Este documento proporciona una guía sobre los pasos legales necesarios para desplegar y operar una red inalámbrica legalmente en España. Entre otros requisitos, se debe obtener la autorización de la Comisión del Mercado de Telecomunicaciones, cumplir con las normas técnicas sobre equipos y emisiones, y notificar los despliegues a los ayuntamientos correspondientes. También cubre los requisitos para ofrecer servicios de acceso a Internet, telefonía y televisión a través de la red.
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SI QUIERES DESPLEGAR TU RED LEGALMENTE, NO TE OLVIDES DE…
1. Redacta el Proyecto Técnico y, aunque no es obligatorio, sí es recomendable y habitualmente
requerido que lo firme un Ingeniero colegiado o técnico competente en telecomunicaciones, y el
visado del COIT
2. Elige equipos Wi-Fi/pre-WiMAX de fabricantes que cumplan con las notas de utilización de la norma
UN-128 del CNAF (5Ghz), TPC/DFS y emitir con una PIRE máxima de 1W, tanto en acceso como en el
backhaul.
3. Solicita la autorización de la CMT de inicio de actividad, describiéndole la Red que se quiere explotar
en la banda de 5Ghz: “Red que utiliza el DPR – Banda de uso COMÚN”. El uso de una banda común
tiene una parte positiva, la de que no pagarás tasas radioeléctricas, pero por otro lado debes tener
en cuenta que no podrás producir interferencias a operadores autorizados y no tienes derecho a
protección frente a las interferencias causadas por éstos.
4. En aplicación de la Ley 12/2012, prepara al Ayuntamiento dónde se encuentren los emplazamientos
de tu despliegue de red, una declaración responsable o bien la comunicación previa del inicio de
actividad o de la puesta en funcionamiento de dichas instalaciones. Abona la tasa local
correspondiente.
5. Verifica que quien realice la instalación del Punto de Acceso, cumpla con las normas PRL y la
cualificación para trabajos en altura, así como acredite el título habilitante tipo D: “Instalaciones de
centros emisores de radiocomunicaciones”, como empresa instaladora inscrita en el Registro de
Instaladores de la SETSI.
6. Ante la posibilidad de controles posteriores de las instalaciones, confirma la correcta ejecución de la
instalación mediante la certificación final y el as-built en todo su detalle. En especial, que la
distancia de seguridad en la ubicación de los equipos y los niveles de emisión e interferencia
obtenidos cumplan con el RD 1066/2001 y la Orden CTE/23/2002 de restricciones sobre emisiones
radioeléctricas y medidas de protección sanitaria. Ten en cuenta que estas instalaciones no están
obligadas a presentar anualmente el certificado de cumplimiento con los niveles de emisión.
7. Banda Licenciada: En el caso de que identifiques un nivel elevado de interferencias en la zona donde
quieres prestar servicios o que prefieras asegurar desde el inicio una mayor calidad de tu servicio,
siempre puedes negociar un acuerdo con un operador asignatario en la banda 3.5Ghz para la cesión
del derecho de uso en ese municipio, según el RD 458/2011 sobre actuaciones en materia de
espectro para el desarrollo de la sociedad digital, o esperar a que se libere espectro en esa banda.
Además, hay que ser titular de la autorización: “Red que utiliza el DPR – Banda de uso PRIVATIVO”
8. Alquiler de Infraestructura: Además de la posibilidad de utilizar tu propia infraestructura para
construir la red de puntos de acceso, también podría serte interesante alquilar espacios en torre y
en caseta para los equipos (towering) a operadores como Abertis Telecom, Axion,…
9. Alquiler de la transmisión del Backhaul: Además de unir los puntos de acceso al IDC mediante
radioenlaces punto a punto de alta capacidad en banda común o licenciada (con tasa por reserva del
DPR), también es posible alquilar circuitos punto a punto o de capacidad portadora a operadores
como: Telefonica, Ono, Abertis, Xtra,…
10. Busca si hay convocatorias abiertas de ayudas y subvenciones públicas para financiar tu despliegue
de red con fondos procedentes de la Unión Europea (Agenda Digital Europea), Ministerio de
Industria (Agenda Digital para España) para la extensión de la banda ancha ultrarrápida, o las
Comunidades Autónomas y Administraciones Locales.
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SI QUIERES PRESTAR SERVICIOS LEGALMENTE, NO TE OLVIDES DE…
1. Redacta un Plan de Negocio a 3 años vista, que justifique económicamente tanto a ti como a futuros
socios (host,…) tus decisiones y necesidades de despliegue comercial y técnico como Operador.
2. Si quieres prestar servicios de Acceso a Internet a los usuarios bajo tu cobertura Wi-Fi:
a. solicita la autorización de la CMT: “Servicio de transmisión de datos disponible al público -
Proveedor de Acceso a Internet”
b. conéctate con un Proveedor de Tránsito IP para la conectividad con Internet y, si puedes,
redúndala incorporando la salida con un segundo proveedor.
