La resolución convoca a una audiencia pública el 20 de abril de 2018 para discutir el proyecto "Barrio Sustentable Estancia Romero Day" propuesto por ARSEN NOUS S.A. Se instruye al proponente a publicar edictos de convocatoria, una síntesis del proyecto y disponibilizar la documentación relevante. Se designan instructores a cargo de la audiencia.
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Audiencia barrio Romero Day
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SECRETARÍA DE AMBIENTE Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL
Resolución Nº 54
MENDOZA, 16 DE MARZO DE 2018
Visto lo actuado en expediente Nº 220-D-2016-03792 y acumulados expedientes Nros.
30.960-D-2014-60207 y 2994-D-2015-03834 con relación al Estudio Ambiental del proyecto
denominado: “Barrio Sustentable Estancia Romero Day”, a ubicarse en el Distrito El Challao,
Departamento de Las Heras, el cual ha sido propuesto por ARSEN NOUS S.A, con el objeto de
ser sometido al Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 709/713 obra copia de la Resolución Nº 430/2017-SAyOT, que autoriza el Inicio del
Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental de la Manifestación General de Impacto
Ambiental del proyecto: “Barrio Sustentable Estancia Romero Day” y se designa a la Unidad de
Evaluaciones Ambientales de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial como
organismo responsable para efectuar el seguimiento y fiscalización de dicho procedimiento.
Que por la antedicha Resolución se designó a la Universidad Champagnat, como organismo
responsable para la elaboración del Dictamen Técnico, establecido en el Artículo 16º del Decreto
Reglamentario Nº 2109/1994 y a la Municipalidad de Las Heras, Dirección de Recursos
Naturales Renovables, Dirección de Protección Ambiental, Agencia Provincial de Ordenamiento
Territorial, Dirección Provincial de Vialidad, Ente Provincial del Agua y Saneamiento,
Departamento General de Irrigación y Dirección de Hidráulica como organismos encargados de
la realización de los Dictámenes Sectoriales, según se establece en el Artículo 17º del Decreto
Nº 2109/1994 de la Ley Nº 5961.
Que a fs. 735/753 obra Dictamen Técnico, elaborado por la Universidad Champagnat, la cual
contiene una serie de observaciones las cuales fueron respondidas por el proponente a fs.
754/813.
Que los informes de los organismos responsables de emitir los Dictámenes Sectoriales, que se
han presentado de conformidad con los plazos establecidos, obran a fs. 856/906, a excepción de
la Agencia de Ordenamiento Territorial.
Que de acuerdo con lo establecido en los Artículos 31º de la Ley Nº 5961, el 18º del Decreto Nº
2109/1994 y 7º de la Resolución Nº 109-AOP-1996 y Modificatoria Resolución N° 21/2018, la
Secretaria de Ambiente y Ordenamiento Territorial deberá convocar a Audiencia Pública a las
personas físicas o jurídicas, públicas o privadas potencialmente afectadas por la realización del
proyecto, a las organizaciones no gubernamentales interesadas y al público en general.
Que de acuerdo con lo dispuesto en los Artículos 33º de la Ley Nº 5961 y 19º del Decreto Nº
2109/1994 y 2° de la Resolución N° 21/2018, a los fines de continuar con el Sistema de
Información Pública, el Proponente del Proyecto deberá dar clara difusión por medio de la prensa
de una Síntesis de la Manifestación General de Impacto Ambiental.
Por ello, en virtud de lo dispuesto mediante la Ley N° 5961 y modificatorias, su Decreto
Reglamentario N° 2109/1994 y Decreto Modificatorio N° 809/2013; la Ley de Ministerios N°
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8830 y lo dictaminado por la Asesoría Legal de la Dirección de Protección Ambiental y de esta
Secretaría,
EL
SECRETARIO DE AMBIENTE Y
ORDENAMIENTO TERRITORIAL
RESUELVE:
Artículo 1º: Convóquese a Audiencia Pública para el proyecto denominado: “Barrio Sustentable
Estancia Romero Day” el cual ha sido propuesto por la empresa ARSEN NOUS S.A., a
realizarse el día 20 de Abril de 2018, a las 10:00 horas, en el Informador Turístico “El Challao”,
Delegación Municipal Las Heras, Av. Champagnat s/n, Departamento Las Heras, de acuerdo a lo
establecido en los Artículos 29º y 31º de la Ley Nº 5961 de Preservación del Ambiente y
ampliatorias y Artículo 18º del Decreto Nº 2109/1994 de Procedimiento de Evaluación de Impacto
Ambiental.
