Este documento presenta el Manual de Normas y Procedimientos de la Dirección de Control Urbano del Municipio Valencia. Incluye la introducción, objetivos, marco legal, normas generales y específicas, procedimientos, flujogramas, formularios e instructivos de llenado y un glosario de términos. El manual describe las funciones y responsabilidades de la Dirección de Control Urbano y establece los procedimientos a seguir para el cumplimiento de sus funciones de acuerdo a la legislación urbanística venezolana.
Manual Normas y Procedimientos Direccion de Catastro ValenciaAlexisBesembel
Este documento presenta el manual de normas y procedimientos de la Dirección de Catastro del Municipio de Valencia. El manual tiene como objetivo organizar y establecer los procesos y procedimientos de la Dirección de Catastro para dar cumplimiento a las normas de control interno y responder oportunamente a las solicitudes de los interesados. El manual está compuesto por capítulos que describen aspectos generales como el marco legal, objetivos, alcance y normas relacionadas con su uso.
Este documento presenta una reforma parcial de la ordenanza sobre la organización y funcionamiento de la rama ejecutiva del municipio de Valencia. La reforma actualiza la normativa para ajustarla a nuevas leyes y decretos, y para evaluar los resultados de la reorganización administrativa anterior. Se modifican varios artículos para adecuar la estructura de la alcaldía y sus unidades de acuerdo con las nuevas leyes. El objetivo es mejorar la eficiencia en el desempeño de las funciones de la rama ejecutiva municipal.
Este documento presenta una propuesta de reforma parcial de la ordenanza sobre tasas por servicios administrativos impositivos en el municipio de Girardot, estado Aragua, Venezuela. La reforma busca establecer valores de tasas inferiores a la unidad tributaria nacional y utilizar la Unidad de Cálculo Impositivo Municipal como referencia para determinar los montos a pagar. Además, pretende optimizar los costos del servicio a través del uso exclusivo de sistemas electrónicos que faciliten los trámites a distancia para los contribuyentes.
Este documento aprueba la cuarta reprogramación del Registro de Asignación de Cargos de la Alcaldía del Municipio Valencia. Incluye cambios en denominaciones y perfiles de varios cargos, así como la eliminación y modificación de algunos. También actualiza el Manual Descriptivo de Clases de Cargos para aplicarlo en la Alcaldía y sus entes descentralizados.
El documento describe la creación y funciones de la Superintendencia Municipal de Administración Tributaria (SUMAT) en el Municipio Bolivariano Libertador. SUMAT fue creada en 1996 para modernizar el sistema tributario municipal y mejorar la recaudación de impuestos. Sus funciones incluyen liquidar, recaudar e investigar el pago de impuestos municipales, así como desarrollar programas de educación tributaria. La estructura organizativa de SUMAT incluye gerencias de liquidación, recaudación, fiscalización y otras áreas, y su presupuesto proviene de
El documento propone 17 propuestas para mejorar la transparencia y rendición de cuentas en el gobierno local. Se propone crear un Portal de Transparencia que publique información sobre gastos, contratos, declaraciones de bienes de los funcionarios, y permita la participación ciudadana. También se proponen medidas para evaluar y mejorar los servicios públicos mediante sugerencias ciudadanas y medición continua de indicadores de cumplimiento.
El documento propone 17 propuestas para mejorar la transparencia en el ayuntamiento, incluyendo la creación de un portal de transparencia, publicar información sobre gastos, contratos, declaraciones de bienes de los representantes, y someter la gestión a evaluación ciudadana. También propone impulsar la regeneración democrática y la ética política a través de códigos éticos y planes anticorrupción.
Este documento presenta un resumen de tres oraciones o menos del contenido del documento sobre el diplomado "Gestión de procesos contables en municipios". Explica los principales procesos contables como la contabilización de ingresos, egresos y recursos recibidos. También cubre temas como la normativa legal, tipos de cuentas, decretos de pago y la contabilización de servicios incorporados o traspasados a las municipalidades.
Manual Normas y Procedimientos Direccion de Catastro ValenciaAlexisBesembel
Este documento presenta el manual de normas y procedimientos de la Dirección de Catastro del Municipio de Valencia. El manual tiene como objetivo organizar y establecer los procesos y procedimientos de la Dirección de Catastro para dar cumplimiento a las normas de control interno y responder oportunamente a las solicitudes de los interesados. El manual está compuesto por capítulos que describen aspectos generales como el marco legal, objetivos, alcance y normas relacionadas con su uso.
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Este documento establece directivas generales para la ejecución de proyectos de inversión pública bajo la modalidad de ejecución presupuestaria directa (EPD) por parte de la Municipalidad Provincial de La Convención. Detalla los requisitos y procedimientos para la elaboración, evaluación y aprobación de expedientes técnicos, así como las obligaciones y responsabilidades de la municipalidad durante la ejecución de proyectos bajo esta modalidad.
Este documento presenta el Reglamento Interno de Funcionamiento del Servicio Autónomo de Administración Tributaria del Municipio Libertador (SAMAT). Establece la estructura organizativa del SAMAT, incluyendo el Despacho del Superintendente Municipal Tributario y gerencias de Administración Tributaria, Coordinación Administrativa, Inteligencia Fiscal e Atención al Contribuyente, y Auditoría Interna. También define las atribuciones del Superintendente Municipal Tributario y de la Gerencia de Administración Tributaria.
El decreto describe el puesto de Jefe de Oficina de Monitoreo en el Municipio de Sabaneta. Sus principales responsabilidades incluyen dirigir la central de monitoreo municipal, establecer procedimientos de emergencia con instituciones locales, y administrar bases de datos y sistemas de videovigilancia para mejorar la seguridad pública. El puesto requiere título profesional y 6 meses de experiencia en áreas como educación, comunicaciones o ingeniería.
Este documento establece directivas generales para la ejecución de proyectos de inversión pública por ejecución presupuestaria directa en la Municipalidad Distrital de Huayopata. Define los objetivos, alcance y bases legales. Establece obligaciones como la aprobación de expedientes técnicos, ejecución dentro del marco legal y contabilización de obras. Detalla responsabilidades y procedimientos para la elaboración, evaluación y aprobación de expedientes técnicos de obras públicas.
Ley no 126-01_que_crea_la_direccion_general_de_contabilidad_gubernamentalAlfredo Alberto Carrasco
1. La ley crea la Dirección General de Contabilidad Gubernamental para administrar el Sistema de Contabilidad Gubernamental del sector público dominicano.
2. El sistema unificará la contabilidad presupuestaria y patrimonial del gobierno central y otras entidades públicas para producir informes financieros consolidados.
3. La Dirección General dictará normas contables, capacitará al personal, y consolidará la información financiera del sector público para presentar un informe anual a la Cámara de Cuentas.
Este documento presenta el informe de empalme entre la administración saliente y entrante del municipio de Ansermanuevo en Valle del Cauca, Colombia. Describe el proceso de empalme que incluyó varias reuniones entre diciembre y enero para la transferencia de información administrativa, financiera y territorial de la gestión saliente a la nueva administración. También resalta el rol de la oficina de control interno en garantizar que el proceso cumpliera con la normativa colombiana sobre empalmes entre mandatarios.
Este documento presenta una propuesta de ordenanza sobre la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente y la calidad de vida en el Municipio Valencia, Estado Carabobo. La ordenanza actualiza la normativa ambiental municipal para cumplir con la Constitución venezolana y leyes ambientales nacionales. La ordenanza establece deberes, derechos y participación ciudadana; normas sobre áreas verdes, desechos, contaminación por ruido, plantaciones; y sanciones por violaciones ambientales. El Instituto Municipal del Ambiente será responsable de hacer cumplir la
El documento presenta un diagnóstico de la administración territorial del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz. Describe la estructura organizativa del municipio, incluyendo la distritación en 23 distritos. También analiza las unidades municipales desconcentradas como la terminal de buses, cementerio general, zoológico municipal y sus recaudaciones entre 2010-2015. Finalmente, realiza una evaluación comparativa de la gestión municipal.
El documento presenta el manual de operaciones del Banco de Programas y Proyectos de Inversión Municipal del municipio de Concordia, Antioquia. Describe el objetivo del banco, que es mejorar la gestión municipal mediante la implementación de metodologías de formulación de proyectos y sistemas de información que faciliten el estudio, análisis y ejecución de proyectos de inversión pública. También presenta conceptos básicos como programas, proyectos y sus etapas, y la normatividad legal que rige el banco. Finalmente,
Este documento presenta el manual de organización de la Oficina de Atención al Ciudadano de la Contraloría General de la República. Establece que la Oficina tiene como misión poner a disposición de la ciudadanía medios para participar en el control de la gestión pública y promover la ética. Se compone de dos secciones y su estructura organizativa está conformada por el responsable de la Oficina y los encargados de cada sección. También describe las funciones generales y específicas de cada parte de la Oficina.
Este manual establece la organización y funciones de la Oficina de Atención al Ciudadano de la Contraloría General de la República. La Oficina tiene como misión poner a disposición de la ciudadanía medios para participar en el control de la gestión pública y atender denuncias. Está conformada por dos secciones: Información y Promoción de la Participación Ciudadana, y Atención de Denuncias. Entre sus funciones se encuentran promover la participación ciudadana, atender iniciativas ciudadanas, y recibir y tramitar denuncias
Este documento presenta los criterios establecidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable para la elaboración y presentación homogénea de la información financiera requerida por la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios. Incluye anexos con formatos para reportar la situación financiera, proyecciones presupuestarias y cumplimiento de la ley, así como instructivos para su llenado. El objetivo es facilitar que las entidades federativas y municipios cumplan con sus obligaciones de transparencia financiera de man
Nº 3 año 2006. gaceta municipal extraordinaria (ordenanza del samat)María Linares
Este documento presenta la creación del Servicio Autónomo de Administración Tributaria del Municipio Libertador (SAMAT) a través de una ordenanza. El SAMAT tendrá autonomía funcional y administrativa y estará dirigido a recaudar los ingresos tributarios municipales de manera eficiente y efectiva. La ordenanza establece la estructura organizativa del SAMAT, que incluye un Superintendente Municipal Tributario y gerencias de administración tributaria, coordinación administrativa, inteligencia fiscal y auditoría interna. También se especifican
Este documento establece el presupuesto municipal para el año 2024, fijando las erogaciones en $55.750.183.399 distribuidas entre las diferentes jurisdicciones municipales. También estima los recursos en la misma cantidad para equilibrar el resultado financiero. Finalmente, determina la cantidad de cargos en las plantas de personal de los diferentes organismos municipales.
Instrumento Normativo diseñado e implantado con el propósito de asegurar el manejo eficiente del inventario de materiales y suministros de la Contraloría del Municipio Eulalia Buroz, del estado Bolivariano de Miranda, Venezuela.
Este documento presenta las Normas Técnicas y de Gestión Reguladoras del Catastro Urbano Municipal aprobadas por Resolución Ministerial. Explica el contexto legal y los objetivos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento en relación al ordenamiento territorial y desarrollo urbano. Además, resume los principales puntos tratados en las normas como la estructura de los componentes catastrales urbanos, las tareas y procedimientos catastrales, y las normas de implementación y gestión del catastro urbano
Este documento presenta las Normas Técnicas y de Gestión Reguladoras del Catastro Urbano Municipal aprobadas por Resolución Ministerial. Explica el contexto legal y las funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento en relación al ordenamiento territorial y desarrollo urbano. Finalmente, introduce las normas técnicas catastrales urbanas destinadas a orientar la elaboración y manejo del catastro urbano a nivel municipal.
Proyecto ordenanza de tarifas aseo 2015rymgonzalez
Este documento propone una ordenanza para ajustar las tarifas del servicio de aseo urbano y domiciliario en el Municipio Sucre. Explica que las tarifas actuales no cubren los costos reales del servicio. La ordenanza dividiría el municipio en 4 zonas y establecería tarifas residenciales, comerciales, especiales y por servicios medioambientales o extraordinarios. El objetivo es que las tarifas sean suficientes para prestar el servicio de manera eficiente y sostenible.
