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Órgano de Difusión del Gobierno del Distrito Federal
DÉCIMA OCTAVA ÉPOCA 19 DE NOVIEMBRE DE 2015 No. 221
Í N D I C E
 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
Secretaría de Salud
 Aviso por el cual se da a conocer la segunda actualización del Cuadro Básico y Catálogo Institucional de
Medicamentos Edición 2014 de la Secretaría de Salud del Distrito Federal 4
Secretaría de Movilidad
 Aviso mediante el cual se informa la apertura de un período extraordinario de la Revista Vehicular 2015,
correspondiente al “Acuerdo mediante el cual se da a conocer el procedimiento para realizar el Trámite de Revista
Vehicular 2015, a los concesionarios y/o permisionarios que prestan el Servicio de Transporte Público, Mercantil y
Privado de Carga del Distrito Federal”, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, de fecha 16 de abril de
2015 9
 Aviso mediante el cual se informa la apertura de un período extraordinario de la Revista Vehicular 2015,
correspondiente al “Acuerdo mediante el cual se da a conocer el procedimiento para realizar el Trámite de Revista
Vehicular 2015, a los concesionarios y/o permisionarios que prestan el Servicio Público de Transporte Público
Colectivo de Pasajeros, (Microbuses, Vagonetas y/o Autobuses), con Placa Local O Metropolitana expedida en el
Distrito Federal”, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, de fecha 16 de abril de 2015 11
 Aviso mediante el cual se informa la apertura de un período extraordinario de la Revista Vehicular 2015,
correspondiente al “Acuerdo Mediante el cual se da a conocer el procedimiento para realizar el Trámite de Revista
Vehicular 2015, a los concesionarios y/o permisionarios que prestan el Servicio de Transporte Mercantil y Privado
de Pasajeros del Distrito Federal”, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, de fecha 16 de abril de 2015 13

 Continúa en la Pág. 2
2 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 de Noviembre de 2015
Índice
Viene de la Pág. 1
Contraloría General
 Aviso por el cual se da a conocer la baja documental definitiva de diversa documentación de la Contraloría General
del Distrito Federal 15
Delegación La Magdalena Contreras
 Acuerdo por el que se modifican diversos Sistemas de Datos Personales a cargo de la Delegación La Magdalena
Contreras 16
Fideicomiso Museo del Estanquillo
 Aviso por el que se da a conocer el enlace electrónico donde podrá ser consultado el Manual Administrativo del
Fideicomiso Museo del Estanquillo con Número de Registro MA-46/271015-E-FME-18/2006, emitido por la
Coordinación General de Modernización Administrativa adscrita a la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito
Federal 38
 CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS
 Secretaría del Medio Ambiente.- Licitación Pública Nacional Número LPN-27-2015.- Convocatoria 25.-
Adquisición de fibras sintéticas, hules, plásticos y derivados; prendas de seguridad y protección personal;
herramientas menores; refacciones, y accesorios menores de maquinaria y otros equipos; y productos textiles 39
 Secretaría del Medio Ambiente.- Licitación Pública Nacional Número LPN-28-2015.- Convocatoria 26.-
Adquisición de vehículos, remolques de cama, maquinaria y equipo agropecuario, cargador frontal, herramientas y
maquinas; y hipsómetro 40
 Secretaría del Medio Ambiente.- Licitación Pública Nacional Número LPN-29-2015.- Convocatoria 27.-
Adquisición de árboles 41
 Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal.- Licitación Pública Internacional Número S.T.E.D.F.-
L.P.N.-013-15.- Convocatoria 11.- Adquisición de elevadores y plataformas para acceso al tren ligero en silla de
ruedas 42
 SECCIÓN DE AVISOS
 Recubrimientos Especializados Invierno, S.A. de C.V. 43
 Forros y Más, S.A. de C.V. 43
 Diamantefin, S.A. de C.V. 44
 Parque Interlomas Comercial, S.A. de C.V. 44
 Construcciones y Materiales Resistencia Empresarial CMD, S.A. de C.V. 45
 Construcciones y Materiales Resistencia CMD, S.A. de C.V. 45
 Monte Carlo Sport, S.A. de C.V. 46
 Asociación de Condóminos Propietarios de Parque Interlomas Residencial, A.C. 46
 Smart Factor, S.A. de C.V. 47
19 de Noviembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3
4 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 de Noviembre de 2015
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
SECRETARÍA DE SALUD
DOCTOR JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA, SECRETARIO DE SALUD, con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 16, fracción IV y 29, fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 24,
fracciones VIII, XXII y XXIII de la Ley de Salud del Distrito Federal, y 68 de su Reglamento; 5, fracción I, y 66 fracción II
del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, y los Lineamientos Generales para la
Adquisición de Medicamentos con Criterios de Transparencia, Legalidad, Eficiencia, Sustentabilidad, Honradez y Óptima
Utilización de los Recursos, y
CONSIDERANDO
Que mediante el Acuerdo Publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 24 de diciembre de 2002, se estableció que las
instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud sólo deberán utilizar los insumos establecidos en el Cuadro Básico
para el Primer Nivel de Atención Médica y para el Segundo y Tercer Nivel, el Catálogo de Insumos.
Que para la adquisición de Insumos para la Salud, las instituciones públicas que conforman el Sistema Nacional de Salud,
entre los que se encuentra la Secretaría de Salud y los Servicios de Salud Pública del Distrito Federal, están sujetos a la
observancia del Cuadro Básico para el Primer Nivel de Atención Médica y, para el Segundo y Tercer Nivel, del Catálogo de
Insumos para la Salud, documento expedido por el Consejo de Salubridad General de conformidad con la Ley General en la
materia.
Que conforme a los Lineamientos Generales para la Adquisición de Medicamentos con Criterios de Transparencia,
Legalidad, Eficiencia, Sustentabilidad, Honradez y Óptima Utilización de los Recursos del Gobierno del Distrito Federal,
publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 12 de enero de 2011, resulta necesario para las instancias del Distrito
Federal que no forman parte del Sistema Nacional de Salud, el establecimiento de un “Cuadro Básico y Catálogo
Institucional de Medicamentos”, lo cual contribuirá a homogeneizar las políticas de adquisición de las Dependencias,
Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal y garantizar la
eficiencia, sustentabilidad y óptima utilización de los recursos.
Que la Edición 2011 del Cuadro Básico y Catálogo Institucional de Medicamentos se publicó de manera íntegra en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal el 12 de enero del 2011 y a partir de esa fecha se efectuaron seis actualizaciones, las que
se incorporan a la Edición 2013, con la finalidad de tener actualizada la lista de medicamentos para que los hospitales y
unidades médicas adscritos al Gobierno del D.F., atiendan los problemas de salud de la población de la Ciudad de México.
Que la Edición 2014 del Cuadro Básico y Catálogo Institucional de la Secretaría de Salud del Distrito Federal (SEDESA) se
publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de Enero de 2015.
Que la primera actaulización del Cuadro Básico y Catálogo Institucional de Medicamentos Edición 2014 de la Secretaría de
Salud del Distrito Federal (SEDESA) se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 10 de julio de 2015.
Que las modificaciones del Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos que publica el Consejo de Salubridad General
aplican para el Cuadro Básico y Catálogo Institucional de la SEDESA.
Que la Secretaría de Salud, a través del área competente está encargada de recibir, estudiar y resolver las solicitudes de
actualización que formulen las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades de la Administración
Pública del Distrito Federal y con la participación de especialistas de las Unidades Hospitalarias de la Secretaría y
representantes de academias, consejos médicos y de especialidades.
Que en atención a las anteriores consideraciones, expido el siguiente:
AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER LA SEGUNDA ACTUALIZACIÓN DEL CUADRO
BÁSICO Y CATÁLOGO INSTITUCIONAL DE MEDICAMENTOS EDICIÓN 2014 DE LA
SECRETARÍA DE SALUD DEL DISTRITO FEDERAL.
19 de Noviembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 5
Grupo Nº 1 Analgesia
Cuadro
IBUPROFENO
Clave Descripción Indicaciones Vía de administración y Dosis
010.000.5940.02
TABLETA O CÁPSULA
Cada tableta o cápsula contiene:
Ibuprofeno 200 mg.
Envase con 20 tabletas o cápsulas
Dolor de leve a
moderado. Fiebre.
Oral.
Adultos y niños mayores de 12 años.
200 a 400 mg cada 4 a 6 horas,
dependiendo de la intensidad de los
síntomas, sin sobrepasar 1200 mg al día.
Grupo Nº 5: Endocrinología y Metabolismo
Catálogo
VILDAGLIPTINA
Clave Descripción Indicaciones Vía de administración y Dosis
010.000.5620.00
COMPRIMIDO
Cada comprimido contiene:
Vildagliptina 50 mg
Envase con 28 comprimidos.
Diabetes mellitus tipo
2 con falla a
metformina sola, con
o sin obesidad.
Oral.
Adultos:
50 mg cada 12 horas.
Grupo Nº 6: Enfermedades Infecciosas y Parasitarias
Catálogo
RIBAVIRINA
Clave Descripción Indicaciones Vía de administración y Dosis
010.000.5920.00
CÁPSULA
Cada cápsula contiene: Ribavarina
200 mg
Envase con 90 cápsulas.
Hepatitis C Crónica en
combinación con
interferón alfa 2B.
Oral.
Adultos: La dosis se debe ajustar
dependiendo del peso corporal del
paciente en:
<75 Kg, 1000 g/día dividido en dos
cápsulas por la mañana y tres por la
noche.
>74 Kg, 1200 mg/día dividido en tres
cápsulas por la mañana y tres por la
noche.
Grupo Nº 13: Neumología
Catálogo
BERACTANT
Clave Descripción Indicaciones Vía de administración y Dosis
010.000.5331.00
SUSPENSIÓN INYECTABLE
Cada ml contiene:
Beractant (fosfolípidos de pulmón
de origen
bovino) 25 mg
Envase con frasco ámpula de 8 ml
y cánula endotraqueal.
Prevención y
tratamiento del
síndrome de dificultad
respiratoria.
Intratraqueal.
Prematuros:
100 mg/kg de peso, repetir la dosis de
acuerdo a respuesta terapéutica después
de 6 horas.
6 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 de Noviembre de 2015
MACITENTÁN
Clave Descripción Indicaciones Vía de administración y Dosis
010.000.6022.00
TABLETA
Cada tableta contiene:
Macitentán 10 mg
Envase con 28 tabletas.
Tratamiento para
Hipertensión Arterial
Pulmonar, en
combinación con
inhibidores de la
fosfodiesterasa 5.
Oral.
Adultos:
10 mg cada 24 horas.
Grupo Nº 14: Neurología
Catálogo
ATOMOXETINA
Clave Descripción Indicaciones Vía de administración y Dosis
010.000.3308.00
CÁPSULA
Cada cápsula contiene: Clorhidrato
de atomoxetina equivalente a 40
mg de atomoxetina.
Envase con 14 cápsulas.
Trastorno del déficit
de atención con
hiperactividad.
