La auditoría ambiental realizada en dos plantas de generación eléctrica en Venezuela tuvo los siguientes hallazgos clave: 1) Residuos peligrosos almacenados de forma inadecuada, 2) Contaminación de cuerpos de agua, 3) Condiciones de trabajo inseguras. El informe final recomendó mejorar los procesos de almacenamiento, tratar los efluentes, y aumentar la seguridad laboral para cumplir con la normativa ambiental.
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Auditoría ambiental
1. RIF - J-31526384-0
Herramientas de
Gestión Ambiental
Herramientas de
control posterior
Tema 7. Auditorías
Ambientales
Reunión en el campo, en plena auditoría. Presentes Tecnoambiente, RL;
Gerencia de Proyectos Especiales, Gerencia de Generación,
Higiene y Seguridad Industrial de ELEVAL
2. RIF - J-31526384-0
Este tema lo desarrollaremos con un ejemplo real que se ejecutó en lo que era la
Electricidad de Valencia (ELEVAL) estado Carabobo en el año 2009, cuando su
facilitador ejercía como “Técnico Ambiental” activo para la consultora Cooperativa
TECNOAMBIENTE, R.L.
La gerencia de ELEVAL antes de la estatización siguió las prácticas comunes a la hora
de la venta o fusión de grandes empresas, que recomiendan entre otras acciones, la
realización de una Auditoría Ambiental para determinar sus “Pasivos y Activos
Ambientales”, o dicho de otra manera evaluar su gestión ambiental para mostrarla a
los nuevos dueños, en este caso el Estado venezolano representado por la Corporación
Eléctrica Nacional CORPOELEC. [1]
TECNOAMBIENTE, R.L. anteriormente había realizado una auditoría ambiental a un
“Plan de Supervisión Ambiental” de ELEVAL, que resulto en la no renovación de un
contrato a un prestador de servicio que había estado “forzando” un plan de 2 años a
casi 5 años, en beneficio de asociados de esté proveedor.
El caso que se presenta a continuación solo mostró las oportunidades de mejora
que se abrieron una vez entregado el informe final.
3. RIF - J-31526384-0
Auditoría Ambiental de los Establecimientos de CORPOELEC-ELEVAL
ubicados en el Área Metropolitana de Valencia
(Estaciones Castillito y Del Este/La Quizanda),
Estado Carabobo, Venezuela.
(Reunión de Cierre Unidades de Generación)
4. RIF - J-31526384-0
Objetivo de esta cita: Realizar la presentación de los resultados de la Auditoría
Ambiental de la Unidad de Proyectos Especiales y Generación, señalando los Hallazgos
de Auditoría y una serie de Recomendaciones para la gestión ambiental de los mismos.
5. RIF - J-31526384-0
¿Qué es una Auditoría Ambiental? Un trípode perfecto entre CRITERIOS, EVIDENCIAS y HALLAZGOS.
Instrumento que comporta la evaluación sistemática, documentada, periódica y objetiva realizada sobre la
actividad sujeta a regulación, para verificar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en esta Ley y
demás normas ambientales.[2] Las auditorías ambientales tienen la intención de evaluar y mejorar el
desempeño de la empresa en lo que se refiere a la gestión ambiental a lo largo de todas sus operaciones.
Auditoria
Ambiental
E
V
I
D
E
N
C
I
A
S
Leyes
Normas
Medidas Registros
Declaraciones
Información
Evidencias vs
Criterios
Resultados
6. RIF - J-31526384-0
El proceso de Generación Eléctrica: Las unidades instaladas en las plantas son generadores tipo
turbogas, que tienen por objetivo transformar energía primaria (gas + oxígeno), en electricidad
(energía secundaria). El turbogenerador está conformado por un compresor, una turbina a gas,
la cual a su vez posee una cámara de combustión (en algunos casos varias cámaras). [3]
7. RIF - J-31526384-0
Planta del Este, La Quizanda.
Planta con más años de las dos
visitadas, con una estructura
compleja y rodeada de
viviendas, industrias y grandes
avenidas. La zona industrial La
Quizanda, (Mcpo. Valencia) en
un principio fue creada para
recibir industrias, patios de
carga u actividades conexas.
Con o sin anuencia de los
planificadores de la ciudad de
Valencia fue invadida y
actualmente la planta de
generación esta rodeada de
viviendas y todo lo que el
urbanismo espontáneo
conlleva.
Turbinas General Electric.
9. RIF - J-31526384-0
Planta Castillito. La
planta más nueva, con
una estructura más
ordenada, rodeada de
patios y solares
industriales, calles
secundarias y la
autopista. Esta planta es
dual puede trabajar a gas
y con diesel, queda en el
municipio San Diego,
zona industrial Castillito,
en la conurbación
Valencia-San Diego.
Turbinas Hitachi.
