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TRABAJO EN ALTURA
Tabla de Contenido
1. PROPOSITO ............................................................................................................................................ 1
2. ALCANCE................................................................................................................................................ 1
3. REFERENCIAS .......................................................................................................................................... 1
4. DEFINICIONES.......................................................................................................................................... 2
5. RESPONSABILIDADES............................................................................................................................ 4
6. PROCEDIMIENTO.................................................................................................................................... 5
6.1 REQUISITOS DE PERSONAL ........................................................................................................................ 5
6.2. SEÑALIZACIÓN........................................................................................................................................... 5
6.3. SISTEMA PERSONAL DE PROTECCIÓN CONTRA CAÍDAS (SPPC) ........................................................... 6
6.4 BARANDAS................................................................................................................................................... 8
6.5 CUBIERTAS TEMPORALES.......................................................................................................................... 8
6.6 REDES DE SEGURIDAD................................................................................................................................ 9
6.7 LÍNEAS DE ADVERTENCIA.......................................................................................................................... 9
6.8 PROTECCIÓN CONTRA CAÍDA DE OBJETOS............................................................................................ 10
6.8 EQUIPOS MÓVILES, VEHÍCULOS Y GRÚAS-PUENTE............................................................................... 10
6.9 TORRES Y POSTES (TRANSMISIÓN DE ENERGÍA, RADIO, ETC.)............................................................. 11
6.10 TRABAJOS EN TEJADOS O PIPE-RACKS.................................................................................................. 11
6.11 MONITOREO DE LAS CONDICIONES DE LOS EQUIPOS DE PROTECCIÓN CONTRA CAÍDAS .................. 12
6.12 PROCESO DE AUDITORÍA Y CONTROL DEL PROGRAMA DE TRABAJO EN ALTURA.............................. 12
1. PROPOSITO
Este procedimiento define procedimientos de control de caídas a ser adoptados para
la ejecución de trabajos en altura de 1,8 m o más y alturas menores cuando existan
situaciones potencialmente peligrosas.
2. ALCANCE
Es aplicable para todo el personal de la empresa, trabajadores temporales,
subcontratistas, proveedores, y para cualquier otra persona que se encuentre efectuando
labores para Electroservicios industriales Volta EIRL, en el sitio de trabajo.
I. 3. REFERENCIAS
 Norma G-050 Seguridad durante la construcción.
 Reglamento de seguridad e Higiene Minera D.S. N° 046-2001-EM
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 Norma OSHA 29 CFR 1926.500 - 1926.503 Subpart M: Safety Standards for Fall Protection
in the Construction Industry.
 Norma ANSI Z359.1: American National Standards safety requirements for personal fall
arrest systems, sub-systems and components.
 Norma Técnica Peruana 399.047: Cinturones, correas y arneses de seguridad.
 Reglamento Nacional de Construcciones, Título VII: Requisitos para Materiales y
Procedimientos de Construcción.
II. 4. DEFINICIONES
4.1. Amortiguador de impacto
También denominado “shock absorber”, es un medio de conexión que viene acoplado a
una línea de seguridad. Tiene como función disipar energía para reducir la fuerza de
desaceleración que se produce en una detención de caída a los niveles permitidos por
las normas, a fin de proteger su integridad física. El amortiguador de impacto también
reduce el efecto del rebote al momento de la detención de la caída.
4.2. Arnés de cuerpo entero
Equipo de protección personal confeccionado con correajes de fibra sintética (nylon o
poliéster) que se colocan alrededor del torso, a fin de distribuir la fuerza de detención de
caída entre la parte superior de los muslos, la pelvis, el pecho y los hombros. Posee un
anillo metálico en la espalda (anillo dorsal) para conectar la línea de seguridad.
Nota: El arnés de cuerpo entero, con anillos adicionales al de la espalda, se puede usar
también para ascenso y descenso controlado o rescate (anillo pectoral), ingreso a
espacios confinados (anillos en los hombros), y posicionamiento (anillos en la cintura).
4.3. Baranda
Estructura fija conformada por parantes verticales y rieles horizontales, que se utiliza para
proteger bordes que originan riesgo de caída de altura.
4.4. Bloque auto-retráctil
Dispositivo que posee una línea de seguridad que varía de longitud según la posición del
usuario alargándose o acortándose de acuerdo a su desplazamiento. Si se produce una
caída, se traba el mecanismo interno del bloque fijando la línea de seguridad para
detener la caída. Hay bloques con líneas de seguridad auto-retráctiles desde 1.5 m.
hasta 45m. que se usan para ascenso o descenso controlado (con sistema de detección
de caídas).
4.5. Caída de altura
Caída de un nivel superior a uno inferior
4.6. Conector de anclaje
Dispositivo (anclaje fijo o faja con anillo en “D”, cable de acero, anclaje móvil para viga
metálica) que permite la conexión al punto de anclaje del sistema individual de
protección contra caídas.
4.7. Cubierta temporal
Denominada también tapa temporal es un dispositivo que se utilizan para evitar caídas
dentro de huecos u orificios.
4.8. Freno de soga
También denominado “rope grab”, es un medio de conexión que se acopla a una línea
de vida vertical y permite al usuario de un arnés de seguridad movilizarse a lo largo de la
misma manteniendo permanentemente el enganche de su línea de seguridad, la cual se
fija al rope grab. En caso de caída, el freno de soga se activa de inmediato
bloqueándose en la línea de vida y permitiendo así, la detención de la caída.
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4.9. Línea de advertencia
Sistema que se utiliza para advertir que se está próximo a un borde o abertura que
presenta riesgo de caída de altura.
4.10. Línea de seguridad
Denominada también “cola”, línea de enganche o línea de anclaje, es un medio de
conexión compuesto generalmente por una soga de fibra sintética (nylon, poliéster,
polipropileno) con un gancho metálico (mosquetón) en ambos extremos, que sirve para
conectar el soporte de cuerpo al sistema de anclaje en forma directa, o indirecta utilizando
otro medio de conexión.
4.11. Línea de vida
Medio de conexión compuesto por un cable de acero que se fija a un sistema de anclaje y
al cual se conecta una o más líneas de seguridad. Las líneas de vida pueden ser verticales
u horizontales.
4.12. Medio de conexión
Dispositivos del sistema individual de protección contra caídas ubicados entre el conector
de anclaje y el soporte de cuerpo (línea de seguridad, línea de vida, mosquetón, freno de
soga, carabinero).
4.13. Punto de anclaje
Elemento estructural seguro (columna, viga, losa, placa) que puede soportar fácilmente las
fuerzas generadas por una caída y por los equipos de rescate de ser necesarios, al que se
fija los conectores de anclaje de un sistema individual de protección contra caídas.
4.14. Red de Seguridad
Malla utilizada para detener la posible caída de altura de personas. También sirve como
sistema de protección contra caída de objetos (herramientas, materiales, equipos).
4.15. Rodapiés
Barrera que se coloca en el perímetro libre de una superficie de trabajo en altura para
prevenir la caída hacia niveles inferiores de los materiales, herramientas y/o equipos
depositados sobre la superficie.
4.16. Sistema de anclaje
Conjunto compuesto por los puntos de anclaje mas los conectores de anclaje de un
sistema individual de protección contra caídas.
4.17. Sistema colectivo de protección contra caídas (SCPC)
Lo conforman las barandas, cubiertas temporales, las redes de seguridad y las líneas de
advertencia.
4.18. Sistema personal de restricción de caídas (SPRC)
Conjunto de equipos, dispositivos y accesorios que se utilizan para impedir que el
usuario se aproxime a un área donde existe riesgo de caída de altura.
4.19. Sistema personal de detención de caídas (SPDC)
Conjunto de equipos, dispositivos y accesorios que se utilizan para minimizar los daños
que puede sufrir una persona expuesta al riesgo de caída de altura, si esta ocurre.
Consta de cuatro componentes: sistema de anclaje, medio de conexión, soporte de
cuerpo y de ser necesario, plan de rescate y/o escape.
4.20. Sistema personal de protección contra caídas (SPPC)
Conformado por el SPRC y el SPDC
4.21. Soporte de cuerpo
Arnés de cuerpo entero
4.22. Trabajo en altura
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Toda labor que implique riesgo de caída de altura o de caída de objetos hacia niveles
inferiores.
III. 5. RESPONSABILIDADES
5.1 Jefe de Obra
a) Proporcionar toda la logística y facilidades requeridas para el cumplimiento de la totalidad
del presente estándar durante toda la ejecución del proyecto.
b) Reconocer los factores de riesgo relacionados a la actividad que puedan generar peligro
de caída.
c) Garantizar que los supervisores y subcontratistas realicen inspecciones y auditorías en sus
frentes de trabajo para asegurar el cumplimiento de este procedimiento.
