1. • Para empezar a hablar de
políticas educativas empezaremos
por definir que es la educación
según la Constitución Nacional
• Derecho que gozan todos los habitantes
de la Nación
• Saber en un ambiente sano, equilibrado
realizando actividades productivas cada
parte que compone la Nación deberá
promover valores transmitir igualdad,
equidad y gratuidad en la educación
2. Ahora que sabemos que es la educación,
en nuestro país quien la garantiza??
• Principalmente el Estado que elabora leyes para que todos los
ciudadanos gocen ese derecho, para ello existe el concepto de
obligatoriedad y gratuidad:
• Obligatoriedad:
ARTÍCULO 16 Ley 26206
•
*La obligatoriedad escolar en todo el país se extiende desde la
edad de cuatro (4) años hasta la finalización del nivel de la
Educación Secundaria.
*El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y las
autoridades jurisdiccionales competentes asegurarán el
cumplimiento de la obligatoriedad escolar por medio de
estrategias institucionales, pedagógicas que permitan la igualdad
de derechos, y así alcanzar calidad educativa en todo el país en
todas las situaciones sociales.
3. GRATUIDAD
Artículo 4
Ley 26206
•El Estado Nacional, provincial y la Ciudad.
autónoma de Buenos Aires son
responsables directos de proveer y
garantizar que todas/os las/os habitantes
de la nación puedan en igualdad, equidad y
GRATUIDAD ejercitar el derecho de la
educación.
•Pero con que fines y objetivos se
establece este tipo de educación?
4. Fines y Objetivos de la
Educación
Fines y objetivos de la política
Educativa según ley 13688 (ley de
educación provincial), y la ley 26206
(ley de educación Nacional).
5. • Brindar una educación de calidad, asegurando
igualdad de oportunidades y posibilidades.
• Asegurar la obligatoriedad escolar.
• Garantizar una educación donde se desarrollen
las dimensiones de la persona.
• Brindar una formación ciudadana respetuosa en
determinados aspectos relacionados con
distintos valores.
• Fortalecer la identidad provincial como parte de
la identidad nacional.
• Garantizar la inclusión educativa.
• Asegurar condiciones de igualdad.
• Garantizar el respeto a los derechos de niños,
niñas y adolescentes.
6. • Garantizar acceso, permanencia y egreso de los
diferentes niveles y modalidades.
• Propiciar la participación democrática de
docentes, familias y estudiantes.
• Concebir y fortalecer la cultura del trabajo y de
los saberes socialmente productivos.
• Desarrollar herramientas para manejar los
nuevos lenguajes de las tecnologías.
• Capacitar a alumnos y docentes como lectores y
usuarios críticos y autónomos.
• Establecer propuestas pedagógicas para el
desarrollo de las posibilidades e integración de
las personas con discapacidades.
• Asegurar a los pueblos originarios el respeto a u
lengua y a su identidad cultural.
7. • Comprometer a los medios de comunicación con la
transmisión de contenidos y valores con
responsabilidad ética y moral.
• Asegurar una educación para la construcción de un
pensamiento crítico.
• Asegurar una formación intelectual, corporal y
motriz.
• Estimular la creatividad.
• Incorporar principios y valores del mutualismo y
cooperativismo.
• Capacitar de manera permanente a docentes y no
docentes del sistema educativo provincial.
8. A que llamamos
PROYECTO INSTITUCIONAL?
Planificación sustentable que pretende
asegurar la mejor realización del acto
educativo, con el propósito de lograr los
fines y objetivos de la comunidad
educativa.
9. PROYECTO INSTITUCIONAL
CONSTITUIDO POR
ASPECTOS TÉCNICO PEDAGÓGICOS ASPECTO TÉCNICO ADMINISTRATIVO/
ORGANIZACIONALES
ASPECTOS SOCIO
EDUCATIVOS
Plan de continuidad pedagógica:
Asegura el cumplimiento de la
jornada escolar y la atención
necesaria para los procesos de
aprendizaje de los alumnos.
Acuerdos de convivencia: Brindan
condiciones para que se lleve a
cabo el ejercicio de los derechos de
enseñar y aprender.
Obligatoriedad escolar: Todas las
instituciones educativas aseguran el
cumplimiento de la obligatoriedad.
Esta comprenderá el acceso y
trayectoria de los alumnos.
Jornada Escolar: Horario de
funcionamiento de los turnos.
Estados administrativos:
instrumentos de registración de
la actividad de la Institución
educativa.
Protección de los derechos de
los niños y adolescentes: Es
responsabilidad del estado la
defensa del interés del niño y
adolescente.
En caso de no llevarse a cabo
se requiere la intervención de
los organismos
gubernamentales.
