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PRIMER NIVEL DE CONCRECION CURRICULAR
NIVEL NACIONAL
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PRIMER NIVEL DE CONCRECION CURRICULAR
NIVEL NACIONAL
Denominación:
En nuestro país existen dos niveles de especificación del Currículo
Oficial, el primero es el de Nivel Nacional.
Este nivel de concreción se elabora recogiendo necesidades,
experiencias y aportes de las diferentes jurisdicciones y organismos del
Ministerio de Educación de la Nación. Comprende los más amplios acuerdos
para una práctica educativa escolar articulada y coherente, en consonancia con
la Ley de Educación. Está determinado por el Poder Ejecutivo. Tiene carácter
normativo y tiene como finalidad determinar las experiencias educativas que se
han de garantizar a todos los alumnos de una determinada etapa, ciclo o nivel
educativo. Sus principales características son: Es un documento abierto y
flexible, ya que deja gran parte de las decisiones curriculares en manos de los
profesores. Es orientador ya que no se considera como un producto acabado,
sino que serán los profesores quienes se encarguen de concretarlo para la
realidad educativa en que trabajan. Es prescriptivo, está destinado no sólo a
orientar a los profesores y centros, sino también a prescribir determinados
objetivos, contenidos o experiencias educativas que han de asegurarse a todos
los alumnos en el transcurso de su escolaridad.
Organismos que lo conforman:
Los organismos que se encargan de regular las políticas educativas a
nivel nacional son dos: el Ministerio de Educación de la Nación y el Consejo
Federal de Educación (CFE).
El Ministerio de Educación de la Nación
- El Ministerio de Educación de la Nación es el organismo, dependencia o
rama del Poder Ejecutivo Nacional que fija las políticas y estrategias
educativas, conforme los procedimientos de participación que establece
la Ley de Educación Nacional Nº 26.206.
- Asimismo debe entre otras funciones: asegurar el cumplimiento de las
previsiones establecidas en la ley, a través de la planificación, ejecución,
supervisión y evaluación de políticas, programas y resultados
educativos; fortalecer las capacidades de planificación y gestión
educativa de los gobiernos jurisdiccionales para el cumplimiento de sus
propias funciones; contribuir con asistencia técnica y financiera a las
jurisdicciones para asegurar el funcionamiento del Sistema Educativo
5
Nacional; dictar normas generales sobre equivalencias de planes de
estudios y diseños curriculares de las jurisdicciones y otorgar validez
nacional a los títulos y certificados de estudios. Ley de Educación
Nacional 26206.
-
- El Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, de manera concertada y concurrente, son los responsables de
planificar, organizar, supervisar y financiar el sistema educativo nacional;
debiendo garantizar el acceso a la educación en todos los niveles y
modalidades, creando y administrando establecimientos educativos de
gestión estatal. A su vez, el Estado Nacional crea y financia las
Universidades Nacional.
-
- Principales autoridades que lo conforman:
• Ministerio de Educación: Prof. Alberto Estanislao Sileoni.
• Jefatura de Gabinete: A.S Pablo Urquiza.
• Secretaria del Consejo Federal de Educación: Dr. Daniel Belinche.
• Dirección Nacional del Centro Nacional de Educación Tecnológica
(CENET): Arq. Fernando Paoletti.
• Secretaria de Educación: Lic. Jaime Perczyk.
• Subsecretaria de Equidad y Calidad Educativa: Lic. Gabriela Brener.
• Dirección Nacional de Gestión Educativa: Lic. Delia Méndez.
• Dirección Nacional de Políticas Socioeducativas: Lic. Alejandro Garay.
• Biblioteca del Maestro: Lic. Graciela Perrone.
• Subsecretaria de Planeamiento Educativo: Prof. Marisa del Carmen Díaz
6
El Consejo Federal de Educación:
- El Consejo Federal de Educación es el organismo de concertación, acuerdo
y coordinación de la política educativa nacional para asegurar la unidad y
articulación del Sistema Educativo Nacional. Su presidente es el Ministro de
Educación de la Nación y se encuentra a su vez integrado por la máxima
autoridad educativa de cada jurisdicción y tres representantes del Consejo de
Universidades.
El Consejo Federal está compuesto por tres órganos: la Asamblea
Federal, el Comité Ejecutivo y la Secretaría General. Asimismo cuenta con el
apoyo de tres Consejos Consultivos: de Políticas Educativas, Económico y
Social y de Actualización Curricular.
Las Resoluciones del Consejo son de carácter obligatorio conforme lo
establece la Ley de Educación Nacional y el Reglamento de Funcionamiento
del mismo, aprobado por Resolución CFE nº1707.
Se encuentra compuesto por:
• Presidente: Ministro de Educación Prof. Alberto Estanislao SILEONI
• Secretario General: Dr. Daniel BELINCHE.
Ministros de Educación de cada provincia:
• Provincia de Buenos Aires: Directora General de Cultura y Educación,
Dra. Nora De Lucía.
• Provincia de Catamarca: Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y
Tecnología, Magister José Ricardo Ariza.
7
• Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Ministro de Educación, Lic. Esteban
Bullrich.
• Provincia de Córdoba: Ministro de Educación, Prof. Walter Grahovac.
• Provincia de Corrientes: Ministro de Educación y Cultura, Dr. Orlando
Macció.
• Provincia de Chaco: Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y
Tecnología, Prof. Sergio Daniel Soto.
• Provincia de Chubut: Ministro de Educación, Prof. Luis Zaffaroni.
• Provincia de Entre Ríos: Presidente del Consejo General de Educación,
Prof. Graciela Yolanda Bar.
• Provincia de Formosa: Ministro de Cultura y Educación, Dr. Alberto M.
Zorrilla.
• Provincia de Jujuy: Ministro de Educación, Lic. Rodolfo Alejandro Tecchi.
• Provincia de La Pampa: Ministra de Cultura y Educación, Lic. Jacqueline
Evangelista.
• Provincia de La Rioja: Ministro de Educación, Lic. Rafael Walter Flores.
• Provincia de Mendoza: Directora General de Escuelas, Lic. María Inés
Vollmer.
• Provincia de Misiones: Ministro de Cultura y Educación, Ing. Luis
Jacobo.
• Provincia de Neuquén: Ministra de Gobierno, Educación y Justicia, Sra.
Zulma Reina.
• Provincia de Río Negro: Ministro de Educación, Prof. Marcelo Mango.
• Provincia de Salta: Ministro de Educación, Cdor. Roberto Dib Ashur.
• Provincia de San Juan: Ministra de Educación, Prof. María Cristina Díaz.
• Provincia de San Luis: Sr. Ministro de Educación, Dr. Marcelo David
Sosa.
• Provincia de Santa Cruz: Presidente del Consejo Provincial de
Educación, Prof. Marisa del Carmen Oliva.
8
• Provincia de Santa Fe: Ministra de Educación, Dra. Claudia Elisabeth
Balagué.
• Provincia de Santiago del Estero: Ministra de Educación, Dra. Mariela
NASSIF.
• Provincia de Tierra del Fuego: Ministra de Educación, Prof. Sandra
Molina.
• Provincia de Tucumán: Ministra de Educación, Prof. Silvia Rojkés de
Temkin.
• Dirección de Asistencia Técnica para la Enseñanza Pública de Gestión
Privada, Prof. Enrique Martín.
• Dirección de Asistencia Técnico Administrativa, Dr. Juan Pablo
Bensadon.
ORGANIGRAMA:
9
LINEAMIENTOS DE LA EDUCACION SECUNDARIA.
10
La Ley de Educación Nacional Nº 26.206 define a la Educación
Secundaria como un nivel con unidad pedagógica y organizativa y asigna a los
niveles primario y secundario una estructura académica de doce años de
duración.
En función de la localización del séptimo año, la duración de la escolaridad
secundaria será de cinco o seis años. En el caso de la modalidad técnica los
planes de estudios podrán tener un año más de duración.
En función de la localización del 7º año, la duración de la escolaridad
secundaria orientada será:
De 5 años (si en la jurisdicción inicia en 8º año);
De 6 años (si en la jurisdicción inicia en 7º año).
La Educación Secundaria, cualquiera sea su modalidad, se estructura en dos
ciclos:
• Un Ciclo Básico común a todas las modalidades (de dos o tres años de
duración, según la localización del séptimo año).
• Un Ciclo Orientado con carácter diversificado, que será de tres años de
duración, y de cuatro años, en las ofertas de modalidad Técnico
Profesional y Artística que así lo requieran.