11. RIF - J-31526384-0
ALGUNOS CRITERIOS
1. Ley sobre Sustancias, Materiales y Desechos Peligrosos. G.O. República Bolivariana de
Venezuela N° 5.554 Ext. 13-11-2001. [4]
3. Ordenanza sobre Protección
del Ambiente y de los Servicios
de Cooperación con el
Saneamiento Ambiental en la
jurisdicción del Municipio San
Diego. Gaceta Municipal del
Municipio San Diego Nº 466
del 13 de julio de 2005. [6]
2. Decreto 3.219 Normas para la Clasificación y el Control de la Calidad de las Aguas de la
Cuenca del Lago de Valencia. G.O. República Venezuela N° 5.305 Ext. 01-02-1999. [5]
12. RIF - J-31526384-0
EVIDENCIAS
A.- CRITERIO LEGAL
Almacenamiento de Desechos
Peligrosos: Depósito temporal de
los desechos peligrosos bajo
condiciones controladas y
ambientalmente seguras, sin que
se contemple ninguna forma de
tratamiento ni transformación
inducida de los desechos
almacenados. Artículo 9 Ley N° 55
[4]
1.- Residuos peligrosos, en lugares inadecuados:
B.- RECOMENDACIÓN PRÁCTICA
Sistema Proveedor-Cliente: Llegar
a un convenio con los proveedores
para que por cada batería
adquirida por la empresa, el
proveedor se lleve una batería
dañada. Almacenar bajo norma.
13. RIF - J-31526384-0
A.- CRITERIO LEGAL: Las empresas deberán
entregar ante el Ministerio del Ambiente la
caracterización de sus efluentes, al menos una
vez cada tres (3) meses (Artículo 26 del Decreto
883).[7]
B.- RECOMENDACIÓN PRÁCTICA:
Almacenamiento adecuado de los aceites
usados, revisión, clasificación, de los aceites.
Cambio de tambores en caso de que estén
dañados.
2.- Contaminación de cuerpos de agua
14. RIF - J-31526384-0
A.- CRITERIO LEGAL: 1. Ejercer las
labores derivadas de su contrato de
trabajo con sujeción a las normas de
seguridad y salud en el trabajo no
sólo en defensa de su propia
seguridad y salud sino también con
respecto a los demás trabajadores y
trabajadoras y en resguardo de las
instalaciones donde labora. Artículo
54 LOPCyMAT. [8]
3.- Condiciones inseguras, procesos peligrosos
B.- RECOMENDACIÓN PRÁCTICA: 1.
Uso del sentido común. El orden y la
limpieza previenen accidentes,
ahorran trabajo, facilitan las labores,
protegen al trabajador, resguardan a
la empresa.
15. RIF - J-31526384-0
4.- Preservación del Medio Ambiente A.-CRETERIO LEGAL: Las personas o
empresas responsables de fuentes
generadoras de ruido deberán realizar
las acciones y obras que se requieran
para ajustar sus niveles de ruido a los
límites establecidos por este Decreto,
en un plazo máximo de un (1) año.
Artículo 14, Decreto 2217. [9]
B.-RECOMENDACIÓN PRÁCTICA: La
siembra, mantenimiento, defensa,
mejoramiento, de las especies de
árboles sembradas en las plantas de
generación son tareas que debe asumir
el personal de planta. Para su propio
beneficio y el bienestar de la
comunidad. Un grupo de árboles bien
sembrados puede reducir el ruido
entre 15 y 25 %.
16. RIF - J-31526384-0
A.- CRITERIO LEGAL. Se
prohíbe: El uso de sistemas de
drenaje de aguas pluviales
para la disposición de
efluentes líquidos. Articulo 19
del Decreto 883. [7op cit]
B.- RECOMENDACIÓN
PRÁCTICA. Debe crearse y
mantenerse un stock de
repuestos críticos, que impida
que un cojinete ocasione la
perdida de miles de litros de
agua y su contaminación.
4.- Lo crítico, lo urgente y lo programado
17. RIF - J-31526384-0
BIENVENIDAS LAS OPORTUNIDADES DE MEJORA
¿Por dónde empezar?
Adquiriendo un
COMPROMISO
Los trabajadores de la
Unidad de Generación,
integrados por Producción,
Mantenimiento y Soporte
Administrativo deben
internalizar que las
actividades de Generación
tienen efectos paralelos
que afectan el medio
ambiente (natural y social)
y que esto debe ser
controlado, corregido,
gestionado.
18. RIF - J-31526384-0
¿Por qué debemos asumir este compromiso?
Hay dos razones:
El Cumplimiento de las Leyes. Si bien
CORPOELEC-ELEVAL es una empresa
pública, esta condición no la exime del
cumplimiento de la Ley. Al contrario
debe ser un ejemplo para otras
empresas del área o de otras áreas de
la producción o servicios.
Por el bienestar de cada Trabajador, de
su comunidad y su familia. Las acciones
tendientes a proteger el ambiente se
hacen de forma local, pero los
beneficios pueden ser regionales,
nacionales o mundiales
19. RIF - J-31526384-0
¿Cómo debemos asumir este compromiso?