El organigrama presenta las posiciones de liderazgo en el Instituto Regional de Deportes del Estado Zulia (IRDEZ), incluyendo al Secretario de Deportes del Estado Zulia como el líder, la Jefa de Recursos Humanos, y los jefes de las áreas de Operación de Equipos, Informática.
El documento proporciona información sobre el Registro Nacional de Contratistas en Venezuela. Explica que es el registro centralizado de empresas interesadas en contratar con el estado venezolano y describe los procesos de inscripción, requisitos, evaluación legal, financiera y técnica, y otros aspectos relacionados con el registro.
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Formato Inspeccion Vehiculo Liviano y PesadosAlexisBesembel
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El documento es una solicitud de viáticos para un viaje de Barquisimeto a Torrellero que incluye los detalles del beneficiario, las fechas de salida y llegada, el motivo del viaje, y las firmas del jefe del departamento y el beneficiario. Solicita los gastos de pasajes aéreos o terrestres y días de pernocte, y proporciona instrucciones para la liquidación y pago de los viáticos solicitados.
normalizacion del manual organizativo y procedimientos inviobrasAlexisBesembel
Inviobras Bolívar es un instituto gubernamental encargado de administrar y ejecutar obras de infraestructura y vivienda en el estado Bolívar. El Departamento de Costos de Inviobras necesita actualizar sus manuales organizativo y de procedimientos para mejorar la eficiencia en el cálculo de costos de proyectos. El documento describe el proceso de normalización de los manuales, incluyendo el diagnóstico de la situación actual, la evaluación y definición de cargos, procesos y procedimientos del departamento.
El documento decreta la jubilación de Luz Aurora Uquillas de Osorio como Comunicador Social P1 a partir del 1 de marzo de 2015, luego de 25 años de servicio. También establece que su pensión será de 5.622,48 bolívares mensuales. Además, dicta el Reglamento Interno de Organización del Fondo de Cooperación Estado Comunidad, el cual regula su estructura y funcionamiento para cumplir con los objetivos de desarrollo social del estado.
Reglamento Organico Secretaria de Planificación y Control de GestiónAlexisBesembel
Este documento contiene una resolución y un decreto publicados en la Gaceta Oficial del Estado Carabobo. La resolución ordena la publicación del decreto en la edición extraordinaria de la Gaceta Oficial. El decreto reforma parcialmente un decreto anterior relacionado con el reglamento orgánico de la Secretaría de Planificación, Presupuesto y Control de Gestión, modificando funciones de dos direcciones generales.
Este documento presenta varias resoluciones y providencias administrativas emitidas por entidades gubernamentales del estado Carabobo, Venezuela. Incluye la aprobación del presupuesto para 2014 de la empresa estatal ALIMENTOS CARABOBO ALIMCA y la creación de comisiones de contratación pública en dos compañías estatales de vías y asfalto. También presenta el reglamento interno de la compañía VÍAS Y ASFALTOS CARABOBO.
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Reglamento Parcial N1 De La Ley De Archivos Del Estado CaraboboAlexisBesembel
El documento presenta el Decreto No 429 mediante el cual se dicta el Reglamento Parcial Número 1 de la Ley de Archivos del Estado Carabobo sobre valoración, retención, desincorporación, expurgo y transferencia de documentos en los archivos de la administración pública del estado. Se establecen los tipos de archivos, los procesos técnicos como identificación, clasificación, valoración, selección, descripción, ordenación, codificación, desincorporación, transferencia, expurgo, eliminación y digitalización. También se
Reglamento Interno de la Fundación Para el Servicio de la Seguridad Ciudadana...AlexisBesembel
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LIDERAZGO E IGLECRECIMIENTO /perspectiva de liderazgo 2.pptxssuser0948981
Desde la perspectiva bíblica el liderazgo es un don dado por
Dios, Al igual que con todo don espiritual, el liderazgo es
esencial para el funcionamiento y crecimiento saludable del
cuerpo de Cristo para cumplir su misión en este mundo.
Gálatas 6:7 7 No os engañéis; Dios no puede ser burlado: pues todo lo que el hombre sembrare, eso también segará.
El versículo de Gálatas 6:7 nos recuerda que nuestras acciones tienen consecuencias inevitables. La idea de "sembrar y cosechar" subraya la ley de causa y efecto en la vida espiritual y moral. No podemos engañar a Dios ni evitar las repercusiones de nuestros actos. Si sembramos bondad, cosecharemos beneficios; si sembramos maldad, enfrentaremos adversidades. Este principio nos insta a vivir con integridad y a actuar de manera justa y amorosa, sabiendo que cada decisión y acción tiene un impacto duradero en nuestra vida y en la de los demás. Es un llamado a la responsabilidad y a la reflexión sobre nuestro comportamiento diario.
MANUALNORMAS Y PROCEDIMIENTOS DIRECCION DE CONTROL URBANO VALENCIA
1. MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y
PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE
FEBRERO DE 2016.
República Bolivariana de
Venezuela
Estado Carabobo
Alcaldía del Municipio
Valencia
Dirección de Control Urbano
ALCALDIA DEL
MUNICIPIO VALENCIA
DIRECCIÓN DE CONTROL
URBANO
2. 1
DIA MES AÑO
ALCV-DPP-JCG-F-002
Solicitud de Proyecto de Edificación
Solicitud de Proyecto de Urbanismo
Modificación de Proyecto de Urbanismo
ALCV-DCU-F-010
ALCV-DCU-F-011 X
X
X
X
X
X
X
X
X
X
X
Sellado Extraordinario de Planos
Solicitud de Certificación de Copias
Certificación. Terminación de Obras para
Edificación.
ALCV-DCU-F-008
ALCV-DCU-F-009
Planilla de Denuncias
Certificifación. Terminación de Obras
para urbanismo
Autorización. para Rotura de Aceras y
Calzadas
ALCV-DCU-F-012
ALCV-DCU-F-007
ALCV-DCU-F-006
ALCV-DCU-F-002
ALCV-DCU-F-003
ALCV-DCU-F-004
ALCV-DCU-F-005 Adecuación para Categoría Clase A
Adecuación para Categoría Clase B
ELABORADO POR: DIRECCION CONTROL URBANO
UNIDAD EJECUTORA: DIRECCION DE CONTROL URBANO
ALCV-DCU-F-001 X
CONTROL DE DOCUMENTOS
Solicitud de Anteproyecto de Edificación
ÍTEM REGISTRO
FECHA DE MODIFICACION
STATUS
ACTIVO INACTIVO
REVISADO POR: DIRECCION
CONTROL URBANO
APROBADO POR: DIRECCION CONTROL
URBANO
AlLCALDIA BOLIVARIANADE VALENCIA
DIRECCIONDE
CONTROLURBANO
COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO EN
GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE 2016.
3. Republica Bolivariana de
venezuela
Estado Carabobo
Alcaldia del Municipio Valencia
Direccion de Control Urbano
REVISAR/ ACTUALIZAR
DOCUMENTOS
DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO
DATOS DEL DOCUMENTO
Item Nombre
Nº de Pág.
Sustituida
Fecha de
Revisión
Fecha de
Aprobación
Descripcion de la
Modificación
COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y
PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE
FEBRERO DE 2016.
4. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA
DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO
MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 4 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
APROBACIÓN
COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y
PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE
FEBRERO DE 2016.
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DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO
En cumplimiento con lo establecido en la Ley Orgánica de la Administración Financiera del
Sector Público, específicamente en el Artículo 140: mediante el cual se establece
“…Corresponde a la máxima autoridad de cada organismo o entidad la responsabilidad de
establecer y mantener un sistema de control interno adecuado a la naturaleza, estructura y fines
de la organización…”, en concordancia con lo señalado en la Ley Orgánica de la Contraloría
General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, en el Artículo 37: “Cada
entidad del sector público elaborará, en el marco de las normas básicas dictadas por la
Contraloría General de la República, las normas, manuales de procedimientos, indicadores de
gestión, índices de rendimiento y demás instrumentos o métodos específicos para el
funcionamiento del sistema de contro interno.” Asimismo, en el Artículo 92 de la misma Ley se
establece “Las máximas autoridades, los niveles directivos y gerenciales de los organismos
señalados en el Artículo 9 numerales 1 al 11 de esta ley, además de estar sujetos a las
responsabilidades definidas en este Capítulo, comprometen su responsabilidad administrativa
cuando no dicten las normas, manuales de procedimientos, métodos y demás instrumentos que
constituyan el sistema de control interno, o no lo implanten, o cuando no acaten las
recomendaciones…”
En virtud de lo anteriormente expuesto, Yo, Michele Cochiola Pugliese, titular de la Cédula de
Identidad Nº 8.599.749, Alcalde del Municipio Valencia, apruebo la información contenida en el
presente “Manual de Normas y Procedimientos de la Dirección de Control Urbano”, el cual
contiene la descripción de las actividades que deben seguirse en la realización de las funciones
encomendadas a esta Dirección de Control Urbano, órgano de la rama ejecutiva del Municipio
Valencia.
En consecuencia a partir de la presente fecha entra en vigencia, quedando bajo la responsabilidad
de la Dirección de Control Urbano, las revisiones y actualizaciones que sean necesarias para
mantener actualizada la información presentada en este documento.
En Valencia, a los 18 días del mes de febrero de 2016.
___________________________
Michele Cochiola Pugliese
Alcalde del Municipio Valencia
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INDICE
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PAG
INTRODUCCIÒN 6
OBJETIVOS Y ALCANCE DEL MANUAL 8
MARCO LEGAL 9
NORMAS GENERALES Y ESPECIFICAS 16
PROCEDIMIENTOS 25
FLUJOGRAMAS 69
FORMULARIOS E INSTRUCTIVO DE LLENADO 111
GLOSARIO DE TERMINOS 158
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INTRODUCCIÓN
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De acuerdo con lo establecido en los Artículos 73 y 74 de la Reforma Parcial de la Ordenanza
sobre Organización y Funcionamiento de la Rama Ejecutiva del Municipio Valencia (Gaceta
Municipal Nº 11/1955 Extraordinario, de fecha 30 de enero 2012), se establece:
La Dirección de Control Urbano, es la unidad encargada de dirigir y de supervisar las actividades
de la Alcaldía con relación al cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente que regula el
urbanismo del Municipio Valencia, la misma tendrá las atribuciones siguientes:
1. Velar porque las edificaciones y urbanizaciones, tanto públicas como privadas que se
construyan en el Municipio Valencia, se adecuen al ordenamiento jurídico vigente.
2. Aplicar las sanciones contenidas en las ordenanzas, por las violaciones que se produzcan con
motivo de la construcción de obras, edificaciones y urbanizaciones en las áreas urbanas del
Municipio, y coordinar con otras entidades municipales y nacionales la aplicación de
sanciones en materia ambiental, fiscal, sanitaria o de seguridad y defensa.
3. A través de la Coordinación de Infraestructura y Transporte, elevar a la Sindicatura Municipal
los asuntos en los cuales observe que se hayan vulnerado los intereses del Municipio.
4. Mantener organizado y actualizado el registro de los expedientes que con motivo de las
violaciones a las ordenanzas, hayan sido sustanciados.
5. Mantener y desarrollar, con la participación de la unidad especializada de la Alcaldía, los
sistemas de computación y de los equipos que fuesen asignados a la Dirección.
6. Diseñar e implantar un programa de información dirigido a los profesionales de la ingeniería,
arquitectura y profesiones afines y complementarias, y a las empresas constructoras, acerca de
las normas municipales, con la finalidad de prevenir las violaciones al ordenamiento urbano
del Municipio.
7. Analizar y responder las solicitudes de desarrollo de áreas urbanas que son sometidas a
consideración de este despacho, en cumplimiento de la Ley Orgánica de Ordenación
Urbanística y el ordenamiento jurídico urbanístico municipal.
8. Participar en la elaboración de proyectos de ordenanzas vinculadas con la planificación urbana
y con el control de su proceso de urbanización.
9. Las demás que le sean asignadas por el Alcalde o Alcaldesa, por el Coordinador General de
Operaciones y por el Coordinador Sectorial de Infraestructura y Transporte.