5.2 Coordinador HSE
a) Efectuar inspecciones y participar de reuniones de pre-trabajo, auditorías, etc. para
asegurar el cumplimiento del presente estándar en el proyecto.
b) Evaluar la necesidad de contar con un plan de rescate y/o escape, y de requerirse,
elaborarlo e implementarlo.
c) Instruir al encargado de almacén del proyecto sobre la forma adecuada de almacenar los
equipos, dispositivos y accesorios del SPPC y verificar que se implemente y mantenga.
d) Instruir y entrenar a todo el personal del proyecto que requiera usar un SPPC sobre
correcta colocación y ajuste del modelo de arnés de cuerpo entero que se esté utilizando
o cinturón de seguridad, según sea el caso.
e) Apoyar al equipo en la búsqueda de mejores alternativas de prevención de caídas,
durante la etapa de planificación de la actividad o etapa de proyecto.
5.3 Supervisores y Responsables del área
a) Cumplir estrictamente todo lo especificado en el presente estándar, y exigir que los
trabajadores a su cargo lo cumplan.
b) Conducir la necesaria supervisión para garantizar que la aplicación y uso del equipo se
haga correctamente.
c) Sacar de inmediato fuera de servicio todos los equipos, dispositivos y accesorios del
SPRC y SCPC no cumplan con el presente estándar.
5.4 Trabajadores
a) Cumplir con las especificaciones del presente estándar.
b) Usar, mantener e inspeccionar correctamente los equipos dispositivos y accesorios del
SPRC Y SCPC y abstenerse de utilizar aquellos que no cumplan con el presente
estándar y reportar el hecho a su jefe inmediato.
c) Estar autorizado por el servicio médico para ejercer el trabajo de acuerdo a este
procedimiento y comunicar al supervisor eventuales alteraciones de su salud física.
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IV. 6. PROCEDIMIENTO
IV.1 6.1 Requisitos de Personal
a) Exámenes médicos específicos antes de iniciar el trabajo, los cuales deben considerar
los aspectos sicológicos, físicos y de salud considerando las limitaciones individuales
médicas y físicas (vértigo, epilepsia, claustrofobia, etc.) incluyendo el peso para uso de
arnés de seguridad y presión arterial.
b) Para trabajos críticos arriba de 20m, se deben realizar exámenes previos diarios e
inmediatos a la ejecución del trabajo.
c) Cada empleado o subcontratado que pueda estar expuesto a los peligros de caídas
(incluso los de supervisión), antes de ser designado para el trabajo debe ser
formalmente entrenado y se deben mantener los registros.
d) El entrenamiento debe ser conducido por una persona competente y debe abarcar en
lo mínimo los siguientes ítems, donde se apliquen:
i. Naturaleza de los factores de riesgos/riesgos de caída en las áreas de
trabajo;
ii. Procedimientos correctos para erguir, mantener, desmontar e inspeccionar
los sistemas de protección contra caídas a ser usados;
iii. Uso y operación de sistemas de protección personal, sistemas de
interrupción de caída, sistemas de líneas de vida y otras técnicas de
prevención/protección contra caídas a ser usadas;
iv. Responsabilidades de los empleados en las técnicas de protección contra
caídas/prevención de caídas;
v. Procedimientos correctos para la manipulación y almacenaje de equipos y
materiales y la instalación de protección contra caída de objetos desde
altura; y
vi. Este procedimiento y estándares legales aplicables
vii. Se debe mantener un registro de entrenamiento del empleado sobre trabajo
en altura. Las observaciones de conducta durante el trabajo en altura las
debe analizar un supervisor u otro individuo designado, y deben determinar
si es necesario el reentrenamiento.
IV.2 6.2. Señalización
a) Todo riesgo de caída, ya sea del mismo nivel o de nivel diferente debe ser señalizado.
En general, se debe evitar la permanencia y circulación de personas y/o vehículos
debajo del área sobre la cual se efectúan trabajos en altura, debiendo acordonarse con
cintas de peligro color rojo y señalizarse con letreros de prohibición de ingreso: “CAIDA
DE OBJETOS - NO PASAR”
b) Todas las señalizaciones de riesgo deben estar visibles y en perfecto estado de
conservación.
c) Las señalizaciones de riesgo se deben inspeccionar diariamente, quiere decir que si
alguna señalización está dañada, con algún problema de fijación o faltando, la falla se
debe corregir inmediatamente.
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IV.3 6.3. Sistema Personal de Protección contra Caídas (SPPC)
a) Para todo trabajo en altura donde se pueda producir una caída libre de 1.80 m. o más, es
obligatorio implementar e instalar un SPDC. Para tal efecto, toda persona expuesta debe
utilizar un arnés de cuerpo entero (no se permite el uso de cinturón de seguridad)
correctamente colocado y ajustado, contar con un medio de conexión y con un sistema de
anclaje.
b) También se debe usar arnés de cuerpo entero como parte de un SPRC cuando se
efectúa labores en las siguientes condiciones:
i) A menos de 1.80 m. del borde de techos, losas, aberturas y excavaciones sin
protección contra caídas en su perímetro y sin línea de advertencia.
ii) Sobre áreas donde exista riesgo de caída encima de elementos punzo-cortantes,
contenedores de líquidos, instalaciones eléctricas activadas, máquinas en
movimiento, productos químicos peligrosos y similares.
iii) En posiciones precarias o desequilibradas (ej. pendientes) con riesgo de caída
desde cualquier altura.
c) Todos los equipos, dispositivos e implementos utilizados en un SPPC deben tener
homologación, esto es, encontrarse certificados por una norma de calidad nacional y/o
internacional.
Nota: Todos los elementos del SPDC deben poder resistir la máxima fuerza que se prevea
se va a producir al detenerse una caída. Un elemento débil o inapropiado descalifica la
confiabilidad del sistema.
d) Los ganchos utilizados en un SPDC deben contar con mecanismo de doble seguro
completamente operativo.
e) No se permite usar líneas de seguridad o líneas de vida con nudos o empates, o de
soga de manila. Tampoco conectar líneas de seguridad o vida por medio de nudos, ni usar
líneas de seguridad de una longitud mayor a 1.80 m, salvo que provengan de un bloque
auto-retractil y la línea se encuentre en posición vertical.
f) El sistema de anclaje de un SPDC debe tener capacidad de resistir como mínimo 2,270
Kg. (5,000 lb.) por cada trabajador que lo utilice, con excepción de un SPDC que use línea
de vida horizontal (ver acápites 5.1.i y 5.1.j).
g) Las líneas de seguridad y las líneas de vida verticales de un SPDC deben resistir como
mínimo 2,543 Kg. (5,600 lb.). Las líneas de vida verticales deben ser de soga de nylon de
5/8” como mínimo.
h) La línea de vida vertical solo se debe usar como medio de conexión para una sola
persona y utilizando siempre un freno de soga. No se permite conectar la línea de seguridad
a un lazo efectuado en la línea de vida vertical.
i) La línea de vida horizontal se puede usar para más de un usuario. Para el caso de un
usuario como mínimo se debe usar cable de acero galvanizado de ½”, y considerar sistema
de anclaje con resistencia de 7,264 Kg. (16,000 lb.).
j) En general, el SPDC que utilice línea de vida horizontal debe ser diseñado, aprobado e
instalado por una persona calificada. La resistencia requerida para la línea de vida y para el
sistema de anclaje se debe determinar con factor de seguridad de dos, en función al número
máximo de usuarios (considerar peso de usuarios y de las herramientas o equipos que
pudieran portar), de la distancia de la posible caída libre, de la longitud y tipo de línea de
vida, del uso o no uso de amortiguadores de impacto, entre otros parámetros.
k) Cuando exista alto riesgo de caída de altura, se debe garantizar que el SPDC se
encuentre operativo el 100% del tiempo de exposición, incluyendo el tiempo durante el cual
el usuario se desplaza. Para tales casos se debe utilizar una línea de vida (vertical u
horizontal según el caso) que permita movilizar el mosquetón sin desconectarse de ella, un
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sistema de doble línea de seguridad para mantener siempre una conectada al desplazarse,
o un bloque auto-retractil.
l) Cuando se trabaje sobre andamios colgantes es obligatorio garantizar un 100% de
protección contra caídas (ver acápite 5.1.k), para lo cual se debe usar una línea de vida
vertical con freno de soga (ver acápite 5.1.h) para cada persona sobre el andamio. Cada
línea de vida se debe fijar a un elemento resistente independiente del que sirve para
soportar el andamio colgante.
m) La distancia de caída libre antes que se active el SPDC debe reducirse al máximo, no
debiendo exceder de 1.80 m. Para tal efecto, se debe ubicar el conector de anclaje o medio
de conexión, según sea el caso, lo más alto posible respecto a los hombros del usuario. Si
no es posible que el usuario conecte su gancho (mosquetón) sobre su hombro, se debe usar
línea de seguridad con amortiguador de impacto (shock absorber), enganchada al anillo
dorsal del arnés por el extremo donde se encuentra el amortiguador.
n) La ubicación del punto de conexión de un gancho (mosquetón) debe tener en cuenta,
además de la consideración de la altura (ver acápite 5.1.m), el efecto de péndulo que se
produciría en una caída si la línea de seguridad del arnés al conectarse no mantiene su
verticalidad. Si ese es el caso, se debe asegurar que el movimiento pendular del usuario
después de ser detenido en su caída, no lo haga impactar con un objeto o estructura.
o) En el diseño de un SPDC es de suma importancia evaluar la distancia total que
recorrería el usuario hasta que se produzca la detención de la caída para asegurar no vaya a
impactar contra un objeto o estructura antes de ser detenido.