10. Y para que todo estos conceptos se
desarrollen debe existir el espacio físico
que proporciona y regulariza el estado
según la siguiente Ley Provincial de
educación:
Ley n° 13688
Art.63: " La institución educativa es la
unidad pedagógica del sistema responsable
de los procesos de enseñanza y de
aprendizaje destinados al logro de los
objetivos establecidos por la legislación”
Para ello cuenta con la siguiente
estructura:
12. Educación Inicial
Según la Ley 26.206 :
Se declara obligatoria la Educación Inicial para
niños as de cuatro años en el sistema Educativo
Nacional.
La obligatoriedad escolar en todo el país se
extiende desde la edad de cuatro años hasta
finalizar el nivel secundario.
La Educación Inicial constituye una unidad
pedagógica y comprende a los as niños as desde los
cuarenta y cinco días hasta los cinco años de edad
, siendo obligatorio el último año.
13. Nivel Primario
La Educación Primaria es obligatoria y constituye una unidad pedagógica y
organizativa destinada a la formación de los as niños as a partir de los seis
años de edad.
La escuelas primarias serán de jornada extendida o completa con la
finalidad de asegurar el logro de los objetivos fijados.
14. Educación Secundaria
La Educación Secundaria es obligatoria y constituye una unidad pedagógica
y organizativa destinada a los as adolescentes y jóvenes que hayan cumplido
con el nivel de Educación Primaria.
La Educación Secundaria se divide en dos Ciclos: un Ciclo Básico y un Ciclo
Orientado.
El Consejo Federal de Educación fijará las disposiciones necesarias para
que las distintas jurisdicciones garanticen:
La revisión de la estructura curricular de la Educación Secundaria.
Las alternativas de acompañamiento de la trayectoria escolar de los as
jóvenes.
La creación de espacios extracurriculares.
La atención psicológica, psicopedagógica y médica de aquellos adolescentes y
jóvenes que la necesiten.
Las autoridades jurisdiccionales propiciarán la vinculación de las escuelas
secundarias con el mundo dela producción y el trabajo.
15. Educación Superior
La Educación Superior comprende:
Universidades e Institutos Universitarios, estatales o privados
autorizados.
Institutos de Educación Superior de jurisdicción nacional, provincial o
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de gestión estatal o privada.
El Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, de gestión estatal o privada.
16. Modalidades en la Educación
Educación Técnico
Profesional
La educación Técnico Profesional es la modalidad de la
Educación Secundaria y Superior responsable de la
formación de técnicos medios y técnicos superiores.
Educación Artística
La Educación Artística comprende:
La formación en distintos lenguajes artísticos.
La modalidad artística orientada a la formación
específica de Nivel Secundario.
La formación artística impartida en los Institutos de
Educación Superior.
Educación Especial
Es la modalidad del sistema educativo destinada a asegurar el
derecho a la educación de las personas con discapacidades,
temporales o permanentes, en todos los niveles y modalidades
del Sistema Educativo.
Educación Permanente
de Jóvenes y Adultos
Es la modalidad educativa destinada a garantizar la
alfabetización y el cumplimiento de la obligatoriedad escolar
prevista por la presente ley.
Educación Rural
Es la modalidad del sistema educativo destinada a garantizar
la escolaridad obligatoria a través de formas adecuadas a las
necesidades de la población que habita en zonas rurales.
Educación Intercultural
Bilingüe
Es la modalidad del sistema educativo que garantiza el
derecho constitucional de los pueblos indígenas.
Educación en contextos
de privación de
libertad
Es la modalidad del sistema educativo que garantiza el
derecho a la educación de todas las personas privadas de
libertad.
Educación domiciliaria
y hospitalaria
Es la modalidad del sistema educativo que garantiza el
derecho a la educación de los/as alumnos/as que, por razones
de salud, se ven imposibilitados de asistir con regularidad.
Educación de gestión
privada
Los servicios educativos de gestión privada estarán sujetos a
la autorización, reconocimiento y supervisión de las
autoridades educativas jurisdiccionales correspondientes.
17. Además debe contar con
diferentes equipos de trabajo
institucional clasificados en:
1. Equipo docente
2. Equipo administrativo y/o auxiliar de la
educación
18. Equipo docente cuenta con
a) Equipo de conducción institucional: Director, Vicedirector, Regente
• (Técnico y de Estudio) y Secretario. Prosecretario jefe de área/ departamento de
integración curricular, sub jefe de área, jefe de preceptores, sub jefe de preceptores,
jefe de medios de apoyo y preceptor residente
B) Cargos docentes de base:
• Profesor- maestro
• Profesor-maestro de apoyo
• Profesor-maestro especializado
• Profesor/Maestro especializado de grupo de los Centros Complementarios de la Modalidad
Psicología Comunitaria y Pedagogía Social.