En este sentido, el presente Manual de Normas y Procedimientos plasma la descripción de las
actividades que deben seguirse en la realización de las funciones encomendadas a esta Dirección,
incluyendo la descripción de las unidades administrativas que intervienen demarcando su
participación y responsabilidad.
Contiene información y formularios necesarios para auxiliar en el correcto desarrollo a las
actividades llevadas por esta Dirección. En este manual, se encuentra registrada y transmitida sin
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INTRODUCCIÓN
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distorsión la información básica referente a su funcionamiento, facilitando así las labores de
auditoría, evaluación y control interno, en cumplimiento del apego que rige la actividad de la
administración pública; así como facilita la toma de conciencia en los funcionarios de que el
trabajo se está realizando o no adecuadamente.
Es importante, porque permite conocer el funcionamiento interno con lo que respecta a la
descripción de tareas, ubicación, requerimientos y a las unidades responsables de su ejecución.
Auxilian en la inducción del cargo y al adiestramiento y capacitación del personal ya que
describen en forma detallada como se involucra en las actividades de cada unidad administrativa
de la dirección. Sirve asimismo, para el análisis o revisión de los procedimientos de un sistema.
Para establecer un sistema de información o bien modificar el ya existente, permitiendo
uniformar y controlar el cumplimiento de las rutinas de trabajo y evitar su alteración arbitraria.
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OBJETIVO Y ALCANCE DEL MANUAL
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OBJETIVOS
Agrupar en un solo instrumento, todas las políticas, normas y procedimientos para constituir
un tratamiento uniforme correspondiente a las tareas que son repetitivas.
Utilizar este Manual como herramienta para el control de procesos en las diferentes áreas,
considerando el contenido de la Misión.
Garantizar de una forma armónica y organizada el desempeño de los trabajadores de la
organización.
Contribuir a mejorar las comunicaciones internas y externas de la organización y su
interrelación con clientes, proveedores y usuarios.
Mantener actualizadas las políticas, normas, procedimientos y métodos, en consideración con
los cambios que puedan originarse, así como para la gestión del desempeño, inducción y
entrenamiento del personal.
Disponer de un instrumento que coadyuve a una sana realización de las actividades
correspondientes al área de auditoría.
Garantizar el cumplimiento de los procesos involucrados en las actividades legales.
ALCANCE
El presente Manual de Normas y Procedimientos en esencia, tiene por finalidad, ser fuente
importante de consulta de todo el personal, que permita determinar en forma más sencilla las
responsabilidades por errores, y así aumentar la eficiencia de los funcionarios, indicándoles lo
que deben hacer y cómo deben hacerlo, ayudando en la coordinación de actividades y evitar
duplicidades, constituyendo una base para el posterior análisis del trabajo y mejoramiento de los
procedimientos, métodos y los sistemas empleados.
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MARCO LEGAL
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La Dirección de Control Urbano se rige por las siguientes disposiciones legales:
- Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
Título IV. Del Poder Público Municipal.
Artículo 178: Son de la competencia del Municipio el gobierno y administración de sus
intereses y la gestión de las materias que le asignen esta Constitución y las leyes
nacionales, en cuanto concierne a la vida local, en especial la ordenación y promoción del
desarrollo económico y social, la dotación y prestación de los servicios públicos
domiciliarios, la aplicación de la política referente a la materia inquilinaría con criterios
de equidad, justicia y contenido de interés social, de conformidad con la delegación
prevista en la ley que rige la materia, la promoción de la participación, y el mejoramiento,
en general, de las condiciones de vida de la comunidad, en las siguientes áreas:
1. Ordenación territorial y urbanística; patrimonio histórico; vivienda de interés social;
turismo local; parques y jardines, plazas, balnearios y otros sitios de recreación;
arquitectura civil, nomenclatura y ornato público. (omissis)”
- Ley Orgánica de Ordenación Urbanística. Título VI. De la Ejecución del Desarrollo Urbano.
Capítulo III De la Urbanización de Terrenos.
Artículo 67: A los efectos de la presente Ley, constituye urbanización la división de un
terreno en parcelas, y la realización de los demás trabajos y obras necesarios para que el
terreno sea utilizado cabalmente, según el uso de suelo y el tipo de urbanización
establecido en los planes de ordenación urbanística, en los planes de desarrollo urbano
local y en las ordenanzas correspondientes.
Constituyen parcelamientos urbanísticos las subdivisiones o modificaciones de
parcelamientos existentes.
Las parcelas integradas serán consideradas como una unidad a los efectos urbanísticos y en
ningún caso podrán subdividirse nuevamente a los fines de su utilización.
Título VII. Del Control de la Ejecución de Urbanizaciones y Edificaciones.
Artículo 81: Toda persona interesada en construir una edificación o una urbanización
podrá hacer una consulta preliminar, por escrito, al organismo competente del Consejo
Municipal en la cual se solicite:
1. Las variables urbanas fundamentales.
2. Adicionalmente, para las urbanizaciones, las condiciones generales de urbanización o
parcelamiento y el nivel de dotación de las obras de servicio público.
El interesado debe acompañar a la consulta lo siguiente:
1. Una copia de los documentos de propiedad del terreno.
2. Un croquis del terreno, cuando se trate de una parcela para vivienda unifamiliar o un
levantamiento topográfico, cuando se trate de una parcela multifamiliar o para
desarrollo de urbanizaciones.
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MARCO LEGAL
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Parágrafo Único: Cuando no exista plan de desarrollo urbano local u ordenanza de
zonificación se aplicará lo dispuesto en el artículo 125.
Artículo 86. A los efectos de esta ley se consideran variables urbanas fundamentales en
el caso de las urbanizaciones:
1. El uso correspondiente.
2. El espacio requerido para la trama vial arterial y colectora.
3. La incorporación a la trama vial arterial y colectora.
4. Las restricciones por seguridad o por protección ambiental.
5. La densidad bruta de la población prevista en el plan.
6. La dotación, localización y accesibilidad de los equipamientos de acuerdo con las
respectivas normas.
7. Las restricciones volumétricas.
Artículo 87: A los efectos de esta ley se consideran variables urbanas fundamentales en
el caso de las edificaciones:
1. El uso previsto en la zonificación.
2. El retiro de frente y el acceso según lo previsto en el plan para las vías que colindan
con el terreno.
3. La densidad bruta de población prevista en la zonificación.
4. El porcentaje de ubicación y el porcentaje de construcción previstos en la zonificación.
5. Los retiros laterales y de fondo previstos en la zonificación.
6. La altura prevista en la zonificación.
7. Las restricciones por seguridad o por protección ambiental.
8. Cualesquiera otras variables que los planes respectivos impongan a un determinado
lote de terreno.
Título XI. Disposiciones Transitorias
Artículo 125: Cuando no existieren planes de ordenación urbanística, ni de desarrollo
urbano local, ni ordenanza de zonificación, los particulares deberán solicitar del
respectivo Consejo Municipal las variables urbanas fundamentales aplicables al terreno
en cuestión y podrán presentar proyectos de urbanizaciones y edificaciones para la
asignación de variables por parte de dicho Consejo. Las mencionadas variables serán
asignadas previa aprobación del Ministerio del Desarrollo Urbano.
Cuando existieren planes de ordenación urbanística y no existiesen planes de desarrollo
urbano local u ordenanza de zonificación, las variables urbanas fundamentales que fije el
respectivo Consejo Municipal deberán sujetarse a lo establecido en los planes de
ordenación urbanística, de lo cual se informará al Ministerio del Desarrollo Urbano
dentro de los quince (15) días siguientes a la asignación de dichas variables.
- Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos
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Título I. Disposiciones Fundamentales.
Artículo 2: Toda persona interesada podrá, por sí o por medio de su representante, dirigir
instancias o peticiones a cualquier organismo, entidad o autoridad administrativa. Estos
deberán resolver las instancias o peticiones que se les dirijan o bien declarar, en su caso,
los motivos que tuvieren para no hacerlo.
- Título IV. De la Recepción de Documentos.
Artículo 44: En los Ministerios, organismos y demás dependencias públicas se llevará un
registro de presentación de documentos en el cual se dejará constancia de todos los
escritos, peticiones y recursos que se presenten por los administrados, así como de las
comunicaciones que puedan dirigir otras autoridades.
La organización y funcionamiento del registro se establecerán en el Reglamento de esta
ley.
Artículo 45: Los funcionarios del registro que reciban la documentación advertirán a los
interesados de las omisiones y de las irregularidades que observen, pero sin que puedan
negarse a recibirla.
Artículo 46: Se dará recibo de todo documento presentado y de sus anexos, con
indicación del número de registro que corresponda, lugar, fecha y hora de presentación.
Podrá servir de recibo la copia mecanografiada o fotostática del documento que se
presente, una vez diligenciada y numerada por los funcionarios del registro.
- Ley Orgánica del Poder Público Municipal.
Título III. De la Competencia de los Municipios.
Artículo 52: Es competencia de los municipios, el gobierno y la administración de los
intereses propios de la vida local, la gestión de las actividades y servicios que requiera la
comunidad municipal, de acuerdo con la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela y las leyes.”
Artículo 56: Son competencias propias del Municipio las siguientes:
(omissis)
2. La gestión de las materias que la Constitución de la República y las leyes nacionales
les confieran en todo lo relativo a la vida local, en especial, la ordenación y promoción
del desarrollo económico y social, la dotación y prestación de los servicios públicos
domiciliarios, la aplicación de la política referente a la materia inquilinaria, la
promoción de la participación ciudadana y, en general, el mejoramiento de las
condiciones de vida de la comunidad en las áreas siguientes:
a. La ordenación territorial y urbanística; el servicio de catastro; el patrimonio; la
vivienda de interés social; el turismo local; las plazas, parques y jardines; los
balnearios y demás sitios de recreación; la arquitectura civil; la nomenclatura y el
ornato público.
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(omissis).
- Ley de Aguas
- Reforma Parcial de la Ordenanza Sobre Organización y Funcionamiento de la Rama Ejecutiva
del Municipio Valencia.
Capítulo II. De Las Direcciones Adscritas a La Coordinación Sectorial De Infraestructura
y Transporte
Sección Segunda De La Dirección De Control Urbano.
Artículo 73: Definición. La Dirección de Control Urbano, es la unidad encargada de
dirigir y de supervisar las actividades de la Alcaldía en relación al cumplimiento del
ordenamiento jurídico vigente que regula el urbanismo del Municipio Valencia.
Artículo 74: Funciones. La Dirección de Control Urbano tendrá las atribuciones
siguientes:
1. Velar porque las edificaciones y urbanizaciones, tanto públicas como privadas que se
construyan en el Municipio Valencia, se adecuen al ordenamiento jurídico vigente.
2 Aplicar las sanciones contenidas en las ordenanzas, por las violaciones que se
produzcan con motivo de la construcción de obras, edificaciones y urbanizaciones en
las áreas urbanas del Municipio, y coordinar con otras entidades municipales y
nacionales la aplicación de sanciones en materia ambiental, fiscal, sanitaria o de
seguridad y defensa.
3. A través de la Coordinación de Infraestructura y Transporte, elevar a la Sindicatura
Municipal los asuntos en los cuales observe que se hayan vulnerado los intereses del
Municipio.
4. Mantener organizado y actualizado el registro de los expedientes que con motivo de
las violaciones a las Ordenanzas, hayan sido sustanciados.
5. Mantener y desarrollar, con la participación de la unidad especializada de la Alcaldía,
los sistemas de computación y de los equipos que fuesen asignados a la Dirección.
6. Diseñar e implantar un programa de información dirigido a los profesionales de la
ingeniería, arquitectura y profesiones afines y complementarias, y a las empresas
constructoras, acerca de las normas municipales, con la finalidad de prevenir las
violaciones al ordenamiento urbano del Municipio.
7. Analizar y responder las solicitudes de desarrollo de áreas urbanas que son sometidas
a consideración de este despacho, en cumplimiento de la Ley Orgánica de Ordenación
Urbanística y el ordenamiento jurídico urbanístico municipal.