Artículo 2°: - La Secretaria de Ambiente y Ordenamiento Territorial publicará los Edictos de
Convocatoria a la Audiencia Pública, en el Boletín Oficial y en el sitio electrónico de esta
Secretaría, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 18 del Decreto Nº 2109/1994 y Artículos 8 y
9 de la Resolución Nº 109-AOP-1996 modificada por Resolución N° 21/2018-SAYOT. Las
publicaciones se realizarán con una antelación no inferior a (15) días hábiles administrativos,
durante tres (3) días.
Artículo 3°: Publíquense a costa y cargo del Proponente del Proyecto la convocatoria a la
Audiencia Pública en al menos dos (2) diarios de circulación provincial, de acuerdo a lo
establecido en el Artículo 18 del Decreto N° 2109/1994 y Artículos 8 y 9 de la Resolución N°
109-AOP-1996 modificada por Resolución N° 21/2018-SAYOT. Las publicaciones se deberán
realizar con una antelación no inferior a quince (15) días hábiles administrativos, durante tres (3)
días.
Artículo 4º - Publíquese a costa y cargo del Proponente del proyecto, una Síntesis de la
Manifestación General de Impacto Ambiental en un diario local de amplia difusión en la Provincia,
diez (10) días antes a la realización de la Audiencia Pública, de acuerdo con lo establecido en el
Artículo 19º del Decreto Nº 2109/1994.
Artículo 5º - A los efectos de brindar información pública previa a la Audiencia Pública, póngase a
disposición de los interesados la Manifestación General de Impacto Ambiental, el Dictamen
Técnico, los Dictámenes Sectoriales y toda otra documentación referente al Proyecto, en la
Unidad de Evaluaciones Ambientales dependiente de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento
Territorial, ubicada en calle Boulogne Sur Mer 2300 Ciudad de Mendoza, de lunes a viernes de
ocho treinta horas (8.30 hs.) a trece horas (13:00 hs.) y Dirección de Ambiente, Municipalidad de
Las Heras, sita en Cacique Guaymallén y Patricias Mendocinas, de lunes a viernes de ocho
horas (8.00 hs.) a trece horas (13 hs), Provincia de Mendoza, donde podrá ser consultada la
información referida, de acuerdo a lo establecido en los Artículos 33º de la Ley Nº 5961, 19º del
Decreto Nº 2109/1994 y 9º de la Resolución Nº 109/1996-AOP.
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Artículo 6º - Fíjense las siguientes dependencias oficiales para la inscripción de personas físicas
y/o jurídicas para la intervención oral durante la Audiencia Pública: Unidad de Evaluaciones
Ambientales, dependiente de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial, en la
Municipalidad de Las Heras, en las direcciones y horarios establecidos en el artículo anterior. Las
inscripciones también se podrán realizar en el lugar donde se llevará a cabo la Audiencia Pública
en la fecha indicada para su desarrollo, hasta una hora antes de su inicio.
Artículo 7º - Las personas físicas o jurídicas que se inscriban para intervenir en la Audiencia
Pública, deberán hacerlo en forma escrita, proporcionar datos personales, constituir domicilio,
acreditar personería según los casos y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 15º de la
Resolución Nº 109/1996-AOP.
Artículo 8º - Desígnese como Instructores a cargo de la Audiencia Pública a la Dra. Paula Llosa
y/o a quien la misma determine y a la Lic. María Cecilia Blanco, en representación de la
Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial, a quienes se delega la plena conducción de
ese acto, de acuerdo con lo establecido en los Artículos 18º del Decreto Reglamentario Nº
2109/1994 y 9º y 15º de la Resolución Nº 109-AOP-1996.
Artículo 9º - Notifíquese, comuníquese a quien corresponda y archívese.
LIC. HUMBERTO MINGORANCE
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Fecha de Publicación Nro Boletín
19/03/2018 30572
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