1. Procuraduría 24 Judicial II Ambiental y Agraria Calle 37 No 11-18 Casa: Luis Perú de la Croix
TEL: 6421010 Ext 77206-77207, Correo electrónico ariverab@procuraduria.gov.co
Bucaramanga - Santander
Bucaramanga, 09 de diciembre de 2021
Señor
RAMIRO VÁSQUEZ GIRALDO
Peticionario
Correo electrónico: givara1946@gmail.com
ASUNTO: RESPUESTA AL PETICIONARIO-DERECHO DE PETICIÓN DE LA VEEDURÍA
CIUDADANA ACTIVA SANTANDEREANA–PRESUNTAS AFECTACIONES EN
ECOSISTEMA DE PÁRAMO.
ALBERTO RIVERA BALAGUERA, en mi calidad de Procurador 24 Judicial II Ambiental y Agrario de
Bucaramanga – Santander y en virtud de las facultades consagradas en los numerales 4 y 7 del Artículo 277
de la Constitución Política, numerales 7 y 8 del Artículo 7 del Decreto 262 de 2000 y Artículos 37 al 46 del
mismo, acudo a usted de manera atenta y respetuosa, con el propósito de Responder el Derecho de Petición
presentado ante este Despacho el día 22 de noviembre de 2021, vía correo electrónico, en el cual enuncia:
“En mayo del 2021, desde nuestra veeduría denunciamos ante la CDMB la construcción que actualmente se
adelanta en pleno páramo de Santurbán, a la altura del municipio de Berlín, lo que ha ocasionado que medios
de comunicación y ciudadanos hayan publicado imágenes en las que se ve claramente como, sin misericordia,
se está arrasando con la capa vegetal de este frágil ecosistema. Además de construir viviendas, están
realizando minería extractiva de materiales para la construcción de este complejo turístico denominado
Piedra Parada…”
Así las cosas, este Despacho de la Procuraduría 24 Judicial II Ambiental y Agraria de Santander, procede a
otorgar respuesta al Peticionario, informando que su petición fue Trasladada por Competencia a la
Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga –CDMB-.
Entre otros aspectos, se solicitó a la Autoridad Ambiental que coordine la realización de una visita al lugar
enunciado por el peticionario en conjunto con las Autoridades del Municipio de Tona-Santander, Fiscalía
General de la Nación, con el acompañamiento del Ministerio Público.
Se anexa copia del Oficio 0833-2021, Dirigido a la Corporación Autónoma Regional Para la Defensa de la
Meseta de Bucaramanga -CDMB- y mediante el cual esta Agencia del Ministerio Público, garantiza la
contestación a su solicitud y traslada a la Autoridad Ambiental el Petitorio por ser la entidad competente que
debe atenderlo conforme a los requerimientos realizados en conjunto repito con las Autoridades Municipales
y Fiscalía General de la Nación.
Para la atención de esta solicitud, respecto a las funciones que corresponden al Ministerio Público se
comisionará a la Personería Municipal y si es posible esta Agencia del Ministerio Público, también
acompañara la diligencia; así mismo esta Dependencia revisará las actuaciones que desarrolle la Autoridad
Ambiental de conformidad con la Ley 1333 del 2009, con el fin de garantizar el cumplimiento de la Ley, el
Debido Proceso y especialmente el Principio de Celeridad.
Finalmente, me permito anexar copia del Oficio 0833-2021, dirigido al Director General de la –CDMB-, copia
del oficio 0835-2021 dirigido a la Alcaldía Municipal de Tona y copia del Oficio 0836-2021 dirigido al señor
Personero Municipal. Lo anterior para su conocimiento y fines pertinentes.
Atentamente,
ALBERTO RIVERA BALAGUERA
Procurador 24 Judicial II Ambiental y Agrario
Al contestar favor citar asunto y número de
Oficio 0842-2021