• Maestro Domiciliario y/o Hospitalario.
• Profesor/Maestro de sala del nivel inicial.
• Profesor/Maestro del nivel primario.
• Profesor/Maestro de la modalidad especial.
• Maestro Integrador.
• Maestro del Área Pre-laboral/Pre-profesional (pre taller, orientación manual).
• Maestro de Área Laboral Profesional.
• .Maestro Integrador Laboral. Maestro de Sección de Enseñanza Práctica/de Taller.
• Preceptor
• Bibliotecario
• Encargado de medios de apoyo técnico pedagógicos
19. Equipo docente
• Técnicos docentes de base:
• Médico
• Psicólogo de la Modalidad Especial
• Fonoaudiólogo de la Modalidad Especial
• Fonoaudiólogo de la Modalidad Psicología Comunitaria y Pedagogía Social
• Asistente Educacional de la Modalidad Especial
• Orientador Educacional de la Modalidad Psicología Comunitaria y
Pedagogía Social.
• Asistente Social de la Modalidad Especial
• Maestro Recuperador de la Modalidad Psicología Comunitaria y
Pedagogía Social.
• Orientador Social de la Modalidad Psicología Comunitaria y Pedagogía
Social
• Equipos de Orientación Escolar:
• Orientador Social y/o Educacional en otros Niveles y Modalidades
• Terapista Ocupacional
• Kinesiólogo de la Modalidad Especial
• Kinesiólogo de la Modalidad Educación Física
20. Equipos de trabajo
administrativos y/o auxiliar de
la educación
•Conformado por personal
técnico/administrativo/obrero de
servicio:
•Peón general
•Casero
•Chofer
21. Quienes para que todo funcione
correctamente deben cumplir con
sus obligaciones y conocer sus
derechos
22. Todo docente posee derechos y obligaciones expresados en las siguientes leyes:
LEYES DERECHOS OBLIGACIONES
Ley de Educación Nacional
26206
Art 67
•Al desempeño en cualquier
jurisdicción, mediante la
acreditación de los títulos y
certificaciones, de acuerdo
con la normativa vigente
•Al ejercicio de la docencia
sobre la base de la libertad
de cátedra y la libertad de
enseñanza, en el marco de
los principios establecidos
por la Constitución Nacional
y las disposiciones de esta
ley.
•A cumplir con los
lineamientos de la política
educativa de la Nación y de
la respectiva jurisdicción y
con los diseños curriculares
de cada uno de los niveles y
modalidades
•A proteger y garantizar los
derechos de los/as niños/as
y adolescentes que se
encuentren bajo su
responsabilidad, en
concordancia con lo
dispuesto en la Ley N°
26.061.
Ley de Educación Provincial
13 688
Art. 93 y 94
•A la participación en los
procesos de diseño
curricular
•A la negociación colectiva
paritaria.
•. A capacitarse y actualizarse
en forma permanente
• A ejercer su trabajo de
manera idónea y
responsable
23. Derechos y obligaciones del
personal administrativo:
• Asegurar el funcionamiento del
sist.educativo y de las instituciones
educativas.
• Participar en la actividad gremial.
• Participar en el gobierno de las
instituciones educativas de acuerdo a las
normas legales.
24. Obligaciones de los padres y
responsables:
• Hacer cumplir a sus hijos la educación
obligatoria.
• Asegurar la concurrencia y apoyar la
evolución del proceso educativo de sus
hijos.
• Respetar y hacer respetar las normas de
convivencia.
• Contribuir al buen uso de las instalaciones,
equipamiento y materiales didácticos.
25. Derechos los padres y
responsables:
• Ser reconocidos como agentes naturales
y primarios de la educación.
• Elegir para sus hijos la institución que
responda a sus convicciones.
• Participar de las actividades del
establecimiento.
• Ser informados de la evolución y
evaluación de sus hijos.
26. Obligaciones del alumno:
• Concurrir a la escuela hasta completar la
educación obligatoria.
• Asistir a clases regularmente.
• Respetar el proyecto institucional,
cumplir las normas de convivencia y
disciplina del establecimiento.
• Conservar y hacer buen uso del
equipamiento y materiales didácticos.
27. Derechos del alumno:
• El alumno tiene derecho a una educación
integral e igualitaria.
• Ingresar, permanecer y egresar
• Ser protegidos contra agresion o abuso
físico, psicológico o moral.
• Ser evaluados en su desempeño y logros.
• Desarrollar sus aprendizajes en edificios e
instalaciones que responda a normas legales
de seguridad y salubridad.