2. MARCO LEGAL
EDUCATIVO
Constitución de la República del
Ecuador
Normativa sobre Educación
En el Título I. Elementos Constitutivos
del Estado
Capítulo I. Principios Fundamentales
Art.3.- Son deberes primordiales del
Estado:
1. Garantizar sin discriminación alguna el
efectivo goce de los derechos
establecidos en la Constitución y en los
instrumentos internacionales, en particular
la educación, la salud, la alimentación, la
seguridad social y el agua para sus
habitantes.
3. En el Título II. Derechos
Capítulo II. Derechos del Buen Vivir
Sección Quinta/Educación
Art.26.- La educación es un derecho de
las personas a lo largo de su vida y un
deber ineludible e inexcusable del
Estado. Constituye un área prioritaria de
la política pública y de la inversión
estatal, garantía de la igualdad e
inclusión social y condición
indispensable para el buen vivir.
4. Art. 27.- La educación se centrará en el ser
humano y garantizará su desarrollo holístico, en
el marco del respeto a los derechos humanos,
al medio ambiente sustentable y a la
democracia; será participativa, obligatoria,
intercultural, democrática, incluyente y diversa,
de calidad y calidez; impulsará la equidad de
género, la justicia, la solidaridad y la paz;
estimulará el sentido crítico, el arte y la cultura
física, la iniciativa individual y comunitaria, y el
desarrollo de competencias y capacidades para
crear y trabajar.
La educación es indispensable para el
conocimiento, el ejercicio de los derechos y la
construcción de un país soberano, y constituye
un eje estratégico para el desarrollo nacional.
5. Capítulo III. Derechos de las personas
y grupos de atención prioritaria.
Sección quinta/Niñas, niños y
adolescentes
Art. 44.- El Estado, la sociedad y la
familia promoverán de forma prioritaria
el desarrollo integral de las niñas, niños
y adolescentes, y asegurarán el ejercicio
pleno de sus derechos; se atenderá al
principio de su interés superior y sus
derechos prevalecerán sobre los de las
demás personas.
6. En el Título VII. Régimen del Buen vivir
Capítulo I. Inclusión y Equidad.
Sección primera/Educación
Art. 343.- El sistema nacional de educación
tendrá como finalidad el desarrollo de
capacidades y potencialidades individuales
y colectivas de la población, que posibiliten
el aprendizaje, y la generación y utilización
de conocimientos, técnicas, saberes, artes
y cultura. El sistema tendrá como centro el
sujeto que aprende, y funcionará de
manera flexible y dinámica, incluyente,
eficaz y eficiente.
7. Art. 347.-Será responsabilidad del
Estado:
8. Incorporar las tecnologías de la
información y comunicación en el proceso
educativo y propiciar el enlace de la
enseñanza con las actividades
productivas o sociales.
Art. 350.- El sistema de educación
superior tiene como finalidad la formación
académica y profesional con visión
científica y humanística; la investigación
científica y tecnológica; la innovación,
promoción, desarrollo y difusión de los
saberes y las culturas; la construcción de
soluciones para los problemas del país,
en relación con los objetivos del regimen
de desarrollo.
8. Ley Orgánica de Educación Intercultural
Título I. De los Principios Generales
Capítulo Único. Del Ámbito, Principios y
Fines
Art. 2.-Principios
h) Interaprendizaje y Multiaprendizaje.-
Se considera al interaprendizaje y
multiaprendizaje como instrumentos para
potenciar las capacidades humanas por
medio de la cultura, el deporte, el acceso a
la información y sus tecnologías, la
comunicación y el conocimiento, para
alcanzar niveles de desarrollo personal y
colectivo
9. Fortalecimiento y Actualización Curricular EGB
El empleo de las tecnologías de la información y la
comunicación
Otro referente de alta significación de la
proyección curricular es el empleo de las TIC
(Tecnologías de la Información y la Comunicación)
dentro del proceso educativo, es decir, de videos,
televisión, computadoras, internet, aulas virtuales y
otras alternativas, para apoyar la enseñanza y el
aprendizaje, en procesos tales como:
• Búsqueda de información con rapidez.
• Visualización de lugares, hechos y procesos para
darle mayor objetividad al contenido de estudio.
• Simulación de procesos o situaciones de la
realidad.
10. • Participación en juegos didácticos que
contribuyen de forma lúdica a profundizar
en el aprendizaje.
• Evaluación de los resultados del
aprendizaje.
• Preparación en el manejo de herramientas
tecnológicas que se utilizan en la
cotidianidad.
En las precisiones de la enseñanza y el
aprendizaje incluidas dentro del documento
curricular, se hacen sugerencias sobre los
momentos y las condiciones ideales para el
empleo de las TIC, que podrán ser
aplicadas en la medida en que los centros
educativos dispongan de los recursos para
11. Taller:
Formar los grupos de estudio y realizar las siguientes
actividades.
1. Buscar información sobre la normativa legal
relacionada a las Infopedagogías, existentes en
diferentes países (2 fuentes).
2. Revisar planes o currículos de estudio del Nivel de
Educación Inicial, donde tengan objetivos, resultados
de aprendizaje o destrezas, relacionadas con las
Tecnologías de la Información (2 fuentes).
3. Revisar el documento de Fortalecimiento y
Actualización Curricular de la Educación General
Básica y seleccionar entre las siguientes secciones,
las que se involucran con las tecnologías de la
información:
Perfil de salida de los estudiantes de la EGB.
Objetivos educativos del año.
Destrezas con criterios de desempeño.
Indicadores esenciales de la evaluación.