Para la organización general de los saberes en dichos ciclos, se recuperan los
campos de formación de presencia más o menos generalizada en los diseños
curriculares jurisdiccionales vigentes:
• Campo de formación general y de fundamentos: Constituye el núcleo de
formación común de la Educación Secundaria, debe estar presente en
todas las propuestas educativas del nivel secundario en el país e
incluirse en los planes de estudios de todas y cada una de las
orientaciones y modalidades. Comienza en el ciclo básico y se extiende
hasta el fin de la obligatoriedad, en el ciclo orientado.
• Campo de formación específica: Garantizará una profundización de la
Formación General, en el campo de conocimiento propio de la
orientación, especialización o modalidad (y de la formación técnica o
artística de que se trate), propiciando una mayor cantidad y profundidad
de saberes del área que es propia y particular de cada oferta. Los
saberes propios de este Campo constituyen el núcleo principal del Ciclo
Orientado.
11
Las orientaciones, las modalidades y las titulaciones
En el documento “Lineamientos políticos y estratégicos de la Educación
Secundaria Obligatoria” se acordó federalmente las siguientes ofertas para
la educación secundaria:
• Educación Secundaria Orientada
• Educación Secundaria Modalidad Técnico Profesional
• Educación Secundaria Modalidad Artística
• Educación Secundaria Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes
y Adultos
• Educación Secundaria Orientada
Garantiza una formación que promueva en sus egresados capacidades
para la apropiación permanente de nuevos conocimientos, para la inserción
en el mundo del trabajo y para la participación de la vida ciudadana.
Las diversas ofertas educativas existentes y el acuerdo sobre las futuras, se
definen en orden a las siguientes orientaciones:
• Ciencias Sociales o Ciencias Sociales y Humanidades
• Ciencias Naturales
• Economía y Administración
• Lenguas
• Agro y Ambiente
• Comunicación
• Informática
• Educación Física
• Turismo
• Arte (con diferentes énfasis en: música, teatro, danza, artes visuales,
diseño, artes audiovisuales, multimedia u otras).
La Educación Secundaria Orientada se certifica con el Título “Bachiller” con
mención a la orientación correspondiente.
12
Educación Secundaria Modalidad Técnico Profesional
La Educación Secundaria con Modalidad Técnico Profesional garantiza a
los estudiantes un recorrido de profesionalización definido a partir del acceso a
conocimientos y el desarrollo de habilidades profesionales para la inserción en
áreas ocupacionales amplias y significativas. Procura responder a las
demandas y necesidades del contexto socio productivo en el cual se desarrolla,
con una mirada integral y prospectiva que exceda a la preparación para el
desempeño de puestos de trabajo u oficios específicos y habilite para ingresar
a cualquier tipo de oferta de estudios superiores. El título de egreso de la
Educación Secundaria Modalidad Técnico Profesional es “Técnico” con
mención a la especialización correspondiente.
Educación Secundaria Modalidad Artística
Garantiza a los estudiantes una educación integral y específica en los
diversos lenguajes y disciplinas del arte y sus formas de producción
contemporánea. Esta formación posibilita la continuidad de estudios, la
profundización de conocimientos y el ingreso a cualquier tipo de oferta de
Educación Superior, procurando la articulación con carreras de la misma
modalidad, así como también la inserción en el mundo del trabajo en general y
del trabajo artístico – cultural en particular.
La Educación Secundaria de Modalidad Artística puede organizarse en
orientaciones, especializaciones y tecnicaturas –en música, teatro, danza, artes
visuales, diseño, artes audiovisuales, multimedia u otras especialidades que
pudieran definirse federalmente. En virtud de ello, la Modalidad puede expedir
los siguientes títulos de egreso:
• “Bachiller en Arte” con mención al lenguaje o disciplina artística.
• “Bachiller en….” con mención a la especialización.
• “Técnico” con mención a la especialización cursada.
Educación Secundaria en la Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes
y Adultos
Garantiza una formación integral tendiente a la construcción de saberes
y al desarrollo de capacidades vinculadas a las interacciones humanas en
contextos diversos, al mundo del trabajo en relación al entorno sociocultural y
político de la sociedad y al fortalecimiento de la ciudadanía para posibilitar el
desarrollo personal y social, de acuerdo con los ejes formulados en los
13
lineamientos curriculares para modalidad. Expide el título “Bachiller” con
mención a la orientación cursada.
“NUCLEOS DE APRENDIZAJES PRIORITARIOS”
(NAP)
Se trata de un acuerdo político de alcance nacional sobre aquellos
aprendizajes fundamentales que todos los estudiantes del país realizaran a lo
largo de su trayectoria escolar.
Aprendizajes que integran un corpus, un recorte de saberes que el
Estado en su expresión federal acuerda como relevantes, valiosos y básicos
para toda su población en un momento dado.
Los NAP difunden saberes, como productos de procesos de
aprendizajes y se orientan a construir una agenda de enseñanza.
Los acuerdos de prioridades comparten una opción fundamental: no
requieren tanto de contenidos de la enseñanza, cuanto a saberes que se
esperan resulten del trabajo de enseñanza.
Se limitan a imprimir en rumbo a la enseñanza en las distintas áreas y
para los distintos ciclos, dejando espacio político y práctico para que los
Estados provinciales y docentes tomen las decisiones que son inherentes a su
rol profesional.
Los NAP marcan una direccionalidad a la enseñanza y el capacitador
tiene que estar preparado para proponer a los/as docentes experiencias de
aprendizajes coherentes con este rumbo.
14
Más allá de las expresiones singulares que adoptan en cada área,
reconocen y valoran los diversos saberes, experiencias y recorridos vitales y
escolares de quienes aprenden, brindan multiplicidad de aperturas, soportes e
ingresos para los saberes enseñados y atienden a los procesos personales de
aprendizajes con observaciones ajustadas, pertinentes para promover avances
en dichos procesos.
Organización interna de los NAP.
NAP para 1° y 2° / 2° y 3° año del Ciclo Básico de Educación Secundaria
• Lengua
• Matemática
• Ciencias Naturales
• Ciencias Sociales
• Educación Física
• Formación Ética y Ciudadana
• Educación Artística
• Educación Tecnológica
Versiones para Neuquén, Mendoza, Ciudad de Buenos Aires y Río Negro
• Lengua
• Matemática
• Ciencias Naturales
• Ciencias Sociales
Marcos de Referencia para el Ciclo Orientado
• Bachiller en Arte
• Bachiller en Comunicación
15
• Bachiller en Ciencias Naturales
• Bachiller en Economía y Administración
• Bachiller en Educación Física
• Bachiller en Lenguas
• Bachiller en Ciencias Sociales
• Bachiller en Turismo
NAP: FORMACION ETICA Y CIUDADANA
PRIMERO / SEGUNDO AÑO
EN RELACIÓN CON LA REFLEXIÓN ÉTICA
 La comprensión de la dimensión ética de las acciones humanas,
a través de la discusión de situaciones reales o ficticias,
privadas o públicas que entrañan conflictos sociales.
 La argumentación racional sobre las acciones de los diferentes
actores sociales distinguiendo intereses, valores, deberes,
motivaciones y consecuencias a partir del análisis de situaciones
conflictivas de la vida social.
 La identificación de falacias en los argumentos esgrimidos en
situaciones de debate.
 La crítica de las valoraciones, estereotipos y hábitos que reconocemos
16
en distintos actores sociales en la vida privada y en
la vida pública.
 El análisis filosófico de temas como la justicia, la libertad, la
igualdad, el poder y la autoridad en el tratamiento de situaciones
de la historia latinoamericana.
EN RELACIÓN CON LOS DERECHOS HUMANOS Y LOS
DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
 El conocimiento y la comprensión de los Derechos Humanos
como construcción socio histórica, a partir de la reflexión acerca
de las luchas de los pueblos por el reconocimiento de la dignidad
de las personas, en particular en la Argentina y América Latina.
 El conocimiento de la existencia de los Organismos Internacionales
como garantes de los Derechos Humanos, a partir de
documentos como la Declaración de los Derechos del Hombre
y del Ciudadano de 1789 y la Declaración Universal de los Derechos
Humanos de 1948.
 El reconocimiento de los derechos políticos, sociales, económicos
y culturales de los pueblos originarios, los afro descendientes
y otras minorías a partir de las formas de resistencia
de estos grupos en la actualidad.
 La identificación y comprensión de las tensiones inherentes a
la defensa de los Derechos Humanos en relación con prácticas
sociales vinculadas al ambiente, el género y la orientación
sexual, la salud, los medios masivos de comunicación, los pueblos
originarios, el mundo del trabajo, la movilidad y el tránsito
libre y seguro, y el consumo, entre otras.
 El conocimiento de los derechos vinculados a las condiciones
17
del trabajo, en particular de los jóvenes, y la reflexión sobre
su flexibilización y su precarización.
