3. ⮚ SNA:
● La entidad que regula la importación y
exportación en Chile es el Servicio
Nacional de Aduanas (SNA). El SNA es
una entidad pública que monitorea y
supervisa el transporte de mercancías
a través de costas, fronteras y
aeropuertos chilenos.
Servicio Nacional de Aduanas (SNA)
4. ¿Cómo importar en Chile?
● Primera comunicación con el vendedor extranjero:
Al realizar una primera compra, se solicita comúnmente al proveedor una Factura Pro–Forma. Se
trata de una cotización internacional, un documento en el que el vendedor detalla las mercancías,
precisando el precio que tienen las mismas, por un determinado período de tiempo que también se
señala. Este documento es siempre nominativo, destinado a un potencial comprador. No pueden
extenderse libremente las mismas condiciones de oferta a un tercero, salvo que lo acepte el
vendedor. La factura proforma reviste un carácter informativo, pero al mismo tiempo, implica un
compromiso del oferente, en el sentido de respetar las condiciones insertas por todo el período de
validez que libre y unilateralmente ha establecido. Además de su función como documento – oferta,
también se las utiliza para efectuar la apertura de los acreditivos. En este sentido, viene a ser
complementaria de la oferta cursada por otra vía, por ejemplo una carta oferta o un correo
electrónico.
5.
6.
7. ¿Qué mercaderías importar?
Puede importarse cualquier mercancía, salvo aquellas que se encuentren
expresamente prohibidas por la legislación vigente. En ocasiones, el producto a
importar, por su naturaleza, puede estar sujeto a visto bueno, autorización o control
por parte de algún servicio fiscalizador, por lo que es necesario obtenerlo, en forma
previa, ante el respectivo organismo.
¿Qué mercancías requieren visaciones, certificaciones o vistos buenos para su
importación?
Todas aquellas mercancías que, de acuerdo a la legislación vigente, deban ser
sometidas a control previo a su importación, por algún organismo del Estado. A modo
de ejemplo se mencionan las siguientes:
8.
9.
10.
11. ¿Qué mercancías NO importar? Está prohibida
la importación de las siguientes mercancías:
1- Vehículos usados (sin perjuicio de las franquicias establecidas en las normas vigentes).
2- Motos usadas.
3- Bicicletas usadas.
4- Neumáticos usados y recauchados.
5- Asbesto en cualquiera de sus formas.
6- Pornografía.
7- Desechos industriales tóxicos.
8- Mercancías que sean peligrosas para los animales, para la agricultura o la salud humana (por ejemplo;
algunos plaguicidas de uso agrícola, juguetes y artículos de uso infantil que contengan tolueno, adhesivos
fabricados en base a solventes volátiles), las que se encuentran prohibidas por Decreto del Ministerio de
Salud, del Ministerio de Agricultura y otros organismos del Estado.
9- Otras mercancías que, de acuerdo a la legislación vigente, se encuentren con prohibición de importar.
12. ● El valor de la mercancía de los productos es importante en este proceso, ya que hay dos
vías para importar a Chile dependiendo del valor de importación. Al valorar la
mercancía, se utiliza el “Free on board”(FOB).
● El valor FOB es el valor final de la mercancía, incluido el precio original del país de
origen, gastos de flete, seguro y otros gastos incurridos para entregar la mercancía a
la oficina de aduanas final.
El Valor de las Mercancías a Importar es
relevante pues determina el Procedimiento
que se deberá seguir
13. En este caso, el importador debe contratar a un agente de aduanas. El importador debe
proporcionar al agente los documentos necesarios para presentar la Declaración de
Ingreso ante el SCN.
Los documentos obligatorios que los importadores deben proporcionar incluyen:
• Documento de envío: El conocimiento de embarque original, la carta de transporte
internacional o la guía aérea que demuestre la propiedad de la mercancía por parte del
destinatario.
• La factura comercial original: Este documento acredita la mercancía como un objeto de
ventas y sus valores.
• Certificado de aseguramiento: Este documento debe incluir el monto de la prima pagada
• Declaración jurada sobre el precio de la mercancía: El importador debe presentar este
documento al agente de aduanas.
• Mandato: Documento constituido por el endoso exclusivo del documento de envío original.
Cuando el valor FOB es mayor a US $ 1000
14. ● Es importante mencionar que cuando el monto de la prima del seguro se
designa en la factura comercial, no es necesario proporcionar el certificado
de seguro. Además, el certificado no es obligatorio, pero se usa con
frecuencia para facilitar el proceso de aprobación.
● Existe cierta documentación adicional que se les puede solicitar a los
posibles importadores, dependiendo de los productos que elijan importar. Es
mejor consultar con su agente de aduanas en Chile si necesita proporcionar
información adicional.
15. Los documentos requeridos en casos particulares incluyen:
Certificado de origen: En caso de que la mercancía sea elegible para exención
arancelaria de preferencias por acuerdos comerciales.
Lista de embalaje: Siempre debe corresponder a la mercancía embalada en
contenedores llenos
Nota de gastos: Deberá proporcionar esta información por separado, si aún no está
incluida en la factura comercial o cuando la compra de la mercancía tiene una
cláusula de fábrica.
Permisos, visas, certificaciones o aprobaciones: A veces se requieren de acuerdo con
el tipo de mercancía que desea importar.
16. Si sus productos tienen un valor FOB de menos de US $1000, el proceso de importación es un
proceso de Tramitación Simplificada. El importador puede realizar este proceso en persona
ante la oficina de aduanas de la jurisdicción de mercancías.
