Este documento explica qué es una Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) en Argentina. Una SAS es un tipo societario que se puede constituir de forma simple y rápida a través de internet con un capital mínimo de $17,720. Las SAS ofrecen responsabilidad limitada para los socios y flexibilidad en cuanto a su objeto y actividades. El documento detalla los pasos y requisitos para crear una SAS, incluyendo adherirse al sistema de Trámites a Distancia y proporcionar información sobre los socios, la denominación, el capital
2. ¿Qué es una S.A.S?
• Una sociedad por acciones simplificada (SAS) es un nuevo
tipo societario que se puede constituir de manera simple,
rápida y desde una computadora, ahorrando costos y
haciendo menos trámites.
• Esta establecido en la Ley de Apoyo al Capital
Emprendedor y tiene como objetivo principal propiciar la
actividad emprendedora y de generación de capital en el país,
así como su expansión internacional.
3. • En las SAS, la responsabilidad de los socios está limitada a sus
acciones.
• Una SAS puede formar otra SAS, pero una SAS Unipersonal no
puede constituir otra SAS Unipersonal.
• Se puede formar a través del Instrumento Público o del Privado, si
se hace por instrumento privado, debe tener las firmas certificadas
por un juez, un escribano, banco u otra autoridad competente del
registro público que corresponda. Se puede constituir por medios
digitales con firma digital. Luego, el instrumento de constitución
debe ser enviado al Registro Público para su inscripción.
• El Capital Social Inicial se puede integrar en un plazo no mayor a los
2 años desde la firma del instrumento de constitución de la sociedad.
4. ¿Por que es conveniente este tipo societario?
• Podés crear tu sociedad en sólo 24 horas de forma simple desde una computadora,
únicamente a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD).
• Es ágil ya que podés constituir tu SAS adaptándote a un Estatuto Modelo,
previamente aprobado por IGJ, ahorrando así tiempo y dinero.
• Es accesible ya que se podrá constituir con un capital social mínimo equivalente a
dos salarios mínimos, vitales y móviles (actualmente $17.720).
• El trámite de constitución es económico (actualmente el valor es $4.430) e incluye
el registro, el otorgamiento del CUIT y la publicación en el Boletín Oficial.
Además, al pagar el trámite se cubre el 25% de integración del capital inicial,
siempre que se haya optado por la constitución con el capital mínimo exigido.
• Junto con la inscripción, obtenés el CUIT de tu SAS de forma automática.
5. • Es completamente online: podés firmar tu estatuto con firma digital y evitar
el costo de la certificación de firmas ante un escriban o ante IGJ.
• Tiene objeto plural: podés comenzar con una actividad y a futuro cambiarla
o incorporar otra sin necesidad de modificar el estatuto.
• Tus libros societarios y contables van a ser digitales, lo que permitirá ahorrar
más costos.
• Podés crear una sociedad unipersonal: no necesitas un socio para
constituirla, si es así se deberá designar un administrador titular y uno
suplente.
• Podés darte de alta en impuestos y solicitar factura A en línea.
• Vas a poder abrir más rápido una cuenta en el banco.
6. Requisitos
• Radicar tu SAS en CABA (pronto se va a poder hacer en
cualquier parte del país)
• Tener CUIL, CUIT o CDI.
• Tener Clave Fiscal 2 o más.
• Adherirte al servicio de TAD (Trámites a Distancia) en la
página web de AFIP
7. ¿Que es el TAD?
El sistema de Trámites a Distancia (TAD) es una plataforma
online que te permite realizar trámites ante la Administración
Pública Nacional desde una computadora, sin tener que
acercarte a una oficina. Para adherirte tenés que estar
registrado en AFIP con Clave Fiscal y seguir los siguientes
pasos :
8. • Ingresar al sitio de AFIP.
• Dirigirte a la columna de servicios administrativos y
selecciona Administrador de Relaciones de Clave Fiscal
• Hacer clic en Adherir servicio, elegir Ministerio de
Modernización y seleccionar el servicio de Trámites a
Distancia
• Una vez confirmada la adhesión, hay que dirigirse a la
plataforma de Trámites a Distancia para empezar a usarla.
9.
10. Decisiones que hay que tomar antes de
constituir una SAS:
Para constituir una SAS en la IGJ tenés que indicar ciertas características de tu
sociedad que definirán el tipo de trámite:
• Denominación: es el nombre de la sociedad que tenés que completar sin las siglas SAS.
El sistema va a verificar si está disponible. En el caso de que no, vas a poder elegir otro.
• Estatuto Modelo: si elegís este estatuto, podés crear tu SAS en 24 horas. Si tu negocio
no se adapta a las definiciones del Estatuto Modelo, consultá a un profesional que te
asesore para redactar tu propio instrumento constitutivo.
• Capital Mínimo: Si elegís el mínimo, no necesitás justificar la integración del 25%
porque queda demostrada en el pago del costo del trámite. Si no, tenés que depositarlo
en el Banco Nación y subir la boleta o adjuntar un acta notarial que lo acredite.
11. Datos necesarios para constituir una SAS
• El nombre, edad, estado civil, nacionalidad, profesión, domicilio, número de documento de
identidad, Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) o Clave Única de Identificación
Laboral (CUIL) o Clave de Identificación (CDI) de los socios.
• Si la forman personas jurídicas, debe tener: su denominación o razón social, domicilio y sede,
datos de los integrantes del órgano de administración y Clave Única de Identificación Tributaria
(CUIT) o Clave de Identificación (CDI).
• El nombre de la sociedad que estás formando. Debe contener la expresión “Sociedad por
Acciones Simplificada”, su abreviatura o la sigla SAS.
• El domicilio de la sociedad y su sede.
• El objeto o finalidad de la sociedad por acciones simplificada que estás formando.
• El plazo de duración, que deberá ser determinado.
• El capital social y el aporte de cada socio, expresados en moneda nacional.
• Las clases, formas de emisión y características de las acciones.
• La manera en que pueden aumentarse las acciones.
12. • Determinar la suscripción del capital, el monto y la forma de integración y el plazo para el
pago del saldo adeudado, si corresponde.
• La organización de la administración, de las reuniones de socios y del control de la
sociedad.
• Los datos de los integrantes de los órganos de administración.
• El plazo de duración en los cargos de los integrantes de los órganos de administración y del
órgano de fiscalización.
• Representante legal.
• Las reglas para distribuir las utilidades y soportar las pérdidas.
• Los derechos y obligaciones de los socios entre sí y en relación a terceros.
• Las reglas para el funcionamiento, disolución y liquidación de la sociedad por acciones
simplificada.
• La fecha de cierre del ejercicio.