2. Se le llama movimiento L.G.B.T al movimiento
social y político que pretende conseguir la
normalización social y la equiparación de
derechos de homosexuales ( gais y lesbianas )
transexuales, heterosexuales, etc.
4. Historia del movimiento gay en
Colombia
El primer grupo de liberación gay en Colombia nació
en el año 40. estaba compuesto completamente por
hombres y eran llamados “Los Filipinos”; Era
clandestino y limitado a un pequeño grupo de
individuos de las clases altas.
Su propósito: Era simplemente crear un espacio para
socializar. Los primeros bares gais aparecieron
también en este periodo.
Movimiento homófilo: Se denomina movimiento
homófilo al movimiento homosexual surgido tras la
Segunda Guerra Mundial, aproximadamente entre
1945 y finales de la década de 1960.
5. MOVIMIENTO SOCIAL L.G.B.T EN
COLOMBIA
El movimiento gay, movimiento homosexual, movimiento de
liberación L.G.B.T o movimiento por una libre orientación
sexual.
Se refiere a un movimiento social en el cual se lucha por la
causa de personas con una orientación sexual distinta a la
heterosexual.
Este movimiento se dio formalmente en el año 1969 en la
ciudad de Nueva York, con una marcha.
6. Leyes:
Entre las modificaciones de la sentencia del
2009 están:
Los homosexuales tendrán derecho a no
incriminar a un compañero permanente ni
a declarar en su contra.
En cuanto a los derechos migratorios si
podrán recibir la nacionalidad las parejas
del mismo sexo que vivan con un
extranjero durante mas de 2 años.
Los delitos de violencia intrafamiliar
también fueron incluidos para los
derechos de las parejas homosexuales,
haciéndolas salvedad que la corte se
declara inhibida para incluir o no, a las
parejas del mismo sexo dentro del
concepto familiar.
El sistema de salud de fuerzas militares
incluirá a las parejas gais en cuanto a
pensión de supervivencia y a la condición
de beneficios en salud.
7. ARTICULOS EN LA CONSTITUCION QUE DEFIENDAN
LOS DERECHOS DELASMINORIAS L.G.B.T
ART 13. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y
trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin
ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión,
opinión política o filosófica. El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea
real y efectiva y adoptará medidas en favor de grupos discriminados o marginados. El Estado
protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o
mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o
maltratos que contra ellas se cometan.
ART 15. Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen
nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen derecho a
conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos
de datos y en archivos de entidades públicas y privadas. En la recolección, tratamiento y
circulación de datos se respetarán la libertad y demás garantías consagradas en la
Constitución. La correspondencia y demás formas de comunicación privada son inviolables.
Sólo pueden ser interceptadas o registradas mediante orden judicial, en los casos y con las
formalidades que establezca la ley. Para efectos tributarios o judiciales y para los casos de
inspección, vigilancia e intervención del Estado podrá exigirse la presentación de libros de
contabilidad y demás documentos privados, en los términos que señale la ley.
ART 16. Todas las personas tienen derecho al libre desarrollo de su personalidad sin más
limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico.