2. Objetivo de la plática
Compartir
experiencias sobre
las gestiones para la
obtención de las
licencias de
frecuencias y otros
asuntos regulatorios
de los satélites
pequeños
3. Contenido
• Introducción: necesidad de la regulación
• Instancias reguladoras
• Mecanismos de regulación de radiofrecuencia
• Tipos de concesiones
• Proceso de solicitud concesión de recurso orbital
• Instancias nacionales
• Instancias internacionales
• Costos
• Proceso de solicitud concesión para frecuencias de
aficionados
• Características del AztechSat1 para la obtención del
recurso orbital
• Otras gestiones a considerar
• Recomendaciones
• Apéndice
• Referencias sobre obtención del recurso orbital en
México
31/05/2019 3
4. Todos los pequeños satélites son
objetos espaciales que están bajo
las leyes internacionales que
aplican a dichos objetos. El
lanzamiento y operación de dichos
satélites constituye una
actividad espacial, por lo tanto,
también están sujetos a las leyes
establecidas por las Naciones
Unidas.
La nación a la que pertenece el
satélite es responsable de los
daños a terceros que éste pueda
ocasionar.
Deben seguirse regulaciones
nacionales e internacionales
debido a que se trata de recursos
limitados (órbitas y
frecuencias).
Introducción: necesidad de la regulación
5. El espacio ultraterrestre es libre de
explotación y uso por todos los países
de conformidad con las regulaciones
internacionales.
Los estados retienen jurisdicción y
control sobre los objetos que lancen al
espacio ultraterrestre
Los estados serán responsables por el
daño causado por sus objetos espaciales
http://www.unoosa.org/oosa/en/ourwork/spacelaw/treaties/i
ntroouterspacetreaty.html
Tratado del Uso del Espacio Exterior de
1967:
6. Actualmente, los procedimientos
para el registro de redes
satelitales no hacen distinción
entre el tamaño y peso de los
satélites.
Sin embargo, dependiendo del tipo
de órbita (geoestacionario o no
geoestacionario) y del tipo de
bandas de frecuencias que ocupen,
pueden estar sujetas o no a
coordinación.
Tipo de Trámite
7. Coordinación de frecuencia
31/05/2019 7
Es un proceso técnico y
normativo que elimina o
mitiga la interferencia
de radio frecuencia entre
diferentes sistemas de
radio que operan en la
misma frecuencia.
8. • México
• Secretaría de Comunicaciones y
Transportes (SCT).
• Instituto Federal de
Telecomunicaciones (IFT).
• Internacional
• ITU (Unión Internacional de
Telecomunicaciones).
Instancias reguladoras: nacionales e
internacionales
9. Mecanismos de regulación de
radiofrecuencia
Control de interferencia
Asignación
separación de
las
frecuencias de
las estaciones
para los
diferentes
servicios
Limitación de
potencia
PFD (densidad de flujo de
potencia) para proteger a los
servicios terrestres
EIRP para proteger a los
servicios espaciales
EPFD para proteger a los GSO
de los no GSO
Coordinación
entre
administraciones
para asegurar
operación libre de
interferencia
Monitoreo
internaciona
l
Registro
En el Master International
Frequency Register(MIFR)
Reconocimiento
internacional
10. Los trámites para gestionar de uso de frecuencias en
México y el extranjero se deben iniciar a la par del
diseño y construcción del satélite para evitar
retrasos.
• El trámite de uso de frecuencias lo inicia el
desarrollador satélite en México ante el IFT, quien
posteriormente pasa la solicitud ante la SCT.
• La SCT es la dependencia del gobierno mexicano que
realiza las peticiones y uso de frecuencias ante la
ITU. Por eso el trámite debe realizarse a través de
la SCT pero iniciando en el IFT.
• La SCT realiza la coordinación de frecuencias ante
la UIT en el Registro Internacional de Frecuencias
(MIFR).
Instancias reguladoras nacionales.
11. La UIT regula todas las actividades de telecomunicaciones a nivel
internacional.
Se requiere de:
• Reglamento de radiocomunicaciones.
• Reglas de procedimiento.
• Software:
http://www.itu.int/en/ITU-R/software/Pages/space-network-
software.aspx
Instancias reguladoras internacionales
14. De acuerdo con la LFTR, existen
diversos tipos de concesiones:
comercial, pública, privada y
social.
Las redes satelitales para el
servicio de radioaficionados,
requieren de concesión para uso
privado.
Dicha concesión no otorga el
derecho para explotar servicios
comerciales.
Nota: El artículo 76, fr. III,
inciso b, LFTR, identifica
específicamente los servicios de
experimentación, radioafición, etc.
Tipos de concesiones
16. Parte
Interesada
envía a SCT:
•Información de
Publicación
Anticipada (API)
•Solicitud de
registro de red
satelital
SCT
procederá
con:
•Verificación
de errores
(SpaceCap y
SpaceVal)
•Envío de API
a UIT
SCT
informa
envío de
API a la
UIT a:
•La parte
interesada
•IFT
Obtención de concesión del recurso
orbital (regulación nacional)
17. Proceso de la ITU para
satélites no sujetos a
coordinación
UIT
publicará
la red en
el BR IFC
en la
sección
especial
API/A
Aún cuando una frecuencia
no esté sujeta a
coordinación, hay un
procedimiento para obtener
comentarios y resolver
dificultades
18. Procedimientos para comentar y
resolver dificultades
(frecuencias no sujetas a
coordinación)Procedimientos para comentar
• Los comentarios a una API / A deben enviarse dentro de los 4 meses posteriores a la publicación
de la API (No.9.3)
• Los comentarios se capturan a través del software SpaceCom (RES-55)
• El Buró publica la lista de administraciones que han enviado comentarios en una API / B
• Sección especial en un BR IFIC
Resolución de dificultades.