Oral:
Adultos:
40 mg al día, durante un mínimo de tres
días, e incrementar a 80 mg al día
durante 3 a 7 días, como dosis única en
las mañanas o como dosis dividida en la
mañana y por la tarde/ noche.
Niños:
0.5 mg/kg de peso corporal/ día, durante
un mínimo de tres días, e incrementar a
1.2 mg/kg de peso corporal/ día durante
3 a 7 días, como dosis única en las
mañanas o como dosis dividida en la
mañana y por la tarde/ noche.
010.000.3309.00
CÁPSULA
Cada cápsula contiene: Clorhidrato
de atomoxetina equivalente a 60
mg de atomoxetina.
Envase con 14 cápsulas.
CLOBAZAM
Clave Descripción Indicaciones Vía de administración y Dosis
040.000.2165.00
TABLETA
Cada tableta contiene:
Clobazam 10 mg
Envase con 30 tabletas.
Síndrome de ansiedad
generalizado.
Insomnio.
Preanestésico.
Oral.
Adultos:
10 mg cada 8 a 12 horas.
ELETRIPTÁN
Clave Descripción Indicaciones Vía de administración y Dosis
010.000.4366.00
TABLETA
Cada tableta contiene:
Bromhidrato de eletriptán
equivalente a 40 mg de eletriptán
Envase con dos tabletas.
Migraña. Oral.
Adultos:
Dosis inicial: 40 a 80 mg.
Dosis máxima 160 mg.
PRIMIDONA
Clave Descripción Indicaciones Vía de administración y Dosis
010.000.2606.00
TABLETA
Cada tableta contiene: Primidona
250 mg
Envase con 50 tabletas.
Epilepsia. Oral.
Niños menores de 8 años:
125 mg/día. Aumentar 125 mg cada 7
días. Dosis máxima 1 g/ día.
Neonatos: 15 a 25 mg/kg de peso
corporal en dosis única, posteriormente
12 a 20 mg/kg de peso corporal/día,
dividido cada 12 horas.
19 de Noviembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7
Adultos y niños mayores de 8 años:
250 mg/ día, aumentar 250 mg cada 7
días hasta alcanzar el efecto terapéutico.
Dosis máxima 2 g/día.
PRAMIPEXOL
Clave Descripción Indicaciones Vía de administración y Dosis
010.000.2649.00
TABLETA
Cada tableta contiene
Diclorhidrato de pramipexol
Monohidratado 0.5 mg
Envase con 30 tabletas.
Enfermedad de
Parkinson.
Oral.
Adultos:
Dosis inicial: 0.5 mg cada 8 horas,
incrementar cada 7 días hasta lograr
respuesta terapéutica
RASAGILINA
Clave Descripción Indicaciones Vía de administración y Dosis
010.000.5665.00
TABLETA
Cada tableta contiene:
Mesilato de rasagilina equivalente
a 1 mg de rasagilina
Envase con 30 tabletas.
Enfermedad de
Parkinson.
Oral.
Adultos y mayores de 18 años de edad.
1 mg cada 24 horas con o sin
tratamiento concomitante de Levodopa /
Inhibidores de descarboxilasa.
Se puede administrar con o sin
alimentos.
RIVASTIGMINA
Clave Descripción Indicaciones Vía de administración y Dosis
010.000.4379.00
PARCHE
Cada parche de 5 cm2
contiene:
Tartrato de rivastigmina
equivalente a 9 mg
de rivastigmina
Envase con 30 parches, cada
parche libera 4.6 mg/24 horas.
Demencia tipo
Alzheimer.
Transdérmica.
Adultos:
Dosis inicial
Un parche de 5 cm2 cada 24 horas.
Si hay pocas reacciones adversas,
después de 4 semanas, se puede
continuar con la dosis de mantenimiento
ROTIGOTINA
Clave Descripción Indicaciones Vía de administración y Dosis
010.000.2641.00
PARCHE
Cada parche contiene: Rotigotina 9
mg/20 cm2
Envase con 7 sobres, con una
liberación de 4 mg/24 h.
Enfermedad de
Parkinson.
Cutánea.
Adultos: La dosificación en la fase
inicial de la enfermedad Parkinson debe
iniciarse con una dosis diaria de 2
mg/24 h, e incrementos semanales
posteriores de 2 mg/24 h, pudiéndose
alcanzar un máximo de 8 mg/24 h. la
dosis de 4 mg/24 h puede ser efectiva en
algunos pacientes. En la mayoría de los
casos la dosis efectiva se alcanza en 3 o
4 semanas, con la dosis de 6 u 8 mg/24
h. La dosis máxima recomendada es de
8 mg/24 h. La dosis en pacientes con
Parkinson en fases avanzadas con
fluctuaciones, debe iniciarse con una
dosis diaria única de 4 mg/24 h, y tener
incrementos semanales de 2 mg/24 h.
Una dosis de 4 mg/24 h o de 6 mg/24 h
puede ser eficaz en algunos pacientes.
Para la mayoría de los pacientes la dosis
efectiva se alcanza en 3-7 semanas con
dosis de 8 mg/24h hasta un máximo de
16 mg/24 h. En caso de suspender el
tratamiento, éste debe ser gradual. La
dosis diaria debe reducirse en 2 mg/24
h, preferentemente cada tercer día.
8 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 de Noviembre de 2015
Grupo Nº 21: Reumatología y Traumatología
Cuadro
MELOXICAM
Clave Descripción Indicaciones Vía de administración y Dosis
010.000.3423.00
TABLETA
Cada tableta contiene: Meloxicam
15 mg
Envase con 10 tabletas
Artritis reumatoide
Osteoartritis
Espondilitis
Artritis gotosa.
Padecimientos
inflamatorios agudos y
crónicos no
reumáticos.
Procesos inflamatorios
agudos no bacterianos
de vías aéreas
superiores.
Oral.
Adultos y mayores de 12 años:
15 mg cada 24 horas.
Niños:
Dosis máxima: 0.25 mg/kg de peso
corporal/ día.
EXCLUSIONES
PRAMIPEXOL
Clave Descripción
010.000.2650.00
TABLETA
Cada tableta contiene Diclorhidrato de pramipexol
Monohidratado 1.0 mg. Envase con 30 tabletas.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
SEGUNDO.- La presente actualización entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal y estará vigente en tanto no se sustituya.
México, Distrito Federal, a 05 de noviembre de 2015
(Firma)
DR. JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA
SECRETARIO DE SALUD DEL DISTRITO FEDERAL
19 de Noviembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 9
SECRETARÍA DE MOVILIDAD
AVISO MEDIANTE EL CUAL SE INFORMA LA APERTURA DE UN PERÍODO
EXTRAORDINARIO DE LA REVISTA VEHICULAR 2015, CORRESPONDIENTE AL “ACUERDO
MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER EL PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL
TRAMITE DE REVISTA VEHICULAR 2015, A LOS CONCESIONARIOS Y/O PERMISIONARIOS
QUE PRESTAN EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO, MERCANTIL Y PRIVADO DE
CARGA DEL DISTRITO FEDERAL”, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO
FEDERAL, DE FECHA 16 DE ABRIL DE 2015.
HÉCTOR SERRANO CORTÉS, Secretario de Movilidad del Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en lo
establecido en los artículos 122, apartado C, Base Tercera, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 1°, 12 fracciones I, II y IV y 93 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1°, 7°, 15 fracción IX y 31
fracciones I y XXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y Transitorios Tercero y Quinto
de la publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 14 de julio de 2014; 220 fracción X del Código Fiscal del
Distrito Federal; 1°, 2° fracciones I y V, 7° fracciones I, II, III, IV y V, 9° fracciones XX, XXI, LXI y LXXI, 12 fracciones
I, VI, XVI, XXVIII y XXIX, 57 fracciones I, II y III, 85 fracción V, 90, 118, 119 y 120 de la Ley de Movilidad del Distrito
Federal; 7° fracción IX numerales 1 y 5, 26 fracción X, 37 fracción XVIII, 93 fracciones I, II, IV, VII y XII del Reglamento
Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 220 fracción X del Código Fiscal del Distrito Federal; 1º, 6°, 50,
51, 79 y 82 del Reglamento del Transporte del Distrito Federal; y
C O N S I D E R A N D O
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley de Movilidad del Distrito Federal, la prestación de los
servicios públicos de transporte en esta Ciudad es de utilidad pública e interés general, cuya obligación de proporcionarlos
corresponde originalmente a la Administración Pública, ya sea en forma directa o mediante concesiones a particulares;
Que el Gobierno del Distrito Federal con base en el marco jurídico vigente, ha emprendido acciones a corto y mediano
plazo tendientes a mejorar los mecanismos de control para que la prestación del Servicio de Transporte Público, Mercantil y
Privado de Carga del Distrito Federal, atienda a los principios de simplificación, agilidad, economía, información, precisión,
legalidad, transparencia e imparcialidad, pero sobre todo bajo los principios de confianza y buena fe;
Que la Ley de Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, faculta a la Secretaría de Movilidad del Distrito
Federal para regular, ordenar, fomentar, impulsar y estimular el desarrollo de todos los mediosde transporte;
Que con fecha 16 de abril de 2015, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el “Acuerdo Mediante el cual se da a
Conocer el Procedimiento para Realizar el Trámite de Revista Vehicular 2015, a los Concesionarios y/o Permisionarios que
Prestan el Servicio de Transporte Público, Mercantil y Privado de Carga del Distrito Federal”, en adelante “Revista
Vehicular 2015”, el cual establece la Convocatoria y requisitos para realizar el Trámite de Revista Vehicular 2015;
Que con fecha 19 de junio de 2015, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el “Acuerdo mediante el que se da a
conocer la Ampliación al Calendario para el Trámite de Revista Vehicular 2015, para los Concesionarios y/o Permisionarios
que prestan el Servicio de Transporte Público, Mercantil y Privado de Carga del Distrito Federal”; el cual determina en sus
Bases una ampliación del calendario para realizar el Trámite de Revista Vehicular; así mismo establece el calendario
correspondiente a las personas morales que cuentan con un parque vehicular de 50 ó más unidades;
Que del análisis de la información sistematizada de la Dirección General de Transporte, se desprende que a la fecha existen
concesionarios que realizaron el pago de los derechos señalados en el artículo 220 fracción X del Código Financiero del
Distrito Federal que carecen de registro y también existen concesionarios que no han realizado el pago de los derechos
prescritos en el artículo antes señalado y consecuentemente tampoco han obtenido su registro para realizar la “Revista
Vehicular2015”;
Que es interés de la Secretaría de Movilidad, que el servicio de transporte público, mercantil y privado de carga se preste de
manera continua, uniforme y en las mejores condiciones para la ciudad y sus habitantes, por lo que es necesario que todas
10 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 de Noviembre de 2015
las unidades comprueben el cumplimiento de las disposiciones en materia de equipo, aditamentos, sistemas y en general las
condiciones de operación y especificaciones técnicas para la óptima prestación del servicio; por lo que he tenido a bien
emitir el siguiente:
AVISO MEDIANTE EL CUAL SE INFORMA LA APERTURA DE UN PERÍODO EXTRAORDINARIO DE LA
REVISTA VEHICULAR 2015, CORRESPONDIENTE AL “ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DA A
CONOCER EL PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TRAMITE DE REVISTA VEHICULAR 2015, A LOS
CONCESIONARIOS Y/O PERMISIONARIOS QUE PRESTAN EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO,
MERCANTIL Y PRIVADO DE CARGA DEL DISTRITO FEDERAL”, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL
DEL DISTRITO FEDERAL, DE FECHA 16 DE ABRIL DE 2015; ASÍ COMO PARA LAS PERSONAS MORALES
QUE CUENTAN CON UN PARQUE VEHICULAR DE 50 Ó MÁS UNIDADES.
PRIMERO.- Se abre un período extraordinario para el registro vía internet de la “Revista Vehicular 2015” comprendido
del 20 de noviembre al 25 de Diciembre de 2015.
SEGUNDO.- El periodo ampliado de revisión documental queda determinado para realizarse del 24 de noviembre al 28 de
diciembre de 2015.
TERCERO.- Se establece ampliación al calendario para la acreditación de la fase de Inspección Físico – Mecánica de la
Revista Vehicular 2015 del Transporte Público, Mercantil y Privado de Carga del Distrito Federal, del 27 de noviembre al
31 de diciembre de 2015.
CUARTO.- Todos los concesionarios interesados deberán presentarse el día, hora y lugar señalado en la cita que emita el
sistemay estarse a lo establecido en los términos de la “Revista Vehicular 2015”.
QUINTO.- Los Concesionarios y/o permisionarios que proporcionan el servicio de transporte público, mercantil y privado
de carga en el Distrito Federal, ya sean personas físicas o morales, para adherirse a la apertura del periodo extraordinario de
la Revista Vehicular 2015, deberán realizar el pago de la sanción que establece el artículo 102, fracción V, numeral 16,
segundo párrafo del Reglamento de Transporte del Distrito Federal, consistente en 40 días de Salario Mínimo General
Vigente en el Distrito Federal; la cual se pagará de manera adicional a los derechos correspondientes por la vigencia Anual
de la Concesión y la Revista Vehicular 2015.
SEXTO.- Los concesionarios y/o permisionarios deberán cumplir con las Bases establecidas en el ACUERDO MEDIANTE
EL QUE SE DA A CONOCER EL PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TRÁMITE DE REVISTA VEHICULAR
2015, A LOS CONCESIONARIOS Y/O PERMISIONARIOS QUE PRESTAN EL SERVICIO DE TRANSPORTE
PÚBLICO, MERCANTIL Y PRIVADO DE CARGA DEL DISTRITO FEDERAL.
T R A N S I T O R I O S
PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
SEGUNDO.- El presente Aviso entrará en vigor a partir del mismo día de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal.
TERCERO.- La aplicación e interpretación del presente Aviso, se realizará a través de la Secretaría de Movilidad del
Distrito Federal.
Dado en la Ciudad de México a los dieciocho días del mes de noviembre de 2015.
EL SECRETARIO DE MOVILIDAD
(Firma)
HÉCTOR SERRANO CORTÉS
19 de Noviembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 11
SECRETARÍA DE MOVILIDAD
AVISO MEDIANTE EL CUAL SE INFORMA LA APERTURA DE UN PERÍODO
EXTRAORDINARIO DE LA REVISTA VEHICULAR 2015, CORRESPONDIENTE AL “ACUERDO
MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER EL PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL
TRAMITE DE REVISTA VEHICULAR 2015, A LOS CONCESIONARIOS Y/O PERMISIONARIOS
QUE PRESTAN EL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE PÚBLICO COLECTIVO DE
PASAJEROS, (MICROBUSES, VAGONETAS Y/O AUTOBUSES), CON PLACA LOCAL O
METROPOLITANA EXPEDIDA EN EL DISTRITO FEDERAL”, PUBLICADO EN LA GACETA
OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, DE FECHA 16 DE ABRIL DE 2015.
HÉCTOR SERRANO CORTÉS, Secretario de Movilidad del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 122, apartado C, Base Tercera, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 12, 93 y
115 fracción VI del Estatuto del Gobierno del Distrito Federal; 7, 15 fracción IX y 31 fracciones I, XI y XXIII de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y Transitorios Tercero y Quinto de sus reformas publicadas el 14
de julio de 2014 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal; 1, 2 fracción I, 3, 5, 7 fracciones I, II, III, IV, V, 9 fracciones XX,
XXI, XXIV, LXI, LXXI, LXXXVI, 12 fracciones I, VI, XVI, XXVIII y XXIX, 118, 119, 120 y Transitorio Sexto de la Ley
de Movilidad del Distrito Federal; 7 fracción IX numerales 1 y 5, 26 fracción X, 37 fracción XVIII, 93 fracciones I, II, IV,
VII y XII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 220 fracción X del Código Fiscal del
Distrito Federal; 2, 3 y 6, 40, 79, 82 y 102 del Reglamento de Transporte del Distrito Federal; y
C O N S I D E R A N D O
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley de Movilidad del Distrito Federal, la prestación de los
servicios públicos de transporte en esta Ciudad es de utilidad pública e interés general, cuya obligación de proporcionarlos
corresponde originalmente a la Administración Pública, ya sea en forma directa o mediante concesiones a particulares;
Que el Gobierno del Distrito Federal con base en el marco jurídico vigente, ha emprendido acciones a corto y mediano
plazo tendientes a mejorar los mecanismos de control para que la prestación del Servicio de Transporte Público Colectivo
de Pasajeros en las modalidades de Corredor Concesionado y Colectivo de Pasajeros (Microbuses, Vagonetas y/o
Autobuses) en el Distrito Federal, atienda a los principios de simplificación, agilidad, economía, información, precisión,
legalidad, transparencia e imparcialidad, pero sobre todo bajo los principios de confianza y buena fe;
Que la Ley de Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, faculta a la Secretaría de Movilidad del Distrito
Federal para regular, ordenar, fomentar, impulsar y estimular el desarrollo de todos los medios de transporte;
Que con fecha 16 de abril de 2015, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el “Acuerdo Mediante el cual se da a
Conocer el Procedimiento para Realizar el Trámite de Revista Vehicular 2015, a los Concesionarios y/o Permisionarios que
Prestan el Servicio Público de Transporte Colectivo de Pasajeros, (Microbuses, Vagonetas y/o Autobuses), con Placa Local
o Metropolitana Expedida en el Distrito Federal”, en adelante “Revista Vehicular 2015”, el cual establece la Convocatoria y
requisitos para realizar el Trámite de Revista Vehicular 2015;
Que con fecha 19 de junio de 2015, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el “Acuerdo mediante el que se da a
conocer la Ampliación al Calendario para el Trámite de Revista Vehicular 2015, para los Concesionarios y/o Permisionarios
que prestan el Servicio de Transporte Público Colectivo de Pasajeros (Microbuses, Vagonetas y/o Autobuses), con placa
Local o Metropolitana expedida en el Distrito Federal”; el cual determina en sus Bases una ampliación del calendario para
realizar el Trámite de Revista Vehicular; así mismo establece el calendario correspondiente a las personas morales
conformadas en Corredores Concesionados;
Que del análisis de la información sistematizada de la Dirección General de Transporte, se desprende que a la fecha existen
concesionarios y/o permisionarios que realizaron el pago de los derechos señalados en el artículo 220 fracción X del Código
Financiero del Distrito Federal que carecen de registro; así mismo que existen concesionarios que no han realizado el pago
de los derechos prescritos en el artículo antes señalado y consecuentemente tampoco han obtenido su registro para realizar
la “Revista Vehicular 2015”;
12 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 de Noviembre de 2015
Que es interés de la Secretaría de Movilidad, que el servicio de transporte público colectivo de pasajeros se preste de
manera continua, uniforme y en las mejores condiciones para el público usuario, por lo que es necesario que todas las
unidades comprueben el cumplimiento de las disposiciones en materia de equipo, aditamentos, sistemas y en general las
condiciones de operación y especificaciones técnicas para la óptima prestación del servicio; por lo que he tenido a bien
emitir el siguiente:
AVISO MEDIANTE EL CUAL SE INFORMA LA APERTURA DE UN PERÍODO EXTRAORDINARIO DE LA
REVISTA VEHICULAR 2015, CORRESPONDIENTE AL “ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DA A
CONOCER EL PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TRAMITE DE REVISTA VEHICULAR 2015, A LOS
CONCESIONARIOS Y/O PERMISIONARIOS QUE PRESTAN EL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE
COLECTIVO DE PASAJEROS, (MICROBUSES, VAGONETAS Y/O AUTOBUSES), CON PLACA LOCAL O
METROPOLITANA EXPEDIDA EN EL DISTRITO FEDERAL”, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL
DISTRITO FEDERAL, DE FECHA 16 DE ABRIL DE 2015; ASÍ COMO PARA LAS PERSONAS MORALES
CONFORMADAS EN CORREDORES CONCESIONADOS.
PRIMERO.- Se abre un período extraordinario para el registro vía internet de la “Revista Vehicular 2015” comprendido
del 20 de noviembre al 25 de Diciembre de 2015.
SEGUNDO.- El periodo ampliado de revisión documental queda determinado para realizarse del 24 de noviembre al 28 de
diciembre de 2015.
TERCERO.- Se establece ampliación al calendario para la acreditación de la fase de Inspección Físico – Mecánica de la
Revista Vehicular 2015 del Transporte Público Colectivo de Pasajeros en el Distrito Federal, del 27 de noviembre al 31 de
diciembre de 2015.
CUARTO.- Todos los concesionarios interesados deberán presentarse el día, hora y lugar señalado en la cita que emita el
sistema y estarse a lo establecido en los términos de la “Revista Vehicular 2015”.
QUINTO.- Los Concesionarios y/o permisionarios, ya sean personas físicas o morales, para adherirse a la apertura del
periodo extraordinario de la Revista Vehicular 2015, deberán realizar el pago de la sanción que establece el artículo 102,
fracción V, numeral 16, segundo párrafo del Reglamento de Transporte del Distrito Federal, consistente en 40 días de
Salario Mínimo General Vigente en el Distrito Federal; la cual se pagará de manera adicional a los derechos
correspondientes por la vigencia Anual de la Concesión y la Revista Vehicular 2015.
SEXTO.- Los concesionarios y/o permisionarios deberán cumplir con las Bases establecidas en el ACUERDO MEDIANTE
EL QUE SE DA A CONOCER EL PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TRÁMITE DE REVISTA VEHICULAR
2015, A LOS CONCESIONARIOS Y/O PERMISIONARIOS QUE PRESTAN EL SERVICIO DE TRANSPORTE
PÚBLICO COLECTIVO DE PASAJEROS (MICROBUSES, VAGONETAS Y/O AUTOBUSES), CON PLACA LOCAL
O METROPOLITANA EXPEDIDA EN EL DISTRITO FEDERAL.
T R A N S I T O R I O S
PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
SEGUNDO.- El presente Aviso entrará en vigor a partir del mismo día de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal.
TERCERO.- La aplicación e interpretación del presente Aviso, se realizará a través de la Secretaría de Movilidad del
Distrito Federal.
Dado en la Ciudad de México a los dieciocho días del mes de noviembre de 2015.
EL SECRETARIO DE MOVILIDAD
(Firma)
HÉCTOR SERRANO CORTÉS
19 de Noviembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 13
SECRETARÍA DE MOVILIDAD
AVISO MEDIANTE EL CUAL SE INFORMA LA APERTURA DE UN PERÍODO
EXTRAORDINARIO DE LA REVISTA VEHICULAR 2015, CORRESPONDIENTE AL “ACUERDO
MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER EL PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL
TRAMITE DE REVISTA VEHICULAR 2015, A LOS CONCESIONARIOS Y/O PERMISIONARIOS
QUE PRESTAN EL SERVICIO DE TRANSPORTE MERCANTIL Y PRIVADO DE PASAJEROS DEL
DISTRITO FEDERAL”, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, DE
FECHA 16 DE ABRIL DE 2015.
HÉCTOR SERRANO CORTÉS, Secretario de Movilidad del Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en lo
establecido en los artículos 122, apartado C, Base Tercera, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 1, 12 fracciones I, II y IV y 93 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1, 7, 15 fracción IX y 31
fracciones I y XXIII, Transitorios Tercero y Quinto de la publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 220 fracción X del Código Fiscal del Distrito Federal; 1, 2
fracciones I y V, 7° fracciones I, II, III, IV y V; 9° fracciones XX, XXI, LXI Y LXXI, 12 fracciones I, VI, XVI, XXVIII y
XXIX; 56 fracciones II y III, 90, 118 y 119 de la Ley de Movilidad del Distrito Federal; 7 fracción IX numerales 1 y 5, 26
fracción X, 37 fracción XVIII, 93 fracciones I, II, IV, VII y XII del Reglamento Interior de la Administración Pública del
Distrito Federal; 220 fracción X del Código Fiscal del Distrito Federal; 1º, 6, 45, 46, y 82 del Reglamento del Transporte del
Distrito Federal; y
C O N S I D E R A N D O
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley de Movilidad del Distrito Federal, la prestación de los
servicios públicos de transporte en esta Ciudad es de utilidad pública e interés general, cuya obligación de proporcionarlos
corresponde originalmente a la Administración Pública, ya sea en forma directa o mediante concesiones a particulares;
Que el Gobierno del Distrito Federal con base en el marco jurídico vigente, ha emprendido acciones a corto y mediano
plazo tendientes a mejorar los mecanismos de control para que la prestación del Servicio de Transporte Mercantil y Privado
de Pasajeros del Distrito Federal, atienda a los principios de simplificación, agilidad, economía, información, precisión,
legalidad, transparencia e imparcialidad, pero sobre todo bajo los principios de confianza y buena fe;
Que la Ley de Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, faculta a la Secretaría de Movilidad del Distrito
Federal para regular, ordenar, fomentar, impulsar y estimular el desarrollo de todos los mediosde transporte;
Que con fecha 16 de abril de 2015, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el “Acuerdo Mediante el cual se da a
Conocer el Procedimiento para Realizar el Trámite de Revista Vehicular 2015, a los Concesionarios y/o Permisionarios que
Prestan el Servicio de Transporte Mercantil y Privado de Pasajeros del Distrito Federal”, en adelante “Revista Vehicular
2015”, el cual establece la Convocatoria y requisitos para realizar el Trámite de Revista Vehicular 2015;
Que con fecha 19 de junio de 2015, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el “Acuerdo mediante el que se da a
conocer la Ampliación al Calendario para el Trámite de Revista Vehicular 2015, para los Concesionarios y/o Permisionarios
que prestan el Servicio de Transporte Mercantil y Privado de Pasajeros del Distrito Federal”; el cual determina en sus Bases
una ampliación del calendario para realizar el Trámite de Revista Vehicular; así mismo establece el calendario
correspondiente a las personas morales que cuentan con un parque vehicular de 50 ó más unidades;
Que del análisis de la información sistematizada de la Dirección General de Transporte, se desprende que a la fecha existen
concesionarios y/o permisionarios que realizaron el pago de los derechos señalados en el artículo 220 fracción X del Código
Financiero del Distrito Federal que carecen de registro y también existen concesionarios que no han realizado el pago de los
derechos prescritos en el artículo antes señalado y consecuentemente tampoco han obtenido su registro para realizar la
“Revista Vehicular2015”;
Que es interés de la Secretaría de Movilidad, que el servicio de transporte mercantil y privado de pasajeros se preste de
manera continua, uniforme y en las mejores condiciones para la ciudad y sus habitantes, por lo que es necesario que todas
14 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 de Noviembre de 2015
las unidades comprueben el cumplimiento de las disposiciones en materia de equipo, aditamentos, sistemas y en general las
condiciones de operación y especificaciones técnicas para la óptima prestación del servicio; por lo que he tenido a bien
emitir el siguiente:
AVISO MEDIANTE EL CUAL SE INFORMA LA APERTURA DE UN PERÍODO EXTRAORDINARIO DE LA
REVISTA VEHICULAR 2015, CORRESPONDIENTE AL “ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DA A
CONOCER EL PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TRAMITE DE REVISTA VEHICULAR 2015, A LOS
CONCESIONARIOS Y/O PERMISIONARIOS QUE PRESTAN EL SERVICIO DE TRANSPORTE MERCANTIL
Y PRIVADO DE PASAJEROS DEL DISTRITO FEDERAL”, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL
DISTRITO FEDERAL, DE FECHA 16 DE ABRIL DE 2015; ASÍ COMO PARA LAS PERSONAS MORALES
QUE CUENTAN CON UN PARQUE VEHICULAR DE 50 Ó MÁS UNIDADES.
PRIMERO.- Se abre un período extraordinario para el registro vía internet de la “Revista Vehicular 2015” del 20 de
noviembre al 25 de Diciembre de 2015.
SEGUNDO.- El periodo ampliado de revisión documental queda determinado para realizarse del 24 de noviembre al 28 de
diciembre de 2015.
TERCERO.- Se establece ampliación al calendario para la acreditación de la fase de Inspección Físico – Mecánica de la
Revista Vehicular 2015 del Transporte Mercantil y Privado de Pasajeros del Distrito Federal del 27 de noviembre al 31 de
diciembre de 2015.
CUARTO.- Todos los concesionarios interesados deberán presentarse el día, hora y lugar señalado en la cita que emita el
sistemay estarse a lo establecido en los términos de la “Revista Vehicular 2015”.
QUINTO.- Los Concesionarios y/o permisionarios que proporcionan el servicio de transporte mercantil y privado de
pasajeros en el Distrito Federal, ya sean personas físicas o morales, para adherirse a la apertura del periodo extraordinario de
la Revista Vehicular 2015, deberán realizar el pago de la sanción que establece el artículo 102, fracción V, numeral 16,
segundo párrafo del Reglamento de Transporte del Distrito Federal, consistente en 40 días de Salario Mínimo General
Vigente en el Distrito Federal; la cual se pagará de manera adicional a los derechos correspondientes por la vigencia Anual
de la Concesión y la Revista Vehicular 2015.
SEXTO.- Los Concesionarios y/o Permisionarios deberán cumplir con las bases establecidas en el “ACUERDO
MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER EL PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TRÁMITE DE REVISTA
VEHICULAR 2015, A LOS CONCESIONARIOS Y/O PERMISIONARIOS QUE PRESTAN EL SERVICIO DE
TRANSPORTE MERCANTIL Y PRIVADO DE PASAJEROS DEL DISTRITO FEDERAL”.
T R A N S I T O R I O S
PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
SEGUNDO.- El presente Aviso entrará en vigor a partir del mismo día de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal.
TERCERO.- La aplicación e interpretación del presente Aviso, se realizará a través de la Secretaría de Movilidad del
Distrito Federal.
Dado en la Ciudad de México a los dieciocho días del mes de noviembre de 2015.
EL SECRETARIO DE MOVILIDAD
(Firma
HÉCTOR SERRANO CORTÉS
19 de Noviembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15
CONTRALORÍA GENERAL DEL DISTRITO FEDERAL
Aurelio Linares Sánchez, Director General de Administración en la Contraloría General del Distrito Federal y Presidente
del Comité Técnico Interno de Administración de Documentos de la Contraloría General del Distrito Federal, con
fundamento en los artículos 17, 27, 33, 34 y 35 inciso VIII de la Ley de Archivos del Distrito Federal; 11 de la Ley de
Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 101-G fracción XIV del Reglamento Interior de la Administración
Pública del Distrito Federal y el numeral 10. Baja Documental o Depuración del Manual Específico de Operación
Archivística de la Contraloría General del Distrito Federal, emito el siguiente:
AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER LA BAJA DOCUMENTAL DEFINITIVA DE
DIVERSA DOCUMENTACIÓN DE LA CONTRALORÍA GENERAL DEL DISTRITO FEDERAL
Considerando que en la segunda sesión ordinaria celebrada el día 06 de noviembre de 2015 del Comité Técnico Interno de
Administración de Documentos de la Contraloría General del Distrito Federal se aprobó una solicitud de Baja Documental
para proceder con el destino final de los siguientes expedientes:
ÁREA SOLICITANTE Coordinación General de Evaluación y Desarrollo Profesional
SERIE/SUBSERIE Y
NÚMERO DE
EXPEDIENTES
Serie 68. Procesos de evaluación, subserie 1. Evaluaciones: 21,224 expedientes de 2008-2009.
TOTAL DE EXPEDIENTES: 21.224.
INVENTARIOS: 2 en dos mil cuatrocientas dos fojas en formato electrónico (para consulta en el área solicitante).
Transcurridos 30 (treinta) días hábiles a partir de la publicación del presente Aviso en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
se procederá a la destrucción (destino final) de los respectivos expedientes, en los cuales pudieran existir datos personales
que han dejado de ser necesarios o pertinentes a los fines para los que hubiesen sido recolectados, de conformidad con lo
que resulte aplicable con los artículos 5 y 9 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal y los
numerales 9 y 14 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
TRANSITORIO
Único.- Publíquese el presente Aviso en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, asimismo, colóquese en los estrados, en la
sección de avisos o en un área visible a todo el público de las oficinas de las áreas responsables de la Baja Documental,
durante los treinta días hábiles correspondientes.
Ciudad de México, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
(Firma)
Aurelio Linares Sánchez
Director General de Administración en la Contraloría General del Distrito Federal y
Presidente del Comité Técnico Interno de Administración de Documentos
de la Contraloría General del Distrito Federal
16 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 de Noviembre de 2015
DELEGACIÓN LA MAGDALENA CONTRERAS
JOSÉ FERNANDO MERCADO GUAIDA, JEFE DELEGACIONAL EN LA MAGDALENA CONTRERAS, con
fundamento en los artículos 87 tercer párrafo, 104 y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 7, 10 fracción X, 37
y 39 fracciones VIII, XLV, LIV y LXXXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 6 y 7 de la
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; 120, 121 y 122 último párrafo del Reglamento Interior de la
Administración Pública del Distrito Federal; así como en los numerales 6, 7 y 8 de los Lineamientos para la Protección de
Datos Personales en el Distrito Federal; y
CONSIDERANDO
1. Que conforme al artículo 6 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, corresponde a cada ente
público determinar, a través de su titular o en su caso, del órgano competente, la creación, modificación o supresión de
sistemas de datos personales, conforme a su respectivo ámbito de competencia.
