El documento describe el sistema educativo argentino, incluyendo los niveles, modalidades y servicios educativos. Establece que la educación es un derecho garantizado por el Estado a través de leyes nacionales y provinciales. Define las responsabilidades del Estado nacional y provincial en la planificación, financiamiento y supervisión del sistema educativo.
2. Es el conjunto organizado de
servicios y acciones educativas
reguladas por el Estado, para
posibilitar el derecho a la
educación.
3. Servicios educativos de:
Gestión Estatal y Privada
Gestión Cooperativa
Gestión Social
De todas las jurisdicciones del país, abarcando
distintos niveles, ciclos y modalidades educativos.
4. Niveles Modalidades
Educación
Educación
Inicial Educación
Técnico
Artística
Profesional
Educación Educación
Educación Permanente de
Primaria Especial Jóvenes y
Adultos
Educación Educación
Secundaria Educación Rural Intercultural
Bilingüe
Educación Educación en
Educación
Contextos de la
Domiciliaria y
Superior Privación de la
Hospitalaria
Libertad
5. Niveles Modalidades
Educación
Inicial
Psicología
Educación Técnico
Educación Profesional
Educación Física Comunitaria y
Pedagogía Social
Primaria
Educación
Educación Secundaria Ambiental
Educación Artística Educación Especial
Básica
Educación Educación en
Educación Secundaria Permanente de Educación Contextos de la
Jóvenes y Adultos y Intercultural Privación de la
Superior Adultos Mayores Libertad
Educación
Superior
6. Ministerio
de
Educación
Es el órgano del
gobierno nacional,
que se encarga de los
asuntos del Sistema
Educativo.
Actualmente, quien
lleva adelante las
acciones del
ministerio, es Alberto
Sileoni.
7.
8. Fue la base del sistema educativo nacional. Se aprobó en 1884.
La ley aprobada estableció la instrucción primaria obligatoria,
laica, gratuita y gradual. La obligatoriedad suponía la existencia
de la escuela pública al alcance de todos los niños. Los padres
estaban obligados a dar educación a sus hijos. El carácter laico,
hace referencia a que dicha educación, se encuentra separada de la
iglesia: la educación eclesial es optativa. Lo gradual, refiere a la
separación por grados, acordes a la edad y a los contenidos a
abordar.
La formación de maestros, el financiamiento de las escuelas
públicas y el control de la educación –privada o pública- quedó en
manos del Estado.
9. Establece la apertura de escuelas rurales ,
infantiles, mixtas y elementales en las
provincias que lo solicitasen.
10. Las Leyes Nacional y Provincial de
Educación definen a la educación y
al conocimiento como bien público,
y como derecho personal y social.
Todo esto, se encuentra garantizado
por el Estado, se entiende como
prioridad nacional.
11. Regula el ejercicio del derecho de enseñar y aprender.
Promueve a la educación y el conocimiento como un
bien público y un derecho personal y social.
Reconoce a la educación como un bien social y como
política de Estado.
Hace garante al Estado de los derechos de enseñar y
aprender.
Responsabiliza de las acciones educativas al Estado, los
municipios, las confesiones religiosas y la familia.
12. Regula el ejercicio de los derechos de enseñar y
aprender en el territorio provincial.
Declara a la educación como una prioridad provincial.
Responsabiliza a la provincia de garantizar una
educación: integral, inclusiva, permanente y de calidad.
Garantiza la concordancia con la política educativa
nacional y controla su cumplimiento.
Hace garante a la provincia del financiamiento
educativo.
13. Tienen como fin:
Reafirmar la Soberanía y la Identidad Nacional.
Profundizar el Ejercicio de la Soberanía.
Fomentar el Respeto a los Derechos Humanos.
Fortalecer el Desarrollo Económico y Social de la
Nación.
Garantizar el Acceso a la Información y al
Conocimiento.
Formar sujetos de pensamiento crítico y libre.
14. Nacional Provincial
Fija las Políticas Actúa a través de la Dirección
General de Cultura y
educativas y controla su Educación.
cumplimiento. Tiene la obligación de
garantizar y supervisar una
Debe respetar las educación integral, inclusiva,
particulari-dades permanente y de calidad.
Garantizar el financiamiento
provinciales y locales. del Sistema Educativo
Provincial.
15. Garantizar la
formación de las
personas a lo largo
de toda su vida
Fomentar los valores
Brindar igualdad de de libertad, paz,
oportunidades y solidaridad, creencia,
posibilidades y respeto a la
garantizar la diversidad, justicia y
continuidad de responsabilidad
estudios superiores
Facilitar el desarrollo Promover en cada
de habilidades y educando la
habilitar para su capacidad de
desempeño social y definir su proyecto
laboral de vida
16. Están destinadas a enfrentar situaciones de injusticia,
marginación, estigmatización, y otras formas de
discriminación.
Las autoridades jurisdiccionales adoptarán las medidas
necesarias para garantizar el acceso y permanencia de los
alumnos en estado de gravidez, así como la continuación
de sus estudios; promover la inclusión, y la reinserción
escolar. También, participarán activamente en acciones
que busquen erradicar al trabajo infantil.