Nota: La distancia total de caída será igual a la distancia de caída libre antes que se active
el SPDC (ver acápite 6.1.m) más el estiramiento del arnés (0.30 m.), más la distancia de
desaceleración del amortiguador de impacto (1.10 m.) y la deflexión de la línea de vida
horizontal, si los hubiere.
p) Todos los elementos de un SPDC deben adecuarse a las condiciones de trabajo. Para
trabajos de soldadura en altura, se debe utilizar arnés de “Kevlar” y línea de seguridad de
cable de acero. Para trabajos en altura cerca a instalaciones eléctricas energizadas, se debe
utilizar arnés y línea de seguridad con anillos y ganchos revestidos de PVC respectivamente.
q) Antes de comenzar a utilizarlos y mensualmente debe efectuarse una inspección
minuciosa de todos los equipos, dispositivos y accesorios que componen el SPPC.
r) El SPDC debe recibir mantenimiento tan frecuentemente como sea necesario para
asegurar su operación adecuada; así como evitar su descarte prematuro. Nunca use un
SPDC que este sucio. Podría no ver posibles fallas del material.
s) Se debe desechar cualquier elemento del SPDC que haya soportado una caída o se
encuentre con algún signo de deterioro, salvo los frenos de soga y bloques retráctiles, que
pueden ser revisados por un distribuidor autorizado después de soportar una caída para
determinar si pueden seguir usándose.
t) Antes de colocarse un arnés el usuario debe inspeccionarlo visualmente para verificar
su buen estado. Se debe revisar correajes, hebillas, costuras, líneas de seguridad y ganchos
(mosquetones). Si se observan cortes, abrasiones, quemaduras, deshilachados o cualquier
otro tipo de daño, el equipo debe ser inmediatamente descartado y reemplazado por otro en
buen estado.
u) Los equipos, dispositivos y accesorios de un SPPC deben almacenarse en condiciones
adecuadas para que no sufran daños. Los soportes de cuerpo y líneas de seguridad y vida
se deben almacenar colgados en ganchos, en lugares ventilados y secos, lejos del contacto
con equipos u objetos punzo-cortantes, aceites o grasas.
v) Se debe instruir y entrenar a los usuarios en la forma correcta de colocación y ajuste
del arnés de cuerpo entero para cada modelo que se utilice. Un arnés mal colocado o
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ajustado puede producir lesiones. Siempre se debe verificar la posición correcta de los
anillos, en especial el de la espalda (dorsal) donde debe engancharse la línea de seguridad
para detención de caídas. También se requiere verificar la posición correcta de la cinta
pectoral, la no existencia de cintas dobladas y el ajuste adecuado y completo. Se debe
contar con una segunda persona que ayude en la revisión de la correcta colocación y ajuste
del arnés antes de usarlo.
w) Cuando exista la posibilidad de que un usuario de un SPDC quede colgado después de
una detención de caída sin poder acceder a una superficie o estructura para liberarse, se
deberá contar con un plan de rescate y/o escape, el cual debe considerar equipos
adecuados, y personal capacitado y entrenado.
Nota: Se debe tener en cuenta, que el tiempo máximo que una persona puede estar
suspendida de un arnés de cuerpo entero sin riesgo de entrar en shock por la limitación de la
circulación normal de la sangre, es de 15 minutos
IV.4 6.4 Barandas
Todo borde de losa, vano de ascensor, ducto, escalera, pasarela, rampa o plataforma de
trabajo que origine riesgo de caída de altura de 1.50 m. o más, debe ser protegido con un
sistema de barandas que cumpla con las siguientes especificaciones:
a) Las barandas (parantes y rieles) deben confeccionarse con madera, tubos o perfiles
metálicos.
b) Los soportes verticales no deben estar separados mas de 2.10 metros.
c) Deben poseer superficie lisa para evitar cortes, laceraciones o enganche en la
vestimenta de las personas. Así mismo, los rieles no deben sobrepasar los parantes
extremos o terminales.
d) El riel superior de las barandas debe colocarse a una altura de 1.00 m. sobre el nivel de
la superficie o plataforma donde se ubican las personas. Deberá también colocarse un riel
intermedio a media altura.
e) El sistema de barandas no debe tener aberturas verticales mayores a 0.50 m. Si no se
cumple con este requisito se debe colocar mallas o paneles para satisfacerlo.
f) Las barandas deben ser capaces de resistir una fuerza de 91 Kg. (200 lb.) aplicada al
riel superior dentro de los primeros 5.20 cm. (2”) medidos desde el nivel superior de la
baranda, en dirección hacia fuera, hacia adentro o hacia abajo; y aplicada en cualquier lugar
a lo largo de la misma. El riel intermedio y la malla o panel si lo hubiere, deben resistir una
fuerza de 68 Kg. (150 lb.) hacia fuera o hacia abajo en cualquier punto del elemento.
Nota: La deflexión máxima del riel superior permitida cuando para la fuerza de 91 Kg (200
lb) se aplica hacia abajo es de 0.15 m. (6”).
g) Los sistemas de barandas deben inspeccionarse con la frecuencia necesaria para
asegurar que sus componentes preservan los requisitos de resistencia y de servicio.
IV.5 6.5 Cubiertas Temporales
Todo hueco u orificio en pisos, losas u otras superficies de trabajo que origine riesgo de
caída de altura debe protegerse con una cubierta o tapa temporal que cumpla con las
siguientes especificaciones:
a) No presentar orificios y resistir como mínimo dos veces el peso de las personas que
pudieran circular sobre ellas y de los equipos y/o materiales que pudieran ser colocados
sobre la cubierta en algún momento.
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b) Cuando se ubique en área de circulación de vehículos, debe soportar como mínimo dos
veces la máxima carga por eje del vehículo mas pesado que pudiera circular o estacionarse
sobre la cubierta.
c) Encontrarse asegurada de manera que no pueda ser desplazada por el viento, equipos,
vehículos o personas.
d) Las cubiertas o tapas temporales deben señalizarse pintándolas con la leyenda “hueco”
o “abertura”.
IV.6 6.6 Redes de Seguridad
El uso de redes de seguridad como sistema de detención de caídas es más eficaz que el
SPDC por cuanto su efectividad no depende del usuario, y sirve además como sistema de
protección contra caída de objetos. Sin embargo, su eficacia y efectividad dependerá en
gran medida, del cumplimiento estricto de las siguientes especificaciones:
a) Deben ser de naylon e instalarse lo mas cercano posible al nivel o superficie de trabajo a
proteger, no debiendo en ningún caso ubicarse a mas de 9.15 m. (30 pies) por debajo del
referido nivel.
b) En la totalidad del área de posible caída, comprendida entre la superficie o nivel de
trabajo y la red, no deben existir obstáculos.
c) Debe existir suficiente espacio libre debajo de la red para evitar el posible contacto del
usuario que caiga con algún objeto o estructura.
d) Deben extenderse horizontalmente desde el borde exterior de la superficie de trabajo en
proporción a la altura de la posible caída, según se indica a continuación:
Distancia vertical de caída (m) Extensión horizontal mínima (m)
Hasta 1.50 2.40
1.50 – 3.00 3.00
Más de 3.50 4.00
e) La dimensión máxima de abertura de la malla no debe ser mayor de 10 cm
f) El sistema de redes debe ser capaz de resistir la fuerza de impacto producida por la
caída de una bolsa de arena de 180 Kg. (400 lb.) de peso y de dimensiones 76 +/- 5 cm. (30
+/- 2”), desde el nivel de trabajo más alto en el que existe riesgo de caída de altura. La soga
de borde de la red debe ser capaz de resistir 2,270 Kg. (5,000 lb.).
Nota: La referida prueba de caída se debe efectuar “insitu” antes de utilizar el sistema de
redes, cada vez que se reubican las redes, después de haber soportado una caída o sufrido
una reparación, y cada seis meses en caso se haya mantenido el sistema de redes durante
ese periodo en la misma ubicación.
g) El sistema de redes se debe inspeccionar por lo menos una vez a la semana y después
de haber soportado una caída, para detectar posibles daños o deterioros. Los objetos que
hayan caído a la red se deben retirar lo antes posible.
IV.7 6.7 Líneas de Advertencia
El sistema de líneas de advertencia se puede utilizar como sistema colectivo de protección
contra caídas, cuando implementar (montaje y desmontaje) otros sistemas (barandas,
cubiertas o redes) originaría un riesgo mayor que el que se quiere controlar. Se acepta
también utilizar líneas de advertencia temporalmente mientras se instalan otros sistemas
colectivos de protección contra caídas o cuando el tiempo o la frecuencia de exposición es
reducida. Una línea de advertencia debe cumplir con de las siguientes especificaciones:
a) Ser confeccionada con soga, cable, cadena cinta y/o malla.
