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MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y
PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE
FEBRERO DE 2016.
República Bolivariana de
Venezuela
Estado Carabobo
Alcaldía del Municipio
Valencia
Dirección de Control Urbano
ALCALDIA DEL
MUNICIPIO VALENCIA
DIRECCIÓN DE CONTROL
URBANO
1
DIA MES AÑO
ALCV-DPP-JCG-F-002
Solicitud de Proyecto de Edificación
Solicitud de Proyecto de Urbanismo
Modificación de Proyecto de Urbanismo
ALCV-DCU-F-010
ALCV-DCU-F-011 X
X
X
X
X
X
X
X
X
X
X
Sellado Extraordinario de Planos
Solicitud de Certificación de Copias
Certificación. Terminación de Obras para
Edificación.
ALCV-DCU-F-008
ALCV-DCU-F-009
Planilla de Denuncias
Certificifación. Terminación de Obras
para urbanismo
Autorización. para Rotura de Aceras y
Calzadas
ALCV-DCU-F-012
ALCV-DCU-F-007
ALCV-DCU-F-006
ALCV-DCU-F-002
ALCV-DCU-F-003
ALCV-DCU-F-004
ALCV-DCU-F-005 Adecuación para Categoría Clase A
Adecuación para Categoría Clase B
ELABORADO POR: DIRECCION CONTROL URBANO
UNIDAD EJECUTORA: DIRECCION DE CONTROL URBANO
ALCV-DCU-F-001 X
CONTROL DE DOCUMENTOS
Solicitud de Anteproyecto de Edificación
ÍTEM REGISTRO
FECHA DE MODIFICACION
STATUS
ACTIVO INACTIVO
REVISADO POR: DIRECCION
CONTROL URBANO
APROBADO POR: DIRECCION CONTROL
URBANO
AlLCALDIA BOLIVARIANADE VALENCIA
DIRECCIONDE
CONTROLURBANO
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venezuela
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Alcaldia del Municipio Valencia
Direccion de Control Urbano
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APROBACIÓN
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ESTADO CARABOBO
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DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO
En cumplimiento con lo establecido en la Ley Orgánica de la Administración Financiera del
Sector Público, específicamente en el Artículo 140: mediante el cual se establece
“…Corresponde a la máxima autoridad de cada organismo o entidad la responsabilidad de
establecer y mantener un sistema de control interno adecuado a la naturaleza, estructura y fines
de la organización…”, en concordancia con lo señalado en la Ley Orgánica de la Contraloría
General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, en el Artículo 37: “Cada
entidad del sector público elaborará, en el marco de las normas básicas dictadas por la
Contraloría General de la República, las normas, manuales de procedimientos, indicadores de
gestión, índices de rendimiento y demás instrumentos o métodos específicos para el
funcionamiento del sistema de contro interno.” Asimismo, en el Artículo 92 de la misma Ley se
establece “Las máximas autoridades, los niveles directivos y gerenciales de los organismos
señalados en el Artículo 9 numerales 1 al 11 de esta ley, además de estar sujetos a las
responsabilidades definidas en este Capítulo, comprometen su responsabilidad administrativa
cuando no dicten las normas, manuales de procedimientos, métodos y demás instrumentos que
constituyan el sistema de control interno, o no lo implanten, o cuando no acaten las
recomendaciones…”
En virtud de lo anteriormente expuesto, Yo, Michele Cochiola Pugliese, titular de la Cédula de
Identidad Nº 8.599.749, Alcalde del Municipio Valencia, apruebo la información contenida en el
presente “Manual de Normas y Procedimientos de la Dirección de Control Urbano”, el cual
contiene la descripción de las actividades que deben seguirse en la realización de las funciones
encomendadas a esta Dirección de Control Urbano, órgano de la rama ejecutiva del Municipio
Valencia.
En consecuencia a partir de la presente fecha entra en vigencia, quedando bajo la responsabilidad
de la Dirección de Control Urbano, las revisiones y actualizaciones que sean necesarias para
mantener actualizada la información presentada en este documento.
En Valencia, a los 18 días del mes de febrero de 2016.
___________________________
Michele Cochiola Pugliese
Alcalde del Municipio Valencia
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MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
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INDICE
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ESTADO CARABOBO
ALCALDIA DEL MUNICIPIO
VALENCIA
DIRECCIÓN DE CONTROL
URBANO
PAG
INTRODUCCIÒN 6
OBJETIVOS Y ALCANCE DEL MANUAL 8
MARCO LEGAL 9
NORMAS GENERALES Y ESPECIFICAS 16
PROCEDIMIENTOS 25
FLUJOGRAMAS 69
FORMULARIOS E INSTRUCTIVO DE LLENADO 111
GLOSARIO DE TERMINOS 158
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INTRODUCCIÓN
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URBANO
De acuerdo con lo establecido en los Artículos 73 y 74 de la Reforma Parcial de la Ordenanza
sobre Organización y Funcionamiento de la Rama Ejecutiva del Municipio Valencia (Gaceta
Municipal Nº 11/1955 Extraordinario, de fecha 30 de enero 2012), se establece:
La Dirección de Control Urbano, es la unidad encargada de dirigir y de supervisar las actividades
de la Alcaldía con relación al cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente que regula el
urbanismo del Municipio Valencia, la misma tendrá las atribuciones siguientes:
1. Velar porque las edificaciones y urbanizaciones, tanto públicas como privadas que se
construyan en el Municipio Valencia, se adecuen al ordenamiento jurídico vigente.
2. Aplicar las sanciones contenidas en las ordenanzas, por las violaciones que se produzcan con
motivo de la construcción de obras, edificaciones y urbanizaciones en las áreas urbanas del
Municipio, y coordinar con otras entidades municipales y nacionales la aplicación de
sanciones en materia ambiental, fiscal, sanitaria o de seguridad y defensa.
3. A través de la Coordinación de Infraestructura y Transporte, elevar a la Sindicatura Municipal
los asuntos en los cuales observe que se hayan vulnerado los intereses del Municipio.
4. Mantener organizado y actualizado el registro de los expedientes que con motivo de las
violaciones a las ordenanzas, hayan sido sustanciados.
5. Mantener y desarrollar, con la participación de la unidad especializada de la Alcaldía, los
sistemas de computación y de los equipos que fuesen asignados a la Dirección.
6. Diseñar e implantar un programa de información dirigido a los profesionales de la ingeniería,
arquitectura y profesiones afines y complementarias, y a las empresas constructoras, acerca de
las normas municipales, con la finalidad de prevenir las violaciones al ordenamiento urbano
del Municipio.
7. Analizar y responder las solicitudes de desarrollo de áreas urbanas que son sometidas a
consideración de este despacho, en cumplimiento de la Ley Orgánica de Ordenación
Urbanística y el ordenamiento jurídico urbanístico municipal.
8. Participar en la elaboración de proyectos de ordenanzas vinculadas con la planificación urbana
y con el control de su proceso de urbanización.
9. Las demás que le sean asignadas por el Alcalde o Alcaldesa, por el Coordinador General de
Operaciones y por el Coordinador Sectorial de Infraestructura y Transporte.
En este sentido, el presente Manual de Normas y Procedimientos plasma la descripción de las
actividades que deben seguirse en la realización de las funciones encomendadas a esta Dirección,
incluyendo la descripción de las unidades administrativas que intervienen demarcando su
participación y responsabilidad.
Contiene información y formularios necesarios para auxiliar en el correcto desarrollo a las
actividades llevadas por esta Dirección. En este manual, se encuentra registrada y transmitida sin
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INTRODUCCIÓN
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URBANO
distorsión la información básica referente a su funcionamiento, facilitando así las labores de
auditoría, evaluación y control interno, en cumplimiento del apego que rige la actividad de la
administración pública; así como facilita la toma de conciencia en los funcionarios de que el
trabajo se está realizando o no adecuadamente.
Es importante, porque permite conocer el funcionamiento interno con lo que respecta a la
descripción de tareas, ubicación, requerimientos y a las unidades responsables de su ejecución.
Auxilian en la inducción del cargo y al adiestramiento y capacitación del personal ya que
describen en forma detallada como se involucra en las actividades de cada unidad administrativa
de la dirección. Sirve asimismo, para el análisis o revisión de los procedimientos de un sistema.
Para establecer un sistema de información o bien modificar el ya existente, permitiendo
uniformar y controlar el cumplimiento de las rutinas de trabajo y evitar su alteración arbitraria.
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OBJETIVO Y ALCANCE DEL MANUAL
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URBANO
OBJETIVOS
 Agrupar en un solo instrumento, todas las políticas, normas y procedimientos para constituir
un tratamiento uniforme correspondiente a las tareas que son repetitivas.
 Utilizar este Manual como herramienta para el control de procesos en las diferentes áreas,
considerando el contenido de la Misión.
 Garantizar de una forma armónica y organizada el desempeño de los trabajadores de la
organización.
 Contribuir a mejorar las comunicaciones internas y externas de la organización y su
interrelación con clientes, proveedores y usuarios.
 Mantener actualizadas las políticas, normas, procedimientos y métodos, en consideración con
los cambios que puedan originarse, así como para la gestión del desempeño, inducción y
entrenamiento del personal.
 Disponer de un instrumento que coadyuve a una sana realización de las actividades
correspondientes al área de auditoría.
 Garantizar el cumplimiento de los procesos involucrados en las actividades legales.
ALCANCE
El presente Manual de Normas y Procedimientos en esencia, tiene por finalidad, ser fuente
importante de consulta de todo el personal, que permita determinar en forma más sencilla las
responsabilidades por errores, y así aumentar la eficiencia de los funcionarios, indicándoles lo
que deben hacer y cómo deben hacerlo, ayudando en la coordinación de actividades y evitar
duplicidades, constituyendo una base para el posterior análisis del trabajo y mejoramiento de los
procedimientos, métodos y los sistemas empleados.
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MARCO LEGAL
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La Dirección de Control Urbano se rige por las siguientes disposiciones legales:
- Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
 Título IV. Del Poder Público Municipal.
Artículo 178: Son de la competencia del Municipio el gobierno y administración de sus
intereses y la gestión de las materias que le asignen esta Constitución y las leyes
nacionales, en cuanto concierne a la vida local, en especial la ordenación y promoción del
desarrollo económico y social, la dotación y prestación de los servicios públicos
domiciliarios, la aplicación de la política referente a la materia inquilinaría con criterios
de equidad, justicia y contenido de interés social, de conformidad con la delegación
prevista en la ley que rige la materia, la promoción de la participación, y el mejoramiento,
en general, de las condiciones de vida de la comunidad, en las siguientes áreas:
1. Ordenación territorial y urbanística; patrimonio histórico; vivienda de interés social;
turismo local; parques y jardines, plazas, balnearios y otros sitios de recreación;
arquitectura civil, nomenclatura y ornato público. (omissis)”
- Ley Orgánica de Ordenación Urbanística. Título VI. De la Ejecución del Desarrollo Urbano.
 Capítulo III De la Urbanización de Terrenos.
Artículo 67: A los efectos de la presente Ley, constituye urbanización la división de un
terreno en parcelas, y la realización de los demás trabajos y obras necesarios para que el
terreno sea utilizado cabalmente, según el uso de suelo y el tipo de urbanización
establecido en los planes de ordenación urbanística, en los planes de desarrollo urbano
local y en las ordenanzas correspondientes.
Constituyen parcelamientos urbanísticos las subdivisiones o modificaciones de
parcelamientos existentes.
Las parcelas integradas serán consideradas como una unidad a los efectos urbanísticos y en
ningún caso podrán subdividirse nuevamente a los fines de su utilización.
 Título VII. Del Control de la Ejecución de Urbanizaciones y Edificaciones.
Artículo 81: Toda persona interesada en construir una edificación o una urbanización
podrá hacer una consulta preliminar, por escrito, al organismo competente del Consejo
Municipal en la cual se solicite:
1. Las variables urbanas fundamentales.
2. Adicionalmente, para las urbanizaciones, las condiciones generales de urbanización o
parcelamiento y el nivel de dotación de las obras de servicio público.
El interesado debe acompañar a la consulta lo siguiente:
1. Una copia de los documentos de propiedad del terreno.
2. Un croquis del terreno, cuando se trate de una parcela para vivienda unifamiliar o un
levantamiento topográfico, cuando se trate de una parcela multifamiliar o para
desarrollo de urbanizaciones.
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Parágrafo Único: Cuando no exista plan de desarrollo urbano local u ordenanza de
zonificación se aplicará lo dispuesto en el artículo 125.
Artículo 86. A los efectos de esta ley se consideran variables urbanas fundamentales en
el caso de las urbanizaciones:
1. El uso correspondiente.
2. El espacio requerido para la trama vial arterial y colectora.
3. La incorporación a la trama vial arterial y colectora.
4. Las restricciones por seguridad o por protección ambiental.
5. La densidad bruta de la población prevista en el plan.
6. La dotación, localización y accesibilidad de los equipamientos de acuerdo con las
respectivas normas.
7. Las restricciones volumétricas.
Artículo 87: A los efectos de esta ley se consideran variables urbanas fundamentales en
el caso de las edificaciones:
1. El uso previsto en la zonificación.
2. El retiro de frente y el acceso según lo previsto en el plan para las vías que colindan
con el terreno.
3. La densidad bruta de población prevista en la zonificación.
4. El porcentaje de ubicación y el porcentaje de construcción previstos en la zonificación.
5. Los retiros laterales y de fondo previstos en la zonificación.
6. La altura prevista en la zonificación.
7. Las restricciones por seguridad o por protección ambiental.
8. Cualesquiera otras variables que los planes respectivos impongan a un determinado
lote de terreno.
 Título XI. Disposiciones Transitorias
Artículo 125: Cuando no existieren planes de ordenación urbanística, ni de desarrollo
urbano local, ni ordenanza de zonificación, los particulares deberán solicitar del
respectivo Consejo Municipal las variables urbanas fundamentales aplicables al terreno
en cuestión y podrán presentar proyectos de urbanizaciones y edificaciones para la
asignación de variables por parte de dicho Consejo. Las mencionadas variables serán
asignadas previa aprobación del Ministerio del Desarrollo Urbano.
Cuando existieren planes de ordenación urbanística y no existiesen planes de desarrollo
urbano local u ordenanza de zonificación, las variables urbanas fundamentales que fije el
respectivo Consejo Municipal deberán sujetarse a lo establecido en los planes de
ordenación urbanística, de lo cual se informará al Ministerio del Desarrollo Urbano
dentro de los quince (15) días siguientes a la asignación de dichas variables.
- Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos
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 Título I. Disposiciones Fundamentales.
Artículo 2: Toda persona interesada podrá, por sí o por medio de su representante, dirigir
instancias o peticiones a cualquier organismo, entidad o autoridad administrativa. Estos
deberán resolver las instancias o peticiones que se les dirijan o bien declarar, en su caso,
los motivos que tuvieren para no hacerlo.
- Título IV. De la Recepción de Documentos.
Artículo 44: En los Ministerios, organismos y demás dependencias públicas se llevará un
registro de presentación de documentos en el cual se dejará constancia de todos los
escritos, peticiones y recursos que se presenten por los administrados, así como de las
comunicaciones que puedan dirigir otras autoridades.
La organización y funcionamiento del registro se establecerán en el Reglamento de esta
ley.
Artículo 45: Los funcionarios del registro que reciban la documentación advertirán a los
interesados de las omisiones y de las irregularidades que observen, pero sin que puedan
negarse a recibirla.
Artículo 46: Se dará recibo de todo documento presentado y de sus anexos, con
indicación del número de registro que corresponda, lugar, fecha y hora de presentación.
Podrá servir de recibo la copia mecanografiada o fotostática del documento que se
presente, una vez diligenciada y numerada por los funcionarios del registro.
- Ley Orgánica del Poder Público Municipal.
 Título III. De la Competencia de los Municipios.
Artículo 52: Es competencia de los municipios, el gobierno y la administración de los
intereses propios de la vida local, la gestión de las actividades y servicios que requiera la
comunidad municipal, de acuerdo con la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela y las leyes.”
Artículo 56: Son competencias propias del Municipio las siguientes:
(omissis)
2. La gestión de las materias que la Constitución de la República y las leyes nacionales
les confieran en todo lo relativo a la vida local, en especial, la ordenación y promoción
del desarrollo económico y social, la dotación y prestación de los servicios públicos
domiciliarios, la aplicación de la política referente a la materia inquilinaria, la
promoción de la participación ciudadana y, en general, el mejoramiento de las
condiciones de vida de la comunidad en las áreas siguientes:
a. La ordenación territorial y urbanística; el servicio de catastro; el patrimonio; la
vivienda de interés social; el turismo local; las plazas, parques y jardines; los
balnearios y demás sitios de recreación; la arquitectura civil; la nomenclatura y el
ornato público.
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(omissis).
- Ley de Aguas
- Reforma Parcial de la Ordenanza Sobre Organización y Funcionamiento de la Rama Ejecutiva
del Municipio Valencia.
 Capítulo II. De Las Direcciones Adscritas a La Coordinación Sectorial De Infraestructura
y Transporte
Sección Segunda De La Dirección De Control Urbano.
Artículo 73: Definición. La Dirección de Control Urbano, es la unidad encargada de
dirigir y de supervisar las actividades de la Alcaldía en relación al cumplimiento del
ordenamiento jurídico vigente que regula el urbanismo del Municipio Valencia.
Artículo 74: Funciones. La Dirección de Control Urbano tendrá las atribuciones
siguientes:
1. Velar porque las edificaciones y urbanizaciones, tanto públicas como privadas que se
construyan en el Municipio Valencia, se adecuen al ordenamiento jurídico vigente.
2 Aplicar las sanciones contenidas en las ordenanzas, por las violaciones que se
produzcan con motivo de la construcción de obras, edificaciones y urbanizaciones en
las áreas urbanas del Municipio, y coordinar con otras entidades municipales y
nacionales la aplicación de sanciones en materia ambiental, fiscal, sanitaria o de
seguridad y defensa.
3. A través de la Coordinación de Infraestructura y Transporte, elevar a la Sindicatura
Municipal los asuntos en los cuales observe que se hayan vulnerado los intereses del
Municipio.
4. Mantener organizado y actualizado el registro de los expedientes que con motivo de
las violaciones a las Ordenanzas, hayan sido sustanciados.
5. Mantener y desarrollar, con la participación de la unidad especializada de la Alcaldía,
los sistemas de computación y de los equipos que fuesen asignados a la Dirección.
6. Diseñar e implantar un programa de información dirigido a los profesionales de la
ingeniería, arquitectura y profesiones afines y complementarias, y a las empresas
constructoras, acerca de las normas municipales, con la finalidad de prevenir las
violaciones al ordenamiento urbano del Municipio.
7. Analizar y responder las solicitudes de desarrollo de áreas urbanas que son sometidas
a consideración de este despacho, en cumplimiento de la Ley Orgánica de Ordenación
Urbanística y el ordenamiento jurídico urbanístico municipal.
8. Participar en la elaboración de proyectos de ordenanzas vinculadas con la
planificación urbana y con el control de su proceso de urbanización.
9. Las demás que le sean asignadas por el Alcalde o Alcaldesa, por el Coordinador
General de Operaciones y por el Coordinador Sectorial de Infraestructura y
Transporte.”
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- Ordenanza sobre Procedimientos de Construcción.
 Capítulo I. Disposiciones Generales
Artículo 5: Para la construcción de una edificación o urbanización en parcelas o terrenos
de las áreas urbanas del Municipio Valencia, deberá efectuarse un proyecto por
profesionales competentes, según la Ley de Ejercicio de la Ingeniería, Arquitectura y
Profesionales a fines, quienes responderán por la correspondencia del proyecto con las
normas y procedimientos técnicos aplicables, con las variables urbanas fundamentales y
demás especificaciones establecidas en los Planes Urbanísticos y demás Ordenanzas que
rigen la materia. Un profesional residente debidamente inscrito en el Centro de Ingenieros
del Estado Carabobo y/o el Colegio de Arquitectos de Venezuela, filial Carabobo, según
sea el caso, será responsable por la ejecución de la obra, según los planos, documentos y
demás especificaciones del proyecto.
 Capítulo II. Consultas Preliminares
Artículo 6: Las personas interesadas en construir una edificación en parcela, o una
Urbanización, podrán realizar ante la Oficina Municipal de Planeamiento Urbano una
consulta preliminar sobre las variables urbanas fundamentales de la parcela o lote de
terreno, las afectaciones que pudiesen tener, los servicios comunales, existentes o
previstos y las limitaciones al derecho de propiedad que puedan afectarlas por efecto de
declaraciones de utilidad pública, decretos de expropiación o parcelamiento y el nivel de
dotación de las obras de servicios públicos, en los casos de urbanizaciones.
Parágrafo Único: Las consultas y anteproyectos en este artículo, también procederán en
los siguientes casos:
1. Cuando se trate de un caso o proposición especial para una edificación o conjunto en
áreas de terreno superior a los cinco mil metros cuadrados (5.000 m2) o que alojen una
población igual o mayor a trescientos (300) habitantes y no forme parte de una
urbanización debidamente permisada.
2. Cuando se trate de una urbanización.
3. Cuando se trate de casos especiales no contemplados en las Ordenanzas Municipales y
deben ser sometidos a consideración de las Comisiones de Planeamiento urbano o de
desarrollo Urbano.
Artículo 7: La consulta prevista n el Artículo anterior, deberá hacerse por escrito,
planteada en forma clara y razonada la información requerida y deberá ir acompañada de
los siguientes recaudos:
a) Una copia del documento de propiedad, debidamente registrado o copia del contrato
de arrendamiento o enfiteusis y mensura catastral vigente, si se trata de un terreno
propiedad del Municipio.
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b) Plano de ubicación o situación en escala, indicando puntos de referencia, ríos,
quebradas, cursos de aguas, vegetación mayor, torres de electricidad, líneas de alta
tensión, y vías próximas, según la nomenclatura urbana vigente.
c) Plano topográfico del terreno con el estudio e pendientes, e caso de que las
características del mismo así lo ameriten.
d) Copia de la inscripción catastral de la parcela o terreno.
e) Constancia de pago de la tasa por concepto de tramitación.
f) Cualquier otro recaudo que solicite la Oficia Municipal de Planeamiento Urbano,
tendiente a facilitar la comprensión de la consulta.
Parágrafo Primero: El interesado podrá presentar un anteproyecto de la edificación o de
la urbanización, debiendo incluir los siguientes recaudos:
- Todos los exigidos en la consulta preliminar.
- Planos a escala del desarrollo, junto con la memoria descriptiva que explique la
proposición presentada.
Parágrafo Segundo: La respuesta a la consulta y al anteproyecto se limitará
exclusivamente a lo indicado en el Artículo 6 de esta Ordenanza. En el caso de los
anteproyectos, se incluirá los lineamientos especiales que sean aprobados por la Cámara
Municipal.
 Capítulo IV De La Inspecciones
Artículo 16: Correspondiente a la Ingeniería Municipal ejercer las atribuciones de policía
en materia de construcciones y en consecuencia, tendrá la obligación de inspeccionar las
construcciones de edificaciones en parcela y de urbanizaciones, con el fin de verificar que
los responsables cumplan con las disposiciones contempladas en el Ordenamiento
Urbanístico Municipal y, en especial, con las variables urbanas fundamentales que rigen
para la parcela o lote de terreno e igualmente, que en la ejecución de las obras se cumplen
las normas y procedimientos establecidas en el Plan de Desarrollo Urbano Local o en la
Ordenanza de Zonificación.
Para facilitar la realización de la inspección en la edificación o construcción, el
profesional residente está obligado a tener una copia de los planos, proyectos y demás
recaudos que sean necesarios.
El Profesional residente y el propietario están obligados a dar todas las facilitaciones para
el profesional inspector realice la inspección, y en ningún caso le podrán negar a los
profesionales inspectores el acceso a la construcción, ni a revisar los planos, documentos
o proyectos, bajo pena de aplicación de las sanciones complementadas en esta
Ordenanza.
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FEBRERO DE 2016.
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Artículo 20: Al efectuarse una inspección, deberá, levantarse un acta en el mismo sitio de
la obra y copia de la misma se entregará al profesional residente o al propietario, quien
deberá firmar el original como constancia d haberla recibido.
- Ordenanza sobre Tasas por Prestación de Servicios Administrativos y Uso de Bienes
Municipales.
Artículo 1: La presente ordenanza tiene por objeto establecer y regular las tasas
administrativas y demás valores a pagar al Municipio, por la realización de actos,
documentos, prestación de servicios y uso de bienes municipales que conforme a las leyes
nacionales, el ordenamiento jurídico municipal y la presente ordenanza, deben suscribir,
expedir o suministrar las autoridades municipales.
Artículo 7: A los fines del pago de las tasas previstas en esta ordenanza, la dependencia
municipal a la que corresponda los actos, documentos y expedientes que suscriba, expida o
suministre, extenderá al interesado una planilla con indicación del monto a pagar por
concepto de tasa.
Las tasas previstas en esta Ordenanza, serán pagadas por ante la Tesorería Municipal, los
institutos autónomos municipales, la dependencia municipal encargada a tal efecto o las
entidades bancarias recaudadoras de ingresos municipales debidamente autorizadas. En todos
los casos, se expedirá una constancia de pago, la cual, el interesado deberá presentar ante la
dependencia municipal a los fines de la tramitación administrativa correspondiente. (…)
- Ordenanzas sobre el Plan de Desarrollo Urbano Local de La Parroquia San José.
- Ordenanzas sobre el Plan Especial de la Zona Industrial de la Parroquia Rafael Urdaneta.
- Ordenanzas sobre el Plan de Desarrollo Urbano Local del Sector Doce (12) Parroquia Rafael
Urdaneta (Flor Amarillo).
- Ordenanza Sobre el Plan de Desarrollo Urbano Local de Las Parroquias Candelaria, Miguel
Peña, Santa Rosa y Parte de San Blas (Gaceta Municipal Nº 10/1558 Ext. de fecha 15 de
octubre de 2010).
- Ordenanza que Regula las Competencias del Municipio Valencia en Materia de Protección del
Ambiente y de Creación del Instituto Municipal del Ambiente (IMA). Normas Sobre
Movimientos de Tierra y Conservación Ambiental (Gaceta Oficial mayo de 1993 Nº 284.403,
Decreto Nº 2.212 23 abril de 1992).
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NORMAS GENERALES Y ESPECIFICAS
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NORMAS GENERALES:
1. Todos los funcionarios que laboren en esta Dirección, deben regirse por las Leyes,
Ordenanzas y Reglamentos que la condicionan.
2. Deben prestar un servicio con carácter de regularidad y permanencia, mantener actualizada la
información, así como también mantener el flujo de información con las dependencias
Municipales, Estadales y Nacionales.
3. Debe mantener de forma permanente todos los registros generales, archivarlos en expedientes
y no deben ser destruidos, ya que ello toma parte del Control Urbano del Municipio Valencia.
4. Deben prestar un servicio de esmerada atención, comunicación y orientación a los
Contribuyentes.
5. Mantener el flujo de información y comunicación entre todos los integrantes del
Departamento, que garantice el seguimiento y control de las metas propuestas.
NORMAS ESPECÍFICAS: Adicionalmente, se encuentran establecidos como requisitos para
presentar las solicitudes ante esta Dirección, como se detallan a continuación:
Requisitos exigidos para Presentar un Proyecto de Edificación
1. Pago de tasa por tramitación administrativa.
2. Copia de consulta preliminar y/o del anteproyecto, si este se hubiese realizado.
3. Copia del documento de propiedad registrado o copia del contrato de arrendamiento, si se
trata de una parcela propiedad del Municipio, Estado o de la Nación.
4. Copia de la constancia de inscripción catastral del terreno actualizada.
5. Copia de la certificación de solvencia municipal vigente, por concepto de impuestos sobre
inmuebles urbanos.
6. Consignar original de la constancia de variables ambientales respectivas, otorgadas por el
Instituto Municipal del Ambiente, a los efectos de la seguridad y protección ambiental, tal
como lo dispone el Artículo 17 numeral 33 de la ordenanza. consignar copia de estudio
impacto ambiental y de paisajismo, ejecutado por profesional competente, indicando el tipo y
cantidad de especies a utilizar, previamente aprobado por IMA.
7. Estudio de impacto vial: original. Se exigirá la presentación de estudios de impacto vial en los
desarrollos que contemplen actividades capaces de generar los viajes vehiculares que afecten
la capacidad de diseño y funcionamiento de las vialidades contiguas, tales como comercio
intermedio (c2) y general (c3), hoteles, edificaciones educacionales, socio-culturales,
recreacionales-deportivas, asistenciales, desarrollos residenciales con más de 100 unidades de
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vivienda y en los casos especiales contemplados en el título VI, capítulo I de la ordenanza
sobre el Plan de Desarrollo Urbano Local de San José, el mismo debe venir previamente
aprobado por el Instituto Autónomo Municipal de Tránsito y Transporte Público Urbano de
Pasajeros (IAMTT) .
8. Original constancia de revisión de proyecto o comprobante de recepción por parte del Cuerpo
de Bombero, (cuando se trate de edificio, locales comerciales, industrias, hoteles, clínicas,
depósitos o edificaciones que así lo ameriten), según decreto 46 (Reglamento sobre
prevención contra incendio).
9. Original permiso expedido por parte de las autoridades competentes en materia de aviación
civil (INAC), para aquellos desarrollos que se ubiquen dentro de las áreas del cono de
aproximación del aeropuerto internacional Arturo Michelena (Parroquia Rafael Urdaneta).
10. Original de la certificación de factibilidad de los servicios públicos (agua potable, aguas
residuales y electricidad) o constancias de poder suministrárselos por cuenta propia,
aprobados por los organismos competentes.
11. Solvencia(s) de los profesionales que actúan en el proyecto. El Arquitecto debe presentar la
solvencia del colegio de arquitectos filial Carabobo y la del Centro de Ingenieros de
Carabobo (solo para el Arquitecto), y de los demás del profesional(es), solvencia del colegio
filial Carabobo y responsable(s), todas deben venir en original o copia con sellos húmedos.
12. Copia del estudio de suelos.
13. Estudio de tráfico de ascensores, para viviendas multifamiliares y oficina mayor de 12mts
(altura de entrepiso) cuando se trate de edificios o construcciones que lo ameriten según la
norma.
14. Tres (03) copias del plano de ubicación y situación de las(s) obra(s) que desee emprender,
indicando puntos de referencia y la incorporación a la vialidad mas próxima, según la
nomenclatura urbana vigente.
15. Tres (03) copias del plano de topografía original y modificada en coordenadas UTM, de
acuerdo a las características del terreno, debiendo incluir el estudio de pendientes y los
perfiles del terreno con indicación de los niveles de la vialidad de las obras que se van a
emprender y de los terrenos vecinos.
16. Tres (03) juegos de planos de arquitectura con su respectiva memoria. Tres (03) juegos de
planos de estructura, con su respectiva memoria y cálculos en concordancia con las normas
covenin, aplicables. Tres (03) juegos instalaciones eléctricas, con su respectiva memoria y
cálculos. Tres (03) juegos instalaciones sanitarias, con su respectiva memoria y cálculos.
Tres (03) juegos de instalaciones de gas directo, con su respectiva memoria. Todos los
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juegos deben venir firmados por cada uno de los profesionales responsables de su contenido
y por el propietario en original la firma.
17. Consignar proyecto en digital (planos de las especialidades) en cd, en autocad versión 2007
El proyecto debe venir identificado y debidamente encarpetado, con sus respectivos ganchos
y los planos deben cumplir con las normas Covenin Venezolana n° 3477: 1999 (ntc
1687:1981).
Consideraciones para el desarrollo de la propuesta
Toda edificación asistencial, administrativa, comercial, cultural, deportivo, educacional,
religiosa o recreacional con acceso público, debe dar cumplimiento a lo establecido en la
ordenanza sobre normas para la construcción y adaptación de edificaciones de uso público,
accesibles a personas con impedimentos físicos.
Requisitos exigidos para Presentar un Anteproyecto de Edificación
1. Pago de tasa por tramitación administrativa.
2. Copia del documento de propiedad registrado o del contrato de arrendamiento o
enfiteusis con mensura catastral vigente, si se trata de un terreno propiedad del Municipio,
Estado o la Nación.
3. Copia de la constancia de inscripción catastral del terreno.
4. Copia de la certificación de solvencia municipal vigente, por concepto de impuestos sobre
inmuebles urbanos.
5. Solvencia(s) del colegio de arquitectos y/o del centro de ingenieros filial Carabobo, del
profesional responsable con sello húmedo.
6. Tres (03) juegos de planos de ubicación y situación en escala indicando puntos de
referencias, ríos, quebradas, cursos de aguas, vegetación mayor, torre de electricidad, líneas
de alta tensión y vías próximas según la nomenclatura vigente.
7. Plano topográfico del terreno en coordenadas UTM con el estudio de pendientes, en caso de
que las características del mismo lo ameriten.
8. Cuatro (04) juegos de planos de arquitectura a escala del desarrollo, junto con la memoria
descriptiva debidamente firmados por el propietario y por el profesional responsable.
9. El proyecto debe venir identificado y debidamente encarpetado en carpetas tamaño oficio
color marrón, con sus respectivos ganchos y los planos deben cumplir con las normas
Covenin Venezolana Nº 3477: 1999 (NTC 1687-1981).
Consideraciones para el desarrollo de la propuesta
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Toda edificación asistencial, administrativa, comercial, cultural, deportiva, educacional,
religiosa o recreacional con acceso público, debe dar cumplimiento a lo establecido en la
ordenanza sobre normas para la construcción y adaptación de edificaciones de uso público,
accesibles a personas con impedimentos físicos.
Requisitos exigidos para Presentar un Proyecto de Urbanismo.
1. Pago de tasa por tramitación administrativa.
2. Copia de consulta preliminar y/o del anteproyecto, si este se hubiese realizado
3. Copia del documento de propiedad debidamente registrado o copia del contrato de
arrendamiento, si se trata de una parcela propiedad del Municipio, Estado o de la Nación.
4. Copia de la constancia de inscripción catastral del terreno actualizada
5. Copia de la solvencia municipal vigente, del terreno por concepto de impuestos sobre
inmuebles urbanos
6. Certificación de capacidad de suministro de los servicios públicos o constancias de poder
suministrárselos por cuenta propia, aprobados por los organismos competentes, que son
con sellos húmedos.
7. Estudio de impacto vial.
8. Solvencia(s) vigentes del colegio de arquitectos filial Carabobo y del centro de ingenieros
de Carabobo, del profesional(es), proyectista(s) y responsable(s), que son con sellos
húmedos.
9. Presentar original del consentimiento por parte del Instituto Municipal Ambiental (IMA).
10. Cinco (05) copias de la memoria descriptiva debidamente firmadas por cada uno de los
profesionales responsables de su contenido en original.
11. Cinco (05) juegos de planos de los proyectos, debidamente firmados por cada uno de los
profesionales responsables de su contenido.
12. Cinco (05) juegos de planos del proyecto de redes de distribución de gas por el sistema de
canalización subterránea, debidamente firmados por el profesional responsable.
13. Cinco (05) juegos de planos de de acueductos, indicando diámetros y redes de distribución,
debidamente firmados en original por el profesional responsable.
14. Cinco (05) juegos de planos de de cloacas, indicando diámetros y redes de distribución y
pendientes y detalles, debidamente firmados en original por el profesional responsable.
15. Cinco (05) juegos de planos de aguas pluviales, indicando diámetros, pendientes y detalles,
debidamente firmados en original por el profesional responsable.
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16. Consignar proyecto de urbanismo en digital (planos de las especialidades) en cd, en autocad
versión 2007
Presentación del proyecto:
El proyecto debe venir identificado y debidamente encarpetado en carpetas marrones con sus
respectivos ganchos (no introducir planos en fundas plásticas) y los planos deben cumplir con
las normas covenin Venezolana n° 3477: 1999 (ntc 1687:1981).
Requisitos exigidos para Presentar una solicitud Categoría Clase A.
1. Pago de tasa por tramitación administrativa.
2. Copia de documento de propiedad registrado o del contrato de arrendamiento o enfiteusis con
mensura catastral vigente, si se trata de un terreno propiedad del Municipio, Estado o de la
Nación.
3. Copia de la solvencia de rentas municipales a nombre del propietario o propietarios del
inmueble.
4. Fotocopia de inscripción catastral actualizada.
5. Presentar original del consentimiento por parte del Instituto Municipal Ambiental (IMA) para
aquellas tramitaciones que requieran impacto ambiental tales como: talleres, productos
químicos, etc, que degraden el ambiente o estén en quebradas o ríos.
6. Original de la constancia de revisión de proyecto por parte del Cuerpo de Bombero cuando se
trate de edificio, locales comerciales, industrias, hoteles, clínicas, depósitos o edificaciones
que así lo ameriten, (correspondiente al decreto 46 (Reglamento sobre prevención contra
incendio).
7. Solvencia del colegio de arquitectos y del Centro Ingenieros del Estado Carabobo, del
profesional responsable con sello húmedo
8. Original de la actualización de certificación de servicios públicos en caso de proyecto que
implique aumento de área de construcción y densidad
9. Se exigirá la presentación de estudios de impacto vial en los desarrollos que contemplen
actividades capaces de generar los viajes vehiculares que afecten la capacidad de diseño y
funcionamiento de las vialidades contiguas, tales como comercio intermedio (c2) y general
(c3), hoteles, edificaciones educacionales, socio-culturales, recreacionales-deportivas,
asistenciales, desarrollos residenciales con mas de 100 unidades de vivienda y en los casos
especiales contemplados en el título VI, capítulo I de la ordenanza sobre el plan de desarrollo
urbano local del sector 4 (artículo 182) y del plan del sector 3 (artículo 107).
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10. Permiso expedido por parte de las autoridades competentes en materia de aviación civil,
(INAC) para aquellos desarrollos que se ubiquen dentro de las áreas del cono de
aproximación del aeropuerto internacional Arturo Michelena (parroquia Rafael Urdaneta).
11. Tres (03) juegos de planos del levantamiento topográfico del inmueble en coordenadas
UTM
12. Tres (03) juegos de planos de arquitectura, con su memoria descriptiva. Tres (3) juegos de
planos de estructura, con los cálculos correspondientes o justificativo estructural, con su
memoria descriptiva. Tres (03) copias de planos de instalaciones sanitarias con su memoria
descriptiva. Tres (03) juegos de planos de instalaciones mecánicas con copia de los cálculos
respectivos con su memoria descriptiva. Todo debe venir debidamente firmado tanto planos
como memorias por el propietario y por los profesionales correspondiente firma en original.
13. Consignar proyecto en digital (planos de las especialidades) en cd, en autocad versión 2007
14. Toda solicitud para modificar o ampliar una edificación requiere planos en los cuales se
diferencie lo solicitado de lo anteriormente permisado o construido, indicar el numero de
construcción original.