La documentación necesaria para este paso incluye:
1. Documento de envío original: Conocimiento de embarque original (por mar), carta de
transporte internacional (por tierra) o carta de porte aéreo (por aire)
2. Factura comercial
3. Certificado de aseguramiento con el monto de la prima pagada
4. Poder notarial: En caso de que el proceso sea manejado por un tercero
5. Certificaciones o aprobaciones cuando sea necesario para una mercancía en particular.
Mercancías con un valor FOB inferior a US $ 1000
17. El derecho general de importación ad valorem es del 6%, calculado sobre el costo, seguro y
valor del flete (CIF). Además, existe el impuesto al valor agregado, IVA igual al 19% y
calculado sobre el CIF y el arancel ad valorem.
Por ejemplo:
En el caso de la existencia de un acuerdo bilateral entre Chile y el país de origen de la
mercancía, el impuesto ad valorem puede reducirse o eximirse. Sin embargo, el IVA debe ser
pagado.
Aranceles
CIF US$ 1000
Ad valorem (6% de US$ 1000) US$ 60
IVA (19% de US$ 1060) US$ 201.4
Impuesto aduanero total US$ 261.4
18. Cabe agregar que, en virtud de la aplicación del Tratado de
Montevideo y, a efectos del cálculo para el pago del IVA, la
importación de libros, revistas y otros impresos para la lectura,
cultura o estudio se encuentran libres de pago del derecho ad
valorem. Los beneficios de este Tratado se extienden a todos los
libros e impresos editados en países que forman parte de la
Organización Mundial de Comercio (OMC), en virtud de la Cláusula de
la Nación más Favorecida. Por expresa disposición del Convenio,
quedan excluidos del beneficio los libros que tiendan a realizar
propaganda que afecte al orden público, social o moral de los países
signatarios, o que sean de publicidad.
Libros
19. ● La importación y exportación en Chile están reguladas por las leyes y decretos. Al importar,
existen impuestos adicionales que se aplican a ciertos productos dependiendo de las
regulaciones que buscan proteger las industrias nacionales o el bienestar de la población.
● Impuesto adicional del 15%: Artículos de oro, platino. marfil, joyas, piedras preciosas
naturales o sintéticas, alfombras de alta gama, tapices de alta gama, pieles de alta gama,
caviar enlatado y sus sustitutos, armas de aire o de gas comprimido, sus accesorios y
proyectiles. Los artículos prohibidos están calificados como tales por el servicio de rentas
internas (IRS) y las especificaciones se pueden encontrar en el sitio web de la agencia.
● Impuesto adicional del 50%: Artículos pirotécnicos como fuegos artificiales, petardos, con
la excepción de productos para uso industrial, minero, de señalización luminosa o agrícola.
● Otros impuestos adicionales: Bebidas alcohólicas, bebidas de lujo y tabaco.
● En el caso de bienes de segunda mano que reciben autorización, existe un cargo adicional del
3% sobre su valor CIF.
Mercancía con impuesto adicional
20. Pago
El pago del arancel puede realizarse una vez que la Aduana haya validado la
declaración de importación. Se puede hacer electrónicamente o a través de
entidades financieras autorizadas.
Los importadores tienen 15 días para pagar sus derechos de aduana,
contados desde el día en que se recibe la mercancía y se emite la declaración
de entrada. Si el pago se realiza después de la fecha asignada, se aplicarán
cargos adicionales por retraso en el pago. Además, si la mercancía no se
retira del almacén de Aduanas después de 90 días, se presume que se
abandona y se aplican tarifas adicionales sobre sus derechos.
21. Antes de comenzar a exportar desde Chile,
el exportador debe poder emitir una
factura de exportación y registrar o
expandir su línea de actividades para
incluir la exportación. Para hacer esto, la
empresa o persona exportadora debe
tener un número único de rol tributario
(RUT) y presentar el formulario de inicio de
actividad en el sitio web del SII o en
persona en la oficina del SII
correspondiente a la jurisdicción de la
empresa. Además, el exportador o la
empresa deben estar al día con sus
compromisos fiscales
¿Cómo exportar desde Chile?
22. Mercancía con un valor FOB superior a
US $ 2000
● Cuando los bienes del exportador están valorados en más de US $ 2000, el exportador debe
contratar a un agente de aduanas y debe preparar todos los documentos necesarios que el
agente necesitará para procesar el envío de la mercancía.
● La lista de los documentos requeridos que necesitará el agente incluyen:
● Un mandato: Poder notarial que le permitirá al agente de aduanas manejar los
procedimientos de exportación en nombre del exportador de mercancías.
● Recibo de venta: Que contiene la descripción y cantidad de bienes, sellos en el contenedor,
peso neto, nombre y código del agente de aduanas del exportador
● Documento de envío: Acredita la existencia del contrato de transporte y el valor del flete
● Factura de exportación
● Lista de empaque: Documento preparado por el exportador y que debe incluir el peso neto y
las medidas de cada paquete
● Seguro
● Certificado de origen
23. Mercancía con un valor FOB inferior a
US $ 2000
● Para productos de exportación valorados en menos de US $ 2000, no es
necesario contratar a un agente de aduanas y el exportador puede realizar los
trámites para la exportación en persona, presentando el Documento Único de
Salida, DUS, ante la oficina de aduanas respectiva.
● En general, la exportación de mercancías desde Chile está exenta de aranceles e
IVA (Impuesto al Valor Agregado), a menos que una ley especifique lo contrario.
24. Recuperación del IVA
● Exportar productos en Chile permite al exportador reclamar un reembolso del
IVA sobre los gastos incurridos al pagar los materiales necesarios para fabricar
la mercancía o el servicio exportado.
● Para recuperar el IVA, el exportador debe presentar una solicitud en la oficina
del SII correspondiente a la dirección comercial del contribuyente.