 El reconocimiento y la reflexión sobre situaciones de violencia
en las relaciones interpersonales y conductas de imposición
sobre los derechos de los/as otros/as.
EN RELACIÓN CON LAS IDENTIDADES Y LAS DIVERSIDADES
 El conocimiento de los modos y procesos de construcción continuos
de las identidades colectivas, analizando las interacciones
y los conflictos entre grupos y sectores en América Latina.
 La comprensión del Derecho a la Identidad como uno de los
derechos humanos fundamentales.
 La comprensión de las interrelaciones entre diversidad sociocultural
y desigualdad social y económica, identificando representaciones
hegemónicas de género, de orientación sexual, de
nacionalidad, étnicas, religiosas, ideológicas y generacionales.
 La indagación acerca de las diferentes formas en que las manifestaciones
y prácticas adolescentes y juveniles generan identidades.
 El reconocimiento, reflexión y revisión de las propias representaciones,
ideas y prejuicios a partir del diálogo y confrontación
con otras, con especial atención a los casos de discriminación y
estigmatización presentes en experiencias escolares y extraescolares.
 La comprensión de la diversidad como derecho de las personas
y los grupos al ejercicio de su propia identidad cultural para el
reconocimiento mutuo.
 El reconocimiento de las diferencias de género y de diversidad
sexual, así como las múltiples formas de ser varones y mujeres
en nuestras sociedades y en nuestras culturas, con el propósito
18
de superar visiones esencialistas y naturalizadas sobre los
roles masculinos y femeninos, así como la reproducción de las
relaciones jerárquicas entre los géneros.
 El conocimiento y la reflexión crítica acerca de los estereotipos
corporales y estéticos presentes en los medios de comunicación,
en la publicidad y en las representaciones artísticas. La toma de
conciencia de cómo operan estos estereotipos en la construcción
de las identidades de los jóvenes, de sus consecuencias en
la salud y de cómo dan lugar a prácticas discriminatorias.
EN RELACIÓN CON UNA CIUDADANÍA PARTICIPATIVA
 La construcción y revisión permanente de normas y códigos
para la convivencia en la escuela, basados en principios de
equidad, por medio de la participación deliberativa.
 El reconocimiento de la escuela como un espacio de participación,
respeto y exigibilidad de los derechos, que educa y
favorece el ejercicio ciudadano.
 El conocimiento y comprensión de la Constitución Nacional
como fuente organizadora de participación ciudadana en el
estado de derecho.
 El conocimiento de los derechos civiles, políticos y sociales presentes
en la Constitución Nacional y los procedimientos que
los garantizan.
 El análisis y la comprensión de la dimensión política de problemáticas
tales como la desigualdad, los derechos de las minorías,
la participación ciudadana, entre otras.
 El análisis crítico de los mensajes de los medios de comunicación
y su rol como formadores de opinión.
19
 La construcción de proyectos cooperativos, mutuales y solidarios,
de alcance grupal, institucional y/o comunitario.
Marco Legal:
• Ley de Educación Nacional Nº 26.206: sancionada y promulgada el 14
de diciembre del 2006. Sustituye a la Ley Federal de Educación que
estuvo vigente desde el año 1993, estableciendo nuevas bases para la
estructura y el funcionamiento del sistema educativo nacional.
- ARTÍCULO 29.- La Educación Secundaria es obligatoria y constituye
una unidad pedagógica y organizativa destinada a los/as adolescentes y
jóvenes que hayan cumplido con el nivel de Educación Primaria.
- ARTÍCULO 31.- La Educación Secundaria se divide en dos (2) ciclos: un
(1) Ciclo Básico, de carácter común a todas las orientaciones y un (1)
Ciclo Orientado, de carácter diversificado según distintas áreas del
conocimiento, del mundo social y del trabajo.
• Resolución CFE Nº 84/0: Establece las orientaciones Para la educación
Secundaria.
- ARTÍCULO 5º.- Definir las siguientes ofertas educativas en la Educación
Secundaria en el marco de la Ley de Educación Nacional: Educación
Secundaria orientada; Educación Secundaria modalidad Técnico
20
Profesional; Educación Secundaria modalidad Artística y Educación
Secundaria modalidad Educación Permanente de Jóvenes y Adultos.
Las restantes modalidades de la educación previstas en la Ley Nº
26.206 deberán ser convergentes con lo dispuesto en la presente
resolución.
-
- ARTÍCULO 6º.- Establecer que las diversas ofertas educativas
existentes y las que se acuerden para la Educación Secundaria
orientada, se definirán en orden a las siguientes orientaciones: Ciencias
Sociales / Ciencias Sociales y Humanidades, Ciencias Naturales,
Economía y Administración, Lenguas, Arte, Agraria / Agro y Ambiente,
Turismo, Comunicación, Informática y Educación Física. Las
jurisdicciones no quedan obligadas a incluir todas las orientaciones entre
sus ofertas, sino aquellas que consideren relevantes y pertinentes para
su contexto. El Estado Nacional y las jurisdicciones podrán incorporar
modificaciones a estas orientaciones, mediante nuevos acuerdos
federales.
-
- ARTÍCULO 7º.- Las orientaciones previstas en el artículo precedente se
certificarán con el título de: “Bachiller en…. (la orientación
correspondiente)…….”.
• Resolución CFE Nº 156/11:
- ARTÍCULO 1º.- Aprobar el marco de referencia para la orientación en
Turismo de la Educación Secundaria, que como anexo I forma parte de
la presente medida.
• Resolución CFE Nº 141/11:
- ARTÍCULO 1º.- Aprobar los Núcleos de Aprendizajes Prioritarios para
1er. y 2do. o 2do. y 3er. año de la Educación Secundaria (en
concordancia con la duración de la Educación Primaria), de las áreas de
Educación Artística, Educación Física, Educación Tecnológica y
Formación Ética y Ciudadana, que como anexos I a IV forman parte
integrante de la presente Resolución.
-
21
- ARTÍCULO 2°.- Los Núcleos de Aprendizajes Prioritarios aprobados en
el artículo 1º son complementarios a los aprobados por Resoluciones
CFC y E Nº 247/05 y 249/05.
• Resolución CFE y E. Nº 249/05 :
- ARTÍCULO 1º: Aprobar los Núcleos de Aprendizajes Prioritarios para las
áreas de Ciencias Sociales y Ciencias Naturales para el Tercer Ciclo de
la EGB (7º, 8º y 9º) que se agregan como anexo I y para EGB / nivel
medio (8º y 9º E.G.B y 1º/ 2º Media) que se agregan como Anexo II y
que forman parte de la presente Resolución.
22
SEGUNDO NIVEL DE CONCRECION
CURRICULAR
NIVEL PROVINCIAL
SEGUNDO NIVEL DE CONCRECION CURRICULAR
NIVEL JURISDICCIONAL: PROVINCIA DE CORDOBA
Denominación:
23
Este segundo nivel de concreción implica desarrollar los aportes de cada
jurisdicción, articulándolos con la visión más global del primer nivel. Es el nivel
que corresponde a los diseños curriculares provinciales. Implica contextualizar
las orientaciones y criterios para garantizar que en todo diseño curricular
jurisdiccional estén presentes los N.A.P y que los criterios acordados sean
tomados en cuenta. Diseño Curricular Jurisdiccional: Es un instrumento para la
práctica pedagógica que ofrece guías de acción a los profesores, dando
informaciones sobre qué, cuándo, y cómo enseñar y evaluar. Son prescriptivos
de componentes y acciones a respetar. Son vinculantes. Contienen
fundamentos o marco teórico, objetivos, contenidos, metodología, y evaluación.
Autoridades que lo conforman y sus funciones:
- Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba: a cargo del
ministro Walter Mario Grahovac.
Asiste al Poder Ejecutivo en todo lo inherente a la planificación, control y
gestión de la política educativa de acuerdo con la finalidad, principios y
lineamientos que establece la Constitución de la Provincia.
- Secretaría de Educación: Delia Provinciali
Asiste al Ministerio Educación en todo lo inherente a la planificación, control y
gestión de la política educativa de acuerdo con la finalidad, principios y
lineamientos Correspondientes.
- Dirección General Educación Secundaria: Juan José Giménez
Ejerce la dirección general de los centros educativos que desarrollan el
Ciclo Básico Unificado (EGB3), Ciclo de Especialización (Polimodal,
Proyecto Técnico Profesionales) y formación docente y técnico -profesional
de Nivel Superior (No Universitario), en los aspectos técnicos, pedagógicos,
organizacionales administrativos, jurídicos comunitarios a los efectos de la
aplicación de la política educacional de Córdoba en el marco federal.
- Subsecretaría de Promoción de Igualdad y Calidad Educativa: Horacio
Ferreyra.
Tiene la función de Diseño y gestión de acciones en el marco de los
lineamientos de la Política Educativa Provincial, en coordinación con las
distintas Direcciones Generales.
- Dirección General de Planeamiento, Información y Evaluación
Educativa: Enzo Alberto Regali.
24
Tiene a su cargo el diseño y gestión de las acciones de planificación,
evaluación, investigación e información docente continua, destinadas al
mejoramiento de la calidad de la educación, en coordinación con las distintas
Direcciones Generales de la Secretaria de Educación de la Provincia y las
políticas educativas Nacionales.
Estos son algunos de los funcionarios y dependencias más importantes a nivel
provincial, encontrándose varias más.
DISEÑO CURRICULAR
Estructura:
25
La Educación Secundaria es obligatoria y constituye una unidad
pedagógica y organizativa destinada a los/as adolescentes y jóvenes -11/12 y
17/18 años- que hayan cumplido con el nivel de Educación Primaria. (Ley
Nacional 26.206-Art. 29; Ley Provincial 9870- Art. 35).
El Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba presenta el Diseño
Curricular del Ciclo Básico de la Educación Secundaria en dos ciclos:
• BÁSICO: El Ciclo Básico constituye el primer tramo de la Educación
Secundaria, articulado con la Educación Primaria; brinda a todos los
estudiantes oportunidades de continuar apropiándose de los
aprendizajes considerados básicos, tanto para su desarrollo personal
como para su desempeño cívico y social. Procura atender a las
necesidades específicas de los adolescentes y jóvenes, a la
continuación de estudios en el Ciclo Orientado, al incremento de los
márgenes de autonomía y al desarrollo de proyectos que impliquen
procesos intelectuales, prácticos, interactivos y sociales de mayor
complejidad que los de la Educación Primaria.
• ORIENTADO: El Ciclo Orientado brindará una formación equilibrada
entre lo académico y lo técnico, con valor formativo y social equivalente,
de manera tal que profundice las funciones de la Educación Secundaria:
la formación del ciudadano, la preparación para proseguir estudios
superiores y la formación para el mundo del trabajo. Para ello, deberá
ampliar los ámbitos de experiencia de los estudiantes a fin de que
puedan perfilar decisiones vinculadas con sus respectivos proyectos de
vida. En este sentido y desde la preocupación por la equidad, es
importante tener en cuenta que la escuela debe contribuir a la
visibilizarían de adolescentes y jóvenes como sujetos de derecho, a su
inclusión social y participación política.
La provincia de Córdoba adopta las 10 (diez) Orientaciones acordadas
en la Resolución Nº 84/09 (art. 6) del Consejo Federal de Educación:
• Ciencias Sociales y Humanidades
• Ciencias Naturales
• Economía y Administración
• Lenguas
• Arte
26
• Agro y Ambiente
• Turismo
• Comunicación
En ambos ciclos, se recuperan los saberes, conocimientos y experiencias
de los diversos campos de formación existentes en los diseños curriculares
vigentes, los cuales dotan a las ofertas de un equilibrio acorde con las
finalidades de la escolaridad secundaria. Al mismo tiempo, garantizan su
diferenciación y particularidad que se expresa y sintetiza en dos Campos de
Formación: GENERAL y ESPECÍFICO.
El campo de la Formación General constituye el núcleo común de la
Educación Secundaria; deberá estar presente en todas las propuestas
educativas del Nivel e incluirse en los planes de formación de todas y cada una
de las orientaciones y modalidades. Comienza en el Ciclo Básico (CB) y se
extiende hasta el fin de la obligatoriedad, en el Ciclo Orientado (CO).
La Formación Específica, en cambio, posibilita ampliar la Formación
General en el campo de conocimiento propio de la Orientación o Modalidad,
propiciando una mayor cantidad y profundidad de saber es del área que es
propia y particular de cada oferta, es decir, acrecentando y especificando la
enseñanza de las herramientas de trabajo intelectual y los conocimientos de las
disciplinas que la estructuran.
Cada uno de los espacios curriculares se presenta estructurado atendiendo a
los siguientes componentes:
PRESENTACION Se da a conocer el enfoque y el sentido formativo
del espacio curricular en el marco de la Educación
Secundaria.
OBJETIVOS Expresan los logros a alcanzar en función de los
aprendizajes considerados básicos imprescindibles,
en concordancia con los propósitos que orientan la
formación. En este sentido, delinean un horizonte de
expectativas en cuanto ponen en evidencia el
alcance de las transformaciones que se imaginan y
desean tanto en términos individuales como
sociales, a partir de la educación que se ofrece. En
cada uno de los espacios curriculares hay objetivos
que se pretende lograr al finalizar un año, y otros
cuyos avances se irán advirtiendo a medida que se
progrese en el Ciclo.
APRENDIZAJES Y
CONTENIDOS
Un aprendizaje, como componente de la estructura
del diseño curricular remite a los saberes
fundamentales cuya apropiación la escuela debe
garantizar a todos los estudiantes ya que, por su
27
significatividad y relevancia, son centrales y
necesarios para el pleno desarrollo de las
potencialidades de adolescentes y jóvenes, su
participación en la cultura y la inclusión social. En su
condición de orientadores y organizadores de la
enseñanza, actúan como referentes de la tarea
docente pues son indicativos de las experiencias
educativas que se han de propiciar para contribuir al
desarrollo, fortalecimiento y ampliación de la
posibilidades expresivas, cognitivas y sociales de
los estudiantes. Los aprendizajes involucran
contenidos – conceptos, formas culturales,
lenguajes, valores, destrezas, actitudes,
procedimientos y prácticas- que se revisten de un
sentido formativo específico, el cual colabora en el
desarrollo de las diferentes capacidades previstas
en las intencionalidades de la Educación
Secundaria. Los contenidos se van graduando y
complejizando a lo largo de los años que integran el
Ciclo. En este sentido, los aprendizajes - como
componentes de la estructura curricular- permiten
identificar los alcances esperados en la apropiación
del contenido por parte del estudiante, definidos en
el marco de la interacción de los sujetos
pedagógicos (estudiante y docente) entre sí y con
los saberes, en contexto.
Los contenidos involucrados en los aprendizajes
esperados en cada espacio curricular deberán
articularse para favorecer experiencias educativas,
culturalmente situadas, que enriquezcan las
trayectorias personales, escolares y sociales de los
estudiantes. Al respecto cabe destacar que, si bien
los aprendizajes y contenidos se presentan
organizados en torno a ejes y subejes curriculares,
su orden de presentación no implica una secuencia
de desarrollo, ni su agrupamiento constituye una
unidad didáctica. Será tarea del equipo docente
diseñar la propuesta (unidades y secuencias
didácticas8) según las estructuras organizativas que
se estimen más adecuadas. Para facilitar la tarea,
se han destacado (resaltado en negrita) los
contenidos fundamentales.
ORIENTACIONES
PARA LA ENSEÑANZA
Se presentan sugerencias que orientan la selección
de estrategias docentes y los modos más
adecuados de intervención. Se espera que, a los
fines de dinamizar los procesos de enseñanza y
aprendizaje en las aulas las experiencias formativas
se organicen apelando a distintos formatos
pedagógicos que contemplen los aportes de las
didácticas de las áreas o disciplinas.
28
BIBLIOGRAFIA Contiene un listado de textos utilizados para las
definiciones teóricas y metodológicas del espacio
curricular y cuya lectura se sugiere como valiosa
para el fortalecimiento de la formación del docente.
Marco Legal:
• La ley provincial de Educación Nº 9870: sancionada en el año 2010,
sustituyendo a la ley provincial de educación de la provincia de Córdoba
Nº 8113.
- Artículo 26.- Educación obligatoria. La obligatoriedad escolar se extiende
desde la edad de cuatro (4) años hasta la finalización del nivel de
educación secundaria.
- Artículo 37.- Características. La educación secundaria es obligatoria,
constituye una unidad pedagógica y organizativa y está destinada a los
adolescentes y jóvenes que hayan cumplido el nivel de educación
primaria. Tiene la finalidad de habilitar a los adolescentes y jóvenes para
el ejercicio pleno de la ciudadanía, para el trabajo y para la continuación
de sus estudios.
- Artículo 38.- Ciclos. La educación secundaria se divide en dos (2) ciclos:
a) Un (1) ciclo básico de carácter común a todas las orientaciones, y b)
Un (1) ciclo orientado de carácter diversificado según las distintas áreas
del conocimiento, del mundo social y del trabajo. La duración será de
seis (6) años y se extenderá un (1) año más en la modalidad técnico
profesional y artística, en el marco de sus regulaciones específicas.
• Resolución Nº 667:
- ARTÍCULO 1°.- APROBAR las estructuras curriculares para el Ciclo
Orientado del nivel de Educación Secundaria (2012-2015) para cuarto,
quinto y sexto año de dicho nivel, en los términos y condiciones que se
detallan en el Anexos I, que con veinte (20) fojas forma parte del
presente instrumento legal, correspondientes a las siguientes
orientaciones:
- Ciencias Sociales y Humanidades
- Ciencias Naturales
- Economía y Administración
- Lenguas
29
- Arte -Artes Visuales
- Agro y Ambiente
- Turismo
- Comunicación
- Informática
- Educación Física.
30

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Primer nivel de concreción curricular nacional

  • 1. 3
  • 2. PRIMER NIVEL DE CONCRECION CURRICULAR NIVEL NACIONAL 4
  • 3. PRIMER NIVEL DE CONCRECION CURRICULAR NIVEL NACIONAL Denominación: En nuestro país existen dos niveles de especificación del Currículo Oficial, el primero es el de Nivel Nacional. Este nivel de concreción se elabora recogiendo necesidades, experiencias y aportes de las diferentes jurisdicciones y organismos del Ministerio de Educación de la Nación. Comprende los más amplios acuerdos para una práctica educativa escolar articulada y coherente, en consonancia con la Ley de Educación. Está determinado por el Poder Ejecutivo. Tiene carácter normativo y tiene como finalidad determinar las experiencias educativas que se han de garantizar a todos los alumnos de una determinada etapa, ciclo o nivel educativo. Sus principales características son: Es un documento abierto y flexible, ya que deja gran parte de las decisiones curriculares en manos de los profesores. Es orientador ya que no se considera como un producto acabado, sino que serán los profesores quienes se encarguen de concretarlo para la realidad educativa en que trabajan. Es prescriptivo, está destinado no sólo a orientar a los profesores y centros, sino también a prescribir determinados objetivos, contenidos o experiencias educativas que han de asegurarse a todos los alumnos en el transcurso de su escolaridad. Organismos que lo conforman: Los organismos que se encargan de regular las políticas educativas a nivel nacional son dos: el Ministerio de Educación de la Nación y el Consejo Federal de Educación (CFE). El Ministerio de Educación de la Nación - El Ministerio de Educación de la Nación es el organismo, dependencia o rama del Poder Ejecutivo Nacional que fija las políticas y estrategias educativas, conforme los procedimientos de participación que establece la Ley de Educación Nacional Nº 26.206. - Asimismo debe entre otras funciones: asegurar el cumplimiento de las previsiones establecidas en la ley, a través de la planificación, ejecución, supervisión y evaluación de políticas, programas y resultados educativos; fortalecer las capacidades de planificación y gestión educativa de los gobiernos jurisdiccionales para el cumplimiento de sus propias funciones; contribuir con asistencia técnica y financiera a las jurisdicciones para asegurar el funcionamiento del Sistema Educativo 5
  • 4. Nacional; dictar normas generales sobre equivalencias de planes de estudios y diseños curriculares de las jurisdicciones y otorgar validez nacional a los títulos y certificados de estudios. Ley de Educación Nacional 26206. - - El Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de manera concertada y concurrente, son los responsables de planificar, organizar, supervisar y financiar el sistema educativo nacional; debiendo garantizar el acceso a la educación en todos los niveles y modalidades, creando y administrando establecimientos educativos de gestión estatal. A su vez, el Estado Nacional crea y financia las Universidades Nacional. - - Principales autoridades que lo conforman: • Ministerio de Educación: Prof. Alberto Estanislao Sileoni. • Jefatura de Gabinete: A.S Pablo Urquiza. • Secretaria del Consejo Federal de Educación: Dr. Daniel Belinche. • Dirección Nacional del Centro Nacional de Educación Tecnológica (CENET): Arq. Fernando Paoletti. • Secretaria de Educación: Lic. Jaime Perczyk. • Subsecretaria de Equidad y Calidad Educativa: Lic. Gabriela Brener. • Dirección Nacional de Gestión Educativa: Lic. Delia Méndez. • Dirección Nacional de Políticas Socioeducativas: Lic. Alejandro Garay. • Biblioteca del Maestro: Lic. Graciela Perrone. • Subsecretaria de Planeamiento Educativo: Prof. Marisa del Carmen Díaz 6
  • 5. El Consejo Federal de Educación: - El Consejo Federal de Educación es el organismo de concertación, acuerdo y coordinación de la política educativa nacional para asegurar la unidad y articulación del Sistema Educativo Nacional. Su presidente es el Ministro de Educación de la Nación y se encuentra a su vez integrado por la máxima autoridad educativa de cada jurisdicción y tres representantes del Consejo de Universidades. El Consejo Federal está compuesto por tres órganos: la Asamblea Federal, el Comité Ejecutivo y la Secretaría General. Asimismo cuenta con el apoyo de tres Consejos Consultivos: de Políticas Educativas, Económico y Social y de Actualización Curricular. Las Resoluciones del Consejo son de carácter obligatorio conforme lo establece la Ley de Educación Nacional y el Reglamento de Funcionamiento del mismo, aprobado por Resolución CFE nº1707. Se encuentra compuesto por: • Presidente: Ministro de Educación Prof. Alberto Estanislao SILEONI • Secretario General: Dr. Daniel BELINCHE. Ministros de Educación de cada provincia: • Provincia de Buenos Aires: Directora General de Cultura y Educación, Dra. Nora De Lucía. • Provincia de Catamarca: Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, Magister José Ricardo Ariza. 7
  • 6. • Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Ministro de Educación, Lic. Esteban Bullrich. • Provincia de Córdoba: Ministro de Educación, Prof. Walter Grahovac. • Provincia de Corrientes: Ministro de Educación y Cultura, Dr. Orlando Macció. • Provincia de Chaco: Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, Prof. Sergio Daniel Soto. • Provincia de Chubut: Ministro de Educación, Prof. Luis Zaffaroni. • Provincia de Entre Ríos: Presidente del Consejo General de Educación, Prof. Graciela Yolanda Bar. • Provincia de Formosa: Ministro de Cultura y Educación, Dr. Alberto M. Zorrilla. • Provincia de Jujuy: Ministro de Educación, Lic. Rodolfo Alejandro Tecchi. • Provincia de La Pampa: Ministra de Cultura y Educación, Lic. Jacqueline Evangelista. • Provincia de La Rioja: Ministro de Educación, Lic. Rafael Walter Flores. • Provincia de Mendoza: Directora General de Escuelas, Lic. María Inés Vollmer. • Provincia de Misiones: Ministro de Cultura y Educación, Ing. Luis Jacobo. • Provincia de Neuquén: Ministra de Gobierno, Educación y Justicia, Sra. Zulma Reina. • Provincia de Río Negro: Ministro de Educación, Prof. Marcelo Mango. • Provincia de Salta: Ministro de Educación, Cdor. Roberto Dib Ashur. • Provincia de San Juan: Ministra de Educación, Prof. María Cristina Díaz. • Provincia de San Luis: Sr. Ministro de Educación, Dr. Marcelo David Sosa. • Provincia de Santa Cruz: Presidente del Consejo Provincial de Educación, Prof. Marisa del Carmen Oliva. 8
  • 7. • Provincia de Santa Fe: Ministra de Educación, Dra. Claudia Elisabeth Balagué. • Provincia de Santiago del Estero: Ministra de Educación, Dra. Mariela NASSIF. • Provincia de Tierra del Fuego: Ministra de Educación, Prof. Sandra Molina. • Provincia de Tucumán: Ministra de Educación, Prof. Silvia Rojkés de Temkin. • Dirección de Asistencia Técnica para la Enseñanza Pública de Gestión Privada, Prof. Enrique Martín. • Dirección de Asistencia Técnico Administrativa, Dr. Juan Pablo Bensadon. ORGANIGRAMA: 9
  • 8. LINEAMIENTOS DE LA EDUCACION SECUNDARIA. 10
  • 9. La Ley de Educación Nacional Nº 26.206 define a la Educación Secundaria como un nivel con unidad pedagógica y organizativa y asigna a los niveles primario y secundario una estructura académica de doce años de duración. En función de la localización del séptimo año, la duración de la escolaridad secundaria será de cinco o seis años. En el caso de la modalidad técnica los planes de estudios podrán tener un año más de duración. En función de la localización del 7º año, la duración de la escolaridad secundaria orientada será: De 5 años (si en la jurisdicción inicia en 8º año); De 6 años (si en la jurisdicción inicia en 7º año). La Educación Secundaria, cualquiera sea su modalidad, se estructura en dos ciclos: • Un Ciclo Básico común a todas las modalidades (de dos o tres años de duración, según la localización del séptimo año). • Un Ciclo Orientado con carácter diversificado, que será de tres años de duración, y de cuatro años, en las ofertas de modalidad Técnico Profesional y Artística que así lo requieran. Para la organización general de los saberes en dichos ciclos, se recuperan los campos de formación de presencia más o menos generalizada en los diseños curriculares jurisdiccionales vigentes: • Campo de formación general y de fundamentos: Constituye el núcleo de formación común de la Educación Secundaria, debe estar presente en todas las propuestas educativas del nivel secundario en el país e incluirse en los planes de estudios de todas y cada una de las orientaciones y modalidades. Comienza en el ciclo básico y se extiende hasta el fin de la obligatoriedad, en el ciclo orientado. • Campo de formación específica: Garantizará una profundización de la Formación General, en el campo de conocimiento propio de la orientación, especialización o modalidad (y de la formación técnica o artística de que se trate), propiciando una mayor cantidad y profundidad de saberes del área que es propia y particular de cada oferta. Los saberes propios de este Campo constituyen el núcleo principal del Ciclo Orientado. 11
  • 10. Las orientaciones, las modalidades y las titulaciones En el documento “Lineamientos políticos y estratégicos de la Educación Secundaria Obligatoria” se acordó federalmente las siguientes ofertas para la educación secundaria: • Educación Secundaria Orientada • Educación Secundaria Modalidad Técnico Profesional • Educación Secundaria Modalidad Artística • Educación Secundaria Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos • Educación Secundaria Orientada Garantiza una formación que promueva en sus egresados capacidades para la apropiación permanente de nuevos conocimientos, para la inserción en el mundo del trabajo y para la participación de la vida ciudadana. Las diversas ofertas educativas existentes y el acuerdo sobre las futuras, se definen en orden a las siguientes orientaciones: • Ciencias Sociales o Ciencias Sociales y Humanidades • Ciencias Naturales • Economía y Administración • Lenguas • Agro y Ambiente • Comunicación • Informática • Educación Física • Turismo • Arte (con diferentes énfasis en: música, teatro, danza, artes visuales, diseño, artes audiovisuales, multimedia u otras). La Educación Secundaria Orientada se certifica con el Título “Bachiller” con mención a la orientación correspondiente. 12
  • 11. Educación Secundaria Modalidad Técnico Profesional La Educación Secundaria con Modalidad Técnico Profesional garantiza a los estudiantes un recorrido de profesionalización definido a partir del acceso a conocimientos y el desarrollo de habilidades profesionales para la inserción en áreas ocupacionales amplias y significativas. Procura responder a las demandas y necesidades del contexto socio productivo en el cual se desarrolla, con una mirada integral y prospectiva que exceda a la preparación para el desempeño de puestos de trabajo u oficios específicos y habilite para ingresar a cualquier tipo de oferta de estudios superiores. El título de egreso de la Educación Secundaria Modalidad Técnico Profesional es “Técnico” con mención a la especialización correspondiente. Educación Secundaria Modalidad Artística Garantiza a los estudiantes una educación integral y específica en los diversos lenguajes y disciplinas del arte y sus formas de producción contemporánea. Esta formación posibilita la continuidad de estudios, la profundización de conocimientos y el ingreso a cualquier tipo de oferta de Educación Superior, procurando la articulación con carreras de la misma modalidad, así como también la inserción en el mundo del trabajo en general y del trabajo artístico – cultural en particular. La Educación Secundaria de Modalidad Artística puede organizarse en orientaciones, especializaciones y tecnicaturas –en música, teatro, danza, artes visuales, diseño, artes audiovisuales, multimedia u otras especialidades que pudieran definirse federalmente. En virtud de ello, la Modalidad puede expedir los siguientes títulos de egreso: • “Bachiller en Arte” con mención al lenguaje o disciplina artística. • “Bachiller en….” con mención a la especialización. • “Técnico” con mención a la especialización cursada. Educación Secundaria en la Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos Garantiza una formación integral tendiente a la construcción de saberes y al desarrollo de capacidades vinculadas a las interacciones humanas en contextos diversos, al mundo del trabajo en relación al entorno sociocultural y político de la sociedad y al fortalecimiento de la ciudadanía para posibilitar el desarrollo personal y social, de acuerdo con los ejes formulados en los 13
  • 12. lineamientos curriculares para modalidad. Expide el título “Bachiller” con mención a la orientación cursada. “NUCLEOS DE APRENDIZAJES PRIORITARIOS” (NAP) Se trata de un acuerdo político de alcance nacional sobre aquellos aprendizajes fundamentales que todos los estudiantes del país realizaran a lo largo de su trayectoria escolar. Aprendizajes que integran un corpus, un recorte de saberes que el Estado en su expresión federal acuerda como relevantes, valiosos y básicos para toda su población en un momento dado. Los NAP difunden saberes, como productos de procesos de aprendizajes y se orientan a construir una agenda de enseñanza. Los acuerdos de prioridades comparten una opción fundamental: no requieren tanto de contenidos de la enseñanza, cuanto a saberes que se esperan resulten del trabajo de enseñanza. Se limitan a imprimir en rumbo a la enseñanza en las distintas áreas y para los distintos ciclos, dejando espacio político y práctico para que los Estados provinciales y docentes tomen las decisiones que son inherentes a su rol profesional. Los NAP marcan una direccionalidad a la enseñanza y el capacitador tiene que estar preparado para proponer a los/as docentes experiencias de aprendizajes coherentes con este rumbo. 14
  • 13. Más allá de las expresiones singulares que adoptan en cada área, reconocen y valoran los diversos saberes, experiencias y recorridos vitales y escolares de quienes aprenden, brindan multiplicidad de aperturas, soportes e ingresos para los saberes enseñados y atienden a los procesos personales de aprendizajes con observaciones ajustadas, pertinentes para promover avances en dichos procesos. Organización interna de los NAP. NAP para 1° y 2° / 2° y 3° año del Ciclo Básico de Educación Secundaria • Lengua • Matemática • Ciencias Naturales • Ciencias Sociales • Educación Física • Formación Ética y Ciudadana • Educación Artística • Educación Tecnológica Versiones para Neuquén, Mendoza, Ciudad de Buenos Aires y Río Negro • Lengua • Matemática • Ciencias Naturales • Ciencias Sociales Marcos de Referencia para el Ciclo Orientado • Bachiller en Arte • Bachiller en Comunicación 15
  • 14. • Bachiller en Ciencias Naturales • Bachiller en Economía y Administración • Bachiller en Educación Física • Bachiller en Lenguas • Bachiller en Ciencias Sociales • Bachiller en Turismo NAP: FORMACION ETICA Y CIUDADANA PRIMERO / SEGUNDO AÑO EN RELACIÓN CON LA REFLEXIÓN ÉTICA  La comprensión de la dimensión ética de las acciones humanas, a través de la discusión de situaciones reales o ficticias, privadas o públicas que entrañan conflictos sociales.  La argumentación racional sobre las acciones de los diferentes actores sociales distinguiendo intereses, valores, deberes, motivaciones y consecuencias a partir del análisis de situaciones conflictivas de la vida social.  La identificación de falacias en los argumentos esgrimidos en situaciones de debate.  La crítica de las valoraciones, estereotipos y hábitos que reconocemos 16
  • 15. en distintos actores sociales en la vida privada y en la vida pública.  El análisis filosófico de temas como la justicia, la libertad, la igualdad, el poder y la autoridad en el tratamiento de situaciones de la historia latinoamericana. EN RELACIÓN CON LOS DERECHOS HUMANOS Y LOS DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES  El conocimiento y la comprensión de los Derechos Humanos como construcción socio histórica, a partir de la reflexión acerca de las luchas de los pueblos por el reconocimiento de la dignidad de las personas, en particular en la Argentina y América Latina.  El conocimiento de la existencia de los Organismos Internacionales como garantes de los Derechos Humanos, a partir de documentos como la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 y la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948.  El reconocimiento de los derechos políticos, sociales, económicos y culturales de los pueblos originarios, los afro descendientes y otras minorías a partir de las formas de resistencia de estos grupos en la actualidad.  La identificación y comprensión de las tensiones inherentes a la defensa de los Derechos Humanos en relación con prácticas sociales vinculadas al ambiente, el género y la orientación sexual, la salud, los medios masivos de comunicación, los pueblos originarios, el mundo del trabajo, la movilidad y el tránsito libre y seguro, y el consumo, entre otras.  El conocimiento de los derechos vinculados a las condiciones 17
  • 16. del trabajo, en particular de los jóvenes, y la reflexión sobre su flexibilización y su precarización.  El reconocimiento y la reflexión sobre situaciones de violencia en las relaciones interpersonales y conductas de imposición sobre los derechos de los/as otros/as. EN RELACIÓN CON LAS IDENTIDADES Y LAS DIVERSIDADES  El conocimiento de los modos y procesos de construcción continuos de las identidades colectivas, analizando las interacciones y los conflictos entre grupos y sectores en América Latina.  La comprensión del Derecho a la Identidad como uno de los derechos humanos fundamentales.  La comprensión de las interrelaciones entre diversidad sociocultural y desigualdad social y económica, identificando representaciones hegemónicas de género, de orientación sexual, de nacionalidad, étnicas, religiosas, ideológicas y generacionales.  La indagación acerca de las diferentes formas en que las manifestaciones y prácticas adolescentes y juveniles generan identidades.  El reconocimiento, reflexión y revisión de las propias representaciones, ideas y prejuicios a partir del diálogo y confrontación con otras, con especial atención a los casos de discriminación y estigmatización presentes en experiencias escolares y extraescolares.  La comprensión de la diversidad como derecho de las personas y los grupos al ejercicio de su propia identidad cultural para el reconocimiento mutuo.  El reconocimiento de las diferencias de género y de diversidad sexual, así como las múltiples formas de ser varones y mujeres en nuestras sociedades y en nuestras culturas, con el propósito 18
  • 17. de superar visiones esencialistas y naturalizadas sobre los roles masculinos y femeninos, así como la reproducción de las relaciones jerárquicas entre los géneros.  El conocimiento y la reflexión crítica acerca de los estereotipos corporales y estéticos presentes en los medios de comunicación, en la publicidad y en las representaciones artísticas. La toma de conciencia de cómo operan estos estereotipos en la construcción de las identidades de los jóvenes, de sus consecuencias en la salud y de cómo dan lugar a prácticas discriminatorias. EN RELACIÓN CON UNA CIUDADANÍA PARTICIPATIVA  La construcción y revisión permanente de normas y códigos para la convivencia en la escuela, basados en principios de equidad, por medio de la participación deliberativa.  El reconocimiento de la escuela como un espacio de participación, respeto y exigibilidad de los derechos, que educa y favorece el ejercicio ciudadano.  El conocimiento y comprensión de la Constitución Nacional como fuente organizadora de participación ciudadana en el estado de derecho.  El conocimiento de los derechos civiles, políticos y sociales presentes en la Constitución Nacional y los procedimientos que los garantizan.  El análisis y la comprensión de la dimensión política de problemáticas tales como la desigualdad, los derechos de las minorías, la participación ciudadana, entre otras.  El análisis crítico de los mensajes de los medios de comunicación y su rol como formadores de opinión. 19
  • 18.  La construcción de proyectos cooperativos, mutuales y solidarios, de alcance grupal, institucional y/o comunitario. Marco Legal: • Ley de Educación Nacional Nº 26.206: sancionada y promulgada el 14 de diciembre del 2006. Sustituye a la Ley Federal de Educación que estuvo vigente desde el año 1993, estableciendo nuevas bases para la estructura y el funcionamiento del sistema educativo nacional. - ARTÍCULO 29.- La Educación Secundaria es obligatoria y constituye una unidad pedagógica y organizativa destinada a los/as adolescentes y jóvenes que hayan cumplido con el nivel de Educación Primaria. - ARTÍCULO 31.- La Educación Secundaria se divide en dos (2) ciclos: un (1) Ciclo Básico, de carácter común a todas las orientaciones y un (1) Ciclo Orientado, de carácter diversificado según distintas áreas del conocimiento, del mundo social y del trabajo. • Resolución CFE Nº 84/0: Establece las orientaciones Para la educación Secundaria. - ARTÍCULO 5º.- Definir las siguientes ofertas educativas en la Educación Secundaria en el marco de la Ley de Educación Nacional: Educación Secundaria orientada; Educación Secundaria modalidad Técnico 20
  • 19. Profesional; Educación Secundaria modalidad Artística y Educación Secundaria modalidad Educación Permanente de Jóvenes y Adultos. Las restantes modalidades de la educación previstas en la Ley Nº 26.206 deberán ser convergentes con lo dispuesto en la presente resolución. - - ARTÍCULO 6º.- Establecer que las diversas ofertas educativas existentes y las que se acuerden para la Educación Secundaria orientada, se definirán en orden a las siguientes orientaciones: Ciencias Sociales / Ciencias Sociales y Humanidades, Ciencias Naturales, Economía y Administración, Lenguas, Arte, Agraria / Agro y Ambiente, Turismo, Comunicación, Informática y Educación Física. Las jurisdicciones no quedan obligadas a incluir todas las orientaciones entre sus ofertas, sino aquellas que consideren relevantes y pertinentes para su contexto. El Estado Nacional y las jurisdicciones podrán incorporar modificaciones a estas orientaciones, mediante nuevos acuerdos federales. - - ARTÍCULO 7º.- Las orientaciones previstas en el artículo precedente se certificarán con el título de: “Bachiller en…. (la orientación correspondiente)…….”. • Resolución CFE Nº 156/11: - ARTÍCULO 1º.- Aprobar el marco de referencia para la orientación en Turismo de la Educación Secundaria, que como anexo I forma parte de la presente medida. • Resolución CFE Nº 141/11: - ARTÍCULO 1º.- Aprobar los Núcleos de Aprendizajes Prioritarios para 1er. y 2do. o 2do. y 3er. año de la Educación Secundaria (en concordancia con la duración de la Educación Primaria), de las áreas de Educación Artística, Educación Física, Educación Tecnológica y Formación Ética y Ciudadana, que como anexos I a IV forman parte integrante de la presente Resolución. - 21
  • 20. - ARTÍCULO 2°.- Los Núcleos de Aprendizajes Prioritarios aprobados en el artículo 1º son complementarios a los aprobados por Resoluciones CFC y E Nº 247/05 y 249/05. • Resolución CFE y E. Nº 249/05 : - ARTÍCULO 1º: Aprobar los Núcleos de Aprendizajes Prioritarios para las áreas de Ciencias Sociales y Ciencias Naturales para el Tercer Ciclo de la EGB (7º, 8º y 9º) que se agregan como anexo I y para EGB / nivel medio (8º y 9º E.G.B y 1º/ 2º Media) que se agregan como Anexo II y que forman parte de la presente Resolución. 22
  • 21. SEGUNDO NIVEL DE CONCRECION CURRICULAR NIVEL PROVINCIAL SEGUNDO NIVEL DE CONCRECION CURRICULAR NIVEL JURISDICCIONAL: PROVINCIA DE CORDOBA Denominación: 23
  • 22. Este segundo nivel de concreción implica desarrollar los aportes de cada jurisdicción, articulándolos con la visión más global del primer nivel. Es el nivel que corresponde a los diseños curriculares provinciales. Implica contextualizar las orientaciones y criterios para garantizar que en todo diseño curricular jurisdiccional estén presentes los N.A.P y que los criterios acordados sean tomados en cuenta. Diseño Curricular Jurisdiccional: Es un instrumento para la práctica pedagógica que ofrece guías de acción a los profesores, dando informaciones sobre qué, cuándo, y cómo enseñar y evaluar. Son prescriptivos de componentes y acciones a respetar. Son vinculantes. Contienen fundamentos o marco teórico, objetivos, contenidos, metodología, y evaluación. Autoridades que lo conforman y sus funciones: - Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba: a cargo del ministro Walter Mario Grahovac. Asiste al Poder Ejecutivo en todo lo inherente a la planificación, control y gestión de la política educativa de acuerdo con la finalidad, principios y lineamientos que establece la Constitución de la Provincia. - Secretaría de Educación: Delia Provinciali Asiste al Ministerio Educación en todo lo inherente a la planificación, control y gestión de la política educativa de acuerdo con la finalidad, principios y lineamientos Correspondientes. - Dirección General Educación Secundaria: Juan José Giménez Ejerce la dirección general de los centros educativos que desarrollan el Ciclo Básico Unificado (EGB3), Ciclo de Especialización (Polimodal, Proyecto Técnico Profesionales) y formación docente y técnico -profesional de Nivel Superior (No Universitario), en los aspectos técnicos, pedagógicos, organizacionales administrativos, jurídicos comunitarios a los efectos de la aplicación de la política educacional de Córdoba en el marco federal. - Subsecretaría de Promoción de Igualdad y Calidad Educativa: Horacio Ferreyra. Tiene la función de Diseño y gestión de acciones en el marco de los lineamientos de la Política Educativa Provincial, en coordinación con las distintas Direcciones Generales. - Dirección General de Planeamiento, Información y Evaluación Educativa: Enzo Alberto Regali. 24
  • 23. Tiene a su cargo el diseño y gestión de las acciones de planificación, evaluación, investigación e información docente continua, destinadas al mejoramiento de la calidad de la educación, en coordinación con las distintas Direcciones Generales de la Secretaria de Educación de la Provincia y las políticas educativas Nacionales. Estos son algunos de los funcionarios y dependencias más importantes a nivel provincial, encontrándose varias más. DISEÑO CURRICULAR Estructura: 25
  • 24. La Educación Secundaria es obligatoria y constituye una unidad pedagógica y organizativa destinada a los/as adolescentes y jóvenes -11/12 y 17/18 años- que hayan cumplido con el nivel de Educación Primaria. (Ley Nacional 26.206-Art. 29; Ley Provincial 9870- Art. 35). El Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba presenta el Diseño Curricular del Ciclo Básico de la Educación Secundaria en dos ciclos: • BÁSICO: El Ciclo Básico constituye el primer tramo de la Educación Secundaria, articulado con la Educación Primaria; brinda a todos los estudiantes oportunidades de continuar apropiándose de los aprendizajes considerados básicos, tanto para su desarrollo personal como para su desempeño cívico y social. Procura atender a las necesidades específicas de los adolescentes y jóvenes, a la continuación de estudios en el Ciclo Orientado, al incremento de los márgenes de autonomía y al desarrollo de proyectos que impliquen procesos intelectuales, prácticos, interactivos y sociales de mayor complejidad que los de la Educación Primaria. • ORIENTADO: El Ciclo Orientado brindará una formación equilibrada entre lo académico y lo técnico, con valor formativo y social equivalente, de manera tal que profundice las funciones de la Educación Secundaria: la formación del ciudadano, la preparación para proseguir estudios superiores y la formación para el mundo del trabajo. Para ello, deberá ampliar los ámbitos de experiencia de los estudiantes a fin de que puedan perfilar decisiones vinculadas con sus respectivos proyectos de vida. En este sentido y desde la preocupación por la equidad, es importante tener en cuenta que la escuela debe contribuir a la visibilizarían de adolescentes y jóvenes como sujetos de derecho, a su inclusión social y participación política. La provincia de Córdoba adopta las 10 (diez) Orientaciones acordadas en la Resolución Nº 84/09 (art. 6) del Consejo Federal de Educación: • Ciencias Sociales y Humanidades • Ciencias Naturales • Economía y Administración • Lenguas • Arte 26
  • 25. • Agro y Ambiente • Turismo • Comunicación En ambos ciclos, se recuperan los saberes, conocimientos y experiencias de los diversos campos de formación existentes en los diseños curriculares vigentes, los cuales dotan a las ofertas de un equilibrio acorde con las finalidades de la escolaridad secundaria. Al mismo tiempo, garantizan su diferenciación y particularidad que se expresa y sintetiza en dos Campos de Formación: GENERAL y ESPECÍFICO. El campo de la Formación General constituye el núcleo común de la Educación Secundaria; deberá estar presente en todas las propuestas educativas del Nivel e incluirse en los planes de formación de todas y cada una de las orientaciones y modalidades. Comienza en el Ciclo Básico (CB) y se extiende hasta el fin de la obligatoriedad, en el Ciclo Orientado (CO). La Formación Específica, en cambio, posibilita ampliar la Formación General en el campo de conocimiento propio de la Orientación o Modalidad, propiciando una mayor cantidad y profundidad de saber es del área que es propia y particular de cada oferta, es decir, acrecentando y especificando la enseñanza de las herramientas de trabajo intelectual y los conocimientos de las disciplinas que la estructuran. Cada uno de los espacios curriculares se presenta estructurado atendiendo a los siguientes componentes: PRESENTACION Se da a conocer el enfoque y el sentido formativo del espacio curricular en el marco de la Educación Secundaria. OBJETIVOS Expresan los logros a alcanzar en función de los aprendizajes considerados básicos imprescindibles, en concordancia con los propósitos que orientan la formación. En este sentido, delinean un horizonte de expectativas en cuanto ponen en evidencia el alcance de las transformaciones que se imaginan y desean tanto en términos individuales como sociales, a partir de la educación que se ofrece. En cada uno de los espacios curriculares hay objetivos que se pretende lograr al finalizar un año, y otros cuyos avances se irán advirtiendo a medida que se progrese en el Ciclo. APRENDIZAJES Y CONTENIDOS Un aprendizaje, como componente de la estructura del diseño curricular remite a los saberes fundamentales cuya apropiación la escuela debe garantizar a todos los estudiantes ya que, por su 27
  • 26. significatividad y relevancia, son centrales y necesarios para el pleno desarrollo de las potencialidades de adolescentes y jóvenes, su participación en la cultura y la inclusión social. En su condición de orientadores y organizadores de la enseñanza, actúan como referentes de la tarea docente pues son indicativos de las experiencias educativas que se han de propiciar para contribuir al desarrollo, fortalecimiento y ampliación de la posibilidades expresivas, cognitivas y sociales de los estudiantes. Los aprendizajes involucran contenidos – conceptos, formas culturales, lenguajes, valores, destrezas, actitudes, procedimientos y prácticas- que se revisten de un sentido formativo específico, el cual colabora en el desarrollo de las diferentes capacidades previstas en las intencionalidades de la Educación Secundaria. Los contenidos se van graduando y complejizando a lo largo de los años que integran el Ciclo. En este sentido, los aprendizajes - como componentes de la estructura curricular- permiten identificar los alcances esperados en la apropiación del contenido por parte del estudiante, definidos en el marco de la interacción de los sujetos pedagógicos (estudiante y docente) entre sí y con los saberes, en contexto. Los contenidos involucrados en los aprendizajes esperados en cada espacio curricular deberán articularse para favorecer experiencias educativas, culturalmente situadas, que enriquezcan las trayectorias personales, escolares y sociales de los estudiantes. Al respecto cabe destacar que, si bien los aprendizajes y contenidos se presentan organizados en torno a ejes y subejes curriculares, su orden de presentación no implica una secuencia de desarrollo, ni su agrupamiento constituye una unidad didáctica. Será tarea del equipo docente diseñar la propuesta (unidades y secuencias didácticas8) según las estructuras organizativas que se estimen más adecuadas. Para facilitar la tarea, se han destacado (resaltado en negrita) los contenidos fundamentales. ORIENTACIONES PARA LA ENSEÑANZA Se presentan sugerencias que orientan la selección de estrategias docentes y los modos más adecuados de intervención. Se espera que, a los fines de dinamizar los procesos de enseñanza y aprendizaje en las aulas las experiencias formativas se organicen apelando a distintos formatos pedagógicos que contemplen los aportes de las didácticas de las áreas o disciplinas. 28
  • 27. BIBLIOGRAFIA Contiene un listado de textos utilizados para las definiciones teóricas y metodológicas del espacio curricular y cuya lectura se sugiere como valiosa para el fortalecimiento de la formación del docente. Marco Legal: • La ley provincial de Educación Nº 9870: sancionada en el año 2010, sustituyendo a la ley provincial de educación de la provincia de Córdoba Nº 8113. - Artículo 26.- Educación obligatoria. La obligatoriedad escolar se extiende desde la edad de cuatro (4) años hasta la finalización del nivel de educación secundaria. - Artículo 37.- Características. La educación secundaria es obligatoria, constituye una unidad pedagógica y organizativa y está destinada a los adolescentes y jóvenes que hayan cumplido el nivel de educación primaria. Tiene la finalidad de habilitar a los adolescentes y jóvenes para el ejercicio pleno de la ciudadanía, para el trabajo y para la continuación de sus estudios. - Artículo 38.- Ciclos. La educación secundaria se divide en dos (2) ciclos: a) Un (1) ciclo básico de carácter común a todas las orientaciones, y b) Un (1) ciclo orientado de carácter diversificado según las distintas áreas del conocimiento, del mundo social y del trabajo. La duración será de seis (6) años y se extenderá un (1) año más en la modalidad técnico profesional y artística, en el marco de sus regulaciones específicas. • Resolución Nº 667: - ARTÍCULO 1°.- APROBAR las estructuras curriculares para el Ciclo Orientado del nivel de Educación Secundaria (2012-2015) para cuarto, quinto y sexto año de dicho nivel, en los términos y condiciones que se detallan en el Anexos I, que con veinte (20) fojas forma parte del presente instrumento legal, correspondientes a las siguientes orientaciones: - Ciencias Sociales y Humanidades - Ciencias Naturales - Economía y Administración - Lenguas 29
  • 28. - Arte -Artes Visuales - Agro y Ambiente - Turismo - Comunicación - Informática - Educación Física. 30