Casos propiedad horizontal:
15. En caso de edificaciones en propiedad horizontal, deben presentar autorización de todos
(100%) de los copropietarios del mismo.
Cerramiento de Linderos
1. En el caso de la solicitud para cerramiento de linderos debe presentar plano topográfico
indicando medidas y linderos del terreno, al igual que debe especificar los metros lineales del
cerramiento a ejecutar, además de los puntos 1,2,3,4 y 7.
Consideraciones que deben tomarse en cuenta para desarrollo de los proyectos:
Toda edificación asistencial, administrativa, comercial, cultural, deportiva, educacional,
religiosa o recreacional con acceso público, debe dar cumplimiento a lo establecido en la
ordenanza sobre normas para la construcción y adaptación de edificaciones de uso público,
accesibles a personas con impedimentos físicos.
Presentación del proyecto:
El proyecto debe venir identificado y debidamente encarpetado en carpetas marrones tamaño
oficio (no introducir planos en fundas plásticas) con sus respectivos ganchos y los planos
deben cumplir con las normas covenin Venezolana n° 3477: 1999 (ntc 1687:1981).
Requisitos exigidos para Presentar una solicitud Categoría Clase B.
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1. Pago de tasa por tramitación administrativa.
2. Copia de documento de propiedad registrado o del contrato de arrendamiento o enfiteusis con
mensura catastral vigente, si se trata de un terreno propiedad del municipio, estado o de la
Nación, en donde se indiquen las medidas de los linderos del terreno, o en su defecto
certificación de los linderos emitida por la Dirección de Catastro.
3. Copia de la solvencia de rentas municipales a nombre del propietario o propietarios del
inmueble.
4. Copia de la inscripción catastral del inmueble actualizada.
5. Plano de ubicación y situación del inmueble.
6. Fotografía del inmueble.
7. Solvencia del profesional con sello húmedo (Colegio de Ingenieros y Arquitectos filial del
Estado Carabobo.
8. Toda demolición deberá llevar la firma de un profesional responsable emitida por el colegio
del Estado Carabobo.
Requisitos exigidos para Presentar una solicitud de Sellado Extraordinario de Planos.
1. Pago de tasa por tramitación administrativa.
2. Copia de la solvencia de rentas municipales a nombre del propietario o propietarios del
inmueble en cuestión.
3. Los planos a resellar, deben estar firmados por el propietario.
Requisitos exigidos para Presentar una solicitud de Certificación de documentos.
1. Pago de tasa por tramitación administrativa.
2. Anexar copias a certificar
Requisitos exigidos para Presentar Certificación de Ajuste y Terminación de Obra para
Edificación
1. Constancia de pago de la tasa por concepto de tramitación administrativa.
2. Copia de la cedula catastral.
3. Copia de la certificación de solvencia municipal vigente, por concepto de impuestos sobre
inmuebles urbanos.
4. Original de la certificación del Instituto Municipal del Ambiente (I.M.A.)
5. Original del oficio de conformidad del cuerpo de bomberos, cuando así lo amerite.
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6. Copia a vista y devolución del original del oficio de conformidad del ministerio de salud y
desarrollo social .(sanidad)
7. Original de la factibilidad emitida por hidrocentro.
8. Fotocopia de certificación de parcela construida, emitida por la dirección de catastro según
artículo 23 de la ordenanza de construcción.
9. Copia de la constancia de adecuación a las variables urbanas fundamentales, expedida por la
dirección de control urbano.
10. Solvencia vigente del colegio de arquitectos y/o del centro de ingenieros del estado
Carabobo, del profesional responsable de la obra con sello húmedo.
11. Si a la obra se le realizaron modificaciones, deberán presentar copias de los permisos
aprobados con dichos cambios.
Requisitos exigidos para Presentar Certificación de Ajuste y Terminación de Obra para
Urbanismos.
1. Pago de tasa por tramitación administrativa.
2. Copia de la certificación de solvencia municipal vigente, por concepto de impuestos sobre
inmuebles urbanos.
3. Copia de la Protocolización de entrega de Áreas del Dominio Público, de acuerdo a lo
previsto en el Artículo 7°, Ordenanza que regula la Entrega y Recepción de Obras y Servicios
del Dominio Público .
4. Original del oficio de conformidad del IMA.
5. Copia a vista y devolución del original del Oficio de conformidad del Ministerio del Poder
Popular de Salud (SANIDAD).
6. Original del oficio de conformidad de Servicios Públicos (Pagos y Solvencia ante las
Instituciones: Hidrocentro, CANTV y Electricidad).
7. Original acta de recepción definitiva por parte de Hidrocentro, donde recibe las instalaciones
del urbanismo.
8. Acta de recepción definitiva por parte de la empresa que suministrará el servicio de
telecomunicaciones.
9. Original acta de recepción definitiva por parte de la empresa que suministrará el servicio de
eléctrico.
10. Copia con sello húmedo de la Solvencia Vigente del Colegio de Arquitectos y/o del centro
de ingenieros del Estado Carabobo, del profesional responsable de la obra.
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ESTADO CARABOBO
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11. Copia de la constancia de adecuación a las variables urbanas fundamentales, expedida por
la dirección de control urbano.
República Bolivariana de Venezuela
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Alcaldía del Municipio
Valencia
Dirección de Control Urbano
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PROCEDIMIENTOS
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Elaboración: --- Actualización: Noviembre2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: ANTEPROYECTO DE EDIFICACIÓN Y MODIFICACIÓN
ANTEPROYECTO DE EDIFICACIÓN
Responsable Acción
Asistente Administrativo de la
Dirección
Director(a) de Control Urbano
Asistente Administrativo de la
Dirección
Asistente Administrativo del
Departamento Control de Proyecto
Jefe(a) de Departamento Control de
Proyecto
Revisor del Departamento de Control
de Proyectos
1. Recibe, asienta en el libro el expediente y envía al
Director(a) de Control Urbano.
2. Recibe, realiza una pre-revisión estableciendo
observaciones preliminares para el Departamento de
Control de Proyectos y remite al Asistente
Administrativo de la Dirección.
3. Recibe y transfiere el expediente al Departamento
Control de Proyecto a través del Sistema SMART
para su revisión respectiva.
4. Recibe el expediente por el Sistema SMART, asienta
en los libros y envía al Jefe(a) de Departamento
Control de Proyectos
5. Recibe, revisa los recaudos y reasigna los
expedientes al Revisor correspondiente.
5.1 Si el expediente no cuenta con todos los
requisitos exigidos, devuelve al Asistente
Administrativo a fin de elaborar oficio de
rechazo.
5.2 En caso contrario, envía al revisor.
6. Recibe, chequea datos del inmueble: ubicación del
terreno en el Sistema de Georeferenciación Arcgis
(Geographic Information System) y asienta datos
del inmueble.
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Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: ANTEPROYECTO DE EDIFICACIÓN Y MODIFICACIÓN
ANTEPROYECTO DE EDIFICACIÓN
Responsable Acción
Revisor del Departamento de Control
de Proyectos
7. Revisa y asienta coordenadas UTM (Universal
Transverse Mercator).
8. Realiza inspección sitio.
9. Elabora ficha técnica con datos del inmueble.
10. Revisa planos a fin de verificar que cumplan con las
variables urbanas fundamentales.
11. Elabora ficha técnica.
12. Evalúa si la propuesta se ajusta a las variables
urbanas y procedimientos de acuerdo a las
ordenanzas y normas vigentes.
13. Realiza inspección en sitio.
13.1 En el caso de que se evidencie inicio de obra
antes de haber de introducido el anteproyecto
de edificación, remite el caso al Departamento
Legal para que imponga multa
correspondiente.
13.2 Si requiere evaluaciones adicionales, emite
prórroga al expediente.
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EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE
2016.
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Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 28 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: ANTEPROYECTO DE EDIFICACIÓN Y MODIFICACIÓN
ANTEPROYECTO DE EDIFICACIÓN
Responsable Acción
Revisor del Departamento de Control
de Proyectos
Asistente Administrativo del
Departamento Control de Proyecto
Asistente Administrativo de la
Dirección
Asistente Administrativo del
Departamento Control de Proyecto
Jefe(a) de Departamento Control de
Proyecto/ Revisor Departamento
Control de Proyecto
13.3 En caso de que se requiera consulta interna de la
Dirección de Planeamiento Urbano para
complementar la revisión, remite el caso con la
aprobación del Jefe(a) de Departamento de
Control de Proyecto.
13.3.1 Verifica la evaluación emitida por
Dirección de Planeamiento Urbano y
en caso de que el expediente
cumpla con las variables urbanas y
requisitos, o bien el expediente sea
rechazado; entrega al Asistente
Administrativo del Departamento para
que elabore la resolución.
14. Recibe el expediente y envía al Asistente
Administrativo de la Dirección de Control Urbano a
fin de que le asigne número y fecha de resolución
15. Recibe el expediente, asigna número y fecha de la
resolución, anotándolo en el libro correspondiente
y devuelve al Asistente Administrativo del
Departamento Control de Proyecto.
16. Recibe expediente, elabora oficio de rechazo o
aprobado, entrega al Revisor para su firma y
revisión del oficio y envía al Jefe(a) de
Departamento
17. Recibe y revisa oficio de rechazo o de aprobación.
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Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 29 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: ANTEPROYECTO DE EDIFICACIÓN Y MODIFICACIÓN
ANTEPROYECTO DE EDIFICACIÓN
Responsable Acción
Jefe(a) de Departamento Control de
Proyecto/ Revisor Departamento
Control de Proyecto
Asistente Administrativo
Departamento Control de Proyectos
Asistente Administrativo de la
Dirección
Director(a) de Control Urbano
Asistente Administrativo de la
Dirección
Coordinador(a)
17.1 Si tiene alguna observación, devuelve al
Asistente Administrativo para su
corrección.
17.2 Si no tiene observación, firma el oficio de
rechazo o de aprobación y entrega al
Asistente Administrativo.
18. Recibe, asienta en libro y transfiere el expediente
por el Sistema SMART a la Dirección de Control
Urbano.
19. Recibe el expediente tanto por el Sistema SMART
como por libro y entrega al Director(a) de Control
de Urbano.
20. Recibe, revisa y evalúa el expediente.
20.1En caso de presentar alguna observación,
devuelve al Departamento Control de
Proyecto para su corrección.
20.2En caso de no tener objeción firma Oficio de
Rechazo o de aprobación y se lo entrega al
Asistente Administrativo de la Dirección.
21.Recibe, asienta en el libro y transfiere el expediente
por el Sistema SMART al Coordinador(a).
22. Recibe los expedientes.
22.1 En caso de que el expediente es rechazado,
desglosa los expedientes devolviendo todos
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Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: ANTEPROYECTO DE EDIFICACIÓN Y MODIFICACIÓN
ANTEPROYECTO DE EDIFICACIÓN
Responsable Acción
Coordinador(a)
Revisor Departamento Control de
Proyecto
Coordinador(a)
Archivista
Asistente Administrativo
Departamento Control de Proyectos
los recaudos con la resolución original de
rechazo, registra en libro salida de expediente
y transfiere por el Sistema SMART a la
División de Taquilla Única.
22.2 En caso de ser aprobado, sella los planos y
devuelve al Revisor del Departamento
Control de Proyecto para su firma
23. Recibe, firma los planos aprobados y devuelve al
Coordinador(a).
24. Recibe los planos ya firmados.
25. Desglosa los expedientes que se entregaran al
contribuyente y los documentos que van a
reposar en los archivados del Departamento Control
de Proyectos y al Archivo de la Dirección.
26. Envía en físico los planos aprobados y oficio de
aprobación al Archivo de la Dirección.
27. Envía al Departamento Control de Proyecto oficio
de aprobación o rechazo.
28. Transfiere a la División de Taquilla Única por el
Sistema SMART planos y oficio de aprobación.
29. Recibe los expedientes, asienta en los libros
correspondientes de acuerdo a la resolución y
archiva los documentos y planos aprobados
30. Recibe copia de oficio de rechazo o de aprobación y
archiva
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Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 31 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: PROYECTO DE EDIFICACIÓN, MODIFICACIÓN Y/O
AMPLIACIÓN EDIFICACIÓN
Responsable Acción
Asistente Administrativo de la
Dirección de Control Urbano.
Director(a) de Control Urbano
Asistente Administrativo de la
Dirección
Asistente Administrativo del
Departamento de Control de
Proyectos
Jefe(a) del Departamento de Control
de Proyectos
Revisor del Departamento de Control
de Proyectos
1.Recibe, asienta en el libro el expediente y envía al
Director(a) de Control Urbano.
2.Recibe, realiza una pre-revisión estableciendo
observaciones preliminares para el Departamento de
Control de Proyectos y remite al Asistente
Administrativo de la Dirección.
3.Recibe, transfiere el expediente al Departamento de
Control de Proyecto a través del Sistema SMART
para su asignación y revisión respectiva.
4.Recibe el expediente por el Sistema SMART, asienta
en los libros de acuerdo al tipo de solicitud y envía al
Jefe(a) del Departamento de Control de Proyectos.
5.Recibe, revisa los recaudos y reasigna los
expedientes al Revisor correspondiente.
5.1 Si el expediente no cuenta con todos los
requisitos exigidos, devuelve al Asistente
Administrativo a fin de elaborar oficio de
rechazo.
5.2 En caso contrario, envía al Revisor
6.Recibe, chequea datos del inmueble: Ubicación del
terreno en el Sistema de Georeferenciación Arcgis
(Geographic Information System) y asienta datos del
inmueble.
7.Revisa y Asienta Coordenadas U.T.M (Universal
Transverse Mercator.).
8.Realiza inspección sitio
9.Verifica alineamiento.
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Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 32 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: PROYECTO DE EDIFICACIÓN, MODIFICACIÓN Y/O
AMPLIACIÓN EDIFICACIÓN
Responsable Acción
Revisor del Departamento de Control
de Proyectos
10. Elabora ficha técnica con datos del inmueble.
11. Revisa planos a fin de verificar que cumplan con las
variables urbanas fundamentales.
12. Elabora informe técnico.
13. Evalúa si la propuesta se ajusta a las variables
urbanas y procedimientos de acuerdo a las
ordenanzas y normas vigentes.
14. Realiza inspección en sitio.
14.1 En el caso de que se evidencie inicio de obra
antes de haber de introducido el proyecto de
edificación, remite el caso al Departamento
Legal para que imponga multa
correspondiente.
14.2 Si requiere evaluaciones adicionales, emite
prórroga al expediente.
14.3 En caso de que se requiera consulta interna de
la Dirección de Planeamiento Urbano para
complementar la revisión, remite el caso con
la aprobación del Jefe(a) de Departamento de
Control de Proyecto.
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MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 33 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: PROYECTO DE EDIFICACIÓN, MODIFICACIÓN Y/O
AMPLIACIÓN EDIFICACIÓN
Responsable Acción
Revisor del Departamento de Control
de Proyectos
Asistente Administrativo del
Departamento Control de Proyecto
Asistente Administrativo de la
Dirección
Asistente Administrativo del
Departamento Control de Proyecto
14.3.1 Verifica la evaluación emitida por la
Dirección de Planeamiento Urbano y
en caso de que el expediente cumpla
con las variables urbanas y
requisitos, o bien el expediente sea
rechazado; entrega al Asistente
Administrativo del Departamento a
fin de proceder a elaborar la
resolución.
15. Recibe el expediente y envía al Asistente
Administrativo de la Dirección de Control Urbano
a fin de que le asigne número y fecha de
resolución
16. Recibe el expediente, asigna número y fecha de la
resolución, anota en el libro correspondiente y
devuelve al Asistente Administrativo del
Departamento Control de Proyecto.
17. Recibe expediente, elabora la constancia de
adecuación a las variables urbanas fundamentales u
oficio de rechazo, entrega al Revisor para revisión,
firma del oficio y envía al Jefe(a) de Departamento.
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Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 34 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: PROYECTO DE EDIFICACIÓN, MODIFICACIÓN Y/O
AMPLIACIÓN EDIFICACIÓN
Responsable Acción
Jefe(a) de Departamento de Control
de Proyecto/ Revisor del
Departamento Control de Proyecto
Asistente Administrativo del
Departamento Control de Proyectos.
Asistente Administrativo de la
Dirección
Director(a) de Control Urbano
Asistente Administrativo de la
Dirección
Coordinador(a)
18. Recibe y revisa constancia de adecuación u oficio
de rechazo.
18.1 Si tiene alguna observación, devuelve al
Asistente Administrativo para su corrección.
18.2 Si no tiene observación, firma la constancia u
oficio de rechazo y entrega al Asistente
Administrativo.
19. Recibe, asienta en el libro y transfiere por el
Sistema SMART el expediente, a la Dirección de
Control Urbano.
20. Recibe el expediente tanto por el Sistema SMART
como por libro y entrega al Director(a) de Control
Urbano.
21. Recibe, revisa y evalúa los expedientes.
21.1 En caso de presentar alguna observación
devuelve al Departamento de Control de
Proyecto para su corrección.
21.2 En caso de no tener objeción, firma la
constancia de adecuación u oficio de
rechazo y entrega al Asistente
Administrativo de la Dirección.
22. Recibe, asienta en el libro y transfiere el
expediente por el Sistema SMART al
Coordinador(a).
23. Recibe los expedientes.
23.1 En caso de que el expediente es rechazado,
desglosan los expedientes devolviendo
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Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 35 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: PROYECTO DE EDIFICACIÓN, MODIFICACIÓN Y/O
AMPLIACIÓN EDIFICACIÓN
Responsable Acción
Coordinador(a)
Revisor del Departamento Control de
Proyecto
Coordinador(a)
todos los recaudos con la resolución original
de rechazo, registra en libro salida de
expediente y transfiere por el Sistema
SMART a la División de Taquilla Única.
23.2 En caso de ser aprobado, sella los planos y
devuelve al Revisor del Departamento de
Control de Proyecto para su firma.
24. Recibe, firma los planos de arquitectura aprobados
y devuelve al Coordinador(a).
25. Recibe nuevamente los planos ya firmados.
26. Verifica si existe diferencia por cancelar en cuanto
a la tasa administrativa.
26.1 Si existe diferencia, calcula y entrega el
recibo al contribuyente para que cancele.
26.2 Si canceló, desglosa los expedientes a ser
entregados al contribuyente y los documentos
que van a reposar en los archivos del
Departamento de Control de Proyectos y de la
Dirección.
27. Envía en físico los planos aprobados y constancia
de adecuación a las variables urbanas
fundamentales al Archivo de la Dirección.
28. Envía al Departamento de Control de proyecto
oficio de la constancia de adecuación a las
variables urbanas fundamentales.
29. Transfiere a la División de Taquilla Única
COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO
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MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 36 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: PROYECTO DE EDIFICACIÓN, MODIFICACIÓN Y/O
AMPLIACIÓN EDIFICACIÓN
Responsable Acción
Coordinador(a)
Archivista
Asistente Administrativo del
Departamento de Control de
Proyectos
por el Sistema SMART planos aprobados y la
constancia de adecuación a las variables urbanas
fundamentales.
30. Recibe los expedientes, asienta en los libros
correspondientes de acuerdo a la resolución y
archiva los documentos y planos aprobados.
31. Recibe copia de resolución de aprobación o
rechazo de constancia de adecuación a las
variables urbanas fundamentales y archiva.
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Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 37 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: PROYECTO DE URBANISMO, MODIFICACIÓN Y/O
AMPLIACIÓN DE URBANISMO
Responsable Acción
Asistente Administrativo de la
Dirección
Director(a) de Control Urbano
Asistente Administrativo de la
Dirección
Asistente Administrativo del
Departamento de Control de Proyecto
Jefe(a) del Departamento Control de
Proyecto
Revisor del Departamento de Control
de Proyectos
1. Recibe, asienta en el libro el expediente y envía al
Director(a) de Control de Urbano.