Por lo básico. Por
ejemplo, poniendo en
práctica un plan de
Orden y Limpieza
Un primer paso es:
Inventariar, para saber
qué tenemos como
desecho, dónde esta, en
qué condiciones esta
almacenado.
Después de esto se
debe: Ordenar,
clasificar, colocar en
condiciones que no
perjudiquen al medio
ambiente, ni a los
trabajadores, ni a la
planta
20. RIF - J-31526384-0
Orden y Limpieza Qué es chatarra, qué es
nuevo. Lo observado en
planta, durante los
recorridos, no podía ser
clasificado como equipo
nuevo, equipo por reparar o
de desecho.
Qué puede contaminar.
Ciertos aceites, ciertas
sustancias, pueden
contaminar. Estas deben ser
localizadas, clasificadas y
almacenadas de forma
segura.
Qué puede ser reciclado. El
proceso de filtrado del
aceite dieléctrico es un
gran avance. Renovar,
reutilizar, reciclar es una de
las mejores estrategias
para proteger al ambiente
21. RIF - J-31526384-0
. Las Auditorías Ambientales son herramientas
de control posterior que se realizan a voluntad de
una empresa o por orden de un ente fiscalizador.
. Su objetivo es encontrar y si así lo establece el
contrato cerrar, la brecha existente entre los
criterios legales/normas internas/ordenanzas y
las actividades reales que hace una empresa, es
decir “el deber ser” contra “lo que de verdad es”.
. Las mismas se realizan en conjunto con el área
auditada y se establecen grupos de enlace que
llevan a cabo el levantamiento de criterios,
evidencias y hallazgos.
. Se usan para estimar el desempeño ambiental,
para comparar procedimientos entre empresas
de la misma actividad, dependientes de una casa
matriz o en caso de fusión o venta, a solicitud del
comprador o de quien vende.
22. RIF - J-31526384-0
REFERENCIAS
1.- Peraza, D. y Col. (2010). Auditoría Ambiental de los Establecimientos de ELEVAL-CORPOELEC ubicados en el Área
Metropolitana de Valencia (Estaciones Castillito y Del Este/La Quizanda), estado Carabobo, Venezuela. Fase 2.
Informe de Auditoría. Valencia, Enero de 2010. PP 210. Coordinador Ldo. David Peraza. Equipo auditor: Camacho, Luis;
Camacho, Ricardo; Nieto, Daniel; Del Rosario, Julio. Cooperativa Tecnoambiente, R.L. Cabudare, Edo. Lara.
2.- Venezuela (2007). Ley Orgánica del Ambiente. Caracas, viernes 22 de diciembre de 2006 Gaceta Oficial No. 5.833
Extraordinario. Disponible en: http://www.minamb.gob.ve/files/Ley%20Organica%20del%20Ambiente/Ley-Organica-
del-Ambiente-2007.pdf. Consultado el 01/junio/2015.
3.- Velásquez, F. (2010) Comunicación personal. Ingeniero de Proyectos Especiales ELEVAL CORPOELEC. Planta La
Quizanda. Octubre 23, de 2009.
4.- Venezuela, (2001). Ley sobre Sustancias, Materiales y Desechos Peligrosos. G.O. República Bolivariana de Venezuela
N° 5.554 Ext. 13-11-2001. Disponible en: www.inpsasel.gob.ve/moo_doc/ley_sus_%20mat_%20des_%20pel.pdf.
5.- Venezuela, (1999). Decreto 3.219 Normas para la Clasificación y el Control de la Calidad de las Aguas de la Cuenca
del Lago de Valencia. G.O. República Venezuela N° 5.305 Ext. 01-02-1999. Disponible en:
http://www.pgr.gob.ve/dmdocuments/1999/5305.pdf.
6.- Consejo Municipal del Municipio San Diego (2005). Ordenanza sobre Protección del Ambiente y de los Servicios de
Cooperación con el Saneamiento Ambiental en la jurisdicción del Municipio San Diego. Gaceta Municipal del
Municipio San Diego Nº 466 del 13 de julio de 2005
7.- Venezuela, (1996). Decreto 883 Normas para la Clasificación y el Control de la Calidad de los Cuerpos de Agua y
Vertidos o Efluentes Líquidos. Disponible en: www.inpsasel.gob.ve/moo_news/lopcymat.html. Gaceta Oficial
Extraordinaria: 5.021 Del 18/12/95.
8.- Venezuela (2005). Ley Orgánica de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo. Documento en línea disponible en:
http://www.inpsasel.gob.ve/moo_news/lopcymat.html .
9.- Venezuela (1992). Decreto Nº 2217 Normas sobre el control de la contaminación generada por ruido. Gaceta
Oficial de la República de Venezuela Nº 4.418 (Extraordinario) de 27 de abril de 1992. Disponible en:
www.adan.org.ve/documentos/Decreto-2217.pdf.