Boletín número 40 visita agrupación monsier perine
Notificación proceso invs disc 001
1. Medellín, 26 de Marzo 2012
Joven Ciudadano
Carlos Ospina
Consejero Municipal de Juventud
Ciudad
ASUNTO: Notificación del proceso disciplinario 001
El Comité de control interno del Consejo Municipal de Juventud según Acuerdo
Municipal Juvenil 08 de 2012 (Reglamentación Comité de Control Interno) y Art 10
del Acuerdo Municipal Juvenil 01 de 2011 (Reglamento Interno) de oficio nos
permitimos comunicarle que se le abierto un proceso investigativo disciplinario, ya
que ha incumplido en algunos lineamientos que plantea el reglamento interno, lo
cual expresaremos en los siguientes antecedentes:
ANTECEDENTES
PRIMERO: No asistencia de manera interrumpida e impuntualmente a las
sesiones ordinarias y extraordinarias programadas por la presidencia en los meses
de febrero y marzo. Llevadas a cabo en la Biblioteca de EPM, Corporación Club la
Comuna, Manrique. En las horas de las 2pm – 5pm y 4:00pm – 9:00pm.
SEGUNDO: No representar oficialmente al Consejo Municipal de Juventud ante
las autoridades gubernamentales Departamentales y municipales (Consejo
Departamental de Juventud) sesión que se realizo en el mes de marzo, la reunión
con el Presidente del Concejo de Medellín Bernardo Guerra Hoyos, Marzo 4,
8:00am, también en el Foro de Juventud. (Dentro de los foros territoriales) el cual
se llevo a cabo el 16 de marzo en el recinto del concejo de Medellín de 2:00pm –
6:00pm.
TERCERO: No contacto permanente entre los jóvenes, la ciudadanía y el Consejo
Municipal de Juventud, en las actividades de las asambleas zonales de juventud y
asambleas municipales de juventud, llevadas a cabo los dias 23 y 24 de febrero,
en la Biblioteca de EPM entre las 9:00am – 1:00pm y 2:00pm – 5:30pm
respectivamente.
CUARTO: No entrega de forma verbal de rendición de cuentas frente al consejo,
el cual se dio en la segunda semana de febrero en sesión extraordinaria, en la
biblioteca EPM entre la 2:00pm-5:30pm. Ni tampoco entrego de forma escrita, el
formato de formulación de propuestas para el Plan de Desarrollo Municipal,
2. estrategia acordada para la elaboración del concepto de juventud por el consejo,
en las dos últimas semanas de febrero.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
Art 27 del Acuerdo 01 de 2011- Reglamento Interno – Acuerdo 08 de 2012 –
Reglamentación del Control Interno- Art 04 Decreto 1163 de 2010, Art 22 Ley 375
de 1997, Decreto reglamentario 089 de 2000.
CONSIDERACIONES
De lo anterior se determinan los requisitos establecidos por la Ley y los Acuerdos
Municipales Juveniles para la investigación disciplinaria al joven ciudadano
Carlos Ospina, en su condición de Consejero Municipal de Juventud.
RESUELVE
PRIMERO: Abrir INVESTIGACIÓN DISCIPLINARIA en contra del joven ciudadano
Carlos Ospina, en su condición de Consejero Municipal de Juventud, de
conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente.
SEGUNDO: Se practicaran las siguientes pruebas:
Impresión de Correo electrónicos con las convocatorias de las sesiones
ordinarias y extraordinarias y demás invitaciones a participar en calidad de
consejero y eventos de interlocución con la administración.
Imprimir y recolectar de la presidencia colegiada las cartas formales en las
cuales se le notifica sus compromisos.
Actas de las sesiones ordinarias y extraordinarias y sus listados de
asistencia.
Mensajes de texto de convocatoria.
Mensajes y textos en las redes sociales del consejo de juventud y de los
presidentes.
Fotografías públicas.
Testimonios verbales por parte de los consejeros, presidencia colegiada y
otros jóvenes de la ciudad.
TERCERO: Informar a la presidencia Colegiada sobre la apertura de la investigación
disciplinaria en contra del consejero de Juventud Carlos Ospina.
CUARTO: Notificar al procesado de forma Virtual y telefónica el presente, ya
que tendrá 15 días hábiles para ejercer su derecho a la defensa según lo
establecido en el Art 16 del Acuerdo 08 Municipal de Juventud de 2012
(Reglamentación del Comité de control Interno).
3. Este derecho lo podrá ejercer de dos formas:
1. Por escrito: Respondiendo estrictamente lo señalado por el formato
de descargos, elaborado por el comité. Adjunto a este comunicado.
2. Verbal o personal: frente uno de los miembros del comité de control,
se realizará el próximo sábado 31 de Marzo a las 10:00am – 11:30am
en la Biblioteca EPM.
Las anteriores solo se aceptaran en el término señalado por el Acuerdo 08.
Para los descargos podrán llevar o adjuntar en el formato cualquier prueba
en su favor.
CUARTO: El comité está garantizar su derecho a la defensa, mas no podrá
obligarlo para que lo ejerza, por lo cual, quien no presente descargo, por escrito o
verbal, se notificara nuevamente de forma pública y telefónica, y tendrá 5 días
para que haga sus descargos. Si no llegase presentar, el comité emitirá la
sanción.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
Consejeros del Comité Control Interno
Oscar Arango Juan Pablo Restrepo Daniel Valencia