3. SUPUESTOS QUE CONFIGURAN LA
DISOLUCIÓN INTEGRAL:
La existencia de una causa de disolución.
La disolución de los vínculos contractuales
entre la sociedad y los terceros; y
La liquidación y división del patrimonio
social.
4. CAUSAS DE DISOLUCIÓN – CONCEPTO
Declarada por: Imagen Google
Por los Interesados, o por;
El Juez.
TIPOS DE CAUSAS DE DISOLUCIÓN:
Comunes y Particulares
5. CAUSAS COMUNES DE DISOLUCIÓN:
- operan de derecho-
1) La expiración del término de duración
establecido en el contrato de sociedad;
2) El Cumplimiento del objeto social;
3) Por la Quiebra de la Sociedad
6. CAUSAS COMUNES PERO
CONVENCIONALES DE DISOLUCIÓN:
- por iniciativa de los socios-
1) Por decisión de los socios;
2) Por la incorporación a otra sociedad.
7. CAUSAS DE DISOLUCIÓN PARTICULARES:
(SOCIEDADES EN NOMBRE COLECTIVO)
Muerte,
Interdicción
Inhabilitación y;
Quiebra
LIQUIDACION.- CONCEPTO Imagen Google
8. PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN:
1)Continuarán encargados de la liquidación los
administradores;
2)Si no existe acuerdo, se nombrara a
pluralidad de voto a uno o más liquidadores;
3) Si en la votación no hay mayoría, dirimirá la
cuestión el Juez de Comercio;
4)El nombramiento y los poderes de los
liquidadores se registrarán en el Tribunal de
Comercio de la Jurisdicción.
9. CAUSAS DE DISOLUCIÓN PARTICULARES:
(SOCIEDADES EN COMANDITA)
Muerte,
Interdicción;
Inhabilitación y;
Quiebra (De los socios solidarios)
10. - EXTINCIÓN DE LA SOCIEDAD COMO
PERSONA Y COMO CONTRATO DE
SOCIEDAD DE BASE PERSONAL:
- Art 1681/ Código Civil :La personalidad
jurídica de la sociedad se mantiene hasta su
liquidación, hasta el fin de ésta.
- Al terminar el proceso de liquidación se
extingue la personalidad jurídica y se
extingue el contrato.
- Registro y su Publicación.
11. CAUSAS DE DISOLUCIÓN PARTICULARES:
(SOCIEDAD ANÓNIMA O EN COMANDITA
POR ACCIONES)
Pérdida entera del capital, o
Por la parcial / Art 264 del Código de
Comercio
12. PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN:
1) Convocatoria de la Asamblea
2) Resolver sobre la liquidación de la sociedad
3) Nombramiento de los Liquidadores
4) Lo deliberado se registra en el Tribunal de
Comercio
Imagen Google
13. - EXTINCIÓN DE LA SOCIEDAD COMO
PERSONA Y COMO CONTRATO DE
SOCIEDAD DE BASE PERSONAL:
- Registro y Publicación del acta que contiene
la liquidación total
- Incluyendo la participación de los haberes
sociales de acuerdo al monto de sus
acciones
14. - Sociedad de Responsabilidad Limitada:
- No existe un dispositivo expreso para la
liquidación de esta clase de Compañía.
Solución:
- Lo que dispone el Documento Constitutivo de
la Sociedad.
- La estructura que los socios le hayan dado a
la sociedad (lineamiento de base personal o
capital).
16. CLASES DE FUSIÓN:
1) FUSIÓN TRANSITORIA
(Fusión Temporal)
PROCEDIMIENTO:
(Acta Constitutiva-Registro Temporal)
2) FUSIÓN PERMANENTE
(Formación de un nuevo ente societario)
17. ¿POR QUÉ SE HACE UNA FUSIÓN
PERMANENTE?
1) Porqué necesitan unir su técnica.
2) Porqué necesitan unir su capital.
3) Por reducción del personal de cada una de
ellas.
18. PROCEDIMIENTO:
1) Convocatoria de la Asamblea por separado de
cada Compañía.
2) Proceden a la votación en pro o en contra a la
Fusión, de ser aprobada.
3) El representante legal entrega solicitud dirigida
al Juez Mercantil.
19. PROCEDIMIENTO
(Se abre un término de 90 días para los
acreedores).
4)Autorizada la Fusión se reúnen los
representantes de cada una de las
compañías para realizar un acta constitutiva
nueva.
20. LA ESCISIÓN – CONCEPTO
TRANSFORMACIÓN – CONCEPTO
(Art 335/ Código de Comercio “en la
transformación de una sociedad de otro tipo en
una compañía de responsabilidad
limitada, deberá observarse lo dispuesto en el
artículo 316)
.