• Ambas administraciones se esforzarán por cooperar en esfuerzos conjuntos para resolver cualquier
dificultad e intercambiar información adicional relevante que pueda estar disponible
• Cualquiera de las partes puede solicitar la asistencia de la Oficina de Radiocomunicaciones
(No.9.3)
• En caso de dificultades, la administración responsable de la red de satélite planificada
explorará todos los medios posibles para resolver las dificultades sin tener en cuenta la
posibilidad de ajuste a las redes de otras administraciones.
• Si no se pueden encontrar tales medios, puede solicitar a las otras administraciones que
exploren todos los medios posibles para cumplir sus requisitos.
• Las administraciones interesadas harán todos los esfuerzos posibles para resolver las
dificultades mediante ajustes mutuamente aceptables a sus redes.31/05/2019 18
19. Proceso de la ITU para
satélites sujetos a
coordinación
20. la ITU no cobra para las bandas de frecuencia de
radioaficionados.
Costo Solicitud de Coordinación 5,560 –
33,467 CHF. Dependiendo del número de
Unidades
Costo Notificación e Inscripción MIFR 7,030
CHF
Excepción: Servicio de radioaficionados
(Acuerdo 482 del Consejo de la UIT)
Costo del registro de API 520 CHF
Excepción: Servicio de radioaficionados
(Acuerdo 482 del Consejo de la UIT)
NOTA: CHF: franco suizo (~18.2 pesos
mexicanos).
Costos
21. Proceso de solicitud concesión
de frecuencias de aficionados
• En caso que se decida
usar frecuencias de
radioaficionados, es
necesario establecer
coordinación con la
International Amateur
Radio Union, IARU.
• Para usar las frecuencias
de la IARU es necesario
contar con licencia de
radioaficionado
31/05/2019 21
24. • La frecuencia depende del tipo de servicio que dará el
satélite
• Los satélites tipo CubeSat utilizan recurrentemente las
bandas de radioaficionados:
A. Bandas de frecuencia en VHF:
I. De 153.0125 Megahertz (MHz) a 153.2375 MHz.
II. De 159.0125 MHz a 159.2000 MHz.
III. De 163.0125 MHz a 163.2375 MHz.
B. Bandas de frecuencia en UHF:
I. De 450.2625 MHz a 450.4875 MHz.
II. De 455.2625 MHz a 455.4875 MHz.
III. De 463.7625 MHz a 463.9875 MHz.
IV. De 468.7625 MHz a 468.9875 MHz.
• Si se emplea la banda de radioaficionados se requiere coordinarse
con la IARU y tener licencia de radioaficionado para operar la
estación terrena
¿Qué frecuencias se utilizan?
25. Proceso de solicitud concesión de
frecuencias de aficionados
Nota: hay que acercarse a la IARU desde el principio para validar si
aplica la frecuencia de radioaficionados
27. Características del AztechSat1
para la obtención del recurso
orbital• Uso sin fines de lucro de una
agencia gubernamental/universidad
privada.
• Transmite en banda amateur 435-438;
ancho de banda máximo de 12 KHertz.
(ya se otorgó la de 437.3 MHz)
• Realiza una misión secundaria de
interés para los radioaficionados
• Potencia de transmisión de 1.5
Watts máximo
• Misión de corta duración: máximo 6
meses
• Sólo transmitirá dentro del
Territorio Nacional durante un
tiempo menor a 3 minutos en
intervalos de 0.03 segundos.
28. Trámite de obtención del
recurso orbital
• Entregar solicitud de Licencia del
Recurso Orbital y la API a la Unidad
de Análisis Regulatorio del IFT
• La SCT fija una fianza para cubrir
posibles costos y riesgos
• Pago de la fianza a la Dirección
General de Recursos Orbitales del IFT,
• Entrega oficial de la API a la SCT.
• La SCT envía la información de la API
a la UIT
• La UIT confirma recepción de la API y
comienza el análisis de la información
• Entre 2 a 4 semanas después, la UIT
publica, a través de una International
Frequency Information Circular (IFIC),
las características de la red
satelital para recibir comentarios.
• Realizar la coordinación con la IARU
30. Una vez que se cumplen todos
los requisitos, se puede
proceder con el lanzamiento
y puesta en marcha del
sistema satelital.
El periodo de puesta en
marcha es de 90 días y una
vez concluido, se deberá
notificar a la UIT a más
tardar 30 días de haber
finalizado este periodo.
31. Otras gestiones a considerar
• Registro ante la ONU
• Trámites de
importación/exportación
• Aviso a aerolíneas para
transportación
• Provisión para deorbitar
en un tiempo determinado
32. Recomendaciones
Disponer de un equipo de trabajo
dedicado exclusivamente a los
aspectos regulatorios (podrían
ser estudiantes de derecho)
Empezar los trámites cuanto
antes
Acercarse a la Federación
Mexicana de Radio
Experimentadores y la IARU
Tramitar la API
Gestionar licencias de
radioaficionado
31/05/2019 32
34. Reglamentos y leyes:
Ley Federal de Telecomunicaciones
y Radiodifusión:
http://www.sct.gob.mx/comunicacio
nes/ley-federal-de-
telecomunicaciones-y-
radiodifusion/
Otorgamiento de concesiones de
parte del IFT:
http://www.ift.org.mx/industria/l
ineamientos-generales-para-el-
otorgamiento-de-las-concesiones-
que-se-refiere-el-titulo-cuarto-
de-la
Referencias sobre obtención del recurso
orbital en México