SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 301
Descargar para leer sin conexión
Página | 1
PROYECTO DE ACUERDO No. ______
POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA LA REVISIÓN Y AJUSTE DEL PLAN BÁSICO DE
ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE GUARNE - ANTIOQUIA
EL HONORABLE CONCEJO DEL MUNICIPIO DE GUARNE, ANTIOQUIA
En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas
por el Artículo 313 numerales 1, 2, 7, 9 y 10 de la Constitución Política, Artículos 41 y
siguientes de la Ley 152 de 1994, Artículo 3 numeral 2 y Artículos 32 y siguientes de
la Ley 136 de 1994, la Ley 388 de 1997, la Ley 1523 de 2012, el Decreto Ley 019 de
2012, los Decretos Nacionales 879 de 1998, 4002 de 2004, 097 de 2006 y3600 de
2007, y demás normas reglamentarias.
ACUERDA
PRIMERA PARTE
DISPOSICIONES PRELIMINARES
TITULO I
ASPECTOS GENERALES
Artículo 1. ADOPCIÓN DE LA REVISIÓN Y AJUSTE AL PLAN BÁSICO DE
ORDENAMIENTO TERRITORIAL. Conforme a lo dispuesto por la Ley 388 de 1997, los
Decretos Nacionales 879 de 1998 y 4002 de 2004, adóptese para el Municipio de
Guarne el presente Acuerdo que contiene la revisión y ajuste del Plan Básico de
Ordenamiento Territorial, Acuerdo 061 de 2000 y la integración normativa de los
Acuerdos 035 de 2007 y 071 de 2010.
Artículo 2. ADOPCIÓN DE LOS DOCUMENTOS TÉCNICOS COMPLEMENTARIOS Y LA
CARTOGRAFÍA.Hacen parte integrante del presente Acuerdo, los documentos
“Memoria Justificativa”, “Evaluación, Seguimiento y Diagnostico”, el “Documento
Técnico de Soporte” con sus mapas y anexos (Estudio de Amenaza, Vulnerabilidad
y Riesgo; Estudio Usos del Suelo Industrial), y el presente articulado.
PARÁGRAFO.Adóptense los siguientes planos de diagnóstico y formulación
correspondientes a la presente revisión y ajuste del Plan Básico de Ordenamiento
Territorial, los cuales complementan y/o modifican los adoptados mediante los
Acuerdos Municipales 061 de 2000, 035 de 2007 y 071 de 2010:
1. MAPAS DE DIAGNÓSTICO
NUM. NOMBRE
1 D_Acuerdo_250_2011_Cornare
2 D_Acuerdo_251_2011_Cornare
3 D_Acuerdo202_2008_cornare
4 D_Amenaza y Riesgo
5 D_Coberturas
Página | 2
6 D_Pendientes
7 D_R_Avenidas_Torrenciales
8 D_Subdivisión Predial
9 D_Cuencas
10 D_Geomorfología
11 D_R_Inundación
12 D_Títulos Mineros
13 D_R_Movimiento_Masa
14 D_Subcuencas
15 D_Zonas_Vida
2. MAPAS DE FORMULACIÓN:
a. Componente General
CODIGO NOMBRE
CG_001 Clasificación del Suelo
CG_002 Suelos de Protección
CG_003 Sistema Natural y Ambiental
CG_004 Sistema de Movilidad y Comunicacion
CG_005 Sistema de Espacio Público
CG_006 Sistema de Patrimonio
CG_007 Sistema de Equipamientos
CG_008 Sistema de Amenaza y Riesgo
CG_009 Sistema de Servicios Públicos
CG_010 Categorias de Protección (Suelo Rural)
CG_011 Categorias_desarrollo_restringido
CG_012 Superficie_Limitadora_Aeropuerto
CG_013 Áreas Generadoras Plusvalía
b. Componente Rural
CODIGO NOMBRE
CR_035 Suelo de Protección
CR_029 Sistema de Espacio Público
CR_030 Sistema de Patrimonio
CR_032 Sistema de Amenaza y Riesgo
CR_033 Sistema de Equipamientos
CR_034 Sistema de Movilidad
CR_036 Categorias de Protección
CR_038 Usos del Suelo
CR_039 Tratamientos e Intervenciones
CR_040 Densidades de Vivienda
CR_005 División Veredal-PolíticoAdministrativa
Página | 3
CR_043 UPR
CR_044 Programa de Ejecución
CR_045 Titulos Mineros
CR_46 VOR_Aeropuerto
c. Componente Urbano
CODIGO NOMBRE
CU_001 Clasificación del Suelo
CU_002 Modelo de Ocupación
CU_020 Suelos de Protección
CU_004 Sistema Estructurate Natural
CU_005 Sistema Estructurate Artificial
CU_006 Sistema EstructurateArtificial+Natural
CU_014 Sistema Patrimonio
CU_015 Sistema Servicios Públicos
CU_017 Sistema de Amenaza y Riesgo
CU_018 Sistema de Equipamientos
CU_016 Espacio Público
CU_019 Sistema de Movilidad y Transporte
CU_021 Suelos de Expansión
CU_022 Planes Parciales Urbano y Expansión
CU_024 Tratamientos Urbanísticos
CU_023 Usos del Suelo
CU_025 Areas Morfológicas Homogéneas
CU_027 División Político Administrativa
Artículo 3. DEFINICIÓN DE PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL. El Plan
Básico de Ordenamiento Territorial (PBOT) del municipio de Guarne es el
instrumento establecido por la Ley 388 de 1997 y sus normas reglamentarias,
mediante el cual la Administración, concertadamente con los particulares, los
estamentos, las instituciones públicas y privadas, y la autoridad ambiental (CAR),
fija objetivos y estrategias, traza políticas y acciones para regular la intervención en
el territorio a corto, mediano y largo plazo.
Contempla una base técnica y participativa que se traduce en principios
generales para orientar la acción sobre el espacio físico del Municipio,
reconociendo el papel del Municipio en la dinámica económica de la región y del
país, valorando los recursos humanos y potenciando el equilibrio social de sus
habitantes en el marco de las instituciones de gobierno representativas, eficaces y
transparentes. Define un ordenamiento del territorio municipal, complementando
la planificación física urbana y territorial con un desarrollo ambiental, socio-
económico y político, en la búsqueda de una ciudad competitiva en el ámbito
nacional e internacional.
Página | 4
Artículo 4. ÁMBITO DE APLICACIÓN. El presente Acuerdo se aplica en toda la
extensión del municipio de Guarne, conforme a los límites establecidos por el
Instituto Geográfico Agustín Codazzi –IGAC y las respectivas Ordenanzas
Departamentales.
Artículo 5. PRINCIPIOS GENERALES DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL: En el marco
de la Ley 388 de 1997 son principios del ordenamiento territorial en el municipio de
Guarne:
1. La función social y ecológica de la propiedad.
2. La prevalencia del interés general sobre el particular.
3. La distribución equitativa de las cargas y los beneficios.
4. Función pública del urbanismo.
Artículo 6. PRINCIPIOS RECTORES DEL PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO
TERRITORIAL. Además de los principios de ordenamiento territorial establecidos en
el Artículo 2º de la Ley 388 de 1997, la ejecución del Plan Básico de Ordenamiento
Territorial del Municipio de Guarne, así como de los instrumentos que lo desarrollan,
se orienta y se fundamenta en los siguientes principios rectores:
1. PBOT, UN INSTRUMENTO CON VISIÓN DE REGIÓN. Las políticas, proyectos,
programas e instrumentos que se desprendan del Plan Básico de Ordenamiento
han de ser estructurados bajo un enfoque urbano - rural Municipal, enmarcado
en una más amplia concepción de desarrollo Zona del Altiplano del Oriente
Antioqueño o Valles de San Nicolás y regional, armónico, coordinado y
concertado.
2. ORDENAMIENTO TERRITORIAL AL SERVICIO DEL DESARROLLO SOSTENIBLE Y EL
BIENESTAR SOCIAL. Como principio, orienta al Municipio ante los retos del
ordenamiento territorial de garantizar a los diversos sectores poblacionales el
acceso a los servicios públicos, la vivienda, la infraestructura, el suelo, el
equipamiento y la plena realización de los derechos ciudadanos; de igual
forma, da asiento a las consideraciones de tipo filosófico, que establecen que
persona y planeta constituyen una y la misma expresión de la vida, formando
una cadena que debe mantenerse en constante equilibrio, permitiendo un
acercamiento al territorio para reconocerlo como espacio de convivencia, de
interacción, donde conviven los compromisos personales y colectivos que
harán realidad la sostenibilidad ambiental y el desarrollo humano.
3. PBOT, UN INSTRUMENTO PARA CONSOLIDAR LA COMPETITIVIDAD MUNICIPAL Y
SUBREGIONAL: Establecer y dinamizar el conjunto de factores que hagan más
competitiva la escala municipal en cuanto a la infraestructura vial y de
transporte, la calidad de los servicios públicos, la base económica urbana y
rural, el clima para negocios, la calidad de vida urbana y de los centros
poblados, la posición geoestratégica y la calidad del capital humano, para
contribuir a construir así un modelo económico y social más justo y duradero.
4. PBOT, UN INSTRUMENTO PARA LOGRAR INTERVENCIONES TERRITORIALES EN
EQUILIBRIO: Realizar intervenciones territoriales que garanticen la regulación y
aprovisionamiento de agua para el consumo humano, la industria, el agro y los
Página | 5
demás sectores y la prestación adecuada de los servicios públicos en general.
El Plan Básico de Ordenamiento Territorial sustenta el conjunto de sus políticas,
objetivos, estrategias y proyectos en los principios de prevalencia del interés
público y la función social y ecológica de la propiedad, a partir de la igualdad
de los ciudadanos ante la ley, de forma que se logre generar un proceso de
ordenamiento que haga de Guarne un Municipio más humano para el disfrute
de todos.
5. PBOT, UN INSTRUMENTO PARA RECOBRAR LA ARMONÍA EN MEDIO DE LA
DIVERSIDAD: Impulsar la conciencia de que el paisaje, su conservación y disfrute
es patrimonio por excelencia de los habitantes del municipio. Por lo tanto deben
coexistir en forma armónica el relieve, el mosaico vegetal, las intervenciones
humanas de pueblos y ciudades, los sistemas de producción agropecuaria,
comercial e industrial y las redes de comunicación vial, para brindar mejores
niveles de calidad de vida y oportunidades de desarrollo en el sector.
6. PBOT, UN INSTRUMENTO PARTICIPATIVO: El nuevo enfoque del municipio
colombiano y las vigentes disposiciones sobre ordenamiento territorial, exigen
un proceso colectivo de construcción de ciudad que se ha expresado, merced
a un esfuerzo responsablemente participativo, en la formulación del Plan Básico
de Ordenamiento Territorial y que debe por tanto acompañar sus fases de
ejecución, seguimiento, evaluación y ajuste, así como los procesos de discusión,
concertación y formulación de los demás instrumentos complementarios
consagrados por la ley.
7. PBOT, UN INSTRUMENTO PARA EL AUMENTO DE LA GOBERNABILIDAD Y DE LA
AUTONOMÍA SOBRE EL TERRITORIO: El fortalecimiento del poder político – social
es clave para propiciar un marco de acción con autonomía territorial, acorde
con el desarrollo humano sostenible que oriente las interrelaciones con los
municipios vecinos y de frontera, la armonía entre las diversas formas de
ocupación del territorio, el establecimiento de reglas para concertar los usos y
ocupación del suelo, la instauración del proceso permanente de planeación y
el pacto entre los líderes para lograr la equidad en el desarrollo campo –
Municipio.
8. PBOT, UN INSTRUMENTO FLEXIBLE: La formulación del Plan Básico de
Ordenamiento Territorial, así como sus respectivas revisiones y ajustes, han de
permitir la consagración de objetivos y políticas para el funcionamiento de un
sistema de planificación espacial del municipio, que posibilite su ágil ajuste y
complementación, acorde con las cambiantes circunstancias y las cotidianas
demandas ciudadanas.
PARÁGRAFO. Los principios como guías que orientan los procesos de intervención
sobre los cuales se fundamenta la acción del ordenamiento territorial, establecen
un marco de referencia filosófico que aporta claridad al municipio, para la
consolidación de su modelo de ocupación.
Artículo 7. FINES DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL. El ordenamiento del territorio
constituye en su conjunto una función pública, para el cumplimiento de los
siguientes fines:
Página | 6
1. Posibilitar a los habitantes el acceso a las vías públicas, infraestructuras de
transporte y demás espacios públicos, y su destinación al uso común, y hacer
efectivos los derechos constitucionales de la vivienda y los servicios públicos
domiciliarios.
2. Atender los procesos de cambio en el uso del suelo y adecuarlo en aras del
interés común, procurando su utilización racional en armonía con la función
social de la propiedad a la cual le es inherente una función ecológica,
buscando el desarrollo sostenible.
3. Propender por el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes, la
distribución equitativa de las oportunidades y los beneficios del desarrollo y la
preservación del patrimonio cultural y natural.
4. Mejorar la seguridad de los asentamientos humanos ante los riesgos naturales.
Artículo 8. OBJETIVOS.El presente Acuerdo tiene por objetivos los siguientes:
1. Armonizar y actualizar el Plan Básico de Ordenamiento Territorial a las
disposiciones nacionales, regionales y municipales vigentes, así como a la
realidad y a los retos actuales del municipio de Guarne.
2. Establecer los mecanismos que permitan al municipio, en ejercicio de su
autonomía, promover el ordenamiento de su territorio, el uso equitativo y
racional del suelo, la preservación y defensa del patrimonio ecológico y cultural
localizado en su ámbito territorial y la prevención de desastres en
asentamientos de alto riesgo, así como la ejecución de acciones urbanísticas
eficientes.
3. Garantizar que la utilización del suelo por parte de sus propietarios se ajuste a
la función social y ecológica de la propiedad y permita hacer efectivos los
derechos constitucionales a la vivienda digna, el saneamiento básico y a los
servicios públicos domiciliarios, y velar por la creación y la defensa del espacio
público, así como por la protección del medio ambiente y la prevención de
desastres.
4. Promover la armoniosa concurrencia de la Nación, las entidades territoriales,
las autoridades ambientales y las instancias y autoridades administrativas y de
planificación, en el cumplimiento de las obligaciones constitucionales y legales
que prescriben al Estado el ordenamiento del territorio, para lograr el
mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes.
5. Hacer efectivos los principios del ordenamiento territorial como son la función
social y ecológica de la propiedad, la prevalencia del interés general sobre el
particular y la distribución equitativa de las cargas y los beneficios.
Artículo 9. VIGENCIA DEL PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL. De
conformidad con las Leyes 388 de 1997 y 902 de 2004 y sus Decretos
Reglamentarios, el Plan Básico de Ordenamiento Territorial del municipio de
Guarne, adoptado mediante el presente Acuerdo tendrá una vigencia igual al
tiempo que faltare para la culminación de la presente Administración Municipal y
los próximos tres (3) períodos constitucionales de la administración municipal, los
cuales corresponderán:
Corto Plazo: 2016 – 2019
Mediano Plazo: 2020 – 2023
Página | 7
Largo Plazo: 2024 – 2027
PARÁGRAFO: También se compurtará como parte de la vigencia de corto plazo el
tiempo comprendido entre la fecha de expedición del presente Acuerdo y el 31
de diciembre de 2015.
Artículo 10. VIGENCIA DE LOS CONTENIDOS DEL PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO
TERRITORIAL. Conforme al Artículo 28 de la Ley 388 de 1997, Artículo 2º de la Ley 902
de 2004 y los Artículos 8, 9, 10 y 11 y al parágrafo del Artículo 9º del Decreto 879 de
1998 los componentes del Plan Básico de Ordenamiento Territorial tendrán la
siguiente vigencia:
1. El Componente General es de carácter estructural y se define como el largo
plazo, entendido éste como el tiempo que faltare para la culminación de la
presente Administración Municipal y de los próximos tres (3) períodos
constitucionales de las administraciones municipales. Por lo tanto, su contenido
prevalece sobre los demás y su modificación solamente puede emprenderse
con motivo de la revisión general del Plan o excepcionalmente a iniciativa del
Alcalde Municipal, con base en motivos y estudios técnicos debidamente
sustentados.
2. Los contenidos de mediano plazo del Componente Urbano tendrán una
vigencia igual al tiempo que faltare para la culminación de la presente
Administración Municipal y dos (2) períodos constitucionales de las
administraciones municipales más. Los contenidos de corto plazo tendrán una
vigencia igual al tiempo que faltare para la culminación de la presente
Administración Municipal y un (1) período más. Los contenidos urbanos de corto
plazo y los programas de ejecución regirán como mínimo durante un periodo
constitucional de la Administración Municipal, habida cuenta de las
excepciones que resulten lógicas en razón de la propia naturaleza de las
actuaciones contempladas o de sus propios efectos.
3. Los contenidos de mediano plazo del Componente Rural tendrán una vigencia
igual al tiempo que faltare para la culminación de la presente Administración
Municipal y dos (2) períodos constitucionales de las administraciones
municipales más. Los contenidos de corto plazo tendrán una vigencia igual al
tiempo que faltare para la culminación de la presente Administración Municipal
y un (1) período más. Los contenidos rurales de corto plazo y los programas de
ejecución regirán como mínimo durante un periodo constitucional de la
Administración Municipal, habida cuenta de las excepciones que resulten
lógicas en razón de la propia naturaleza de las actuaciones contempladas o
de sus propios efectos.
Artículo 11. PROCEDIMIENTO PARA LA REVISIÓN Y AJUSTE DEL PLAN BÁSICO DE
ORDENAMIENTO TERRITORIAL. Las revisiones estarán sometidas al mismo
procedimiento previsto para su aprobación de conformidad con lo previsto en los
Artículos 22, 23 y 24 de la Ley 388 de 1997, Artículo 2º de la Ley 902 de 2004, el
Artículo 8º del Decreto 879 de 1998 y el Decreto 4002 de 2004, o la norma que las
modifique o sustituya.
Página | 8
PARÁGRAFO: Si al finalizar el plazo de vigencia establecido no se ha adoptado un
nuevo Plan Básico de Ordenamiento Territorial, seguirá vigente el presente Plan.
Artículo 12. DEFINICIÓN DE LAS CONDICIONES QUE AMERITAN LA REVISIÓN Y
AJUSTE DEL PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL.
1. Vencimiento de la vigencia del presente Plan Básico de Ordenamiento
Territorial.
2. Cambios significativos en las previsiones demográficas, debidamente
sustentados por las entidades competentes.
3. Acontecimientos naturales o inducidos de carácter imprevisto que modifiquen
las condiciones del suelo, el medio ambiente o la capacidad de
aprovisionamiento de servicios públicos.
4. La aplicación de los estudios específicos definidos como prioritarios en el
presente Acuerdo y que se requieren para tomar decisiones técnicamente
sustentadas dentro del Plan Básico de Ordenamiento Territorial.
5. Decisiones o Normas de carácter superior que impliquen modificaciones en los
objetivos, políticas y estrategias definidas por el Plan.
Artículo 13. OBLIGATORIEDAD DEL PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL.
Ningún agente público o privado podrá realizar actuaciones urbanísticas que no
se ajusten al presente Plan, a su desarrollo en planes parciales y a las normas
complementarias que se expidan. Igualmente, las autoridades competentes,
velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en este Acuerdo.
Artículo 14. INTERPRETACIÓN DE LAS NORMAS. En los casos de ausencia de norma
exactamente aplicable a una situación, o de contradicciones, o falta de claridad
en las normas urbanísticas, la facultad de interpretación corresponderá
alaSecretaría de Planeación o la dependencia que haga sus veces, la cual emitirá
sus conceptos mediante circulares que tendrán el carácter de doctrina para la
interpretación de casos similares.
Para esta interpretación de la norma, el Secretario (a) delaSecretaría de
Planeación atenderá a las siguientes reglas:
1. Las Circulares emitidas por laSecretaríade Planeación será sólo de carácter
aclaratorio o de interpretación de términos, mas no se podrá entender como
creadora de una norma nueva o sustitutiva de otra existente previamente.
2. Los documentos técnicos del Plan Básico de Ordenamiento Territorial que
contienen los Componentes General, Urbano y Rural del mismo, y sustentan los
articulados de este Acuerdo, dando forma a los principios rectores y de
ordenamiento para todas las normas urbanísticas municipales.
3. Cuando el significado de una palabra no se encuentre en la Ley o en los
documentos que soportan el Plan Básico de Ordenamiento Territorial, dicha
palabra se tomará en el sentido que le den profesionales autorizados,
competentes o reconocidos de la misma ciencia o técnica.
4. La interpretación de las normas no podrá contradecir, modificar o desconocer
los principios rectores y de ordenamiento, así como los objetivos, estrategias,
acciones territoriales y políticas de desarrollo consagrados en este Plan Básico
de Ordenamiento Territorial, y los principios del régimen normativo establecidos
Página | 9
en el Artículo 100 de la Ley 388 de 1997, como son la concordancia, neutralidad,
simplicidad y transparencia.
5. En la interpretación a que se refiere este Artículo, siempre prevalecerá el interés
general sobre el particular y en las implicaciones territoriales de la decisión
normativa siempre se antepondrán los principios rectores señalados en el
Artículo 11º de este Acuerdo y los consignados en el Componente General de
este Plan Básico de Ordenamiento Territorial; especialmente aquellos que
hacen relación a los principios ordenadores del modelo de ocupación territorial
municipal y a los postulados del modelo de ocupación urbano y rural.
PARÁGRAFO. Todo acto administrativo que tenga por objeto interpretar, aclarar,
revisar, actualizar o modificar una norma urbanística deberá, dentro de su
motivación, establecer la categoría de la norma sobre la cual pretenda actuar;
para el efecto deberá solicitar siempre concepto al Consejo Consultivo de
Ordenamiento Territorial, hecho que deberá constar expresamente en el acto
administrativo que se produzca.
Artículo 15. COMPLEMENTACIÓN DE LA PLANIFICACCIÓN ECONOMICA Y SOCIAL.
El ordenamiento del territorio municipal de Guarnetiene por objeto complementar
la planificación económica y social con la dimensión territorial, racionalizar las
intervenciones sobre el territorio y orientar su desarrollo y aprovechamiento
sostenible, mediante:
1. La definición de las estrategias territoriales de uso, ocupación y manejo del
suelo, en función de los objetivos económicos, sociales, urbanísticos y
ambientales.
2. El diseño y adopción de los instrumentos y procedimientos de gestión y
actuación que permitan ejecutar actuaciones urbanas integrales y articular las
actuaciones sectoriales que afectan la estructura del territorio municipal.
3. La definición de los programas y proyectos que concretan estos propósitos.
Artículo 16. DEFINICIONES. Con el fin de facilitar una adecuada comprensión del
Plan Básico de Ordenamiento Territorial del municipio de Guarney garantizar su
implementación y observancia de sus normas urbanísticas, se adoptan las
definiciones contenidas en el Anexo I del presente Acuerdo.
TITULO II
CONTEXTO REGIONAL Y LOCAL
CAPÍTULO 1
CONTEXTO REGIONAL DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL
Artículo 17. VISIÓN REGIONAL: Adóptese para el municipio de Guarne como
integrante del Oriente Antioqueño la Visión establecida al año 2023 en el PLAN
Página | 10
ESTRATÉGICO PARA UN PACTO SOCIAL POR EL DESARROLLO DEL ORIENTE
ANTIOQUEÑO (PLANEO), la cual se caracterizada por los siguientes componentes:
“La Subregión del Oriente Antioqueño se caracterizará en el año 2023 por tener:
Gestión pública previsora, integrada y eficiente. Economía dinámica, asociativa,
productiva, innovadora y sostenible.
Sociedad educada, equitativa, solidaria, y constructora de sí misma sostenida por
la ciencia la tecnología y la innovación.
Territorio armónico con la naturaleza, equilibrado en su ocupación y en relación
activa con el país y el mundo.
Población democrática, pluralista y pacífica distinguida por su cohesión social”.
Artículo 18. ESTRATEGIAS Y PROYECTOS REGIONALES: Adóptese como parte del
Plan Básico de Ordenamiento Territorial del municipio de Guarne las estrategias y
proyectos que a continuación de enuncian, a las cuales el municipio de Guarne
deberá contribuir desde todas sus instancias:
1. En la Estrategia de Ambiente y Territorio:
a. Formulación y Gestión de un Plan de Ordenamiento Territorial para la
Subregión del Oriente de Antioquia
b. Articulación y Conectividad vial para el desarrollo de la Subregión del
Oriente de Antioquia.
c. Conexión vial Aburrá Oriente.
d. Implementación de una Estrategia adecuada de gestión y manejo de los
residuos sólidos en la Subregión del Oriente de Antioquia.
e. Conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales en el
Oriente de Antioquia.
2. En la Estrategia Económica:
a. Construcción de un centro de carga y descarga en el corredor de la
autopista Medellín Bogotá y en las inmediaciones del Aeropuerto
Internacional José María Córdova.
b. Creación de una zona franca permanente en el Parque Tecnológico de
Antioquia para facilitar la generación, transferencia de conocimiento para
la producción de bienes con altos niveles de valor agregado orientados a
los mercados internacionales.
c. Desarrollo de procesos competitivos de mercadeo y comercialización de la
producción agropecuaria, en beneficio de los ingresos de las comunidades
campesinas y pequeños productores.
d. Diseño e implementación de un plan de Marketing Territorial orientado a
promover las ventajas competitivas de la región que la hacen atractiva para
los mercados internacionales.
e. Fomento de la producción de bienes agrícolas, pecuarias y forestales con
potencial exportador.
f. Formación de líderes para el fortalecimiento de la capacidad de gestión de
las organizaciones comunitarias con criterio socioempresarial.
Página | 11
g. Fortalecimiento del turismo como alternativa económica a partir del Plan
Subregional de turismo del Oriente Antioqueño 2009- 2020.
h. Inserción de la actividad minera en el sistema económico de la subregión.
3. En la Estrategia Social:
a. Impulsar la aplicación de la ciencia la tecnología y la innovación Para el
desarrollo sostenible del Oriente Antioqueño.
b. Fortalecer los procesos de comunicación y pedagogía social para facilitar
el restablecimiento del tejido social en el Oriente Antioqueño.
c. Fortalecimiento del sistema Educativo en la subregión de Oriente de
Antioquia con criterios de pertinencia, eficiencia y calidad.
d. Promoción de la estrategia de estilos de vida saludables en las familias del
Oriente Antioqueño.
4. En la Estrategia Institucional:
a. Consolidación del Sistema Departamental de Planeación en el Oriente
Antioqueño.
b. Fortalecimiento de las finanzas Públicas territoriales, a través de la
participación de los municipios en los proyectos de micro centrales en la
subregión del Oriente de Antioquia.
c. Fortalecimiento institucional para la gobernabilidad del Oriente Antioqueño.
d. En materia de competitividad de sus sectores económicos.
5. Desarrollo Empresarial:
a. Priorizar el sector de biodiversidad como apuesta productiva, crear iniciativa
de clúster de biodiversidad
b. Creación de un fondo subregional de cobertura de riesgo, y línea blanda de
crédito, para facilitar acceso a los empresarios.
c. Implementar un programa de simplificación de trámites (CAE –IVC) para
facilitar la creación y operación de empresa en los 23 municipios.
d. Replicar los Centros Regionales para la Competitividad Empresarial CRECE
en las 4 zonas del Oriente Antioqueño, para promover el emprendimiento
enfocado a las apuestas productivas de la región.
e. Alinear el desarrollo del sector productivo de la región a los clústers.
6. Tecnología e Innovación:
a. Elaborar un Plan Estratégico de Ciencia, Tecnología e Innovación Regional,
para el Oriente Antioqueño.
b. Fortalecimiento y ampliación de infraestructura del Parque Tecnológico de
Antioquia; convertirlo en zona Franca Tecnológica.
c. Aumentar la inversión pública en actividades de Ciencia, Tecnología e
Innovación, hasta alcanzar el 1% del presupuesto de los municipios.
d. Consolidar centros de investigación en las instituciones de educación
superior del Oriente Antioqueño.
e. Fortalecimiento de la estrategia de articulación del Comité Universidad-
Empresa-Estado- Sociedad, capítulo Oriente.
Página | 12
7. Infraestructura:
a. Diseño y construcción de una malla vial moderna para Valles de San Nicolás,
con un plan vial al año 2050, liderado principalmente por la Gobernación.
b. Construcción de un Sistema Vial para conexión entre las zonas del oriente y
de éste con otras subregiones.
c. Sistema de transporte público masivo: Valle San Nicolás; Valle de San Nicolás
–Valle de Aburrá.
d. Elaborar un plan integral de desarrollo en torno al Aeropuerto Internacional
José María Córdova.
e. Construcción de centros de carga en el Oriente Antioqueño y terminales de
transportes de pasajeros.
f. Construcción de microcentrales para la generación de energía.
g. Proyecto de expansión de acueducto y alcantarillado Valle de San Nicolás
(Empresas Públicas de Oriente EPO) y tratamiento de residuos sólidos.
h. Conectividad inalámbrica para los sitios públicos y de Gobierno, de toda la
región.
8. Desarrollo del Talento Humano:
a. Oferta académica pertinente que responda a las necesidades de la región
b. Aumentar la oferta y fomentar la demanda de programas de educación
técnica y tecnológica, para mejorar las competencias de la población.
c. Crear un programa de formación de recurso humano altamente
especializado (Maestrías y Doctorados).
d. Implementar un observatorio laboral y ocupacional para evaluar la
pertinencia de la educación.
e. Implementar un programa de bilingüismo para los 23 municipios de la
subregión.
9. Internacionalización:
a. Convertir la exportación de bienes y servicios en la principal fuente de
desarrollo económico de la región.
b. Establecer un plan de promoción de la región.
c. Implementar un sistema de información turística regional digital.
d. Implementar un programa de Gestión Pública de Turismo en los municipios
con vocación y potencial.
e. Insertar los principales municipios de la región, en una medición de
regulación empresarial.
Artículo 19. VISIÓN ZONAL. El Municipio de Guarne, se articulará a la Visión de la
Zona Valles de San Nicolás (Oriente Antioqueño) y a sus lineamientos municipales
como se presenta a continuación:
En el 2023, la Zona Valles de San Nicolás será un territorio planificado por y para sus
habitantes, generando un desarrollo socioeconómico, político y ambiental en
condiciones de Sostenibilidad, equidad, solidaridad y convivencia, a través de la
Página | 13
articulación entre lo rural y lo urbano, integrada a la Subregión, al departamento,
al país y al mundo.
Los elementos Municipales que Aportan a la Visión Zonal son:
Guarne: Territorio para la inversión y el desarrollo tecnológico de empresas
industriales, agrícolas, tecnológicas, de comercialización y transformación de
alimentos, de turismo, ecoturismo, comercio, y demás empresas de producción
limpia y sin chimeneas.
Guarne: Centro del desarrollo industrial y ubicación de bodegas, agropecuario y
ecoturístico.
Guarne: Ciudad para el desarrollo de ciencia y la tecnología aplicada al sector
industrial, agropecuario, artesanal y ecoturístico.
Guarne: Centro de capacitación e investigación en aprovechamiento de la
biodiversidad y producción diversificada en áreas de cuidado y protección
ambiental.
Los corredores industriales, turísticos y agropecuarios ejes de empleo familiar y
proyección municipal.
Artículo 20. POLITICAS, OBJETIVOS Y ESTRATEGIAS DEL ORDENAMIENTO ZONAL Y
SUBREGIONAL. Adóptese las políticas, objetivos y estrategias del ordenamiento
definidas en simultaneidad para los municipios de la Zona Valles de San Nicolás y
para la Subregión del Oriente Antioqueño, que se enuncian a continuación:
POLÍTICA 1: CONSTRUCCIÓN COLECTIVA DEL DESARROLLO LOCAL, ZONAL Y
SUBREGIONAL: Sustento para la consolidación de un proyecto político que permita
la construcción de una cultura y un conjunto de escenarios políticos enlazados
como una efectiva cadena de relaciones, a partir de las cuales se concertan las
directrices que orientan las intervenciones y compromisos de los diferentes actores
para la planificación del territorio. Se requiere una institucionalidad adecuada que
permita la armonización de los intereses nacionales, departamentales y regionales
con los intereses subregionales, zonales y locales.
Objetivo 1: Articular las Fuerzas Sociales: Administraciones municipales,
empresarios, gremios, ONGs, trabajadores y, en general, las diferentes formas de
organización comunitaria, para lograr un desarrollo integral en lo social, lo político,
lo económico, lo ambiental y en ciencia y tecnología, para mejorar los niveles de
calidad de vida de las presentes y futuras generaciones de la subregión y sus
municipios.
Estrategia 1:Fortalecer la Unidad Zonal y subregional mediante el fortalecimiento
de la Asociación de Municipios del Altiplano -MASORA.
Estrategia 2: Fortalecer y articular las cuatro (4) asociaciones de las zonas que
conforman la Subregión.
Página | 14
Estrategia 3:Gerenciar El Proceso de Desarrollo Sostenible. Es ahora en el marco
de los cambios y realidades nacionales e internacionales que se hace necesario
establecer formas novedosas para aplicar los procedimientos de la gestión, de tal
forma que propicien la salida exitosa a los conflictos y a los proyectos de desarrollo,
teniendo en cuenta, para ello, el trabajo mancomunado, la unión de esfuerzos y la
identificación y solución de problemas comunes.
Estrategia 4:La Gerencia Regional para Oriente de la Gobernación para el Oriente
de Antioquia creada en el año 2008 será la encargada de Gerenciar el proceso
de desarrollo para esta subregión generando espacios de unidad y concertación
en torno a propósitos comunes de desarrollo definidos a través del Comité de
