El documento presenta el Código de Buenas Prácticas Políticas de la Alternativa Social Independiente de Cubas. El código establece 15 principios que buscan erradicar la corrupción y el caciquismo, incluyendo la transparencia en los bienes e ingresos de los cargos electos, la prohibición de aceptar regalos o favores, evitar conflictos de intereses, consultar a los ciudadanos en decisiones importantes, y establecer mecanismos para garantizar el cumplimiento del código.
LO QUE NUNCA DEBARIA HABER PASADO PACTO CiU PSC (Roque).pptx
Código políticas ASI Cubas
1. Código de buenas prácticas políticas de la Alternativa Social
Independiente de Cubas.
Introducción:
La corrupción y el caciquismo han llegado a tal extremo en nuestro país que es la segunda
preocupación de los españoles según el CIS. Esto hace necesario que nos dotemos de
instrumentos que contribuyan a erradicarla y que den confianza a los ciudadanos.
Muchos de los compromisos que asumimos los hemos ido señalando en nuestras intervenciones
y documentos a lo largo de estos años, sólo hacía falta ordenarlos y darles unidad.
ASI nació como grupo de vecinos, y aunque estos años de trabajo en la oposición nos han dado
cierta experiencia, no somos políticos profesionales. Puede que alguno de nosotros no sepa
muy bien qué es la política, pero lo que sí sabemos todos es lo que no debe ser:
1. La política no puede ser un instrumento para beneficio lucrativo ni enriquecimiento personal.
Todos los afiliados de ASI nos comprometemos a no utilizar nuestra militancia o cargo público
para ese fin. Estarán a disposición de los vecinos la declaración de bienes, participaciones
societarias y/o en consejos de administración, ingresos de todo tipo de los cargos electos y
directivos de libre designación. Se reflejará la procedencia y sus variaciones durante el tiempo
que dure el cargo y los dos años posteriores.
2. La actividad política no puede ser recompensada con regalos, ni estar condicionada o influida
por los que los hacen. Ninguno de los miembros de nuestro partido aceptará directa ni
indirectamente regalos, invitaciones, incentivos, tratos de favor ni gratificaciones de ningún tipo
en el desempeño de su actividad. Tampoco los aceptará para ninguno de sus familiares
3. La política no puede estar al servicio de intereses personales o familiares, por ello:
1º. Los cargos públicos de ASI se abstendrán de toda actividad privada que pudiera
plantear conflicto de intereses con su puesto público. Se produce conflicto de intereses
cuando un cargo público interviene en las decisiones en las que confluyen a la vez
intereses del cargo público e intereses privados propios o de familiares. Se prohíbe
expresamente la participación en tareas ejecutivas en empresas cuya actividad hubiera
tenido intereses relacionados con las tareas de su puesto público durante un periodo
de diez años. Un cargo público de nuestro partido nunca podrá participar en
consejos de administración de ninguna empresa de importancia estratégica o
económica nacional después de haber cesado como representante.
2º. Los cargos públicos de ASI se abstendrán durante los procesos de contratación en
los que participaran familiares, respetando en todo momento el marco jurídico de la
obligación de abstención.
3º. Se crearán comisiones de seguimiento y vigilancia de las contrataciones,
publicación de las propuestas y conclusiones de las mismas. Se dará la máxima
publicidad, información y control en todo los procesos de contratación. Los criterios de
2. capacidad, mérito, eficacia técnica y/u oferta económica será los que garanticen los
principios de transparencia, legalidad, publicidad y libre concurrencia.
4. Ser elegido en unas elecciones democráticas no da vía libre de actuación en los cuatro años de
mandato. Los cargos electos de ASI consultarán a los ciudadanos todas aquellas decisiones que
tengan especial relevancia.
5. Ser elegido no significa tratar a otros grupos políticos ni a los ciudadanos en general de
manera autoritaria, irrespetuosa, o prepotente. Todos los miembros de ASI nos comprometemos
en todas nuestras relaciones a ser respetuosos, humildes y conciliadores. Se atenderá con
absoluto interés y diligencia cualquier petición o comunicación de los partidos políticos,
sindicatos, trabajadores, entidades sociales de todo tipo y vecinos en general.