2. Que de conformidad con el artículo 7, fracción I de Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, y los
numerales 6, 7 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, se establece que la
creación, modificación o supresión de los sistemas de datos personales deberán publicarse en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal.
3. Que los sistemas de datos personales que se modifican mediante el presente acuerdo fueron inscritos en el Registro
Electrónico de Sistema de Datos Personales (RESDP) administrado por el Instituto de Acceso a la Información Pública y
Protección de Datos Personales del Distrito Federal, en cumplimiento al artículo tercero transitorio de los Lineamientos para
la Protección de Datos Personales del Distrito Federal con relación al acuerdo 0182/SO/10-03/2010 emitido por el pleno del
Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal y publicado en la Gaceta
Oficial de Distrito Federal el veintidós de marzo de dos mil diez.
4. Que por lo anterior, resulta necesaria la actualización de los siguientes sistemas de datos personales: APOYO DE
SERVICIO FUNERARIO BÁSICO; APOYO INVERNAL Y SEGURIDAD ALIMENTARIA; AYUDA PARA
PERSONAS CON DISCAPACIDAD; CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL; SISTEMA DE COMERCIO EN VÍA
PÚBLICA (SISCOVIP); SISTEMA DE CONTROL DE PANTEONES; PROGRAMA ESTRATEGIA DE ATENCIÓN A
LAS FAMILIAS QUE HABITAN EN ZONAS DE ALTO RIESGO; FERIAS, EXPOSICIONES Y CONGRESOS
VINCULADOS A LA PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES INDUSTRIALES, COMERCIALES Y ECONÓMICAS;
ACTIVIDADES VINCULADAS A LA PROMOCIÓN ARTÍSTICA Y CULTURAL Y APOYO ECONÓMICO PARA
FOMENTAR LA MÚSICA ORQUESTA SINFÓNICA JUVENIL; PROGRAMA DE NUTRICIÓN Y SALUD VISUAL;
APOYO PARA ADULTOS MAYORES; PROGRAMA DE AYUDA A LA VIVIENDA EN MAL ESTADO;
REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA; PROMOCIÓN Y DESARROLLO DE MICROEMPRESAS;
SOLICITANTES DE SERVICIOS DE SALUD; SOLICITANTES DEL CENTRO DE SERVICIO Y ATENCIÓN
CIUDADANA; CONSULTAS MÉDICO VETERINARIAS Y ESTERILIZACIONES; PADRÓN DE LOCATARIOS DE
MERCADOS PÚBLICOS; ELABORACIÓN DE CERTIFICADOS DE RESIDENCIA; PROGRAMAS INTERNOS DE
PROTECCIÓN CIVIL; ADMINISTRACIÓN DE MÓDULOS Y MÓDULOS DEPORTIVOS; ALARMAS VECINALES;
APOYO PARA NIÑOS DE PRIMARIA, SECUNDARIA Y JÓVENES; ATENCIÓN PRE-HOSPITALARIA;
CONSTANCIA DE IDENTIDAD; EXPEDIENTES LABORALES DE LOS TRABAJADORES DE LA MAGDALENA
CONTRERAS; PROGRAMAS ESPECIALES DE PROTECCIÓN CIVIL; SOLICITANTES DE AUTORIZACIÓN DE
JUEGOS PIROTÉCNICOS; Y SOLICITANTES DE TRÁMITES ANTE LA VENTANILLA ÚNICA DE LA
DELEGACIÓN LA MAGDALENA CONTRERAS, para cumplir cabalmente con lo que señala la Ley de Protección de
Datos Personales para el Distrito Federal, por lo que tengo a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICAN DIVERSOS SISTEMAS DE DATOS PERSONALES A
CARGO DE LA DELEGACIÓN LA MAGDALENA CONTRERAS
PRIMERO. Que el Sistema de Datos Personales “APOYO DE SERVICIO FUNERARIO BÁSICO” que se inscribió en el
Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 24 de septiembre de 2013, con folio 0410028711666130924, se
modifica en los siguientes apartados:
…
19 de Noviembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 17
II. Finalidad o uso previsto.
Se modifica para quedar como sigue:
Recabar documentación, integrar expedientes y dar seguimiento a las solicitudes de servicios funerarios básicos por la
comunidad de escasos recursos de la Delegación La Magdalena Contreras, con la finalidad de llevar un registro y
comprobación de la entrega del apoyo correspondiente.
III. Normatividad aplicable.
Se adiciona la siguiente normatividad:
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito
Federal.
IV. Origen de los Datos.
Se adiciona lo siguiente:
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Solicitantes
del apoyo de servicio funerario básico.
V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales:
Se adicionan los siguientes datos:
Datos identificativos: Edad, fecha de nacimiento, clave única de registro de población (CURP), firma, fotografía, género,
clave de elector.
Datos biométricos: Huella dactilar.
…
VII. Unidad Administrativa y responsable del sistema de datos personales.
Se modifica para quedar como sigue:
Unidad Administrativa Responsable: Dirección General de Participación Ciudadana.
Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Director General de Participación Ciudadana.
VIII. Nivel de seguridad:
Se modifica para quedar como sigue:
Alto.
SEGUNDO. Que el Sistema de Datos Personales “APOYO INVERNAL Y SEGURIDAD ALIMENTARIA” que se
inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 17 de enero de 2012, con folio
0410024141413120117, se modifica en los siguientes apartados:
…
II. Finalidad o uso previsto.
Se modifica para quedar como sigue:
18 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 de Noviembre de 2015
Recabar documentación y dar seguimiento a las solicitudes de integración a los Programas de Apoyo Invernal y Seguridad
Alimentaria que se implementan en beneficio de la población de la Delegación La Magdalena Contreras que resulta afectada
por el descenso de temperatura y que se encuentra en situación de carencia económica, a través de la entrega de los apoyos
señalados en las Reglas de Operación vigentes, así como el establecimiento de mecanismos de control para la integración de
los expedientes de los beneficiarios de los citados programas y la integración de los padrones respectivos.
III. Normatividad aplicable.
Se adiciona la siguiente normatividad:
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
Manual Administrativo del Órgano Político en la Delegación La Magdalena Contreras.
Reglas de Operación del Programa Apoyo Invernal.
Reglas de Operación del Programa Seguridad Alimentaria.
IV. Origen de los Datos.
Se adiciona lo siguiente:
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Beneficiarios
de los Programas de Apoyo Invernal y Seguridad Alimentaria.
V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales:
Se adicionan los siguientes datos:
Datos identificativos: Fotografía y clave de elector.
Datos biométricos: Huella dactilar.
VI. Cesión de los Datos.
Se adiciona el siguiente destinatario:
Destinatarios Finalidad genérica Fundamento legal
Consejo de Evaluación del Desarrollo
Social
Evaluación de Programas Sociales Artículos 42A, 42B y 42C, fracción I
de la Ley Desarrollo Social para el
Distrito Federal
TERCERO. Que el Sistema de Datos Personales “APOYO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD” que se inscribió
en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 12 de enero de 2012, con folio 0410024041413120112, se
modifica en los siguientes apartados:
…
II. Finalidad o uso previsto.
Se modifica para quedar como sigue:
Recabar documentación y dar seguimiento a las solicitudes de integración al Programa de Apoyo para Personas con
Discapacidad que se implementa en beneficio de personas con discapacidad habitantes de la Delegación La Magdalena
Contreras, a través de la entrega de los apoyos señalados en las Reglas de Operación vigentes, así como el establecimiento
de mecanismos de control para la integración de los expedientes de los beneficiarios del citado programa y la integración de
los padrones respectivos.
19 de Noviembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19
III. Normatividad aplicable.
Se elimina la siguiente normatividad:
Reglamento de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Archivos del Distrito Federal.
IV. Origen de los Datos.
Se adiciona lo siguiente:
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Beneficiarios
del Programa de Apoyo para Personas con Discapacidad, padre, madre o tutor.
V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales:
Se adicionan los siguientes datos:
Datos identificativos: Fotografía y clave de elector.
Datos biométricos: Huella dactilar.
VI. Cesión de los Datos.
Se adiciona el siguiente destinatario:
Destinatarios Finalidad genérica Fundamento legal
Consejo de Evaluación del Desarrollo
Social
Evaluación de Programas Sociales Artículos 42A, 42B y 42C, fracción I
de la Ley Desarrollo Social para el
Distrito Federal
CUARTO. Que el Sistema de Datos Personales “CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL” que se inscribió en el
Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 12 de enero de 2012, con folio 0410024001418120112, se
modifica en los siguientes apartados:
…
II. Finalidad o uso previsto.
Se modifica para quedar como sigue:
Crear expedientes de los niños y niñas que acuden a los Centros de Desarrollo Infantil, así como el registro de las madres y
padres que utilizan el servicio, con la finalidad de generar estadísticas sociales del funcionamiento y servicio que se les
brinda.
III. Normatividad aplicable.
Se adiciona la siguiente normatividad:
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
IV. Origen de los Datos.
Se adiciona lo siguiente:
20 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 de Noviembre de 2015
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Infante,
madre o padre y miembros del núcleo familiar.
QUINTO. Que el Sistema de Datos Personales “SISTEMA DE COMERCIO EN VÍA PÚBLICA (SISCOVIP)” que se
inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 08 de julio de 2010, con folio
0410015621025100708, se modifica en los siguientes apartados:
I. Identificación del Sistema de Datos Personales.
Se modifica para quedar como sigue:
“SISTEMA DE COMERCIO EN VÍA PÚBLICA”
II. Finalidad o uso previsto.
Se modifica para quedar como sigue:
Crear expedientes para llevar un registro actualizado de las personas que realizan actividades comerciales en la vía pública
dentro de la demarcación de la Delegación La Magdalena Contreras, así como para verificar el cumplimiento del
Reglamento de Mercados y demás ordenamientos que intervengan en el otorgamiento de permisos para el uso de la vía
pública sin que se afecte la naturaleza y destino de la misma.
III. Normatividad aplicable.
Se adiciona la siguiente normatividad:
Manual Administrativo del Órgano Político en la Delegación La Magdalena Contreras.
Reglamento de Mercados para el Distrito Federal.
IV. Origen de los Datos.
Se adiciona lo siguiente:
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Solicitantes
de permiso para uso de vía pública.
…
VII. Unidad Administrativa y responsable del sistema de datos personales:
Se modifica para quedar como sigue:
Unidad Administrativa Responsable: Dirección de Gobierno.