Concertación de Alcaldes de la Zona.
Objetivo 2:Propiciar la construcción de un proyecto político local y subregional
que favorezca el crecimiento económico de la subregión desde cada localidad.
Estrategia 1: Articular los intereses de los diferentes actores en torno a un propósito
común: la planificación supramunicipal.
Estrategia 2: Establecer espacios de discusión y construcción concertada del
proyecto político que más se acerque a las dinámicas de crecimiento de la zona y
la subregión.
Estrategia 3:Definir al interior del Comité de Concertación de Alcaldes de la zona
el mecanismo para estructurar el proyecto político.
POLÍTICA 2: LA SOCIALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN: Cada habitante y
organización comunitaria tiene derecho a ser informada sobre la toma de
decisiones y las intervenciones a realizar en cumplimiento de los acuerdos
pactados en la formulación del Plan Básico de Ordenamiento Territorial, lo cual
implica un manejo integral y colectivo de los sistemas de comunicación, en
especial para conocer ampliamente los productos del Plan, con los cuales se
propicia la participación real de los actores que intervienen en el territorio y el
debate constructivo que permita el ajuste y la validación, apoyados en un proceso
de concertación, participación y comunicación.
Objetivo 1:Disponer de información real y actualizada para la toma de decisiones
para ordenar el Territorio
Estrategias 1:Fomentar, desarrollar y articular los sistemas de información.
Estrategias 2:Disponer de un Sistema de Información Geográfico a nivel de la Zona
Valles de San Nicolás coordinado por MASORA.
Estrategias 3:Disponer de una dependencia de catastro zonal que permita la
planificación y ordenamiento del territorio.
POLÍTICA 3: VISIÓN ZONAL
Página | 15
Objetivo 1:Trabajar mancomunadamente con los demás municipios en el
desarrollo local y zona para la construcción colectiva de futuro para la zona Valles
de San Nicolás.
Estrategias 1:Definir las acciones locales que apunten al logro de la visión zonal y
subregional.
Estrategias 2:Definir los proyectos zonales y subregionales para gestionar el
desarrollo supramunicipal.
Estrategias 3: Hacer parte de las decisiones del Comité de Concertación de
Alcaldes de la Zona. Participar en las acciones de la Unidad Zonal y Subregional de
planificación como ente operativo de las decisiones del Comité de Concertación
de Alcaldes.
POLÍTICA 4: GESTIÓN GLOBAL CON IDENTIDAD LOCAL: Se gestionará el
desarrollo de la zona y subregional haciendo énfasis en el fortalecimiento local
para conseguir que cada municipio se articule al desarrollo supramunicipal desde
sus propias ventajas comparativas y competitivas. Sustituyendo la noción de
jerarquías urbanas funcionales, en beneficio de la cooperación interurbana para
la provisión de servicios e infraestructuras de diverso tipo por parte de las
autoridades regionales y locales organizadas y articuladas.
Objetivo 1:Lograr la Competitividad Municipal y Subregional mediante el
fortalecimientode los equipamientos e infraestructuras que garanticen la calidad
en la prestación de los servicios públicos, la base económica urbana y rural, el clima
para negocios, la calidad de vida urbana y de los centros poblados, la posición
geoestratégica, la calidad ambiental y la calidad del capital humano, para
construir así un modelo económico, ambiental y social más justo y duradero
Estrategias 1:Concertar el Desarrollo con los Municipios de Frontera. Cada vez son
más dinámicas y estrechas las relaciones con las subregiones de los Embalses,
Páramo y Bosques y en especial con el Área Metropolitana del Valle de Aburrá en
temas como la infraestructura vial y de comunicaciones, el turismo, el desarrollo
agropecuario y ambiental, la minería, el comercio, la industria, la recreación y en
especial la paz.
Estrategia 2:Promover lacooperación interurbana orientada a la organización de
la producción por parte de los agentes privados. Esta actividad requiere ser
inducida en muchas regiones por los agentes públicos: del liderazgo, la
cooperación y la promoción pública en cuanto a información, sensibilización y
convocatoria a los agentes privados, universidades y centros de investigación, para
el trabajo conjunto en beneficio del desarrollo económico regional y local.
Estrategias 3:Consolidar el Comité de Concertación de Alcaldes de la Zona Valles
de San Nicolás articulado a la Junta Directiva de MASORA como instancia zonal
para concertar el desarrollo de los municipios de Frontera y espacio de discusión y
toma de decisiones sobre los procesos de planificación supramunicipal.
Página | 16
Estrategias 4:Consolidar la Unidad Técnica de Planificación de la Zona Valles de
San Nicolás.
Estrategias 5:Mantener Acuerdos e Instaurar la Planeación como un Proceso
Permanente.
Estrategias 6: Gestionar coordinadamente los programas y proyectos del ámbito
supramunicipalmediante la conformación y puesta en marcha de un Banco de
Proyectos Subregional.
Estrategias 7:Crear e implementar el Banco de Proyectos Subregional como
instrumento de planificación supramunicipal que articule los intereses locales y
subregionales en torno a la visión zonal.
POLÍTICA 5: AUMENTO DE LA GOBERNABILIDAD Y DE LA AUTONOMÍA SOBRE EL
TERRITORIO: El fortalecimiento del poder político – social es clave para propiciar un
marco de acción con autonomía territorial, acorde con el desarrollo humano
sostenible que oriente las interrelaciones con los municipios vecinos y de frontera,
la armonía entre las diversas formas de ocupación del territorio, el establecimiento
de reglas para concertar los usos y ocupación del suelo, la instauración del proceso
permanente de planeación y el pacto entre los líderes para lograr la equidad en el
desarrollo campo – ciudad.
Objetivo 1:Propiciar la construcción de un proyecto político local y subregional
que favorezca el desarrollo supramunicipal y la distribución equitativa de los
beneficios del desarrollo, aliviando los obstáculos para la participación política y
civil.
Estrategias 1:Abrir espacios de participación ciudadana para la construcción y
concertación del proyecto político en torno al desarrollo local y supramunicipal.
Estrategia 2:Articular los gremios económicos en torno al acuerdo de voluntades
para el abordar el desarrollo regional sostenible.
POLÍTICA 6: ORDENAMIENTO TERRITORIAL AL SERVICIO DEL DESARROLLO
SOSTENIBLE Y EL BIENESTAR SOCIAL: Que oriente al municipio y a la subregión ante
los retos del ordenamiento territorial de garantizar a los diversos sectores
poblacionales el acceso a los servicios públicos, la vivienda, la infraestructura, el
suelo, el equipamiento y la plena realización de los derechos ciudadanos; de igual
forma, da asiento a las consideraciones de tipo filosófico, que establecen que
persona y planeta constituyen una y la misma expresión de la vida, formando una
cadena que debe mantenerse en constante equilibrio, permitiendo un
acercamiento al territorio para reconocerlo como espacio de convivencia, de
interacción, donde conviven los compromisos personales y colectivos que harán
realidad la sostenibilidad ambiental y el desarrollo humano.
Objetivo 1:Intervenir el territorio en forma equilibrada y armónica en medio de la
diversidad que garantice la regulación y aprovisionamiento de los recursos
naturales para brindar mejores niveles de calidad de vida y oportunidades de
desarrollo y crecimiento.
Página | 17
Estrategias 1:Implementar programas de pedagogía territorial los cuales se
ejecutarán a través de los planes de desarrollo municipal.
Estrategias 2: Planear y gestionar en función de zonas homogéneas de
competitividad.
Estrategias 3: Diseñar la ciudad-campo y la casa ecológica.
CAPÍTULO 2
DIVISIÓN POLÍTICO ADMINISTRATIVA
Artículo 21. DIVISION POLITICO – ADMINISTRATIVA. Se adopta la siguiente división
Político – Administrativa que corresponde a 37 veredas y cuya información
suministrada por la Dirección de Sistemas de Información y Catastro del
Departamento de Antioquia y que se incorpora en el Plan de Básico de
Ordenamiento Territorial con el fin de unificar criterios, la cual corresponde con el
plano identificado con el código PBOT_CR_005.
Las veredas en las cuales se divide el territorio del municipio de Guarne con las
siguientes:
Vereda Área (Has) Vereda Área (Has.)
Guamito 84.72 Hojas Anchas 331,75
La Enea 232,50 Canoas 305,42
Chaparral 396,30 Toldas 242,18
Alto de La Virgen 229,05 Piedras Blancas 810,60
San Ignacio 659,86 Charanga 263,62
Barro Blanco 381,35 Guapante 1479,07
La Mosca 169,58 El Palmar 244,58
Juan XXIII 149,45 Berracal 145,03
El Colorado 423,66 Garrido 236,02
La Mejía 369,82 Bellavista 207,70
La Brizuela 791,99 La Clara 775,39
Yolombal 958,49 Montañez 364,67
San Antonio 38,73 Batea Seca 317,14
La Hondita 365,67 Romeral 285,13
La Mosquita 923,73 El Molino 318,82
La Cabaña 15,02 El Zango 330,14
San Isidro 211,08 La Honda 1182,71
El Salado 220,54 San José 403,58
La Pastorcita 227,42
Artículo 22. DIVISIÓN ADMINISTRATIVA EN EL SUELO URBANO:En la división
administrativa, la sectorización urbana es una herramienta que permite planificar
el espacio público e inversión en equipamientos, en consecuencia se adopta la
siguiente división administrativa en suelo urbano para el municipio de Guarne:
DIVISION POLITICO ADMINISTRATIVA
Página | 18
SECTOR 1
ALCORES
SAN VICENTE
SANTO TOMAS
SECTOR 2
CENTRO
CENTRO PLAZA
SAN FRANCISCO
SECTOR 3
LA CANCELARIA
LAURENT
SECTOR 4
SAN ANTONIO I
SAN ANTONIO II
SECTOR 5
UNIDAD DEPORTIVA
CAMILO TORRES
LA CABAÑA
PARÁGRAFO: La división administrativa del suelo urbano del municipio de Guarne
corresponde con el plano identificado con el código PBOT_CU_003.
Página | 19
SEGUNDA PARTE
COMPONENTE GENERAL
TÍTULO 1
OBJETIVOS, ESTRATEGIAS Y POLÍTICAS DE LARGO Y MEDIANO PLAZO
CAPÍTULO 1
VISIÓN Y MODELO DE ORDENAMIENTO
Artículo 23. VISIÓN MUNICIPAL: Al año 2027, Guarne será un municipio modelo de
desarrollo; integrado con la región, viable, sostenible y competitivo; con calidad de
vida, que trabaja por la protección del paisaje, de sus recursos naturales, el espacio
público, la inclusión y la educación; dotado de la movilidad, los equipamientos, la
infraestructuras y los servicios públicos necesarios para el hábitat, la industria limpia,
el desarrollo rural sostenible, el turismo y el deporte, donde se puede vivir con
dignidad y seguridad, en sana convivencia.
Artículo 24. COMPONENTES DEL MODELO: Por su función y forma de apropiación
en el municipio de Guarne, se pueden diferenciar tres áreas específicas:
Protección, ocupación y producción, que tienen características urbanas, rurales y
suburbanas.
1. Áreas con características de ruralidad - protección:
a. Las áreas de protección y conservación ambiental.
b. La estructura ecológica principal.
c. Las áreas de protección para la producción sostenible.
d. Las zonas agroforestales.
e. Las zonas de restauración ecológica.
f. Las áreas de interés ambiental.
g. Las áreas de vivienda campestre no tradicional: San José.
2. Áreas con característica de suburbanidad - producción:
a. Suelos suburbanos:
1) Zona suburbana de actividad múltiple industrial “EL Tranvía”.
2) Zona suburbana de apoyo a las actividades aeroportuarias.
3) Corredor Suburbano de Actividad Múltiple Industrial de la Doble
Calzada.
4) Corredor Suburbano de Comercio y Servicios de Apoyo a las
Actividades Turísticas y Aeroportuarias.
5) Corredor Suburbano de Comercio y Servicios de Apoyo a las
Actividades Turísticas y Agrarias.
6) Corredor Suburbano de Comercio y Servicios de Apoyo a las
Actividades Turísticas y Residenciales.
b. Corredores paisajísticos, turísticos e industrial.
c. Las Áreas de Vivienda Campestre tradicional: La Reserva, La Clara y La
Brizuela
d. Las Áreas para la localización de equipamientos
Página | 20
3. Áreas con características urbanas – ocupación:
a. Zona urbana
b. Centros poblados rurales:
1) Chaparral
2) San Ignacio
Artículo 25. ELEMENTOS ESTRUCTURANTES DEL MODELO DE OCUPACIÓN MUNICIPAL:
Definen el modelo de ocupación tanto del suelo urbano, como del suelo rural, los
elementos estructurantes del territorio, que corresponde a los Sistemas
Estructurantes y a la clasificación del suelo:
1. SISTEMA NATURAL Y AMBIENTAL:Incluye la Estructura Ecológica Principal del
municipio, las áreas de interés ambiental, áreas de restauración ecológica
(Nodo Guarne), los cerros y altos, las áreas de interés para la protección del
recursos hídrico, las áreas de bocatomas de acueductos y las áreas de
protección y conservación ambiental definidas por el Decreto 3600 de 2007 y el
Acuerdo 250 de 2011, expedido por Cornare.
2. SISTEMA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS:Corresponde a los servicios
públicos domiciliarios, que a su vez se constituyen en suelos de protección,
según el Decreto 3600 de 2007, incluye escombrera, relleno sanitario y/o
estación de transferencia, líneas de alta tensión, y bocatomas.
3. SISTEMA DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE:Es el conjunto de infraestructuras, modos
de transporte, y formas de desplazamiento de personas y bienes para acceder
a las actividades y servicios.
4. SISTEMA DE AMENAZA NATURAL Y ANTRÓPICA:Incluye suelos de protección del
Decreto 3600 de 2007, que corresponde a las áreas de amenaza y riesgo por
movimiento en masa e inundación; cuando los riesgos no sean mitigables, se
consideraran suelos de protección ambiental.
5. SISTEMA DE ESPACIO PÚBLICO:Está constituido por elementos naturales,
construidos y complementarios, donde encontramos las rondas hídricas como
elementos naturales, el sistema orográfico, y las áreas de interés natural y
paisajístico.
6. SISTEMA DE PATRIMONIO:Está constituido por el patrimonio histórico, cultural,
arquitectónico y arqueológico.
7. SISTEMA DE EQUIPAMIENTOS:Corresponde al sistema de equipamientos y se
articula con el sistema de espacio público y corresponden a las áreas, espacios
o edificaciones donde se concentrara la prestación de servicios públicos o
privados para que atiendan las necesidades básicas y colectivas de las
comunidades urbanas o rurales. Se constituyen en suelos de protección, según
el Decreto 3600 de 2007.
PARÁGRAFO 1º.Los elementos estructurantes del modelo de ocupación para el
suelo municipal, se identifican en el plano identificado con el código PBOT_CR_006.
PARÁGRAFO 2º.Cada uno de las áreas y elementos identificados en el modelo,
constituye zonas de actividad; las actividades y usos permitidos, compatibles,
complementarios y promovidos, no podrán generar conflictos entre sí, por lo tanto
se debe desarrollar y garantizar las condiciones de convivencia que minimicen y
eliminen los impactos negativos.
Página | 21
PARÁGRAFO 3º.Cada área albergara la mayor diversidad de usos complementarios
y compatibles, y deberá garantizar la capacidad de soporte para que las
actividades que en él se desarrollen, no generen tensiones y conflictos.
CAPÍTULO 2
POLÍTICAS, OBJETIVOS Y ESTRATEGIAS TERRITORIALES DE LARGO Y MEDIANO PLAZO
Artículo 26. POLITICAS TERRITORIALES DE LARGO Y MEDIANO PLAZO. Adóptese
para el ordenamiento territorial del Municipio de Guarne las siguientes políticas de
largo y mediano plazo:
1. La protección del medio ambiente, su paisaje natural, espacio público y sus
recursos naturales:Un municipio que prioriza la conservación y protección de sus
recursos naturales, y su oferta de bienes y servicios ambientales, que promueve
el ahorro, uso eficiente y racional de los recursos; especialmente los hídricos, la
biodiversidad y el suelo. Que promueve estrategias encaminadas a la
mitigación de las manifestaciones del cambio climático, las tendencias del
calentamiento global y sus efectos sobre el territorio.
2. La consolidación de la movilidad, los equipamientos, la infraestructuras, la
estructura ecológica y los servicios públicos como un sistema sostenible:Los
sistemas estructurantes del territorio son complementarios y deben darse de
manera concomitante, como un sistema que articule y armonice de manera
efectiva lo rural, lo urbano y lo supramunicipal. Que consolide el sistema de
movilidad y equipamientos como espacios colectivos prioritarios de interés
público donde se desarrollen actividades de sano esparcimiento, de bienestar
social, salud, recreación, deporte y cultura.
3. La promoción de la calidad de vida, la inclusión y la educación, en una
sociedad que vive segura, digna y en sana convivencia: Que promueve la
cultura ciudadana desde el rescate de los valores humanos y cívicos,
democráticos y éticos, el conocimiento, para las competencias
transformadoras en sociedad, que aseguren la sostenibilidad del territorio,
enmarcado en el modelo de ocupación; que garanticen la seguridad y
dignidad de sus habitantes en sana convivencia.
4. La integración a la región, viable, sostenible y competitivo: Guarne vinculado,
integrado y articulado a la región y al mundo, integrado espacial y
ambientalmente al desarrollo del Oriente Antioqueño, en una relación de
complementariedad y cooperación económica, a través de los flujos
terrestres y aéreos, su espacio público y sus recursos naturales.
5. Liderazgo en la región en ruralidad sostenible e industria limpia: introducir
prácticas de producción limpia y de responsabilidad ambiental, bajo la
estrategia de desarrollo sostenible, en todo el territorio apto para la industria y
el campo; además de la consolidación de la estrategia económica regional del
“Distrito Agrario”.
6. La promoción para el hábitat, la industria, el turismo y el deporte: generar en el
municipio ambientes propicios para la vivienda urbana, rural y campestre,
estimulando su uso y habitabilidad, en aras de fortalecer el sentido de
pertenencia e identidad de sus habitantes; ambientes propicios para la
industria, promoviendo la competitividad territorial a través de la estrategia de
producción más limpia, que logre un desarrollo social y económico equilibrado,
Página | 22
respetando la capacidad de soporte de los ecosistemas; así como el
fortalecimiento de ambientes que promuevan el turismo y el deporte, como
actividades significativas que contribuyen a la economía y desarrollo del
municipio.
Artículo 27. OBJETIVOS TERRITORIALES DE LARGO Y MEDIANO PLAZO. Adóptese
para el ordenamiento territorial del Municipio de Guarne los siguientes objetivos de
largo y mediano plazo:
1. A nivel Físico-Espacial:
a. Implementar gestiones que permitan integrar espacial y ambientalmente el
municipio con el desarrollo de la Región, promoviendo acciones urbanísticas
que permitan optimizar el uso y aprovechamiento del suelo.
b. Conformar un sistema de movilidad eficiente y funcional, que permita la
articulación y conexión de los espacios rurales, suburbanos y urbanos del
nivel local y regional; y la eficiente dotación de vías, equipamientos públicos,
espacios públicos y servicios públicos; en calidad, disponibilidad y
accesibilidad, para el desarrollo integral de sus habitantes.
c. Garantizar la cobertura, calidad y acceso de todos los habitantes a los
servicios públicos domiciliarios, así como de infraestructuras necesarias de
redes y equipamientos para el servicio y acceso eficiente a los servicios
públicos domiciliarios y de transporte.
d. Articular los elementos que componen el sistema estructurante del
municipio, para constituir una red jerarquizada de ejes y nodos, que ordene
el territorio y asegure un desarrollo equilibrado y funcional del mismo.
2. A nivel Ambiental:
a. Priorizar la conservación y protección de los recursos naturales: las áreas con
alto valor ambiental, agrícola, forestal y paisajístico, la oferta de bienes y
servicios ambientales, la biodiversidad y los recursos hídricos.
b. Promover mecanismos de adaptación y mitigación al cambio climático,
promoviendo el ahorro, uso eficiente y racional de los recursos; especialmente
los hídricos, la biodiversidad y el suelo, en todos los sectores.
c. Consolidar la Estructura Ecológica Principal municipal y regional, y sus
elementos, incluyendo la Red Ecológica; como soporte fundamental del
desarrollo del municipio.
d. Crear y promover programas que fortalezcan la capacidad de respuesta local
y su resiliencia, así comoincrementar la capacidad de las comunidades para
enfrentar futuros escenarios de emergencia.
3. A nivel Económico:
a. Implementar estrategias para el fomento de actividades productivas que
cuenten con áreas de investigación para la innovación, la formación y la
asistencia técnica al Distrito Agrario, haciendo más competitiva su operación.
b. Promover el desarrollo sostenible, donde los usos industriales, agroindustriales,
de comercio, servicios, residenciales e institucionales, se inserten en el territorio
y convivan de manera armónica en una relación de complementariedad.
c. Generar infraestructuras de comercio y servicios en la zona de interés
económico del aeropuerto como complemento a las actividades
Página | 23
aeroportuarias, que de apoyo a la exportación de productos agrícolas del
distrito agrario y dé soporte a las actividades industriales y turísticas.
d. Incorporar procesos tecnológicos y de investigación que promuevan la difusión
del conocimiento y el establecimiento de convenios con entidades
académicas, tecnológicas y de investigación científica para el fortalecimiento
de la competitividad y el desarrollo productivo local.
4. A nivel Socio-Cultural:
a. Mejorar los equipamientos en los diversos sectores de acuerdo a las
determinaciones del sistema urbano municipal y a las infraestructuras de
educación, cultura, salud, bienestar social, transporte, recreación y deporte,
administración pública y demás equipamientos de servicios.
b. Implementar programas que promuevan la calidad de vida, la inclusión, la
seguridad y la educación, el rescate de los valores humanos y cívicos,
democráticos y éticos.
Artículo 28. ESTEGIAS TERRITORIALES DE LARGO Y MEDIANO PLAZO. Adóptese para
el ordenamiento territorial del Municipio de Guarne las siguientes estrategias
territoriales de largo y mediano plazo:
a. Consolidar un crecimiento hacia adentro para completar el tejido urbano, con
un desarrollo urbanístico de los predios que en la vigencia del PBOT, aún no se
han desarrollado, estableciendo bordes de protección para frenar la
expansión hacia la periferia urbana.
b. Generar un sistema de espacio público con incorporación efectiva de
elementos estructurantes naturales más destacados, tales como su orografía e
hidrografía articulando a las espacialidades urbana y rural.
c. Potenciar el parque lineal de la quebrada La Mosca como eje estructurante
integrado espacial y ambientalmente al desarrollo urbanístico del municipio.
d. Jerarquizar un sistema de centralidades a partir del núcleo tradicional y
representativo como lo es el parque principal, completado con un subsistema
de centralidades barriales, un sistema vial y de transporte perimetral a partir de
la vía circunvalar, en equilibrio dinámico con el área urbana y rural.
e. Formular una política de vivienda y hábitat, especialmente en el campo del
interés social y determinar los lugares específicos para su desarrollo.
f. Precisar la política de protección de las zonas y edificaciones de interés
patrimonial.
g. Consolidar el desarrollo urbano, que promueva un urbanismo que responda a
los requerimientos de un desarrollo sostenible, con calidad en vivienda, servicios
públicos, movilidad y transporte, equipamientos y espacio público.
h. Generar oportunidades para los habitantes del municipio a través del acceso
al suelo, el crecimiento equilibrado y la utilización racional y sostenible del
territorio.
i. Aplicar las plusvalías generadas por el desarrollo urbanístico del nuevo modelo
de ocupación del municipio para el desarrollo de nuevos proyectos de
vivienda VIS y VIP, espacio público, infraestructura vial y equipamientos.
j. Fomentar un sistema de espacio público con una incorporación efectiva de
elementos naturales destacados, un sistema vial y de transporte perimetral y
circunvalar y el desarrollo de corredores paisajísticos a lo largo de todas las
quebradas, para aumentar la calidad urbanística del municipio.
Página | 24
k. Formular y desarrollar un plan vial para conciliarlo con el Plan vial y de
transporte del nivel subregional.
l. Articular vialmente la cabecera urbana con las veredas del suelo rural.
m. Incentivar la construcción de parqueaderos públicos y privados para evitar la
contaminación (congestión) de las vías de la localidad.
n. Elaborar un plan de embellecimiento de fachadas en el casco urbano central.
o. Apoyar la actividad agrícola y la generación de empleo inclusivos para la
población.
p. Fortalecer la cultura del reciclaje en el municipio, tanto en comunidades rurales
como urbanas.
q. Implementar proyectos eco-turísticos turístico y gastronómico para la
generación de empleo.
r. Integrar espacial, ambiental y vialmente el municipio al desarrollo territorial de
los Valles de San Nicolás, el cual aporta significativamente a la región con su
paisajismo, su medio ambiente y su espacio público.
s. Articular los elementos que componen el sistema estructurante natural del
municipio, para constituir una red jerarquizada de ejes y nodos, que ordene el
territorio y asegure un desarrollo equilibrado y funcional del mismo.
t. Propender por la protección ambiental del territorio y los incentivos pertinentes
para la conservación del patrimonio natural y cultural.
u. Impulsar el desarrollo de un municipio libre de toda contaminación, con mayor
protección a los bosques, a las fuentes hídricas, a las cuencas, a la flora y a la
fauna en general.
v. Mantener las coberturas necesarias, para regular la oferta hídrica y prevenir la
erosión y sedimentación.
w. Brindar a la comunidad urbana y rural del municipio de Guarne, bienestar social
integral con equidad e inclusión social, mediante la participación en
actividades y servicios socioculturales que refuercen el tejido social ya
existente.
x. Apoyar las actividades artísticas y culturales, con el fin de fortalecer potenciales
artísticos y la construcción de dichos escenarios.
y. Fortalecerlas instituciones públicas que promuevan la convivencia armónica,
la asociatividad, la participación y la organización social de sus habitantes.
z. Conformar una imagen arquitectónica amable y ordenada, a mediano plazo.
aa. Recuperar las orillas de las quebradas, invadidas por construcciones, a
mediano plazo.
bb. Conformar el Sistema de Espacio Público Municipal mediante la articulación de
sus centralidades, sistema vial y parques lineales, integrando todos sus
componentes, constituyéndose así como el elemento ordenador del territorio
por excelencia, a corto plazo.
cc. Promover el sistema de parques lineales de las quebradas La Mosca, como
patrimonio paisajístico urbano, que posibilita la conformación de grandes áreas
de espacio público para el esparcimiento e interacción social, a mediano
plazo.
dd. Valorar y conservar el entorno del conjunto Santa Ana declarado patrimonio
histórico-cultural Nacional, a corto plazo.
ee. Generar la infraestructura física necesaria para la comunidad urbana y rural
del municipio para la prestación de servicios sociales y culturales que permitan
el bienestar social en la población, a mediano y corto plazo.
Página | 25
ff. Construir un hábitat sano y de calidad, con la vivienda como elemento
fundamental en la conformación de la morfología de la ciudad, a mediano y
corto plazo.
gg. Implementar un plan de embellecimiento de fachadas principales y posteriores
y culatas de los inmuebles que se encuentran localizados aledaños a los
parques lineales propuestos, a corto plazo.
hh. Promover la articulación peatonal de los escenarios de encuentro ciudadano
plazas, plazoletas y sitios culturales, deportivos y recreativos, los cuales se
encuentran segregados, a mediano y corto plazo.
ii. Impulsar las cesiones urbanísticas tipo A, B y C como mecanismo para la
creación de espacio público, zonas verdes efectivas, infraestructura vial y
construcción de equipamientos comunales de carácter público para el
municipio, a mediano y corto plazo.
jj. Disminuir el déficit de espacio público a través de las obligaciones urbanísticas
tipo A, B y C, generadas por las actuaciones de los particulares, públicas o
mixtas, a mediano y corto plazo.
kk. Implementar algunos de los instrumentos de gestión de la Ley como
herramienta legal para generar el espacio público municipal, a mediano y
corto plazo.
ll. Valorar el espacio público como principal atributo estructurante del suelo
urbano, elemento fundamental para la integración social y la construcción de
valores ciudadanos, a corto plazo.
mm. Reglamentar los asentamientos de los usos y actividades urbanas de manera
que se logre una funcionalidad territorial en los cinco sectores urbanos y mitigar
los conflictos existentes, a corto plazo.
nn. Mejorar las condiciones de habitabilidad en los sectores urbanos que presentan
déficit y deterioro en la calidad de los atributos de la vivienda, espacio público
y equipamiento colectivo, a mediano y corto plazo.
oo. Gestión para la generación de suelo para vivienda de interés social tanto en el
suelo urbano como en el de expansión urbana, identificando terrenos aptos
para ello, así como para financiar el acceso a esta, a mediano y corto plazo.
pp. Mejorar y generar los equipamientos que la comunidad solicita a través de las
obligaciones urbanísticas tipo C, generadas por las actuaciones de los
particulares, a mediano y corto plazo.
qq. Estimular la ruralidad sostenible y la industria limpia no contaminante, a partir
de incentivos tributarios.
rr. Implementar programas culturales y cívicos tendientes a preservar la identidad
el arraigo de los guarneños y de las futuras generaciones, a corto plazo.
ss. Configurar las áreas que hacen parte de la estructura ecológica como
elemento vital para la sostenibilidad del municipio, a corto plazo.
tt. Estimular acciones coordinadas que propendan por la reducción de la
vulnerabilidad, generación de una cultura de la prevención, el fomento del
liderazgo y la cooperación en la región.
TÍTULO II
CONTENIDO ESTRUCTURAL DEL PLAN
CAPÍTULO 1
CLASIFICACIÓN DEL SUELO
Página | 26
Artículo 29. CONCEPTO DE CLASIFICACION DEL SUELO: De conformidad con lo
dispuesto en el artículo 30 de la Ley 388 de 1997, el territorio municipal se clasifica
en suelo urbano, rural y de expansión urbana. Al interior de estas clases se podrán
establecer las categorías de suburbano y de protección. La clasificación del
territorio se refiere a la definición explícita de los perímetros que determinan los
suelos urbanos, de expansión, rurales y de protección.
Igualmente, según el numeral 1 del artículo 15 de la Ley 388 de 1997, la clasificación
del suelo hace parte de las Normas Urbanísticas Estructurales, las cuales sólo
pueden ser modificadas “con motivo de la revisión general del Plan o
excepcionalmente a iniciativa del alcalde municipal o distrital, con base en
motivos y estudios técnicos debidamente sustentados”.
Artículo 30. SUELOS DE PROTECCION:De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 35 de la Ley 388 de 1997 y el artículo 4º del Decreto 3600 de 2007,
constituyen suelos de protección y conservación ambiental, los siguientes:
1. En el suelo rural:
a. Las áreas del Sistema Nacional de Áreas Protegidas:
1) Del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP): Reserva Forestal
Protectora Nacional del Nare.
b. Las áreas de protección del Acuerdo 250 de 2011:
1) Las áreas estratégicas para protección ambiental definidas en los POMCAS.
2) Las zonas de alto riesgo de desastres por inundación y movimiento en masa.
3) Cobertura de bosque natural en sus diferentes grados de intervención y
bosque natural secundario.
4) Las rondas hídricas de las corrientes de agua y nacimientos.
5) Las áreas o predios con pendientes mayores al 75%.
2. En el suelo urbano y de expansión urbana:
a. Rondas hídricas.
b. Bosques naturales.
c. Pendientes mayores al 75%.
d. Zonas de riesgo alto por inundación.
e. Zonas de riesgo alto por movimiento en masa.
PARÁGRAFO: Estas áreas delimitadas se desarrollan en los componentes urbano y
rural y hacen parte del sistema estructurante natural y ambiental.
Artículo 31. CONCEPTO DE SUELO URBANO: El artículo 31 de la Ley 388 de 1997,
define el suelo urbano como aquellas áreas del territorio municipal destinadas a
usos urbanos por el Plan Básico de Ordenamiento Territorial, que cuenten con
infraestructura vial y redes primarias de energía, acueducto y alcantarillado,
posibilitándose su urbanización y edificación según sea el caso.
Página | 27
Artículo 32. ACTUALIZACIÓN DEL PERÍMETRO URBANO:
1. Actualización por Inclusión de nuevas áreas: Se incluyen los desarrollos
ejecutados como lo son las urbanizaciones Comfama y San Antonio parte alta,
que no se encontraban dentro del perímetro urbano, pero que se asentaron
con posterioridad; además de la zona nororiental del sector San Antonio; que
por encontrarse dentro del perímetro sanitario y al estar integrado a la malla
urbana del municipio, adopta atributos urbanos que viabilizan su
incorporación.
2. Actualización por exclusión de áreas: Se excluyen del perímetro urbano las
áreas que se encuentran por fuera del perímetro sanitario y las que por sus
condiciones físicas son clasificadas como zonas inestables y de inestabilidad
potencial, las cuales pasan a ser suelos de protección dentro del suelo de
expansión, en procura de su estricta conservación y propiciando la adquisición
por parte de la Administración Municipal a través de la entrega de cesiones
urbanísticas, de tal forma que puedan consolidarse como áreas recreativas y
paisajísticas dirigidas a la estructuración del sistema de espacio público.
Artículo 33. DELIMITACIÓN DEL PERÍMETRO URBANO: Se constituye entonces como
suelo urbano el conformado por la cabecera municipal delimitada por el siguiente
perímetro con un área aproximada de153.45 Ha., el cual corresponde al plano
identificado con el código PBOT_CG_001.
El perímetro urbano del municipio de Guarne, inicia al norte, en el punto N° 1 en la
intersección con la quebrada La Mosca, vereda La Cabaña, predio N°
3182001000002100033; por este, en sentido nororiental seguimos con los puntos N°
2,3,4,5 con límites del predio N° 3182001000002100034; continuando con los puntos
N° 6,7,8,9,10 límites del predio N° 3182001000002100037;de allí continuando con los
puntos N° 11 y 12 límite del predio N°3182001000002100003; en sentido sur con los
puntos N° 13, 14, 15, 16, 17 y 18 límite del predio N° 3182001000002000390 y los puntos
N° 19, 20, 21 límites del predio N° 3181001001002200044; bordeando el predio N°
3181001001002200019 en los puntos N° 22, 23, 24, 25, 26, 27; para continuar con la
intersección con una fuente hídrica afluente de la quebrada Basto Norte en los
puntos N° 28 y 29; en sentido noroccidente hasta el punto N° 30 continuando hasta
la intersección en el punto N° 31 con la Quebrada Basto Norte; continuando aguas
debajo de la quebrada Basto Norte con los puntos N° 32, 33, 34, 35 límites del predio
N° 3182001000002000387; continuando en sentido sur con los puntos N° 36, 37, 38,
39, 40, 41, 42, 43, 44; de este punto en sentido norte continuando con los puntos N°
45, 46, y 47 en límites del predio N° 3182001000002000446; por este límite en la
intersección con la quebrada Basto Sur y sus afluentes en los puntos N° 48, 49, 50,
51, 52, 53 por límite de los N° 3182001000001800102, N° 3182001000001800230 y
3182001000001800236 respectivamente; continuando por el costado oriental hacia
el sur con los puntos N° 54, 55, 56,57 limítrofe del predio N° 3182001000001800236;
continuando hacia el sur con los puntos N° 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65 intersección
con uno de los afluentes de la quebrada Basto Sur; de ahí continuando en el
costado oriental con los puntos N° 66 y 67 que bordean el predio N°
3181001001008500027; siguiendo con los puntos N° 68 y 69 en el predio N°
3181001001014600007; por este punto continuando con los puntos 69, 70 71, que
bordean los predios N° 3181001001014600010, N° 3181001001014600008 y N°
Página | 28
3181001001014600009; continuando con los puntos N° 72 y 73 límite del predio N°
3181001001014700003; de ahí en sentido sur con los puntos N° 74 y 75 que bordean
al predio N° 3182001000001800247; continuando con los puntos N° 76, 78, 78hasta
la intersección de la calle 47 límite de los predios N° 3181001001013400011, N°
3181001001013400015, N° 3181001001013400014, N° 3181001001013400013 y N°
3181001001013400001; por este mismo sentido bordeando el predio N°
3181001001013400001 hasta llegar al punto N° 79, intersección de la calle 46;
continuando hasta el punto N° 80 intersección de la calle 45 pasando por los
predios N° 3181001001013400017, N° 3181001001013400025, N°
3181001001013400024, N° 3181001001013400023; continuando en ese mismo sentido
hasta el punto N° 81 intersección de la calle 44, pasando por los predios N°
3181001001013400010, N° 3181001001013400009, N° 3181001001013400020, N°
3181001001013400018, N° 3181001001013400008, N° 3181001001013400007
respectivamente; continuando por la calle 44 con los puntos N° 82 y 83 bordeando
los predios N° 3181001001013400019, N° 3181001001013400006, N°
3181001001013400022, N° 3181001001013400003, N° 3181001001013400002
respectivamente; de este punto hasta la intersección de la calle 43 con el punto
N° 84 bordeando el predio N° 3182001000001700172; continuando por la calle 43
en los puntos N° 85 y 86 hasta la intersección con la fuente hídrica bordeando los
predios N° 3182001000001700127 y N° 3182001000001700126 respectivamente; de
este punto en sentido sur bordeando la vía en los puntos N° 88, 89, 90 y 91 en límite
con los predios N° 3182001000001700139, N° 3182001000001700126, N°
3182001000001700065 y N° 3182001000001700122; continuando en el costado
oriental con los puntos N° 92, 93, 94 y 95 límites del predio N° 3182001000001700062;
de ahí con los puntos N° 96 y 97 límite del predio N° 3182001000001700058;
continuando con los puntos N° 98, 99 límite del predio N° 3182001000001700053;
continuando con los puntos N° 99 al 106 intersección de la quebrada San Antonio
bordeando el predio N° 3182001000001700124; de ahí aguas arriba de afluente de
la quebrada La Mosca por los puntos N° 107 al 110 que bordean los predios N°
3182001000001700135, N° 3182001000001700157, N° 3182001000001700158, N°
3182001000001700159, N° 3182001000001700160 y N° 3182001000001700075;
continuando con los puntos N° 111 al 118 bordeando la zona de expansión San
Antonio II; continuando con los puntos N° 119 al 122 en intersección con la
quebrada La Mosca, bordeando la zona de expansión San Antonio III y los predios
N° 3181001001015100015, N° 3181001001015100016 y N° 3181001001015100013;
continuando aguas abajo por la quebrada La Mosca por los puntos N° 123 a 129
bordeando los predios N° 3182001000001401003 y N° 3182001000001400295
respectivamente; de este punto iniciado en el costado occidental hacia el norte
con los puntos N° 130 al 137 bordeando la autopista Medellín-Bogotá; por este
punto bordeando el barrio Camilo Torres en los puntos N° 138, 139, 140 y 141;
continuado por los puntos N° 142, 143, 144 que bordean la Autopista Medellín-
Bogotá; por este punto bordeando por el sector de La Brizuela en los puntos N° 146,
147, 148, 149, 150, 151, 152, 153, 154, 155, 156, 157, 158, 159, 160, 161, 162, 163, 164,
165, 166, 167, 168, 169, 170 171, 172 limitando con los predios N°
3181001001007300001, N° 3181001001007300048, N° 3181001001007300052, N°
3181001001007300053, N° 3182001000001600462, N° 3182001000001600659, N°
3182001000001600247, N° 3182001000001600339, N° 3182001000001600411, N°
3182001000001600338, N° 3182001000001600340, N° 3182001000001600374, N°
3182001000001600618, N° 3182001000001600619, N° 3182001000001600621, N°
3182001000001600622, N° 3182001000001600623, N° 3182001000001600624, N°
Página | 29
3182001000002200276, N° 3182001000002200242 respectivamente, hasta llegar al
punto N° 172 intersección de la autopista Medellín-Bogotá; por este punto hacia el
norte bordeando el límite de la autopista Medellín-Bogotá por la vereda El Salado
hasta llegar al punto N° 179; atravesando la autopista en sentido occidente oriente
por los puntos N° 180 181 en intersección con la quebrada La Mosca y la carrera
52; y desde allí hasta el punto de partida (punto N°1).
PARÁGRAFO: El perímetro urbano del municipio de Guarne está comprendido entre
las siguientes coordenadas:
PUNTO X Y PUNTO X Y
1 848268,199 1187156,914 90 849472,656 1185938,448
2 848294,645 1187172,554 91 849459,984 1185913,198
3 848320,781 1187178,267 92 849433,781 1185880,839
4 848354,172 1187179,476 93 849469,936 1185862,583
5 848399,020 1187163,822 94 849506,314 1185814,396
6 848417,727 1187169,454 95 849546,508 1185766,164
7 848422,324 1187186,224 96 849529,940 1185737,184
8 848436,195 1187159,759 97 849566,915 1185691,019
9 848464,612 1187161,900 98 849614,269 1185655,847
10 848494,258 1187180,075 99 849648,698 1185648,636
11 848550,325 1187188,762 100 849679,631 1185616,517
12 848606,076 1187193,668 101 849700,271 1185573,819
13 848616,443 1187139,392 102 849725,955 1185561,886
14 848589,401 1187126,709 103 849723,222 1185545,100
15 848627,908 1187103,435 104 849706,612 1185544,554
16 848609,177 1187076,508 105 849709,485 1185527,913
17 848588,661 1187046,573 106 849762,412 1185525,228
18 848596,503 1187041,583 107 849785,246 1185506,843
19 848587,590 1187007,073 108 849830,478 1185495,503
20 848639,213 1186931,017 109 849897,841 1185459,851
21 848689,334 1186919,731 110 849952,597 1185431,625
22 848755,146 1186915,753 111 849941,184 1185384,043
23 848805,500 1186915,664 112 849977,416 1185364,404
24 848816,601 1186909,872 113 849974,114 1185313,999
25 848821,435 1186938,869 114 849976,952 1185286,308
26 848796,861 1186952,255 115 849963,456 1185252,212
27 848811,409 1186990,398 116 849946,205 1185211,307
28 848820,661 1187022,375 117 849935,839 1185187,712
29 848831,859 1187016,771 118 849883,318 1185163,643
30 848874,501 1187097,981 119 849866,179 1185231,255
31 848930,682 1187069,758 120 849792,246 1185186,737
32 848919,360 1187048,111 121 849736,790 1185182,290
33 848895,596 1187060,481 122 849685,696 1185182,039
34 848862,527 1186999,247 123 849644,095 1185067,265
Página | 30
35 848833,653 1186942,428 124 849595,771 1184960,777
36 848821,096 1186905,553 125 849533,719 1184846,909
37 848835,224 1186848,913 126 849492,696 1184775,291
38 848831,156 1186781,602 127 849477,509 1184790,659
39 848851,798 1186748,517 128 849442,146 1184765,290
40 848884,604 1186706,099 129 849413,682 1184768,617
41 848912,778 1186652,943 130 849457,523 1184964,838
42 848925,620 1186658,729 131 849473,495 1185083,414
43 848943,175 1186622,722 132 849451,857 1185081,017
44 849023,860 1186562,732 133 849339,584 1185382,825
45 849042,539 1186594,135 134 849283,268 1185483,584
46 849154,736 1186641,469 135 849176,150 1185641,124
47 849178,243 1186777,333 136 849085,300 1185767,623
48 849242,388 1186777,080 137 848956,237 1185889,513
49 849261,994 1186756,051 138 848886,369 1185800,363
50 849324,464 1186789,790 139 848861,597 1185823,106
51 849376,990 1186753,751 140 848823,205 1185895,951
52 849365,538 1186712,637 141 848859,833 1185936,695
53 849330,921 1186658,230 142 848712,466 1185987,302
54 849353,859 1186621,478 143 848538,782 1186059,056
55 849392,743 1186564,930 144 848442,626 1186155,260
56 849411,390 1186578,602 145 848421,803 1186169,792
57 849427,938 1186551,530 146 848365,309 1186130,705
58 849353,953 1186517,062 147 848323,118 1186091,212
59 849312,033 1186486,829 148 848306,203 1186077,208
60 849286,319 1186475,394 149 848266,210 1186050,977
61 849283,503 1186438,291 150 848283,242 1185971,545
62 849225,798 1186439,576 151 848334,817 1185925,068
63 849216,498 1186409,405 152 848349,166 1185851,351
64 849231,564 1186394,138 153 848386,913 1185798,395
65 849184,111 1186376,195 154 848353,166 1185710,953
66 849217,358 1186331,725 155 848272,140 1185807,670
67 849238,280 1186340,208 156 848174,878 1185875,912
68 849249,409 1186330,506 157 848156,875 1185847,919
69 849279,509 1186350,838 158 848053,106 1185855,345
70 849326,211 1186336,476 159 848041,683 1185880,745
71 849344,143 1186362,785 160 847934,847 1185879,999
72 849362,016 1186355,181 161 847953,744 1185953,406
73 849408,723 1186357,410 162 847993,995 1185992,692
74 849438,572 1186320,774 163 848037,436 1185973,324
75 849486,663 1186258,297 164 848060,366 1185988,978
76 849404,826 1186222,732 165 848169,046 1186009,616
77 849366,298 1186251,478 166 848118,397 1186054,262
Página | 31
78 849340,135 1186240,697 167 848091,734 1186125,227
79 849345,097 1186225,878 168 848054,278 1186201,653
80 849374,577 1186174,328 169 848139,994 1186183,185
81 849386,744 1186154,399 170 848230,905 1186240,320
82 849397,543 1186169,427 171 848300,359 1186304,840
82a 849420,657 1186183,473 172 848373,651 1186330,802
82b 849431,866 1186166,720 173 848370,263 1186468,868
82c 849444,712 1186174,461 174 848351,727 1186583,048
82c 849454,922 1186162,200 175 848292,865 1186761,324
83 849459,302 1186164,844 176 848238,685 1186908,447
84 849479,229 1186133,107 177 848202,146 1186999,465
85 849453,202 1186103,536 178 848174,221 1187091,375
86 849409,070 1186073,607 179 848163,752 1187202,745
87 849426,028 1186057,981 180 848209,344 1187192,852
88 849441,603 1186016,190 181 848246,063 1187189,601
89 849481,375 1185983,340
Artículo 34. SUELO DE EXPANSIÓN URBANA: El suelo de expansión urbana del
municipio de Guarne se ajusta teniendo en cuenta las condiciones físico espaciales
relacionadas con el aspecto ambiental, amenazas y riesgos, cobertura de servicios
públicos domiciliarios, la conectividad con la actual malla urbana y el análisis
demográfico; en consecuencia se adopta como suelo de expansión urbana los
siguientes polígonos, los cuales de identifican y delimitan en el plano identificado
con el código PBOT_CG_001:
Artículo 35. DELIMITACIÓN DEL SUELO DE EXPANSIÓN URBANA: Los suelos de
expansión urbana adoptados para el municipio de Guarne se delimitan bajo las
siguientes coordenadas:
1. Polígono S1-DE-1 – Alcores:
PUNTO X Y PUNTO X Y
1 848616,44 1187139,39 42 849029,36 1187464,55
2 848606,08 1187193,67 43 849038,28 1187467,86
3 848632,87 1187219,44 44 849048,47 1187466,08
4 848662,28 1187259,14 45 849060,15 1187452,28
5 848679,01 1187292,59 46 849072,79 1187436,94
6 848684,12 1187335,93 47 849069,39 1187418,49
7 848648,53 1187372,04 48 849051,94 1187383,14
8 848619,51 1187405,64 49 849041,38 1187361,41
CODIGO NOMBRE AREA M2
S1-DE-1 Alcores 238784
S3-DE-2 La Charanga 295293
S3-DE-3 San Antonio I 67264
S4-DE-4 San Antonio II 34524
S4-DE-5 San Antonio III 34150
S4-DE-6 San Antonio IV 30592
Página | 32
9 848564,23 1187456,93 50 849031,43 1187338,44
10 848528,75 1187512,17 51 849002,54 1187323,14
11 848520,48 1187558,75 52 848979,81 1187305,89
12 848491,82 1187601,51 53 848965,93 1187274,57
13 848452,89 1187628,95 54 848962,03 1187226,65
14 848414,36 1187665,69 55 848947,32 1187193,77
15 848466,22 1187680,00 56 848931,04 1187144,20
16 848505,46 1187723,79 57 848922,90 1187117,84
17 848563,94 1187795,00 58 848902,22 1187089,14
18 848572,64 1187782,23 59 848874,52 1187097,98
19 848595,82 1187763,16 60 848852,75 1187055,79
20 848609,01 1187739,85 61 848831,86 1187016,77
21 848624,15 1187728,93 62 848820,66 1187022,37
22 848629,78 1187676,34 63 848812,94 1187008,39
23 848654,05 1187671,21 64 848812,06 1186990,05
24 848662,15 1187643,41 65 848816,28 1186987,75
25 848681,58 1187629,26 66 848796,86 1186952,26
26 848702,41 1187609,49 67 848821,44 1186938,87
27 848719,51 1187569,83 68 848816,60 1186909,87
28 848739,57 1187552,85 69 848798,50 1186916,72
29 848769,45 1187548,70 70 848755,15 1186915,75
30 848793,30 1187526,45 71 848725,45 1186915,95
31 848829,94 1187489,65 72 848689,33 1186919,73
32 848834,41 1187496,16 73 848649,16 1186925,58
33 848869,45 1187488,71 74 848625,69 1186946,86
34 848900,40 1187492,94 75 848587,59 1187007,07
35 848932,06 1187487,21 76 848587,27 1187026,13
36 848957,37 1187503,42 77 848596,50 1187041,58
37 848993,09 1187516,98 78 848588,66 1187046,57
38 849009,09 1187491,96 79 848609,20 1187076,54
39 849018,91 1187466,67 80 848627,91 1187103,44
40 849006,44 1187460,61 81 848606,44 1187114,19
41 849007,04 1187457,57 0 848589,40 1187126,71
2. Polígono S3-DE-2 – La Charanga:
PUNTO X Y PUNTO X Y
1 849379,17 1186978,98 47 849349,56 1186564,71
2 849551,28 1186759,60 48 849331,90 1186589,37
3 849632,51 1186705,88 49 849332,46 1186589,81
4 849679,72 1186636,88 50 849324,91 1186613,80
5 849661,69 1186619,09 51 849326,05 1186613,70
6 849633,95 1186620,81 52 849327,35 1186637,60
7 849596,99 1186625,82 53 849310,65 1186650,67
8 849564,53 1186550,04 54 849318,52 1186682,91
9 849550,75 1186514,83 55 849317,62 1186701,76
10 849538,83 1186484,34 56 849351,02 1186686,63
11 849520,98 1186491,56 57 849382,59 1186738,30
12 849508,98 1186471,65 58 849359,73 1186768,10
13 849495,11 1186420,99 59 849324,46 1186789,79
14 849470,32 1186422,96 60 849293,29 1186776,78
15 849446,50 1186417,27 61 849262,01 1186756,06
16 849417,53 1186421,42 62 849222,75 1186779,51
17 849394,51 1186408,19 63 849177,95 1186780,89
Página | 33
18 849376,87 1186389,73 64 849166,89 1186764,08
19 849391,47 1186375,13 65 849169,55 1186692,21
20 849408,72 1186357,41 66 849154,74 1186641,47
21 849362,02 1186355,18 67 849113,15 1186620,03
22 849344,14 1186362,78 68 849050,93 1186589,75
23 849334,93 1186352,94 69 849023,86 1186562,73
24 849325,15 1186349,04 70 849023,72 1186562,35
25 849326,21 1186336,48 71 849023,22 1186563,18
26 849302,26 1186336,90 72 848987,78 1186584,92
27 849279,41 1186337,31 73 848951,54 1186605,19
28 849279,51 1186350,84 74 848925,62 1186658,73
29 849267,49 1186350,54 75 848912,78 1186652,94
30 849267,14 1186350,84 76 848893,65 1186690,98
31 849249,41 1186330,51 77 848859,05 1186739,14
32 849238,28 1186340,21 78 848830,59 1186784,05
33 849217,37 1186331,71 79 848833,18 1186827,07
34 849205,10 1186350,74 80 848833,79 1186867,83
35 849184,11 1186376,20 81 848821,21 1186905,45
36 849231,56 1186394,14 82 848833,53 1186942,03
37 849216,50 1186409,40 83 848892,78 1186950,40
38 849226,88 1186436,57 84 848971,13 1186964,95
39 849283,50 1186438,29 85 849053,92 1186989,72
40 849281,87 1186462,90 86 849125,77 1187034,55
41 849293,61 1186476,58 87 849206,69 1187061,17
42 849324,69 1186494,05 88 849258,21 1187121,90
43 849357,92 1186516,68 89 849313,21 1187158,29
44 849386,54 1186530,33 90 849352,29 1187059,78
45 849379,37 1186542,86 91 849361,82 1187018,90
46 849363,94 1186544,40 92 849379,17 1186978,98
3. Polígono S3-DE-3 – San Antonio I:
PUNTO X Y PUNTO X Y
1 849405,04 1186222,73 22 849478,40 1185972,90
2 849441,08 1186240,24 23 849471,42 1185996,14
3 849486,85 1186257,95 24 849441,60 1186016,19
4 849510,64 1186263,02 25 849431,23 1186043,53
5 849533,61 1186251,35 26 849411,38 1186073,58
6 849557,47 1186208,60 27 849411,66 1186073,68
7 849557,51 1186194,55 28 849452,85 1186102,35
8 849590,09 1186212,61 29 849432,36 1186140,90
9 849608,14 1186185,28 30 849383,91 1186115,71
10 849630,08 1186166,13 31 849354,57 1186165,61
Página | 34
PUNTO X Y PUNTO X Y
11 849663,53 1186152,10 32 849354,55 1186165,72
12 849698,73 1186133,01 33 849332,82 1186158,97
13 849697,37 1186117,52 34 849302,62 1186198,17
14 849746,91 1186102,17 35 849277,25 1186239,17
15 849735,83 1186080,52 36 849279,27 1186255,17
16 849694,49 1186040,84 37 849285,64 1186263,52
17 849652,24 1186010,91 38 849327,29 1186280,37
18 849609,10 1185973,15 39 849358,78 1186257,31
19 849500,20 1185920,55 40 849608,70 1185985,74
20 849460,31 1185913,45 41 849548,36 1185951,76
21 849443,19 1185957,34
4. Polígono S4-DE-4 – San Antonio II:
PUNTO X Y PUNTO X Y
1 850146,95 1185338,39 24 849975,38 1185276,97
2 850126,06 1185332,28 25 849976,83 1185290,81
3 850114,86 1185317,44 26 849968,35 1185311,35
4 850093,17 1185301,93 27 849975,98 1185328,43
5 850071,98 1185286,78 28 849981,68 1185347,51
6 850054,37 1185260,46 29 849977,42 1185364,40
7 850054,11 1185260,28 30 849956,12 1185377,13
8 850028,75 1185241,38 31 849940,84 1185385,26
9 850008,06 1185227,69 32 849939,59 1185419,39
10 849989,73 1185196,34 33 849952,60 1185431,62
11 849975,91 1185179,05 34 849994,97 1185439,82
12 849949,78 1185154,66 35 850013,05 1185445,02
13 849920,53 1185150,93 36 850019,35 1185455,35
14 849899,12 1185140,29 37 850037,47 1185468,93
15 849888,07 1185134,11 38 850053,17 1185472,09
16 849883,32 1185163,60 39 850086,30 1185425,33
17 849883,32 1185163,64 40 850114,81 1185389,76
18 849938,29 1185187,42 41 850141,84 1185368,12
19 849938,09 1185209,68 42 849883,32 1185163,64
20 849948,66 1185211,02 43 849883,32 1185163,60
21 849956,30 1185228,77 44 849888,07 1185134,11
22 849951,57 1185235,71 0 850163,02 1185332,65
23 849958,99 1185254,44
5. Polígono S4-DE-5 – San Antonio III:
PUNTO X Y PUNTO X Y
Página | 35
1 849883,32 1185163,60 17 849710,00 1185044,18
2 849884,05 1185141,29 18 849673,71 1185058,03
3 849895,92 1185127,71 19 849640,67 1185068,47
4 849899,69 1185108,58 20 849640,44 1185068,55
5 849888,77 1185096,21 21 849654,45 1185083,89
6 849863,33 1185085,52 22 849663,75 1185098,29
7 849846,51 1185069,97 23 849671,28 1185122,90
8 849843,18 1185050,64 24 849679,08 1185154,98
9 849854,75 1185029,86 25 849685,70 1185182,04
10 849867,54 1185009,21 26 849705,71 1185180,26
11 849861,12 1184994,51 27 849746,08 1185182,90
12 849826,73 1184987,11 28 849792,25 1185186,74
13 849801,92 1184990,48 29 849842,51 1185216,89
14 849786,74 1185006,66 30 849866,18 1185231,25
15 849767,78 1185021,57 31 849882,16 1185195,69
16 849747,62 1185031,79
6. Polígono S4-DE-6 – San Antonio IV:
PUNTO X Y PUNTO X Y
1 850102,53 1185532,46 12 850277,51 1185356,62
2 850128,12 1185528,75 13 850255,16 1185341,59
3 850136,53 1185515,59 14 850217,90 1185332,46
4 850177,35 1185533,16 15 850174,87 1185321,32
5 850208,35 1185497,03 16 850159,26 1185333,99
6 850256,23 1185447,73 17 850143,50 1185362,23
7 850286,14 1185418,96 18 850103,02 1185406,21
8 850310,54 1185394,75 19 850077,62 1185442,09
9 850326,55 1185380,77 20 850058,40 1185473,30
10 850311,71 1185361,47 21 850079,87 1185484,46
11 850293,07 1185373,75 22 850095,84 1185506,24
Artículo 36. CONSIDERACIONES PARA EL DESARROLLO DE LOS SUELOS DE
EXPANSIÓN: El desarrollo de las áreas que conforman el suelo de expansión urbana,
sólo podrá realizarse mediante la formulación y adopción del respectivo plan
parcial.
Los predios ubicados en los suelos de expansión se entenderán incorporados al
suelo urbano cuando acrediten la calidad de áreas urbanizadas de conformidad
con lo dispuesto en el Artículo 31 del Decreto Nacional 2181 de 2006, o la norma
que lo modifique o sustituya.
En aplicación del Decreto Nacional 2181 de 2006, artículo 29 inciso segundo,
mientras no se aprueben los respectivo Planes Parciales, en las zonas de expansión
Página | 36
urbana sólo se permitirán desarrollos de usos agrícolas y forestales. De ninguna
manera se permitirá el desarrollo de parcelaciones para vivienda campestre.
Artículo 37. SUELO RURAL: De conformidad con el artículo 33 de la Ley 388 de 1997,
“constituyen esta categoría los terrenos no aptos para el uso urbano, por razones
de oportunidad, o por su destinación a usos agrícolas, ganaderos, forestales, de
explotación de recursos naturales y actividades análogas”. El Decreto 3600 de 2007
amplió las determinantes para el ordenamiento del suelo rural y desarrollo dos
categorías para su ordenamiento que corresponde a la categoría de protección y
a la categoría de desarrollo restringido.
Artículo 38. CATEGORÍAS DEL SUELO RURAL: En concordancia con el Decreto 3600
de 2007, se identifican, para el suelo rural, las categorías de Protección y la
categoría de Desarrollo Restringido; y en concordancia con el Acuerdo 250 de 2011
expedido por Cornare se identifican las áreas de protección.
1. CATEGORÍA DE PROTECCIÓN: Pertenecen a esta categoría las áreas de
conservación y protección ambiental que a su vez hacen parte del Sistema
natural y ambiental; las áreas de amenaza y riesgo que hacen parte del sistema
de amenaza natural y antrópica; las áreas del sistema de servicios públicos, que
corresponde al sistema de servicios públicos; las áreas para la producción
agrícola y ganadera y de explotación de los recursos naturales. Las áreas e
inmuebles considerados como patrimonio cultural hacen parte del sistema de
patrimonio, y se desarrollan en el capítulo correspondiente, ya que estos deben
ser declarados como BIC y para ellos se debe surtir el proceso de declaratoria.
En los planos identificados con los códigos PBOT_CG_002 y PBOT_CG_006 se
identifican y delimitan las áreas que pertenecen a la categoría de protección.
2. CATEGORIA DE DESARROLLO RESTRINGIDO: Pertenecen a esta categoría los
suelos suburbanos, las áreas de vivienda campestre, los centros poblados y las
áreas para la localización de equipamientos, estos últimos a su vez, hacen parte
del sistema de equipamientos, que se articula al sistema de espacio público.
Las áreas del suelo rural del municipio de Guarne definidas bajo esta categoría
de suelo se definen y delimitan en el plano identificado con el código
PBOT_CG_011.
SECCIÓN 1
CATEGORÍA DE PROTECCIÓN EN SUELO RURAL
Artículo 39. AREAS DE CONSERVACIÓN Y PROTECCIÓN AMBIENTAL: Incluye las
áreas que deben ser objeto de especial protección ambiental de acuerdo con la
legislación vigente y las que hacen parte de la estructura ecológica principal, que
conforman a su vez el Sistema estructurante natural y ambiental del municipio,
identificadas, definidas y delimitadas en el capítulo correspondiente a Los Sistemas
Estructurantes:
1. Las áreas del sistema nacional de áreas protegidas:
a. Del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP): Reserva Forestal Protectora
Nacional del Nare.
Página | 37
2. Las áreas de protección del Acuerdo 250 de 2011:
1. Las áreas estratégicas para protección ambiental definidas en los POMCAS.
2. La zonas de alto riesgo de desastres.
3. Cobertura de bosque natural en sus diferentes grados de intervención y bosque
natural secundario.
4. Las rondas hídricas de las corrientes de agua y nacimientos.
5. La áreas o predios con pendientes mayores al 75%.
PARÁGRAFO: Estas áreas de identifican y delimitan en el plano con código
PBOT_CG_003 el cual hace parte integral del presente Acuerdo.
Artículo 40. AREAS PARA LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA Y GANADERA Y DE
EXPLOTACIÓN DE RECURSOS NATURALES: Incluye los terrenos que deban ser
mantenidos y preservados por su destinación a usos agrícolas, ganaderos,
forestales o de explotación de recursos naturales. De conformidad con lo dispuesto
en el parágrafo del artículo 3° del Decreto 097 de 2006, en estos terrenos no podrán
autorizarse actuaciones urbanísticas de subdivisión, parcelación o edificación de
inmuebles que impliquen la alteración o transformación de su uso actual. Dentro
de esta categoría se incluirán, entre otros, y de conformidad con lo previsto en el
artículo 54 del Decreto-ley 1333 de 1986, los suelos que según la clasificación del
Instituto Geográfico Agustín Codazzi, IGAC, pertenezcan a las clases I, II y III, ni
aquellos correspondientes a otras clases agrológicas, que sean necesarias para la
conservación de los recursos de aguas, control de procesos erosivos y zonas de
protección forestal.
PARÁGRAFO: Estas áreas de identifican y delimitan en el plano con código
PBOT_CG_010 el cual hace parte integral del presente Acuerdo.
SECCIÓN 2
CATEGORÍAS DE DESARROLLO RESTRINGIDO EN SUELO RURAL
Artículo 41. SUELO RURAL SUBURBANO:Constituyen esta categoría las áreas
ubicadas dentro del suelo rural, en las que se mezclan los usos del suelo y las formas
de vida del campo y la ciudad, diferentes a las clasificadas como áreas de
expansión urbana, que pueden ser objeto de desarrollo con restricciones de uso,
de intensidad y de densidad, garantizando el autoabastecimiento en servicios
públicos domiciliarios, de conformidad con lo establecido en la Ley 99 de 1993 y en
la Ley 142 de 1994. Podrán formar parte de esta categoría los suelos
correspondientes a los corredores urbanos interregionales.
En concordancia con el modelo de ocupación adoptado para el municipio de
Guarne, para los suelos suburbanos se adoptan dos subcategorías que
corresponden a Corredores Suburbanos y Zonas Suburbanas; cada corredor y
cada zona se regula de manera independiente y se describen en el componente
rural del presente Acuerdo y se identifican y delimitan en el plano con código
PBOT_CG_011
Página | 38
Artículo 42. ÁREAS DE VIVIENDA CAMPESTRE: Su finalidad es concentrar la vivienda
campestre en áreas específicas del territorio para evitar su dispersión manera
desarticulada y desorganizada, restringir la suburbanización del suelo rural, y disminuir
la subdivisión y la presión sobre los suelos de protección ambiental y de protección
para la producción. Son áreas donde se presenta una presión por el cambio de usos
agrícolas a usos urbanos, donde los usos urbanos son más rentables que los usos
agrarios, donde la valorización del suelo es tan alta, que revertir la tendencia y volver
a los usos agrarios es prácticamente imposible, o donde el paisaje rural se convierte
en el mayor atributo para desarrollar proyectos urbanísticos turísticos o residenciales
que apoyan y complementan los usos agrarios, como ocurre con las áreas de
parcelación no tradicional y condominio no tradicional.
Las áreas de vivienda campestre, requerirán de la formulación de un esquema rural
vial, como condición previa para su desarrollo. Hasta tanto el municipio no adopte
el plan vial, todo tramite de licencia urbanística en la modalidad de parcelación,
deberá presentar un estudio de movilidad para el área del proyecto y de su área de
influencia, con el fin de garantizar la movilidad en la zona. Se exceptúa de esta
obligación, las áreas que se limiten y accedan directamente con una vía de primer
o segundo orden.
Se establecen para el municipio de Guarne dos subcategorías que corresponde a
las áreas de vivienda campestre tradicional y a las áreas de vivienda campestre no
tradicional, de acuerdo a la modalidad de parcelación, que se desarrollan en el
Componente Rural del presente Acuerdo y se identifican y delimitan en el plano con
PBOT_CG_011.
Artículo 43. ÁREAS PARA LA LOCALIZACIÓN DE EQUIPAMIENTOS:Las áreas para la
localización de equipamientos hacen parte del Sistema de Infraestructura
Complementaria, que a su vez se articula al Sistema de Espacio Público,
identificadas en el siguiente Capítulo correspondiente a los Sistemas Estructurantes.
Artículo 44. CENTROS POBLADOS RURALES: Los centro poblados rurales, hacen
parte de la Red de Centros Poblados Rurales, propuesta que se desarrolló a través
del Proyecto de Simultaneidad en el año 2000; para el municipio de Guarne se
identifican y delimitan los siguientes centros poblados rurales, tal como se indica en
el plano con código PBOT_CG_011.
1. Chaparral: 89,66 Has.
2. San Ignacio: 34,82 Has.
CAPÍTULO 2
SISTEMAS ESTRUCTURANTES
SECCIÓN 1
SISTEMA ESTRUCTURANTE NATURAL Y AMBIENTAL
Artículo 45. ESTRUCTURA ECOLOGICA PRINCIPAL: Corresponde al conjunto de
elementos bióticos y abióticos que dan sustento a los procesos ecológicos
esenciales del territorio, cuya finalidad principal es la preservación, conservación,
Página | 39
restauración, uso y manejo sostenible de los recursos naturales renovables, los
cuales brindan la capacidad de soporte para el desarrollo socioeconómico de las
poblaciones.
La Estructura Ecológica Principal es el eje natural estructural del Ordenamiento
Territorial Municipal y la base ambiental que soporta el territorio; contiene los
principales elementos naturales y construidos que dan sustento a los procesos
ecológicos principales y determinan la oferta ambiental del territorio, a partir de la
cual se articulan los sistemas urbanos y rurales. La finalidad de los elementos
naturales y construidos son la protección, conservación, restauración, uso y manejo
sostenible de los recursos naturales.
La estructura ecológica principal se sustenta en los sistemas hidrográfico, orográfico
y en los ecosistemas estratégicos, está conformada por el Sistema Nacional,
Regional o Municipal de Áreas Protegidas y sus componentes; el sistema de espacio
público (parques rurales y áreas verdes constituidas como espacio público), las
áreas de interés ambiental; los suelos de protección ambiental; las áreas de
especial importancia ecosistémica, los ecosistemas estratégicos; y los corredores
ecológicos (O red ecológica), que corresponden a los retiros de la red hídrica
(rondas hídricas y nacimientos), y las zonas de amortiguación. La red de zonas y
corredores que conforman la Estructura Ecológica Principal son de dimensiones y
naturaleza diversa, para que la Estructura Ecológica Principal funcione
adecuadamente, todos sus elementos deben estar conectados, para garantizar la
continuidad de los procesos ecológicos esenciales.
Los corredores ecológicos son una estrategia de conservación, protección y
mantenimiento de la biodiversidad que permite conectar e integrar los elementos
o nodos de la Estructura Ecológica Principal, ya que muchas de las zonas
protegidas se encuentran aisladas y rodeadas por áreas modificadas e
intervenidas por el hombre. Es una franja de conectividad entre áreas protegidas
con una biodiversidad importante con el fin de contrarrestar la fragmentación de
los hábitats. Pretende unir espacios con paisajes, ecosistemas y hábitats naturales
o modificados, que facilitan el mantenimiento de la diversidad biológica y los
procesos ecológicos, facilitando la migración, y la dispersión de especies de flora y
fauna silvestres. Estas áreas se integran a través de elementos del paisaje que por
su estructural lineal y continua permiten conectar funcionalmente los hábitats y
ecosistemas naturales estratégicos, garantizando la migración de las poblaciones
de flora y fauna, y su dispersión e intercambio genético. Estos elementos son los
retiros de la red hídrica (rondas hídricas y nacimientos), las zonas de amortiguación
y los corredores ambientales que se requieran incorporar con el fin de conectar las
áreas aisladas. Los corredores ecológicos contribuyen a la consolidación de la
Estructura Ecológica Principal.
La red de nodos y corredores que conforman la Estructura Ecológica Principal son
de dimensiones y naturaleza diversa, para que la Estructura Ecológica Principal
funcione adecuadamente y garantice la continuidad de los procesos ecológicos
esenciales, todos sus elementos deben estar conectados.
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)
Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Normas técnicas de construcción
Normas técnicas de construcciónNormas técnicas de construcción
Normas técnicas de construcción
betinco
 
Morfología Urbana
Morfología UrbanaMorfología Urbana
Morfología Urbana
Sira Sancho
 
Borde Urbano: una vulnerabilidad Territorial Permanente
Borde Urbano: una vulnerabilidad Territorial PermanenteBorde Urbano: una vulnerabilidad Territorial Permanente
Borde Urbano: una vulnerabilidad Territorial Permanente
OrlandoCossa1
 
Expediente urbano 1
Expediente urbano 1Expediente urbano 1
Expediente urbano 1
poulapaz
 
Resumen plan renovacion manzanares
Resumen plan renovacion manzanaresResumen plan renovacion manzanares
Resumen plan renovacion manzanares
leiramanuel
 
Habilitacion urbana arquitectonica
Habilitacion urbana arquitectonicaHabilitacion urbana arquitectonica
Habilitacion urbana arquitectonica
Lucero Luna
 

La actualidad más candente (20)

Teoría General de la Urbanización - Ildefonso Cerdá
Teoría General de la Urbanización - Ildefonso CerdáTeoría General de la Urbanización - Ildefonso Cerdá
Teoría General de la Urbanización - Ildefonso Cerdá
 
Normas técnicas de construcción
Normas técnicas de construcciónNormas técnicas de construcción
Normas técnicas de construcción
 
Morfología Urbana
Morfología UrbanaMorfología Urbana
Morfología Urbana
 
Cartilla unidad 5 fases y contenido de la revisión y ajuste del POT
Cartilla unidad 5 fases y contenido de la  revisión y ajuste del POTCartilla unidad 5 fases y contenido de la  revisión y ajuste del POT
Cartilla unidad 5 fases y contenido de la revisión y ajuste del POT
 
Planmaestroversionabrev
PlanmaestroversionabrevPlanmaestroversionabrev
Planmaestroversionabrev
 
Borde Urbano: una vulnerabilidad Territorial Permanente
Borde Urbano: una vulnerabilidad Territorial PermanenteBorde Urbano: una vulnerabilidad Territorial Permanente
Borde Urbano: una vulnerabilidad Territorial Permanente
 
proyecto de integración de parque urbano, tesis de licenciatura
proyecto de integración de parque urbano, tesis de licenciaturaproyecto de integración de parque urbano, tesis de licenciatura
proyecto de integración de parque urbano, tesis de licenciatura
 
Planificación y Gestión Urbana - Unidad 1 (Parte 1)
Planificación y Gestión Urbana - Unidad 1 (Parte 1)Planificación y Gestión Urbana - Unidad 1 (Parte 1)
Planificación y Gestión Urbana - Unidad 1 (Parte 1)
 
Fundamentos del urbanismo
Fundamentos del urbanismoFundamentos del urbanismo
Fundamentos del urbanismo
 
Concepto generador
Concepto generadorConcepto generador
Concepto generador
 
Elementos urbanos
Elementos urbanosElementos urbanos
Elementos urbanos
 
Expediente urbano 1
Expediente urbano 1Expediente urbano 1
Expediente urbano 1
 
Resumen plan renovacion manzanares
Resumen plan renovacion manzanaresResumen plan renovacion manzanares
Resumen plan renovacion manzanares
 
Regulación Urbana
Regulación UrbanaRegulación Urbana
Regulación Urbana
 
Parques presentacion
Parques presentacionParques presentacion
Parques presentacion
 
Habilitacion urbana arquitectonica
Habilitacion urbana arquitectonicaHabilitacion urbana arquitectonica
Habilitacion urbana arquitectonica
 
Seminario de urbanismo trama urbana - monografia final
Seminario de urbanismo   trama urbana - monografia finalSeminario de urbanismo   trama urbana - monografia final
Seminario de urbanismo trama urbana - monografia final
 
Reporte: Ciudades para un pequeño planeta de Richard Rogers
Reporte: Ciudades para un pequeño planeta de Richard RogersReporte: Ciudades para un pequeño planeta de Richard Rogers
Reporte: Ciudades para un pequeño planeta de Richard Rogers
 
Usos Comerciales y Complementarios
Usos Comerciales y ComplementariosUsos Comerciales y Complementarios
Usos Comerciales y Complementarios
 
Tesis confort lumínico - Karla Aliaga Atencio
Tesis confort lumínico - Karla Aliaga AtencioTesis confort lumínico - Karla Aliaga Atencio
Tesis confort lumínico - Karla Aliaga Atencio
 

Similar a Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)

El carmen proyecto de acuerdo
El carmen proyecto de acuerdoEl carmen proyecto de acuerdo
El carmen proyecto de acuerdo
prensicluth
 
Presentación Director Planeación Cali Leon Dario Muñoz sobre Marco Jurídico P...
Presentación Director Planeación Cali Leon Dario Muñoz sobre Marco Jurídico P...Presentación Director Planeación Cali Leon Dario Muñoz sobre Marco Jurídico P...
Presentación Director Planeación Cali Leon Dario Muñoz sobre Marco Jurídico P...
Michel Maya
 
Presentación p.o.t. planeación municipal
Presentación p.o.t.   planeación municipalPresentación p.o.t.   planeación municipal
Presentación p.o.t. planeación municipal
Michel Maya
 
08 octava sesion clase
08 octava sesion clase08 octava sesion clase
08 octava sesion clase
Monica Camargo
 

Similar a Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo) (20)

4. Ley de POT.pptx
4. Ley de POT.pptx4. Ley de POT.pptx
4. Ley de POT.pptx
 
Ordenenamiento territorial ejemplo
Ordenenamiento territorial ejemploOrdenenamiento territorial ejemplo
Ordenenamiento territorial ejemplo
 
UTP-PLANEAMIENTO TERRITORIAL-DECRETO SUPREMO QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ACO...
UTP-PLANEAMIENTO TERRITORIAL-DECRETO SUPREMO QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ACO...UTP-PLANEAMIENTO TERRITORIAL-DECRETO SUPREMO QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ACO...
UTP-PLANEAMIENTO TERRITORIAL-DECRETO SUPREMO QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ACO...
 
G-03-S2-DECRETO SUPREMO
G-03-S2-DECRETO SUPREMOG-03-S2-DECRETO SUPREMO
G-03-S2-DECRETO SUPREMO
 
UTP-Análisis Decreto Vivienda Construcción y Saneamiento
UTP-Análisis Decreto Vivienda Construcción y SaneamientoUTP-Análisis Decreto Vivienda Construcción y Saneamiento
UTP-Análisis Decreto Vivienda Construcción y Saneamiento
 
Pot sogamoso
Pot sogamosoPot sogamoso
Pot sogamoso
 
El carmen proyecto de acuerdo
El carmen proyecto de acuerdoEl carmen proyecto de acuerdo
El carmen proyecto de acuerdo
 
Presentación Director Planeación Cali Leon Dario Muñoz sobre Marco Jurídico P...
Presentación Director Planeación Cali Leon Dario Muñoz sobre Marco Jurídico P...Presentación Director Planeación Cali Leon Dario Muñoz sobre Marco Jurídico P...
Presentación Director Planeación Cali Leon Dario Muñoz sobre Marco Jurídico P...
 
COMPONENTES AMBIENTALES PRESENTES EN LA LEY 388 DE 1997.pdf
COMPONENTES AMBIENTALES PRESENTES EN LA LEY 388 DE 1997.pdfCOMPONENTES AMBIENTALES PRESENTES EN LA LEY 388 DE 1997.pdf
COMPONENTES AMBIENTALES PRESENTES EN LA LEY 388 DE 1997.pdf
 
Manual legal de construcción en Colombia 2018
Manual legal de construcción en Colombia 2018Manual legal de construcción en Colombia 2018
Manual legal de construcción en Colombia 2018
 
Presentación p.o.t. planeación municipal
Presentación p.o.t.   planeación municipalPresentación p.o.t.   planeación municipal
Presentación p.o.t. planeación municipal
 
Ley 388 de 1997 ordenamiento territorial
Ley 388 de 1997 ordenamiento territorialLey 388 de 1997 ordenamiento territorial
Ley 388 de 1997 ordenamiento territorial
 
Eot acuerdo mpal agost -24
Eot  acuerdo mpal agost -24Eot  acuerdo mpal agost -24
Eot acuerdo mpal agost -24
 
6.1. PDU REGLAMENTO 2013-2023.pdf
6.1. PDU REGLAMENTO 2013-2023.pdf6.1. PDU REGLAMENTO 2013-2023.pdf
6.1. PDU REGLAMENTO 2013-2023.pdf
 
Revision-y-Actualizacion-POT-POD-2021.pdf
Revision-y-Actualizacion-POT-POD-2021.pdfRevision-y-Actualizacion-POT-POD-2021.pdf
Revision-y-Actualizacion-POT-POD-2021.pdf
 
PDU CUSCO.pdf
PDU CUSCO.pdfPDU CUSCO.pdf
PDU CUSCO.pdf
 
Decreto 190 de_2004
Decreto 190 de_2004Decreto 190 de_2004
Decreto 190 de_2004
 
Planeamientp integral
Planeamientp integralPlaneamientp integral
Planeamientp integral
 
08 octava sesion clase
08 octava sesion clase08 octava sesion clase
08 octava sesion clase
 
5. Minvivienda seminario ciudades saludables 2
5. Minvivienda seminario ciudades saludables 25. Minvivienda seminario ciudades saludables 2
5. Minvivienda seminario ciudades saludables 2
 

Más de Concejo Municipal de Guarne

Más de Concejo Municipal de Guarne (20)

Informe de Gestión Inder Guarne 2015
Informe de Gestión Inder Guarne 2015Informe de Gestión Inder Guarne 2015
Informe de Gestión Inder Guarne 2015
 
Empresa de Servicios Públicos Informe de gestión 2012 2015
Empresa de Servicios Públicos Informe de gestión 2012 2015Empresa de Servicios Públicos Informe de gestión 2012 2015
Empresa de Servicios Públicos Informe de gestión 2012 2015
 
Informe Gestión Secretaría de Planeación Guarne
Informe Gestión Secretaría de Planeación GuarneInforme Gestión Secretaría de Planeación Guarne
Informe Gestión Secretaría de Planeación Guarne
 
Oficina de Prospectiva Municipio de Guarne 2015
Oficina de Prospectiva Municipio de Guarne 2015Oficina de Prospectiva Municipio de Guarne 2015
Oficina de Prospectiva Municipio de Guarne 2015
 
Informe Bomberos Oficiales Guarne 2015 (1)
Informe Bomberos Oficiales Guarne 2015 (1)Informe Bomberos Oficiales Guarne 2015 (1)
Informe Bomberos Oficiales Guarne 2015 (1)
 
Informe Comisaría de Familia Guarne 2015
Informe Comisaría de Familia Guarne 2015Informe Comisaría de Familia Guarne 2015
Informe Comisaría de Familia Guarne 2015
 
Informe Inspección de Transito Guarne 2015
Informe Inspección de Transito Guarne 2015Informe Inspección de Transito Guarne 2015
Informe Inspección de Transito Guarne 2015
 
Informe Secretaria Gobierno 2015 (1)
Informe Secretaria Gobierno 2015 (1)Informe Secretaria Gobierno 2015 (1)
Informe Secretaria Gobierno 2015 (1)
 
Informe de gestión Secretaria de Educación
Informe de gestión Secretaria de EducaciónInforme de gestión Secretaria de Educación
Informe de gestión Secretaria de Educación
 
Equidad de Genero y Salud Mental
Equidad de Genero y Salud MentalEquidad de Genero y Salud Mental
Equidad de Genero y Salud Mental
 
Plastextil presentación corporativa 2015 ext
Plastextil presentación corporativa 2015 extPlastextil presentación corporativa 2015 ext
Plastextil presentación corporativa 2015 ext
 
Hogar Juvenil Campesino Guarne
Hogar Juvenil Campesino GuarneHogar Juvenil Campesino Guarne
Hogar Juvenil Campesino Guarne
 
Historia Euroceramica
Historia EuroceramicaHistoria Euroceramica
Historia Euroceramica
 
Presentación Corpaul 2015
Presentación Corpaul 2015   Presentación Corpaul 2015
Presentación Corpaul 2015
 
Propuesta de paisaje parque principal de Guarne
Propuesta de paisaje parque principal de GuarnePropuesta de paisaje parque principal de Guarne
Propuesta de paisaje parque principal de Guarne
 
Informe Personeria de Guarne marzo de 2014 a febrero 2015
Informe Personeria de Guarne marzo de 2014 a febrero 2015 Informe Personeria de Guarne marzo de 2014 a febrero 2015
Informe Personeria de Guarne marzo de 2014 a febrero 2015
 
Proyectodeacuerdo02 de2015bienes
Proyectodeacuerdo02 de2015bienesProyectodeacuerdo02 de2015bienes
Proyectodeacuerdo02 de2015bienes
 
Informe de Gestión Secretario Obras Publicas Guarne
Informe de Gestión Secretario Obras Publicas GuarneInforme de Gestión Secretario Obras Publicas Guarne
Informe de Gestión Secretario Obras Publicas Guarne
 
Secretaria de Desarrollo Económico Sostenible
Secretaria de Desarrollo Económico SostenibleSecretaria de Desarrollo Económico Sostenible
Secretaria de Desarrollo Económico Sostenible
 
Informe de gestion secretaria de hacienda 2014
Informe de gestion secretaria de hacienda 2014Informe de gestion secretaria de hacienda 2014
Informe de gestion secretaria de hacienda 2014
 

Último

COMO ANALIZAR LA COYUNTURA 2024 ANALISIS ECONOMICO Y POLITICO.pdf
COMO ANALIZAR LA COYUNTURA 2024 ANALISIS ECONOMICO Y POLITICO.pdfCOMO ANALIZAR LA COYUNTURA 2024 ANALISIS ECONOMICO Y POLITICO.pdf
COMO ANALIZAR LA COYUNTURA 2024 ANALISIS ECONOMICO Y POLITICO.pdf
MilkyWive
 
EXPOSICIÓN ANTE LOS COMANDANTES DE ZONA Y GRANDES UNIDADES_NUEVAS.pptx
EXPOSICIÓN ANTE LOS COMANDANTES DE ZONA Y GRANDES UNIDADES_NUEVAS.pptxEXPOSICIÓN ANTE LOS COMANDANTES DE ZONA Y GRANDES UNIDADES_NUEVAS.pptx
EXPOSICIÓN ANTE LOS COMANDANTES DE ZONA Y GRANDES UNIDADES_NUEVAS.pptx
lider141001
 
TEMARIO 2023 DE HISTORIA DE ESPAÑA-TEMAS IMÁGENES (1).docx
TEMARIO 2023 DE HISTORIA DE ESPAÑA-TEMAS IMÁGENES  (1).docxTEMARIO 2023 DE HISTORIA DE ESPAÑA-TEMAS IMÁGENES  (1).docx
TEMARIO 2023 DE HISTORIA DE ESPAÑA-TEMAS IMÁGENES (1).docx
BeatrizMateosLara
 

Último (19)

COMO ANALIZAR LA COYUNTURA 2024 ANALISIS ECONOMICO Y POLITICO.pdf
COMO ANALIZAR LA COYUNTURA 2024 ANALISIS ECONOMICO Y POLITICO.pdfCOMO ANALIZAR LA COYUNTURA 2024 ANALISIS ECONOMICO Y POLITICO.pdf
COMO ANALIZAR LA COYUNTURA 2024 ANALISIS ECONOMICO Y POLITICO.pdf
 
EXPOSICIÓN ANTE LOS COMANDANTES DE ZONA Y GRANDES UNIDADES_NUEVAS.pptx
EXPOSICIÓN ANTE LOS COMANDANTES DE ZONA Y GRANDES UNIDADES_NUEVAS.pptxEXPOSICIÓN ANTE LOS COMANDANTES DE ZONA Y GRANDES UNIDADES_NUEVAS.pptx
EXPOSICIÓN ANTE LOS COMANDANTES DE ZONA Y GRANDES UNIDADES_NUEVAS.pptx
 
Constitucion y derechos humanos sesion 1.pptx
Constitucion y derechos humanos sesion 1.pptxConstitucion y derechos humanos sesion 1.pptx
Constitucion y derechos humanos sesion 1.pptx
 
HACIEDA MUNICIPAL 1ER TRIMESTRE 2024.pdf
HACIEDA MUNICIPAL 1ER TRIMESTRE 2024.pdfHACIEDA MUNICIPAL 1ER TRIMESTRE 2024.pdf
HACIEDA MUNICIPAL 1ER TRIMESTRE 2024.pdf
 
¿Cuáles son los desafíos que enfrentan los periodistas al investigar sobre el...
¿Cuáles son los desafíos que enfrentan los periodistas al investigar sobre el...¿Cuáles son los desafíos que enfrentan los periodistas al investigar sobre el...
¿Cuáles son los desafíos que enfrentan los periodistas al investigar sobre el...
 
Mapa Mental Edad media y evolución de la ciudadanía
Mapa Mental Edad media y evolución de la ciudadaníaMapa Mental Edad media y evolución de la ciudadanía
Mapa Mental Edad media y evolución de la ciudadanía
 
PROTOCOLO DE RESPUESTA PARA LLAMADAS DE EMERGENCIA AL 911.docx
PROTOCOLO DE RESPUESTA PARA LLAMADAS DE EMERGENCIA AL 911.docxPROTOCOLO DE RESPUESTA PARA LLAMADAS DE EMERGENCIA AL 911.docx
PROTOCOLO DE RESPUESTA PARA LLAMADAS DE EMERGENCIA AL 911.docx
 
Contrataciones del Estado, Administración Pública
Contrataciones del Estado, Administración PúblicaContrataciones del Estado, Administración Pública
Contrataciones del Estado, Administración Pública
 
Radar de algoritmos de IA y procesos de decisión automatizada para el acceso ...
Radar de algoritmos de IA y procesos de decisión automatizada para el acceso ...Radar de algoritmos de IA y procesos de decisión automatizada para el acceso ...
Radar de algoritmos de IA y procesos de decisión automatizada para el acceso ...
 
110º ANIVERSARIO DE CITY BELL: CELEBRACIÓN INTEGRADORA PARA LA COMUNIDAD
110º ANIVERSARIO DE CITY BELL: CELEBRACIÓN INTEGRADORA PARA LA COMUNIDAD110º ANIVERSARIO DE CITY BELL: CELEBRACIÓN INTEGRADORA PARA LA COMUNIDAD
110º ANIVERSARIO DE CITY BELL: CELEBRACIÓN INTEGRADORA PARA LA COMUNIDAD
 
Club Rotario Cartago - Revista 04-2024.pdf
Club Rotario Cartago - Revista 04-2024.pdfClub Rotario Cartago - Revista 04-2024.pdf
Club Rotario Cartago - Revista 04-2024.pdf
 
MAPA DE JILOTEPEC SECTORIAL DIVIDIDO POR SECTORES
MAPA DE JILOTEPEC SECTORIAL DIVIDIDO POR SECTORESMAPA DE JILOTEPEC SECTORIAL DIVIDIDO POR SECTORES
MAPA DE JILOTEPEC SECTORIAL DIVIDIDO POR SECTORES
 
Decreto Ejecutivo 255 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo
Decreto Ejecutivo 255 Reglamento de Seguridad y Salud en el TrabajoDecreto Ejecutivo 255 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo
Decreto Ejecutivo 255 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo
 
TEMARIO 2023 DE HISTORIA DE ESPAÑA-TEMAS IMÁGENES (1).docx
TEMARIO 2023 DE HISTORIA DE ESPAÑA-TEMAS IMÁGENES  (1).docxTEMARIO 2023 DE HISTORIA DE ESPAÑA-TEMAS IMÁGENES  (1).docx
TEMARIO 2023 DE HISTORIA DE ESPAÑA-TEMAS IMÁGENES (1).docx
 
PRESENTACION Plan de Desarrollo Municipal 2024-2027 AL CTP.pptx
PRESENTACION Plan de Desarrollo Municipal 2024-2027 AL CTP.pptxPRESENTACION Plan de Desarrollo Municipal 2024-2027 AL CTP.pptx
PRESENTACION Plan de Desarrollo Municipal 2024-2027 AL CTP.pptx
 
005. - Curso de modernización del Estado 2024.pdf
005. - Curso de modernización del Estado 2024.pdf005. - Curso de modernización del Estado 2024.pdf
005. - Curso de modernización del Estado 2024.pdf
 
2023 - HOSTIGAMIENTO SEXUAL - DIAPOSITIVAS.ppt
2023 - HOSTIGAMIENTO SEXUAL   - DIAPOSITIVAS.ppt2023 - HOSTIGAMIENTO SEXUAL   - DIAPOSITIVAS.ppt
2023 - HOSTIGAMIENTO SEXUAL - DIAPOSITIVAS.ppt
 
SEGUNDO PISO UN ABISMO. RAZONES PARA NO VOTAR POR MORENA
SEGUNDO PISO UN ABISMO. RAZONES PARA NO VOTAR POR MORENASEGUNDO PISO UN ABISMO. RAZONES PARA NO VOTAR POR MORENA
SEGUNDO PISO UN ABISMO. RAZONES PARA NO VOTAR POR MORENA
 
el nuevo sistema de salud latinoamerica.pptx
el nuevo sistema de salud latinoamerica.pptxel nuevo sistema de salud latinoamerica.pptx
el nuevo sistema de salud latinoamerica.pptx
 

Proyecto de A. Revisión y Ajuste PBOT Guarne (2) (listo)

  • 1. Página | 1 PROYECTO DE ACUERDO No. ______ POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA LA REVISIÓN Y AJUSTE DEL PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE GUARNE - ANTIOQUIA EL HONORABLE CONCEJO DEL MUNICIPIO DE GUARNE, ANTIOQUIA En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Artículo 313 numerales 1, 2, 7, 9 y 10 de la Constitución Política, Artículos 41 y siguientes de la Ley 152 de 1994, Artículo 3 numeral 2 y Artículos 32 y siguientes de la Ley 136 de 1994, la Ley 388 de 1997, la Ley 1523 de 2012, el Decreto Ley 019 de 2012, los Decretos Nacionales 879 de 1998, 4002 de 2004, 097 de 2006 y3600 de 2007, y demás normas reglamentarias. ACUERDA PRIMERA PARTE DISPOSICIONES PRELIMINARES TITULO I ASPECTOS GENERALES Artículo 1. ADOPCIÓN DE LA REVISIÓN Y AJUSTE AL PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL. Conforme a lo dispuesto por la Ley 388 de 1997, los Decretos Nacionales 879 de 1998 y 4002 de 2004, adóptese para el Municipio de Guarne el presente Acuerdo que contiene la revisión y ajuste del Plan Básico de Ordenamiento Territorial, Acuerdo 061 de 2000 y la integración normativa de los Acuerdos 035 de 2007 y 071 de 2010. Artículo 2. ADOPCIÓN DE LOS DOCUMENTOS TÉCNICOS COMPLEMENTARIOS Y LA CARTOGRAFÍA.Hacen parte integrante del presente Acuerdo, los documentos “Memoria Justificativa”, “Evaluación, Seguimiento y Diagnostico”, el “Documento Técnico de Soporte” con sus mapas y anexos (Estudio de Amenaza, Vulnerabilidad y Riesgo; Estudio Usos del Suelo Industrial), y el presente articulado. PARÁGRAFO.Adóptense los siguientes planos de diagnóstico y formulación correspondientes a la presente revisión y ajuste del Plan Básico de Ordenamiento Territorial, los cuales complementan y/o modifican los adoptados mediante los Acuerdos Municipales 061 de 2000, 035 de 2007 y 071 de 2010: 1. MAPAS DE DIAGNÓSTICO NUM. NOMBRE 1 D_Acuerdo_250_2011_Cornare 2 D_Acuerdo_251_2011_Cornare 3 D_Acuerdo202_2008_cornare 4 D_Amenaza y Riesgo 5 D_Coberturas
  • 2. Página | 2 6 D_Pendientes 7 D_R_Avenidas_Torrenciales 8 D_Subdivisión Predial 9 D_Cuencas 10 D_Geomorfología 11 D_R_Inundación 12 D_Títulos Mineros 13 D_R_Movimiento_Masa 14 D_Subcuencas 15 D_Zonas_Vida 2. MAPAS DE FORMULACIÓN: a. Componente General CODIGO NOMBRE CG_001 Clasificación del Suelo CG_002 Suelos de Protección CG_003 Sistema Natural y Ambiental CG_004 Sistema de Movilidad y Comunicacion CG_005 Sistema de Espacio Público CG_006 Sistema de Patrimonio CG_007 Sistema de Equipamientos CG_008 Sistema de Amenaza y Riesgo CG_009 Sistema de Servicios Públicos CG_010 Categorias de Protección (Suelo Rural) CG_011 Categorias_desarrollo_restringido CG_012 Superficie_Limitadora_Aeropuerto CG_013 Áreas Generadoras Plusvalía b. Componente Rural CODIGO NOMBRE CR_035 Suelo de Protección CR_029 Sistema de Espacio Público CR_030 Sistema de Patrimonio CR_032 Sistema de Amenaza y Riesgo CR_033 Sistema de Equipamientos CR_034 Sistema de Movilidad CR_036 Categorias de Protección CR_038 Usos del Suelo CR_039 Tratamientos e Intervenciones CR_040 Densidades de Vivienda CR_005 División Veredal-PolíticoAdministrativa
  • 3. Página | 3 CR_043 UPR CR_044 Programa de Ejecución CR_045 Titulos Mineros CR_46 VOR_Aeropuerto c. Componente Urbano CODIGO NOMBRE CU_001 Clasificación del Suelo CU_002 Modelo de Ocupación CU_020 Suelos de Protección CU_004 Sistema Estructurate Natural CU_005 Sistema Estructurate Artificial CU_006 Sistema EstructurateArtificial+Natural CU_014 Sistema Patrimonio CU_015 Sistema Servicios Públicos CU_017 Sistema de Amenaza y Riesgo CU_018 Sistema de Equipamientos CU_016 Espacio Público CU_019 Sistema de Movilidad y Transporte CU_021 Suelos de Expansión CU_022 Planes Parciales Urbano y Expansión CU_024 Tratamientos Urbanísticos CU_023 Usos del Suelo CU_025 Areas Morfológicas Homogéneas CU_027 División Político Administrativa Artículo 3. DEFINICIÓN DE PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL. El Plan Básico de Ordenamiento Territorial (PBOT) del municipio de Guarne es el instrumento establecido por la Ley 388 de 1997 y sus normas reglamentarias, mediante el cual la Administración, concertadamente con los particulares, los estamentos, las instituciones públicas y privadas, y la autoridad ambiental (CAR), fija objetivos y estrategias, traza políticas y acciones para regular la intervención en el territorio a corto, mediano y largo plazo. Contempla una base técnica y participativa que se traduce en principios generales para orientar la acción sobre el espacio físico del Municipio, reconociendo el papel del Municipio en la dinámica económica de la región y del país, valorando los recursos humanos y potenciando el equilibrio social de sus habitantes en el marco de las instituciones de gobierno representativas, eficaces y transparentes. Define un ordenamiento del territorio municipal, complementando la planificación física urbana y territorial con un desarrollo ambiental, socio- económico y político, en la búsqueda de una ciudad competitiva en el ámbito nacional e internacional.
  • 4. Página | 4 Artículo 4. ÁMBITO DE APLICACIÓN. El presente Acuerdo se aplica en toda la extensión del municipio de Guarne, conforme a los límites establecidos por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi –IGAC y las respectivas Ordenanzas Departamentales. Artículo 5. PRINCIPIOS GENERALES DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL: En el marco de la Ley 388 de 1997 son principios del ordenamiento territorial en el municipio de Guarne: 1. La función social y ecológica de la propiedad. 2. La prevalencia del interés general sobre el particular. 3. La distribución equitativa de las cargas y los beneficios. 4. Función pública del urbanismo. Artículo 6. PRINCIPIOS RECTORES DEL PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL. Además de los principios de ordenamiento territorial establecidos en el Artículo 2º de la Ley 388 de 1997, la ejecución del Plan Básico de Ordenamiento Territorial del Municipio de Guarne, así como de los instrumentos que lo desarrollan, se orienta y se fundamenta en los siguientes principios rectores: 1. PBOT, UN INSTRUMENTO CON VISIÓN DE REGIÓN. Las políticas, proyectos, programas e instrumentos que se desprendan del Plan Básico de Ordenamiento han de ser estructurados bajo un enfoque urbano - rural Municipal, enmarcado en una más amplia concepción de desarrollo Zona del Altiplano del Oriente Antioqueño o Valles de San Nicolás y regional, armónico, coordinado y concertado. 2. ORDENAMIENTO TERRITORIAL AL SERVICIO DEL DESARROLLO SOSTENIBLE Y EL BIENESTAR SOCIAL. Como principio, orienta al Municipio ante los retos del ordenamiento territorial de garantizar a los diversos sectores poblacionales el acceso a los servicios públicos, la vivienda, la infraestructura, el suelo, el equipamiento y la plena realización de los derechos ciudadanos; de igual forma, da asiento a las consideraciones de tipo filosófico, que establecen que persona y planeta constituyen una y la misma expresión de la vida, formando una cadena que debe mantenerse en constante equilibrio, permitiendo un acercamiento al territorio para reconocerlo como espacio de convivencia, de interacción, donde conviven los compromisos personales y colectivos que harán realidad la sostenibilidad ambiental y el desarrollo humano. 3. PBOT, UN INSTRUMENTO PARA CONSOLIDAR LA COMPETITIVIDAD MUNICIPAL Y SUBREGIONAL: Establecer y dinamizar el conjunto de factores que hagan más competitiva la escala municipal en cuanto a la infraestructura vial y de transporte, la calidad de los servicios públicos, la base económica urbana y rural, el clima para negocios, la calidad de vida urbana y de los centros poblados, la posición geoestratégica y la calidad del capital humano, para contribuir a construir así un modelo económico y social más justo y duradero. 4. PBOT, UN INSTRUMENTO PARA LOGRAR INTERVENCIONES TERRITORIALES EN EQUILIBRIO: Realizar intervenciones territoriales que garanticen la regulación y aprovisionamiento de agua para el consumo humano, la industria, el agro y los
  • 5. Página | 5 demás sectores y la prestación adecuada de los servicios públicos en general. El Plan Básico de Ordenamiento Territorial sustenta el conjunto de sus políticas, objetivos, estrategias y proyectos en los principios de prevalencia del interés público y la función social y ecológica de la propiedad, a partir de la igualdad de los ciudadanos ante la ley, de forma que se logre generar un proceso de ordenamiento que haga de Guarne un Municipio más humano para el disfrute de todos. 5. PBOT, UN INSTRUMENTO PARA RECOBRAR LA ARMONÍA EN MEDIO DE LA DIVERSIDAD: Impulsar la conciencia de que el paisaje, su conservación y disfrute es patrimonio por excelencia de los habitantes del municipio. Por lo tanto deben coexistir en forma armónica el relieve, el mosaico vegetal, las intervenciones humanas de pueblos y ciudades, los sistemas de producción agropecuaria, comercial e industrial y las redes de comunicación vial, para brindar mejores niveles de calidad de vida y oportunidades de desarrollo en el sector. 6. PBOT, UN INSTRUMENTO PARTICIPATIVO: El nuevo enfoque del municipio colombiano y las vigentes disposiciones sobre ordenamiento territorial, exigen un proceso colectivo de construcción de ciudad que se ha expresado, merced a un esfuerzo responsablemente participativo, en la formulación del Plan Básico de Ordenamiento Territorial y que debe por tanto acompañar sus fases de ejecución, seguimiento, evaluación y ajuste, así como los procesos de discusión, concertación y formulación de los demás instrumentos complementarios consagrados por la ley. 7. PBOT, UN INSTRUMENTO PARA EL AUMENTO DE LA GOBERNABILIDAD Y DE LA AUTONOMÍA SOBRE EL TERRITORIO: El fortalecimiento del poder político – social es clave para propiciar un marco de acción con autonomía territorial, acorde con el desarrollo humano sostenible que oriente las interrelaciones con los municipios vecinos y de frontera, la armonía entre las diversas formas de ocupación del territorio, el establecimiento de reglas para concertar los usos y ocupación del suelo, la instauración del proceso permanente de planeación y el pacto entre los líderes para lograr la equidad en el desarrollo campo – Municipio. 8. PBOT, UN INSTRUMENTO FLEXIBLE: La formulación del Plan Básico de Ordenamiento Territorial, así como sus respectivas revisiones y ajustes, han de permitir la consagración de objetivos y políticas para el funcionamiento de un sistema de planificación espacial del municipio, que posibilite su ágil ajuste y complementación, acorde con las cambiantes circunstancias y las cotidianas demandas ciudadanas. PARÁGRAFO. Los principios como guías que orientan los procesos de intervención sobre los cuales se fundamenta la acción del ordenamiento territorial, establecen un marco de referencia filosófico que aporta claridad al municipio, para la consolidación de su modelo de ocupación. Artículo 7. FINES DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL. El ordenamiento del territorio constituye en su conjunto una función pública, para el cumplimiento de los siguientes fines:
  • 6. Página | 6 1. Posibilitar a los habitantes el acceso a las vías públicas, infraestructuras de transporte y demás espacios públicos, y su destinación al uso común, y hacer efectivos los derechos constitucionales de la vivienda y los servicios públicos domiciliarios. 2. Atender los procesos de cambio en el uso del suelo y adecuarlo en aras del interés común, procurando su utilización racional en armonía con la función social de la propiedad a la cual le es inherente una función ecológica, buscando el desarrollo sostenible. 3. Propender por el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes, la distribución equitativa de las oportunidades y los beneficios del desarrollo y la preservación del patrimonio cultural y natural. 4. Mejorar la seguridad de los asentamientos humanos ante los riesgos naturales. Artículo 8. OBJETIVOS.El presente Acuerdo tiene por objetivos los siguientes: 1. Armonizar y actualizar el Plan Básico de Ordenamiento Territorial a las disposiciones nacionales, regionales y municipales vigentes, así como a la realidad y a los retos actuales del municipio de Guarne. 2. Establecer los mecanismos que permitan al municipio, en ejercicio de su autonomía, promover el ordenamiento de su territorio, el uso equitativo y racional del suelo, la preservación y defensa del patrimonio ecológico y cultural localizado en su ámbito territorial y la prevención de desastres en asentamientos de alto riesgo, así como la ejecución de acciones urbanísticas eficientes. 3. Garantizar que la utilización del suelo por parte de sus propietarios se ajuste a la función social y ecológica de la propiedad y permita hacer efectivos los derechos constitucionales a la vivienda digna, el saneamiento básico y a los servicios públicos domiciliarios, y velar por la creación y la defensa del espacio público, así como por la protección del medio ambiente y la prevención de desastres. 4. Promover la armoniosa concurrencia de la Nación, las entidades territoriales, las autoridades ambientales y las instancias y autoridades administrativas y de planificación, en el cumplimiento de las obligaciones constitucionales y legales que prescriben al Estado el ordenamiento del territorio, para lograr el mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes. 5. Hacer efectivos los principios del ordenamiento territorial como son la función social y ecológica de la propiedad, la prevalencia del interés general sobre el particular y la distribución equitativa de las cargas y los beneficios. Artículo 9. VIGENCIA DEL PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL. De conformidad con las Leyes 388 de 1997 y 902 de 2004 y sus Decretos Reglamentarios, el Plan Básico de Ordenamiento Territorial del municipio de Guarne, adoptado mediante el presente Acuerdo tendrá una vigencia igual al tiempo que faltare para la culminación de la presente Administración Municipal y los próximos tres (3) períodos constitucionales de la administración municipal, los cuales corresponderán: Corto Plazo: 2016 – 2019 Mediano Plazo: 2020 – 2023
  • 7. Página | 7 Largo Plazo: 2024 – 2027 PARÁGRAFO: También se compurtará como parte de la vigencia de corto plazo el tiempo comprendido entre la fecha de expedición del presente Acuerdo y el 31 de diciembre de 2015. Artículo 10. VIGENCIA DE LOS CONTENIDOS DEL PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL. Conforme al Artículo 28 de la Ley 388 de 1997, Artículo 2º de la Ley 902 de 2004 y los Artículos 8, 9, 10 y 11 y al parágrafo del Artículo 9º del Decreto 879 de 1998 los componentes del Plan Básico de Ordenamiento Territorial tendrán la siguiente vigencia: 1. El Componente General es de carácter estructural y se define como el largo plazo, entendido éste como el tiempo que faltare para la culminación de la presente Administración Municipal y de los próximos tres (3) períodos constitucionales de las administraciones municipales. Por lo tanto, su contenido prevalece sobre los demás y su modificación solamente puede emprenderse con motivo de la revisión general del Plan o excepcionalmente a iniciativa del Alcalde Municipal, con base en motivos y estudios técnicos debidamente sustentados. 2. Los contenidos de mediano plazo del Componente Urbano tendrán una vigencia igual al tiempo que faltare para la culminación de la presente Administración Municipal y dos (2) períodos constitucionales de las administraciones municipales más. Los contenidos de corto plazo tendrán una vigencia igual al tiempo que faltare para la culminación de la presente Administración Municipal y un (1) período más. Los contenidos urbanos de corto plazo y los programas de ejecución regirán como mínimo durante un periodo constitucional de la Administración Municipal, habida cuenta de las excepciones que resulten lógicas en razón de la propia naturaleza de las actuaciones contempladas o de sus propios efectos. 3. Los contenidos de mediano plazo del Componente Rural tendrán una vigencia igual al tiempo que faltare para la culminación de la presente Administración Municipal y dos (2) períodos constitucionales de las administraciones municipales más. Los contenidos de corto plazo tendrán una vigencia igual al tiempo que faltare para la culminación de la presente Administración Municipal y un (1) período más. Los contenidos rurales de corto plazo y los programas de ejecución regirán como mínimo durante un periodo constitucional de la Administración Municipal, habida cuenta de las excepciones que resulten lógicas en razón de la propia naturaleza de las actuaciones contempladas o de sus propios efectos. Artículo 11. PROCEDIMIENTO PARA LA REVISIÓN Y AJUSTE DEL PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL. Las revisiones estarán sometidas al mismo procedimiento previsto para su aprobación de conformidad con lo previsto en los Artículos 22, 23 y 24 de la Ley 388 de 1997, Artículo 2º de la Ley 902 de 2004, el Artículo 8º del Decreto 879 de 1998 y el Decreto 4002 de 2004, o la norma que las modifique o sustituya.
  • 8. Página | 8 PARÁGRAFO: Si al finalizar el plazo de vigencia establecido no se ha adoptado un nuevo Plan Básico de Ordenamiento Territorial, seguirá vigente el presente Plan. Artículo 12. DEFINICIÓN DE LAS CONDICIONES QUE AMERITAN LA REVISIÓN Y AJUSTE DEL PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL. 1. Vencimiento de la vigencia del presente Plan Básico de Ordenamiento Territorial. 2. Cambios significativos en las previsiones demográficas, debidamente sustentados por las entidades competentes. 3. Acontecimientos naturales o inducidos de carácter imprevisto que modifiquen las condiciones del suelo, el medio ambiente o la capacidad de aprovisionamiento de servicios públicos. 4. La aplicación de los estudios específicos definidos como prioritarios en el presente Acuerdo y que se requieren para tomar decisiones técnicamente sustentadas dentro del Plan Básico de Ordenamiento Territorial. 5. Decisiones o Normas de carácter superior que impliquen modificaciones en los objetivos, políticas y estrategias definidas por el Plan. Artículo 13. OBLIGATORIEDAD DEL PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL. Ningún agente público o privado podrá realizar actuaciones urbanísticas que no se ajusten al presente Plan, a su desarrollo en planes parciales y a las normas complementarias que se expidan. Igualmente, las autoridades competentes, velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en este Acuerdo. Artículo 14. INTERPRETACIÓN DE LAS NORMAS. En los casos de ausencia de norma exactamente aplicable a una situación, o de contradicciones, o falta de claridad en las normas urbanísticas, la facultad de interpretación corresponderá alaSecretaría de Planeación o la dependencia que haga sus veces, la cual emitirá sus conceptos mediante circulares que tendrán el carácter de doctrina para la interpretación de casos similares. Para esta interpretación de la norma, el Secretario (a) delaSecretaría de Planeación atenderá a las siguientes reglas: 1. Las Circulares emitidas por laSecretaríade Planeación será sólo de carácter aclaratorio o de interpretación de términos, mas no se podrá entender como creadora de una norma nueva o sustitutiva de otra existente previamente. 2. Los documentos técnicos del Plan Básico de Ordenamiento Territorial que contienen los Componentes General, Urbano y Rural del mismo, y sustentan los articulados de este Acuerdo, dando forma a los principios rectores y de ordenamiento para todas las normas urbanísticas municipales. 3. Cuando el significado de una palabra no se encuentre en la Ley o en los documentos que soportan el Plan Básico de Ordenamiento Territorial, dicha palabra se tomará en el sentido que le den profesionales autorizados, competentes o reconocidos de la misma ciencia o técnica. 4. La interpretación de las normas no podrá contradecir, modificar o desconocer los principios rectores y de ordenamiento, así como los objetivos, estrategias, acciones territoriales y políticas de desarrollo consagrados en este Plan Básico de Ordenamiento Territorial, y los principios del régimen normativo establecidos
  • 9. Página | 9 en el Artículo 100 de la Ley 388 de 1997, como son la concordancia, neutralidad, simplicidad y transparencia. 5. En la interpretación a que se refiere este Artículo, siempre prevalecerá el interés general sobre el particular y en las implicaciones territoriales de la decisión normativa siempre se antepondrán los principios rectores señalados en el Artículo 11º de este Acuerdo y los consignados en el Componente General de este Plan Básico de Ordenamiento Territorial; especialmente aquellos que hacen relación a los principios ordenadores del modelo de ocupación territorial municipal y a los postulados del modelo de ocupación urbano y rural. PARÁGRAFO. Todo acto administrativo que tenga por objeto interpretar, aclarar, revisar, actualizar o modificar una norma urbanística deberá, dentro de su motivación, establecer la categoría de la norma sobre la cual pretenda actuar; para el efecto deberá solicitar siempre concepto al Consejo Consultivo de Ordenamiento Territorial, hecho que deberá constar expresamente en el acto administrativo que se produzca. Artículo 15. COMPLEMENTACIÓN DE LA PLANIFICACCIÓN ECONOMICA Y SOCIAL. El ordenamiento del territorio municipal de Guarnetiene por objeto complementar la planificación económica y social con la dimensión territorial, racionalizar las intervenciones sobre el territorio y orientar su desarrollo y aprovechamiento sostenible, mediante: 1. La definición de las estrategias territoriales de uso, ocupación y manejo del suelo, en función de los objetivos económicos, sociales, urbanísticos y ambientales. 2. El diseño y adopción de los instrumentos y procedimientos de gestión y actuación que permitan ejecutar actuaciones urbanas integrales y articular las actuaciones sectoriales que afectan la estructura del territorio municipal. 3. La definición de los programas y proyectos que concretan estos propósitos. Artículo 16. DEFINICIONES. Con el fin de facilitar una adecuada comprensión del Plan Básico de Ordenamiento Territorial del municipio de Guarney garantizar su implementación y observancia de sus normas urbanísticas, se adoptan las definiciones contenidas en el Anexo I del presente Acuerdo. TITULO II CONTEXTO REGIONAL Y LOCAL CAPÍTULO 1 CONTEXTO REGIONAL DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL Artículo 17. VISIÓN REGIONAL: Adóptese para el municipio de Guarne como integrante del Oriente Antioqueño la Visión establecida al año 2023 en el PLAN
  • 10. Página | 10 ESTRATÉGICO PARA UN PACTO SOCIAL POR EL DESARROLLO DEL ORIENTE ANTIOQUEÑO (PLANEO), la cual se caracterizada por los siguientes componentes: “La Subregión del Oriente Antioqueño se caracterizará en el año 2023 por tener: Gestión pública previsora, integrada y eficiente. Economía dinámica, asociativa, productiva, innovadora y sostenible. Sociedad educada, equitativa, solidaria, y constructora de sí misma sostenida por la ciencia la tecnología y la innovación. Territorio armónico con la naturaleza, equilibrado en su ocupación y en relación activa con el país y el mundo. Población democrática, pluralista y pacífica distinguida por su cohesión social”. Artículo 18. ESTRATEGIAS Y PROYECTOS REGIONALES: Adóptese como parte del Plan Básico de Ordenamiento Territorial del municipio de Guarne las estrategias y proyectos que a continuación de enuncian, a las cuales el municipio de Guarne deberá contribuir desde todas sus instancias: 1. En la Estrategia de Ambiente y Territorio: a. Formulación y Gestión de un Plan de Ordenamiento Territorial para la Subregión del Oriente de Antioquia b. Articulación y Conectividad vial para el desarrollo de la Subregión del Oriente de Antioquia. c. Conexión vial Aburrá Oriente. d. Implementación de una Estrategia adecuada de gestión y manejo de los residuos sólidos en la Subregión del Oriente de Antioquia. e. Conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales en el Oriente de Antioquia. 2. En la Estrategia Económica: a. Construcción de un centro de carga y descarga en el corredor de la autopista Medellín Bogotá y en las inmediaciones del Aeropuerto Internacional José María Córdova. b. Creación de una zona franca permanente en el Parque Tecnológico de Antioquia para facilitar la generación, transferencia de conocimiento para la producción de bienes con altos niveles de valor agregado orientados a los mercados internacionales. c. Desarrollo de procesos competitivos de mercadeo y comercialización de la producción agropecuaria, en beneficio de los ingresos de las comunidades campesinas y pequeños productores. d. Diseño e implementación de un plan de Marketing Territorial orientado a promover las ventajas competitivas de la región que la hacen atractiva para los mercados internacionales. e. Fomento de la producción de bienes agrícolas, pecuarias y forestales con potencial exportador. f. Formación de líderes para el fortalecimiento de la capacidad de gestión de las organizaciones comunitarias con criterio socioempresarial.
  • 11. Página | 11 g. Fortalecimiento del turismo como alternativa económica a partir del Plan Subregional de turismo del Oriente Antioqueño 2009- 2020. h. Inserción de la actividad minera en el sistema económico de la subregión. 3. En la Estrategia Social: a. Impulsar la aplicación de la ciencia la tecnología y la innovación Para el desarrollo sostenible del Oriente Antioqueño. b. Fortalecer los procesos de comunicación y pedagogía social para facilitar el restablecimiento del tejido social en el Oriente Antioqueño. c. Fortalecimiento del sistema Educativo en la subregión de Oriente de Antioquia con criterios de pertinencia, eficiencia y calidad. d. Promoción de la estrategia de estilos de vida saludables en las familias del Oriente Antioqueño. 4. En la Estrategia Institucional: a. Consolidación del Sistema Departamental de Planeación en el Oriente Antioqueño. b. Fortalecimiento de las finanzas Públicas territoriales, a través de la participación de los municipios en los proyectos de micro centrales en la subregión del Oriente de Antioquia. c. Fortalecimiento institucional para la gobernabilidad del Oriente Antioqueño. d. En materia de competitividad de sus sectores económicos. 5. Desarrollo Empresarial: a. Priorizar el sector de biodiversidad como apuesta productiva, crear iniciativa de clúster de biodiversidad b. Creación de un fondo subregional de cobertura de riesgo, y línea blanda de crédito, para facilitar acceso a los empresarios. c. Implementar un programa de simplificación de trámites (CAE –IVC) para facilitar la creación y operación de empresa en los 23 municipios. d. Replicar los Centros Regionales para la Competitividad Empresarial CRECE en las 4 zonas del Oriente Antioqueño, para promover el emprendimiento enfocado a las apuestas productivas de la región. e. Alinear el desarrollo del sector productivo de la región a los clústers. 6. Tecnología e Innovación: a. Elaborar un Plan Estratégico de Ciencia, Tecnología e Innovación Regional, para el Oriente Antioqueño. b. Fortalecimiento y ampliación de infraestructura del Parque Tecnológico de Antioquia; convertirlo en zona Franca Tecnológica. c. Aumentar la inversión pública en actividades de Ciencia, Tecnología e Innovación, hasta alcanzar el 1% del presupuesto de los municipios. d. Consolidar centros de investigación en las instituciones de educación superior del Oriente Antioqueño. e. Fortalecimiento de la estrategia de articulación del Comité Universidad- Empresa-Estado- Sociedad, capítulo Oriente.
  • 12. Página | 12 7. Infraestructura: a. Diseño y construcción de una malla vial moderna para Valles de San Nicolás, con un plan vial al año 2050, liderado principalmente por la Gobernación. b. Construcción de un Sistema Vial para conexión entre las zonas del oriente y de éste con otras subregiones. c. Sistema de transporte público masivo: Valle San Nicolás; Valle de San Nicolás –Valle de Aburrá. d. Elaborar un plan integral de desarrollo en torno al Aeropuerto Internacional José María Córdova. e. Construcción de centros de carga en el Oriente Antioqueño y terminales de transportes de pasajeros. f. Construcción de microcentrales para la generación de energía. g. Proyecto de expansión de acueducto y alcantarillado Valle de San Nicolás (Empresas Públicas de Oriente EPO) y tratamiento de residuos sólidos. h. Conectividad inalámbrica para los sitios públicos y de Gobierno, de toda la región. 8. Desarrollo del Talento Humano: a. Oferta académica pertinente que responda a las necesidades de la región b. Aumentar la oferta y fomentar la demanda de programas de educación técnica y tecnológica, para mejorar las competencias de la población. c. Crear un programa de formación de recurso humano altamente especializado (Maestrías y Doctorados). d. Implementar un observatorio laboral y ocupacional para evaluar la pertinencia de la educación. e. Implementar un programa de bilingüismo para los 23 municipios de la subregión. 9. Internacionalización: a. Convertir la exportación de bienes y servicios en la principal fuente de desarrollo económico de la región. b. Establecer un plan de promoción de la región. c. Implementar un sistema de información turística regional digital. d. Implementar un programa de Gestión Pública de Turismo en los municipios con vocación y potencial. e. Insertar los principales municipios de la región, en una medición de regulación empresarial. Artículo 19. VISIÓN ZONAL. El Municipio de Guarne, se articulará a la Visión de la Zona Valles de San Nicolás (Oriente Antioqueño) y a sus lineamientos municipales como se presenta a continuación: En el 2023, la Zona Valles de San Nicolás será un territorio planificado por y para sus habitantes, generando un desarrollo socioeconómico, político y ambiental en condiciones de Sostenibilidad, equidad, solidaridad y convivencia, a través de la
  • 13. Página | 13 articulación entre lo rural y lo urbano, integrada a la Subregión, al departamento, al país y al mundo. Los elementos Municipales que Aportan a la Visión Zonal son: Guarne: Territorio para la inversión y el desarrollo tecnológico de empresas industriales, agrícolas, tecnológicas, de comercialización y transformación de alimentos, de turismo, ecoturismo, comercio, y demás empresas de producción limpia y sin chimeneas. Guarne: Centro del desarrollo industrial y ubicación de bodegas, agropecuario y ecoturístico. Guarne: Ciudad para el desarrollo de ciencia y la tecnología aplicada al sector industrial, agropecuario, artesanal y ecoturístico. Guarne: Centro de capacitación e investigación en aprovechamiento de la biodiversidad y producción diversificada en áreas de cuidado y protección ambiental. Los corredores industriales, turísticos y agropecuarios ejes de empleo familiar y proyección municipal. Artículo 20. POLITICAS, OBJETIVOS Y ESTRATEGIAS DEL ORDENAMIENTO ZONAL Y SUBREGIONAL. Adóptese las políticas, objetivos y estrategias del ordenamiento definidas en simultaneidad para los municipios de la Zona Valles de San Nicolás y para la Subregión del Oriente Antioqueño, que se enuncian a continuación: POLÍTICA 1: CONSTRUCCIÓN COLECTIVA DEL DESARROLLO LOCAL, ZONAL Y SUBREGIONAL: Sustento para la consolidación de un proyecto político que permita la construcción de una cultura y un conjunto de escenarios políticos enlazados como una efectiva cadena de relaciones, a partir de las cuales se concertan las directrices que orientan las intervenciones y compromisos de los diferentes actores para la planificación del territorio. Se requiere una institucionalidad adecuada que permita la armonización de los intereses nacionales, departamentales y regionales con los intereses subregionales, zonales y locales. Objetivo 1: Articular las Fuerzas Sociales: Administraciones municipales, empresarios, gremios, ONGs, trabajadores y, en general, las diferentes formas de organización comunitaria, para lograr un desarrollo integral en lo social, lo político, lo económico, lo ambiental y en ciencia y tecnología, para mejorar los niveles de calidad de vida de las presentes y futuras generaciones de la subregión y sus municipios. Estrategia 1:Fortalecer la Unidad Zonal y subregional mediante el fortalecimiento de la Asociación de Municipios del Altiplano -MASORA. Estrategia 2: Fortalecer y articular las cuatro (4) asociaciones de las zonas que conforman la Subregión.
  • 14. Página | 14 Estrategia 3:Gerenciar El Proceso de Desarrollo Sostenible. Es ahora en el marco de los cambios y realidades nacionales e internacionales que se hace necesario establecer formas novedosas para aplicar los procedimientos de la gestión, de tal forma que propicien la salida exitosa a los conflictos y a los proyectos de desarrollo, teniendo en cuenta, para ello, el trabajo mancomunado, la unión de esfuerzos y la identificación y solución de problemas comunes. Estrategia 4:La Gerencia Regional para Oriente de la Gobernación para el Oriente de Antioquia creada en el año 2008 será la encargada de Gerenciar el proceso de desarrollo para esta subregión generando espacios de unidad y concertación en torno a propósitos comunes de desarrollo definidos a través del Comité de Concertación de Alcaldes de la Zona. Objetivo 2:Propiciar la construcción de un proyecto político local y subregional que favorezca el crecimiento económico de la subregión desde cada localidad. Estrategia 1: Articular los intereses de los diferentes actores en torno a un propósito común: la planificación supramunicipal. Estrategia 2: Establecer espacios de discusión y construcción concertada del proyecto político que más se acerque a las dinámicas de crecimiento de la zona y la subregión. Estrategia 3:Definir al interior del Comité de Concertación de Alcaldes de la zona el mecanismo para estructurar el proyecto político. POLÍTICA 2: LA SOCIALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN: Cada habitante y organización comunitaria tiene derecho a ser informada sobre la toma de decisiones y las intervenciones a realizar en cumplimiento de los acuerdos pactados en la formulación del Plan Básico de Ordenamiento Territorial, lo cual implica un manejo integral y colectivo de los sistemas de comunicación, en especial para conocer ampliamente los productos del Plan, con los cuales se propicia la participación real de los actores que intervienen en el territorio y el debate constructivo que permita el ajuste y la validación, apoyados en un proceso de concertación, participación y comunicación. Objetivo 1:Disponer de información real y actualizada para la toma de decisiones para ordenar el Territorio Estrategias 1:Fomentar, desarrollar y articular los sistemas de información. Estrategias 2:Disponer de un Sistema de Información Geográfico a nivel de la Zona Valles de San Nicolás coordinado por MASORA. Estrategias 3:Disponer de una dependencia de catastro zonal que permita la planificación y ordenamiento del territorio. POLÍTICA 3: VISIÓN ZONAL
  • 15. Página | 15 Objetivo 1:Trabajar mancomunadamente con los demás municipios en el desarrollo local y zona para la construcción colectiva de futuro para la zona Valles de San Nicolás. Estrategias 1:Definir las acciones locales que apunten al logro de la visión zonal y subregional. Estrategias 2:Definir los proyectos zonales y subregionales para gestionar el desarrollo supramunicipal. Estrategias 3: Hacer parte de las decisiones del Comité de Concertación de Alcaldes de la Zona. Participar en las acciones de la Unidad Zonal y Subregional de planificación como ente operativo de las decisiones del Comité de Concertación de Alcaldes. POLÍTICA 4: GESTIÓN GLOBAL CON IDENTIDAD LOCAL: Se gestionará el desarrollo de la zona y subregional haciendo énfasis en el fortalecimiento local para conseguir que cada municipio se articule al desarrollo supramunicipal desde sus propias ventajas comparativas y competitivas. Sustituyendo la noción de jerarquías urbanas funcionales, en beneficio de la cooperación interurbana para la provisión de servicios e infraestructuras de diverso tipo por parte de las autoridades regionales y locales organizadas y articuladas. Objetivo 1:Lograr la Competitividad Municipal y Subregional mediante el fortalecimientode los equipamientos e infraestructuras que garanticen la calidad en la prestación de los servicios públicos, la base económica urbana y rural, el clima para negocios, la calidad de vida urbana y de los centros poblados, la posición geoestratégica, la calidad ambiental y la calidad del capital humano, para construir así un modelo económico, ambiental y social más justo y duradero Estrategias 1:Concertar el Desarrollo con los Municipios de Frontera. Cada vez son más dinámicas y estrechas las relaciones con las subregiones de los Embalses, Páramo y Bosques y en especial con el Área Metropolitana del Valle de Aburrá en temas como la infraestructura vial y de comunicaciones, el turismo, el desarrollo agropecuario y ambiental, la minería, el comercio, la industria, la recreación y en especial la paz. Estrategia 2:Promover lacooperación interurbana orientada a la organización de la producción por parte de los agentes privados. Esta actividad requiere ser inducida en muchas regiones por los agentes públicos: del liderazgo, la cooperación y la promoción pública en cuanto a información, sensibilización y convocatoria a los agentes privados, universidades y centros de investigación, para el trabajo conjunto en beneficio del desarrollo económico regional y local. Estrategias 3:Consolidar el Comité de Concertación de Alcaldes de la Zona Valles de San Nicolás articulado a la Junta Directiva de MASORA como instancia zonal para concertar el desarrollo de los municipios de Frontera y espacio de discusión y toma de decisiones sobre los procesos de planificación supramunicipal.
  • 16. Página | 16 Estrategias 4:Consolidar la Unidad Técnica de Planificación de la Zona Valles de San Nicolás. Estrategias 5:Mantener Acuerdos e Instaurar la Planeación como un Proceso Permanente. Estrategias 6: Gestionar coordinadamente los programas y proyectos del ámbito supramunicipalmediante la conformación y puesta en marcha de un Banco de Proyectos Subregional. Estrategias 7:Crear e implementar el Banco de Proyectos Subregional como instrumento de planificación supramunicipal que articule los intereses locales y subregionales en torno a la visión zonal. POLÍTICA 5: AUMENTO DE LA GOBERNABILIDAD Y DE LA AUTONOMÍA SOBRE EL TERRITORIO: El fortalecimiento del poder político – social es clave para propiciar un marco de acción con autonomía territorial, acorde con el desarrollo humano sostenible que oriente las interrelaciones con los municipios vecinos y de frontera, la armonía entre las diversas formas de ocupación del territorio, el establecimiento de reglas para concertar los usos y ocupación del suelo, la instauración del proceso permanente de planeación y el pacto entre los líderes para lograr la equidad en el desarrollo campo – ciudad. Objetivo 1:Propiciar la construcción de un proyecto político local y subregional que favorezca el desarrollo supramunicipal y la distribución equitativa de los beneficios del desarrollo, aliviando los obstáculos para la participación política y civil. Estrategias 1:Abrir espacios de participación ciudadana para la construcción y concertación del proyecto político en torno al desarrollo local y supramunicipal. Estrategia 2:Articular los gremios económicos en torno al acuerdo de voluntades para el abordar el desarrollo regional sostenible. POLÍTICA 6: ORDENAMIENTO TERRITORIAL AL SERVICIO DEL DESARROLLO SOSTENIBLE Y EL BIENESTAR SOCIAL: Que oriente al municipio y a la subregión ante los retos del ordenamiento territorial de garantizar a los diversos sectores poblacionales el acceso a los servicios públicos, la vivienda, la infraestructura, el suelo, el equipamiento y la plena realización de los derechos ciudadanos; de igual forma, da asiento a las consideraciones de tipo filosófico, que establecen que persona y planeta constituyen una y la misma expresión de la vida, formando una cadena que debe mantenerse en constante equilibrio, permitiendo un acercamiento al territorio para reconocerlo como espacio de convivencia, de interacción, donde conviven los compromisos personales y colectivos que harán realidad la sostenibilidad ambiental y el desarrollo humano. Objetivo 1:Intervenir el territorio en forma equilibrada y armónica en medio de la diversidad que garantice la regulación y aprovisionamiento de los recursos naturales para brindar mejores niveles de calidad de vida y oportunidades de desarrollo y crecimiento.
  • 17. Página | 17 Estrategias 1:Implementar programas de pedagogía territorial los cuales se ejecutarán a través de los planes de desarrollo municipal. Estrategias 2: Planear y gestionar en función de zonas homogéneas de competitividad. Estrategias 3: Diseñar la ciudad-campo y la casa ecológica. CAPÍTULO 2 DIVISIÓN POLÍTICO ADMINISTRATIVA Artículo 21. DIVISION POLITICO – ADMINISTRATIVA. Se adopta la siguiente división Político – Administrativa que corresponde a 37 veredas y cuya información suministrada por la Dirección de Sistemas de Información y Catastro del Departamento de Antioquia y que se incorpora en el Plan de Básico de Ordenamiento Territorial con el fin de unificar criterios, la cual corresponde con el plano identificado con el código PBOT_CR_005. Las veredas en las cuales se divide el territorio del municipio de Guarne con las siguientes: Vereda Área (Has) Vereda Área (Has.) Guamito 84.72 Hojas Anchas 331,75 La Enea 232,50 Canoas 305,42 Chaparral 396,30 Toldas 242,18 Alto de La Virgen 229,05 Piedras Blancas 810,60 San Ignacio 659,86 Charanga 263,62 Barro Blanco 381,35 Guapante 1479,07 La Mosca 169,58 El Palmar 244,58 Juan XXIII 149,45 Berracal 145,03 El Colorado 423,66 Garrido 236,02 La Mejía 369,82 Bellavista 207,70 La Brizuela 791,99 La Clara 775,39 Yolombal 958,49 Montañez 364,67 San Antonio 38,73 Batea Seca 317,14 La Hondita 365,67 Romeral 285,13 La Mosquita 923,73 El Molino 318,82 La Cabaña 15,02 El Zango 330,14 San Isidro 211,08 La Honda 1182,71 El Salado 220,54 San José 403,58 La Pastorcita 227,42 Artículo 22. DIVISIÓN ADMINISTRATIVA EN EL SUELO URBANO:En la división administrativa, la sectorización urbana es una herramienta que permite planificar el espacio público e inversión en equipamientos, en consecuencia se adopta la siguiente división administrativa en suelo urbano para el municipio de Guarne: DIVISION POLITICO ADMINISTRATIVA
  • 18. Página | 18 SECTOR 1 ALCORES SAN VICENTE SANTO TOMAS SECTOR 2 CENTRO CENTRO PLAZA SAN FRANCISCO SECTOR 3 LA CANCELARIA LAURENT SECTOR 4 SAN ANTONIO I SAN ANTONIO II SECTOR 5 UNIDAD DEPORTIVA CAMILO TORRES LA CABAÑA PARÁGRAFO: La división administrativa del suelo urbano del municipio de Guarne corresponde con el plano identificado con el código PBOT_CU_003.
  • 19. Página | 19 SEGUNDA PARTE COMPONENTE GENERAL TÍTULO 1 OBJETIVOS, ESTRATEGIAS Y POLÍTICAS DE LARGO Y MEDIANO PLAZO CAPÍTULO 1 VISIÓN Y MODELO DE ORDENAMIENTO Artículo 23. VISIÓN MUNICIPAL: Al año 2027, Guarne será un municipio modelo de desarrollo; integrado con la región, viable, sostenible y competitivo; con calidad de vida, que trabaja por la protección del paisaje, de sus recursos naturales, el espacio público, la inclusión y la educación; dotado de la movilidad, los equipamientos, la infraestructuras y los servicios públicos necesarios para el hábitat, la industria limpia, el desarrollo rural sostenible, el turismo y el deporte, donde se puede vivir con dignidad y seguridad, en sana convivencia. Artículo 24. COMPONENTES DEL MODELO: Por su función y forma de apropiación en el municipio de Guarne, se pueden diferenciar tres áreas específicas: Protección, ocupación y producción, que tienen características urbanas, rurales y suburbanas. 1. Áreas con características de ruralidad - protección: a. Las áreas de protección y conservación ambiental. b. La estructura ecológica principal. c. Las áreas de protección para la producción sostenible. d. Las zonas agroforestales. e. Las zonas de restauración ecológica. f. Las áreas de interés ambiental. g. Las áreas de vivienda campestre no tradicional: San José. 2. Áreas con característica de suburbanidad - producción: a. Suelos suburbanos: 1) Zona suburbana de actividad múltiple industrial “EL Tranvía”. 2) Zona suburbana de apoyo a las actividades aeroportuarias. 3) Corredor Suburbano de Actividad Múltiple Industrial de la Doble Calzada. 4) Corredor Suburbano de Comercio y Servicios de Apoyo a las Actividades Turísticas y Aeroportuarias. 5) Corredor Suburbano de Comercio y Servicios de Apoyo a las Actividades Turísticas y Agrarias. 6) Corredor Suburbano de Comercio y Servicios de Apoyo a las Actividades Turísticas y Residenciales. b. Corredores paisajísticos, turísticos e industrial. c. Las Áreas de Vivienda Campestre tradicional: La Reserva, La Clara y La Brizuela d. Las Áreas para la localización de equipamientos
  • 20. Página | 20 3. Áreas con características urbanas – ocupación: a. Zona urbana b. Centros poblados rurales: 1) Chaparral 2) San Ignacio Artículo 25. ELEMENTOS ESTRUCTURANTES DEL MODELO DE OCUPACIÓN MUNICIPAL: Definen el modelo de ocupación tanto del suelo urbano, como del suelo rural, los elementos estructurantes del territorio, que corresponde a los Sistemas Estructurantes y a la clasificación del suelo: 1. SISTEMA NATURAL Y AMBIENTAL:Incluye la Estructura Ecológica Principal del municipio, las áreas de interés ambiental, áreas de restauración ecológica (Nodo Guarne), los cerros y altos, las áreas de interés para la protección del recursos hídrico, las áreas de bocatomas de acueductos y las áreas de protección y conservación ambiental definidas por el Decreto 3600 de 2007 y el Acuerdo 250 de 2011, expedido por Cornare. 2. SISTEMA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS:Corresponde a los servicios públicos domiciliarios, que a su vez se constituyen en suelos de protección, según el Decreto 3600 de 2007, incluye escombrera, relleno sanitario y/o estación de transferencia, líneas de alta tensión, y bocatomas. 3. SISTEMA DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE:Es el conjunto de infraestructuras, modos de transporte, y formas de desplazamiento de personas y bienes para acceder a las actividades y servicios. 4. SISTEMA DE AMENAZA NATURAL Y ANTRÓPICA:Incluye suelos de protección del Decreto 3600 de 2007, que corresponde a las áreas de amenaza y riesgo por movimiento en masa e inundación; cuando los riesgos no sean mitigables, se consideraran suelos de protección ambiental. 5. SISTEMA DE ESPACIO PÚBLICO:Está constituido por elementos naturales, construidos y complementarios, donde encontramos las rondas hídricas como elementos naturales, el sistema orográfico, y las áreas de interés natural y paisajístico. 6. SISTEMA DE PATRIMONIO:Está constituido por el patrimonio histórico, cultural, arquitectónico y arqueológico. 7. SISTEMA DE EQUIPAMIENTOS:Corresponde al sistema de equipamientos y se articula con el sistema de espacio público y corresponden a las áreas, espacios o edificaciones donde se concentrara la prestación de servicios públicos o privados para que atiendan las necesidades básicas y colectivas de las comunidades urbanas o rurales. Se constituyen en suelos de protección, según el Decreto 3600 de 2007. PARÁGRAFO 1º.Los elementos estructurantes del modelo de ocupación para el suelo municipal, se identifican en el plano identificado con el código PBOT_CR_006. PARÁGRAFO 2º.Cada uno de las áreas y elementos identificados en el modelo, constituye zonas de actividad; las actividades y usos permitidos, compatibles, complementarios y promovidos, no podrán generar conflictos entre sí, por lo tanto se debe desarrollar y garantizar las condiciones de convivencia que minimicen y eliminen los impactos negativos.
  • 21. Página | 21 PARÁGRAFO 3º.Cada área albergara la mayor diversidad de usos complementarios y compatibles, y deberá garantizar la capacidad de soporte para que las actividades que en él se desarrollen, no generen tensiones y conflictos. CAPÍTULO 2 POLÍTICAS, OBJETIVOS Y ESTRATEGIAS TERRITORIALES DE LARGO Y MEDIANO PLAZO Artículo 26. POLITICAS TERRITORIALES DE LARGO Y MEDIANO PLAZO. Adóptese para el ordenamiento territorial del Municipio de Guarne las siguientes políticas de largo y mediano plazo: 1. La protección del medio ambiente, su paisaje natural, espacio público y sus recursos naturales:Un municipio que prioriza la conservación y protección de sus recursos naturales, y su oferta de bienes y servicios ambientales, que promueve el ahorro, uso eficiente y racional de los recursos; especialmente los hídricos, la biodiversidad y el suelo. Que promueve estrategias encaminadas a la mitigación de las manifestaciones del cambio climático, las tendencias del calentamiento global y sus efectos sobre el territorio. 2. La consolidación de la movilidad, los equipamientos, la infraestructuras, la estructura ecológica y los servicios públicos como un sistema sostenible:Los sistemas estructurantes del territorio son complementarios y deben darse de manera concomitante, como un sistema que articule y armonice de manera efectiva lo rural, lo urbano y lo supramunicipal. Que consolide el sistema de movilidad y equipamientos como espacios colectivos prioritarios de interés público donde se desarrollen actividades de sano esparcimiento, de bienestar social, salud, recreación, deporte y cultura. 3. La promoción de la calidad de vida, la inclusión y la educación, en una sociedad que vive segura, digna y en sana convivencia: Que promueve la cultura ciudadana desde el rescate de los valores humanos y cívicos, democráticos y éticos, el conocimiento, para las competencias transformadoras en sociedad, que aseguren la sostenibilidad del territorio, enmarcado en el modelo de ocupación; que garanticen la seguridad y dignidad de sus habitantes en sana convivencia. 4. La integración a la región, viable, sostenible y competitivo: Guarne vinculado, integrado y articulado a la región y al mundo, integrado espacial y ambientalmente al desarrollo del Oriente Antioqueño, en una relación de complementariedad y cooperación económica, a través de los flujos terrestres y aéreos, su espacio público y sus recursos naturales. 5. Liderazgo en la región en ruralidad sostenible e industria limpia: introducir prácticas de producción limpia y de responsabilidad ambiental, bajo la estrategia de desarrollo sostenible, en todo el territorio apto para la industria y el campo; además de la consolidación de la estrategia económica regional del “Distrito Agrario”. 6. La promoción para el hábitat, la industria, el turismo y el deporte: generar en el municipio ambientes propicios para la vivienda urbana, rural y campestre, estimulando su uso y habitabilidad, en aras de fortalecer el sentido de pertenencia e identidad de sus habitantes; ambientes propicios para la industria, promoviendo la competitividad territorial a través de la estrategia de producción más limpia, que logre un desarrollo social y económico equilibrado,
  • 22. Página | 22 respetando la capacidad de soporte de los ecosistemas; así como el fortalecimiento de ambientes que promuevan el turismo y el deporte, como actividades significativas que contribuyen a la economía y desarrollo del municipio. Artículo 27. OBJETIVOS TERRITORIALES DE LARGO Y MEDIANO PLAZO. Adóptese para el ordenamiento territorial del Municipio de Guarne los siguientes objetivos de largo y mediano plazo: 1. A nivel Físico-Espacial: a. Implementar gestiones que permitan integrar espacial y ambientalmente el municipio con el desarrollo de la Región, promoviendo acciones urbanísticas que permitan optimizar el uso y aprovechamiento del suelo. b. Conformar un sistema de movilidad eficiente y funcional, que permita la articulación y conexión de los espacios rurales, suburbanos y urbanos del nivel local y regional; y la eficiente dotación de vías, equipamientos públicos, espacios públicos y servicios públicos; en calidad, disponibilidad y accesibilidad, para el desarrollo integral de sus habitantes. c. Garantizar la cobertura, calidad y acceso de todos los habitantes a los servicios públicos domiciliarios, así como de infraestructuras necesarias de redes y equipamientos para el servicio y acceso eficiente a los servicios públicos domiciliarios y de transporte. d. Articular los elementos que componen el sistema estructurante del municipio, para constituir una red jerarquizada de ejes y nodos, que ordene el territorio y asegure un desarrollo equilibrado y funcional del mismo. 2. A nivel Ambiental: a. Priorizar la conservación y protección de los recursos naturales: las áreas con alto valor ambiental, agrícola, forestal y paisajístico, la oferta de bienes y servicios ambientales, la biodiversidad y los recursos hídricos. b. Promover mecanismos de adaptación y mitigación al cambio climático, promoviendo el ahorro, uso eficiente y racional de los recursos; especialmente los hídricos, la biodiversidad y el suelo, en todos los sectores. c. Consolidar la Estructura Ecológica Principal municipal y regional, y sus elementos, incluyendo la Red Ecológica; como soporte fundamental del desarrollo del municipio. d. Crear y promover programas que fortalezcan la capacidad de respuesta local y su resiliencia, así comoincrementar la capacidad de las comunidades para enfrentar futuros escenarios de emergencia. 3. A nivel Económico: a. Implementar estrategias para el fomento de actividades productivas que cuenten con áreas de investigación para la innovación, la formación y la asistencia técnica al Distrito Agrario, haciendo más competitiva su operación. b. Promover el desarrollo sostenible, donde los usos industriales, agroindustriales, de comercio, servicios, residenciales e institucionales, se inserten en el territorio y convivan de manera armónica en una relación de complementariedad. c. Generar infraestructuras de comercio y servicios en la zona de interés económico del aeropuerto como complemento a las actividades
  • 23. Página | 23 aeroportuarias, que de apoyo a la exportación de productos agrícolas del distrito agrario y dé soporte a las actividades industriales y turísticas. d. Incorporar procesos tecnológicos y de investigación que promuevan la difusión del conocimiento y el establecimiento de convenios con entidades académicas, tecnológicas y de investigación científica para el fortalecimiento de la competitividad y el desarrollo productivo local. 4. A nivel Socio-Cultural: a. Mejorar los equipamientos en los diversos sectores de acuerdo a las determinaciones del sistema urbano municipal y a las infraestructuras de educación, cultura, salud, bienestar social, transporte, recreación y deporte, administración pública y demás equipamientos de servicios. b. Implementar programas que promuevan la calidad de vida, la inclusión, la seguridad y la educación, el rescate de los valores humanos y cívicos, democráticos y éticos. Artículo 28. ESTEGIAS TERRITORIALES DE LARGO Y MEDIANO PLAZO. Adóptese para el ordenamiento territorial del Municipio de Guarne las siguientes estrategias territoriales de largo y mediano plazo: a. Consolidar un crecimiento hacia adentro para completar el tejido urbano, con un desarrollo urbanístico de los predios que en la vigencia del PBOT, aún no se han desarrollado, estableciendo bordes de protección para frenar la expansión hacia la periferia urbana. b. Generar un sistema de espacio público con incorporación efectiva de elementos estructurantes naturales más destacados, tales como su orografía e hidrografía articulando a las espacialidades urbana y rural. c. Potenciar el parque lineal de la quebrada La Mosca como eje estructurante integrado espacial y ambientalmente al desarrollo urbanístico del municipio. d. Jerarquizar un sistema de centralidades a partir del núcleo tradicional y representativo como lo es el parque principal, completado con un subsistema de centralidades barriales, un sistema vial y de transporte perimetral a partir de la vía circunvalar, en equilibrio dinámico con el área urbana y rural. e. Formular una política de vivienda y hábitat, especialmente en el campo del interés social y determinar los lugares específicos para su desarrollo. f. Precisar la política de protección de las zonas y edificaciones de interés patrimonial. g. Consolidar el desarrollo urbano, que promueva un urbanismo que responda a los requerimientos de un desarrollo sostenible, con calidad en vivienda, servicios públicos, movilidad y transporte, equipamientos y espacio público. h. Generar oportunidades para los habitantes del municipio a través del acceso al suelo, el crecimiento equilibrado y la utilización racional y sostenible del territorio. i. Aplicar las plusvalías generadas por el desarrollo urbanístico del nuevo modelo de ocupación del municipio para el desarrollo de nuevos proyectos de vivienda VIS y VIP, espacio público, infraestructura vial y equipamientos. j. Fomentar un sistema de espacio público con una incorporación efectiva de elementos naturales destacados, un sistema vial y de transporte perimetral y circunvalar y el desarrollo de corredores paisajísticos a lo largo de todas las quebradas, para aumentar la calidad urbanística del municipio.
  • 24. Página | 24 k. Formular y desarrollar un plan vial para conciliarlo con el Plan vial y de transporte del nivel subregional. l. Articular vialmente la cabecera urbana con las veredas del suelo rural. m. Incentivar la construcción de parqueaderos públicos y privados para evitar la contaminación (congestión) de las vías de la localidad. n. Elaborar un plan de embellecimiento de fachadas en el casco urbano central. o. Apoyar la actividad agrícola y la generación de empleo inclusivos para la población. p. Fortalecer la cultura del reciclaje en el municipio, tanto en comunidades rurales como urbanas. q. Implementar proyectos eco-turísticos turístico y gastronómico para la generación de empleo. r. Integrar espacial, ambiental y vialmente el municipio al desarrollo territorial de los Valles de San Nicolás, el cual aporta significativamente a la región con su paisajismo, su medio ambiente y su espacio público. s. Articular los elementos que componen el sistema estructurante natural del municipio, para constituir una red jerarquizada de ejes y nodos, que ordene el territorio y asegure un desarrollo equilibrado y funcional del mismo. t. Propender por la protección ambiental del territorio y los incentivos pertinentes para la conservación del patrimonio natural y cultural. u. Impulsar el desarrollo de un municipio libre de toda contaminación, con mayor protección a los bosques, a las fuentes hídricas, a las cuencas, a la flora y a la fauna en general. v. Mantener las coberturas necesarias, para regular la oferta hídrica y prevenir la erosión y sedimentación. w. Brindar a la comunidad urbana y rural del municipio de Guarne, bienestar social integral con equidad e inclusión social, mediante la participación en actividades y servicios socioculturales que refuercen el tejido social ya existente. x. Apoyar las actividades artísticas y culturales, con el fin de fortalecer potenciales artísticos y la construcción de dichos escenarios. y. Fortalecerlas instituciones públicas que promuevan la convivencia armónica, la asociatividad, la participación y la organización social de sus habitantes. z. Conformar una imagen arquitectónica amable y ordenada, a mediano plazo. aa. Recuperar las orillas de las quebradas, invadidas por construcciones, a mediano plazo. bb. Conformar el Sistema de Espacio Público Municipal mediante la articulación de sus centralidades, sistema vial y parques lineales, integrando todos sus componentes, constituyéndose así como el elemento ordenador del territorio por excelencia, a corto plazo. cc. Promover el sistema de parques lineales de las quebradas La Mosca, como patrimonio paisajístico urbano, que posibilita la conformación de grandes áreas de espacio público para el esparcimiento e interacción social, a mediano plazo. dd. Valorar y conservar el entorno del conjunto Santa Ana declarado patrimonio histórico-cultural Nacional, a corto plazo. ee. Generar la infraestructura física necesaria para la comunidad urbana y rural del municipio para la prestación de servicios sociales y culturales que permitan el bienestar social en la población, a mediano y corto plazo.
  • 25. Página | 25 ff. Construir un hábitat sano y de calidad, con la vivienda como elemento fundamental en la conformación de la morfología de la ciudad, a mediano y corto plazo. gg. Implementar un plan de embellecimiento de fachadas principales y posteriores y culatas de los inmuebles que se encuentran localizados aledaños a los parques lineales propuestos, a corto plazo. hh. Promover la articulación peatonal de los escenarios de encuentro ciudadano plazas, plazoletas y sitios culturales, deportivos y recreativos, los cuales se encuentran segregados, a mediano y corto plazo. ii. Impulsar las cesiones urbanísticas tipo A, B y C como mecanismo para la creación de espacio público, zonas verdes efectivas, infraestructura vial y construcción de equipamientos comunales de carácter público para el municipio, a mediano y corto plazo. jj. Disminuir el déficit de espacio público a través de las obligaciones urbanísticas tipo A, B y C, generadas por las actuaciones de los particulares, públicas o mixtas, a mediano y corto plazo. kk. Implementar algunos de los instrumentos de gestión de la Ley como herramienta legal para generar el espacio público municipal, a mediano y corto plazo. ll. Valorar el espacio público como principal atributo estructurante del suelo urbano, elemento fundamental para la integración social y la construcción de valores ciudadanos, a corto plazo. mm. Reglamentar los asentamientos de los usos y actividades urbanas de manera que se logre una funcionalidad territorial en los cinco sectores urbanos y mitigar los conflictos existentes, a corto plazo. nn. Mejorar las condiciones de habitabilidad en los sectores urbanos que presentan déficit y deterioro en la calidad de los atributos de la vivienda, espacio público y equipamiento colectivo, a mediano y corto plazo. oo. Gestión para la generación de suelo para vivienda de interés social tanto en el suelo urbano como en el de expansión urbana, identificando terrenos aptos para ello, así como para financiar el acceso a esta, a mediano y corto plazo. pp. Mejorar y generar los equipamientos que la comunidad solicita a través de las obligaciones urbanísticas tipo C, generadas por las actuaciones de los particulares, a mediano y corto plazo. qq. Estimular la ruralidad sostenible y la industria limpia no contaminante, a partir de incentivos tributarios. rr. Implementar programas culturales y cívicos tendientes a preservar la identidad el arraigo de los guarneños y de las futuras generaciones, a corto plazo. ss. Configurar las áreas que hacen parte de la estructura ecológica como elemento vital para la sostenibilidad del municipio, a corto plazo. tt. Estimular acciones coordinadas que propendan por la reducción de la vulnerabilidad, generación de una cultura de la prevención, el fomento del liderazgo y la cooperación en la región. TÍTULO II CONTENIDO ESTRUCTURAL DEL PLAN CAPÍTULO 1 CLASIFICACIÓN DEL SUELO
  • 26. Página | 26 Artículo 29. CONCEPTO DE CLASIFICACION DEL SUELO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 388 de 1997, el territorio municipal se clasifica en suelo urbano, rural y de expansión urbana. Al interior de estas clases se podrán establecer las categorías de suburbano y de protección. La clasificación del territorio se refiere a la definición explícita de los perímetros que determinan los suelos urbanos, de expansión, rurales y de protección. Igualmente, según el numeral 1 del artículo 15 de la Ley 388 de 1997, la clasificación del suelo hace parte de las Normas Urbanísticas Estructurales, las cuales sólo pueden ser modificadas “con motivo de la revisión general del Plan o excepcionalmente a iniciativa del alcalde municipal o distrital, con base en motivos y estudios técnicos debidamente sustentados”. Artículo 30. SUELOS DE PROTECCION:De conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley 388 de 1997 y el artículo 4º del Decreto 3600 de 2007, constituyen suelos de protección y conservación ambiental, los siguientes: 1. En el suelo rural: a. Las áreas del Sistema Nacional de Áreas Protegidas: 1) Del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP): Reserva Forestal Protectora Nacional del Nare. b. Las áreas de protección del Acuerdo 250 de 2011: 1) Las áreas estratégicas para protección ambiental definidas en los POMCAS. 2) Las zonas de alto riesgo de desastres por inundación y movimiento en masa. 3) Cobertura de bosque natural en sus diferentes grados de intervención y bosque natural secundario. 4) Las rondas hídricas de las corrientes de agua y nacimientos. 5) Las áreas o predios con pendientes mayores al 75%. 2. En el suelo urbano y de expansión urbana: a. Rondas hídricas. b. Bosques naturales. c. Pendientes mayores al 75%. d. Zonas de riesgo alto por inundación. e. Zonas de riesgo alto por movimiento en masa. PARÁGRAFO: Estas áreas delimitadas se desarrollan en los componentes urbano y rural y hacen parte del sistema estructurante natural y ambiental. Artículo 31. CONCEPTO DE SUELO URBANO: El artículo 31 de la Ley 388 de 1997, define el suelo urbano como aquellas áreas del territorio municipal destinadas a usos urbanos por el Plan Básico de Ordenamiento Territorial, que cuenten con infraestructura vial y redes primarias de energía, acueducto y alcantarillado, posibilitándose su urbanización y edificación según sea el caso.
  • 27. Página | 27 Artículo 32. ACTUALIZACIÓN DEL PERÍMETRO URBANO: 1. Actualización por Inclusión de nuevas áreas: Se incluyen los desarrollos ejecutados como lo son las urbanizaciones Comfama y San Antonio parte alta, que no se encontraban dentro del perímetro urbano, pero que se asentaron con posterioridad; además de la zona nororiental del sector San Antonio; que por encontrarse dentro del perímetro sanitario y al estar integrado a la malla urbana del municipio, adopta atributos urbanos que viabilizan su incorporación. 2. Actualización por exclusión de áreas: Se excluyen del perímetro urbano las áreas que se encuentran por fuera del perímetro sanitario y las que por sus condiciones físicas son clasificadas como zonas inestables y de inestabilidad potencial, las cuales pasan a ser suelos de protección dentro del suelo de expansión, en procura de su estricta conservación y propiciando la adquisición por parte de la Administración Municipal a través de la entrega de cesiones urbanísticas, de tal forma que puedan consolidarse como áreas recreativas y paisajísticas dirigidas a la estructuración del sistema de espacio público. Artículo 33. DELIMITACIÓN DEL PERÍMETRO URBANO: Se constituye entonces como suelo urbano el conformado por la cabecera municipal delimitada por el siguiente perímetro con un área aproximada de153.45 Ha., el cual corresponde al plano identificado con el código PBOT_CG_001. El perímetro urbano del municipio de Guarne, inicia al norte, en el punto N° 1 en la intersección con la quebrada La Mosca, vereda La Cabaña, predio N° 3182001000002100033; por este, en sentido nororiental seguimos con los puntos N° 2,3,4,5 con límites del predio N° 3182001000002100034; continuando con los puntos N° 6,7,8,9,10 límites del predio N° 3182001000002100037;de allí continuando con los puntos N° 11 y 12 límite del predio N°3182001000002100003; en sentido sur con los puntos N° 13, 14, 15, 16, 17 y 18 límite del predio N° 3182001000002000390 y los puntos N° 19, 20, 21 límites del predio N° 3181001001002200044; bordeando el predio N° 3181001001002200019 en los puntos N° 22, 23, 24, 25, 26, 27; para continuar con la intersección con una fuente hídrica afluente de la quebrada Basto Norte en los puntos N° 28 y 29; en sentido noroccidente hasta el punto N° 30 continuando hasta la intersección en el punto N° 31 con la Quebrada Basto Norte; continuando aguas debajo de la quebrada Basto Norte con los puntos N° 32, 33, 34, 35 límites del predio N° 3182001000002000387; continuando en sentido sur con los puntos N° 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44; de este punto en sentido norte continuando con los puntos N° 45, 46, y 47 en límites del predio N° 3182001000002000446; por este límite en la intersección con la quebrada Basto Sur y sus afluentes en los puntos N° 48, 49, 50, 51, 52, 53 por límite de los N° 3182001000001800102, N° 3182001000001800230 y 3182001000001800236 respectivamente; continuando por el costado oriental hacia el sur con los puntos N° 54, 55, 56,57 limítrofe del predio N° 3182001000001800236; continuando hacia el sur con los puntos N° 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65 intersección con uno de los afluentes de la quebrada Basto Sur; de ahí continuando en el costado oriental con los puntos N° 66 y 67 que bordean el predio N° 3181001001008500027; siguiendo con los puntos N° 68 y 69 en el predio N° 3181001001014600007; por este punto continuando con los puntos 69, 70 71, que bordean los predios N° 3181001001014600010, N° 3181001001014600008 y N°
  • 28. Página | 28 3181001001014600009; continuando con los puntos N° 72 y 73 límite del predio N° 3181001001014700003; de ahí en sentido sur con los puntos N° 74 y 75 que bordean al predio N° 3182001000001800247; continuando con los puntos N° 76, 78, 78hasta la intersección de la calle 47 límite de los predios N° 3181001001013400011, N° 3181001001013400015, N° 3181001001013400014, N° 3181001001013400013 y N° 3181001001013400001; por este mismo sentido bordeando el predio N° 3181001001013400001 hasta llegar al punto N° 79, intersección de la calle 46; continuando hasta el punto N° 80 intersección de la calle 45 pasando por los predios N° 3181001001013400017, N° 3181001001013400025, N° 3181001001013400024, N° 3181001001013400023; continuando en ese mismo sentido hasta el punto N° 81 intersección de la calle 44, pasando por los predios N° 3181001001013400010, N° 3181001001013400009, N° 3181001001013400020, N° 3181001001013400018, N° 3181001001013400008, N° 3181001001013400007 respectivamente; continuando por la calle 44 con los puntos N° 82 y 83 bordeando los predios N° 3181001001013400019, N° 3181001001013400006, N° 3181001001013400022, N° 3181001001013400003, N° 3181001001013400002 respectivamente; de este punto hasta la intersección de la calle 43 con el punto N° 84 bordeando el predio N° 3182001000001700172; continuando por la calle 43 en los puntos N° 85 y 86 hasta la intersección con la fuente hídrica bordeando los predios N° 3182001000001700127 y N° 3182001000001700126 respectivamente; de este punto en sentido sur bordeando la vía en los puntos N° 88, 89, 90 y 91 en límite con los predios N° 3182001000001700139, N° 3182001000001700126, N° 3182001000001700065 y N° 3182001000001700122; continuando en el costado oriental con los puntos N° 92, 93, 94 y 95 límites del predio N° 3182001000001700062; de ahí con los puntos N° 96 y 97 límite del predio N° 3182001000001700058; continuando con los puntos N° 98, 99 límite del predio N° 3182001000001700053; continuando con los puntos N° 99 al 106 intersección de la quebrada San Antonio bordeando el predio N° 3182001000001700124; de ahí aguas arriba de afluente de la quebrada La Mosca por los puntos N° 107 al 110 que bordean los predios N° 3182001000001700135, N° 3182001000001700157, N° 3182001000001700158, N° 3182001000001700159, N° 3182001000001700160 y N° 3182001000001700075; continuando con los puntos N° 111 al 118 bordeando la zona de expansión San Antonio II; continuando con los puntos N° 119 al 122 en intersección con la quebrada La Mosca, bordeando la zona de expansión San Antonio III y los predios N° 3181001001015100015, N° 3181001001015100016 y N° 3181001001015100013; continuando aguas abajo por la quebrada La Mosca por los puntos N° 123 a 129 bordeando los predios N° 3182001000001401003 y N° 3182001000001400295 respectivamente; de este punto iniciado en el costado occidental hacia el norte con los puntos N° 130 al 137 bordeando la autopista Medellín-Bogotá; por este punto bordeando el barrio Camilo Torres en los puntos N° 138, 139, 140 y 141; continuado por los puntos N° 142, 143, 144 que bordean la Autopista Medellín- Bogotá; por este punto bordeando por el sector de La Brizuela en los puntos N° 146, 147, 148, 149, 150, 151, 152, 153, 154, 155, 156, 157, 158, 159, 160, 161, 162, 163, 164, 165, 166, 167, 168, 169, 170 171, 172 limitando con los predios N° 3181001001007300001, N° 3181001001007300048, N° 3181001001007300052, N° 3181001001007300053, N° 3182001000001600462, N° 3182001000001600659, N° 3182001000001600247, N° 3182001000001600339, N° 3182001000001600411, N° 3182001000001600338, N° 3182001000001600340, N° 3182001000001600374, N° 3182001000001600618, N° 3182001000001600619, N° 3182001000001600621, N° 3182001000001600622, N° 3182001000001600623, N° 3182001000001600624, N°
  • 29. Página | 29 3182001000002200276, N° 3182001000002200242 respectivamente, hasta llegar al punto N° 172 intersección de la autopista Medellín-Bogotá; por este punto hacia el norte bordeando el límite de la autopista Medellín-Bogotá por la vereda El Salado hasta llegar al punto N° 179; atravesando la autopista en sentido occidente oriente por los puntos N° 180 181 en intersección con la quebrada La Mosca y la carrera 52; y desde allí hasta el punto de partida (punto N°1). PARÁGRAFO: El perímetro urbano del municipio de Guarne está comprendido entre las siguientes coordenadas: PUNTO X Y PUNTO X Y 1 848268,199 1187156,914 90 849472,656 1185938,448 2 848294,645 1187172,554 91 849459,984 1185913,198 3 848320,781 1187178,267 92 849433,781 1185880,839 4 848354,172 1187179,476 93 849469,936 1185862,583 5 848399,020 1187163,822 94 849506,314 1185814,396 6 848417,727 1187169,454 95 849546,508 1185766,164 7 848422,324 1187186,224 96 849529,940 1185737,184 8 848436,195 1187159,759 97 849566,915 1185691,019 9 848464,612 1187161,900 98 849614,269 1185655,847 10 848494,258 1187180,075 99 849648,698 1185648,636 11 848550,325 1187188,762 100 849679,631 1185616,517 12 848606,076 1187193,668 101 849700,271 1185573,819 13 848616,443 1187139,392 102 849725,955 1185561,886 14 848589,401 1187126,709 103 849723,222 1185545,100 15 848627,908 1187103,435 104 849706,612 1185544,554 16 848609,177 1187076,508 105 849709,485 1185527,913 17 848588,661 1187046,573 106 849762,412 1185525,228 18 848596,503 1187041,583 107 849785,246 1185506,843 19 848587,590 1187007,073 108 849830,478 1185495,503 20 848639,213 1186931,017 109 849897,841 1185459,851 21 848689,334 1186919,731 110 849952,597 1185431,625 22 848755,146 1186915,753 111 849941,184 1185384,043 23 848805,500 1186915,664 112 849977,416 1185364,404 24 848816,601 1186909,872 113 849974,114 1185313,999 25 848821,435 1186938,869 114 849976,952 1185286,308 26 848796,861 1186952,255 115 849963,456 1185252,212 27 848811,409 1186990,398 116 849946,205 1185211,307 28 848820,661 1187022,375 117 849935,839 1185187,712 29 848831,859 1187016,771 118 849883,318 1185163,643 30 848874,501 1187097,981 119 849866,179 1185231,255 31 848930,682 1187069,758 120 849792,246 1185186,737 32 848919,360 1187048,111 121 849736,790 1185182,290 33 848895,596 1187060,481 122 849685,696 1185182,039 34 848862,527 1186999,247 123 849644,095 1185067,265
  • 30. Página | 30 35 848833,653 1186942,428 124 849595,771 1184960,777 36 848821,096 1186905,553 125 849533,719 1184846,909 37 848835,224 1186848,913 126 849492,696 1184775,291 38 848831,156 1186781,602 127 849477,509 1184790,659 39 848851,798 1186748,517 128 849442,146 1184765,290 40 848884,604 1186706,099 129 849413,682 1184768,617 41 848912,778 1186652,943 130 849457,523 1184964,838 42 848925,620 1186658,729 131 849473,495 1185083,414 43 848943,175 1186622,722 132 849451,857 1185081,017 44 849023,860 1186562,732 133 849339,584 1185382,825 45 849042,539 1186594,135 134 849283,268 1185483,584 46 849154,736 1186641,469 135 849176,150 1185641,124 47 849178,243 1186777,333 136 849085,300 1185767,623 48 849242,388 1186777,080 137 848956,237 1185889,513 49 849261,994 1186756,051 138 848886,369 1185800,363 50 849324,464 1186789,790 139 848861,597 1185823,106 51 849376,990 1186753,751 140 848823,205 1185895,951 52 849365,538 1186712,637 141 848859,833 1185936,695 53 849330,921 1186658,230 142 848712,466 1185987,302 54 849353,859 1186621,478 143 848538,782 1186059,056 55 849392,743 1186564,930 144 848442,626 1186155,260 56 849411,390 1186578,602 145 848421,803 1186169,792 57 849427,938 1186551,530 146 848365,309 1186130,705 58 849353,953 1186517,062 147 848323,118 1186091,212 59 849312,033 1186486,829 148 848306,203 1186077,208 60 849286,319 1186475,394 149 848266,210 1186050,977 61 849283,503 1186438,291 150 848283,242 1185971,545 62 849225,798 1186439,576 151 848334,817 1185925,068 63 849216,498 1186409,405 152 848349,166 1185851,351 64 849231,564 1186394,138 153 848386,913 1185798,395 65 849184,111 1186376,195 154 848353,166 1185710,953 66 849217,358 1186331,725 155 848272,140 1185807,670 67 849238,280 1186340,208 156 848174,878 1185875,912 68 849249,409 1186330,506 157 848156,875 1185847,919 69 849279,509 1186350,838 158 848053,106 1185855,345 70 849326,211 1186336,476 159 848041,683 1185880,745 71 849344,143 1186362,785 160 847934,847 1185879,999 72 849362,016 1186355,181 161 847953,744 1185953,406 73 849408,723 1186357,410 162 847993,995 1185992,692 74 849438,572 1186320,774 163 848037,436 1185973,324 75 849486,663 1186258,297 164 848060,366 1185988,978 76 849404,826 1186222,732 165 848169,046 1186009,616 77 849366,298 1186251,478 166 848118,397 1186054,262
  • 31. Página | 31 78 849340,135 1186240,697 167 848091,734 1186125,227 79 849345,097 1186225,878 168 848054,278 1186201,653 80 849374,577 1186174,328 169 848139,994 1186183,185 81 849386,744 1186154,399 170 848230,905 1186240,320 82 849397,543 1186169,427 171 848300,359 1186304,840 82a 849420,657 1186183,473 172 848373,651 1186330,802 82b 849431,866 1186166,720 173 848370,263 1186468,868 82c 849444,712 1186174,461 174 848351,727 1186583,048 82c 849454,922 1186162,200 175 848292,865 1186761,324 83 849459,302 1186164,844 176 848238,685 1186908,447 84 849479,229 1186133,107 177 848202,146 1186999,465 85 849453,202 1186103,536 178 848174,221 1187091,375 86 849409,070 1186073,607 179 848163,752 1187202,745 87 849426,028 1186057,981 180 848209,344 1187192,852 88 849441,603 1186016,190 181 848246,063 1187189,601 89 849481,375 1185983,340 Artículo 34. SUELO DE EXPANSIÓN URBANA: El suelo de expansión urbana del municipio de Guarne se ajusta teniendo en cuenta las condiciones físico espaciales relacionadas con el aspecto ambiental, amenazas y riesgos, cobertura de servicios públicos domiciliarios, la conectividad con la actual malla urbana y el análisis demográfico; en consecuencia se adopta como suelo de expansión urbana los siguientes polígonos, los cuales de identifican y delimitan en el plano identificado con el código PBOT_CG_001: Artículo 35. DELIMITACIÓN DEL SUELO DE EXPANSIÓN URBANA: Los suelos de expansión urbana adoptados para el municipio de Guarne se delimitan bajo las siguientes coordenadas: 1. Polígono S1-DE-1 – Alcores: PUNTO X Y PUNTO X Y 1 848616,44 1187139,39 42 849029,36 1187464,55 2 848606,08 1187193,67 43 849038,28 1187467,86 3 848632,87 1187219,44 44 849048,47 1187466,08 4 848662,28 1187259,14 45 849060,15 1187452,28 5 848679,01 1187292,59 46 849072,79 1187436,94 6 848684,12 1187335,93 47 849069,39 1187418,49 7 848648,53 1187372,04 48 849051,94 1187383,14 8 848619,51 1187405,64 49 849041,38 1187361,41 CODIGO NOMBRE AREA M2 S1-DE-1 Alcores 238784 S3-DE-2 La Charanga 295293 S3-DE-3 San Antonio I 67264 S4-DE-4 San Antonio II 34524 S4-DE-5 San Antonio III 34150 S4-DE-6 San Antonio IV 30592
  • 32. Página | 32 9 848564,23 1187456,93 50 849031,43 1187338,44 10 848528,75 1187512,17 51 849002,54 1187323,14 11 848520,48 1187558,75 52 848979,81 1187305,89 12 848491,82 1187601,51 53 848965,93 1187274,57 13 848452,89 1187628,95 54 848962,03 1187226,65 14 848414,36 1187665,69 55 848947,32 1187193,77 15 848466,22 1187680,00 56 848931,04 1187144,20 16 848505,46 1187723,79 57 848922,90 1187117,84 17 848563,94 1187795,00 58 848902,22 1187089,14 18 848572,64 1187782,23 59 848874,52 1187097,98 19 848595,82 1187763,16 60 848852,75 1187055,79 20 848609,01 1187739,85 61 848831,86 1187016,77 21 848624,15 1187728,93 62 848820,66 1187022,37 22 848629,78 1187676,34 63 848812,94 1187008,39 23 848654,05 1187671,21 64 848812,06 1186990,05 24 848662,15 1187643,41 65 848816,28 1186987,75 25 848681,58 1187629,26 66 848796,86 1186952,26 26 848702,41 1187609,49 67 848821,44 1186938,87 27 848719,51 1187569,83 68 848816,60 1186909,87 28 848739,57 1187552,85 69 848798,50 1186916,72 29 848769,45 1187548,70 70 848755,15 1186915,75 30 848793,30 1187526,45 71 848725,45 1186915,95 31 848829,94 1187489,65 72 848689,33 1186919,73 32 848834,41 1187496,16 73 848649,16 1186925,58 33 848869,45 1187488,71 74 848625,69 1186946,86 34 848900,40 1187492,94 75 848587,59 1187007,07 35 848932,06 1187487,21 76 848587,27 1187026,13 36 848957,37 1187503,42 77 848596,50 1187041,58 37 848993,09 1187516,98 78 848588,66 1187046,57 38 849009,09 1187491,96 79 848609,20 1187076,54 39 849018,91 1187466,67 80 848627,91 1187103,44 40 849006,44 1187460,61 81 848606,44 1187114,19 41 849007,04 1187457,57 0 848589,40 1187126,71 2. Polígono S3-DE-2 – La Charanga: PUNTO X Y PUNTO X Y 1 849379,17 1186978,98 47 849349,56 1186564,71 2 849551,28 1186759,60 48 849331,90 1186589,37 3 849632,51 1186705,88 49 849332,46 1186589,81 4 849679,72 1186636,88 50 849324,91 1186613,80 5 849661,69 1186619,09 51 849326,05 1186613,70 6 849633,95 1186620,81 52 849327,35 1186637,60 7 849596,99 1186625,82 53 849310,65 1186650,67 8 849564,53 1186550,04 54 849318,52 1186682,91 9 849550,75 1186514,83 55 849317,62 1186701,76 10 849538,83 1186484,34 56 849351,02 1186686,63 11 849520,98 1186491,56 57 849382,59 1186738,30 12 849508,98 1186471,65 58 849359,73 1186768,10 13 849495,11 1186420,99 59 849324,46 1186789,79 14 849470,32 1186422,96 60 849293,29 1186776,78 15 849446,50 1186417,27 61 849262,01 1186756,06 16 849417,53 1186421,42 62 849222,75 1186779,51 17 849394,51 1186408,19 63 849177,95 1186780,89
  • 33. Página | 33 18 849376,87 1186389,73 64 849166,89 1186764,08 19 849391,47 1186375,13 65 849169,55 1186692,21 20 849408,72 1186357,41 66 849154,74 1186641,47 21 849362,02 1186355,18 67 849113,15 1186620,03 22 849344,14 1186362,78 68 849050,93 1186589,75 23 849334,93 1186352,94 69 849023,86 1186562,73 24 849325,15 1186349,04 70 849023,72 1186562,35 25 849326,21 1186336,48 71 849023,22 1186563,18 26 849302,26 1186336,90 72 848987,78 1186584,92 27 849279,41 1186337,31 73 848951,54 1186605,19 28 849279,51 1186350,84 74 848925,62 1186658,73 29 849267,49 1186350,54 75 848912,78 1186652,94 30 849267,14 1186350,84 76 848893,65 1186690,98 31 849249,41 1186330,51 77 848859,05 1186739,14 32 849238,28 1186340,21 78 848830,59 1186784,05 33 849217,37 1186331,71 79 848833,18 1186827,07 34 849205,10 1186350,74 80 848833,79 1186867,83 35 849184,11 1186376,20 81 848821,21 1186905,45 36 849231,56 1186394,14 82 848833,53 1186942,03 37 849216,50 1186409,40 83 848892,78 1186950,40 38 849226,88 1186436,57 84 848971,13 1186964,95 39 849283,50 1186438,29 85 849053,92 1186989,72 40 849281,87 1186462,90 86 849125,77 1187034,55 41 849293,61 1186476,58 87 849206,69 1187061,17 42 849324,69 1186494,05 88 849258,21 1187121,90 43 849357,92 1186516,68 89 849313,21 1187158,29 44 849386,54 1186530,33 90 849352,29 1187059,78 45 849379,37 1186542,86 91 849361,82 1187018,90 46 849363,94 1186544,40 92 849379,17 1186978,98 3. Polígono S3-DE-3 – San Antonio I: PUNTO X Y PUNTO X Y 1 849405,04 1186222,73 22 849478,40 1185972,90 2 849441,08 1186240,24 23 849471,42 1185996,14 3 849486,85 1186257,95 24 849441,60 1186016,19 4 849510,64 1186263,02 25 849431,23 1186043,53 5 849533,61 1186251,35 26 849411,38 1186073,58 6 849557,47 1186208,60 27 849411,66 1186073,68 7 849557,51 1186194,55 28 849452,85 1186102,35 8 849590,09 1186212,61 29 849432,36 1186140,90 9 849608,14 1186185,28 30 849383,91 1186115,71 10 849630,08 1186166,13 31 849354,57 1186165,61
  • 34. Página | 34 PUNTO X Y PUNTO X Y 11 849663,53 1186152,10 32 849354,55 1186165,72 12 849698,73 1186133,01 33 849332,82 1186158,97 13 849697,37 1186117,52 34 849302,62 1186198,17 14 849746,91 1186102,17 35 849277,25 1186239,17 15 849735,83 1186080,52 36 849279,27 1186255,17 16 849694,49 1186040,84 37 849285,64 1186263,52 17 849652,24 1186010,91 38 849327,29 1186280,37 18 849609,10 1185973,15 39 849358,78 1186257,31 19 849500,20 1185920,55 40 849608,70 1185985,74 20 849460,31 1185913,45 41 849548,36 1185951,76 21 849443,19 1185957,34 4. Polígono S4-DE-4 – San Antonio II: PUNTO X Y PUNTO X Y 1 850146,95 1185338,39 24 849975,38 1185276,97 2 850126,06 1185332,28 25 849976,83 1185290,81 3 850114,86 1185317,44 26 849968,35 1185311,35 4 850093,17 1185301,93 27 849975,98 1185328,43 5 850071,98 1185286,78 28 849981,68 1185347,51 6 850054,37 1185260,46 29 849977,42 1185364,40 7 850054,11 1185260,28 30 849956,12 1185377,13 8 850028,75 1185241,38 31 849940,84 1185385,26 9 850008,06 1185227,69 32 849939,59 1185419,39 10 849989,73 1185196,34 33 849952,60 1185431,62 11 849975,91 1185179,05 34 849994,97 1185439,82 12 849949,78 1185154,66 35 850013,05 1185445,02 13 849920,53 1185150,93 36 850019,35 1185455,35 14 849899,12 1185140,29 37 850037,47 1185468,93 15 849888,07 1185134,11 38 850053,17 1185472,09 16 849883,32 1185163,60 39 850086,30 1185425,33 17 849883,32 1185163,64 40 850114,81 1185389,76 18 849938,29 1185187,42 41 850141,84 1185368,12 19 849938,09 1185209,68 42 849883,32 1185163,64 20 849948,66 1185211,02 43 849883,32 1185163,60 21 849956,30 1185228,77 44 849888,07 1185134,11 22 849951,57 1185235,71 0 850163,02 1185332,65 23 849958,99 1185254,44 5. Polígono S4-DE-5 – San Antonio III: PUNTO X Y PUNTO X Y
  • 35. Página | 35 1 849883,32 1185163,60 17 849710,00 1185044,18 2 849884,05 1185141,29 18 849673,71 1185058,03 3 849895,92 1185127,71 19 849640,67 1185068,47 4 849899,69 1185108,58 20 849640,44 1185068,55 5 849888,77 1185096,21 21 849654,45 1185083,89 6 849863,33 1185085,52 22 849663,75 1185098,29 7 849846,51 1185069,97 23 849671,28 1185122,90 8 849843,18 1185050,64 24 849679,08 1185154,98 9 849854,75 1185029,86 25 849685,70 1185182,04 10 849867,54 1185009,21 26 849705,71 1185180,26 11 849861,12 1184994,51 27 849746,08 1185182,90 12 849826,73 1184987,11 28 849792,25 1185186,74 13 849801,92 1184990,48 29 849842,51 1185216,89 14 849786,74 1185006,66 30 849866,18 1185231,25 15 849767,78 1185021,57 31 849882,16 1185195,69 16 849747,62 1185031,79 6. Polígono S4-DE-6 – San Antonio IV: PUNTO X Y PUNTO X Y 1 850102,53 1185532,46 12 850277,51 1185356,62 2 850128,12 1185528,75 13 850255,16 1185341,59 3 850136,53 1185515,59 14 850217,90 1185332,46 4 850177,35 1185533,16 15 850174,87 1185321,32 5 850208,35 1185497,03 16 850159,26 1185333,99 6 850256,23 1185447,73 17 850143,50 1185362,23 7 850286,14 1185418,96 18 850103,02 1185406,21 8 850310,54 1185394,75 19 850077,62 1185442,09 9 850326,55 1185380,77 20 850058,40 1185473,30 10 850311,71 1185361,47 21 850079,87 1185484,46 11 850293,07 1185373,75 22 850095,84 1185506,24 Artículo 36. CONSIDERACIONES PARA EL DESARROLLO DE LOS SUELOS DE EXPANSIÓN: El desarrollo de las áreas que conforman el suelo de expansión urbana, sólo podrá realizarse mediante la formulación y adopción del respectivo plan parcial. Los predios ubicados en los suelos de expansión se entenderán incorporados al suelo urbano cuando acrediten la calidad de áreas urbanizadas de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 31 del Decreto Nacional 2181 de 2006, o la norma que lo modifique o sustituya. En aplicación del Decreto Nacional 2181 de 2006, artículo 29 inciso segundo, mientras no se aprueben los respectivo Planes Parciales, en las zonas de expansión
  • 36. Página | 36 urbana sólo se permitirán desarrollos de usos agrícolas y forestales. De ninguna manera se permitirá el desarrollo de parcelaciones para vivienda campestre. Artículo 37. SUELO RURAL: De conformidad con el artículo 33 de la Ley 388 de 1997, “constituyen esta categoría los terrenos no aptos para el uso urbano, por razones de oportunidad, o por su destinación a usos agrícolas, ganaderos, forestales, de explotación de recursos naturales y actividades análogas”. El Decreto 3600 de 2007 amplió las determinantes para el ordenamiento del suelo rural y desarrollo dos categorías para su ordenamiento que corresponde a la categoría de protección y a la categoría de desarrollo restringido. Artículo 38. CATEGORÍAS DEL SUELO RURAL: En concordancia con el Decreto 3600 de 2007, se identifican, para el suelo rural, las categorías de Protección y la categoría de Desarrollo Restringido; y en concordancia con el Acuerdo 250 de 2011 expedido por Cornare se identifican las áreas de protección. 1. CATEGORÍA DE PROTECCIÓN: Pertenecen a esta categoría las áreas de conservación y protección ambiental que a su vez hacen parte del Sistema natural y ambiental; las áreas de amenaza y riesgo que hacen parte del sistema de amenaza natural y antrópica; las áreas del sistema de servicios públicos, que corresponde al sistema de servicios públicos; las áreas para la producción agrícola y ganadera y de explotación de los recursos naturales. Las áreas e inmuebles considerados como patrimonio cultural hacen parte del sistema de patrimonio, y se desarrollan en el capítulo correspondiente, ya que estos deben ser declarados como BIC y para ellos se debe surtir el proceso de declaratoria. En los planos identificados con los códigos PBOT_CG_002 y PBOT_CG_006 se identifican y delimitan las áreas que pertenecen a la categoría de protección. 2. CATEGORIA DE DESARROLLO RESTRINGIDO: Pertenecen a esta categoría los suelos suburbanos, las áreas de vivienda campestre, los centros poblados y las áreas para la localización de equipamientos, estos últimos a su vez, hacen parte del sistema de equipamientos, que se articula al sistema de espacio público. Las áreas del suelo rural del municipio de Guarne definidas bajo esta categoría de suelo se definen y delimitan en el plano identificado con el código PBOT_CG_011. SECCIÓN 1 CATEGORÍA DE PROTECCIÓN EN SUELO RURAL Artículo 39. AREAS DE CONSERVACIÓN Y PROTECCIÓN AMBIENTAL: Incluye las áreas que deben ser objeto de especial protección ambiental de acuerdo con la legislación vigente y las que hacen parte de la estructura ecológica principal, que conforman a su vez el Sistema estructurante natural y ambiental del municipio, identificadas, definidas y delimitadas en el capítulo correspondiente a Los Sistemas Estructurantes: 1. Las áreas del sistema nacional de áreas protegidas: a. Del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP): Reserva Forestal Protectora Nacional del Nare.
  • 37. Página | 37 2. Las áreas de protección del Acuerdo 250 de 2011: 1. Las áreas estratégicas para protección ambiental definidas en los POMCAS. 2. La zonas de alto riesgo de desastres. 3. Cobertura de bosque natural en sus diferentes grados de intervención y bosque natural secundario. 4. Las rondas hídricas de las corrientes de agua y nacimientos. 5. La áreas o predios con pendientes mayores al 75%. PARÁGRAFO: Estas áreas de identifican y delimitan en el plano con código PBOT_CG_003 el cual hace parte integral del presente Acuerdo. Artículo 40. AREAS PARA LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA Y GANADERA Y DE EXPLOTACIÓN DE RECURSOS NATURALES: Incluye los terrenos que deban ser mantenidos y preservados por su destinación a usos agrícolas, ganaderos, forestales o de explotación de recursos naturales. De conformidad con lo dispuesto en el parágrafo del artículo 3° del Decreto 097 de 2006, en estos terrenos no podrán autorizarse actuaciones urbanísticas de subdivisión, parcelación o edificación de inmuebles que impliquen la alteración o transformación de su uso actual. Dentro de esta categoría se incluirán, entre otros, y de conformidad con lo previsto en el artículo 54 del Decreto-ley 1333 de 1986, los suelos que según la clasificación del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, IGAC, pertenezcan a las clases I, II y III, ni aquellos correspondientes a otras clases agrológicas, que sean necesarias para la conservación de los recursos de aguas, control de procesos erosivos y zonas de protección forestal. PARÁGRAFO: Estas áreas de identifican y delimitan en el plano con código PBOT_CG_010 el cual hace parte integral del presente Acuerdo. SECCIÓN 2 CATEGORÍAS DE DESARROLLO RESTRINGIDO EN SUELO RURAL Artículo 41. SUELO RURAL SUBURBANO:Constituyen esta categoría las áreas ubicadas dentro del suelo rural, en las que se mezclan los usos del suelo y las formas de vida del campo y la ciudad, diferentes a las clasificadas como áreas de expansión urbana, que pueden ser objeto de desarrollo con restricciones de uso, de intensidad y de densidad, garantizando el autoabastecimiento en servicios públicos domiciliarios, de conformidad con lo establecido en la Ley 99 de 1993 y en la Ley 142 de 1994. Podrán formar parte de esta categoría los suelos correspondientes a los corredores urbanos interregionales. En concordancia con el modelo de ocupación adoptado para el municipio de Guarne, para los suelos suburbanos se adoptan dos subcategorías que corresponden a Corredores Suburbanos y Zonas Suburbanas; cada corredor y cada zona se regula de manera independiente y se describen en el componente rural del presente Acuerdo y se identifican y delimitan en el plano con código PBOT_CG_011
  • 38. Página | 38 Artículo 42. ÁREAS DE VIVIENDA CAMPESTRE: Su finalidad es concentrar la vivienda campestre en áreas específicas del territorio para evitar su dispersión manera desarticulada y desorganizada, restringir la suburbanización del suelo rural, y disminuir la subdivisión y la presión sobre los suelos de protección ambiental y de protección para la producción. Son áreas donde se presenta una presión por el cambio de usos agrícolas a usos urbanos, donde los usos urbanos son más rentables que los usos agrarios, donde la valorización del suelo es tan alta, que revertir la tendencia y volver a los usos agrarios es prácticamente imposible, o donde el paisaje rural se convierte en el mayor atributo para desarrollar proyectos urbanísticos turísticos o residenciales que apoyan y complementan los usos agrarios, como ocurre con las áreas de parcelación no tradicional y condominio no tradicional. Las áreas de vivienda campestre, requerirán de la formulación de un esquema rural vial, como condición previa para su desarrollo. Hasta tanto el municipio no adopte el plan vial, todo tramite de licencia urbanística en la modalidad de parcelación, deberá presentar un estudio de movilidad para el área del proyecto y de su área de influencia, con el fin de garantizar la movilidad en la zona. Se exceptúa de esta obligación, las áreas que se limiten y accedan directamente con una vía de primer o segundo orden. Se establecen para el municipio de Guarne dos subcategorías que corresponde a las áreas de vivienda campestre tradicional y a las áreas de vivienda campestre no tradicional, de acuerdo a la modalidad de parcelación, que se desarrollan en el Componente Rural del presente Acuerdo y se identifican y delimitan en el plano con PBOT_CG_011. Artículo 43. ÁREAS PARA LA LOCALIZACIÓN DE EQUIPAMIENTOS:Las áreas para la localización de equipamientos hacen parte del Sistema de Infraestructura Complementaria, que a su vez se articula al Sistema de Espacio Público, identificadas en el siguiente Capítulo correspondiente a los Sistemas Estructurantes. Artículo 44. CENTROS POBLADOS RURALES: Los centro poblados rurales, hacen parte de la Red de Centros Poblados Rurales, propuesta que se desarrolló a través del Proyecto de Simultaneidad en el año 2000; para el municipio de Guarne se identifican y delimitan los siguientes centros poblados rurales, tal como se indica en el plano con código PBOT_CG_011. 1. Chaparral: 89,66 Has. 2. San Ignacio: 34,82 Has. CAPÍTULO 2 SISTEMAS ESTRUCTURANTES SECCIÓN 1 SISTEMA ESTRUCTURANTE NATURAL Y AMBIENTAL Artículo 45. ESTRUCTURA ECOLOGICA PRINCIPAL: Corresponde al conjunto de elementos bióticos y abióticos que dan sustento a los procesos ecológicos esenciales del territorio, cuya finalidad principal es la preservación, conservación,
  • 39. Página | 39 restauración, uso y manejo sostenible de los recursos naturales renovables, los cuales brindan la capacidad de soporte para el desarrollo socioeconómico de las poblaciones. La Estructura Ecológica Principal es el eje natural estructural del Ordenamiento Territorial Municipal y la base ambiental que soporta el territorio; contiene los principales elementos naturales y construidos que dan sustento a los procesos ecológicos principales y determinan la oferta ambiental del territorio, a partir de la cual se articulan los sistemas urbanos y rurales. La finalidad de los elementos naturales y construidos son la protección, conservación, restauración, uso y manejo sostenible de los recursos naturales. La estructura ecológica principal se sustenta en los sistemas hidrográfico, orográfico y en los ecosistemas estratégicos, está conformada por el Sistema Nacional, Regional o Municipal de Áreas Protegidas y sus componentes; el sistema de espacio público (parques rurales y áreas verdes constituidas como espacio público), las áreas de interés ambiental; los suelos de protección ambiental; las áreas de especial importancia ecosistémica, los ecosistemas estratégicos; y los corredores ecológicos (O red ecológica), que corresponden a los retiros de la red hídrica (rondas hídricas y nacimientos), y las zonas de amortiguación. La red de zonas y corredores que conforman la Estructura Ecológica Principal son de dimensiones y naturaleza diversa, para que la Estructura Ecológica Principal funcione adecuadamente, todos sus elementos deben estar conectados, para garantizar la continuidad de los procesos ecológicos esenciales. Los corredores ecológicos son una estrategia de conservación, protección y mantenimiento de la biodiversidad que permite conectar e integrar los elementos o nodos de la Estructura Ecológica Principal, ya que muchas de las zonas protegidas se encuentran aisladas y rodeadas por áreas modificadas e intervenidas por el hombre. Es una franja de conectividad entre áreas protegidas con una biodiversidad importante con el fin de contrarrestar la fragmentación de los hábitats. Pretende unir espacios con paisajes, ecosistemas y hábitats naturales o modificados, que facilitan el mantenimiento de la diversidad biológica y los procesos ecológicos, facilitando la migración, y la dispersión de especies de flora y fauna silvestres. Estas áreas se integran a través de elementos del paisaje que por su estructural lineal y continua permiten conectar funcionalmente los hábitats y ecosistemas naturales estratégicos, garantizando la migración de las poblaciones de flora y fauna, y su dispersión e intercambio genético. Estos elementos son los retiros de la red hídrica (rondas hídricas y nacimientos), las zonas de amortiguación y los corredores ambientales que se requieran incorporar con el fin de conectar las áreas aisladas. Los corredores ecológicos contribuyen a la consolidación de la Estructura Ecológica Principal. La red de nodos y corredores que conforman la Estructura Ecológica Principal son de dimensiones y naturaleza diversa, para que la Estructura Ecológica Principal funcione adecuadamente y garantice la continuidad de los procesos ecológicos esenciales, todos sus elementos deben estar conectados.