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b) Cuando se requiera ver de noche, se debe usar material notoriamente visible y
reflejante. Cuando se use malla plástica naranja, se debe colocar además cinta plástica
amarilla en la parte superior de la malla con fines de visibilidad.
c) Las líneas de advertencia deben colocarse entre 0.80 m. y 1.20 m. de altura y mínimo a
1.00 m. del borde de peligro.
d) Cuando circulen vehículos o maquinarias automotrices cerca de un sistema de líneas de
advertencia, la línea paralela a la dirección de circulación debe colocarse a mínimo 1.80 m.
del borde de peligro, y la perpendicular a la dirección de circulación a mínimo 3.00 m. del
borde de peligro.
e) Los parantes que soportan las líneas de advertencia deben resistir una fuerza lateral
mínima de 35 Kg. (16 lb.) aplicada en la parte superior sin voltearse.
IV.8 6.8 Protección contra Caída de Objetos
Cuando exista el riesgo de caída de objetos por encontrarse en ejecución trabajos de altura
se debe implementar los siguientes sistemas de protección colectiva:
a) Colocación de rodapiés de mínimo 0.10 m. de altura en todo el perímetro libre de las
plataformas de trabajo.
b) Restringir el acceso al área de riesgo ubicada bajo la superficie donde se efectúan los
trabajos en altura, colocando líneas de advertencia y/o avisos de prevención y/o prohibición
de ingreso.
c) Cuando haya circulación de personas, vehículos o maquinarias debajo de superficies
donde se están efectuando trabajos en altura, se deben colocar marquesinas o pantallas de
retención, las cuales deben tener la capacidad de resistir una fuerza de 110 Kg. (50lb.)
dirigida hacia abajo y hacia “afuera”.
d) Se deben complementar los sistemas de protección colectiva contra caída de
objetos, con las siguientes medidas de control de riesgos:
i. Toda herramienta de mano deberá amarrarse al cinturón del trabajador con
una soga de nylon (3/8”) y de longitud suficiente para permitirle facilidad de
maniobra y uso de la herramienta.
ii. Colocación de objetos pequeños en bolsas o contenedores asegurados.
iii. El ascenso o descenso debe efectuarse con las manos libres. Para
movilización vertical de herramientas, equipos y objetos en general se debe
utilizar sogas.
iv. Limpieza y eliminación frecuente de desperdicios y objetos de desecho que
se acumulen en el área de trabajo en altura.
v. No efectuar almacenamiento de materiales cerca de los bordes de la
superficie de trabajo donde exista riesgo de caída.
IV.9 6.8 Equipos Móviles, Vehículos y Grúas-puente
Los vehículos de gran porte tales como camiones off-road, cargadores, grúas, etc.
deben estar provistos de escaleras, escaleras de mano, etc., adecuadas para que
permitan un acceso seguro.
Debe haber previsiones para suministrar puntos de anclaje de equipos de
interrupción de caída, para equipos móviles de perfil elevado, durante el
mantenimiento, reparo o revisión.
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EV-ES-02
Donde se aplique, se debe obtener la aprobación del fabricante de equipos móviles
antes de las modificaciones de los puntos de anclaje.
Use sistemas de interrupción de caída donde un sistema de prevención de caídas no
esté disponible o no se aplique, cuando trabaje a partir de / o en una grúa-puente. Se
deben desarrollar e implantar métodos de prevención de caídas/protección contra
caídas para que las personas entren o salgan de las grúas-puente, en todas las
condiciones. Solamente se deben usar dispositivos de bajada de emergencia
aprobados.
Métodos de prevención de caídas/protección contra caídas se deben emplear para
auxiliar el acceso donde el equilibrio es cuestionable.
Un ejemplo es el uso de barras donde sujetarse o pasamanos entre el riel de
rodamiento y la grúa-puente.
IV.10 6.9 Torres y Postes (Transmisión de energía, Radio, etc.)
Un plan de prevención de caída se exige al escalar o trabajar en postes, torres o
estructuras similares. El plan debe describir el sistema de interrupción de caída,
sistema de prevención de caída o una combinación de medidas de control a usar
para garantizar que el personal esté protegido y respete este documento.
IV.11 6.10 Trabajos en tejados o pipe-racks
Los puntos de apoyo previstos en tejados y en pipe-racks deberán atender los
criterios previstos en proyectos de ingeniería específicos.
No será permitida la realización de trabajos en período de lluvia. Todo trabajo a ser
realizado después de una lluvia deberá ser precedido por evaluación de riesgo a ser
realizada por el responsable del área a fin de garantizar condiciones seguras.
Todo trabajo a ser realizado sobre hornos o cualquier otro equipo del cual haya
emanación de gases deberá ser precedido por una evaluación de riesgo a ser
realizada por el responsable del área a fin de garantizar condiciones seguras.
Se debe establecer un plan general para estos trabajos que contenga:
a) Todas las etapas del trabajo, incluyendo el acceso de ida y vuelta al tejado,
carga/descarga de materiales, claraboyas, aberturas de tejados y otros peligros
potenciales.
b) El plan debe describir las medidas de control a ser usadas de acuerdo con las
exigencias de reglamentos que se apliquen y las exigencias de este documento
para suministrar protección en el tope del tejado.
c) Reglas y procedimientos para trabajos rutinarios sobre tejados y otros niveles
elevados.
d) Previsiones para exigir un plan de control de caídas para construcción y otros
trabajos especiales de coberturas, cuando el uso del sistema convencional de
protección contra caídas sea impracticable o cree un peligro mayor. Tales trabajos
pueden incluir trabajo en bordes de área en construcción y trabajo con hormigón
pre-armado, arriba de 1,80 m.
TRABAJOS EN ALTURA
Código : EV-ES-04
Revisión : Rev.01
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EV-ES-02
IV.12 6.11 Monitoreo de las condiciones de los equipos de protección contra caídas
Al recibir equipos de adquiridos y antes de colocarlos en servicio, se deberá realizar la
marcación (tag) para garantizar la trazabilidad de inspección y mantenimiento, basada
en las instrucciones del fabricante y los manuales/instrucciones de los equipos se
deben guardar e incorporar en los programas de entrenamiento de los usuarios.
Una inspección visual debe ser conducida antes de cada uso. El equipo también debe
recibir una inspección documentada periódicamente, hecha por una persona
competente/entrenada que busque lo siguiente:
 Evidencia de defectos o daños en los elementos de herraje incluyendo
rajaduras, aristas vivas, deformación, corrosión, ataque químico, calentamiento
excesivo y desgaste excesivo.
 Evidencia de defectos o daños en correas o cuerdas incluyendo desgaste por
atrito, desprendimiento de camada, nudo, lazo, puntos de costuras estirados o
rotos, estiramiento excesivo, ataque químico, exceso de manchas, abrasión,
alteración, lubricación en falta o en exceso, envejecimiento excesivo y desgaste
excesivo.
 Alteración falta de partes, evidencia de defectos, daños o funcionamiento
impropio de dispositivos mecánicos y conectores.
 Test de los bloques autoretráctiles para descartar fallas de trabamiento.
 Ausencia o ilegibilidad de las marcaciones.
 Ausencia de cualquier elemento que afecte la forma, ajuste o función del
equipo.
 Otras exigencias conforme especificado por el fabricante.
El equipo de protección de caída inspeccionado y rechazado para uso se debe destruir
para evitar su posterior uso, y los registros de inspección se deben actualizar para incluir
el método de descarte.
La limpieza y almacenaje se deben hacer de acuerdo con las instrucciones del fabricante.
El test de resistencia de equipos de protección contra caídas durante el servicio no
está permitido.
Anormalidades y no conformidades verificadas en el proceso de inspección se deben
corregir inmediatamente.
