Este es el prospecto sobre el DO-x de Consumo ConCiencia, asociación de reducción de riesgos en el uso de sustancias psicoactivas.
Si quieres saber más, visita nuestra web: http://consumoconciencia.org/
Las DO-x (de las que hay más de 20 sustancias diferentes) forman parte de la familia de las
feniletilaminas, con la fórmula genérica 2,5-dimetoxi-4-(sustituyentes). Sin embargo, nos
referiremos solamente a las más comunes que, aún así, son consumidas (incluso diríamos, siquiera
conocidas) muy ocasionalmente y por un ínfimo porcentaje de la población. Más que el propio
interés que pueda tener conocer su existencia y algunas de sus principales características (que
también) es importante reseñarlas porque en ocasiones aparecen en secantes sustituyendo a la LSD
y vendidas como tal, y ello acarrea riesgos añadidos que ahora analizaremos.
1. LA FAMILIA DO-X
Las DO-x (de las que hay más de 20 sustancias diferentes) forman parte de la familia de las
feniletilaminas, con la fórmula genérica 2,5-dimetoxi-4-(sustituyentes). Sin embargo, nos
referiremos solamente a las más comunes que, aún así, son consumidas (incluso diríamos, siquiera
conocidas) muy ocasionalmente y por un ínfimo porcentaje de la población.1
Más que el propio
interés que pueda tener conocer su existencia y algunas de sus principales características (que
también) es importante reseñarlas porque en ocasiones aparecen en secantes sustituyendo a la LSD
y vendidas como tal, y ello acarrea riesgos añadidos que ahora analizaremos.
En general, esta familia de feniletilaminas se distinguen por sus efectos psicodélicos, en
cualquier caso algo más estimulantes además que los de la mayoría de las triptaminas (como la
LSD, la psilocibina, la DMT, etc.) y desde luego mucho más prolongados. Además, a diferencia
también de ellas y de otros psicodélicos, las sustancias de esta familia tienen un margen de
seguridad más bajo y, aunque muy raramente, sí se han producido casos fatales por su consumo. Sin
embargo, el riesgo principal de estas sustancias, como comentábamos, aparece cuando se venden
como supuesto LSD (adulteración por sustitución) y las personas usuarias inician por tanto viajes
de una extensión en el tiempo sobre la que no están advertidas y para la que probablemente no
están preparadas. El momento de pensar “esto no baja, me he quedado colgada” es muy frecuente
cuando se produce esta adulteración, puesto que la duración de los efectos de la LSD es mucho
menor (unas 8-10 h como máximo) y con ello se desencadenan momentos de “mal viaje” que
puede resultar muy angustioso si no se cuenta con atención especializada.
1 Los estudios estadísticos en España preguntan por el consumo de “alucinógenos” en general (con ese mal uso del término) y éstos
indican una prevalencia en los últimos 12 meses del 0,6 %, por lo que no hay datos detallados sobre el consumo de sustancias de esta
familia, en todo caso, con seguridad muy inferior al 1 ‰
2. Además, e incluso en el caso de su consumo intencional, este tipo de drogas resultan
difíciles de manejar si no se tiene mucha experiencia en el consumo de psicodélicos. En general,
las precauciones que se deben adoptar con todas ellas son las propias de esta gama de sustancias
pero todavía en mayor medida. Jamás deben combinarse con otras drogas, particularmente con
estimulantes y con IMAOs.
Los efectos buscados se caracterizan por un perfil más estimulante que el de otros
psicodélicos. Así, se pueden producir sensaciones de incremento de la energía, estados de euforia e
incluso un deseo sexual aumentado, además de las distorsiones visuales, una percepción aumentada
(de texturas, de los colores, de la música, etc.) alteraciones en la percepción del tiempo y la mayor
apertura del espacio mental, de la claridad mental y una mejor capacidad de asociar ideas propia de
los fármacos psicodélicos. Sin embargo, algunas usuarias reportan que no se produce una disolución
del ego tan marcada e incluso que perciben el viaje como “poco saludable”, “sintético” o “forzado”.
Entre los efectos secundarios se cuentan las náuseas, la tensión de los músculos y el
bruxismo, dolor de cabeza, etc. Además, se dilatan las pupilas y aumenta la presión arterial. Los
efectos de la intoxicación incluyen la ansiedad, la confusión, los delirios, el entumecimiento
excesivo de los miembros e incluso la sobreestimulación y las conductas agresivas. En dosis muy
altas, pueden aparecer taquicardias, vasoconstricción y subidas de tensión arterial muy bruscas, etc.