6. Entendemos que la actividad política no puede ser remunerada de manera abusiva. por eso
todos los cargos de nuestra formación se comprometen a tener un salario que en ningún caso
supere las tablas salariales fijadas para el personal laboral de la Comunidad de Madrid. Las
eventuales dietas por desplazamiento, alojamiento o manutención se ajustarán a las establecidas
para el personal laboral o funcionario de las administraciones públicas (Convenio Único y
Acuerdo Marco de Funcionarios de la Comunidad de Madrid en nuestro caso)
Se asume el compromiso de total transparencia en los ingresos de cualquier índole y el de
rendir cuentas públicas de todo el patrimonio por parte de los cargos públicos.
7. Cualquier miembro de ASI que fuera imputado, procesado o condenado por delitos o faltas en
casos de corrupción, delitos económicos, acoso sexual o laboral, violencia de género, pederastia,
maltrato infantil, contra los derechos laborales, ecológicos y urbanísticos renunciará al cargo
público, al interno del partido o a cualquier candidatura de la que pudiera formar parte. Sólo si
se produjera una desinmputación o una resolución absolutoria se produciría la reincorporación
del afectado/a.
8. Un cargo público no puede entenderse como algo indefinido, por ello la duración máxima de
un cargo público o interno del partido no podrá superar en ningún caso los 8 años.
9. La gestión de los servicios públicos no puede depender de criterios electoralistas, ni obedecer
a intereses privados u ocultos de ningún tipo, ni estar encaminada a perpetuarse en el poder. Por
ello los miembros de ASI se comprometen a realizar una gestión austera, objetiva, íntegra,
imparcial y ejemplar. Se priorizará el interés general, siempre transparente, revisable y
evaluable por los ciudadanos.
Se evitará el uso partidista de los recursos públicos tales como instalaciones, medios de
comunicación, propaganda institucional, etc.
10. En la gestión del cargo público se respetará en todo momento la legislación vigente en
cuanto a la obligación de abstención (especialmente art. 76 de la Ley 7/85 de 2 de abril
Reguladora de Bases de Régimen Local y art. 28.2 de la ley 30/92 del Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común) así como el resto del
ordenamiento jurídico nacional e internacional.
3. 11. Todos los miembros de ASI actuarán conforme a los principios establecidos en la
Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas en todos los ámbitos.
12. Se promoverán los criterios de participación e igualdad de todos los ciudadanos con
independencia del sexo, procedencia, creencias religiosas o políticas. Se rechaza expresamente
toda forma de racismo, xenofobia, machismo o exclusión por motivos de género u orientación
sexual.
13. Los militantes y cargos públicos de ASI se comprometen a trabajar muy activamente contra
la corrupción urbanística, el tráfico de influencias, la malversación de recursos públicos, el
enriquecimiento con recursos públicos, o el privado cuando sea injusto, la degradación del
medio ambiente y la corrupción privada o pública denunciando cualquier hecho o indicio de
estas características a las autoridades. En este sentido, se impulsarán mecanismos de
investigación y se ejercerá un papel vigilante.
14. Como se puede deducir de estos compromisos, las candidaturas, los cargos públicos y los
internos de partido no pueden ser elegidos por unos pocos (oligarquía). Por ello nos
comprometemos a realizar primarias abiertas a afiliados y simpatizantes para todos nuestros
representantes. De igual modo todas nuestras actuaciones políticas se llevarán a cabo por
decisión de la mayoría a través de la misma participación democrática (por ejemplo los pactos
pre o postelectorales).
Se rechaza expresamente el transfuguismo.
15. Nuestra formación desarrollará los mecanismos oportunos para evaluar periódicamente el
cumplimiento de este Código de Buenas Prácticas.
Cubas, 23 de Enero de 2015