8. Participar en la elaboración de proyectos de ordenanzas vinculadas con la
planificación urbana y con el control de su proceso de urbanización.
9. Las demás que le sean asignadas por el Alcalde o Alcaldesa, por el Coordinador
General de Operaciones y por el Coordinador Sectorial de Infraestructura y
Transporte.”
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- Ordenanza sobre Procedimientos de Construcción.
Capítulo I. Disposiciones Generales
Artículo 5: Para la construcción de una edificación o urbanización en parcelas o terrenos
de las áreas urbanas del Municipio Valencia, deberá efectuarse un proyecto por
profesionales competentes, según la Ley de Ejercicio de la Ingeniería, Arquitectura y
Profesionales a fines, quienes responderán por la correspondencia del proyecto con las
normas y procedimientos técnicos aplicables, con las variables urbanas fundamentales y
demás especificaciones establecidas en los Planes Urbanísticos y demás Ordenanzas que
rigen la materia. Un profesional residente debidamente inscrito en el Centro de Ingenieros
del Estado Carabobo y/o el Colegio de Arquitectos de Venezuela, filial Carabobo, según
sea el caso, será responsable por la ejecución de la obra, según los planos, documentos y
demás especificaciones del proyecto.
Capítulo II. Consultas Preliminares
Artículo 6: Las personas interesadas en construir una edificación en parcela, o una
Urbanización, podrán realizar ante la Oficina Municipal de Planeamiento Urbano una
consulta preliminar sobre las variables urbanas fundamentales de la parcela o lote de
terreno, las afectaciones que pudiesen tener, los servicios comunales, existentes o
previstos y las limitaciones al derecho de propiedad que puedan afectarlas por efecto de
declaraciones de utilidad pública, decretos de expropiación o parcelamiento y el nivel de
dotación de las obras de servicios públicos, en los casos de urbanizaciones.
Parágrafo Único: Las consultas y anteproyectos en este artículo, también procederán en
los siguientes casos:
1. Cuando se trate de un caso o proposición especial para una edificación o conjunto en
áreas de terreno superior a los cinco mil metros cuadrados (5.000 m2) o que alojen una
población igual o mayor a trescientos (300) habitantes y no forme parte de una
urbanización debidamente permisada.
2. Cuando se trate de una urbanización.
3. Cuando se trate de casos especiales no contemplados en las Ordenanzas Municipales y
deben ser sometidos a consideración de las Comisiones de Planeamiento urbano o de
desarrollo Urbano.
Artículo 7: La consulta prevista n el Artículo anterior, deberá hacerse por escrito,
planteada en forma clara y razonada la información requerida y deberá ir acompañada de
los siguientes recaudos:
a) Una copia del documento de propiedad, debidamente registrado o copia del contrato
de arrendamiento o enfiteusis y mensura catastral vigente, si se trata de un terreno
propiedad del Municipio.
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b) Plano de ubicación o situación en escala, indicando puntos de referencia, ríos,
quebradas, cursos de aguas, vegetación mayor, torres de electricidad, líneas de alta
tensión, y vías próximas, según la nomenclatura urbana vigente.
c) Plano topográfico del terreno con el estudio e pendientes, e caso de que las
características del mismo así lo ameriten.
d) Copia de la inscripción catastral de la parcela o terreno.
e) Constancia de pago de la tasa por concepto de tramitación.
f) Cualquier otro recaudo que solicite la Oficia Municipal de Planeamiento Urbano,
tendiente a facilitar la comprensión de la consulta.
Parágrafo Primero: El interesado podrá presentar un anteproyecto de la edificación o de
la urbanización, debiendo incluir los siguientes recaudos:
- Todos los exigidos en la consulta preliminar.
- Planos a escala del desarrollo, junto con la memoria descriptiva que explique la
proposición presentada.
Parágrafo Segundo: La respuesta a la consulta y al anteproyecto se limitará
exclusivamente a lo indicado en el Artículo 6 de esta Ordenanza. En el caso de los
anteproyectos, se incluirá los lineamientos especiales que sean aprobados por la Cámara
Municipal.
Capítulo IV De La Inspecciones
Artículo 16: Correspondiente a la Ingeniería Municipal ejercer las atribuciones de policía
en materia de construcciones y en consecuencia, tendrá la obligación de inspeccionar las
construcciones de edificaciones en parcela y de urbanizaciones, con el fin de verificar que
los responsables cumplan con las disposiciones contempladas en el Ordenamiento
Urbanístico Municipal y, en especial, con las variables urbanas fundamentales que rigen
para la parcela o lote de terreno e igualmente, que en la ejecución de las obras se cumplen
las normas y procedimientos establecidas en el Plan de Desarrollo Urbano Local o en la
Ordenanza de Zonificación.
Para facilitar la realización de la inspección en la edificación o construcción, el
profesional residente está obligado a tener una copia de los planos, proyectos y demás
recaudos que sean necesarios.
El Profesional residente y el propietario están obligados a dar todas las facilitaciones para
el profesional inspector realice la inspección, y en ningún caso le podrán negar a los
profesionales inspectores el acceso a la construcción, ni a revisar los planos, documentos
o proyectos, bajo pena de aplicación de las sanciones complementadas en esta
Ordenanza.
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Artículo 20: Al efectuarse una inspección, deberá, levantarse un acta en el mismo sitio de
la obra y copia de la misma se entregará al profesional residente o al propietario, quien
deberá firmar el original como constancia d haberla recibido.
- Ordenanza sobre Tasas por Prestación de Servicios Administrativos y Uso de Bienes
Municipales.
Artículo 1: La presente ordenanza tiene por objeto establecer y regular las tasas
administrativas y demás valores a pagar al Municipio, por la realización de actos,
documentos, prestación de servicios y uso de bienes municipales que conforme a las leyes
nacionales, el ordenamiento jurídico municipal y la presente ordenanza, deben suscribir,
expedir o suministrar las autoridades municipales.
Artículo 7: A los fines del pago de las tasas previstas en esta ordenanza, la dependencia
municipal a la que corresponda los actos, documentos y expedientes que suscriba, expida o
suministre, extenderá al interesado una planilla con indicación del monto a pagar por
concepto de tasa.
Las tasas previstas en esta Ordenanza, serán pagadas por ante la Tesorería Municipal, los
institutos autónomos municipales, la dependencia municipal encargada a tal efecto o las
entidades bancarias recaudadoras de ingresos municipales debidamente autorizadas. En todos
los casos, se expedirá una constancia de pago, la cual, el interesado deberá presentar ante la
dependencia municipal a los fines de la tramitación administrativa correspondiente. (…)
- Ordenanzas sobre el Plan de Desarrollo Urbano Local de La Parroquia San José.
- Ordenanzas sobre el Plan Especial de la Zona Industrial de la Parroquia Rafael Urdaneta.
- Ordenanzas sobre el Plan de Desarrollo Urbano Local del Sector Doce (12) Parroquia Rafael
Urdaneta (Flor Amarillo).
- Ordenanza Sobre el Plan de Desarrollo Urbano Local de Las Parroquias Candelaria, Miguel
Peña, Santa Rosa y Parte de San Blas (Gaceta Municipal Nº 10/1558 Ext. de fecha 15 de
octubre de 2010).
- Ordenanza que Regula las Competencias del Municipio Valencia en Materia de Protección del
Ambiente y de Creación del Instituto Municipal del Ambiente (IMA). Normas Sobre
Movimientos de Tierra y Conservación Ambiental (Gaceta Oficial mayo de 1993 Nº 284.403,
Decreto Nº 2.212 23 abril de 1992).
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MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 16 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
NORMAS GENERALES Y ESPECIFICAS
COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y
PUBLICADO EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE
FEBRERO DE 2016.
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VENEZUELA
ESTADO CARABOBO
ALCALDIA DEL MUNICIPIO
VALENCIA
DIRECCIÓN DE CONTROL URBANO
NORMAS GENERALES:
1. Todos los funcionarios que laboren en esta Dirección, deben regirse por las Leyes,
Ordenanzas y Reglamentos que la condicionan.
2. Deben prestar un servicio con carácter de regularidad y permanencia, mantener actualizada la
información, así como también mantener el flujo de información con las dependencias
Municipales, Estadales y Nacionales.
3. Debe mantener de forma permanente todos los registros generales, archivarlos en expedientes
y no deben ser destruidos, ya que ello toma parte del Control Urbano del Municipio Valencia.
4. Deben prestar un servicio de esmerada atención, comunicación y orientación a los
Contribuyentes.
5. Mantener el flujo de información y comunicación entre todos los integrantes del
Departamento, que garantice el seguimiento y control de las metas propuestas.
NORMAS ESPECÍFICAS: Adicionalmente, se encuentran establecidos como requisitos para
presentar las solicitudes ante esta Dirección, como se detallan a continuación:
Requisitos exigidos para Presentar un Proyecto de Edificación
1. Pago de tasa por tramitación administrativa.
2. Copia de consulta preliminar y/o del anteproyecto, si este se hubiese realizado.
3. Copia del documento de propiedad registrado o copia del contrato de arrendamiento, si se
trata de una parcela propiedad del Municipio, Estado o de la Nación.
4. Copia de la constancia de inscripción catastral del terreno actualizada.
5. Copia de la certificación de solvencia municipal vigente, por concepto de impuestos sobre
inmuebles urbanos.
6. Consignar original de la constancia de variables ambientales respectivas, otorgadas por el
Instituto Municipal del Ambiente, a los efectos de la seguridad y protección ambiental, tal
como lo dispone el Artículo 17 numeral 33 de la ordenanza. consignar copia de estudio
impacto ambiental y de paisajismo, ejecutado por profesional competente, indicando el tipo y
cantidad de especies a utilizar, previamente aprobado por IMA.
7. Estudio de impacto vial: original. Se exigirá la presentación de estudios de impacto vial en los
desarrollos que contemplen actividades capaces de generar los viajes vehiculares que afecten
la capacidad de diseño y funcionamiento de las vialidades contiguas, tales como comercio
intermedio (c2) y general (c3), hoteles, edificaciones educacionales, socio-culturales,
recreacionales-deportivas, asistenciales, desarrollos residenciales con más de 100 unidades de
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MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
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NORMAS GENERALES Y ESPECIFICAS
COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y
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vivienda y en los casos especiales contemplados en el título VI, capítulo I de la ordenanza
sobre el Plan de Desarrollo Urbano Local de San José, el mismo debe venir previamente
aprobado por el Instituto Autónomo Municipal de Tránsito y Transporte Público Urbano de
Pasajeros (IAMTT) .
8. Original constancia de revisión de proyecto o comprobante de recepción por parte del Cuerpo
de Bombero, (cuando se trate de edificio, locales comerciales, industrias, hoteles, clínicas,
depósitos o edificaciones que así lo ameriten), según decreto 46 (Reglamento sobre
prevención contra incendio).
9. Original permiso expedido por parte de las autoridades competentes en materia de aviación
civil (INAC), para aquellos desarrollos que se ubiquen dentro de las áreas del cono de
aproximación del aeropuerto internacional Arturo Michelena (Parroquia Rafael Urdaneta).
10. Original de la certificación de factibilidad de los servicios públicos (agua potable, aguas
residuales y electricidad) o constancias de poder suministrárselos por cuenta propia,
aprobados por los organismos competentes.
11. Solvencia(s) de los profesionales que actúan en el proyecto. El Arquitecto debe presentar la
solvencia del colegio de arquitectos filial Carabobo y la del Centro de Ingenieros de
Carabobo (solo para el Arquitecto), y de los demás del profesional(es), solvencia del colegio
filial Carabobo y responsable(s), todas deben venir en original o copia con sellos húmedos.
12. Copia del estudio de suelos.
13. Estudio de tráfico de ascensores, para viviendas multifamiliares y oficina mayor de 12mts
(altura de entrepiso) cuando se trate de edificios o construcciones que lo ameriten según la
norma.
14. Tres (03) copias del plano de ubicación y situación de las(s) obra(s) que desee emprender,
indicando puntos de referencia y la incorporación a la vialidad mas próxima, según la
nomenclatura urbana vigente.
15. Tres (03) copias del plano de topografía original y modificada en coordenadas UTM, de
acuerdo a las características del terreno, debiendo incluir el estudio de pendientes y los
perfiles del terreno con indicación de los niveles de la vialidad de las obras que se van a
emprender y de los terrenos vecinos.
16. Tres (03) juegos de planos de arquitectura con su respectiva memoria. Tres (03) juegos de
planos de estructura, con su respectiva memoria y cálculos en concordancia con las normas
covenin, aplicables. Tres (03) juegos instalaciones eléctricas, con su respectiva memoria y
cálculos. Tres (03) juegos instalaciones sanitarias, con su respectiva memoria y cálculos.
Tres (03) juegos de instalaciones de gas directo, con su respectiva memoria. Todos los
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juegos deben venir firmados por cada uno de los profesionales responsables de su contenido
y por el propietario en original la firma.
17. Consignar proyecto en digital (planos de las especialidades) en cd, en autocad versión 2007
El proyecto debe venir identificado y debidamente encarpetado, con sus respectivos ganchos
y los planos deben cumplir con las normas Covenin Venezolana n° 3477: 1999 (ntc
1687:1981).
Consideraciones para el desarrollo de la propuesta
Toda edificación asistencial, administrativa, comercial, cultural, deportivo, educacional,
religiosa o recreacional con acceso público, debe dar cumplimiento a lo establecido en la
ordenanza sobre normas para la construcción y adaptación de edificaciones de uso público,
accesibles a personas con impedimentos físicos.
Requisitos exigidos para Presentar un Anteproyecto de Edificación
1. Pago de tasa por tramitación administrativa.
2. Copia del documento de propiedad registrado o del contrato de arrendamiento o
enfiteusis con mensura catastral vigente, si se trata de un terreno propiedad del Municipio,
Estado o la Nación.
3. Copia de la constancia de inscripción catastral del terreno.
4. Copia de la certificación de solvencia municipal vigente, por concepto de impuestos sobre
inmuebles urbanos.
5. Solvencia(s) del colegio de arquitectos y/o del centro de ingenieros filial Carabobo, del
profesional responsable con sello húmedo.
6. Tres (03) juegos de planos de ubicación y situación en escala indicando puntos de
referencias, ríos, quebradas, cursos de aguas, vegetación mayor, torre de electricidad, líneas
de alta tensión y vías próximas según la nomenclatura vigente.
7. Plano topográfico del terreno en coordenadas UTM con el estudio de pendientes, en caso de
que las características del mismo lo ameriten.
8. Cuatro (04) juegos de planos de arquitectura a escala del desarrollo, junto con la memoria
descriptiva debidamente firmados por el propietario y por el profesional responsable.
9. El proyecto debe venir identificado y debidamente encarpetado en carpetas tamaño oficio
color marrón, con sus respectivos ganchos y los planos deben cumplir con las normas
Covenin Venezolana Nº 3477: 1999 (NTC 1687-1981).
Consideraciones para el desarrollo de la propuesta
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Toda edificación asistencial, administrativa, comercial, cultural, deportiva, educacional,
religiosa o recreacional con acceso público, debe dar cumplimiento a lo establecido en la
ordenanza sobre normas para la construcción y adaptación de edificaciones de uso público,
accesibles a personas con impedimentos físicos.
Requisitos exigidos para Presentar un Proyecto de Urbanismo.
1. Pago de tasa por tramitación administrativa.
2. Copia de consulta preliminar y/o del anteproyecto, si este se hubiese realizado
3. Copia del documento de propiedad debidamente registrado o copia del contrato de
arrendamiento, si se trata de una parcela propiedad del Municipio, Estado o de la Nación.
4. Copia de la constancia de inscripción catastral del terreno actualizada
5. Copia de la solvencia municipal vigente, del terreno por concepto de impuestos sobre
inmuebles urbanos
6. Certificación de capacidad de suministro de los servicios públicos o constancias de poder
suministrárselos por cuenta propia, aprobados por los organismos competentes, que son
con sellos húmedos.
7. Estudio de impacto vial.
8. Solvencia(s) vigentes del colegio de arquitectos filial Carabobo y del centro de ingenieros
de Carabobo, del profesional(es), proyectista(s) y responsable(s), que son con sellos
húmedos.
9. Presentar original del consentimiento por parte del Instituto Municipal Ambiental (IMA).
10. Cinco (05) copias de la memoria descriptiva debidamente firmadas por cada uno de los
profesionales responsables de su contenido en original.
11. Cinco (05) juegos de planos de los proyectos, debidamente firmados por cada uno de los
profesionales responsables de su contenido.
12. Cinco (05) juegos de planos del proyecto de redes de distribución de gas por el sistema de
canalización subterránea, debidamente firmados por el profesional responsable.
13. Cinco (05) juegos de planos de de acueductos, indicando diámetros y redes de distribución,
debidamente firmados en original por el profesional responsable.
14. Cinco (05) juegos de planos de de cloacas, indicando diámetros y redes de distribución y
pendientes y detalles, debidamente firmados en original por el profesional responsable.
15. Cinco (05) juegos de planos de aguas pluviales, indicando diámetros, pendientes y detalles,
debidamente firmados en original por el profesional responsable.
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NORMAS GENERALES Y ESPECIFICAS
COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y
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16. Consignar proyecto de urbanismo en digital (planos de las especialidades) en cd, en autocad
versión 2007
Presentación del proyecto:
El proyecto debe venir identificado y debidamente encarpetado en carpetas marrones con sus
respectivos ganchos (no introducir planos en fundas plásticas) y los planos deben cumplir con
las normas covenin Venezolana n° 3477: 1999 (ntc 1687:1981).
Requisitos exigidos para Presentar una solicitud Categoría Clase A.
1. Pago de tasa por tramitación administrativa.
2. Copia de documento de propiedad registrado o del contrato de arrendamiento o enfiteusis con
mensura catastral vigente, si se trata de un terreno propiedad del Municipio, Estado o de la
Nación.
3. Copia de la solvencia de rentas municipales a nombre del propietario o propietarios del
inmueble.
4. Fotocopia de inscripción catastral actualizada.
5. Presentar original del consentimiento por parte del Instituto Municipal Ambiental (IMA) para
aquellas tramitaciones que requieran impacto ambiental tales como: talleres, productos
químicos, etc, que degraden el ambiente o estén en quebradas o ríos.
6. Original de la constancia de revisión de proyecto por parte del Cuerpo de Bombero cuando se
trate de edificio, locales comerciales, industrias, hoteles, clínicas, depósitos o edificaciones
que así lo ameriten, (correspondiente al decreto 46 (Reglamento sobre prevención contra
incendio).
7. Solvencia del colegio de arquitectos y del Centro Ingenieros del Estado Carabobo, del
profesional responsable con sello húmedo
8. Original de la actualización de certificación de servicios públicos en caso de proyecto que
implique aumento de área de construcción y densidad
9. Se exigirá la presentación de estudios de impacto vial en los desarrollos que contemplen
actividades capaces de generar los viajes vehiculares que afecten la capacidad de diseño y
funcionamiento de las vialidades contiguas, tales como comercio intermedio (c2) y general
(c3), hoteles, edificaciones educacionales, socio-culturales, recreacionales-deportivas,
asistenciales, desarrollos residenciales con mas de 100 unidades de vivienda y en los casos
especiales contemplados en el título VI, capítulo I de la ordenanza sobre el plan de desarrollo
urbano local del sector 4 (artículo 182) y del plan del sector 3 (artículo 107).
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10. Permiso expedido por parte de las autoridades competentes en materia de aviación civil,
(INAC) para aquellos desarrollos que se ubiquen dentro de las áreas del cono de
aproximación del aeropuerto internacional Arturo Michelena (parroquia Rafael Urdaneta).
11. Tres (03) juegos de planos del levantamiento topográfico del inmueble en coordenadas
UTM
12. Tres (03) juegos de planos de arquitectura, con su memoria descriptiva. Tres (3) juegos de
planos de estructura, con los cálculos correspondientes o justificativo estructural, con su
memoria descriptiva. Tres (03) copias de planos de instalaciones sanitarias con su memoria
descriptiva. Tres (03) juegos de planos de instalaciones mecánicas con copia de los cálculos
respectivos con su memoria descriptiva. Todo debe venir debidamente firmado tanto planos
como memorias por el propietario y por los profesionales correspondiente firma en original.
13. Consignar proyecto en digital (planos de las especialidades) en cd, en autocad versión 2007
14. Toda solicitud para modificar o ampliar una edificación requiere planos en los cuales se
diferencie lo solicitado de lo anteriormente permisado o construido, indicar el numero de
construcción original.
Casos propiedad horizontal:
15. En caso de edificaciones en propiedad horizontal, deben presentar autorización de todos
(100%) de los copropietarios del mismo.
Cerramiento de Linderos
1. En el caso de la solicitud para cerramiento de linderos debe presentar plano topográfico
indicando medidas y linderos del terreno, al igual que debe especificar los metros lineales del
cerramiento a ejecutar, además de los puntos 1,2,3,4 y 7.
Consideraciones que deben tomarse en cuenta para desarrollo de los proyectos:
Toda edificación asistencial, administrativa, comercial, cultural, deportiva, educacional,
religiosa o recreacional con acceso público, debe dar cumplimiento a lo establecido en la
ordenanza sobre normas para la construcción y adaptación de edificaciones de uso público,
accesibles a personas con impedimentos físicos.
Presentación del proyecto:
El proyecto debe venir identificado y debidamente encarpetado en carpetas marrones tamaño
oficio (no introducir planos en fundas plásticas) con sus respectivos ganchos y los planos
deben cumplir con las normas covenin Venezolana n° 3477: 1999 (ntc 1687:1981).
Requisitos exigidos para Presentar una solicitud Categoría Clase B.
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1. Pago de tasa por tramitación administrativa.
2. Copia de documento de propiedad registrado o del contrato de arrendamiento o enfiteusis con
mensura catastral vigente, si se trata de un terreno propiedad del municipio, estado o de la
Nación, en donde se indiquen las medidas de los linderos del terreno, o en su defecto
certificación de los linderos emitida por la Dirección de Catastro.
3. Copia de la solvencia de rentas municipales a nombre del propietario o propietarios del
inmueble.
4. Copia de la inscripción catastral del inmueble actualizada.
5. Plano de ubicación y situación del inmueble.
6. Fotografía del inmueble.
7. Solvencia del profesional con sello húmedo (Colegio de Ingenieros y Arquitectos filial del
Estado Carabobo.
8. Toda demolición deberá llevar la firma de un profesional responsable emitida por el colegio
del Estado Carabobo.
Requisitos exigidos para Presentar una solicitud de Sellado Extraordinario de Planos.
1. Pago de tasa por tramitación administrativa.
2. Copia de la solvencia de rentas municipales a nombre del propietario o propietarios del
inmueble en cuestión.
3. Los planos a resellar, deben estar firmados por el propietario.
Requisitos exigidos para Presentar una solicitud de Certificación de documentos.
1. Pago de tasa por tramitación administrativa.
2. Anexar copias a certificar
Requisitos exigidos para Presentar Certificación de Ajuste y Terminación de Obra para
Edificación
1. Constancia de pago de la tasa por concepto de tramitación administrativa.
2. Copia de la cedula catastral.
3. Copia de la certificación de solvencia municipal vigente, por concepto de impuestos sobre
inmuebles urbanos.
4. Original de la certificación del Instituto Municipal del Ambiente (I.M.A.)
5. Original del oficio de conformidad del cuerpo de bomberos, cuando así lo amerite.
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6. Copia a vista y devolución del original del oficio de conformidad del ministerio de salud y
desarrollo social .(sanidad)
7. Original de la factibilidad emitida por hidrocentro.
8. Fotocopia de certificación de parcela construida, emitida por la dirección de catastro según
artículo 23 de la ordenanza de construcción.
9. Copia de la constancia de adecuación a las variables urbanas fundamentales, expedida por la
dirección de control urbano.
10. Solvencia vigente del colegio de arquitectos y/o del centro de ingenieros del estado
Carabobo, del profesional responsable de la obra con sello húmedo.
11. Si a la obra se le realizaron modificaciones, deberán presentar copias de los permisos
aprobados con dichos cambios.
Requisitos exigidos para Presentar Certificación de Ajuste y Terminación de Obra para
Urbanismos.
1. Pago de tasa por tramitación administrativa.
2. Copia de la certificación de solvencia municipal vigente, por concepto de impuestos sobre
inmuebles urbanos.
3. Copia de la Protocolización de entrega de Áreas del Dominio Público, de acuerdo a lo
previsto en el Artículo 7°, Ordenanza que regula la Entrega y Recepción de Obras y Servicios
del Dominio Público .
4. Original del oficio de conformidad del IMA.
5. Copia a vista y devolución del original del Oficio de conformidad del Ministerio del Poder
Popular de Salud (SANIDAD).
6. Original del oficio de conformidad de Servicios Públicos (Pagos y Solvencia ante las
Instituciones: Hidrocentro, CANTV y Electricidad).
7. Original acta de recepción definitiva por parte de Hidrocentro, donde recibe las instalaciones
del urbanismo.
8. Acta de recepción definitiva por parte de la empresa que suministrará el servicio de
telecomunicaciones.
9. Original acta de recepción definitiva por parte de la empresa que suministrará el servicio de
eléctrico.
10. Copia con sello húmedo de la Solvencia Vigente del Colegio de Arquitectos y/o del centro
de ingenieros del Estado Carabobo, del profesional responsable de la obra.
24. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA
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Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 24 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
NORMAS GENERALES Y ESPECIFICAS
COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y
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FEBRERO DE 2016.
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ESTADO CARABOBO
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VALENCIA
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11. Copia de la constancia de adecuación a las variables urbanas fundamentales, expedida por
la dirección de control urbano.
25. República Bolivariana de Venezuela
Estado Carabobo
Alcaldía del Municipio
Valencia
Dirección de Control Urbano
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PROCEDIMIENTOS
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Elaboración: --- Actualización: Noviembre2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: ANTEPROYECTO DE EDIFICACIÓN Y MODIFICACIÓN
ANTEPROYECTO DE EDIFICACIÓN
Responsable Acción
Asistente Administrativo de la
Dirección
Director(a) de Control Urbano
Asistente Administrativo de la
Dirección
Asistente Administrativo del
Departamento Control de Proyecto
Jefe(a) de Departamento Control de
Proyecto
Revisor del Departamento de Control
de Proyectos
1. Recibe, asienta en el libro el expediente y envía al
Director(a) de Control Urbano.
2. Recibe, realiza una pre-revisión estableciendo
observaciones preliminares para el Departamento de
Control de Proyectos y remite al Asistente
Administrativo de la Dirección.
3. Recibe y transfiere el expediente al Departamento
Control de Proyecto a través del Sistema SMART
para su revisión respectiva.
4. Recibe el expediente por el Sistema SMART, asienta
en los libros y envía al Jefe(a) de Departamento
Control de Proyectos
5. Recibe, revisa los recaudos y reasigna los
expedientes al Revisor correspondiente.
5.1 Si el expediente no cuenta con todos los
requisitos exigidos, devuelve al Asistente
Administrativo a fin de elaborar oficio de
rechazo.
5.2 En caso contrario, envía al revisor.
6. Recibe, chequea datos del inmueble: ubicación del
terreno en el Sistema de Georeferenciación Arcgis
(Geographic Information System) y asienta datos
del inmueble.
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MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 27 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: ANTEPROYECTO DE EDIFICACIÓN Y MODIFICACIÓN
ANTEPROYECTO DE EDIFICACIÓN
Responsable Acción
Revisor del Departamento de Control
de Proyectos
7. Revisa y asienta coordenadas UTM (Universal
Transverse Mercator).
8. Realiza inspección sitio.
9. Elabora ficha técnica con datos del inmueble.
10. Revisa planos a fin de verificar que cumplan con las
variables urbanas fundamentales.
11. Elabora ficha técnica.
12. Evalúa si la propuesta se ajusta a las variables
urbanas y procedimientos de acuerdo a las
ordenanzas y normas vigentes.
13. Realiza inspección en sitio.
13.1 En el caso de que se evidencie inicio de obra
antes de haber de introducido el anteproyecto
de edificación, remite el caso al Departamento
Legal para que imponga multa
correspondiente.
13.2 Si requiere evaluaciones adicionales, emite
prórroga al expediente.
COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO
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MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 28 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: ANTEPROYECTO DE EDIFICACIÓN Y MODIFICACIÓN
ANTEPROYECTO DE EDIFICACIÓN
Responsable Acción
Revisor del Departamento de Control
de Proyectos
Asistente Administrativo del
Departamento Control de Proyecto
Asistente Administrativo de la
Dirección
Asistente Administrativo del
Departamento Control de Proyecto
Jefe(a) de Departamento Control de
Proyecto/ Revisor Departamento
Control de Proyecto
13.3 En caso de que se requiera consulta interna de la
Dirección de Planeamiento Urbano para
complementar la revisión, remite el caso con la
aprobación del Jefe(a) de Departamento de
Control de Proyecto.
13.3.1 Verifica la evaluación emitida por
Dirección de Planeamiento Urbano y
en caso de que el expediente
cumpla con las variables urbanas y
requisitos, o bien el expediente sea
rechazado; entrega al Asistente
Administrativo del Departamento para
que elabore la resolución.
14. Recibe el expediente y envía al Asistente
Administrativo de la Dirección de Control Urbano a
fin de que le asigne número y fecha de resolución
15. Recibe el expediente, asigna número y fecha de la
resolución, anotándolo en el libro correspondiente
y devuelve al Asistente Administrativo del
Departamento Control de Proyecto.
16. Recibe expediente, elabora oficio de rechazo o
aprobado, entrega al Revisor para su firma y
revisión del oficio y envía al Jefe(a) de
Departamento
17. Recibe y revisa oficio de rechazo o de aprobación.
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PROCEDIMIENTO: ANTEPROYECTO DE EDIFICACIÓN Y MODIFICACIÓN
ANTEPROYECTO DE EDIFICACIÓN
Responsable Acción
Jefe(a) de Departamento Control de
Proyecto/ Revisor Departamento
Control de Proyecto
Asistente Administrativo
Departamento Control de Proyectos
Asistente Administrativo de la
Dirección
Director(a) de Control Urbano
Asistente Administrativo de la
Dirección
Coordinador(a)
17.1 Si tiene alguna observación, devuelve al
Asistente Administrativo para su
corrección.
17.2 Si no tiene observación, firma el oficio de
rechazo o de aprobación y entrega al
Asistente Administrativo.
18. Recibe, asienta en libro y transfiere el expediente
por el Sistema SMART a la Dirección de Control
Urbano.
19. Recibe el expediente tanto por el Sistema SMART
como por libro y entrega al Director(a) de Control
de Urbano.
20. Recibe, revisa y evalúa el expediente.
20.1En caso de presentar alguna observación,
devuelve al Departamento Control de
Proyecto para su corrección.
20.2En caso de no tener objeción firma Oficio de
Rechazo o de aprobación y se lo entrega al
Asistente Administrativo de la Dirección.
21.Recibe, asienta en el libro y transfiere el expediente
por el Sistema SMART al Coordinador(a).
22. Recibe los expedientes.
22.1 En caso de que el expediente es rechazado,
desglosa los expedientes devolviendo todos
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MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 30 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: ANTEPROYECTO DE EDIFICACIÓN Y MODIFICACIÓN
ANTEPROYECTO DE EDIFICACIÓN
Responsable Acción
Coordinador(a)
Revisor Departamento Control de
Proyecto
Coordinador(a)
Archivista
Asistente Administrativo
Departamento Control de Proyectos
los recaudos con la resolución original de
rechazo, registra en libro salida de expediente
y transfiere por el Sistema SMART a la
División de Taquilla Única.
22.2 En caso de ser aprobado, sella los planos y
devuelve al Revisor del Departamento
Control de Proyecto para su firma
23. Recibe, firma los planos aprobados y devuelve al
Coordinador(a).
24. Recibe los planos ya firmados.
25. Desglosa los expedientes que se entregaran al
contribuyente y los documentos que van a
reposar en los archivados del Departamento Control
de Proyectos y al Archivo de la Dirección.
26. Envía en físico los planos aprobados y oficio de
aprobación al Archivo de la Dirección.
27. Envía al Departamento Control de Proyecto oficio
de aprobación o rechazo.
28. Transfiere a la División de Taquilla Única por el
Sistema SMART planos y oficio de aprobación.
29. Recibe los expedientes, asienta en los libros
correspondientes de acuerdo a la resolución y
archiva los documentos y planos aprobados
30. Recibe copia de oficio de rechazo o de aprobación y
archiva
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MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 31 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: PROYECTO DE EDIFICACIÓN, MODIFICACIÓN Y/O
AMPLIACIÓN EDIFICACIÓN
Responsable Acción
Asistente Administrativo de la
Dirección de Control Urbano.
Director(a) de Control Urbano
Asistente Administrativo de la
Dirección
Asistente Administrativo del
Departamento de Control de
Proyectos
Jefe(a) del Departamento de Control
de Proyectos
Revisor del Departamento de Control
de Proyectos
1.Recibe, asienta en el libro el expediente y envía al
Director(a) de Control Urbano.
2.Recibe, realiza una pre-revisión estableciendo
observaciones preliminares para el Departamento de
Control de Proyectos y remite al Asistente
Administrativo de la Dirección.
3.Recibe, transfiere el expediente al Departamento de
Control de Proyecto a través del Sistema SMART
para su asignación y revisión respectiva.
4.Recibe el expediente por el Sistema SMART, asienta
en los libros de acuerdo al tipo de solicitud y envía al
Jefe(a) del Departamento de Control de Proyectos.
5.Recibe, revisa los recaudos y reasigna los
expedientes al Revisor correspondiente.
5.1 Si el expediente no cuenta con todos los
requisitos exigidos, devuelve al Asistente
Administrativo a fin de elaborar oficio de
rechazo.
5.2 En caso contrario, envía al Revisor
6.Recibe, chequea datos del inmueble: Ubicación del
terreno en el Sistema de Georeferenciación Arcgis
(Geographic Information System) y asienta datos del
inmueble.
7.Revisa y Asienta Coordenadas U.T.M (Universal
Transverse Mercator.).
8.Realiza inspección sitio
9.Verifica alineamiento.
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MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 32 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: PROYECTO DE EDIFICACIÓN, MODIFICACIÓN Y/O
AMPLIACIÓN EDIFICACIÓN
Responsable Acción
Revisor del Departamento de Control
de Proyectos
10. Elabora ficha técnica con datos del inmueble.
11. Revisa planos a fin de verificar que cumplan con las
variables urbanas fundamentales.
12. Elabora informe técnico.
13. Evalúa si la propuesta se ajusta a las variables
urbanas y procedimientos de acuerdo a las
ordenanzas y normas vigentes.
14. Realiza inspección en sitio.
14.1 En el caso de que se evidencie inicio de obra
antes de haber de introducido el proyecto de
edificación, remite el caso al Departamento
Legal para que imponga multa
correspondiente.
14.2 Si requiere evaluaciones adicionales, emite
prórroga al expediente.
14.3 En caso de que se requiera consulta interna de
la Dirección de Planeamiento Urbano para
complementar la revisión, remite el caso con
la aprobación del Jefe(a) de Departamento de
Control de Proyecto.
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MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 33 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: PROYECTO DE EDIFICACIÓN, MODIFICACIÓN Y/O
AMPLIACIÓN EDIFICACIÓN
Responsable Acción
Revisor del Departamento de Control
de Proyectos
Asistente Administrativo del
Departamento Control de Proyecto
Asistente Administrativo de la
Dirección
Asistente Administrativo del
Departamento Control de Proyecto
14.3.1 Verifica la evaluación emitida por la
Dirección de Planeamiento Urbano y
en caso de que el expediente cumpla
con las variables urbanas y
requisitos, o bien el expediente sea
rechazado; entrega al Asistente
Administrativo del Departamento a
fin de proceder a elaborar la
resolución.