2. Recibe, realiza una pre-revisión estableciendo
observaciones preliminares para el Departamento de
Control de Proyectos y remite al Asistente
Administrativo de la Dirección.
3. Recibe y transfiere el expediente al Departamento
de Control de Proyecto a través del Sistema
SMART para su asignación y revisión respectiva.
4. Recibe el expediente por el Sistema SMART,
asienta en el libro y envía al Jefe(a) del
Departamento Control de Proyectos.
5. Recibe, revisa los recaudos y reasigna los
expedientes al Revisor correspondiente.
5.1 Si el expediente no cuenta con todos los
requisitos exigidos, devuelve al Asistente
Administrativo a fin de elaborar oficio de
rechazo.
5.2 En caso contrario, envía al Revisor.
6. Recibe, chequea datos del inmueble: ubicación del
terreno en el Sistema de Georeferenciación Arcgis
(Geographic Information System) y asienta datos
del inmueble.
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MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 38 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: PROYECTO DE URBANISMO, MODIFICACIÓN Y/O
AMPLIACIÓN DE URBANISMO
Responsable Acción
Revisor del Departamento de Control
de Proyectos
7. Revisa y asienta coordenadas UTM (Universal
Transverse Mercator).
8. Realiza inspección sitio.
9. Elabora ficha técnica con datos del inmueble.
10. Revisa planos a fin de verificar que cumplan con
las variables urbanas fundamentales.
11. Elabora informe técnico.
12. Evalúa si la propuesta se ajusta a las variables
urbanas y procedimientos de acuerdo a las
ordenanzas y normas vigentes.
13. Realiza inspección en sitio.
13.1 En el caso de que se evidencie inicio de obra
antes de haber de introducido el proyecto de
urbanismo, remite el caso al Departamento
Legal para que imponga multa
correspondiente.
13.2 Si requiere evaluaciones adicionales se emite
prórroga al expediente.
COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO
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Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 39 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: PROYECTO DE URBANISMO, MODIFICACIÓN Y/O
AMPLIACIÓN DE URBANISMO
Responsable Acción
Revisor del Departamento de Control
de Proyectos
Asistente Administrativo del
Departamento Control de Proyecto
Asistente Administrativo de la
Dirección
Asistente Administrativo del
Departamento Control de Proyecto
Jefe(a) de Departamento Control de
Proyecto/ Revisor del Departamento
Control de Proyecto
13.3 En caso de que se requiera consulta interna
de la Dirección de Planeamiento Urbano
para complementar la revisión, remite el
caso con la aprobación del Jefe(a) de
Departamento de Control de Proyecto.
13.3.1. Verifica la evaluación emitida por la
Dirección de Planificación Urbana
y en caso de que el expediente
cumpla con las variables urbanas y
requisitos, o bien el expediente sea
rechazado; entrega al Asistente
Administrativo del Departamento a
fin de elaborar la resolución.
14. Recibe el expediente y envía al Asistente
Administrativo de la Dirección de Control Urbano
a fin de que le asigne número y fecha de
resolución
15. Recibe el expediente, asigna número y fecha de la
resolución, anota en el libro correspondiente y
devuelve al Asistente Administrativo del
Departamento Control de Proyecto.
16. Recibe expediente, elabora la constancia de
adecuación a las variables urbanas fundamentales u
oficio de rechazo y entrega al Revisor para revisión,
firma del oficio y envía al Jefe(a) de Departamento.
17. Recibe y revisa constancia de adecuación u oficio
de rechazo.
17.1 Si tiene alguna observación devuelve al
Asistente Administrativo para su corrección.
COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO
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2016.
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MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 40 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: PROYECTO DE URBANISMO, MODIFICACIÓN Y/O
AMPLIACIÓN DE URBANISMO
Responsable Acción
Jefe(a) de Departamento Control de
Proyecto/ Revisor del Departamento
Control de Proyecto
Asistente Administrativo
Departamento Control de Proyectos
Asistente Administrativo de la
Dirección
Director(a) de Control Urbano
Asistente Administrativo de la
Dirección.
Coordinador(a)
17.2 Si no tiene observación firma la Constancia u
oficio de Rechazo y entrega al Asistente
Administrativo.
18. Recibe, asienta en libro y transfiere por el Sistema
SMART el expediente, a la Dirección de Control
Urbano.
19. Recibe el expediente tanto por el Sistema SMART
como por libro y entrega al Director(a) de Control
Urbano.
20. Recibe, revisa y evalúa los expedientes.
20.1En caso de presentar alguna observación,
devuelve al Departamento de Control de
Proyecto para su corrección.
20.2 En caso de no tener objeción, firma la
constancia de adecuación u oficio de
rechazo y entrega al Asistente
Administrativo de la Dirección.
21. Recibe, asienta en el libro y transfiere el
expediente por el Sistema SMART al
Coordinador(a).
22. Recibe los expedientes.
22.1 En caso de ser aprobado, sella los planos y
devuelve al Revisor del Departamento de
Control de Proyecto para su firma
COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO
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Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 41 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: PROYECTO DE URBANISMO, MODIFICACIÓN Y/O
AMPLIACIÓN DE URBANISMO
Responsable Acción
Coordinador(a)
Revisor del Departamento Control de
Proyecto
Coordinador(a)
22.2 En caso de que el expediente es Rechazado,
desglosa los expedientes devolviendo todos
los recaudos con la resolución original de
rechazo, registra en libro salida de expediente
y transfiere por el Sistema SMART a la
División de Taquilla Única.
23. Recibe, firma los planos de arquitectura aprobados
y devuelve al Coordinador(a).
24. Recibe los planos ya firmados.
25. Verifica si existe diferencia por cancelar en cuanto
a la tasa administrativa.
25.1. Si existe diferencia, calcula y entrega el
recibo al contribuyente para que cancele.
26. Desglosa los expedientes a ser entregados al
contribuyente además los documentos que van a
reposar tanto en los archivos del Departamento de
Control de Proyectos, la Dirección y Oficina
Municipal de Planificación Urbana.
27. Envía en físico los planos aprobados y constancia
de adecuación a las variables urbanas
fundamentales al Archivo de la Dirección.
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MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 42 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: PROYECTO DE URBANISMO, MODIFICACIÓN Y/O
AMPLIACIÓN DE URBANISMO
Responsable Acción
Coordinador(a)
Archivista
Asistente Administrativo
Departamento de Control de
Proyecto
28. Envía al Departamento de Control de Proyecto
oficio de la constancia de adecuación a las
variables urbanas fundamentales y planos
aprobados; además los planos que van a ser
enviados a Oficina Municipal de Planificación
Urbana y a la Dirección de Catastro.
29. Transfiere a la División de Taquilla Única por
el Sistema SMART planos aprobados y la
constancia de adecuación a las variables urbanas
fundamentales.
30. Recibe los expedientes, asienta en los libros
correspondientes de acuerdo a la resolución y
archiva los documentos y planos aprobados.
31. Recibe los planos y constancia de adecuación a las
variables urbanas fundamentales y archiva.
32. Envía a la Dirección de Planeamiento Urbano y a
la Dirección de Catastro mediante memorando los
planos aprobados.
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Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 43 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: SELLADO EXTRAORDINARIO DE PLANOS Y
CERTIFICACIÓN DE COPIAS
Responsable Acción
Asistente Administrativo de la
Dirección
Director de Control Urbano
Asistente Administrativo de la
Dirección
Asistente Administrativo del
Departamento Control de Proyecto
Jefe(a) Departamento Control de
Proyecto
Revisor del Departamento Control de
Proyecto
1. Recibe, asienta en el libro el expediente y envía al
Director(a) de Control Urbano.
2. Recibe, realiza una pre-revisión estableciendo
observaciones preliminares para el Departamento de
Control de Proyectos y remite al Asistente
Administrativo de la Dirección.
3. Recibe y transfiere el expediente al Departamento
de Control de Proyecto a través del Sistema
SMART para su revisión respectiva.
4. Recibe el expediente por el Sistema SMART,
asienta en el libro y envía al Jefe(a) de
Departamento de Control de Proyectos.
5. Recibe, revisa los recaudos y reasigna los
expedientes al Revisor correspondiente.
5.1 Si el expediente no cuenta con todos los
requisitos exigidos, devuelve al Asistente
Administrativo a fin de elaborar oficio de
rechazo.
5.2 Si el expediente cumple con todos los
requisitos, entrega al Revisor.
6. Recibe, verifica recaudos de expediente y chequea:
ubicación de plano o documento en archivo según
los requerimientos de la solicitud realizada.
6.1 En caso de que el expediente cumpla los
parámetros y requisitos establecidos, aprueba la
solicitud.
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DIRECCIÓN DE CONTROL
URBANO
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MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 44 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: SELLADO EXTRAORDINARIO DE PLANOS Y
CERTIFICACIÓN DE COPIAS
Responsable Acción
Revisor del Departamento Control de
Proyecto
Asistente Administrativo del
Departamento Control de Proyecto
Asistente Administrativo de la
Dirección
Asistente Administrativo del
Departamento Control de Proyecto
Jefe(a) de Departamento Control de
Proyecto/ Revisor del Departamento
Control de Proyecto
Asistente Administrativo
Departamento Control de Proyectos
6.2 Si el expediente es rechazado, entrega al
Asistente Administrativo del Departamento para
que elabore la resolución.
7. Recibe el expediente y envía al Asistente
Administrativo de la Dirección de Control Urbano a
fin de que le asigne número y fecha de resolución
8. Recibe el expediente, asigna número y fecha de la
resolución, anota en el libro correspondiente y
devuelve al Asistente Administrativo del
Departamento de Control de Proyecto.
9. Recibe expediente, elabora oficio de aprobación o
rechazo y entrega al Jefe(a) de Departamento de
Control de Proyectos.
10. Recibe y revisa oficio de aprobación u oficio de
rechazo.
10.1 Si tiene alguna observación, devuelve al
Asistente Administrativo para su corrección.
10.2 Si no tiene observación, firma el oficio y entrega
al Asistente Administrativo.
11. Recibe, asienta en libro y transfiere por el Sistema
SMART el expediente, a la Dirección de Control
Urbano.
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Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 45 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: SELLADO EXTRAORDINARIO DE PLANOS Y
CERTIFICACIÓN DE COPIAS
Responsable Acción
Asistente Administrativo de la
Dirección
Director(a) de Control Urbano
Asistente Administrativo de la
Dirección.
Coordinador(a)
12. Recibe el expediente tanto por el Sistema SMART
como por libro y entrega al Director(a) de Control
Urbano.
13. Recibe y revisa la solicitud.
13.1 En caso de presentar alguna observación,
devuelve al Departamento de Control de
Proyecto para su corrección.
13.2 En caso de no tener objeción, firma oficio y
entrega al Asistente Administrativo de la
Dirección.
14. Recibe, asienta en el libro y transfiere el
expediente por el Sistema SMART al
Coordinador(a).
15. Recibe los expedientes.
15.1 En caso de ser aprobado, sella los planos y
devuelve al Revisor del Departamento
Control de Proyecto para
su firma.
15.2 En caso de que el expediente sea rechazado,
desglosa devolviendo todos los recaudos con
la resolución original de rechazo, registra en
libro salida de expediente y transfiere por el
Sistema SMART a la División de Taquilla
Única.
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Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 46 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: SELLADO EXTRAORDINARIO DE PLANOS Y
CERTIFICACIÓN DE COPIAS
Responsable Acción
Revisor del Departamento Control de
Proyecto
Coordinador(a)
Archivista
Asistente Administrativo
Departamento Control de Proyecto
16. Recibe, firma los planos de arquitectura y devuelve
al Coordinador(a).
17. Recibe los planos ya firmados.
18. Desglosa los expedientes a ser entregados al
contribuyente además los documentos que van a
reposar tanto en los archivados del Departamento
Control de Proyectos como en el archivo de la
Dirección.
19. Transfiere a la División de Taquilla Única por el
Sistema SMART)planos aprobados y oficio.
20. Envía al Departamento de Control de Proyecto
oficio de aprobación o rechazo a fin de ser
archivados.
21. Envía al Archivo de la Dirección oficio de
aprobación.
22. Recibe oficio, asienta en los libros correspondientes
de acuerdo a la resolución y archiva los
documentos.
23. Recibe copia de oficio aprobado o rechazado y
archiva
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Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: ADECUACIÓN CLASE A (CERRAMIENTO DE LINDEROS,
REPARACIÓN MENOR Y OTROS) Y CLASE B (DEMOLICIÓN)
Responsable Acción
Asistente Administrativo de la
Dirección
Director(a) de Control Urbano
Asistente Administrativo de la
Dirección
Asistente Administrativo del
Departamento de Control de Proyecto
Jefe(a) de Departamento Control de
Proyecto
Revisor del Departamento de Control
de Proyectos
1. Recibe, asienta en el libro el expediente y envía al
Director(a) de Control Urbano.
2. Recibe y realiza una pre-revisión estableciendo
observaciones preliminares para el Departamento de
Control de Proyectos y remite al Asistente
Administrativo de la Dirección.
3. Recibe y transfiere el expediente al Departamento
de Proyecto a través del Sistema SMART para su
revisión respectiva.
4. Recibe el expediente por el Sistema SMART,
asienta en el libro y envía al Jefe(a) de
Departamento de Control de Proyectos
5. Recibe, revisa los recaudos y reasigna los
expedientes al Revisor correspondiente.
5.1 Si el expediente no cuenta con todos los
requisitos exigidos, devuelve al Asistente
Administrativo a fin de elaborar oficio de
rechazo.
5.2 En caso contrario, envía al Revisor.
6. Recibe, chequea datos del inmueble (Ubicación del
terreno en el Sistema de Georeferenciación Arcgis
(Geographic Information System) y asienta datos
del inmueble.
7. Revisa y asienta coordenadas UTM (Universal
Transverse Mercator.).
8. Realiza inspección sitio.
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MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 48 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: ADECUACIÓN CLASE A (CERRAMIENTO DE LINDEROS,
REPARACIÓN MENOR Y OTROS) Y CLASE B (DEMOLICIÓN)
Responsable Acción
Revisor del Departamento de Control
de Proyectos
Asistente Administrativo del
Departamento Control de Proyecto
Asistente Administrativo de la
Dirección
9. Elabora ficha técnica con datos del inmueble.
10. Elabora informe técnico.
11. Evalúa si la propuesta se ajusta a las variables
urbanas y procedimientos de acuerdo a las
ordenanzas y normas vigentes.
12. Realiza inspección en sitio.
12.1 En caso de que el expediente cumpla con las
variables urbanas y requisitos, o bien el
expediente sea rechazado; entrega al
Asistente Administrativo del Departamento
a fin de elaborar la resolución.
13. Recibe el expediente y envía al Asistente
Administrativo de la Dirección de Control Urbano
a fin de que le asigne número y fecha de
resolución.
14. Recibe el expediente, asigna número y fecha de la
resolución, anota en el libro correspondiente y
devuelve al Asistente Administrativo del
Departamento.
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DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO
MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 49 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: ADECUACIÓN CLASE A (CERRAMIENTO DE LINDEROS,
REPARACIÓN MENOR Y OTROS) Y CLASE B (DEMOLICIÓN)
Responsable Acción
Asistente Administrativo del
Departamento Control de Proyecto
Jefe(a) de Departamento Control de
Proyecto/ Revisor Departamento
Control de Proyecto
Asistente Administrativo
Departamento Control de Proyectos.
Asistente Administrativo de la
Dirección
Director(a) de Control Urbano
15. Recibe expediente, elabora la constancia de
adecuación a las variables urbanas fundamentales
u oficio de rechazo y entrega al Revisor para firma
y revisión de oficio.
16. Envía al Jefe(a) de Departamento.
17. Recibe y revisa constancia de adecuación u oficio
de rechazo.
17.1 Si tiene alguna observación, devuelve al
Asistente Administrativo para su corrección.
17.2 Si no tiene observación, firma la constancia u
oficio de rechazo y entrega al Asistente
Administrativo.
18. Recibe, asienta en libro y transfiere por el Sistema
SMART el expediente, a la Dirección de Control
Urbano.
19. Recibe el expediente tanto por el Sistema SMART
como por libro y entrega al Director(a) de Control
Urbano.
20. Recibe, revisa y evalúa los expedientes.
20.1 En caso de presentar alguna observación,
devuelve al Departamento de Control de
Proyecto para su corrección.
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DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO
MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 50 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: ADECUACIÓN CLASE A (CERRAMIENTO DE LINDEROS,
REPARACIÓN MENOR Y OTROS) Y CLASE B (DEMOLICIÓN)
Responsable Acción
Director(a) de Control Urbano
Asistente Administrativo de la
Dirección.
Coordinador(a)
Archivista
Asistente Administrativo
Departamento Control de Proyecto
20.2 En caso de no tener objeción, firma la
constancia de adecuación u oficio de
rechazo y entrega al Asistente
Administrativo de la Dirección.
21. Recibe, asienta en el libro y transfiere el
expediente por el Sistema SMART al
Coordinador(a).
22. Recibe y desglosa los expedientes que entregará
al contribuyente y los documentos que van a
reposar en los archivados del Departamento de
Control de Proyectos y al Archivo de la Dirección.
23. Transfiere a la División de Taquilla Única por
el Sistema SMART oficio de aprobación o
rechazo.
24. Envía en físico el oficio de aprobación y
recaudos al Archivo de la Dirección.
25. Envía al Departamento Control de Proyecto oficio
aprobado y/o rechazado para su archivo.
26. Recibe los expedientes, asienta en los libros
correspondientes de acuerdo a la resolución y
archiva los documentos.
27. Recibe copia de oficio aprobado o rechazado y
archiva.
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MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 51 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: RECEPCIÓN Y PROCESAMIENTO DE DENUNCIAS
Responsable Acción
Asistente Administrativo de la
Dirección de Control Urbano
Director(a) de Control Urbano
Asistente Administrativo de la
Dirección de Control Urbano
Asistente Administrativo
Dpto. de Inspección y Fiscalización
Jefe(a) del Departamento de
Inspección y Fiscalización
Profesional Inspector
1.Recibe las denuncias, asienta en libro y envía al
Director(a) de Control Urbano.
2.Recibe la denuncia, asigna al Departamento de
Inspección y Fiscalización y envía al Asistente
Administrativo de la Dirección.
3.Recibe y transfiere la denuncia al Asistente
Administrativo del Departamento de Inspección y
Fiscalización a través del Sistema SMART y
mediante libro.
4.Recibe por el Sistema SMART, registra en el libro y
envía al Jefe(a) del Departamento de Inspección y
Fiscalización.
5.Recibe, evalúa la denuncia y asigna al Profesional
Inspector.
6.Recibe, evalúa la denuncia, verifica la ubicación en el
Sistema de Ubicación Geográfica (ARCGIS) zonifica
y verifica afectación vial.
7.Realiza la inspección ocular en sitio.
7.1 Si existe violación de las variables urbanas
fundamentales, entrega acta de Inspección y
citación.
7.2 No existe violación se indica en el informe y se
archiva.