3. Si quieres prestar servicios de Telefonía Fija a los usuarios bajo tu cobertura Wi-Fi:
a. solicita la autorización de la CMT para la telefonía IP: “Servicio telefónico sobre redes de
datos en interoperabilidad con el STDP”
b. cierra un acuerdo de Acceso con un Operador de Red que disponga de señalización SS7 y
una suficiente red de interconexión, para que te:
i. garantice la interoperabilidad del tráfico de voz a tus clientes para las llamadas
desde/hacia usuarios en la RTC
ii. facilite su oferta por la Terminación de la voz en la Interconexión con el resto de
operadores fijo/móvil de ámbito nacional e internacional
iii. subasigne rangos de numeración STDP o SVN
iv. de soporte en la ejecución de los procedimientos de portabilidad con la Entidad
de Referencia y las consultas a la base de portados STDP
v. de soporte en la ejecución de órdenes de interceptación legal de llamadas
4. Si quieres prestar servicios de Televisión a los usuarios bajo tu cobertura Wi-Fi:
a. solicita la autorización de la CMT: “Servicio de transmisión de datos disponible al público -
Transporte de la señal de los servicios de comunicación audiovisual”
b. cierra un Acuerdo con un proveedor de contenidos TV.
5. Puedes contratar servicios Mayoristas de Acceso a otros operadores, para:
a. Competir con el “Fusión de Telefonica”, comercializando tus propios paquetes fijo-móvil.
Complementa tu oferta prestando el servicio de reventa del servicio telefónico móvil:
i. solicita la autorización de la CMT: OMV Prestador de Servicios
ii. acuerda con un operador móvil el servicio de hosting (OMR, OMV Completo, o un
Enabler):
1. SIMs, IRM (IMSI), subasignación de MSISDN, roaming
2. Soporte en las obligaciones de portabilidad e interceptación legal
b. Ampliar tu base de clientes prestando los servicios de telefonía fija y/o banda ancha a
usuarios no cubiertos por tu Wi-Fi o con diferentes requisitos de calidad/velocidad:
i. Ofertas Reguladas de Telefónica: NEBA, ULL, ORLA (SDH, Ethernet)
ii. Ofertas Comerciales de operadores fijos: Punto a punto, xDSL, OBAs, VSAT
6. Ten en cuenta que debes disponer de un servicio gratuito especializado de atención al cliente, que
tenga por objeto atender y resolver las quejas y reclamaciones y cualquier incidencia contractual
que planteen sus clientes.
7. Verifica que quien realice la instalación en domicilio de tu cliente, acredite el título habilitante como
instaladora en el interior de edificaciones A/F y recintos B, según la propia tipología de la instalación
8. Paga anualmente las tasas de Telecomunicaciones que te corresponden:
a. A la CMT > Tasa general de operadores: 1‰ ingresos brutos de explotación
b. Al Ayuntamiento (según ordenanza) > Tasa aprovechamiento dominio público local: 1.5%
ingresos brutos en el término municipal
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9. Responde a los requerimientos de información de la CMT, como los que hace anualmente para la
realización de los informes a través del portal Sócrates.
10. Recuerda que cada tres años hay que notificar a la CMT si se desea continuar explotando la red o
prestando los servicios de telecomunicaciones.
11. Considera las obligaciones generales incluidas en la legislación vigente:
a. Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones
b. Real Decreto 424/2005, de 15 de abril, Reglamento sobre las condiciones para la prestación
de servicios de comunicaciones electrónicas, servicio universal y protección de los usuarios
c. Real Decreto 863/2008, de 23 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo
de la Ley 32/2003, en lo relativo al uso del DPR
d. Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba la carta de derechos del
usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas
e. Ley de Protección de Datos (LOPD), para la conservación y protección datos de los clientes
f. Ley de Servicios de la Sociedad de Información (LSSI), para tu web
GLOSARIO
• CMT: Comisión del Mercado de Telecomunicaciones
• CNAF: Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias
• COIT: Colegio Oficial de Ingenieros de Telecomunicación
• DPR: Dominio Público Radioeléctrico
• IDC: Internet Data Center
• IRM: Identificador de Red Móvil
• MINETUR: Ministerio de Industria, Energía y Turismo
• NEBA: Nuevo servicio Ethernet Banda Ancha
• OBA: Oferta de Bucle de Abonado
• ORLA: Oferta de Referencia de líneas alquiladas
• OMR: Operador Móvil de Red
• OMV: Operador Móvil Virtual
• PIRE: Potencia Isotrópica Radiada Efectiva
• SETSI: Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información
• STDP: Servicio Telefónico Disponible al Público
• SVN: Servicio Vocal Nómada
• ULL: Desagregación del bucle de abonado