15. Recibe el expediente y envía al Asistente
Administrativo de la Dirección de Control Urbano
a fin de que le asigne número y fecha de
resolución
16. Recibe el expediente, asigna número y fecha de la
resolución, anota en el libro correspondiente y
devuelve al Asistente Administrativo del
Departamento Control de Proyecto.
17. Recibe expediente, elabora la constancia de
adecuación a las variables urbanas fundamentales u
oficio de rechazo, entrega al Revisor para revisión,
firma del oficio y envía al Jefe(a) de Departamento.
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MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 34 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: PROYECTO DE EDIFICACIÓN, MODIFICACIÓN Y/O
AMPLIACIÓN EDIFICACIÓN
Responsable Acción
Jefe(a) de Departamento de Control
de Proyecto/ Revisor del
Departamento Control de Proyecto
Asistente Administrativo del
Departamento Control de Proyectos.
Asistente Administrativo de la
Dirección
Director(a) de Control Urbano
Asistente Administrativo de la
Dirección
Coordinador(a)
18. Recibe y revisa constancia de adecuación u oficio
de rechazo.
18.1 Si tiene alguna observación, devuelve al
Asistente Administrativo para su corrección.
18.2 Si no tiene observación, firma la constancia u
oficio de rechazo y entrega al Asistente
Administrativo.
19. Recibe, asienta en el libro y transfiere por el
Sistema SMART el expediente, a la Dirección de
Control Urbano.
20. Recibe el expediente tanto por el Sistema SMART
como por libro y entrega al Director(a) de Control
Urbano.
21. Recibe, revisa y evalúa los expedientes.
21.1 En caso de presentar alguna observación
devuelve al Departamento de Control de
Proyecto para su corrección.
21.2 En caso de no tener objeción, firma la
constancia de adecuación u oficio de
rechazo y entrega al Asistente
Administrativo de la Dirección.
22. Recibe, asienta en el libro y transfiere el
expediente por el Sistema SMART al
Coordinador(a).
23. Recibe los expedientes.
23.1 En caso de que el expediente es rechazado,
desglosan los expedientes devolviendo
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MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 35 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: PROYECTO DE EDIFICACIÓN, MODIFICACIÓN Y/O
AMPLIACIÓN EDIFICACIÓN
Responsable Acción
Coordinador(a)
Revisor del Departamento Control de
Proyecto
Coordinador(a)
todos los recaudos con la resolución original
de rechazo, registra en libro salida de
expediente y transfiere por el Sistema
SMART a la División de Taquilla Única.
23.2 En caso de ser aprobado, sella los planos y
devuelve al Revisor del Departamento de
Control de Proyecto para su firma.
24. Recibe, firma los planos de arquitectura aprobados
y devuelve al Coordinador(a).
25. Recibe nuevamente los planos ya firmados.
26. Verifica si existe diferencia por cancelar en cuanto
a la tasa administrativa.
26.1 Si existe diferencia, calcula y entrega el
recibo al contribuyente para que cancele.
26.2 Si canceló, desglosa los expedientes a ser
entregados al contribuyente y los documentos
que van a reposar en los archivos del
Departamento de Control de Proyectos y de la
Dirección.
27. Envía en físico los planos aprobados y constancia
de adecuación a las variables urbanas
fundamentales al Archivo de la Dirección.
28. Envía al Departamento de Control de proyecto
oficio de la constancia de adecuación a las
variables urbanas fundamentales.
29. Transfiere a la División de Taquilla Única
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MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 36 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: PROYECTO DE EDIFICACIÓN, MODIFICACIÓN Y/O
AMPLIACIÓN EDIFICACIÓN
Responsable Acción
Coordinador(a)
Archivista
Asistente Administrativo del
Departamento de Control de
Proyectos
por el Sistema SMART planos aprobados y la
constancia de adecuación a las variables urbanas
fundamentales.
30. Recibe los expedientes, asienta en los libros
correspondientes de acuerdo a la resolución y
archiva los documentos y planos aprobados.
31. Recibe copia de resolución de aprobación o
rechazo de constancia de adecuación a las
variables urbanas fundamentales y archiva.
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MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 37 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: PROYECTO DE URBANISMO, MODIFICACIÓN Y/O
AMPLIACIÓN DE URBANISMO
Responsable Acción
Asistente Administrativo de la
Dirección
Director(a) de Control Urbano
Asistente Administrativo de la
Dirección
Asistente Administrativo del
Departamento de Control de Proyecto
Jefe(a) del Departamento Control de
Proyecto
Revisor del Departamento de Control
de Proyectos
1. Recibe, asienta en el libro el expediente y envía al
Director(a) de Control de Urbano.
2. Recibe, realiza una pre-revisión estableciendo
observaciones preliminares para el Departamento de
Control de Proyectos y remite al Asistente
Administrativo de la Dirección.
3. Recibe y transfiere el expediente al Departamento
de Control de Proyecto a través del Sistema
SMART para su asignación y revisión respectiva.
4. Recibe el expediente por el Sistema SMART,
asienta en el libro y envía al Jefe(a) del
Departamento Control de Proyectos.
5. Recibe, revisa los recaudos y reasigna los
expedientes al Revisor correspondiente.
5.1 Si el expediente no cuenta con todos los
requisitos exigidos, devuelve al Asistente
Administrativo a fin de elaborar oficio de
rechazo.
5.2 En caso contrario, envía al Revisor.
6. Recibe, chequea datos del inmueble: ubicación del
terreno en el Sistema de Georeferenciación Arcgis
(Geographic Information System) y asienta datos
del inmueble.
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MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 38 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: PROYECTO DE URBANISMO, MODIFICACIÓN Y/O
AMPLIACIÓN DE URBANISMO
Responsable Acción
Revisor del Departamento de Control
de Proyectos
7. Revisa y asienta coordenadas UTM (Universal
Transverse Mercator).
8. Realiza inspección sitio.
9. Elabora ficha técnica con datos del inmueble.
10. Revisa planos a fin de verificar que cumplan con
las variables urbanas fundamentales.
11. Elabora informe técnico.
12. Evalúa si la propuesta se ajusta a las variables
urbanas y procedimientos de acuerdo a las
ordenanzas y normas vigentes.
13. Realiza inspección en sitio.
13.1 En el caso de que se evidencie inicio de obra
antes de haber de introducido el proyecto de
urbanismo, remite el caso al Departamento
Legal para que imponga multa
correspondiente.
13.2 Si requiere evaluaciones adicionales se emite
prórroga al expediente.
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Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 39 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: PROYECTO DE URBANISMO, MODIFICACIÓN Y/O
AMPLIACIÓN DE URBANISMO
Responsable Acción
Revisor del Departamento de Control
de Proyectos
Asistente Administrativo del
Departamento Control de Proyecto
Asistente Administrativo de la
Dirección
Asistente Administrativo del
Departamento Control de Proyecto
Jefe(a) de Departamento Control de
Proyecto/ Revisor del Departamento
Control de Proyecto
13.3 En caso de que se requiera consulta interna
de la Dirección de Planeamiento Urbano
para complementar la revisión, remite el
caso con la aprobación del Jefe(a) de
Departamento de Control de Proyecto.
13.3.1. Verifica la evaluación emitida por la
Dirección de Planificación Urbana
y en caso de que el expediente
cumpla con las variables urbanas y
requisitos, o bien el expediente sea
rechazado; entrega al Asistente
Administrativo del Departamento a
fin de elaborar la resolución.
14. Recibe el expediente y envía al Asistente
Administrativo de la Dirección de Control Urbano
a fin de que le asigne número y fecha de
resolución
15. Recibe el expediente, asigna número y fecha de la
resolución, anota en el libro correspondiente y
devuelve al Asistente Administrativo del
Departamento Control de Proyecto.
16. Recibe expediente, elabora la constancia de
adecuación a las variables urbanas fundamentales u
oficio de rechazo y entrega al Revisor para revisión,
firma del oficio y envía al Jefe(a) de Departamento.
17. Recibe y revisa constancia de adecuación u oficio
de rechazo.
17.1 Si tiene alguna observación devuelve al
Asistente Administrativo para su corrección.
COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO
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MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 40 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: PROYECTO DE URBANISMO, MODIFICACIÓN Y/O
AMPLIACIÓN DE URBANISMO
Responsable Acción
Jefe(a) de Departamento Control de
Proyecto/ Revisor del Departamento
Control de Proyecto
Asistente Administrativo
Departamento Control de Proyectos
Asistente Administrativo de la
Dirección
Director(a) de Control Urbano
Asistente Administrativo de la
Dirección.
Coordinador(a)
17.2 Si no tiene observación firma la Constancia u
oficio de Rechazo y entrega al Asistente
Administrativo.
18. Recibe, asienta en libro y transfiere por el Sistema
SMART el expediente, a la Dirección de Control
Urbano.
19. Recibe el expediente tanto por el Sistema SMART
como por libro y entrega al Director(a) de Control
Urbano.
20. Recibe, revisa y evalúa los expedientes.
20.1En caso de presentar alguna observación,
devuelve al Departamento de Control de
Proyecto para su corrección.
20.2 En caso de no tener objeción, firma la
constancia de adecuación u oficio de
rechazo y entrega al Asistente
Administrativo de la Dirección.
21. Recibe, asienta en el libro y transfiere el
expediente por el Sistema SMART al
Coordinador(a).
22. Recibe los expedientes.
22.1 En caso de ser aprobado, sella los planos y
devuelve al Revisor del Departamento de
Control de Proyecto para su firma
COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO
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MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 41 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: PROYECTO DE URBANISMO, MODIFICACIÓN Y/O
AMPLIACIÓN DE URBANISMO
Responsable Acción
Coordinador(a)
Revisor del Departamento Control de
Proyecto
Coordinador(a)
22.2 En caso de que el expediente es Rechazado,
desglosa los expedientes devolviendo todos
los recaudos con la resolución original de
rechazo, registra en libro salida de expediente
y transfiere por el Sistema SMART a la
División de Taquilla Única.
23. Recibe, firma los planos de arquitectura aprobados
y devuelve al Coordinador(a).
24. Recibe los planos ya firmados.
25. Verifica si existe diferencia por cancelar en cuanto
a la tasa administrativa.
25.1. Si existe diferencia, calcula y entrega el
recibo al contribuyente para que cancele.
26. Desglosa los expedientes a ser entregados al
contribuyente además los documentos que van a
reposar tanto en los archivos del Departamento de
Control de Proyectos, la Dirección y Oficina
Municipal de Planificación Urbana.
27. Envía en físico los planos aprobados y constancia
de adecuación a las variables urbanas
fundamentales al Archivo de la Dirección.
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MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 42 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: PROYECTO DE URBANISMO, MODIFICACIÓN Y/O
AMPLIACIÓN DE URBANISMO
Responsable Acción
Coordinador(a)
Archivista
Asistente Administrativo
Departamento de Control de
Proyecto
28. Envía al Departamento de Control de Proyecto
oficio de la constancia de adecuación a las
variables urbanas fundamentales y planos
aprobados; además los planos que van a ser
enviados a Oficina Municipal de Planificación
Urbana y a la Dirección de Catastro.
29. Transfiere a la División de Taquilla Única por
el Sistema SMART planos aprobados y la
constancia de adecuación a las variables urbanas
fundamentales.
30. Recibe los expedientes, asienta en los libros
correspondientes de acuerdo a la resolución y
archiva los documentos y planos aprobados.
31. Recibe los planos y constancia de adecuación a las
variables urbanas fundamentales y archiva.
32. Envía a la Dirección de Planeamiento Urbano y a
la Dirección de Catastro mediante memorando los
planos aprobados.
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Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 43 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: SELLADO EXTRAORDINARIO DE PLANOS Y
CERTIFICACIÓN DE COPIAS
Responsable Acción
Asistente Administrativo de la
Dirección
Director de Control Urbano
Asistente Administrativo de la
Dirección
Asistente Administrativo del
Departamento Control de Proyecto
Jefe(a) Departamento Control de
Proyecto
Revisor del Departamento Control de
Proyecto
1. Recibe, asienta en el libro el expediente y envía al
Director(a) de Control Urbano.
2. Recibe, realiza una pre-revisión estableciendo
observaciones preliminares para el Departamento de
Control de Proyectos y remite al Asistente
Administrativo de la Dirección.
3. Recibe y transfiere el expediente al Departamento
de Control de Proyecto a través del Sistema
SMART para su revisión respectiva.
4. Recibe el expediente por el Sistema SMART,
asienta en el libro y envía al Jefe(a) de
Departamento de Control de Proyectos.
5. Recibe, revisa los recaudos y reasigna los
expedientes al Revisor correspondiente.
5.1 Si el expediente no cuenta con todos los
requisitos exigidos, devuelve al Asistente
Administrativo a fin de elaborar oficio de
rechazo.
5.2 Si el expediente cumple con todos los
requisitos, entrega al Revisor.
6. Recibe, verifica recaudos de expediente y chequea:
ubicación de plano o documento en archivo según
los requerimientos de la solicitud realizada.
6.1 En caso de que el expediente cumpla los
parámetros y requisitos establecidos, aprueba la
solicitud.
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MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 44 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: SELLADO EXTRAORDINARIO DE PLANOS Y
CERTIFICACIÓN DE COPIAS
Responsable Acción
Revisor del Departamento Control de
Proyecto
Asistente Administrativo del
Departamento Control de Proyecto
Asistente Administrativo de la
Dirección
Asistente Administrativo del
Departamento Control de Proyecto
Jefe(a) de Departamento Control de
Proyecto/ Revisor del Departamento
Control de Proyecto
Asistente Administrativo
Departamento Control de Proyectos
6.2 Si el expediente es rechazado, entrega al
Asistente Administrativo del Departamento para
que elabore la resolución.
7. Recibe el expediente y envía al Asistente
Administrativo de la Dirección de Control Urbano a
fin de que le asigne número y fecha de resolución
8. Recibe el expediente, asigna número y fecha de la
resolución, anota en el libro correspondiente y
devuelve al Asistente Administrativo del
Departamento de Control de Proyecto.
9. Recibe expediente, elabora oficio de aprobación o
rechazo y entrega al Jefe(a) de Departamento de
Control de Proyectos.
10. Recibe y revisa oficio de aprobación u oficio de
rechazo.
10.1 Si tiene alguna observación, devuelve al
Asistente Administrativo para su corrección.
10.2 Si no tiene observación, firma el oficio y entrega
al Asistente Administrativo.
11. Recibe, asienta en libro y transfiere por el Sistema
SMART el expediente, a la Dirección de Control
Urbano.
COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO
EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE
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Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 45 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: SELLADO EXTRAORDINARIO DE PLANOS Y
CERTIFICACIÓN DE COPIAS
Responsable Acción
Asistente Administrativo de la
Dirección
Director(a) de Control Urbano
Asistente Administrativo de la
Dirección.
Coordinador(a)
12. Recibe el expediente tanto por el Sistema SMART
como por libro y entrega al Director(a) de Control
Urbano.
13. Recibe y revisa la solicitud.
13.1 En caso de presentar alguna observación,
devuelve al Departamento de Control de
Proyecto para su corrección.
13.2 En caso de no tener objeción, firma oficio y
entrega al Asistente Administrativo de la
Dirección.
14. Recibe, asienta en el libro y transfiere el
expediente por el Sistema SMART al
Coordinador(a).
15. Recibe los expedientes.
15.1 En caso de ser aprobado, sella los planos y
devuelve al Revisor del Departamento
Control de Proyecto para
su firma.
15.2 En caso de que el expediente sea rechazado,
desglosa devolviendo todos los recaudos con
la resolución original de rechazo, registra en
libro salida de expediente y transfiere por el
Sistema SMART a la División de Taquilla
Única.
COPIA FIEL Y EXACTA DEL ORIGINAL QUE SE ENCUENTRA EN LA UNIDAD TITULAR Y PUBLICADO
EN GACETA MUNICIPAL MEDIANTE RESOLUCIÓN N° DA/077/2016, DE FECHA 18 DE FEBRERO DE
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MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 46 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: SELLADO EXTRAORDINARIO DE PLANOS Y
CERTIFICACIÓN DE COPIAS
Responsable Acción
Revisor del Departamento Control de
Proyecto
Coordinador(a)
Archivista
Asistente Administrativo
Departamento Control de Proyecto
16. Recibe, firma los planos de arquitectura y devuelve
al Coordinador(a).
17. Recibe los planos ya firmados.
18. Desglosa los expedientes a ser entregados al
contribuyente además los documentos que van a
reposar tanto en los archivados del Departamento
Control de Proyectos como en el archivo de la
Dirección.
19. Transfiere a la División de Taquilla Única por el
Sistema SMART)planos aprobados y oficio.
20. Envía al Departamento de Control de Proyecto
oficio de aprobación o rechazo a fin de ser
archivados.
21. Envía al Archivo de la Dirección oficio de
aprobación.
22. Recibe oficio, asienta en los libros correspondientes
de acuerdo a la resolución y archiva los
documentos.
23. Recibe copia de oficio aprobado o rechazado y
archiva
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MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 47 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: ADECUACIÓN CLASE A (CERRAMIENTO DE LINDEROS,
REPARACIÓN MENOR Y OTROS) Y CLASE B (DEMOLICIÓN)
Responsable Acción
Asistente Administrativo de la
Dirección
Director(a) de Control Urbano
Asistente Administrativo de la
Dirección
Asistente Administrativo del
Departamento de Control de Proyecto
Jefe(a) de Departamento Control de
Proyecto
Revisor del Departamento de Control
de Proyectos
1. Recibe, asienta en el libro el expediente y envía al
Director(a) de Control Urbano.
2. Recibe y realiza una pre-revisión estableciendo
observaciones preliminares para el Departamento de
Control de Proyectos y remite al Asistente
Administrativo de la Dirección.
3. Recibe y transfiere el expediente al Departamento
de Proyecto a través del Sistema SMART para su
revisión respectiva.
4. Recibe el expediente por el Sistema SMART,
asienta en el libro y envía al Jefe(a) de
Departamento de Control de Proyectos
5. Recibe, revisa los recaudos y reasigna los
expedientes al Revisor correspondiente.
5.1 Si el expediente no cuenta con todos los
requisitos exigidos, devuelve al Asistente
Administrativo a fin de elaborar oficio de
rechazo.
5.2 En caso contrario, envía al Revisor.
6. Recibe, chequea datos del inmueble (Ubicación del
terreno en el Sistema de Georeferenciación Arcgis
(Geographic Information System) y asienta datos
del inmueble.
7. Revisa y asienta coordenadas UTM (Universal
Transverse Mercator.).
8. Realiza inspección sitio.
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Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 48 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: ADECUACIÓN CLASE A (CERRAMIENTO DE LINDEROS,
REPARACIÓN MENOR Y OTROS) Y CLASE B (DEMOLICIÓN)
Responsable Acción
Revisor del Departamento de Control
de Proyectos
Asistente Administrativo del
Departamento Control de Proyecto
Asistente Administrativo de la
Dirección
9. Elabora ficha técnica con datos del inmueble.
10. Elabora informe técnico.
11. Evalúa si la propuesta se ajusta a las variables
urbanas y procedimientos de acuerdo a las
ordenanzas y normas vigentes.
12. Realiza inspección en sitio.
12.1 En caso de que el expediente cumpla con las
variables urbanas y requisitos, o bien el
expediente sea rechazado; entrega al
Asistente Administrativo del Departamento
a fin de elaborar la resolución.
13. Recibe el expediente y envía al Asistente
Administrativo de la Dirección de Control Urbano
a fin de que le asigne número y fecha de
resolución.
14. Recibe el expediente, asigna número y fecha de la
resolución, anota en el libro correspondiente y
devuelve al Asistente Administrativo del
Departamento.
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MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 49 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: ADECUACIÓN CLASE A (CERRAMIENTO DE LINDEROS,
REPARACIÓN MENOR Y OTROS) Y CLASE B (DEMOLICIÓN)
Responsable Acción
Asistente Administrativo del
Departamento Control de Proyecto
Jefe(a) de Departamento Control de
Proyecto/ Revisor Departamento
Control de Proyecto
Asistente Administrativo
Departamento Control de Proyectos.
Asistente Administrativo de la
Dirección
Director(a) de Control Urbano
15. Recibe expediente, elabora la constancia de
adecuación a las variables urbanas fundamentales
u oficio de rechazo y entrega al Revisor para firma
y revisión de oficio.
16. Envía al Jefe(a) de Departamento.
17. Recibe y revisa constancia de adecuación u oficio
de rechazo.
17.1 Si tiene alguna observación, devuelve al
Asistente Administrativo para su corrección.
17.2 Si no tiene observación, firma la constancia u
oficio de rechazo y entrega al Asistente
Administrativo.
18. Recibe, asienta en libro y transfiere por el Sistema
SMART el expediente, a la Dirección de Control
Urbano.
19. Recibe el expediente tanto por el Sistema SMART
como por libro y entrega al Director(a) de Control
Urbano.
20. Recibe, revisa y evalúa los expedientes.
20.1 En caso de presentar alguna observación,
devuelve al Departamento de Control de
Proyecto para su corrección.
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MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
Código: ALCV-DCU-NP-001 Página 50 de 159
Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: ADECUACIÓN CLASE A (CERRAMIENTO DE LINDEROS,
REPARACIÓN MENOR Y OTROS) Y CLASE B (DEMOLICIÓN)
Responsable Acción
Director(a) de Control Urbano
Asistente Administrativo de la
Dirección.
Coordinador(a)
Archivista
Asistente Administrativo
Departamento Control de Proyecto
20.2 En caso de no tener objeción, firma la
constancia de adecuación u oficio de
rechazo y entrega al Asistente
Administrativo de la Dirección.
21. Recibe, asienta en el libro y transfiere el
expediente por el Sistema SMART al
Coordinador(a).
22. Recibe y desglosa los expedientes que entregará
al contribuyente y los documentos que van a
reposar en los archivados del Departamento de
Control de Proyectos y al Archivo de la Dirección.
23. Transfiere a la División de Taquilla Única por
el Sistema SMART oficio de aprobación o
rechazo.
24. Envía en físico el oficio de aprobación y
recaudos al Archivo de la Dirección.
25. Envía al Departamento Control de Proyecto oficio
aprobado y/o rechazado para su archivo.
26. Recibe los expedientes, asienta en los libros
correspondientes de acuerdo a la resolución y
archiva los documentos.
27. Recibe copia de oficio aprobado o rechazado y
archiva.
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Elaboración: --- Actualización: Noviembre 2014 Versión: 02
PROCEDIMIENTO: RECEPCIÓN Y PROCESAMIENTO DE DENUNCIAS
Responsable Acción
Asistente Administrativo de la
Dirección de Control Urbano
Director(a) de Control Urbano
Asistente Administrativo de la
Dirección de Control Urbano
Asistente Administrativo
Dpto. de Inspección y Fiscalización
Jefe(a) del Departamento de
Inspección y Fiscalización
Profesional Inspector
1.Recibe las denuncias, asienta en libro y envía al
Director(a) de Control Urbano.
2.Recibe la denuncia, asigna al Departamento de
Inspección y Fiscalización y envía al Asistente
Administrativo de la Dirección.
3.Recibe y transfiere la denuncia al Asistente
Administrativo del Departamento de Inspección y
Fiscalización a través del Sistema SMART y
mediante libro.
4.Recibe por el Sistema SMART, registra en el libro y
envía al Jefe(a) del Departamento de Inspección y
Fiscalización.
5.Recibe, evalúa la denuncia y asigna al Profesional
Inspector.
6.Recibe, evalúa la denuncia, verifica la ubicación en el
Sistema de Ubicación Geográfica (ARCGIS) zonifica
y verifica afectación vial.
7.Realiza la inspección ocular en sitio.
7.1 Si existe violación de las variables urbanas
fundamentales, entrega acta de Inspección y
citación.
7.2 No existe violación se indica en el informe y se
archiva.
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