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MANUALNORMAS Y PROCEDIMIENTOS DIRECCION DE CONTROL URBANO VALENCIA
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MANUALNORMAS Y PROCEDIMIENTOS DIRECCION DE CONTROL URBANO VALENCIA

  • 1. MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. República Bolivariana de Venezuela Estado Carabobo Alcaldía del Municipio Valencia Dirección de Control Urbano ALCALDIA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO
  • 2. 1 DIA MES AÑO ALCV-DPP-JCG-F-002 Solicitud de Proyecto de Edificación Solicitud de Proyecto de Urbanismo Modificación de Proyecto de Urbanismo ALCV-DCU-F-010 ALCV-DCU-F-011 X X X X X X X X X X X Sellado Extraordinario de Planos Solicitud de Certificación de Copias Certificación. Terminación de Obras para Edificación. ALCV-DCU-F-008 ALCV-DCU-F-009 Planilla de Denuncias Certificifación. Terminación de Obras para urbanismo Autorización. para Rotura de Aceras y Calzadas ALCV-DCU-F-012 ALCV-DCU-F-007 ALCV-DCU-F-006 ALCV-DCU-F-002 ALCV-DCU-F-003 ALCV-DCU-F-004 ALCV-DCU-F-005 Adecuación para Categoría Clase A Adecuación para Categoría Clase B ELABORADO POR: DIRECCION CONTROL URBANO UNIDAD EJECUTORA: DIRECCION DE CONTROL URBANO ALCV-DCU-F-001 X CONTROL DE DOCUMENTOS Solicitud de Anteproyecto de Edificación ÍTEM REGISTRO FECHA DE MODIFICACION STATUS ACTIVO INACTIVO REVISADO POR: DIRECCION CONTROL URBANO APROBADO POR: DIRECCION CONTROL URBANO AlLCALDIA BOLIVARIANADE VALENCIA DIRECCIONDE CONTROLURBANO COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016.
  • 3. Republica Bolivariana de venezuela Estado Carabobo Alcaldia del Municipio Valencia Direccion de Control Urbano REVISAR/ ACTUALIZAR DOCUMENTOS DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO DATOS DEL DOCUMENTO Item Nombre Nº de Pág. Sustituida Fecha de Revisión Fecha de Aprobación Descripcion de la Modificación COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016.
  • 4. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 4 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 APROBACIÓN COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO CARABOBO ALCALDIA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO En cumplimiento con lo establecido en la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, específicamente en el Artículo 140: mediante el cual se establece “…Corresponde a la máxima autoridad de cada organismo o entidad la responsabilidad de establecer y mantener un sistema de control interno adecuado a la naturaleza, estructura y fines de la organización…”, en concordancia con lo señalado en la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, en el Artículo 37: “Cada entidad del sector público elaborará, en el marco de las normas básicas dictadas por la Contraloría General de la República, las normas, manuales de procedimientos, indicadores de gestión, índices de rendimiento y demás instrumentos o métodos específicos para el funcionamiento del sistema de contro interno.” Asimismo, en el Artículo 92 de la misma Ley se establece “Las máximas autoridades, los niveles directivos y gerenciales de los organismos señalados en el Artículo 9 numerales 1 al 11 de esta ley, además de estar sujetos a las responsabilidades definidas en este Capítulo, comprometen su responsabilidad administrativa cuando no dicten las normas, manuales de procedimientos, métodos y demás instrumentos que constituyan el sistema de control interno, o no lo implanten, o cuando no acaten las recomendaciones…” En virtud de lo anteriormente expuesto, Yo, Michele Cochiola Pugliese, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.599.749, Alcalde del Municipio Valencia, apruebo la información contenida en el presente “Manual de Normas y Procedimientos de la Dirección de Control Urbano”, el cual contiene la descripción de las actividades que deben seguirse en la realización de las funciones encomendadas a esta Dirección de Control Urbano, órgano de la rama ejecutiva del Municipio Valencia. En consecuencia a partir de la presente fecha entra en vigencia, quedando bajo la responsabilidad de la Dirección de Control Urbano, las revisiones y actualizaciones que sean necesarias para mantener actualizada la información presentada en este documento. En Valencia, a los 18 días del mes de febrero de 2016. ___________________________ Michele Cochiola Pugliese Alcalde del Municipio Valencia
  • 5. ALCALDÍA BOLIVARIANA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 5 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 INDICE COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO CARABOBO ALCALDIA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO PAG INTRODUCCIÒN 6 OBJETIVOS Y ALCANCE DEL MANUAL 8 MARCO LEGAL 9 NORMAS GENERALES Y ESPECIFICAS 16 PROCEDIMIENTOS 25 FLUJOGRAMAS 69 FORMULARIOS E INSTRUCTIVO DE LLENADO 111 GLOSARIO DE TERMINOS 158
  • 6. ALCALDÍA BOLIVARIANA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 6 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 INTRODUCCIÓN COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO CARABOBO ALCALDIA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO De acuerdo con lo establecido en los Artículos 73 y 74 de la Reforma Parcial de la Ordenanza sobre Organización y Funcionamiento de la Rama Ejecutiva del Municipio Valencia (Gaceta Municipal Nº 11/1955 Extraordinario, de fecha 30 de enero 2012), se establece: La Dirección de Control Urbano, es la unidad encargada de dirigir y de supervisar las actividades de la Alcaldía con relación al cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente que regula el urbanismo del Municipio Valencia, la misma tendrá las atribuciones siguientes: 1. Velar porque las edificaciones y urbanizaciones, tanto públicas como privadas que se construyan en el Municipio Valencia, se adecuen al ordenamiento jurídico vigente. 2. Aplicar las sanciones contenidas en las ordenanzas, por las violaciones que se produzcan con motivo de la construcción de obras, edificaciones y urbanizaciones en las áreas urbanas del Municipio, y coordinar con otras entidades municipales y nacionales la aplicación de sanciones en materia ambiental, fiscal, sanitaria o de seguridad y defensa. 3. A través de la Coordinación de Infraestructura y Transporte, elevar a la Sindicatura Municipal los asuntos en los cuales observe que se hayan vulnerado los intereses del Municipio. 4. Mantener organizado y actualizado el registro de los expedientes que con motivo de las violaciones a las ordenanzas, hayan sido sustanciados. 5. Mantener y desarrollar, con la participación de la unidad especializada de la Alcaldía, los sistemas de computación y de los equipos que fuesen asignados a la Dirección. 6. Diseñar e implantar un programa de información dirigido a los profesionales de la ingeniería, arquitectura y profesiones afines y complementarias, y a las empresas constructoras, acerca de las normas municipales, con la finalidad de prevenir las violaciones al ordenamiento urbano del Municipio. 7. Analizar y responder las solicitudes de desarrollo de áreas urbanas que son sometidas a consideración de este despacho, en cumplimiento de la Ley Orgánica de Ordenación Urbanística y el ordenamiento jurídico urbanístico municipal. 8. Participar en la elaboración de proyectos de ordenanzas vinculadas con la planificación urbana y con el control de su proceso de urbanización. 9. Las demás que le sean asignadas por el Alcalde o Alcaldesa, por el Coordinador General de Operaciones y por el Coordinador Sectorial de Infraestructura y Transporte. En este sentido, el presente Manual de Normas y Procedimientos plasma la descripción de las actividades que deben seguirse en la realización de las funciones encomendadas a esta Dirección, incluyendo la descripción de las unidades administrativas que intervienen demarcando su participación y responsabilidad. Contiene información y formularios necesarios para auxiliar en el correcto desarrollo a las actividades llevadas por esta Dirección. En este manual, se encuentra registrada y transmitida sin
  • 7. ALCALDÍA BOLIVARIANA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 7 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 INTRODUCCIÓN COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO CARABOBO ALCALDIA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO distorsión la información básica referente a su funcionamiento, facilitando así las labores de auditoría, evaluación y control interno, en cumplimiento del apego que rige la actividad de la administración pública; así como facilita la toma de conciencia en los funcionarios de que el trabajo se está realizando o no adecuadamente. Es importante, porque permite conocer el funcionamiento interno con lo que respecta a la descripción de tareas, ubicación, requerimientos y a las unidades responsables de su ejecución. Auxilian en la inducción del cargo y al adiestramiento y capacitación del personal ya que describen en forma detallada como se involucra en las actividades de cada unidad administrativa de la dirección. Sirve asimismo, para el análisis o revisión de los procedimientos de un sistema. Para establecer un sistema de información o bien modificar el ya existente, permitiendo uniformar y controlar el cumplimiento de las rutinas de trabajo y evitar su alteración arbitraria.
  • 8. ALCALDÍA BOLIVARIANA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 8 de 159 Elaboración: -- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 OBJETIVO Y ALCANCE DEL MANUAL COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO CARABOBO ALCALDIA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO OBJETIVOS  Agrupar en un solo instrumento, todas las políticas, normas y procedimientos para constituir un tratamiento uniforme correspondiente a las tareas que son repetitivas.  Utilizar este Manual como herramienta para el control de procesos en las diferentes áreas, considerando el contenido de la Misión.  Garantizar de una forma armónica y organizada el desempeño de los trabajadores de la organización.  Contribuir a mejorar las comunicaciones internas y externas de la organización y su interrelación con clientes, proveedores y usuarios.  Mantener actualizadas las políticas, normas, procedimientos y métodos, en consideración con los cambios que puedan originarse, así como para la gestión del desempeño, inducción y entrenamiento del personal.  Disponer de un instrumento que coadyuve a una sana realización de las actividades correspondientes al área de auditoría.  Garantizar el cumplimiento de los procesos involucrados en las actividades legales. ALCANCE El presente Manual de Normas y Procedimientos en esencia, tiene por finalidad, ser fuente importante de consulta de todo el personal, que permita determinar en forma más sencilla las responsabilidades por errores, y así aumentar la eficiencia de los funcionarios, indicándoles lo que deben hacer y cómo deben hacerlo, ayudando en la coordinación de actividades y evitar duplicidades, constituyendo una base para el posterior análisis del trabajo y mejoramiento de los procedimientos, métodos y los sistemas empleados.
  • 9. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 9 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 MARCO LEGAL COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO CARABOBO ALCALDIA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO La Dirección de Control Urbano se rige por las siguientes disposiciones legales: - Constitución de la República Bolivariana de Venezuela  Título IV. Del Poder Público Municipal. Artículo 178: Son de la competencia del Municipio el gobierno y administración de sus intereses y la gestión de las materias que le asignen esta Constitución y las leyes nacionales, en cuanto concierne a la vida local, en especial la ordenación y promoción del desarrollo económico y social, la dotación y prestación de los servicios públicos domiciliarios, la aplicación de la política referente a la materia inquilinaría con criterios de equidad, justicia y contenido de interés social, de conformidad con la delegación prevista en la ley que rige la materia, la promoción de la participación, y el mejoramiento, en general, de las condiciones de vida de la comunidad, en las siguientes áreas: 1. Ordenación territorial y urbanística; patrimonio histórico; vivienda de interés social; turismo local; parques y jardines, plazas, balnearios y otros sitios de recreación; arquitectura civil, nomenclatura y ornato público. (omissis)” - Ley Orgánica de Ordenación Urbanística. Título VI. De la Ejecución del Desarrollo Urbano.  Capítulo III De la Urbanización de Terrenos. Artículo 67: A los efectos de la presente Ley, constituye urbanización la división de un terreno en parcelas, y la realización de los demás trabajos y obras necesarios para que el terreno sea utilizado cabalmente, según el uso de suelo y el tipo de urbanización establecido en los planes de ordenación urbanística, en los planes de desarrollo urbano local y en las ordenanzas correspondientes. Constituyen parcelamientos urbanísticos las subdivisiones o modificaciones de parcelamientos existentes. Las parcelas integradas serán consideradas como una unidad a los efectos urbanísticos y en ningún caso podrán subdividirse nuevamente a los fines de su utilización.  Título VII. Del Control de la Ejecución de Urbanizaciones y Edificaciones. Artículo 81: Toda persona interesada en construir una edificación o una urbanización podrá hacer una consulta preliminar, por escrito, al organismo competente del Consejo Municipal en la cual se solicite: 1. Las variables urbanas fundamentales. 2. Adicionalmente, para las urbanizaciones, las condiciones generales de urbanización o parcelamiento y el nivel de dotación de las obras de servicio público. El interesado debe acompañar a la consulta lo siguiente: 1. Una copia de los documentos de propiedad del terreno. 2. Un croquis del terreno, cuando se trate de una parcela para vivienda unifamiliar o un levantamiento topográfico, cuando se trate de una parcela multifamiliar o para desarrollo de urbanizaciones.
  • 10. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 10 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 MARCO LEGAL COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO CARABOBO ALCALDIA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO Parágrafo Único: Cuando no exista plan de desarrollo urbano local u ordenanza de zonificación se aplicará lo dispuesto en el artículo 125. Artículo 86. A los efectos de esta ley se consideran variables urbanas fundamentales en el caso de las urbanizaciones: 1. El uso correspondiente. 2. El espacio requerido para la trama vial arterial y colectora. 3. La incorporación a la trama vial arterial y colectora. 4. Las restricciones por seguridad o por protección ambiental. 5. La densidad bruta de la población prevista en el plan. 6. La dotación, localización y accesibilidad de los equipamientos de acuerdo con las respectivas normas. 7. Las restricciones volumétricas. Artículo 87: A los efectos de esta ley se consideran variables urbanas fundamentales en el caso de las edificaciones: 1. El uso previsto en la zonificación. 2. El retiro de frente y el acceso según lo previsto en el plan para las vías que colindan con el terreno. 3. La densidad bruta de población prevista en la zonificación. 4. El porcentaje de ubicación y el porcentaje de construcción previstos en la zonificación. 5. Los retiros laterales y de fondo previstos en la zonificación. 6. La altura prevista en la zonificación. 7. Las restricciones por seguridad o por protección ambiental. 8. Cualesquiera otras variables que los planes respectivos impongan a un determinado lote de terreno.  Título XI. Disposiciones Transitorias Artículo 125: Cuando no existieren planes de ordenación urbanística, ni de desarrollo urbano local, ni ordenanza de zonificación, los particulares deberán solicitar del respectivo Consejo Municipal las variables urbanas fundamentales aplicables al terreno en cuestión y podrán presentar proyectos de urbanizaciones y edificaciones para la asignación de variables por parte de dicho Consejo. Las mencionadas variables serán asignadas previa aprobación del Ministerio del Desarrollo Urbano. Cuando existieren planes de ordenación urbanística y no existiesen planes de desarrollo urbano local u ordenanza de zonificación, las variables urbanas fundamentales que fije el respectivo Consejo Municipal deberán sujetarse a lo establecido en los planes de ordenación urbanística, de lo cual se informará al Ministerio del Desarrollo Urbano dentro de los quince (15) días siguientes a la asignación de dichas variables. - Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos
  • 11. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 11 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 MARCO LEGAL COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO CARABOBO ALCALDIA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO  Título I. Disposiciones Fundamentales. Artículo 2: Toda persona interesada podrá, por sí o por medio de su representante, dirigir instancias o peticiones a cualquier organismo, entidad o autoridad administrativa. Estos deberán resolver las instancias o peticiones que se les dirijan o bien declarar, en su caso, los motivos que tuvieren para no hacerlo. - Título IV. De la Recepción de Documentos. Artículo 44: En los Ministerios, organismos y demás dependencias públicas se llevará un registro de presentación de documentos en el cual se dejará constancia de todos los escritos, peticiones y recursos que se presenten por los administrados, así como de las comunicaciones que puedan dirigir otras autoridades. La organización y funcionamiento del registro se establecerán en el Reglamento de esta ley. Artículo 45: Los funcionarios del registro que reciban la documentación advertirán a los interesados de las omisiones y de las irregularidades que observen, pero sin que puedan negarse a recibirla. Artículo 46: Se dará recibo de todo documento presentado y de sus anexos, con indicación del número de registro que corresponda, lugar, fecha y hora de presentación. Podrá servir de recibo la copia mecanografiada o fotostática del documento que se presente, una vez diligenciada y numerada por los funcionarios del registro. - Ley Orgánica del Poder Público Municipal.  Título III. De la Competencia de los Municipios. Artículo 52: Es competencia de los municipios, el gobierno y la administración de los intereses propios de la vida local, la gestión de las actividades y servicios que requiera la comunidad municipal, de acuerdo con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes.” Artículo 56: Son competencias propias del Municipio las siguientes: (omissis) 2. La gestión de las materias que la Constitución de la República y las leyes nacionales les confieran en todo lo relativo a la vida local, en especial, la ordenación y promoción del desarrollo económico y social, la dotación y prestación de los servicios públicos domiciliarios, la aplicación de la política referente a la materia inquilinaria, la promoción de la participación ciudadana y, en general, el mejoramiento de las condiciones de vida de la comunidad en las áreas siguientes: a. La ordenación territorial y urbanística; el servicio de catastro; el patrimonio; la vivienda de interés social; el turismo local; las plazas, parques y jardines; los balnearios y demás sitios de recreación; la arquitectura civil; la nomenclatura y el ornato público.
  • 12. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 12 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 MARCO LEGAL COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO CARABOBO ALCALDIA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO (omissis). - Ley de Aguas - Reforma Parcial de la Ordenanza Sobre Organización y Funcionamiento de la Rama Ejecutiva del Municipio Valencia.  Capítulo II. De Las Direcciones Adscritas a La Coordinación Sectorial De Infraestructura y Transporte Sección Segunda De La Dirección De Control Urbano. Artículo 73: Definición. La Dirección de Control Urbano, es la unidad encargada de dirigir y de supervisar las actividades de la Alcaldía en relación al cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente que regula el urbanismo del Municipio Valencia. Artículo 74: Funciones. La Dirección de Control Urbano tendrá las atribuciones siguientes: 1. Velar porque las edificaciones y urbanizaciones, tanto públicas como privadas que se construyan en el Municipio Valencia, se adecuen al ordenamiento jurídico vigente. 2 Aplicar las sanciones contenidas en las ordenanzas, por las violaciones que se produzcan con motivo de la construcción de obras, edificaciones y urbanizaciones en las áreas urbanas del Municipio, y coordinar con otras entidades municipales y nacionales la aplicación de sanciones en materia ambiental, fiscal, sanitaria o de seguridad y defensa. 3. A través de la Coordinación de Infraestructura y Transporte, elevar a la Sindicatura Municipal los asuntos en los cuales observe que se hayan vulnerado los intereses del Municipio. 4. Mantener organizado y actualizado el registro de los expedientes que con motivo de las violaciones a las Ordenanzas, hayan sido sustanciados. 5. Mantener y desarrollar, con la participación de la unidad especializada de la Alcaldía, los sistemas de computación y de los equipos que fuesen asignados a la Dirección. 6. Diseñar e implantar un programa de información dirigido a los profesionales de la ingeniería, arquitectura y profesiones afines y complementarias, y a las empresas constructoras, acerca de las normas municipales, con la finalidad de prevenir las violaciones al ordenamiento urbano del Municipio. 7. Analizar y responder las solicitudes de desarrollo de áreas urbanas que son sometidas a consideración de este despacho, en cumplimiento de la Ley Orgánica de Ordenación Urbanística y el ordenamiento jurídico urbanístico municipal. 8. Participar en la elaboración de proyectos de ordenanzas vinculadas con la planificación urbana y con el control de su proceso de urbanización. 9. Las demás que le sean asignadas por el Alcalde o Alcaldesa, por el Coordinador General de Operaciones y por el Coordinador Sectorial de Infraestructura y Transporte.”