IV.13 6.12 Proceso de auditoría y control del programa de trabajo en altura
El procedimiento de Trabajo en altura se deberá evaluar por lo menos anualmente y
teniendo en cuenta:
 Actualización de normas y procedimientos;
 Incidentes/ Accidentes relacionados a caídas;
 Resultados de Auditoría
 Resultados de inspecciones
TRABAJOS EN ALTURA
Código : EV-ES-04
Revisión : Rev.01
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EV-ES-02
V. 7. ANEXOS
Permiso de Trabajo en Altura (Norma G-050)

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  • 1. TRABAJOS EN ALTURA Código : EV-ES-04 Revisión : Rev.01 Pagina : 1 de 13 ________________________________________________________________________________________________ EV-ES-02 TRABAJO EN ALTURA Tabla de Contenido 1. PROPOSITO ............................................................................................................................................ 1 2. ALCANCE................................................................................................................................................ 1 3. REFERENCIAS .......................................................................................................................................... 1 4. DEFINICIONES.......................................................................................................................................... 2 5. RESPONSABILIDADES............................................................................................................................ 4 6. PROCEDIMIENTO.................................................................................................................................... 5 6.1 REQUISITOS DE PERSONAL ........................................................................................................................ 5 6.2. SEÑALIZACIÓN........................................................................................................................................... 5 6.3. SISTEMA PERSONAL DE PROTECCIÓN CONTRA CAÍDAS (SPPC) ........................................................... 6 6.4 BARANDAS................................................................................................................................................... 8 6.5 CUBIERTAS TEMPORALES.......................................................................................................................... 8 6.6 REDES DE SEGURIDAD................................................................................................................................ 9 6.7 LÍNEAS DE ADVERTENCIA.......................................................................................................................... 9 6.8 PROTECCIÓN CONTRA CAÍDA DE OBJETOS............................................................................................ 10 6.8 EQUIPOS MÓVILES, VEHÍCULOS Y GRÚAS-PUENTE............................................................................... 10 6.9 TORRES Y POSTES (TRANSMISIÓN DE ENERGÍA, RADIO, ETC.)............................................................. 11 6.10 TRABAJOS EN TEJADOS O PIPE-RACKS.................................................................................................. 11 6.11 MONITOREO DE LAS CONDICIONES DE LOS EQUIPOS DE PROTECCIÓN CONTRA CAÍDAS .................. 12 6.12 PROCESO DE AUDITORÍA Y CONTROL DEL PROGRAMA DE TRABAJO EN ALTURA.............................. 12 1. PROPOSITO Este procedimiento define procedimientos de control de caídas a ser adoptados para la ejecución de trabajos en altura de 1,8 m o más y alturas menores cuando existan situaciones potencialmente peligrosas. 2. ALCANCE Es aplicable para todo el personal de la empresa, trabajadores temporales, subcontratistas, proveedores, y para cualquier otra persona que se encuentre efectuando labores para Electroservicios industriales Volta EIRL, en el sitio de trabajo. I. 3. REFERENCIAS  Norma G-050 Seguridad durante la construcción.  Reglamento de seguridad e Higiene Minera D.S. N° 046-2001-EM
  • 2. TRABAJOS EN ALTURA Código : EV-ES-04 Revisión : Rev.01 Pagina : 2 de 13 ________________________________________________________________________________________________ EV-ES-02  Norma OSHA 29 CFR 1926.500 - 1926.503 Subpart M: Safety Standards for Fall Protection in the Construction Industry.  Norma ANSI Z359.1: American National Standards safety requirements for personal fall arrest systems, sub-systems and components.  Norma Técnica Peruana 399.047: Cinturones, correas y arneses de seguridad.  Reglamento Nacional de Construcciones, Título VII: Requisitos para Materiales y Procedimientos de Construcción. II. 4. DEFINICIONES 4.1. Amortiguador de impacto También denominado “shock absorber”, es un medio de conexión que viene acoplado a una línea de seguridad. Tiene como función disipar energía para reducir la fuerza de desaceleración que se produce en una detención de caída a los niveles permitidos por las normas, a fin de proteger su integridad física. El amortiguador de impacto también reduce el efecto del rebote al momento de la detención de la caída. 4.2. Arnés de cuerpo entero Equipo de protección personal confeccionado con correajes de fibra sintética (nylon o poliéster) que se colocan alrededor del torso, a fin de distribuir la fuerza de detención de caída entre la parte superior de los muslos, la pelvis, el pecho y los hombros. Posee un anillo metálico en la espalda (anillo dorsal) para conectar la línea de seguridad. Nota: El arnés de cuerpo entero, con anillos adicionales al de la espalda, se puede usar también para ascenso y descenso controlado o rescate (anillo pectoral), ingreso a espacios confinados (anillos en los hombros), y posicionamiento (anillos en la cintura). 4.3. Baranda Estructura fija conformada por parantes verticales y rieles horizontales, que se utiliza para proteger bordes que originan riesgo de caída de altura. 4.4. Bloque auto-retráctil Dispositivo que posee una línea de seguridad que varía de longitud según la posición del usuario alargándose o acortándose de acuerdo a su desplazamiento. Si se produce una caída, se traba el mecanismo interno del bloque fijando la línea de seguridad para detener la caída. Hay bloques con líneas de seguridad auto-retráctiles desde 1.5 m. hasta 45m. que se usan para ascenso o descenso controlado (con sistema de detección de caídas). 4.5. Caída de altura Caída de un nivel superior a uno inferior 4.6. Conector de anclaje Dispositivo (anclaje fijo o faja con anillo en “D”, cable de acero, anclaje móvil para viga metálica) que permite la conexión al punto de anclaje del sistema individual de protección contra caídas. 4.7. Cubierta temporal Denominada también tapa temporal es un dispositivo que se utilizan para evitar caídas dentro de huecos u orificios. 4.8. Freno de soga También denominado “rope grab”, es un medio de conexión que se acopla a una línea de vida vertical y permite al usuario de un arnés de seguridad movilizarse a lo largo de la misma manteniendo permanentemente el enganche de su línea de seguridad, la cual se fija al rope grab. En caso de caída, el freno de soga se activa de inmediato bloqueándose en la línea de vida y permitiendo así, la detención de la caída.
  • 3. TRABAJOS EN ALTURA Código : EV-ES-04 Revisión : Rev.01 Pagina : 3 de 13 ________________________________________________________________________________________________ EV-ES-02 4.9. Línea de advertencia Sistema que se utiliza para advertir que se está próximo a un borde o abertura que presenta riesgo de caída de altura. 4.10. Línea de seguridad Denominada también “cola”, línea de enganche o línea de anclaje, es un medio de conexión compuesto generalmente por una soga de fibra sintética (nylon, poliéster, polipropileno) con un gancho metálico (mosquetón) en ambos extremos, que sirve para conectar el soporte de cuerpo al sistema de anclaje en forma directa, o indirecta utilizando otro medio de conexión. 4.11. Línea de vida Medio de conexión compuesto por un cable de acero que se fija a un sistema de anclaje y al cual se conecta una o más líneas de seguridad. Las líneas de vida pueden ser verticales u horizontales. 4.12. Medio de conexión Dispositivos del sistema individual de protección contra caídas ubicados entre el conector de anclaje y el soporte de cuerpo (línea de seguridad, línea de vida, mosquetón, freno de soga, carabinero). 4.13. Punto de anclaje Elemento estructural seguro (columna, viga, losa, placa) que puede soportar fácilmente las fuerzas generadas por una caída y por los equipos de rescate de ser necesarios, al que se fija los conectores de anclaje de un sistema individual de protección contra caídas. 4.14. Red de Seguridad Malla utilizada para detener la posible caída de altura de personas. También sirve como sistema de protección contra caída de objetos (herramientas, materiales, equipos). 4.15. Rodapiés Barrera que se coloca en el perímetro libre de una superficie de trabajo en altura para prevenir la caída hacia niveles inferiores de los materiales, herramientas y/o equipos depositados sobre la superficie. 4.16. Sistema de anclaje Conjunto compuesto por los puntos de anclaje mas los conectores de anclaje de un sistema individual de protección contra caídas. 4.17. Sistema colectivo de protección contra caídas (SCPC) Lo conforman las barandas, cubiertas temporales, las redes de seguridad y las líneas de advertencia. 4.18. Sistema personal de restricción de caídas (SPRC) Conjunto de equipos, dispositivos y accesorios que se utilizan para impedir que el usuario se aproxime a un área donde existe riesgo de caída de altura. 4.19. Sistema personal de detención de caídas (SPDC) Conjunto de equipos, dispositivos y accesorios que se utilizan para minimizar los daños que puede sufrir una persona expuesta al riesgo de caída de altura, si esta ocurre. Consta de cuatro componentes: sistema de anclaje, medio de conexión, soporte de cuerpo y de ser necesario, plan de rescate y/o escape. 4.20. Sistema personal de protección contra caídas (SPPC) Conformado por el SPRC y el SPDC 4.21. Soporte de cuerpo Arnés de cuerpo entero 4.22. Trabajo en altura
  • 4. TRABAJOS EN ALTURA Código : EV-ES-04 Revisión : Rev.01 Pagina : 4 de 13 ________________________________________________________________________________________________ EV-ES-02 Toda labor que implique riesgo de caída de altura o de caída de objetos hacia niveles inferiores. III. 5. RESPONSABILIDADES 5.1 Jefe de Obra a) Proporcionar toda la logística y facilidades requeridas para el cumplimiento de la totalidad del presente estándar durante toda la ejecución del proyecto. b) Reconocer los factores de riesgo relacionados a la actividad que puedan generar peligro de caída. c) Garantizar que los supervisores y subcontratistas realicen inspecciones y auditorías en sus frentes de trabajo para asegurar el cumplimiento de este procedimiento. 5.2 Coordinador HSE a) Efectuar inspecciones y participar de reuniones de pre-trabajo, auditorías, etc. para asegurar el cumplimiento del presente estándar en el proyecto. b) Evaluar la necesidad de contar con un plan de rescate y/o escape, y de requerirse, elaborarlo e implementarlo. c) Instruir al encargado de almacén del proyecto sobre la forma adecuada de almacenar los equipos, dispositivos y accesorios del SPPC y verificar que se implemente y mantenga. d) Instruir y entrenar a todo el personal del proyecto que requiera usar un SPPC sobre correcta colocación y ajuste del modelo de arnés de cuerpo entero que se esté utilizando o cinturón de seguridad, según sea el caso. e) Apoyar al equipo en la búsqueda de mejores alternativas de prevención de caídas, durante la etapa de planificación de la actividad o etapa de proyecto. 5.3 Supervisores y Responsables del área a) Cumplir estrictamente todo lo especificado en el presente estándar, y exigir que los trabajadores a su cargo lo cumplan. b) Conducir la necesaria supervisión para garantizar que la aplicación y uso del equipo se haga correctamente. c) Sacar de inmediato fuera de servicio todos los equipos, dispositivos y accesorios del SPRC y SCPC no cumplan con el presente estándar. 5.4 Trabajadores a) Cumplir con las especificaciones del presente estándar. b) Usar, mantener e inspeccionar correctamente los equipos dispositivos y accesorios del SPRC Y SCPC y abstenerse de utilizar aquellos que no cumplan con el presente estándar y reportar el hecho a su jefe inmediato. c) Estar autorizado por el servicio médico para ejercer el trabajo de acuerdo a este procedimiento y comunicar al supervisor eventuales alteraciones de su salud física.
  • 5. TRABAJOS EN ALTURA Código : EV-ES-04 Revisión : Rev.01 Pagina : 5 de 13 ________________________________________________________________________________________________ EV-ES-02 IV. 6. PROCEDIMIENTO IV.1 6.1 Requisitos de Personal a) Exámenes médicos específicos antes de iniciar el trabajo, los cuales deben considerar los aspectos sicológicos, físicos y de salud considerando las limitaciones individuales médicas y físicas (vértigo, epilepsia, claustrofobia, etc.) incluyendo el peso para uso de arnés de seguridad y presión arterial. b) Para trabajos críticos arriba de 20m, se deben realizar exámenes previos diarios e inmediatos a la ejecución del trabajo. c) Cada empleado o subcontratado que pueda estar expuesto a los peligros de caídas (incluso los de supervisión), antes de ser designado para el trabajo debe ser formalmente entrenado y se deben mantener los registros. d) El entrenamiento debe ser conducido por una persona competente y debe abarcar en lo mínimo los siguientes ítems, donde se apliquen: i. Naturaleza de los factores de riesgos/riesgos de caída en las áreas de trabajo; ii. Procedimientos correctos para erguir, mantener, desmontar e inspeccionar los sistemas de protección contra caídas a ser usados; iii. Uso y operación de sistemas de protección personal, sistemas de interrupción de caída, sistemas de líneas de vida y otras técnicas de prevención/protección contra caídas a ser usadas; iv. Responsabilidades de los empleados en las técnicas de protección contra caídas/prevención de caídas; v. Procedimientos correctos para la manipulación y almacenaje de equipos y materiales y la instalación de protección contra caída de objetos desde altura; y vi. Este procedimiento y estándares legales aplicables vii. Se debe mantener un registro de entrenamiento del empleado sobre trabajo en altura. Las observaciones de conducta durante el trabajo en altura las debe analizar un supervisor u otro individuo designado, y deben determinar si es necesario el reentrenamiento. IV.2 6.2. Señalización a) Todo riesgo de caída, ya sea del mismo nivel o de nivel diferente debe ser señalizado. En general, se debe evitar la permanencia y circulación de personas y/o vehículos debajo del área sobre la cual se efectúan trabajos en altura, debiendo acordonarse con cintas de peligro color rojo y señalizarse con letreros de prohibición de ingreso: “CAIDA DE OBJETOS - NO PASAR” b) Todas las señalizaciones de riesgo deben estar visibles y en perfecto estado de conservación. c) Las señalizaciones de riesgo se deben inspeccionar diariamente, quiere decir que si alguna señalización está dañada, con algún problema de fijación o faltando, la falla se debe corregir inmediatamente.
  • 6. TRABAJOS EN ALTURA Código : EV-ES-04 Revisión : Rev.01 Pagina : 6 de 13 ________________________________________________________________________________________________ EV-ES-02 IV.3 6.3. Sistema Personal de Protección contra Caídas (SPPC) a) Para todo trabajo en altura donde se pueda producir una caída libre de 1.80 m. o más, es obligatorio implementar e instalar un SPDC. Para tal efecto, toda persona expuesta debe utilizar un arnés de cuerpo entero (no se permite el uso de cinturón de seguridad) correctamente colocado y ajustado, contar con un medio de conexión y con un sistema de anclaje. b) También se debe usar arnés de cuerpo entero como parte de un SPRC cuando se efectúa labores en las siguientes condiciones: i) A menos de 1.80 m. del borde de techos, losas, aberturas y excavaciones sin protección contra caídas en su perímetro y sin línea de advertencia. ii) Sobre áreas donde exista riesgo de caída encima de elementos punzo-cortantes, contenedores de líquidos, instalaciones eléctricas activadas, máquinas en movimiento, productos químicos peligrosos y similares. iii) En posiciones precarias o desequilibradas (ej. pendientes) con riesgo de caída desde cualquier altura. c) Todos los equipos, dispositivos e implementos utilizados en un SPPC deben tener homologación, esto es, encontrarse certificados por una norma de calidad nacional y/o internacional. Nota: Todos los elementos del SPDC deben poder resistir la máxima fuerza que se prevea se va a producir al detenerse una caída. Un elemento débil o inapropiado descalifica la confiabilidad del sistema. d) Los ganchos utilizados en un SPDC deben contar con mecanismo de doble seguro completamente operativo. e) No se permite usar líneas de seguridad o líneas de vida con nudos o empates, o de soga de manila. Tampoco conectar líneas de seguridad o vida por medio de nudos, ni usar líneas de seguridad de una longitud mayor a 1.80 m, salvo que provengan de un bloque auto-retractil y la línea se encuentre en posición vertical. f) El sistema de anclaje de un SPDC debe tener capacidad de resistir como mínimo 2,270 Kg. (5,000 lb.) por cada trabajador que lo utilice, con excepción de un SPDC que use línea de vida horizontal (ver acápites 5.1.i y 5.1.j). g) Las líneas de seguridad y las líneas de vida verticales de un SPDC deben resistir como mínimo 2,543 Kg. (5,600 lb.). Las líneas de vida verticales deben ser de soga de nylon de 5/8” como mínimo. h) La línea de vida vertical solo se debe usar como medio de conexión para una sola persona y utilizando siempre un freno de soga. No se permite conectar la línea de seguridad a un lazo efectuado en la línea de vida vertical. i) La línea de vida horizontal se puede usar para más de un usuario. Para el caso de un usuario como mínimo se debe usar cable de acero galvanizado de ½”, y considerar sistema de anclaje con resistencia de 7,264 Kg. (16,000 lb.). j) En general, el SPDC que utilice línea de vida horizontal debe ser diseñado, aprobado e instalado por una persona calificada. La resistencia requerida para la línea de vida y para el sistema de anclaje se debe determinar con factor de seguridad de dos, en función al número máximo de usuarios (considerar peso de usuarios y de las herramientas o equipos que pudieran portar), de la distancia de la posible caída libre, de la longitud y tipo de línea de vida, del uso o no uso de amortiguadores de impacto, entre otros parámetros. k) Cuando exista alto riesgo de caída de altura, se debe garantizar que el SPDC se encuentre operativo el 100% del tiempo de exposición, incluyendo el tiempo durante el cual el usuario se desplaza. Para tales casos se debe utilizar una línea de vida (vertical u horizontal según el caso) que permita movilizar el mosquetón sin desconectarse de ella, un
  • 7. TRABAJOS EN ALTURA Código : EV-ES-04 Revisión : Rev.01 Pagina : 7 de 13 ________________________________________________________________________________________________ EV-ES-02 sistema de doble línea de seguridad para mantener siempre una conectada al desplazarse, o un bloque auto-retractil. l) Cuando se trabaje sobre andamios colgantes es obligatorio garantizar un 100% de protección contra caídas (ver acápite 5.1.k), para lo cual se debe usar una línea de vida vertical con freno de soga (ver acápite 5.1.h) para cada persona sobre el andamio. Cada línea de vida se debe fijar a un elemento resistente independiente del que sirve para soportar el andamio colgante. m) La distancia de caída libre antes que se active el SPDC debe reducirse al máximo, no debiendo exceder de 1.80 m. Para tal efecto, se debe ubicar el conector de anclaje o medio de conexión, según sea el caso, lo más alto posible respecto a los hombros del usuario. Si no es posible que el usuario conecte su gancho (mosquetón) sobre su hombro, se debe usar línea de seguridad con amortiguador de impacto (shock absorber), enganchada al anillo dorsal del arnés por el extremo donde se encuentra el amortiguador. n) La ubicación del punto de conexión de un gancho (mosquetón) debe tener en cuenta, además de la consideración de la altura (ver acápite 5.1.m), el efecto de péndulo que se produciría en una caída si la línea de seguridad del arnés al conectarse no mantiene su verticalidad. Si ese es el caso, se debe asegurar que el movimiento pendular del usuario después de ser detenido en su caída, no lo haga impactar con un objeto o estructura. o) En el diseño de un SPDC es de suma importancia evaluar la distancia total que recorrería el usuario hasta que se produzca la detención de la caída para asegurar no vaya a impactar contra un objeto o estructura antes de ser detenido. Nota: La distancia total de caída será igual a la distancia de caída libre antes que se active el SPDC (ver acápite 6.1.m) más el estiramiento del arnés (0.30 m.), más la distancia de desaceleración del amortiguador de impacto (1.10 m.) y la deflexión de la línea de vida horizontal, si los hubiere. p) Todos los elementos de un SPDC deben adecuarse a las condiciones de trabajo. Para trabajos de soldadura en altura, se debe utilizar arnés de “Kevlar” y línea de seguridad de cable de acero. Para trabajos en altura cerca a instalaciones eléctricas energizadas, se debe utilizar arnés y línea de seguridad con anillos y ganchos revestidos de PVC respectivamente. q) Antes de comenzar a utilizarlos y mensualmente debe efectuarse una inspección minuciosa de todos los equipos, dispositivos y accesorios que componen el SPPC. r) El SPDC debe recibir mantenimiento tan frecuentemente como sea necesario para asegurar su operación adecuada; así como evitar su descarte prematuro. Nunca use un SPDC que este sucio. Podría no ver posibles fallas del material. s) Se debe desechar cualquier elemento del SPDC que haya soportado una caída o se encuentre con algún signo de deterioro, salvo los frenos de soga y bloques retráctiles, que pueden ser revisados por un distribuidor autorizado después de soportar una caída para determinar si pueden seguir usándose. t) Antes de colocarse un arnés el usuario debe inspeccionarlo visualmente para verificar su buen estado. Se debe revisar correajes, hebillas, costuras, líneas de seguridad y ganchos (mosquetones). Si se observan cortes, abrasiones, quemaduras, deshilachados o cualquier otro tipo de daño, el equipo debe ser inmediatamente descartado y reemplazado por otro en buen estado. u) Los equipos, dispositivos y accesorios de un SPPC deben almacenarse en condiciones adecuadas para que no sufran daños. Los soportes de cuerpo y líneas de seguridad y vida se deben almacenar colgados en ganchos, en lugares ventilados y secos, lejos del contacto con equipos u objetos punzo-cortantes, aceites o grasas. v) Se debe instruir y entrenar a los usuarios en la forma correcta de colocación y ajuste del arnés de cuerpo entero para cada modelo que se utilice. Un arnés mal colocado o
  • 8. TRABAJOS EN ALTURA Código : EV-ES-04 Revisión : Rev.01 Pagina : 8 de 13 ________________________________________________________________________________________________ EV-ES-02 ajustado puede producir lesiones. Siempre se debe verificar la posición correcta de los anillos, en especial el de la espalda (dorsal) donde debe engancharse la línea de seguridad para detención de caídas. También se requiere verificar la posición correcta de la cinta pectoral, la no existencia de cintas dobladas y el ajuste adecuado y completo. Se debe contar con una segunda persona que ayude en la revisión de la correcta colocación y ajuste del arnés antes de usarlo. w) Cuando exista la posibilidad de que un usuario de un SPDC quede colgado después de una detención de caída sin poder acceder a una superficie o estructura para liberarse, se deberá contar con un plan de rescate y/o escape, el cual debe considerar equipos adecuados, y personal capacitado y entrenado. Nota: Se debe tener en cuenta, que el tiempo máximo que una persona puede estar suspendida de un arnés de cuerpo entero sin riesgo de entrar en shock por la limitación de la circulación normal de la sangre, es de 15 minutos IV.4 6.4 Barandas Todo borde de losa, vano de ascensor, ducto, escalera, pasarela, rampa o plataforma de trabajo que origine riesgo de caída de altura de 1.50 m. o más, debe ser protegido con un sistema de barandas que cumpla con las siguientes especificaciones: a) Las barandas (parantes y rieles) deben confeccionarse con madera, tubos o perfiles metálicos. b) Los soportes verticales no deben estar separados mas de 2.10 metros. c) Deben poseer superficie lisa para evitar cortes, laceraciones o enganche en la vestimenta de las personas. Así mismo, los rieles no deben sobrepasar los parantes extremos o terminales. d) El riel superior de las barandas debe colocarse a una altura de 1.00 m. sobre el nivel de la superficie o plataforma donde se ubican las personas. Deberá también colocarse un riel intermedio a media altura. e) El sistema de barandas no debe tener aberturas verticales mayores a 0.50 m. Si no se cumple con este requisito se debe colocar mallas o paneles para satisfacerlo. f) Las barandas deben ser capaces de resistir una fuerza de 91 Kg. (200 lb.) aplicada al riel superior dentro de los primeros 5.20 cm. (2”) medidos desde el nivel superior de la baranda, en dirección hacia fuera, hacia adentro o hacia abajo; y aplicada en cualquier lugar a lo largo de la misma. El riel intermedio y la malla o panel si lo hubiere, deben resistir una fuerza de 68 Kg. (150 lb.) hacia fuera o hacia abajo en cualquier punto del elemento. Nota: La deflexión máxima del riel superior permitida cuando para la fuerza de 91 Kg (200 lb) se aplica hacia abajo es de 0.15 m. (6”). g) Los sistemas de barandas deben inspeccionarse con la frecuencia necesaria para asegurar que sus componentes preservan los requisitos de resistencia y de servicio. IV.5 6.5 Cubiertas Temporales Todo hueco u orificio en pisos, losas u otras superficies de trabajo que origine riesgo de caída de altura debe protegerse con una cubierta o tapa temporal que cumpla con las siguientes especificaciones: a) No presentar orificios y resistir como mínimo dos veces el peso de las personas que pudieran circular sobre ellas y de los equipos y/o materiales que pudieran ser colocados sobre la cubierta en algún momento.
  • 9. TRABAJOS EN ALTURA Código : EV-ES-04 Revisión : Rev.01 Pagina : 9 de 13 ________________________________________________________________________________________________ EV-ES-02 b) Cuando se ubique en área de circulación de vehículos, debe soportar como mínimo dos veces la máxima carga por eje del vehículo mas pesado que pudiera circular o estacionarse sobre la cubierta. c) Encontrarse asegurada de manera que no pueda ser desplazada por el viento, equipos, vehículos o personas. d) Las cubiertas o tapas temporales deben señalizarse pintándolas con la leyenda “hueco” o “abertura”. IV.6 6.6 Redes de Seguridad El uso de redes de seguridad como sistema de detención de caídas es más eficaz que el SPDC por cuanto su efectividad no depende del usuario, y sirve además como sistema de protección contra caída de objetos. Sin embargo, su eficacia y efectividad dependerá en gran medida, del cumplimiento estricto de las siguientes especificaciones: a) Deben ser de naylon e instalarse lo mas cercano posible al nivel o superficie de trabajo a proteger, no debiendo en ningún caso ubicarse a mas de 9.15 m. (30 pies) por debajo del referido nivel. b) En la totalidad del área de posible caída, comprendida entre la superficie o nivel de trabajo y la red, no deben existir obstáculos. c) Debe existir suficiente espacio libre debajo de la red para evitar el posible contacto del usuario que caiga con algún objeto o estructura. d) Deben extenderse horizontalmente desde el borde exterior de la superficie de trabajo en proporción a la altura de la posible caída, según se indica a continuación: Distancia vertical de caída (m) Extensión horizontal mínima (m) Hasta 1.50 2.40 1.50 – 3.00 3.00 Más de 3.50 4.00 e) La dimensión máxima de abertura de la malla no debe ser mayor de 10 cm f) El sistema de redes debe ser capaz de resistir la fuerza de impacto producida por la caída de una bolsa de arena de 180 Kg. (400 lb.) de peso y de dimensiones 76 +/- 5 cm. (30 +/- 2”), desde el nivel de trabajo más alto en el que existe riesgo de caída de altura. La soga de borde de la red debe ser capaz de resistir 2,270 Kg. (5,000 lb.). Nota: La referida prueba de caída se debe efectuar “insitu” antes de utilizar el sistema de redes, cada vez que se reubican las redes, después de haber soportado una caída o sufrido una reparación, y cada seis meses en caso se haya mantenido el sistema de redes durante ese periodo en la misma ubicación. g) El sistema de redes se debe inspeccionar por lo menos una vez a la semana y después de haber soportado una caída, para detectar posibles daños o deterioros. Los objetos que hayan caído a la red se deben retirar lo antes posible. IV.7 6.7 Líneas de Advertencia El sistema de líneas de advertencia se puede utilizar como sistema colectivo de protección contra caídas, cuando implementar (montaje y desmontaje) otros sistemas (barandas, cubiertas o redes) originaría un riesgo mayor que el que se quiere controlar. Se acepta también utilizar líneas de advertencia temporalmente mientras se instalan otros sistemas colectivos de protección contra caídas o cuando el tiempo o la frecuencia de exposición es reducida. Una línea de advertencia debe cumplir con de las siguientes especificaciones: a) Ser confeccionada con soga, cable, cadena cinta y/o malla.