SEXTO. Que el Sistema de Datos Personales “SISTEMA DE CONTROL DE PANTEONES” que se inscribió en el
Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 08 de julio de 2010, con folio 0410015601027100708, se modifica
en los siguientes apartados:
I. Identificación del Sistema de Datos Personales.
Se modifica para quedar como sigue:
“SOLICITANTES DE TRÁMITES EN PANTEONES”
II. Finalidad o uso previsto.
19 de Noviembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 21
Se modifica para quedar como sigue:
Contar con un registro de los propietarios de las fosas, así como de la disponibilidad y ocupación de lugares en los
cementerios delegacionales, con la finalidad autorizar y expedir los trámites de inhumaciones, exhumaciones, destino de
restos, cremaciones, traslado de cuerpos, perpetuidades y refrendos.
III. Normatividad aplicable.
Se adiciona la siguiente normatividad:
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito
Federal.
Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
Manual Administrativo del Órgano Político en la Delegación La Magdalena Contreras.
IV. Origen de los Datos.
Se adiciona lo siguiente:
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Solicitantes
de trámites en panteones.
…
VII. Unidad Administrativa y responsable del sistema de datos personales:
Se modifica para quedar como sigue:
Unidad Administrativa Responsable: Subdirección de Gestión de Gobierno.
Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Subdirector de Gestión de Gobierno.
SÉPTIMO. Que el Sistema de Datos Personales “PROGRAMA ESTRATEGIA DE ATENCIÓN A LAS FAMILIAS QUE
HABITAN EN ZONAS DE ALTO RIESGO” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales
el 17 de enero de 2012, con folio 0410024211416120117, se modifica en los siguientes apartados:
I. Identificación del Sistema de Datos Personales.
Se modifica para quedar como sigue:
“REGISTRO DE FAMILIAS QUE HABITAN EN ZONAS DE ALTO RIESGO”
II. Finalidad o uso previsto.
Se modifica para quedar como sigue:
Contar con un registro de las personas de la Delegación La Magdalena Contreras que habitan en zonas de alto riesgo, con la
finalidad de impulsar y ejecutar acciones de rehabilitación de vivienda, así como gestionar programas de otorgamiento de
créditos para la vivienda.
III. Normatividad aplicable.
Se adiciona la siguiente normatividad:
22 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 de Noviembre de 2015
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito
Federal.
IV. Origen de los Datos.
Se adiciona lo siguiente:
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Solicitante
del registro.
OCTAVO. Que el Sistema de Datos Personales “FERIAS, EXPOSICIONES Y CONGRESOS VINCULADOS A LA
PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES INDUSTRIALES, COMERCIALES Y ECONÓMICAS” que se inscribió en el
Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 07 de marzo de 2012, con folio 0410024411430120307, se
modifica en los siguientes apartados:
…
II. Finalidad o uso previsto.
Se modifica para quedar como sigue:
Integrar expedientes de artesanos, productores o microempresarios de la Delegación La Magdalena Contreras, con la
finalidad de llevar un registro y coadyuvar en la promoción y desarrollo de la microempresa, propiciando la participación de
diversos sectores, en proyectos viables de desarrollo económico en atención a las características económicas y poblacionales
de la demarcación territorial.
III. Normatividad aplicable.
Se adiciona la siguiente normatividad:
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
IV. Origen de los Datos.
Se adiciona lo siguiente:
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Artesanos,
productores y microempresarios.
NOVENO. Que el Sistema de Datos Personales “ACTIVIDADES VINCULADAS A LA PROMOCIÓN ARTÍSTICA Y
CULTURAL Y APOYO ECONÓMICO PARA FOMENTAR LA MÚSICA ORQUESTA SINFÓNICA JUVENIL” que se
inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 12 de enero de 2012, con folio
0410024031414120112, se modifica en los siguientes apartados:
…
II. Finalidad o uso previsto.
Se modifica para quedar como sigue:
Recabar documentación y dar seguimiento a las solicitudes de jóvenes que habitan en la Delegación La Magdalena
Contreras en la integración a los Programas de Apoyo Económico para Fomento a la Música Orquesta Sinfónica Juvenil y
Apoyo para Jóvenes, a través de la entrega de los apoyos señalados en las Reglas de Operación vigentes, con la finalidad de
verificar la implementación de los programas y proyectos en materia juvenil tomando como eje rector los derechos de las y
los jóvenes, la transversalidad y la perspectiva de género.
19 de Noviembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 23
III. Normatividad aplicable.
Se elimina la siguiente normatividad:
Reglamento de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Archivos del Distrito Federal.
Se adiciona la siguiente normatividad:
Reglas de Operación del Programa Apoyo para Jóvenes.
IV. Origen de los Datos.
Se adiciona lo sigue:
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Beneficiarios
de los Programas Apoyo Económico para Fomento a la Música Orquesta Sinfónica Juvenil y Apoyo para Jóvenes, padre,
madre o tutor.
…
VI. Cesión de los Datos.
Se adiciona el siguiente destinatario:
Destinatarios Finalidad genérica Fundamento legal
Consejo de Evaluación del Desarrollo
Social
Evaluación de Programas Sociales Artículos 42A, 42B y 42C, fracción I
de la Ley Desarrollo Social para el
Distrito Federal
DÉCIMO. Que el Sistema de Datos Personales “MANIFESTACIONES Y LICENCIAS DE CONTRUCCIÓN” que se
inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 20 de febrero de 2012, con folio
0410024321409120220, se modifica en los siguientes apartados:
I. Identificación del Sistema de Datos Personales.
Se modifica para quedar como sigue:
“SOLICITANTES DE TRÁMITES DE MANIFESTACIONES Y LICENCIAS DE CONTRUCCIÓN”
II. Finalidad o uso previsto.
Se modifica para quedar como sigue:
Integrar expedientes de los propietarios o poseedores que soliciten el registro de manifestaciones de construcción tipo A, B
y C, así como de los trámites para la expedición de licencias de construcción especial, visto bueno de seguridad y
ocupación, a fin de revisar los datos y documentos ingresados para el registro correspondiente e intervenir en la verificación
del desarrollo de los trabajos.
III. Normatividad aplicable.
Se adiciona la siguiente normatividad:
Manual Administrativo del Órgano Político en la Delegación La Magdalena Contreras.
IV. Origen de los Datos.
24 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 de Noviembre de 2015
Se adiciona lo siguiente:
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Solicitantes
de trámites de manifestaciones y licencias de construcción y representante legal.
…
VI. Cesión de los Datos.
Se elimina el siguiente destinatario:
Destinatarios Finalidad genérica Fundamento legal
Instituto Mexicano del Seguro Social Para el seguimiento y consulta de
procesos judiciales respecto a las
construcciones de la demarcación.
Código Fiscal de la Federación, Art.
42-A, y la Ley del Seguro Social Art.
251 fracción XX.
UNDÉCIMO. Que el Sistema de Datos Personales “PROGRAMA DE NUTRICIÓN Y SALUD VISUAL” que se inscribió
en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 17 de enero de 2012, con folio 0410024131413120117, se
modifica en los siguientes apartados:
…
II. Finalidad o uso previsto.
Se modifica para quedar como sigue:
Recabar documentación y dar seguimiento a las solicitudes de integración a los Programas de Nutrición y Salud Visual que
se implementan en beneficio de los jefes y jefas de familia de la Delegación La Magdalena Contreras, con menores de hasta
12 años y con carencia económica, así como de la población contrerense de escasos recursos que tenga problemas
refractivos susceptibles de corrección mediante el usos de anteojos, a través de la entrega de los apoyos señalados en las
Reglas de Operación vigentes, así como el establecimiento de mecanismos de control para la integración de los expedientes
de los beneficiarios de los citados programas y la integración de los padrones respectivos.
III. Normatividad aplicable.
Se adiciona la siguiente normatividad:
Manual Administrativo del Órgano Político en la Delegación La Magdalena Contreras.
Reglas de Operación del Programa Nutrición.
Reglas de Operación del Programa Salud Visual.
IV. Origen de los Datos.
Se adiciona lo siguiente:
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Beneficiarios
de los Programas de Nutrición y Salud Visual, padre, madre o tutor.
V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales.
Se adicionan los siguientes datos:
Datos identificativos: Clave de elector, estado civil y fotografía.
Datos biométricos: Huellas dactilares.
19 de Noviembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25
VI. Cesión de los Datos.
Se adiciona el siguiente destinatario:
Destinatarios Finalidad genérica Fundamento legal
Consejo de Evaluación del Desarrollo
Social
Evaluación de Programas Sociales Artículos 42A, 42B y 42C, fracción I
de la Ley Desarrollo Social para el
Distrito Federal
DUODÉCIMO. Que el Sistema de Datos Personales “APOYO PARA ADULTOS MAYORES” que se inscribió en el
Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 17 de enero de 2012, con folio 0410024151412120117, se
modifica en los siguientes apartados:
…
II. Finalidad o uso previsto.
Se modifica para quedar como sigue:
Recabar documentación y dar seguimiento a las solicitudes de integración al Programa Apoyo para Adultos Mayores que se
implementa en beneficio de la población adulta mayor habitante de la Delegación La Magdalena Contreras, a través de la
entrega de los apoyos señalados en las Reglas de Operación vigentes, así como el establecimiento de mecanismos de control
para la integración de los expedientes de los beneficiarios de los citados programas y la integración de los padrones
respectivos.
III. Normatividad aplicable.
Se adiciona la siguiente normatividad:
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
Reglas de Operación del Programa de Apoyo para Adultos Mayores.
Manual Administrativo del Órgano Político en la Delegación La Magdalena Contreras.
IV. Origen de los Datos.
Se adiciona lo siguiente:
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Beneficiarios
del Programa de Apoyo para Adultos Mayores.
V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales.
Se adicionan los siguientes datos:
Datos identificativos: Clave de elector y fotografía.
Datos biométricos: Huellas dactilares.
VI. Cesión de los Datos.
Se adiciona el siguiente destinatario:
Destinatarios Finalidad genérica Fundamento legal
Consejo de Evaluación del Desarrollo
Social
Evaluación de Programas Sociales Artículos 42A, 42B y 42C, fracción I
de la Ley Desarrollo Social para el
Distrito Federal
26 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 de Noviembre de 2015
DECIMOTERCERO. Que el Sistema de Datos Personales “PROGRAMA DE AYUDA A LA VIVIENDA EN MAL
ESTADO” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 07 de marzo de 2012, con folio
0410024451433120307, se modifica en los siguientes apartados:
…
II. Finalidad o uso previsto.
Se modifica para quedar como sigue:
Integrar expedientes de familias en estado de vulnerabilidad económica que habitan en viviendas precarias en la Delegación
La Magdalena Contreras, con la finalidad de impulsar programas de mejoramiento de vivienda y la ejecución de actividades
de rehabilitación de vivienda.
III. Normatividad aplicable.
Se adiciona la siguiente normatividad:
Ley de Vivienda del Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito
Federal.
IV. Origen de los Datos.
Se adiciona lo siguiente:
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Beneficiarios
del programa ayuda a la vivienda en mal estado.
