2. AMBITO TRIBUTARIO SQM
INDIRECTOS
DIRECTOS
IMPUESTOS
Impto. las
utilidades
Impto.
adicional
Impto. Único
2da categ.
Impto. las
personas
Impto. A las
personas no
residenciales
Impto. Global
complementario
IMPTO. A LA RENTA
Impto. A las
ventas y
servicios
IVA
Impto.
Específicos sobre
ciertos bienes
Impuestos
específicos
Otros
impuestos
Impto. A los
tabacos
Impto. A
comercio
exterior
Impto. A los
combustibles
Impto. Timbre,
juegos azar,
herencias y
donaciones
EL SISTEMA TRIBUTARIO CHILENO, ESTA CONSTITUIDO POR IMPUESTOS
DIRECTOS E INDIRECTOS
Directos: Son aquellos que gravan o afectan la obtención de la renta o riqueza en
manos del sujeto que la obtiene
Indirectos: Afectan la manifestación de la riqueza, gravando, actos y o contratos
3. SOCIEDAD QUIMICA Y MINERA DE CHILE
AMBITO TRIBUTARIO SQM
EXISTEN 5 REGIMENES TRIBUTARIOS EN CHILE
Pro pyme
General
Pro pyme
Transparente
Renta
presunta
Régimen
general semi
integrado
No sujetos al
14 de LIR
• Tasa del IDPC del
27%
• Los propietarios
tributaran en base
a los retiros,
Remesas y
distribuciones efectivas
que realicen
• Los propietarios
utilizan solo el
65% de los
Créditos por IDPC
• Enfocado a
micro,
pequeñas
empresas
• Tasa del
IDPC 25% e
imputación
total de
crédito
Este régimen
tributario está
destinado para
contribuyentes
que se dediquen
a actividades:
•Agrícolas.
•Transporte.
•Minería.
• Enfocado a
micro,
pequeñas
empresas
• Liberado de
IDPC
Se pueden acoger a
este régimen
tributario lo
contribuyentes de:
•Fundaciones.
•Corporaciones.
•Empresas en las
que el Estado sea
propietario en su
totalidad.
4. Royalty Minero
Impuesto a la renta
Reducción
exenciones
Elusión
fiscalización
Tributación de las
Personas
PROPUESTA DE NUEVA REFORMA TRIBUTARIA
• El impuesto de primera
categoría (IDPC) se reduce
de 27% a 25%.
• Inversionistas Extranjeros
1,8% a las utilidades retenidas
en sociedades de inversión y
otras que perciben sus
ingresos de rentas pasivas.
• El impuesto a la riqueza del 1%
desde MUS$4,9 hasta
MUS$14,7 y 1,8% mas de
MUS$14,7
• Tramos y tasas IGC e impuesto
de segunda categoría (%)
• Gasto deducible por
exenciones se restringe a
23 UTA MM$15
• Se fortalecen normas de
anti elusión así como
gastos rechazados,
tasación, paraísos
fiscales.
• Los explotadores del cobre
con más de 12.000 Tn y del
litio 50.000 deberán destinar
un 3% del valor de los
minerales extraídos
destinados al desarrollo de
las comunas donde se
encuentran los yacimientos.
• Producción superior a 50.000
TM de cobre fino a tasas ad
valorem
AMBITO TRIBUTARIO SQM
5. SOCIEDAD QUIMICA Y MINERA DE CHILE
AMBITO TRIBUTARIO SQM
ESTRUCTURA Y O MALLA SOCIETARIA
Inversiones SQ
SQYA
Norte Grande
ORO BLANCO NITRATOS
CALICHERA POTASIOS
Global Mining SQM
6.36%
3.08%
15.75%
100%
67.59% 0.0258%
76.82% 76.34%
88.64%
100%
98.89%
10.07%
THE
BANK OF
NEW
YORK
MELLON
ADRS
INVERSI
ONES
TLC SPA
SOCIEDA
D DE
INVERSI
ONES
PAMPA
CALICHE
RA SA
POTASIO
S DE
CHILE SA
BANCO
DE CHILE
POR
CUENTA
DE
STATE
STREET
BANCO
SANTAN
DER POR
CUENTA
DE INV
EXTRANJ
EROS
INV
GLOBAL
MINING
CHILE
LTDA
AFP
HABITAT
SA
BANCO
DE CHILE
POR
CUENTA
DE
TERCERO
S NO
RESIDEN
TES
AFP
CUPRUM
SA
AFP
CAPITAL
SA
BANCO
DE CHILE
POR
CUENTA
DE CITI
NA NEW
YORK
CLIE
% Propiedad 23.67% 21.90% 15.75% 6.36% 3.22% 3.10% 3.08% 2.96% 2.78% 2.11% 1.83% 1.70%
0.00%
5.00%
10.00%
15.00%
20.00%
25.00%
%
de
Propiedad
% de Propiedad mayores accionistas
CASO CASCADAS SQM
Hoy SQM esta controlada por varios sociedades la que la hace una compañía
bastante compleja, nuestra recomendación es estar atentos a la compraventa
de paquetes accionarios y fusión de las empresas cascadas. Por otra parte el
interés del estado de chile, que ha manifestado la intención de adquirir el 51%
de la acciones, lo que causaría significativos movimientos en la bolsa de
comercio.