  • 10. TRABAJOS EN ALTURA Código : EV-ES-04 Revisión : Rev.01 Pagina : 10 de 13 ________________________________________________________________________________________________ EV-ES-02 b) Cuando se requiera ver de noche, se debe usar material notoriamente visible y reflejante. Cuando se use malla plástica naranja, se debe colocar además cinta plástica amarilla en la parte superior de la malla con fines de visibilidad. c) Las líneas de advertencia deben colocarse entre 0.80 m. y 1.20 m. de altura y mínimo a 1.00 m. del borde de peligro. d) Cuando circulen vehículos o maquinarias automotrices cerca de un sistema de líneas de advertencia, la línea paralela a la dirección de circulación debe colocarse a mínimo 1.80 m. del borde de peligro, y la perpendicular a la dirección de circulación a mínimo 3.00 m. del borde de peligro. e) Los parantes que soportan las líneas de advertencia deben resistir una fuerza lateral mínima de 35 Kg. (16 lb.) aplicada en la parte superior sin voltearse. IV.8 6.8 Protección contra Caída de Objetos Cuando exista el riesgo de caída de objetos por encontrarse en ejecución trabajos de altura se debe implementar los siguientes sistemas de protección colectiva: a) Colocación de rodapiés de mínimo 0.10 m. de altura en todo el perímetro libre de las plataformas de trabajo. b) Restringir el acceso al área de riesgo ubicada bajo la superficie donde se efectúan los trabajos en altura, colocando líneas de advertencia y/o avisos de prevención y/o prohibición de ingreso. c) Cuando haya circulación de personas, vehículos o maquinarias debajo de superficies donde se están efectuando trabajos en altura, se deben colocar marquesinas o pantallas de retención, las cuales deben tener la capacidad de resistir una fuerza de 110 Kg. (50lb.) dirigida hacia abajo y hacia “afuera”. d) Se deben complementar los sistemas de protección colectiva contra caída de objetos, con las siguientes medidas de control de riesgos: i. Toda herramienta de mano deberá amarrarse al cinturón del trabajador con una soga de nylon (3/8”) y de longitud suficiente para permitirle facilidad de maniobra y uso de la herramienta. ii. Colocación de objetos pequeños en bolsas o contenedores asegurados. iii. El ascenso o descenso debe efectuarse con las manos libres. Para movilización vertical de herramientas, equipos y objetos en general se debe utilizar sogas. iv. Limpieza y eliminación frecuente de desperdicios y objetos de desecho que se acumulen en el área de trabajo en altura. v. No efectuar almacenamiento de materiales cerca de los bordes de la superficie de trabajo donde exista riesgo de caída. IV.9 6.8 Equipos Móviles, Vehículos y Grúas-puente Los vehículos de gran porte tales como camiones off-road, cargadores, grúas, etc. deben estar provistos de escaleras, escaleras de mano, etc., adecuadas para que permitan un acceso seguro. Debe haber previsiones para suministrar puntos de anclaje de equipos de interrupción de caída, para equipos móviles de perfil elevado, durante el mantenimiento, reparo o revisión.
  • 11. TRABAJOS EN ALTURA Código : EV-ES-04 Revisión : Rev.01 Pagina : 11 de 13 ________________________________________________________________________________________________ EV-ES-02 Donde se aplique, se debe obtener la aprobación del fabricante de equipos móviles antes de las modificaciones de los puntos de anclaje. Use sistemas de interrupción de caída donde un sistema de prevención de caídas no esté disponible o no se aplique, cuando trabaje a partir de / o en una grúa-puente. Se deben desarrollar e implantar métodos de prevención de caídas/protección contra caídas para que las personas entren o salgan de las grúas-puente, en todas las condiciones. Solamente se deben usar dispositivos de bajada de emergencia aprobados. Métodos de prevención de caídas/protección contra caídas se deben emplear para auxiliar el acceso donde el equilibrio es cuestionable. Un ejemplo es el uso de barras donde sujetarse o pasamanos entre el riel de rodamiento y la grúa-puente. IV.10 6.9 Torres y Postes (Transmisión de energía, Radio, etc.) Un plan de prevención de caída se exige al escalar o trabajar en postes, torres o estructuras similares. El plan debe describir el sistema de interrupción de caída, sistema de prevención de caída o una combinación de medidas de control a usar para garantizar que el personal esté protegido y respete este documento. IV.11 6.10 Trabajos en tejados o pipe-racks Los puntos de apoyo previstos en tejados y en pipe-racks deberán atender los criterios previstos en proyectos de ingeniería específicos. No será permitida la realización de trabajos en período de lluvia. Todo trabajo a ser realizado después de una lluvia deberá ser precedido por evaluación de riesgo a ser realizada por el responsable del área a fin de garantizar condiciones seguras. Todo trabajo a ser realizado sobre hornos o cualquier otro equipo del cual haya emanación de gases deberá ser precedido por una evaluación de riesgo a ser realizada por el responsable del área a fin de garantizar condiciones seguras. Se debe establecer un plan general para estos trabajos que contenga: a) Todas las etapas del trabajo, incluyendo el acceso de ida y vuelta al tejado, carga/descarga de materiales, claraboyas, aberturas de tejados y otros peligros potenciales. b) El plan debe describir las medidas de control a ser usadas de acuerdo con las exigencias de reglamentos que se apliquen y las exigencias de este documento para suministrar protección en el tope del tejado. c) Reglas y procedimientos para trabajos rutinarios sobre tejados y otros niveles elevados. d) Previsiones para exigir un plan de control de caídas para construcción y otros trabajos especiales de coberturas, cuando el uso del sistema convencional de protección contra caídas sea impracticable o cree un peligro mayor. Tales trabajos pueden incluir trabajo en bordes de área en construcción y trabajo con hormigón pre-armado, arriba de 1,80 m.
  • 12. TRABAJOS EN ALTURA Código : EV-ES-04 Revisión : Rev.01 Pagina : 12 de 13 ________________________________________________________________________________________________ EV-ES-02 IV.12 6.11 Monitoreo de las condiciones de los equipos de protección contra caídas Al recibir equipos de adquiridos y antes de colocarlos en servicio, se deberá realizar la marcación (tag) para garantizar la trazabilidad de inspección y mantenimiento, basada en las instrucciones del fabricante y los manuales/instrucciones de los equipos se deben guardar e incorporar en los programas de entrenamiento de los usuarios. Una inspección visual debe ser conducida antes de cada uso. El equipo también debe recibir una inspección documentada periódicamente, hecha por una persona competente/entrenada que busque lo siguiente:  Evidencia de defectos o daños en los elementos de herraje incluyendo rajaduras, aristas vivas, deformación, corrosión, ataque químico, calentamiento excesivo y desgaste excesivo.  Evidencia de defectos o daños en correas o cuerdas incluyendo desgaste por atrito, desprendimiento de camada, nudo, lazo, puntos de costuras estirados o rotos, estiramiento excesivo, ataque químico, exceso de manchas, abrasión, alteración, lubricación en falta o en exceso, envejecimiento excesivo y desgaste excesivo.  Alteración falta de partes, evidencia de defectos, daños o funcionamiento impropio de dispositivos mecánicos y conectores.  Test de los bloques autoretráctiles para descartar fallas de trabamiento.  Ausencia o ilegibilidad de las marcaciones.  Ausencia de cualquier elemento que afecte la forma, ajuste o función del equipo.  Otras exigencias conforme especificado por el fabricante. El equipo de protección de caída inspeccionado y rechazado para uso se debe destruir para evitar su posterior uso, y los registros de inspección se deben actualizar para incluir el método de descarte. La limpieza y almacenaje se deben hacer de acuerdo con las instrucciones del fabricante. El test de resistencia de equipos de protección contra caídas durante el servicio no está permitido. Anormalidades y no conformidades verificadas en el proceso de inspección se deben corregir inmediatamente. IV.13 6.12 Proceso de auditoría y control del programa de trabajo en altura El procedimiento de Trabajo en altura se deberá evaluar por lo menos anualmente y teniendo en cuenta:  Actualización de normas y procedimientos;  Incidentes/ Accidentes relacionados a caídas;  Resultados de Auditoría  Resultados de inspecciones
  • 13. TRABAJOS EN ALTURA Código : EV-ES-04 Revisión : Rev.01 Pagina : 13 de 13 ________________________________________________________________________________________________ EV-ES-02 V. 7. ANEXOS Permiso de Trabajo en Altura (Norma G-050)