…
VI. Cesión de los Datos, se adiciona el siguiente destinatario:
Destinatarios Finalidad genérica Fundamento legal
Instituto de Vivienda del Distrito
Federal.
Verificar el cumplimiento de las
normas vigentes y evaluar la
realización de los programas.
Artículo 10, fracción V, inciso a) de la
Ley de Vivienda del Distrito Federal.
DECIMOCUARTO. Que el Sistema de Datos Personales “REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA”
que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 12 de enero de 2012, con folio
0410024021415120112, se modifica en los siguientes apartados:
…
II. Finalidad o uso previsto.
Se modifica para quedar como sigue:
Integrar expedientes de los habitantes de la Delegación La Magdalena Contreras que soliciten la regularización de la
tenencia de la tierra, por no contar con un título de propiedad que legitime sus derechos, a fin de coordinar y organizar la
participación de los vecinos en programas de regularización territorial.
III. Normatividad aplicable.
Se adiciona la siguiente normatividad:
19 de Noviembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 27
Ley Agraria.
Ley General de Asentamientos Humanos.
Ley del Régimen Patrimonial y de Servicio Público.
Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal.
Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural.
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito
Federal.
IV. Origen de los Datos.
Se adiciona lo siguiente:
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Solicitantes
del trámite de regularización.
…
VI. Cesión de los Datos.
Se adiciona el siguiente destinatario:
Destinatarios Finalidad genérica Fundamento legal
Comisión para la Regularización de la
Tenencia de la Tierra.
Coadyuvar con los gobiernos de los
estados, de los municipios y del
Distrito Federal, cuando lo soliciten,
en los términos de los convenios que al
efecto se celebren, en sus
procedimientos de regularización de la
tenencia de la tierra.
Artículo 3, fracción VI del Estatuto
Orgánico de la Comisión para la
Regularización de la Tenencia de la
Tierra.
Dirección General de Regularización
Territorial de la Consejería Jurídica y
de Servicios Legales.
Promover y apoyar las acciones de
regularización de la tenencia de la
tierra en el Distrito Federal.
Artículo 118 Bis, fracción I del
Reglamento Interior de la
Administración Pública del Distrito
Federal.
DECIMOQUINTO. Que el Sistema de Datos Personales “PROMOCIÓN Y DESARROLLO DE MICROEMPRESAS”
que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 28 de agosto de 2015, con folio
0410031041432150828, se modifica en los siguientes apartados:
…
II. Finalidad o uso previsto.
Se modifica para quedar como sigue:
Integrar expedientes de personas físicas de la Delegación La Magdalena Contreras con actividad empresarial, para apoyar la
comercialización y distribución de sus productos y servicios, a fin de coadyuvar en la promoción y desarrollo de la
microempresa, propiciando la participación de diversos sectores en proyectos viables de desarrollo económico, en atención
a las características económicas y poblacionales de la demarcación territorial.
…
IV. Origen de los Datos.
Se adiciona lo siguiente:
28 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 de Noviembre de 2015
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Artesano,
productor y microempresario.
DECIMOSEXTO. Que el Sistema de Datos Personales “SOLICITANTES DEL SERVICIO DE SALUD” que se inscribió
en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 24 de septiembre de 2013, con folio
0410028721667130924, se modifica en los siguientes apartados:
…
II. Finalidad o uso previsto.
Se modifica para quedar como sigue:
Integrar expedientes de la población que se encuentra en situación de vulnerabilidad a la que se le brinda atención médica, a
fin de apoyar la ejecución de la Política Social de atención integral de salud y la generando programas de atención a la
comunidad para la prevención y control de enfermedades, así como la canalización de pacientes a hospitales públicos o
privados de segundo y tercer nivel.
III. Normatividad aplicable.
Se adiciona la siguiente normatividad:
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
Manual Administrativo del Órgano Político en la Delegación La Magdalena Contreras.
IV. Origen de los Datos.
Se adiciona lo siguiente:
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Solicitantes
del servicio de salud.
…
VII. Unidad Administrativa y responsable del sistema de datos personales:
Se modifica para quedar como sigue:
Unidad Administrativa Responsable: Subdirección de Servicios Médicos.
DECIMOSÉPTIMO. Que el Sistema de Datos Personales “SOLICITANTES DEL CENTRO DE SERVICIO Y
ATENCIÓN CIUDADANA” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 24 de
septiembre de 2013, con folio 0410028741669130924, se modifica en los siguientes apartados:
…
II. Finalidad o uso previsto.
Se modifica para quedar como sigue:
Registrar las solicitudes presentadas por los ciudadanos, a fin de coordinar los trabajos relacionados con la atención, gestión
y seguimiento de la demanda ciudadana, de los servicios que proporciona la Delegación La Magdalena Contreras.
…
19 de Noviembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 29
IV. Origen de los Datos.
Se adiciona lo siguiente:
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Solicitantes
del servicio.
DECIMOCTAVO. Que el Sistema de Datos Personales “CONSULTAS MÉDICO VETERINARIAS Y
ESTERILIZACIONES” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 12 de enero de 2012,
con folio 0410024011417120112, se modifica en los siguientes apartados:
I. Identificación del Sistema de Datos Personales.
Se modifica para quedar como sigue:
“CONTROL Y VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA”
II. Finalidad o uso previsto.
Se modifica para quedar como sigue:
Integrar expedientes de los habitantes de la demarcación territorial que solicitan la devolución de perro capturado en la vía
pública, pensión de animales, atención ciudadana y animales agresores, con la finalidad de planear, coordinar y supervisar
los programas de salud animal manteniendo la vigilancia epidemiológica para controlar la población canina y felina, así
como para el desarrollo de un modelo de cultura que permita que la sociedad tenga conocimiento en el cuidado y derechos
de sus mascotas.
III. Normatividad aplicable.
Se adiciona la siguiente normatividad:
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
IV. Origen de los Datos.
Se adiciona lo siguiente:
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Solicitantes
del servicio.
V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales.
Se eliminan los siguientes datos:
Datos identificativos: Edad y fotografía.
Se adicionan el siguiente dato:
Datos identificativos: Número de identificación oficial.
DECIMONOVENO. Que el Sistema de Datos Personales “PADRÓN DE LOCATARIOS DE MERCADOS PÚBLICOS”
que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 08 de julio de 2010, con folio
0410015591026100708, se modifica en los siguientes apartados:
30 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 de Noviembre de 2015
…
II. Finalidad o uso previsto.
Se modifica para quedar como sigue:
Registrar, identificar y contar con un padrón de locatarios de los mercados públicos de la Delegación La Magdalena
Contreras, derivado de las solicitudes de refrendo de la cédula de empadronamiento, traspaso, cesión de derechos,
remodelaciones de locales y permisos temporales, con la finalidad de administrar los mercados públicos de la demarcación
territorial de acuerdo a las disposiciones jurídicas aplicables.
III. Normatividad aplicable.
Se adiciona la siguiente normatividad:
Manual Administrativo del Órgano Político en la Delegación La Magdalena Contreras.
IV. Origen de los Datos.
Se adiciona lo siguiente:
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos:
Concesionarios de los mercados públicos y representante legal.
…
VI. Cesión de los Datos
Se adiciona el siguiente destinatario:
Destinatarios Finalidad genérica Fundamento legal
Órganos de Control Interno. Para la realización de auditorías o
desarrollo de investigaciones por
presuntas faltas administrativas.
Artículos 34 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Distrito
Federal, 28 del Reglamento Interior de
la Administración Pública del Distrito
Federal y demás aplicables.
VII. Unidad Administrativa y responsable del sistema de datos personales:
Se modifica para quedar como sigue:
Unidad Administrativa Responsable: Dirección de Gobierno.
VIGÉSIMO. Que el Sistema de Datos Personales “ELABORACIÓN DE CERTIFICADOS DE RESIDENCIA” que se
inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 22 de diciembre de 2011, con folio
0410023951403111222, se modifica en los siguientes apartados:
…
II. Finalidad o uso previsto.
Se modifica para quedar como sigue:
Verificación, registro e integración de expedientes de las solicitudes efectuadas por habitantes de la Delegación La
Magdalena Contreras, para acreditar que residen dentro de la demarcación territorial, con la finalidad de supervisar la
correcta expedición de Certificados de Residencia.
19 de Noviembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 31
III. Normatividad aplicable, se adiciona la siguiente normatividad:
Manual Administrativo del Órgano Político en la Delegación La Magdalena Contreras.
IV. Origen de los Datos.
Se adiciona lo siguiente:
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Solicitantes
de certificados y representante legal.
…
VII. Unidad Administrativa y responsable del sistema de datos personales:
Se modifica para quedar como sigue:
Unidad Administrativa Responsable: Subdirección de Gestión de Gobierno
Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Subdirector de Gestión de Gobierno
VIGÉSIMO PRIMERO. Que el Sistema de Datos Personales “PROGRAMAS INTERNOS DE PROTECCIÓN CIVIL”
que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 17 de enero de 2012, con folio
0410024221406120117, se modifica en los siguientes apartados:
…
II. Finalidad o uso previsto.
Se modifica para quedar como sigue:
Integración de expedientes y seguimiento a las solicitudes efectuadas por ciudadanos que requieren la revisión de sus
programas internos de protección civil, con el fin de evaluar las acciones de emergencia implementadas en industrias,
comercios y en general en los establecimientos del sector público y privado de conformidad a las leyes y reglamentos de la
materia.
III. Normatividad aplicable, se adiciona la siguiente normatividad:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Ley General de Protección Civil.
Reglamento de la Ley de Protección Civil para el Distrito Federal.
IV. Origen de los Datos.
Se adiciona lo siguiente:
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Interesado,
representante legal y autorizado.
VIGÉSISMO SEGUNDO. Que el Sistema de Datos Personales “ADMINISTRACIÓN DE MÓDULOS Y MÓDULOS
DEPORTIVOS” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 28 de agosto de 2015, con
folio 0410030961966150828, se modifica en los siguientes apartados:
…
32 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 de Noviembre de 2015
II. Finalidad o uso previsto.
Se modifica para quedar como sigue:
Integrar expedientes de la población de la Delegación Magdalena Contreras que es usuaria de los Centros Deportivos para la
realización de alguna actividad física, deportiva o recreativa, con la finalidad de generar estrategias de difusión para
fomentar el uso de las instalaciones deportivas de la delegación, así como mantener los Centros Deportivos que generan
recursos autogenerados en óptimas condiciones.
III. Normatividad aplicable:
Se elimina la siguiente normatividad:
Reglamento de la Ley de Archivos del Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
IV. Origen de los Datos.
Se adiciona lo siguiente:
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Solicitantes
de los servicios en los Centros Deportivos
VIGÉSIMO TERCERO. Que el Sistema de Datos Personales “ALARMAS VECINALES” que se inscribió en el Registro
Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 28 de agosto de 2015, con folio 0410030971965150828, se modifica en
los siguientes apartados:
…
II. Finalidad o uso previsto.
Se modifica para quedar como sigue:
Contar con un registro de los habitantes de la Delegación La Magdalena Contreras que solicitan una alarma para su hogar, a
fin de establecer un enlace entre la Delegación y la ciudadanía, con la finalidad de coordinar las acciones que en materia de
seguridad se apliquen, así como la expedición de programas de prevención del delito en beneficio de la población
contrerense.