6. SOCIEDAD QUIMICA Y MINERA DE CHILE
AMBITO TRIBUTARIO SQM
Posibles cambios tributarios para inversionistas
• La reforma tributaria está en
pleno debate legislativo. En los
próximos días la comisión de
Hacienda deberá votar la
iniciativa legal en general, para
luego entrar de lleno en los
detalles del proyecto, del cual el
Gobierno ya comprometió un
set de indicaciones, que
implicará una caída en las
estimaciones de recaudación
por US$ 1.700 millones.
• Debido a ello, consideramos
que sería prudente al menos
mantener un estatuto general
de nula o baja tributación en la
fuente para inversionistas
nacionales o extranjeros con
sustancia económica, de forma
de hacer de Chile un lugar
atractivo en tanto país de
destino de fondos, ayudando
así a fortalecer nuestro
mercado de capitales interno, y
con ello, el crecimiento
económico para todos los
chilenos
7. Reforma Tributaria y cambio para
inversionistas
• las tasas totales de impuestos sobre la inversión podrían llegar hasta
un 52,6% en el caso de ganancias de capital y 43% en el caso de
distribuciones, montos que distan bastante de la realidad comparada
con otros países de la OCDE.
• La reforma tributaria como está planteada actualmente cambiaría
radicalmente a nuestro entender esta tendencia, ya que incrementa
considerablemente el monto de los impuestos aplicables a estos
inversionistas.
• Si se implementa una reforma tributaria que incrementa por varias
veces los impuestos que pagaría un inversionista extranjero, esto se
traduciría de manera directa en menores retornos y sería un tremendo
desincentivo a la inversión.
8. Estructura Tributaria
ESTRUCTURA
TRIBUTARIA
IMPUESTO A LA
RENTA
IMPUESTO A LA
UTILIDAD
IMPUESTO A LAS
PERSONAS
NATURALES
IMPUESTO DE
SEGUNDA CATEGORIA
IMPUESTO GLOBAL
COMPLEMENTARIO
IMPUESTO A LAS
PERSONAS NO
RESIDENTES
IMPUESTO
ADICIONAL
9. IMPUESTOS PARA INVERSIONISTAS EXTRANJEROS
• Bajo el Estatuto de la Inversión Extranjera, el inversionista
extranjero puede optar por pagar un mayor
impuesto con tasa de 42%, en lugar del
impuesto Adicional de tasa 35%. Esta tasa de
42% será fija por un período de 10 años, el
que podrá ser aumentado a un máximo de 20
años
10. Impuestos para inversionistas
extranjeros
Régimen general: - Primera Categoría, tasa 16% año 2002, 16,5% año 2003,
17% año 2004 en adelante.
Impuesto adicional, tasa 35% (la que puede variar dependiendo del tipo de
renta).
Artículo 21, por gastos rechazados, tasa 35%
Impuesto único, ganancias de capital, por enajenación de acciones.
• Está sujeta a un impuesto de primera categoría en el carácter de único a la
renta (15%).
• El inversionista puede optar por abandonar el régimen especial y, en
consecuencia pagar el impuesto adicional, pero una vez ejercida esta
opción no puede volver atrás.
• El fondo es gravado con una tasa fija de 10% sobre sus remesas al
extranjero.