Se han llegado a reportar algunos casos excepcionales de muerte. Evidentemente, nunca se deben
conducir vehículos bajo los efectos de ninguna sustancia de la familia DO-x.
1. ALGUNAS SUSTANCIAS DE LA FAMILIA
Entre estas sustancias, una de las de más “frecuente” aparición es la DOC o 4-Cloro-2,5-
dimetoxianfetamina. Fue sintetizada por primera vez en 1972 por Ronald Coutts y Jerry Malicky
en la Universidad de Alberta. Sin embargo, sus uso no se extendió hasta la publicación del famoso
PIHKAL ("Phenethylamines I Have Known And Loved") de Alexander Shulgin, en 1991.
La DOC es un psicodélico de larga duración y sus efectos, según la dosis y la persona, se
pueden extender entre 12 y 24 horas. Además, tarda en percibirse unas tres horas, por lo que es
importante esperar a que haya hecho efecto antes de tomar más. Su rango de dosificación se puede
estimar en 1-2 mg, 2-4 mg y 4-6 mg para las dosis consideradas suaves, medias y fuertes,
respectivamente. En los últimos años, se han reportado varios casos de adulteración por sustitución
en los que la supuesta LSD era en realidad DOC, por lo que conviene extremar la precaución y
utilizar servicios de análisis de la asociaciones de reducción de riesgos.2
2 Ver el ejemplo de una alerta en nuestra página: http://consumoconciencia.org/2021/01/04/falso-lsd/
3. Por su parte, la DOB o 2,5-dimetoxi-4-bromoanfetamina es otra potente feniletilamina
que, de modo similar, no fue conocida hasta la publicación de PIHKAL en 1991, pese a que fue
sintetizada en 1967 y probada por primera vez en 1971.
Como en el anterior caso, los efectos de la DOB se desarrollan de manera más gradual que
los de la LSD y son prolongados (duran entre 14 y 24 h). Se considera una dosis suave el rango de
0.2-0.75 mg, media entre 0.75 y 1.75 mg, fuerte de 1.75 a 2.5 mg y muy fuerte entre 2.5 y 3.5 mg
(más de esa cantidad se considera una sobredosis). Se han llegado a dar algunos casos de agitación
severa, de cuadros simpaticomiméticos severos y (aunque en muy pocas ocasiones) de muerte.
Por último, reseñaremos la DOM o 2,5-dimetoxi-4-metilanfetamina. Ésta fue sintetizada y
probada por Shulgin en 1963 y gozó de cierta popularidad durante el famoso verano de 1967 en San
Francisco, cuando era vendida en comprimidos con el nombre de “STP” (abreviatura de “Serenity,
Tranquility, and Peace”). Este boom de su uso resultó en una serie de sobredosis no fatales, debido
a que las pastillas contenían dosis muy altas y la larga duración de los efectos, para la cual la
mayoría de las usuarias (incluso las que habían probado la LSD) no estaban preparadas. A pesar de
ese nombre popular, esta sustancia (que hoy se presenta en secantes, no en comprimidos) resulta
también de difícil manejo y, obviamente, además de mucha experiencia con psicodélicos es
necesario un contexto especialmente cuidado para evitar malos viajes improductivos.
Según el propio Alexander Shulgin, los efectos de la DOM duran de 14 a 20 horas, y su
rango de dosificación aproximado es de 1-3 mg para una suave, 3-5 mg para una media, 5-10 mg se
considera fuerte y más de 10 mg muy fuerte. Hay que señalar que las distribuidas en el famoso
Haight-Ashbury District de San Francisco en el citado verano contenían en origen 20 mg y
posteriormente “sólo” 10 mg.
Las sustancias reseñadas están fiscalizadas en España, y por tanto su posesión o consumo en
lugares públicos está sancionado (desde la puesta en vigor de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de
marzo, de protección de la seguridad ciudadana, conocida popularmente como “Ley Mordaza”)
con una multa mínima de 601 euros. El tráfico, por considerarse legalmente entre las drogas que
pueden causar "grave daño a la salud", es considerado un delito penal y acarrea entre 3 y 6 años de
cárcel y una multa de hasta tres veces el valor de la droga.3
3 Esta es la legislación actual, en el momento de escribir este documento (abril de 2023) Sin embargo, la citada Ley Orgánica
4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana está en trámite de modificación y parece que las multas por
tenencia simple pasarán a ser consideradas leves (con una cuantía de entre 100 y 600 euros) y el consumo en la vía pública seguiría
castigándose con 601 euros de multa mínima.