17. Conectar Igualdad
Secundaria para Todos
Mejora de la Educación Técnico Profesional
Fortalecimiento de la Formación Docente
Mejora Académica Universitaria
o Voluntariado
Construcción de Escuelas
Becas Escolares, Universitarias y para Formación Docente
Plan FinEs
Cooperación Internacional
Mejora de la Enseñanza de la Ciencias
18. Promoción de la Lectura
Educación Sexual Integral
Primera Infancia (PNDI) Construcción de Ciudadanía en
las Escuelas
Convivencia y Mediación Escolar
Derechos del Niño
Escuelas Solidarias
Educación y Memoria
Educación y Salud
Medios y TIC
19. Genera los Mecanismos para la Coordinación de la
Inversión entre los distintos niveles de gobierno.
La subsecretaría de Planeamiento Educativo, analiza la
evolución del gasto del SEN.
20. Instituto Nacional de Formación
Docente
•INFD Es inaugurado en 2007 bajo la ley (26.206)
•Jerarquiza la formación docente
•Elaboración del (PNFD)
•Confiere centralidad estratégica.
•Fortalece la formación docente como política de Estado.
•Articula la formación entre Nación y Provincia.
•Ejecuta y planifica la formación docente.
21. Determina los deberes y derechos del personal docente que
ejerce funciones en los establecimientos de enseñanza estatal,
dependientes de la Dirección General de Escuelas y Cultura de
la Provincia de Buenos Aires o en sus organismos
22. ARTICULO 6°: Son Obligaciones Del Personal Docente
1. Desempeñar las funciones inherentes al cargo.
2. Desempeñar una conducta que no afecte la función y la ética docentes.
3. Formar a los alumnos en las normas éticas y sociales con absoluta
prescindencia partidaria y religiosa, en el amor y respecto a la patria y a la
Constitución. Ampliar su cultura y su formación pedagógica, procurando su
perfeccionamiento.
4. Conocer, respetar y cumplir el presente estatuto.
5. Respetar las normas jerárquicas.
6. Declarar bajo juramento los cargos y/o actividades computables para la
jubilación que desempeñe o haya desempeñado.
7. Declarar en los sumarios administrativos ordenados por autoridad
competente siempre que no tuviera impedimento legal para hacerlo.
8. Mantener el secreto, aún después de haber cesado en el cargo, de los asuntos
del servicio que por su naturaleza o en virtud de disposiciones especiales sea
necesario.
23. ARTICULO 7°: Son Derechos Del Personal Docente
1. La estabilidad en el cargo, categoría, jerarquía y ubicación o destino.
2. Recibir una remuneración justa y acorde con la responsabilidad y
jerarquía de sus tareas.
3. El ascenso, permuta y traslado acordes a las condiciones establecidas
en el estatuto.
4. El progresivo acrecentamiento de horas-cátedra, hasta el máximo
compatible.
5. El cambio de funciones en caso de disminución o pérdida de aptitudes
psicofísicas, cuando no se alcancen a cumplir los requisitos para la
jubilación por incapacidad.
6. El conocimiento de las nóminas de aspirantes, de sus antecedentes, y
del listado por orden de mérito, en casos de concursos contrataciones,
ascensos, acrecentamiento de horas-cátedra y traslados.
7. La defensa de sus derechos mediante las acciones y recursos que este
estatuto y demás normas legales establezcan.
24. 8. La concentración de tareas y el ejercicio de su actividad en condiciones
adecuadas.
9. El uso de licencias reglamentarias.
10. El goce de vacaciones reglamentarias. La libre agremiación para la defensa
de sus intereses profesionales. El goce de una jubilación justa.
11. La obtención de becas para su perfeccionamiento cultural y profesional y la
consiguiente licencia si fuera necesario.
12. La participación en el gobierno escolar, integrando los distintos organismos
de la Dirección General de Escuelas y Cultura, prevista en este estatuto y
leyes pertinentes.
13. La percepción de la indemnización que, por enfermedad profesional y/o
accidente sufrido en el o por el acto de servicio, establezcan las leyes que
rijan la materia, sin perjuicio de otros beneficios y derechos que legalmente
le puedan corresponder.
ARTICULO 8°: El personal docente suplente y provisional gozará de los
derechos establecidos en el artículo anterior a excepción de los
enumerados en los incisos 1), 3), 4),5), 8), 9), 11) y 12).
25.
26. Políticas Estudiantiles
Entre Todos – Ciudadanía y
Formación Docente
Proyecto Nos-Otros y la
A través del Plan Participación
Nacional de Formación
Seminarios Virtuales –
Docente, el INFoD,
“Ciencia y Formación
implementa las Políticas
Docente”
Estudiantiles.
Estímulos Económicos
Becas Bicentenario
Articulación entre ISFD y
Organizaciones Socio-
Comunitarias
27. educ.ar
Es el Portal educativo del Estado.
Busca integrar las TICs al Sistema Educativo.
Fue relanzado en 2003.
Su función es la de colaborar con la tarea docente,
en la incorporación de las TICs.
Objetivos
•Generar Posibilidades que Posibiliten la Igualdad de Oportunidades
•Facilitar a los Docentes herramientas para enseñar
•Reducir la Brecha digital
•Crear redes entre el gobierno, el sector privado, y el tercer sector
28. Encuentro
Es el canal educativo del Ministerio de Educación.
Se emite desde Marzo del 2007
Objetivos
•Proveer contenidos televisivos y multimediales a las escuelas, para mejorar
el proceso de enseñanza-aprendizaje
•Contribuir con la equidad en el acceso al conocimiento
•Desarrollar y fomentar en el docente y en el alumno el uso de las TICs