Con el objetivo de continuar promoviendo la bancarización y facilitar la operatoria en aquellas zonas del país con escasa o nula infraestructura financiera, el Directorio del Banco Central de la República Argentina (BCRA) dispuso introducir una serie de modificaciones a la normativa vigente incorporando nuevos aspectos y criterios para la evaluación de los antecedentes y la ponderación de las sanciones impuestas a las entidades.
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BCRA facilita la instalación de sucursales bancarias. 30-07-15
1. Plan Nacional de Bancarización Inclusiva
El BCRA facilitará la instalación de sucursales
en zonas con poca infraestructura financiera
Con el objetivo de continuar promoviendo la bancarización y facilitar la operatoria en
aquellas zonas del país con escasa o nula infraestructura financiera, el Directorio del Banco
Central de la República Argentina (BCRA) dispuso introducir una serie de modificaciones a
la normativa vigente e incorporar nuevos aspectos y criterios para la evaluación de los
antecedentes y la ponderación de las sanciones impuestas a las entidades. La medida
favorecerá la inclusión en el circuito formal de sectores de la población que actualmente no
cuentan con la posibilidad de acceder a los servicios financieros.
Para la autorización de sucursales, el BCRA tiene en cuenta los puntajes que obtiene cada
entidad a través de un sistema que promueve la instalación de sucursales y cajeros
automáticos en zonas con menor densidad de población y con bajo nivel de inserción de
servicios financieros. Asimismo, se considera el nivel de cumplimiento normativo y la
solvencia de las entidades, a fin de que el sistema financiero se desarrolle en base a criterios
de solidez a la par de una mayor inclusión financiera.
La existencia de antecedentes sancionatorios constituye otro de los factores a evaluar para
la apertura de sucursales. Con esta nueva norma se busca mantener un justo equilibrio
entre la necesaria valoración de las sanciones y la indudable relevancia de la expansión de la
red de entidades financieras, a los fines de promover la bancarización en las zonas con
menor desarrollo.
Cuando se trate de la apertura de sucursales, casas operativas y/o la expansión de
actividades en las zonas más alejadas de los centros urbanos y con menor infraestructura
financiera, el BCRA podrá decidir la autorización a pesar de que las entidades hayan
recibido una sanción, sin perjuicio de que dichas penalizaciones serán susceptibles de ser
consideradas para otros fines. Esto crea un incentivo para la apertura de sucursales en
zonas con bajo nivel de bancarización.
Además, el BCRA podrá autorizar la apertura de sucursales sin tener en cuenta las
sanciones cuando sean solicitadas por entidades públicas, en sus respectivas jurisdicciones,
siempre que su actividad principal sea el financiamiento de programas de fomento o bien el
pago de jubilaciones y otros beneficios de la seguridad social.
2. Con esta medida el BCRA continúa con la implementación del Plan Nacional de
Bancarización Inclusiva 2015-2019, que hasta el momento incluye medidas como la
extensión de la gratuidad de las transferencias diarias de 20 a 50 mil pesos, la actualización
de montos de acreditaciones y saldos máximos para la Cuenta Gratuita Universal, la
inclusión de los microcréditos en la Línea de Crédito de Inversión Productiva y el nuevo
piso para las tasas de interés que los bancos pagan a los ahorristas, entre otras.
Buenos Aires, 30 de julio de 2015.