  • 13. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 13 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 MARCO LEGAL COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO CARABOBO ALCALDIA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO - Ordenanza sobre Procedimientos de Construcción.  Capítulo I. Disposiciones Generales Artículo 5: Para la construcción de una edificación o urbanización en parcelas o terrenos de las áreas urbanas del Municipio Valencia, deberá efectuarse un proyecto por profesionales competentes, según la Ley de Ejercicio de la Ingeniería, Arquitectura y Profesionales a fines, quienes responderán por la correspondencia del proyecto con las normas y procedimientos técnicos aplicables, con las variables urbanas fundamentales y demás especificaciones establecidas en los Planes Urbanísticos y demás Ordenanzas que rigen la materia. Un profesional residente debidamente inscrito en el Centro de Ingenieros del Estado Carabobo y/o el Colegio de Arquitectos de Venezuela, filial Carabobo, según sea el caso, será responsable por la ejecución de la obra, según los planos, documentos y demás especificaciones del proyecto.  Capítulo II. Consultas Preliminares Artículo 6: Las personas interesadas en construir una edificación en parcela, o una Urbanización, podrán realizar ante la Oficina Municipal de Planeamiento Urbano una consulta preliminar sobre las variables urbanas fundamentales de la parcela o lote de terreno, las afectaciones que pudiesen tener, los servicios comunales, existentes o previstos y las limitaciones al derecho de propiedad que puedan afectarlas por efecto de declaraciones de utilidad pública, decretos de expropiación o parcelamiento y el nivel de dotación de las obras de servicios públicos, en los casos de urbanizaciones. Parágrafo Único: Las consultas y anteproyectos en este artículo, también procederán en los siguientes casos: 1. Cuando se trate de un caso o proposición especial para una edificación o conjunto en áreas de terreno superior a los cinco mil metros cuadrados (5.000 m2) o que alojen una población igual o mayor a trescientos (300) habitantes y no forme parte de una urbanización debidamente permisada. 2. Cuando se trate de una urbanización. 3. Cuando se trate de casos especiales no contemplados en las Ordenanzas Municipales y deben ser sometidos a consideración de las Comisiones de Planeamiento urbano o de desarrollo Urbano. Artículo 7: La consulta prevista n el Artículo anterior, deberá hacerse por escrito, planteada en forma clara y razonada la información requerida y deberá ir acompañada de los siguientes recaudos: a) Una copia del documento de propiedad, debidamente registrado o copia del contrato de arrendamiento o enfiteusis y mensura catastral vigente, si se trata de un terreno propiedad del Municipio.
  • 14. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 14 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 MARCO LEGAL COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO CARABOBO ALCALDIA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO b) Plano de ubicación o situación en escala, indicando puntos de referencia, ríos, quebradas, cursos de aguas, vegetación mayor, torres de electricidad, líneas de alta tensión, y vías próximas, según la nomenclatura urbana vigente. c) Plano topográfico del terreno con el estudio e pendientes, e caso de que las características del mismo así lo ameriten. d) Copia de la inscripción catastral de la parcela o terreno. e) Constancia de pago de la tasa por concepto de tramitación. f) Cualquier otro recaudo que solicite la Oficia Municipal de Planeamiento Urbano, tendiente a facilitar la comprensión de la consulta. Parágrafo Primero: El interesado podrá presentar un anteproyecto de la edificación o de la urbanización, debiendo incluir los siguientes recaudos: - Todos los exigidos en la consulta preliminar. - Planos a escala del desarrollo, junto con la memoria descriptiva que explique la proposición presentada. Parágrafo Segundo: La respuesta a la consulta y al anteproyecto se limitará exclusivamente a lo indicado en el Artículo 6 de esta Ordenanza. En el caso de los anteproyectos, se incluirá los lineamientos especiales que sean aprobados por la Cámara Municipal.  Capítulo IV De La Inspecciones Artículo 16: Correspondiente a la Ingeniería Municipal ejercer las atribuciones de policía en materia de construcciones y en consecuencia, tendrá la obligación de inspeccionar las construcciones de edificaciones en parcela y de urbanizaciones, con el fin de verificar que los responsables cumplan con las disposiciones contempladas en el Ordenamiento Urbanístico Municipal y, en especial, con las variables urbanas fundamentales que rigen para la parcela o lote de terreno e igualmente, que en la ejecución de las obras se cumplen las normas y procedimientos establecidas en el Plan de Desarrollo Urbano Local o en la Ordenanza de Zonificación. Para facilitar la realización de la inspección en la edificación o construcción, el profesional residente está obligado a tener una copia de los planos, proyectos y demás recaudos que sean necesarios. El Profesional residente y el propietario están obligados a dar todas las facilitaciones para el profesional inspector realice la inspección, y en ningún caso le podrán negar a los profesionales inspectores el acceso a la construcción, ni a revisar los planos, documentos o proyectos, bajo pena de aplicación de las sanciones complementadas en esta Ordenanza.
  • 15. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 15 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 MARCO LEGAL COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO CARABOBO ALCALDIA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO Artículo 20: Al efectuarse una inspección, deberá, levantarse un acta en el mismo sitio de la obra y copia de la misma se entregará al profesional residente o al propietario, quien deberá firmar el original como constancia d haberla recibido. - Ordenanza sobre Tasas por Prestación de Servicios Administrativos y Uso de Bienes Municipales. Artículo 1: La presente ordenanza tiene por objeto establecer y regular las tasas administrativas y demás valores a pagar al Municipio, por la realización de actos, documentos, prestación de servicios y uso de bienes municipales que conforme a las leyes nacionales, el ordenamiento jurídico municipal y la presente ordenanza, deben suscribir, expedir o suministrar las autoridades municipales. Artículo 7: A los fines del pago de las tasas previstas en esta ordenanza, la dependencia municipal a la que corresponda los actos, documentos y expedientes que suscriba, expida o suministre, extenderá al interesado una planilla con indicación del monto a pagar por concepto de tasa. Las tasas previstas en esta Ordenanza, serán pagadas por ante la Tesorería Municipal, los institutos autónomos municipales, la dependencia municipal encargada a tal efecto o las entidades bancarias recaudadoras de ingresos municipales debidamente autorizadas. En todos los casos, se expedirá una constancia de pago, la cual, el interesado deberá presentar ante la dependencia municipal a los fines de la tramitación administrativa correspondiente. (…) - Ordenanzas sobre el Plan de Desarrollo Urbano Local de La Parroquia San José. - Ordenanzas sobre el Plan Especial de la Zona Industrial de la Parroquia Rafael Urdaneta. - Ordenanzas sobre el Plan de Desarrollo Urbano Local del Sector Doce (12) Parroquia Rafael Urdaneta (Flor Amarillo). - Ordenanza Sobre el Plan de Desarrollo Urbano Local de Las Parroquias Candelaria, Miguel Peña, Santa Rosa y Parte de San Blas (Gaceta Municipal Nº 10/1558 Ext. de fecha 15 de octubre de 2010). - Ordenanza que Regula las Competencias del Municipio Valencia en Materia de Protección del Ambiente y de Creación del Instituto Municipal del Ambiente (IMA). Normas Sobre Movimientos de Tierra y Conservación Ambiental (Gaceta Oficial mayo de 1993 Nº 284.403, Decreto Nº 2.212 23 abril de 1992).
  • 16. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 16 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 NORMAS GENERALES Y ESPECIFICAS COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO CARABOBO ALCALDIA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO NORMAS GENERALES: 1. Todos los funcionarios que laboren en esta Dirección, deben regirse por las Leyes, Ordenanzas y Reglamentos que la condicionan. 2. Deben prestar un servicio con carácter de regularidad y permanencia, mantener actualizada la información, así como también mantener el flujo de información con las dependencias Municipales, Estadales y Nacionales. 3. Debe mantener de forma permanente todos los registros generales, archivarlos en expedientes y no deben ser destruidos, ya que ello toma parte del Control Urbano del Municipio Valencia. 4. Deben prestar un servicio de esmerada atención, comunicación y orientación a los Contribuyentes. 5. Mantener el flujo de información y comunicación entre todos los integrantes del Departamento, que garantice el seguimiento y control de las metas propuestas. NORMAS ESPECÍFICAS: Adicionalmente, se encuentran establecidos como requisitos para presentar las solicitudes ante esta Dirección, como se detallan a continuación: Requisitos exigidos para Presentar un Proyecto de Edificación 1. Pago de tasa por tramitación administrativa. 2. Copia de consulta preliminar y/o del anteproyecto, si este se hubiese realizado. 3. Copia del documento de propiedad registrado o copia del contrato de arrendamiento, si se trata de una parcela propiedad del Municipio, Estado o de la Nación. 4. Copia de la constancia de inscripción catastral del terreno actualizada. 5. Copia de la certificación de solvencia municipal vigente, por concepto de impuestos sobre inmuebles urbanos. 6. Consignar original de la constancia de variables ambientales respectivas, otorgadas por el Instituto Municipal del Ambiente, a los efectos de la seguridad y protección ambiental, tal como lo dispone el Artículo 17 numeral 33 de la ordenanza. consignar copia de estudio impacto ambiental y de paisajismo, ejecutado por profesional competente, indicando el tipo y cantidad de especies a utilizar, previamente aprobado por IMA. 7. Estudio de impacto vial: original. Se exigirá la presentación de estudios de impacto vial en los desarrollos que contemplen actividades capaces de generar los viajes vehiculares que afecten la capacidad de diseño y funcionamiento de las vialidades contiguas, tales como comercio intermedio (c2) y general (c3), hoteles, edificaciones educacionales, socio-culturales, recreacionales-deportivas, asistenciales, desarrollos residenciales con más de 100 unidades de
  • 17. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 17 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 NORMAS GENERALES Y ESPECIFICAS COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO CARABOBO ALCALDIA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO vivienda y en los casos especiales contemplados en el título VI, capítulo I de la ordenanza sobre el Plan de Desarrollo Urbano Local de San José, el mismo debe venir previamente aprobado por el Instituto Autónomo Municipal de Tránsito y Transporte Público Urbano de Pasajeros (IAMTT) . 8. Original constancia de revisión de proyecto o comprobante de recepción por parte del Cuerpo de Bombero, (cuando se trate de edificio, locales comerciales, industrias, hoteles, clínicas, depósitos o edificaciones que así lo ameriten), según decreto 46 (Reglamento sobre prevención contra incendio). 9. Original permiso expedido por parte de las autoridades competentes en materia de aviación civil (INAC), para aquellos desarrollos que se ubiquen dentro de las áreas del cono de aproximación del aeropuerto internacional Arturo Michelena (Parroquia Rafael Urdaneta). 10. Original de la certificación de factibilidad de los servicios públicos (agua potable, aguas residuales y electricidad) o constancias de poder suministrárselos por cuenta propia, aprobados por los organismos competentes. 11. Solvencia(s) de los profesionales que actúan en el proyecto. El Arquitecto debe presentar la solvencia del colegio de arquitectos filial Carabobo y la del Centro de Ingenieros de Carabobo (solo para el Arquitecto), y de los demás del profesional(es), solvencia del colegio filial Carabobo y responsable(s), todas deben venir en original o copia con sellos húmedos. 12. Copia del estudio de suelos. 13. Estudio de tráfico de ascensores, para viviendas multifamiliares y oficina mayor de 12mts (altura de entrepiso) cuando se trate de edificios o construcciones que lo ameriten según la norma. 14. Tres (03) copias del plano de ubicación y situación de las(s) obra(s) que desee emprender, indicando puntos de referencia y la incorporación a la vialidad mas próxima, según la nomenclatura urbana vigente. 15. Tres (03) copias del plano de topografía original y modificada en coordenadas UTM, de acuerdo a las características del terreno, debiendo incluir el estudio de pendientes y los perfiles del terreno con indicación de los niveles de la vialidad de las obras que se van a emprender y de los terrenos vecinos. 16. Tres (03) juegos de planos de arquitectura con su respectiva memoria. Tres (03) juegos de planos de estructura, con su respectiva memoria y cálculos en concordancia con las normas covenin, aplicables. Tres (03) juegos instalaciones eléctricas, con su respectiva memoria y cálculos. Tres (03) juegos instalaciones sanitarias, con su respectiva memoria y cálculos. Tres (03) juegos de instalaciones de gas directo, con su respectiva memoria. Todos los
  • 18. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 18 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 NORMAS GENERALES Y ESPECIFICAS COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO CARABOBO ALCALDIA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO juegos deben venir firmados por cada uno de los profesionales responsables de su contenido y por el propietario en original la firma. 17. Consignar proyecto en digital (planos de las especialidades) en cd, en autocad versión 2007 El proyecto debe venir identificado y debidamente encarpetado, con sus respectivos ganchos y los planos deben cumplir con las normas Covenin Venezolana n° 3477: 1999 (ntc 1687:1981). Consideraciones para el desarrollo de la propuesta Toda edificación asistencial, administrativa, comercial, cultural, deportivo, educacional, religiosa o recreacional con acceso público, debe dar cumplimiento a lo establecido en la ordenanza sobre normas para la construcción y adaptación de edificaciones de uso público, accesibles a personas con impedimentos físicos. Requisitos exigidos para Presentar un Anteproyecto de Edificación 1. Pago de tasa por tramitación administrativa. 2. Copia del documento de propiedad registrado o del contrato de arrendamiento o enfiteusis con mensura catastral vigente, si se trata de un terreno propiedad del Municipio, Estado o la Nación. 3. Copia de la constancia de inscripción catastral del terreno. 4. Copia de la certificación de solvencia municipal vigente, por concepto de impuestos sobre inmuebles urbanos. 5. Solvencia(s) del colegio de arquitectos y/o del centro de ingenieros filial Carabobo, del profesional responsable con sello húmedo. 6. Tres (03) juegos de planos de ubicación y situación en escala indicando puntos de referencias, ríos, quebradas, cursos de aguas, vegetación mayor, torre de electricidad, líneas de alta tensión y vías próximas según la nomenclatura vigente. 7. Plano topográfico del terreno en coordenadas UTM con el estudio de pendientes, en caso de que las características del mismo lo ameriten. 8. Cuatro (04) juegos de planos de arquitectura a escala del desarrollo, junto con la memoria descriptiva debidamente firmados por el propietario y por el profesional responsable. 9. El proyecto debe venir identificado y debidamente encarpetado en carpetas tamaño oficio color marrón, con sus respectivos ganchos y los planos deben cumplir con las normas Covenin Venezolana Nº 3477: 1999 (NTC 1687-1981). Consideraciones para el desarrollo de la propuesta
  • 19. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 19 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 NORMAS GENERALES Y ESPECIFICAS COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO CARABOBO ALCALDIA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO Toda edificación asistencial, administrativa, comercial, cultural, deportiva, educacional, religiosa o recreacional con acceso público, debe dar cumplimiento a lo establecido en la ordenanza sobre normas para la construcción y adaptación de edificaciones de uso público, accesibles a personas con impedimentos físicos. Requisitos exigidos para Presentar un Proyecto de Urbanismo. 1. Pago de tasa por tramitación administrativa. 2. Copia de consulta preliminar y/o del anteproyecto, si este se hubiese realizado 3. Copia del documento de propiedad debidamente registrado o copia del contrato de arrendamiento, si se trata de una parcela propiedad del Municipio, Estado o de la Nación. 4. Copia de la constancia de inscripción catastral del terreno actualizada 5. Copia de la solvencia municipal vigente, del terreno por concepto de impuestos sobre inmuebles urbanos 6. Certificación de capacidad de suministro de los servicios públicos o constancias de poder suministrárselos por cuenta propia, aprobados por los organismos competentes, que son con sellos húmedos. 7. Estudio de impacto vial. 8. Solvencia(s) vigentes del colegio de arquitectos filial Carabobo y del centro de ingenieros de Carabobo, del profesional(es), proyectista(s) y responsable(s), que son con sellos húmedos. 9. Presentar original del consentimiento por parte del Instituto Municipal Ambiental (IMA). 10. Cinco (05) copias de la memoria descriptiva debidamente firmadas por cada uno de los profesionales responsables de su contenido en original. 11. Cinco (05) juegos de planos de los proyectos, debidamente firmados por cada uno de los profesionales responsables de su contenido. 12. Cinco (05) juegos de planos del proyecto de redes de distribución de gas por el sistema de canalización subterránea, debidamente firmados por el profesional responsable. 13. Cinco (05) juegos de planos de de acueductos, indicando diámetros y redes de distribución, debidamente firmados en original por el profesional responsable. 14. Cinco (05) juegos de planos de de cloacas, indicando diámetros y redes de distribución y pendientes y detalles, debidamente firmados en original por el profesional responsable. 15. Cinco (05) juegos de planos de aguas pluviales, indicando diámetros, pendientes y detalles, debidamente firmados en original por el profesional responsable.
  • 20. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 20 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 NORMAS GENERALES Y ESPECIFICAS COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO CARABOBO ALCALDIA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO 16. Consignar proyecto de urbanismo en digital (planos de las especialidades) en cd, en autocad versión 2007 Presentación del proyecto: El proyecto debe venir identificado y debidamente encarpetado en carpetas marrones con sus respectivos ganchos (no introducir planos en fundas plásticas) y los planos deben cumplir con las normas covenin Venezolana n° 3477: 1999 (ntc 1687:1981). Requisitos exigidos para Presentar una solicitud Categoría Clase A. 1. Pago de tasa por tramitación administrativa. 2. Copia de documento de propiedad registrado o del contrato de arrendamiento o enfiteusis con mensura catastral vigente, si se trata de un terreno propiedad del Municipio, Estado o de la Nación. 3. Copia de la solvencia de rentas municipales a nombre del propietario o propietarios del inmueble. 4. Fotocopia de inscripción catastral actualizada. 5. Presentar original del consentimiento por parte del Instituto Municipal Ambiental (IMA) para aquellas tramitaciones que requieran impacto ambiental tales como: talleres, productos químicos, etc, que degraden el ambiente o estén en quebradas o ríos. 6. Original de la constancia de revisión de proyecto por parte del Cuerpo de Bombero cuando se trate de edificio, locales comerciales, industrias, hoteles, clínicas, depósitos o edificaciones que así lo ameriten, (correspondiente al decreto 46 (Reglamento sobre prevención contra incendio). 7. Solvencia del colegio de arquitectos y del Centro Ingenieros del Estado Carabobo, del profesional responsable con sello húmedo 8. Original de la actualización de certificación de servicios públicos en caso de proyecto que implique aumento de área de construcción y densidad 9. Se exigirá la presentación de estudios de impacto vial en los desarrollos que contemplen actividades capaces de generar los viajes vehiculares que afecten la capacidad de diseño y funcionamiento de las vialidades contiguas, tales como comercio intermedio (c2) y general (c3), hoteles, edificaciones educacionales, socio-culturales, recreacionales-deportivas, asistenciales, desarrollos residenciales con mas de 100 unidades de vivienda y en los casos especiales contemplados en el título VI, capítulo I de la ordenanza sobre el plan de desarrollo urbano local del sector 4 (artículo 182) y del plan del sector 3 (artículo 107).
  • 21. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 21 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 NORMAS GENERALES Y ESPECIFICAS COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO CARABOBO ALCALDIA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO 10. Permiso expedido por parte de las autoridades competentes en materia de aviación civil, (INAC) para aquellos desarrollos que se ubiquen dentro de las áreas del cono de aproximación del aeropuerto internacional Arturo Michelena (parroquia Rafael Urdaneta). 11. Tres (03) juegos de planos del levantamiento topográfico del inmueble en coordenadas UTM 12. Tres (03) juegos de planos de arquitectura, con su memoria descriptiva. Tres (3) juegos de planos de estructura, con los cálculos correspondientes o justificativo estructural, con su memoria descriptiva. Tres (03) copias de planos de instalaciones sanitarias con su memoria descriptiva. Tres (03) juegos de planos de instalaciones mecánicas con copia de los cálculos respectivos con su memoria descriptiva. Todo debe venir debidamente firmado tanto planos como memorias por el propietario y por los profesionales correspondiente firma en original. 13. Consignar proyecto en digital (planos de las especialidades) en cd, en autocad versión 2007 14. Toda solicitud para modificar o ampliar una edificación requiere planos en los cuales se diferencie lo solicitado de lo anteriormente permisado o construido, indicar el numero de construcción original. Casos propiedad horizontal: 15. En caso de edificaciones en propiedad horizontal, deben presentar autorización de todos (100%) de los copropietarios del mismo. Cerramiento de Linderos 1. En el caso de la solicitud para cerramiento de linderos debe presentar plano topográfico indicando medidas y linderos del terreno, al igual que debe especificar los metros lineales del cerramiento a ejecutar, además de los puntos 1,2,3,4 y 7. Consideraciones que deben tomarse en cuenta para desarrollo de los proyectos: Toda edificación asistencial, administrativa, comercial, cultural, deportiva, educacional, religiosa o recreacional con acceso público, debe dar cumplimiento a lo establecido en la ordenanza sobre normas para la construcción y adaptación de edificaciones de uso público, accesibles a personas con impedimentos físicos. Presentación del proyecto: El proyecto debe venir identificado y debidamente encarpetado en carpetas marrones tamaño oficio (no introducir planos en fundas plásticas) con sus respectivos ganchos y los planos deben cumplir con las normas covenin Venezolana n° 3477: 1999 (ntc 1687:1981). Requisitos exigidos para Presentar una solicitud Categoría Clase B.
  • 22. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 22 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 NORMAS GENERALES Y ESPECIFICAS COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO CARABOBO ALCALDIA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO 1. Pago de tasa por tramitación administrativa. 2. Copia de documento de propiedad registrado o del contrato de arrendamiento o enfiteusis con mensura catastral vigente, si se trata de un terreno propiedad del municipio, estado o de la Nación, en donde se indiquen las medidas de los linderos del terreno, o en su defecto certificación de los linderos emitida por la Dirección de Catastro. 3. Copia de la solvencia de rentas municipales a nombre del propietario o propietarios del inmueble. 4. Copia de la inscripción catastral del inmueble actualizada. 5. Plano de ubicación y situación del inmueble. 6. Fotografía del inmueble. 7. Solvencia del profesional con sello húmedo (Colegio de Ingenieros y Arquitectos filial del Estado Carabobo. 8. Toda demolición deberá llevar la firma de un profesional responsable emitida por el colegio del Estado Carabobo. Requisitos exigidos para Presentar una solicitud de Sellado Extraordinario de Planos. 1. Pago de tasa por tramitación administrativa. 2. Copia de la solvencia de rentas municipales a nombre del propietario o propietarios del inmueble en cuestión. 3. Los planos a resellar, deben estar firmados por el propietario. Requisitos exigidos para Presentar una solicitud de Certificación de documentos. 1. Pago de tasa por tramitación administrativa. 2. Anexar copias a certificar Requisitos exigidos para Presentar Certificación de Ajuste y Terminación de Obra para Edificación 1. Constancia de pago de la tasa por concepto de tramitación administrativa. 2. Copia de la cedula catastral. 3. Copia de la certificación de solvencia municipal vigente, por concepto de impuestos sobre inmuebles urbanos. 4. Original de la certificación del Instituto Municipal del Ambiente (I.M.A.) 5. Original del oficio de conformidad del cuerpo de bomberos, cuando así lo amerite.
  • 23. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 23 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 NORMAS GENERALES Y ESPECIFICAS COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO CARABOBO ALCALDIA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO 6. Copia a vista y devolución del original del oficio de conformidad del ministerio de salud y desarrollo social .(sanidad) 7. Original de la factibilidad emitida por hidrocentro. 8. Fotocopia de certificación de parcela construida, emitida por la dirección de catastro según artículo 23 de la ordenanza de construcción. 9. Copia de la constancia de adecuación a las variables urbanas fundamentales, expedida por la dirección de control urbano. 10. Solvencia vigente del colegio de arquitectos y/o del centro de ingenieros del estado Carabobo, del profesional responsable de la obra con sello húmedo. 11. Si a la obra se le realizaron modificaciones, deberán presentar copias de los permisos aprobados con dichos cambios. Requisitos exigidos para Presentar Certificación de Ajuste y Terminación de Obra para Urbanismos. 1. Pago de tasa por tramitación administrativa. 2. Copia de la certificación de solvencia municipal vigente, por concepto de impuestos sobre inmuebles urbanos. 3. Copia de la Protocolización de entrega de Áreas del Dominio Público, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 7°, Ordenanza que regula la Entrega y Recepción de Obras y Servicios del Dominio Público . 4. Original del oficio de conformidad del IMA. 5. Copia a vista y devolución del original del Oficio de conformidad del Ministerio del Poder Popular de Salud (SANIDAD). 6. Original del oficio de conformidad de Servicios Públicos (Pagos y Solvencia ante las Instituciones: Hidrocentro, CANTV y Electricidad). 7. Original acta de recepción definitiva por parte de Hidrocentro, donde recibe las instalaciones del urbanismo. 8. Acta de recepción definitiva por parte de la empresa que suministrará el servicio de telecomunicaciones. 9. Original acta de recepción definitiva por parte de la empresa que suministrará el servicio de eléctrico. 10. Copia con sello húmedo de la Solvencia Vigente del Colegio de Arquitectos y/o del centro de ingenieros del Estado Carabobo, del profesional responsable de la obra.
  • 24. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 24 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 NORMAS GENERALES Y ESPECIFICAS COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO CARABOBO ALCALDIA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO 11. Copia de la constancia de adecuación a las variables urbanas fundamentales, expedida por la dirección de control urbano.
  • 25. República Bolivariana de Venezuela Estado Carabobo Alcaldía del Municipio Valencia Dirección de Control Urbano ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO PROCEDIMIENTOS COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016.
  • 26. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 26 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre2014 Versión: 02 PROCEDIMIENTO: ANTEPROYECTO DE EDIFICACIÓN Y MODIFICACIÓN ANTEPROYECTO DE EDIFICACIÓN Responsable Acción Asistente Administrativo de la Dirección Director(a) de Control Urbano Asistente Administrativo de la Dirección Asistente Administrativo del Departamento Control de Proyecto Jefe(a) de Departamento Control de Proyecto Revisor del Departamento de Control de Proyectos 1. Recibe, asienta en el libro el expediente y envía al Director(a) de Control Urbano. 2. Recibe, realiza una pre-revisión estableciendo observaciones preliminares para el Departamento de Control de Proyectos y remite al Asistente Administrativo de la Dirección. 3. Recibe y transfiere el expediente al Departamento Control de Proyecto a través del Sistema SMART para su revisión respectiva. 4. Recibe el expediente por el Sistema SMART, asienta en los libros y envía al Jefe(a) de Departamento Control de Proyectos 5. Recibe, revisa los recaudos y reasigna los expedientes al Revisor correspondiente. 5.1 Si el expediente no cuenta con todos los requisitos exigidos, devuelve al Asistente Administrativo a fin de elaborar oficio de rechazo. 5.2 En caso contrario, envía al revisor. 6. Recibe, chequea datos del inmueble: ubicación del terreno en el Sistema de Georeferenciación Arcgis (Geographic Information System) y asienta datos del inmueble. COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO
  • 27. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 27 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 PROCEDIMIENTO: ANTEPROYECTO DE EDIFICACIÓN Y MODIFICACIÓN ANTEPROYECTO DE EDIFICACIÓN Responsable Acción Revisor del Departamento de Control de Proyectos 7. Revisa y asienta coordenadas UTM (Universal Transverse Mercator). 8. Realiza inspección sitio. 9. Elabora ficha técnica con datos del inmueble. 10. Revisa planos a fin de verificar que cumplan con las variables urbanas fundamentales. 11. Elabora ficha técnica. 12. Evalúa si la propuesta se ajusta a las variables urbanas y procedimientos de acuerdo a las ordenanzas y normas vigentes. 13. Realiza inspección en sitio. 13.1 En el caso de que se evidencie inicio de obra antes de haber de introducido el anteproyecto de edificación, remite el caso al Departamento Legal para que imponga multa correspondiente. 13.2 Si requiere evaluaciones adicionales, emite prórroga al expediente. COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO
  • 28. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 28 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 PROCEDIMIENTO: ANTEPROYECTO DE EDIFICACIÓN Y MODIFICACIÓN ANTEPROYECTO DE EDIFICACIÓN Responsable Acción Revisor del Departamento de Control de Proyectos Asistente Administrativo del Departamento Control de Proyecto Asistente Administrativo de la Dirección Asistente Administrativo del Departamento Control de Proyecto Jefe(a) de Departamento Control de Proyecto/ Revisor Departamento Control de Proyecto 13.3 En caso de que se requiera consulta interna de la Dirección de Planeamiento Urbano para complementar la revisión, remite el caso con la aprobación del Jefe(a) de Departamento de Control de Proyecto. 13.3.1 Verifica la evaluación emitida por Dirección de Planeamiento Urbano y en caso de que el expediente cumpla con las variables urbanas y requisitos, o bien el expediente sea rechazado; entrega al Asistente Administrativo del Departamento para que elabore la resolución. 14. Recibe el expediente y envía al Asistente Administrativo de la Dirección de Control Urbano a fin de que le asigne número y fecha de resolución 15. Recibe el expediente, asigna número y fecha de la resolución, anotándolo en el libro correspondiente y devuelve al Asistente Administrativo del Departamento Control de Proyecto. 16. Recibe expediente, elabora oficio de rechazo o aprobado, entrega al Revisor para su firma y revisión del oficio y envía al Jefe(a) de Departamento 17. Recibe y revisa oficio de rechazo o de aprobación. COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO
  • 29. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 29 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 PROCEDIMIENTO: ANTEPROYECTO DE EDIFICACIÓN Y MODIFICACIÓN ANTEPROYECTO DE EDIFICACIÓN Responsable Acción Jefe(a) de Departamento Control de Proyecto/ Revisor Departamento Control de Proyecto Asistente Administrativo Departamento Control de Proyectos Asistente Administrativo de la Dirección Director(a) de Control Urbano Asistente Administrativo de la Dirección Coordinador(a) 17.1 Si tiene alguna observación, devuelve al Asistente Administrativo para su corrección. 17.2 Si no tiene observación, firma el oficio de rechazo o de aprobación y entrega al Asistente Administrativo. 18. Recibe, asienta en libro y transfiere el expediente por el Sistema SMART a la Dirección de Control Urbano. 19. Recibe el expediente tanto por el Sistema SMART como por libro y entrega al Director(a) de Control de Urbano. 20. Recibe, revisa y evalúa el expediente. 20.1En caso de presentar alguna observación, devuelve al Departamento Control de Proyecto para su corrección. 20.2En caso de no tener objeción firma Oficio de Rechazo o de aprobación y se lo entrega al Asistente Administrativo de la Dirección. 21.Recibe, asienta en el libro y transfiere el expediente por el Sistema SMART al Coordinador(a). 22. Recibe los expedientes. 22.1 En caso de que el expediente es rechazado, desglosa los expedientes devolviendo todos COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO
  • 30. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 30 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 PROCEDIMIENTO: ANTEPROYECTO DE EDIFICACIÓN Y MODIFICACIÓN ANTEPROYECTO DE EDIFICACIÓN Responsable Acción Coordinador(a) Revisor Departamento Control de Proyecto Coordinador(a) Archivista Asistente Administrativo Departamento Control de Proyectos los recaudos con la resolución original de rechazo, registra en libro salida de expediente y transfiere por el Sistema SMART a la División de Taquilla Única. 22.2 En caso de ser aprobado, sella los planos y devuelve al Revisor del Departamento Control de Proyecto para su firma 23. Recibe, firma los planos aprobados y devuelve al Coordinador(a). 24. Recibe los planos ya firmados. 25. Desglosa los expedientes que se entregaran al contribuyente y los documentos que van a reposar en los archivados del Departamento Control de Proyectos y al Archivo de la Dirección. 26. Envía en físico los planos aprobados y oficio de aprobación al Archivo de la Dirección. 27. Envía al Departamento Control de Proyecto oficio de aprobación o rechazo. 28. Transfiere a la División de Taquilla Única por el Sistema SMART planos y oficio de aprobación. 29. Recibe los expedientes, asienta en los libros correspondientes de acuerdo a la resolución y archiva los documentos y planos aprobados 30. Recibe copia de oficio de rechazo o de aprobación y archiva COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO
  • 31. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 31 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 PROCEDIMIENTO: PROYECTO DE EDIFICACIÓN, MODIFICACIÓN Y/O AMPLIACIÓN EDIFICACIÓN Responsable Acción Asistente Administrativo de la Dirección de Control Urbano. Director(a) de Control Urbano Asistente Administrativo de la Dirección Asistente Administrativo del Departamento de Control de Proyectos Jefe(a) del Departamento de Control de Proyectos Revisor del Departamento de Control de Proyectos 1.Recibe, asienta en el libro el expediente y envía al Director(a) de Control Urbano. 2.Recibe, realiza una pre-revisión estableciendo observaciones preliminares para el Departamento de Control de Proyectos y remite al Asistente Administrativo de la Dirección. 3.Recibe, transfiere el expediente al Departamento de Control de Proyecto a través del Sistema SMART para su asignación y revisión respectiva. 4.Recibe el expediente por el Sistema SMART, asienta en los libros de acuerdo al tipo de solicitud y envía al Jefe(a) del Departamento de Control de Proyectos. 5.Recibe, revisa los recaudos y reasigna los expedientes al Revisor correspondiente. 5.1 Si el expediente no cuenta con todos los requisitos exigidos, devuelve al Asistente Administrativo a fin de elaborar oficio de rechazo. 5.2 En caso contrario, envía al Revisor 6.Recibe, chequea datos del inmueble: Ubicación del terreno en el Sistema de Georeferenciación Arcgis (Geographic Information System) y asienta datos del inmueble. 7.Revisa y Asienta Coordenadas U.T.M (Universal Transverse Mercator.). 8.Realiza inspección sitio 9.Verifica alineamiento. COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO
  • 32. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 32 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 PROCEDIMIENTO: PROYECTO DE EDIFICACIÓN, MODIFICACIÓN Y/O AMPLIACIÓN EDIFICACIÓN Responsable Acción Revisor del Departamento de Control de Proyectos 10. Elabora ficha técnica con datos del inmueble. 11. Revisa planos a fin de verificar que cumplan con las variables urbanas fundamentales. 12. Elabora informe técnico. 13. Evalúa si la propuesta se ajusta a las variables urbanas y procedimientos de acuerdo a las ordenanzas y normas vigentes. 14. Realiza inspección en sitio. 14.1 En el caso de que se evidencie inicio de obra antes de haber de introducido el proyecto de edificación, remite el caso al Departamento Legal para que imponga multa correspondiente. 14.2 Si requiere evaluaciones adicionales, emite prórroga al expediente. 14.3 En caso de que se requiera consulta interna de la Dirección de Planeamiento Urbano para complementar la revisión, remite el caso con la aprobación del Jefe(a) de Departamento de Control de Proyecto. COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO
  • 33. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 33 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 PROCEDIMIENTO: PROYECTO DE EDIFICACIÓN, MODIFICACIÓN Y/O AMPLIACIÓN EDIFICACIÓN Responsable Acción Revisor del Departamento de Control de Proyectos Asistente Administrativo del Departamento Control de Proyecto Asistente Administrativo de la Dirección Asistente Administrativo del Departamento Control de Proyecto 14.3.1 Verifica la evaluación emitida por la Dirección de Planeamiento Urbano y en caso de que el expediente cumpla con las variables urbanas y requisitos, o bien el expediente sea rechazado; entrega al Asistente Administrativo del Departamento a fin de proceder a elaborar la resolución. 15. Recibe el expediente y envía al Asistente Administrativo de la Dirección de Control Urbano a fin de que le asigne número y fecha de resolución 16. Recibe el expediente, asigna número y fecha de la resolución, anota en el libro correspondiente y devuelve al Asistente Administrativo del Departamento Control de Proyecto. 17. Recibe expediente, elabora la constancia de adecuación a las variables urbanas fundamentales u oficio de rechazo, entrega al Revisor para revisión, firma del oficio y envía al Jefe(a) de Departamento. COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO
  • 34. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 34 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 PROCEDIMIENTO: PROYECTO DE EDIFICACIÓN, MODIFICACIÓN Y/O AMPLIACIÓN EDIFICACIÓN Responsable Acción Jefe(a) de Departamento de Control de Proyecto/ Revisor del Departamento Control de Proyecto Asistente Administrativo del Departamento Control de Proyectos. Asistente Administrativo de la Dirección Director(a) de Control Urbano Asistente Administrativo de la Dirección Coordinador(a) 18. Recibe y revisa constancia de adecuación u oficio de rechazo. 18.1 Si tiene alguna observación, devuelve al Asistente Administrativo para su corrección. 18.2 Si no tiene observación, firma la constancia u oficio de rechazo y entrega al Asistente Administrativo. 19. Recibe, asienta en el libro y transfiere por el Sistema SMART el expediente, a la Dirección de Control Urbano. 20. Recibe el expediente tanto por el Sistema SMART como por libro y entrega al Director(a) de Control Urbano. 21. Recibe, revisa y evalúa los expedientes. 21.1 En caso de presentar alguna observación devuelve al Departamento de Control de Proyecto para su corrección. 21.2 En caso de no tener objeción, firma la constancia de adecuación u oficio de rechazo y entrega al Asistente Administrativo de la Dirección. 22. Recibe, asienta en el libro y transfiere el expediente por el Sistema SMART al Coordinador(a). 23. Recibe los expedientes. 23.1 En caso de que el expediente es rechazado, desglosan los expedientes devolviendo COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO
  • 35. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 35 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 PROCEDIMIENTO: PROYECTO DE EDIFICACIÓN, MODIFICACIÓN Y/O AMPLIACIÓN EDIFICACIÓN Responsable Acción Coordinador(a) Revisor del Departamento Control de Proyecto Coordinador(a) todos los recaudos con la resolución original de rechazo, registra en libro salida de expediente y transfiere por el Sistema SMART a la División de Taquilla Única. 23.2 En caso de ser aprobado, sella los planos y devuelve al Revisor del Departamento de Control de Proyecto para su firma. 24. Recibe, firma los planos de arquitectura aprobados y devuelve al Coordinador(a). 25. Recibe nuevamente los planos ya firmados. 26. Verifica si existe diferencia por cancelar en cuanto a la tasa administrativa. 26.1 Si existe diferencia, calcula y entrega el recibo al contribuyente para que cancele. 26.2 Si canceló, desglosa los expedientes a ser entregados al contribuyente y los documentos que van a reposar en los archivos del Departamento de Control de Proyectos y de la Dirección. 27. Envía en físico los planos aprobados y constancia de adecuación a las variables urbanas fundamentales al Archivo de la Dirección. 28. Envía al Departamento de Control de proyecto oficio de la constancia de adecuación a las variables urbanas fundamentales. 29. Transfiere a la División de Taquilla Única COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO
  • 36. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 36 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 PROCEDIMIENTO: PROYECTO DE EDIFICACIÓN, MODIFICACIÓN Y/O AMPLIACIÓN EDIFICACIÓN Responsable Acción Coordinador(a) Archivista Asistente Administrativo del Departamento de Control de Proyectos por el Sistema SMART planos aprobados y la constancia de adecuación a las variables urbanas fundamentales. 30. Recibe los expedientes, asienta en los libros correspondientes de acuerdo a la resolución y archiva los documentos y planos aprobados. 31. Recibe copia de resolución de aprobación o rechazo de constancia de adecuación a las variables urbanas fundamentales y archiva. COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO
  • 37. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 37 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 PROCEDIMIENTO: PROYECTO DE URBANISMO, MODIFICACIÓN Y/O AMPLIACIÓN DE URBANISMO Responsable Acción Asistente Administrativo de la Dirección Director(a) de Control Urbano Asistente Administrativo de la Dirección Asistente Administrativo del Departamento de Control de Proyecto Jefe(a) del Departamento Control de Proyecto Revisor del Departamento de Control de Proyectos 1. Recibe, asienta en el libro el expediente y envía al Director(a) de Control de Urbano. 2. Recibe, realiza una pre-revisión estableciendo observaciones preliminares para el Departamento de Control de Proyectos y remite al Asistente Administrativo de la Dirección. 3. Recibe y transfiere el expediente al Departamento de Control de Proyecto a través del Sistema SMART para su asignación y revisión respectiva. 4. Recibe el expediente por el Sistema SMART, asienta en el libro y envía al Jefe(a) del Departamento Control de Proyectos. 5. Recibe, revisa los recaudos y reasigna los expedientes al Revisor correspondiente. 5.1 Si el expediente no cuenta con todos los requisitos exigidos, devuelve al Asistente Administrativo a fin de elaborar oficio de rechazo. 5.2 En caso contrario, envía al Revisor. 6. Recibe, chequea datos del inmueble: ubicación del terreno en el Sistema de Georeferenciación Arcgis (Geographic Information System) y asienta datos del inmueble. COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO
  • 38. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 38 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 PROCEDIMIENTO: PROYECTO DE URBANISMO, MODIFICACIÓN Y/O AMPLIACIÓN DE URBANISMO Responsable Acción Revisor del Departamento de Control de Proyectos 7. Revisa y asienta coordenadas UTM (Universal Transverse Mercator). 8. Realiza inspección sitio. 9. Elabora ficha técnica con datos del inmueble. 10. Revisa planos a fin de verificar que cumplan con las variables urbanas fundamentales. 11. Elabora informe técnico. 12. Evalúa si la propuesta se ajusta a las variables urbanas y procedimientos de acuerdo a las ordenanzas y normas vigentes. 13. Realiza inspección en sitio. 13.1 En el caso de que se evidencie inicio de obra antes de haber de introducido el proyecto de urbanismo, remite el caso al Departamento Legal para que imponga multa correspondiente. 13.2 Si requiere evaluaciones adicionales se emite prórroga al expediente. COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO
  • 39. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 39 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 PROCEDIMIENTO: PROYECTO DE URBANISMO, MODIFICACIÓN Y/O AMPLIACIÓN DE URBANISMO Responsable Acción Revisor del Departamento de Control de Proyectos Asistente Administrativo del Departamento Control de Proyecto Asistente Administrativo de la Dirección Asistente Administrativo del Departamento Control de Proyecto Jefe(a) de Departamento Control de Proyecto/ Revisor del Departamento Control de Proyecto 13.3 En caso de que se requiera consulta interna de la Dirección de Planeamiento Urbano para complementar la revisión, remite el caso con la aprobación del Jefe(a) de Departamento de Control de Proyecto. 13.3.1. Verifica la evaluación emitida por la Dirección de Planificación Urbana y en caso de que el expediente cumpla con las variables urbanas y requisitos, o bien el expediente sea rechazado; entrega al Asistente Administrativo del Departamento a fin de elaborar la resolución. 14. Recibe el expediente y envía al Asistente Administrativo de la Dirección de Control Urbano a fin de que le asigne número y fecha de resolución 15. Recibe el expediente, asigna número y fecha de la resolución, anota en el libro correspondiente y devuelve al Asistente Administrativo del Departamento Control de Proyecto. 16. Recibe expediente, elabora la constancia de adecuación a las variables urbanas fundamentales u oficio de rechazo y entrega al Revisor para revisión, firma del oficio y envía al Jefe(a) de Departamento. 17. Recibe y revisa constancia de adecuación u oficio de rechazo. 17.1 Si tiene alguna observación devuelve al Asistente Administrativo para su corrección. COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO
  • 40. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 40 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 PROCEDIMIENTO: PROYECTO DE URBANISMO, MODIFICACIÓN Y/O AMPLIACIÓN DE URBANISMO Responsable Acción Jefe(a) de Departamento Control de Proyecto/ Revisor del Departamento Control de Proyecto Asistente Administrativo Departamento Control de Proyectos Asistente Administrativo de la Dirección Director(a) de Control Urbano Asistente Administrativo de la Dirección. Coordinador(a) 17.2 Si no tiene observación firma la Constancia u oficio de Rechazo y entrega al Asistente Administrativo. 18. Recibe, asienta en libro y transfiere por el Sistema SMART el expediente, a la Dirección de Control Urbano. 19. Recibe el expediente tanto por el Sistema SMART como por libro y entrega al Director(a) de Control Urbano. 20. Recibe, revisa y evalúa los expedientes. 20.1En caso de presentar alguna observación, devuelve al Departamento de Control de Proyecto para su corrección. 20.2 En caso de no tener objeción, firma la constancia de adecuación u oficio de rechazo y entrega al Asistente Administrativo de la Dirección. 21. Recibe, asienta en el libro y transfiere el expediente por el Sistema SMART al Coordinador(a). 22. Recibe los expedientes. 22.1 En caso de ser aprobado, sella los planos y devuelve al Revisor del Departamento de Control de Proyecto para su firma COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO
  • 41. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 41 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 PROCEDIMIENTO: PROYECTO DE URBANISMO, MODIFICACIÓN Y/O AMPLIACIÓN DE URBANISMO Responsable Acción Coordinador(a) Revisor del Departamento Control de Proyecto Coordinador(a) 22.2 En caso de que el expediente es Rechazado, desglosa los expedientes devolviendo todos los recaudos con la resolución original de rechazo, registra en libro salida de expediente y transfiere por el Sistema SMART a la División de Taquilla Única. 23. Recibe, firma los planos de arquitectura aprobados y devuelve al Coordinador(a). 24. Recibe los planos ya firmados. 25. Verifica si existe diferencia por cancelar en cuanto a la tasa administrativa. 25.1. Si existe diferencia, calcula y entrega el recibo al contribuyente para que cancele. 26. Desglosa los expedientes a ser entregados al contribuyente además los documentos que van a reposar tanto en los archivos del Departamento de Control de Proyectos, la Dirección y Oficina Municipal de Planificación Urbana. 27. Envía en físico los planos aprobados y constancia de adecuación a las variables urbanas fundamentales al Archivo de la Dirección. COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO
  • 42. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 42 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 PROCEDIMIENTO: PROYECTO DE URBANISMO, MODIFICACIÓN Y/O AMPLIACIÓN DE URBANISMO Responsable Acción Coordinador(a) Archivista Asistente Administrativo Departamento de Control de Proyecto 28. Envía al Departamento de Control de Proyecto oficio de la constancia de adecuación a las variables urbanas fundamentales y planos aprobados; además los planos que van a ser enviados a Oficina Municipal de Planificación Urbana y a la Dirección de Catastro. 29. Transfiere a la División de Taquilla Única por el Sistema SMART planos aprobados y la constancia de adecuación a las variables urbanas fundamentales. 30. Recibe los expedientes, asienta en los libros correspondientes de acuerdo a la resolución y archiva los documentos y planos aprobados. 31. Recibe los planos y constancia de adecuación a las variables urbanas fundamentales y archiva. 32. Envía a la Dirección de Planeamiento Urbano y a la Dirección de Catastro mediante memorando los planos aprobados. COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO
  • 43. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 43 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 PROCEDIMIENTO: SELLADO EXTRAORDINARIO DE PLANOS Y CERTIFICACIÓN DE COPIAS Responsable Acción Asistente Administrativo de la Dirección Director de Control Urbano Asistente Administrativo de la Dirección Asistente Administrativo del Departamento Control de Proyecto Jefe(a) Departamento Control de Proyecto Revisor del Departamento Control de Proyecto 1. Recibe, asienta en el libro el expediente y envía al Director(a) de Control Urbano. 2. Recibe, realiza una pre-revisión estableciendo observaciones preliminares para el Departamento de Control de Proyectos y remite al Asistente Administrativo de la Dirección. 3. Recibe y transfiere el expediente al Departamento de Control de Proyecto a través del Sistema SMART para su revisión respectiva. 4. Recibe el expediente por el Sistema SMART, asienta en el libro y envía al Jefe(a) de Departamento de Control de Proyectos. 5. Recibe, revisa los recaudos y reasigna los expedientes al Revisor correspondiente. 5.1 Si el expediente no cuenta con todos los requisitos exigidos, devuelve al Asistente Administrativo a fin de elaborar oficio de rechazo. 5.2 Si el expediente cumple con todos los requisitos, entrega al Revisor. 6. Recibe, verifica recaudos de expediente y chequea: ubicación de plano o documento en archivo según los requerimientos de la solicitud realizada. 6.1 En caso de que el expediente cumpla los parámetros y requisitos establecidos, aprueba la solicitud. COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO
  • 44. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 44 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 PROCEDIMIENTO: SELLADO EXTRAORDINARIO DE PLANOS Y CERTIFICACIÓN DE COPIAS Responsable Acción Revisor del Departamento Control de Proyecto Asistente Administrativo del Departamento Control de Proyecto Asistente Administrativo de la Dirección Asistente Administrativo del Departamento Control de Proyecto Jefe(a) de Departamento Control de Proyecto/ Revisor del Departamento Control de Proyecto Asistente Administrativo Departamento Control de Proyectos 6.2 Si el expediente es rechazado, entrega al Asistente Administrativo del Departamento para que elabore la resolución. 7. Recibe el expediente y envía al Asistente Administrativo de la Dirección de Control Urbano a fin de que le asigne número y fecha de resolución 8. Recibe el expediente, asigna número y fecha de la resolución, anota en el libro correspondiente y devuelve al Asistente Administrativo del Departamento de Control de Proyecto. 9. Recibe expediente, elabora oficio de aprobación o rechazo y entrega al Jefe(a) de Departamento de Control de Proyectos. 10. Recibe y revisa oficio de aprobación u oficio de rechazo. 10.1 Si tiene alguna observación, devuelve al Asistente Administrativo para su corrección. 10.2 Si no tiene observación, firma el oficio y entrega al Asistente Administrativo. 11. Recibe, asienta en libro y transfiere por el Sistema SMART el expediente, a la Dirección de Control Urbano. COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO
  • 45. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 45 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 PROCEDIMIENTO: SELLADO EXTRAORDINARIO DE PLANOS Y CERTIFICACIÓN DE COPIAS Responsable Acción Asistente Administrativo de la Dirección Director(a) de Control Urbano Asistente Administrativo de la Dirección. Coordinador(a) 12. Recibe el expediente tanto por el Sistema SMART como por libro y entrega al Director(a) de Control Urbano. 13. Recibe y revisa la solicitud. 13.1 En caso de presentar alguna observación, devuelve al Departamento de Control de Proyecto para su corrección. 13.2 En caso de no tener objeción, firma oficio y entrega al Asistente Administrativo de la Dirección. 14. Recibe, asienta en el libro y transfiere el expediente por el Sistema SMART al Coordinador(a). 15. Recibe los expedientes. 15.1 En caso de ser aprobado, sella los planos y devuelve al Revisor del Departamento Control de Proyecto para su firma. 15.2 En caso de que el expediente sea rechazado, desglosa devolviendo todos los recaudos con la resolución original de rechazo, registra en libro salida de expediente y transfiere por el Sistema SMART a la División de Taquilla Única. COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO
  • 46. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 46 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 PROCEDIMIENTO: SELLADO EXTRAORDINARIO DE PLANOS Y CERTIFICACIÓN DE COPIAS Responsable Acción Revisor del Departamento Control de Proyecto Coordinador(a) Archivista Asistente Administrativo Departamento Control de Proyecto 16. Recibe, firma los planos de arquitectura y devuelve al Coordinador(a). 17. Recibe los planos ya firmados. 18. Desglosa los expedientes a ser entregados al contribuyente además los documentos que van a reposar tanto en los archivados del Departamento Control de Proyectos como en el archivo de la Dirección. 19. Transfiere a la División de Taquilla Única por el Sistema SMART)planos aprobados y oficio. 20. Envía al Departamento de Control de Proyecto oficio de aprobación o rechazo a fin de ser archivados. 21. Envía al Archivo de la Dirección oficio de aprobación. 22. Recibe oficio, asienta en los libros correspondientes de acuerdo a la resolución y archiva los documentos. 23. Recibe copia de oficio aprobado o rechazado y archiva COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO
  • 47. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 47 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 PROCEDIMIENTO: ADECUACIÓN CLASE A (CERRAMIENTO DE LINDEROS, REPARACIÓN MENOR Y OTROS) Y CLASE B (DEMOLICIÓN) Responsable Acción Asistente Administrativo de la Dirección Director(a) de Control Urbano Asistente Administrativo de la Dirección Asistente Administrativo del Departamento de Control de Proyecto Jefe(a) de Departamento Control de Proyecto Revisor del Departamento de Control de Proyectos 1. Recibe, asienta en el libro el expediente y envía al Director(a) de Control Urbano. 2. Recibe y realiza una pre-revisión estableciendo observaciones preliminares para el Departamento de Control de Proyectos y remite al Asistente Administrativo de la Dirección. 3. Recibe y transfiere el expediente al Departamento de Proyecto a través del Sistema SMART para su revisión respectiva. 4. Recibe el expediente por el Sistema SMART, asienta en el libro y envía al Jefe(a) de Departamento de Control de Proyectos 5. Recibe, revisa los recaudos y reasigna los expedientes al Revisor correspondiente. 5.1 Si el expediente no cuenta con todos los requisitos exigidos, devuelve al Asistente Administrativo a fin de elaborar oficio de rechazo. 5.2 En caso contrario, envía al Revisor. 6. Recibe, chequea datos del inmueble (Ubicación del terreno en el Sistema de Georeferenciación Arcgis (Geographic Information System) y asienta datos del inmueble. 7. Revisa y asienta coordenadas UTM (Universal Transverse Mercator.). 8. Realiza inspección sitio. COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO
  • 48. COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 48 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 PROCEDIMIENTO: ADECUACIÓN CLASE A (CERRAMIENTO DE LINDEROS, REPARACIÓN MENOR Y OTROS) Y CLASE B (DEMOLICIÓN) Responsable Acción Revisor del Departamento de Control de Proyectos Asistente Administrativo del Departamento Control de Proyecto Asistente Administrativo de la Dirección 9. Elabora ficha técnica con datos del inmueble. 10. Elabora informe técnico. 11. Evalúa si la propuesta se ajusta a las variables urbanas y procedimientos de acuerdo a las ordenanzas y normas vigentes. 12. Realiza inspección en sitio. 12.1 En caso de que el expediente cumpla con las variables urbanas y requisitos, o bien el expediente sea rechazado; entrega al Asistente Administrativo del Departamento a fin de elaborar la resolución. 13. Recibe el expediente y envía al Asistente Administrativo de la Dirección de Control Urbano a fin de que le asigne número y fecha de resolución. 14. Recibe el expediente, asigna número y fecha de la resolución, anota en el libro correspondiente y devuelve al Asistente Administrativo del Departamento. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO
  • 49. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 49 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 PROCEDIMIENTO: ADECUACIÓN CLASE A (CERRAMIENTO DE LINDEROS, REPARACIÓN MENOR Y OTROS) Y CLASE B (DEMOLICIÓN) Responsable Acción Asistente Administrativo del Departamento Control de Proyecto Jefe(a) de Departamento Control de Proyecto/ Revisor Departamento Control de Proyecto Asistente Administrativo Departamento Control de Proyectos. Asistente Administrativo de la Dirección Director(a) de Control Urbano 15. Recibe expediente, elabora la constancia de adecuación a las variables urbanas fundamentales u oficio de rechazo y entrega al Revisor para firma y revisión de oficio. 16. Envía al Jefe(a) de Departamento. 17. Recibe y revisa constancia de adecuación u oficio de rechazo. 17.1 Si tiene alguna observación, devuelve al Asistente Administrativo para su corrección. 17.2 Si no tiene observación, firma la constancia u oficio de rechazo y entrega al Asistente Administrativo. 18. Recibe, asienta en libro y transfiere por el Sistema SMART el expediente, a la Dirección de Control Urbano. 19. Recibe el expediente tanto por el Sistema SMART como por libro y entrega al Director(a) de Control Urbano. 20. Recibe, revisa y evalúa los expedientes. 20.1 En caso de presentar alguna observación, devuelve al Departamento de Control de Proyecto para su corrección. COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO
  • 50. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 50 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 PROCEDIMIENTO: ADECUACIÓN CLASE A (CERRAMIENTO DE LINDEROS, REPARACIÓN MENOR Y OTROS) Y CLASE B (DEMOLICIÓN) Responsable Acción Director(a) de Control Urbano Asistente Administrativo de la Dirección. Coordinador(a) Archivista Asistente Administrativo Departamento Control de Proyecto 20.2 En caso de no tener objeción, firma la constancia de adecuación u oficio de rechazo y entrega al Asistente Administrativo de la Dirección. 21. Recibe, asienta en el libro y transfiere el expediente por el Sistema SMART al Coordinador(a). 22. Recibe y desglosa los expedientes que entregará al contribuyente y los documentos que van a reposar en los archivados del Departamento de Control de Proyectos y al Archivo de la Dirección. 23. Transfiere a la División de Taquilla Única por el Sistema SMART oficio de aprobación o rechazo. 24. Envía en físico el oficio de aprobación y recaudos al Archivo de la Dirección. 25. Envía al Departamento Control de Proyecto oficio aprobado y/o rechazado para su archivo. 26. Recibe los expedientes, asienta en los libros correspondientes de acuerdo a la resolución y archiva los documentos. 27. Recibe copia de oficio aprobado o rechazado y archiva. COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO
  • 51. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 51 de 159 Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02 PROCEDIMIENTO: RECEPCIÓN Y PROCESAMIENTO DE DENUNCIAS Responsable Acción Asistente Administrativo de la Dirección de Control Urbano Director(a) de Control Urbano Asistente Administrativo de la Dirección de Control Urbano Asistente Administrativo Dpto. de Inspección y Fiscalización Jefe(a) del Departamento de Inspección y Fiscalización Profesional Inspector 1.Recibe las denuncias, asienta en libro y envía al Director(a) de Control Urbano. 2.Recibe la denuncia, asigna al Departamento de Inspección y Fiscalización y envía al Asistente Administrativo de la Dirección. 3.Recibe y transfiere la denuncia al Asistente Administrativo del Departamento de Inspección y Fiscalización a través del Sistema SMART y mediante libro. 4.Recibe por el Sistema SMART, registra en el libro y envía al Jefe(a) del Departamento de Inspección y Fiscalización. 5.Recibe, evalúa la denuncia y asigna al Profesional Inspector. 6.Recibe, evalúa la denuncia, verifica la ubicación en el Sistema de Ubicación Geográfica (ARCGIS) zonifica y verifica afectación vial. 7.Realiza la inspección ocular en sitio. 7.1 Si existe violación de las variables urbanas fundamentales, entrega acta de Inspección y citación. 7.2 No existe violación se indica en el informe y se archiva. COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016. REPUBLICA BOLIIVARIANA DE VENEZUELA DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO