsagrado en el artículo 84, el cual explica que las actividades o derechos que han sidoactividades o derechos que han sido reglamentados porreglamentados por la ley,la ley, las autoridades no podrán exigir licencias,las autoridades no podrán exigir licencias, permisos o requisitos adicionales para su ejercicio.permisos o requisitos adicionales para su ejercicio.
  • 6. PROTECCIÓN Y APLICACIÓNPROTECCIÓN Y APLICACIÓN DE LOS DERECHOSDE LOS DERECHOS • Acción de CumplimientoAcción de Cumplimiento : Ésta acción permite que: Ésta acción permite que las personas puedan acudir ante los jueces para que selas personas puedan acudir ante los jueces para que se ordene a las autoridades el cumplimiento de losordene a las autoridades el cumplimiento de los derechos omitidos, por laderechos omitidos, por la ley o los actos administrativosley o los actos administrativos que se expidan por las autoridades públicasque se expidan por las autoridades públicas;; esta acciónesta acción esta determinada en el articulo 87; además de ser unesta determinada en el articulo 87; además de ser un mecanismo de protección se constituye en una acciónmecanismo de protección se constituye en una acción contra la impunidad, buscando ante todo realizar elcontra la impunidad, buscando ante todo realizar el Estado Social de Derecho consagrados en laEstado Social de Derecho consagrados en la Constitución Política.Constitución Política.
  • 7. ACCIÓN DEACCIÓN DE CUMPLIMIENTOCUMPLIMIENTO • Cualquier persona puede ejercer esta acción y se debeCualquier persona puede ejercer esta acción y se debe dirigir contra la autoridad administrativadirigir contra la autoridad administrativa a quiena quien corresponda el cumplimiento; pero si por alguna razóncorresponda el cumplimiento; pero si por alguna razón se dirigiese ante una autoridad que no le corresponda,se dirigiese ante una autoridad que no le corresponda, ésta debe informarle al juez que transmita la acción a laésta debe informarle al juez que transmita la acción a la autoridad competente. La acción puede ejercerse enautoridad competente. La acción puede ejercerse en cualquier tiempo si se trata de actos cuyo cumplimientocualquier tiempo si se trata de actos cuyo cumplimiento se agota en un solo momento, pero si son de actos dese agota en un solo momento, pero si son de actos de acción sucesivas, el cumplimientos se puede volver aacción sucesivas, el cumplimientos se puede volver a intentar sin limitaciones, salvo en los casos donde seintentar sin limitaciones, salvo en los casos donde se haya decidido.haya decidido.
  • 8. ACCIÓN DEACCIÓN DE CUMPLIMIENTOCUMPLIMIENTO • Presentar la demandaPresentar la demanda • Tres días hábiles para su admisión.Tres días hábiles para su admisión. • Tres días para notificar al demandado.Tres días para notificar al demandado. • Tres días para que el demandado presente las pruebas.Tres días para que el demandado presente las pruebas. • Veinte días contados a partir de la admisión para decidirVeinte días contados a partir de la admisión para decidir la demanda; este se puede suspender si la personala demanda; este se puede suspender si la persona contra quien se acciona cumple.contra quien se acciona cumple. • La sentencia puede impugnarse dentro de los tres díasLa sentencia puede impugnarse dentro de los tres días siguientes a su notificación por el solicitante, la autoridadsiguientes a su notificación por el solicitante, la autoridad renuente o por el defensor del pueblo. El que incumpla larenuente o por el defensor del pueblo. El que incumpla la orden judicial, incurra en desacato y la sanción seráorden judicial, incurra en desacato y la sanción será impuesta por el mismo juez. En caso de no prosperar lasimpuesta por el mismo juez. En caso de no prosperar las pretensiones del actor, el fallo negará la petición y en elpretensiones del actor, el fallo negará la petición y en el texto de esta providencia se advertirá que no podrátexto de esta providencia se advertirá que no podrá instaurarse nueva acción de cumplimiento con la mismainstaurarse nueva acción de cumplimiento con la misma finalidad.finalidad.
  • 9. PROTECCIÓN Y APLICACIÓNPROTECCIÓN Y APLICACIÓN DE LOS DERECHOSDE LOS DERECHOS • Acciones PopularesAcciones Populares : Es el mecanismo para proteger: Es el mecanismo para proteger los derechos colectivos y del medio ambiente, como lolos derechos colectivos y del medio ambiente, como lo determina el artículo 88; se desarrolla en la Ley 472 dedetermina el artículo 88; se desarrolla en la Ley 472 de 1998; Por medio de esta se busca que las personas1998; Por medio de esta se busca que las personas cuenten con una herramienta concreta para defender loscuenten con una herramienta concreta para defender los intereses generales de la sociedad y del Estado. Seintereses generales de la sociedad y del Estado. Se interpone cuando por acción u omisión, las autoridadesinterpone cuando por acción u omisión, las autoridades públicas o los particulares puedenpúblicas o los particulares pueden causar o hancausar o han causado daño a cualquier derecho colectivo; también secausado daño a cualquier derecho colectivo; también se puede interponer para prevenir el daño a interesespuede interponer para prevenir el daño a intereses particulares: demandando al propietario de unaparticulares: demandando al propietario de una propiedad en ruina;propiedad en ruina; por árboles mal arraigados o porpor árboles mal arraigados o por obras que corrompan el aire.obras que corrompan el aire.
  • 10. ELEMENTOSELEMENTOS QUE CONTIENEQUE CONTIENE LA SOLICITUD DE LALA SOLICITUD DE LA ACCION POPULARACCION POPULAR • 1.La indicación del derecho o interés colectivo1.La indicación del derecho o interés colectivo amenazado o vulnerado.amenazado o vulnerado. • 2.La indicación de los hechos, actos acciones u2.La indicación de los hechos, actos acciones u omisiones que motivan la petición.omisiones que motivan la petición. • 3.la enunciación de las pretensiones3.la enunciación de las pretensiones • 4. la indicación de la persona natural y jurídica, o la4. la indicación de la persona natural y jurídica, o la autoridad pública presuntamente responsable de laautoridad pública presuntamente responsable de la amenaza o el agravio.amenaza o el agravio. • 5. las pruebas que se pretende hacer valer5. las pruebas que se pretende hacer valer • 6. las direcciones para notificaciones.6. las direcciones para notificaciones. • 7.Nombre e identificación de quien ejerce la acción.7.Nombre e identificación de quien ejerce la acción.
  • 11. ACCIONESACCIONES POPULARESPOPULARES • PROCEDIMIENTO:PROCEDIMIENTO: • Presentar la demandaPresentar la demanda • Notificación personal al demandado y el traslado a estosNotificación personal al demandado y el traslado a estos por diez días para contestarla, donde presentara laspor diez días para contestarla, donde presentara las pruebas.pruebas. • Envió de comunicación al ministerio público y a lasEnvió de comunicación al ministerio público y a las entidades administrativas para que intervenga en elentidades administrativas para que intervenga en el proceso.proceso. • Treinta días contados a partir de la admisión para decidirTreinta días contados a partir de la admisión para decidir la demanda.la demanda.
  • 12. ACCIONESACCIONES POPULARESPOPULARES • PROCEDIMIENTO:PROCEDIMIENTO: • Se realizará una audiencia especial dentro de los tresSe realizará una audiencia especial dentro de los tres días siguiente al vencimiento del termino del traslado dedías siguiente al vencimiento del termino del traslado de la demanda; con el objeto de que el juez escuche lasla demanda; con el objeto de que el juez escuche las diversas posiciones sobre la acción instaurada e intentediversas posiciones sobre la acción instaurada e intente establecer una formula para la solución del conflictoestablecer una formula para la solución del conflicto (pacto de cumplimiento) susceptible de aprobación(pacto de cumplimiento) susceptible de aprobación mediante sentencia y cuya resolución será publicada enmediante sentencia y cuya resolución será publicada en un diario de circulación nacional a costa de las partesun diario de circulación nacional a costa de las partes involucradas; además se requiere de la intervención deinvolucradas; además se requiere de la intervención de los funcionarios del ministerio público.los funcionarios del ministerio público.
  • 13. ACCIONESACCIONES POPULARESPOPULARES • En el caso de ser procedente el restablecimientoEn el caso de ser procedente el restablecimiento de las cosa a su estado anterior, porde las cosa a su estado anterior, por imposibilidad física, se establece unaimposibilidad física, se establece una indemnización Si la demanda fracasa porindemnización Si la demanda fracasa por temeridad o mala fe del demandante, este podrátemeridad o mala fe del demandante, este podrá no solo ser condenado en costa sino al pago deno solo ser condenado en costa sino al pago de una multa hasta de veinte salarios mínimosuna multa hasta de veinte salarios mínimos mensuales, con destino a los fondos para lamensuales, con destino a los fondos para la defensa de los derechos e intereses colectivosdefensa de los derechos e intereses colectivos
  • 14. ¿ QUIENES PUEDEN¿ QUIENES PUEDEN ESTABLECER ACCIONESESTABLECER ACCIONES POPULARESPOPULARES ?? • Toda persona natural o jurídica.Toda persona natural o jurídica. • Las organizaciones No gubernamentales, lasLas organizaciones No gubernamentales, las organizaciones populares Cívicas o de índoles similarorganizaciones populares Cívicas o de índoles similar • Las entidades públicas que cumplan funciones deLas entidades públicas que cumplan funciones de control, intervención o vigilancia, siempre que lacontrol, intervención o vigilancia, siempre que la amenaza o vulneración a los derechos e interésamenaza o vulneración a los derechos e interés colectivo no se haya originado en su acción u omisión.colectivo no se haya originado en su acción u omisión. • El procurador General de la Nación, el defensor delEl procurador General de la Nación, el defensor del Pueblo, y los personeros Distritales y municipales, en loPueblo, y los personeros Distritales y municipales, en lo relacionado con su competencia.relacionado con su competencia. • Los alcaldes y demás servidores públicos que porLos alcaldes y demás servidores públicos que por razón de sus funciones deban promoverla protección yrazón de sus funciones deban promoverla protección y defensa de estos derechos e intereses.defensa de estos derechos e intereses.
  • 15. PROTECCIÓN YPROTECCIÓN Y APLICACIÓNAPLICACIÓN DE LOS DERECHOSDE LOS DERECHOS • Las acciones de GruposLas acciones de Grupos: Son aquellas acciones: Son aquellas acciones interpuestas por un número plural o un conjunto deinterpuestas por un número plural o un conjunto de personas que reúnen condiciones uniformes respectopersonas que reúnen condiciones uniformes respecto de una misma causa que originó perjuicios individualesde una misma causa que originó perjuicios individuales para dichas personas.para dichas personas. • Se ejerce para obtener el reconocimiento y pago deSe ejerce para obtener el reconocimiento y pago de indemnización de los perjuiciosindemnización de los perjuicios
  • 16. ACCIÓN DE GRUPO :ACCIÓN DE GRUPO : DERECHOS COLECTIVODERECHOS COLECTIVO • Consumidor y usuario, la realización de construcciones,Consumidor y usuario, la realización de construcciones, edificaciones y desarrollo urbano respetando lasedificaciones y desarrollo urbano respetando las disposiciones legales.disposiciones legales. • El derecho a la seguridad y prevención de desastreEl derecho a la seguridad y prevención de desastre previsibles técnicamente.previsibles técnicamente. • El acceso a los servicios públicos y a que su prestaciónEl acceso a los servicios públicos y a que su prestación sea eficiente y oportuna.sea eficiente y oportuna. • El acceso a una infraestructura de servicios queEl acceso a una infraestructura de servicios que garantice la salubridad pública.garantice la salubridad pública. • La libre competencia económica.La libre competencia económica. • La defensa del patrimonio cultural de la Nación.La defensa del patrimonio cultural de la Nación.
  • 17. ELEMENTOS QUE CONTIENEELEMENTOS QUE CONTIENE LA SOLICITUD DE LALA SOLICITUD DE LA ACCION DE GRUPOACCION DE GRUPO • 1.La indicación del derecho o interés colectivo1.La indicación del derecho o interés colectivo amenazado o vulnerado.amenazado o vulnerado. • 2.La indicación de los hechos, actos acciones u2.La indicación de los hechos, actos acciones u omisiones que motivan la petición.omisiones que motivan la petición. • 3.la enunciación de las pretensiones3.la enunciación de las pretensiones • 4. la indicación de la persona natural y jurídica, o la4. la indicación de la persona natural y jurídica, o la autoridad pública presuntamente responsable de laautoridad pública presuntamente responsable de la amenaza o el agravio.amenaza o el agravio. • 5. las pruebas que se pretende hacer valer5. las pruebas que se pretende hacer valer • 6. las direcciones para notificaciones.6. las direcciones para notificaciones. • 7.Nombre e identificación de quien ejerce la acción.7.Nombre e identificación de quien ejerce la acción.
  • 18. PROTECCIÓN Y APLICACIÓNPROTECCIÓN Y APLICACIÓN DE LOS DERECHOSDE LOS DERECHOS • LA TUTELALA TUTELA Es el mecanismo para proteger losEs el mecanismo para proteger los derechos fundamentales, como lo determina el articuloderechos fundamentales, como lo determina el articulo 86. Se pretende con esta acción que cualquier86. Se pretende con esta acción que cualquier persona, sin necesidad de abogado, pueda solicitarpersona, sin necesidad de abogado, pueda solicitar ante un juez , el cumplimiento de los derechosante un juez , el cumplimiento de los derechos vulnerados o que evite un perjuicio irremediable porvulnerados o que evite un perjuicio irremediable por parte del agresor; ya que no da espera departe del agresor; ya que no da espera de un recursoun recurso ordinarioordinario,, pues sería demasiado tarde. La protecciónpues sería demasiado tarde. La protección consiste en una orden para que la persona o laconsiste en una orden para que la persona o la institución que esté vulnerando los derechosinstitución que esté vulnerando los derechos fundamentalesfundamentales actúe o se abstengaactúe o se abstenga de hacerlo. Sede hacerlo. Se puede intentar en cualquier tiempo mientras subsistapuede intentar en cualquier tiempo mientras subsista la amenaza. Esta acción la puede ejercer losla amenaza. Esta acción la puede ejercer los nacionales como los extranjeros que habiten en elnacionales como los extranjeros que habiten en el territorio colombiano o en período de transito.territorio colombiano o en período de transito.
  • 19. LA TUTELALA TUTELA • Las instituciones como la Defensoría del Pueblo, laLas instituciones como la Defensoría del Pueblo, la Personería Municipal, tienen la obligación de interponerPersonería Municipal, tienen la obligación de interponer acciones de tutela en defensa de las apersonas que seacciones de tutela en defensa de las apersonas que se encuentren amenazadas. Las acciones de tutela sóloencuentren amenazadas. Las acciones de tutela sólo procederá cuandoprocederá cuando el afectado no disponga de otroel afectado no disponga de otro medio de defensa judicial,medio de defensa judicial, salvo que aquella se utilicesalvo que aquella se utilice como mecanismo transitorio para evitar un perjuiciocomo mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable; también se puede establecer acciones deirremediable; también se puede establecer acciones de tutela cuando en su conducta afecte grave ytutela cuando en su conducta afecte grave y directamente el interés colectivo y cuando el solicitantedirectamente el interés colectivo y cuando el solicitante se halle en estadose halle en estado de subordinación o indefensión.de subordinación o indefensión.
  • 20. DERECHOSDERECHOS FUNDAMENTALESFUNDAMENTALES QUE SE PUEDEN TUTELARQUE SE PUEDEN TUTELAR • Los señalados expresamente en la Constitución en elLos señalados expresamente en la Constitución en el titulo II capitulo primero. (Arts. 11 a 41)titulo II capitulo primero. (Arts. 11 a 41) • Los derechos no fundamentales pero que adquierenLos derechos no fundamentales pero que adquieren esa categoría por conexidad.esa categoría por conexidad. • Los consagrados en los tratados y conveniosLos consagrados en los tratados y convenios internacionales que ratifique el Estadointernacionales que ratifique el Estado • Los que tengan un carácter inherente a la personaLos que tengan un carácter inherente a la persona humana y no están señalados en la Constituciónhumana y no están señalados en la Constitución
  • 21. LA TUTELA: FACTOR DELA TUTELA: FACTOR DE CONEXIDADCONEXIDAD • Es decir aquellos que no son consagradosEs decir aquellos que no son consagrados constitucionalmente como fundamentales, sin embargo,constitucionalmente como fundamentales, sin embargo, en virtud de su íntima y estrecha relación con el derechoen virtud de su íntima y estrecha relación con el derecho fundamental, de forma que si no fueran protegidos enfundamental, de forma que si no fueran protegidos en forma inmediata los primeros se ocasionarían laforma inmediata los primeros se ocasionarían la vulneración o amenaza con los segundosvulneración o amenaza con los segundos • Por ejemplo : La salud, el cual no es constitucionalmentePor ejemplo : La salud, el cual no es constitucionalmente fundamental, adquiere esa categoría cuando la nofundamental, adquiere esa categoría cuando la no protección de este vulnere o amenace el derechoprotección de este vulnere o amenace el derecho fundamental a la vidafundamental a la vida
  • 22. LA TUTELALA TUTELA • Las acciones de Tutela se pueden interponerLas acciones de Tutela se pueden interponer contra:contra: • Las autoridades civiles o militaresLas autoridades civiles o militares :: que porque por razones de su conducta incurran en acciones querazones de su conducta incurran en acciones que provocan o producen amenaza a un derechoprovocan o producen amenaza a un derecho fundamentalfundamental • ParticularesParticulares :: que por razones de su conducta incurranque por razones de su conducta incurran en acciones que provocan o producen amenaza a unen acciones que provocan o producen amenaza a un derecho fundamentalderecho fundamental • Jueces:Jueces: cuando estos dicten sentencias abiertascuando estos dicten sentencias abiertas injustas y éstas no puedan ser revocadas por otroinjustas y éstas no puedan ser revocadas por otro recurso de apelaciónrecurso de apelación
  • 23. LA TUTELALA TUTELA CARACTERISTICASCARACTERISTICAS • Es una acción inmediataEs una acción inmediata : Protección de los: Protección de los derechos solicitadosderechos solicitados.. • Es sencillaEs sencilla:: Es fácil para su diligenciamientoEs fácil para su diligenciamiento.. • SubsidiariaSubsidiaria: Procede cuando no hay otro medio para: Procede cuando no hay otro medio para su defensasu defensa.. • EficazEficaz:: Exige del juez un pronunciamiento para negarlaExige del juez un pronunciamiento para negarla o concederlao concederla.. • EspecíficaEspecífica:: Es para la protección de los derechosEs para la protección de los derechos fundamentalesfundamentales • La solicitud de la acciones de tutela debe contener laLa solicitud de la acciones de tutela debe contener la identificación del interesado, la expresión de los hechosidentificación del interesado, la expresión de los hechos fundamentales, el derecho que se considera vulnerado,fundamentales, el derecho que se considera vulnerado, las pretensiones, la descripción de las demáslas pretensiones, la descripción de las demás circunstancias relevante que sirvan para adoptar lacircunstancias relevante que sirvan para adoptar la decisión, el nombre de la autoridad pública, agraviodecisión, el nombre de la autoridad pública, agravio
  • 24. LA TUTELALA TUTELA • PROCEDIMIENTOSPROCEDIMIENTOS • Presentar la demandaPresentar la demanda • Tres días hábiles para su admisión después de serTres días hábiles para su admisión después de ser corregida.corregida. • Notificación a las personas contra quien se dirige porNotificación a las personas contra quien se dirige por medio de comunicación más eficaz (telegrama, fax,medio de comunicación más eficaz (telegrama, fax, oficio)oficio) • Tres días hábiles para que el demandado presenteTres días hábiles para que el demandado presente alegaciones y presentar pruebasalegaciones y presentar pruebas
  • 25. LA TUTELALA TUTELA • PROCEDIMIENTOPROCEDIMIENTO SS • Diez días hábilesDiez días hábiles a partir de la admisión de la demandaa partir de la admisión de la demanda para establecer un veredicto.para establecer un veredicto. • Si se concede la tutela, se precisará en qué consiste laSi se concede la tutela, se precisará en qué consiste la violación o amenaza del derecho constitucionalviolación o amenaza del derecho constitucional fundamental frente a los hechos del caso concreto, elfundamental frente a los hechos del caso concreto, el cual es de inmediato cumplimiento, el responsable delcual es de inmediato cumplimiento, el responsable del agravio deberá cumplirlo dentro deagravio deberá cumplirlo dentro de las cuarenta y ocholas cuarenta y ocho horashoras siguientes a su notificación, si no lo hiciese el juezsiguientes a su notificación, si no lo hiciese el juez requerirá al superior inmediato del responsable para querequerirá al superior inmediato del responsable para que lo haga cumplir, pudiendo imponer las sancioneslo haga cumplir, pudiendo imponer las sanciones conducentes del desacato; entre las sanciones estánconducentes del desacato; entre las sanciones están arresto hasta de seis meses y multa hasta veintearresto hasta de seis meses y multa hasta veinte salarios mínimos mensuales.salarios mínimos mensuales.
  • 26. LA TUTELALA TUTELA • Dentro de los tres días de su notificación, el falloDentro de los tres días de su notificación, el fallo podrápodrá ser impugnado ante el superior jerárquico por cualquieraser impugnado ante el superior jerárquico por cualquiera de las partes (solicitante, o demandante o el defensorde las partes (solicitante, o demandante o el defensor del pueblo. El juez que conozca la impugnación podrádel pueblo. El juez que conozca la impugnación podrá solicitar prueba y proferir el fallo dentro de lossolicitar prueba y proferir el fallo dentro de los veintesveintes días siguientes a la recepción del expedientedías siguientes a la recepción del expediente, pudiendo, pudiendo revocarlo o confirmarlo. Procedido el fallo de segundarevocarlo o confirmarlo. Procedido el fallo de segunda instancia, la autoridad judicial competente lo remitirá a lainstancia, la autoridad judicial competente lo remitirá a la Corte constitucional; allí dentro de a los treinta díasCorte constitucional; allí dentro de a los treinta días siguiente al recibo del expediente, decidirá sobre susiguiente al recibo del expediente, decidirá sobre su revisión.revisión.
  • 27. LA TUTELALA TUTELA • La Corte Constitucional por medio de una sala deLa Corte Constitucional por medio de una sala de selección, integrada en forma rotativa por dosselección, integrada en forma rotativa por dos magistrados y estudiantes de derecho que hacen su añomagistrados y estudiantes de derecho que hacen su año de judicatura, escogerá sin motivación expresa, lasde judicatura, escogerá sin motivación expresa, las sentencias que habrán de ser revisadas. Dentro delsentencias que habrán de ser revisadas. Dentro del término detérmino de tres meses,tres meses, la sala decidirá sobre lasla sala decidirá sobre las sentencias. Al interior de la Corte existe el recurso desentencias. Al interior de la Corte existe el recurso de insistencia,insistencia, donde cualquiera de sus magistradosdonde cualquiera de sus magistrados podrán solicitar a la sala que revise los fallos de tutelapodrán solicitar a la sala que revise los fallos de tutela excluidos, dentro deexcluidos, dentro de los quince díaslos quince días del vencimiento deldel vencimiento del término; también puede hacer uso de este recurso, eltérmino; también puede hacer uso de este recurso, el Defensor del Pueblo y el Procurador de la Nación. EnDefensor del Pueblo y el Procurador de la Nación. En todos los casos, proferidos los fallos, el expedientetodos los casos, proferidos los fallos, el expediente será remitido al juez de primera instancia.será remitido al juez de primera instancia.
  • 28. ¿¿CUÁNDO NO SE PUEDECUÁNDO NO SE PUEDE INTERPONER LA ACCIÓN DEINTERPONER LA ACCIÓN DE TUTELATUTELA?? • Cuando sea procedente instaurar el recurso de habeasCuando sea procedente instaurar el recurso de habeas corpus.corpus. • Cuando el daño ya este consumado.Cuando el daño ya este consumado. • Cuando se busque proteger intereses colectivos, salvoCuando se busque proteger intereses colectivos, salvo que se trate evitar un perjuicio irremediable.que se trate evitar un perjuicio irremediable. • Cuando existan otros recursos de defensa judiciales,Cuando existan otros recursos de defensa judiciales, salvo que se utilice como mecanismo transitorio parasalvo que se utilice como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable.evitar un perjuicio irremediable. • Cuando se trate de actos de carácter general eCuando se trate de actos de carácter general e impersonal.impersonal.
  • 29. ELEMENTOS QUE CONTIENEELEMENTOS QUE CONTIENE LA SOLICITUD DE LALA SOLICITUD DE LA ACCION DE TUTELAACCION DE TUTELA • 1. Nombre de la autoridad ante quien se interpone1. Nombre de la autoridad ante quien se interpone • 2. Nombre, identificación y lugar de residencia del2. Nombre, identificación y lugar de residencia del solicitantesolicitante • 3.Expresión de la acción u omisión de la autoridad que3.Expresión de la acción u omisión de la autoridad que motiva la acciónmotiva la acción • 4. El derecho que se considera violado o amenazado.4. El derecho que se considera violado o amenazado. • 5. El nombre de la autoridad pública o del órgano autor5. El nombre de la autoridad pública o del órgano autor de la amenaza o agravio.de la amenaza o agravio.
  • 30. ELEMENTOS QUE CONTIENEELEMENTOS QUE CONTIENE LA SOLICITUD DE LALA SOLICITUD DE LA ACCION DE TUTELAACCION DE TUTELA • 6. Narración sucinta de los hechos que motivan la6. Narración sucinta de los hechos que motivan la acciónacción • 7. Relación de las pruebas que se pretendan hacer valer7. Relación de las pruebas que se pretendan hacer valer o de las que se soliciteno de las que se soliciten • 8.8. Manifestación expresa de no haber intentado laManifestación expresa de no haber intentado la misma acción por los mismos hechos y derechos antemisma acción por los mismos hechos y derechos ante ninguna otra autoridad judicialninguna otra autoridad judicial • Dirección para las notificaciones del solicitanteDirección para las notificaciones del solicitante • 10. Firma del solicitante.10. Firma del solicitante.
  • 31. HABEAS CORPUSHABEAS CORPUS • Es una acción pública y sumaria enderezada aEs una acción pública y sumaria enderezada a garantizar la libertad - asegura a la persona lagarantizar la libertad - asegura a la persona la posibilidad de que un juez evalúe la situación jurídicaposibilidad de que un juez evalúe la situación jurídica por la cual se encuentra privada de la libertad.por la cual se encuentra privada de la libertad. • Se encuentra consagrado en el artículo 30 de laSe encuentra consagrado en el artículo 30 de la Carta. Además; corresponde a un derechoCarta. Además; corresponde a un derecho establecido en los tratados internacionales sobreestablecido en los tratados internacionales sobre derechos humanos que no pueden ser suspendidosderechos humanos que no pueden ser suspendidos en estados de excepción.en estados de excepción. • la Corte Constitucional ha indicado que el Habeasla Corte Constitucional ha indicado que el Habeas Corpus es tanto un derecho fundamental (C-046 deCorpus es tanto un derecho fundamental (C-046 de 1993), como un mecanismo de protección de la1993), como un mecanismo de protección de la libertad personal (C-301/93).libertad personal (C-301/93).
  • 32. HABEAS CORPUSHABEAS CORPUS • En cuanto a una garantía se debe concederseEn cuanto a una garantía se debe concederse siempre que se hubiere solicitado durante la privaciónsiempre que se hubiere solicitado durante la privación ilegal de la libertad, con independencia de que, conilegal de la libertad, con independencia de que, con posterioridad, se expida una decisión judicial queposterioridad, se expida una decisión judicial que pretenda legalizar la arbitrariedad cometidapretenda legalizar la arbitrariedad cometida • Es la principal garantía de la inviolabilidad de laEs la principal garantía de la inviolabilidad de la libertad personallibertad personal • Al darse la privación de la libertad, por un agenteAl darse la privación de la libertad, por un agente público o privado, se invoca esta protección de lospúblico o privado, se invoca esta protección de los derechos fundamentales. Se darán consecuenciasderechos fundamentales. Se darán consecuencias penales o civiles que contra estos agentes que hanpenales o civiles que contra estos agentes que han violado el derecho, si se comprueba que su actuaciónviolado el derecho, si se comprueba que su actuación fue ilegítima o arbitrariafue ilegítima o arbitraria
  • 33. HABEAS DATTA LEY 1266 2008HABEAS DATTA LEY 1266 2008 • Es el derecho que tienen todas las personas de conocer,Es el derecho que tienen todas las personas de conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayanactualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y los demásrecogido sobre ellas en bancos de datos y los demás derechos, libertades y garantías constitucionalesderechos, libertades y garantías constitucionales relacionadas con la recolección, tratamiento y circulaciónrelacionadas con la recolección, tratamiento y circulación de datos personales (artículo 15 C.P., intimidad personalde datos personales (artículo 15 C.P., intimidad personal y familiar) así como el derecho a la información (artículoy familiar) así como el derecho a la información (artículo 20, libertad de expresión).20, libertad de expresión). • Para ejercer esta acción se puede realizar verbalmentePara ejercer esta acción se puede realizar verbalmente o por escrito, el tiempo máximo para responder son 15o por escrito, el tiempo máximo para responder son 15 días hábiles contados a partir de la fecha de recibo.días hábiles contados a partir de la fecha de recibo.
  • 34. HABEAS DATTA LEY 1266 2008HABEAS DATTA LEY 1266 2008 • Cuando no sea posible se debe informar y responderCuando no sea posible se debe informar y responder máximo 8 días hábiles siguientes.máximo 8 días hábiles siguientes. • El tiempo de permanencia de los datos cuando laEl tiempo de permanencia de los datos cuando la persona no paga es de 4 años, y cuando se realiza elpersona no paga es de 4 años, y cuando se realiza el pago: Será el equivalente al duplo de la mora, respectopago: Será el equivalente al duplo de la mora, respecto de obligaciones que permanecieron en mora durante unde obligaciones que permanecieron en mora durante un plazo corto, Y cuando no hay pago de 4 años despuésplazo corto, Y cuando no hay pago de 4 años después de que se extinga la obligación por cualquier modo.de que se extinga la obligación por cualquier modo. • La entidades que vigilan el cumplimiento de la norma esLa entidades que vigilan el cumplimiento de la norma es la Superintendencia de Industria y Comercio y lala Superintendencia de Industria y Comercio y la Superintendencia Financiera de Colombia, con multasSuperintendencia Financiera de Colombia, con multas de 1.500 salarios mínimos y suspensión de actividadesde 1.500 salarios mínimos y suspensión de actividades de 6 meses.de 6 meses.