III. Normatividad aplicable:
Se adiciona la siguiente normatividad:
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito
Federal.
Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
Manual Administrativo del Órgano Político en la Delegación La Magdalena Contreras.
IV. Origen de los Datos.
Se adiciona lo siguiente:
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Beneficiarios
del Programa de Alarmas Vecinales.
V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales:
19 de Noviembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 33
Se adiciona la siguiente categoría:
Datos patrimoniales: Bienes inmuebles.
VIGÉSISMO CUARTO. Que el Sistema de Datos Personales “APOYO PARA NIÑOS DE PRIMARIA, SECUNDARIA
Y JÓVENES” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 28 de agosto de 2015, con
folio 0410030981967150828, se modifica en los siguientes apartados:
I. Identificación del Sistema de Datos Personales.
Se modifica para quedar como sigue:
“APOYO PARA NIÑOS DE PRIMARIA Y SECUNDARIA”
II. Finalidad o uso previsto.
Se modifica para quedar como sigue:
Recabar documentación y dar seguimiento a las solicitudes de niños de primaria y secundaria en estado de vulnerabilidad, a
través de la entrega de los apoyos señalados en las Reglas de Operación vigentes, con la finalidad de planear, dirigir y
supervisar programas locales en el ámbito educativo.
III. Normatividad aplicable
Se adiciona la siguiente normatividad:
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito
Federal.
Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
Manual Administrativo del Órgano Político en la Delegación La Magdalena Contreras.
Reglas de Operación del Programa Apoyo para Niños de Primaria.
Reglas de Operación del Programa Apoyo para Niños de Secundaria.
IV. Origen de los Datos.
Se adiciona lo siguiente:
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Beneficiarios
de los Programas de Apoyo a Niños de Primaria y Secundaria, padre, madre o tutor.
V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales.
Se adicionan los siguientes datos:
Datos identificativos: Clave de elector y fotografía.
Datos biométricos: Huellas dactilares.
VI. Cesión de los Datos.
Se adiciona el siguiente destinatario:
Destinatarios Finalidad genérica Fundamento legal
Consejo de Evaluación del Desarrollo
Social
Evaluación de Programas Sociales Artículos 42A, 42B y 42C, fracción I
de la Ley Desarrollo Social para el
Distrito Federal
34 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 de Noviembre de 2015
VIGÉSIMO QUINTO. Que el Sistema de Datos Personales “ATENCIÓN PRE-HOSPITALARIA” que se inscribió en el
Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 28 de agosto de 2015, con folio 0410030991968150828, se
modifica en los siguientes apartados:
…
II. Finalidad o uso previsto.
Se modifica para quedar como sigue:
Crear expedientes de las personas que son atendidas en caso de emergencia, para dar atención pre-hospitalaria hasta que los
individuos afectados reciban atención en el nivel asistencial apropiado, con la finalidad de planear las acciones con el
Sistema de Emergencia para la atención en una situación de emergencia o desastre.
III. Normatividad aplicable.
Se adiciona la siguiente normatividad:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Ley General de Salud.
Ley de Salud del Distrito Federal.
IV. Origen de los Datos.
Se adiciona lo siguiente:
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Solicitante
de atención pre-hospitalaria.
VIGÉSIMO SEXTO. Que el Sistema de Datos Personales “CONSTANCIA DE IDENTIDAD” que se inscribió en el
Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 28 de agosto de 2015, con folio 0410031051969150828, se
modifica en los siguientes apartados:
…
II. Finalidad o uso previsto.
Se modifica para quedar como sigue:
Verificación, registro e integración de expedientes de las solicitudes efectuadas por habitantes de la Delegación La
Magdalena Contreras, para acreditar la situación en que se encuentra una persona, con la finalidad de supervisar la correcta
expedición de Constancias de Identidad.
III. Normatividad aplicable.
Se adiciona la siguiente normatividad:
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito
Federal.
Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
Manual Administrativo del Órgano Político en la Delegación La Magdalena Contreras.
IV. Origen de los Datos.
19 de Noviembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 35
Se adiciona lo siguiente:
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Solicitantes
de constancias y testigos.
…
VII. Unidad Administrativa y responsable del sistema de datos personales:
Se modifica para quedar como sigue:
Unidad Administrativa Responsable: Subdirección de Gestión de Gobierno
Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Subdirector de Gestión de Gobierno
VIGÉSIMO SÉPTIMO. Que el Sistema de Datos Personales “EXPEDIENTES LABORALES DE LOS
TRABAJADORES DE LA MAGDALENA CONTRERAS” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de
Datos Personales el 28 de agosto de 2015, con folio 0410031001970150828, se modifica en los siguientes apartados:
…
III. Normatividad aplicable.
Se adiciona la siguiente normatividad:
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito
Federal.
Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
Manual Administrativo del Órgano Político en la Delegación La Magdalena Contreras.
IV. Origen de los Datos.
Se adiciona lo siguiente:
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Trabajador,
referencias personales y laborales, beneficiarios, padres, cónyuge e hijos.
V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales.
Se adicionan las siguientes categorías:
Datos identificativos: Clave de elector, firma y fotografía.
Datos biométricos: Huella digital.
VI. Cesión de los Datos.
Se elimina el siguiente destinatario:
Destinatarios Finalidad genérica Fundamento legal
Instituciones Financieras. Prestación de servicios bancarios. Normatividad en materia de
administración de recursos para los
órganos políticos administrativos,
Circular uno bis, numeral 1.8.9.
Se agregan los siguientes usuarios:
Banco Santander (México) S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander México.
36 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 de Noviembre de 2015
Domicilio: San Jerónimo 630, local HO-26, Colonia Pedral de San Jerónimo, Delegación Álvaro Obregón, C.P. 01900.
Denominación del acto jurídico: Contrato múltiple de apertura de cuentas de depósito básicas (persona física).
Finalidad permanente: Apertura de las cuentas de nómina de los servidores públicos de la Delegación.
Vigencia del acto jurídico: Permanente.
Seguros MULTIVA, S.A. Grupo Financiero MULTIVA
Domicilio: Cerrada de Tecamachalco número 45, primer piso, Colonia Reforma Social, Delegación Miguel Hidalgo, C.P.
11650.
Denominación del acto jurídico: Contrato de seguro de vida institucional.
Finalidad permanente: Otorgar a los servidores públicos de la Delegación un seguro de vida.
Vigencia del acto jurídico: Permanente.
VIGÉSIMO OCTAVO. Que el Sistema de Datos Personales “PROGRAMAS ESPECIALES DE PROTECCIÓN CIVIL”
que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 28 de agosto de 2015, con folio
0410031031971150828, se modifica en los siguientes apartados:
…
II. Finalidad o uso previsto.
Se modifica para quedar como sigue:
Integración de expedientes y seguimiento a las solicitudes efectuadas por ciudadanos que requieren la revisión de sus
programas especiales de protección civil, con el fin de evaluar las acciones de emergencia implementadas en industrias,
comercios y en general en los establecimientos del sector público y privado de conformidad a las leyes y reglamentos de la
materia.
III. Normatividad aplicable.
Se adiciona la siguiente normatividad:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos en el Distrito Federal.
IV. Origen de los Datos.
Se adiciona lo siguiente:
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Interesado,
representante legal y autorizado.
VIGÉSIMO NOVENO. Que el Sistema de Datos Personales “SOLICITANTES DE AUTORIZACIÓN DE JUEGOS
PIROTÉCNICOS” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 28 de agosto de 2015, con
folio 0410031021972150828, se modifica en los siguientes apartados:
…
II. Finalidad o uso previsto.
Se modifica para quedar como sigue:
Crear expedientes de solicitantes de autorización de eventos en los que se hará uso de juegos pirotécnicos, realizando una
inspección previa al evento verificando las condiciones óptimas de seguridad de los asistentes, con la finalidad de coordinar
las acciones administrativas de las solicitudes en materia de pirotecnia.
19 de Noviembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 37
III. Normatividad aplicable.
Se adiciona la siguiente normatividad:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
IV. Origen de los Datos.
Se adiciona lo siguiente:
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Solicitantes
de autorización de juegos pirotécnicos, representante legal y autorizado.
TRIGÉSIMO. Que el Sistema de Datos Personales “SOLICITANTES DE TRÁMITES ANTE LA VENTANILLA
ÚNICA DE LA DELEGACIÓN LA MAGDALENA CONTRERAS” que se inscribió en el Registro Electrónico de
Sistemas de Datos Personales el 28 de agosto de 2015, con folio 0410031011973150828, se modifica en los siguientes
apartados:
…
III. Normatividad aplicable.
Se adiciona la siguiente normatividad:
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito
Federal.
Manual Administrativo del Órgano Político en la Delegación La Magdalena Contreras.
IV. Origen de los Datos.
Se adiciona lo siguiente:
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Solicitantes
de trámites.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese el presente Acuerdo por el que se modifican diversos Sistemas de Datos Personales a cargo de la
Delegación La Magdalena Contreras.
SEGUNDO.- Se instruye a los Responsables de los Sistemas de Datos Personales para que en un plazo no mayor a diez días
hábiles a partir de la presente publicación, realicen las modificaciones en el Registro de Electrónico de Sistemas de Datos
Personales (RESDP).
TERCERO.- Se instruye al Enlace en Materia de Datos Personales de la Delegación La Magdalena Contreras, a efecto de
una vez publicado el presente acuerdo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, lo notifique a la Dirección de Datos
Personales del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, en un
plazo no mayor a los diez días hábiles siguientes.
México, Distrito Federal a once de noviembre del año dos mil quince.
(Firma)
JOSÉ FERNANDO MERCADO GUAIDA
JEFE DELEGACIONAL EN LA MAGDALENA CONTRERAS
38 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 de Noviembre de 2015
FIDEICOMISO MUSEO DEL ESTANQUILLO
LIC. HENOC DE SANTIAGO DULCHÉ, Director General del Fideicomiso Museo del Estanquillo, con fundamento en
lo dispuesto por los artículos 1, 2, 8 fracción II, 12 fracción I, 52, 67 fracciones II y XX inciso e, 87, 88, 97, 98, 99 fracción
II y 100 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, 2cuarto párrafo,2, 3 fracciones I, II, IX, 6, 40, 43, 46, 48, 53, 54
fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, cláusula Décima Primera numeral 4 y 16
del Contrato de Fideicomiso No. 3061 y numeral 8.2 de las Reglas de Operación del Fideicomiso Museo del Estanquillo,
Lineamiento Quinto fracción XII y Trigésimo Octavo de los Lineamientos Generales para el Registro de Manuales
Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública del Distrito Federal y de conformidad con el
Registro MA-46/271015-E-FME-18/2006 emitido mediante oficio OM/CGMA/2044/2015 por la Coordinación General de
Modernización Administrativa adscrita a la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal, tengo a bien expedir el
siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL ENLACE ELECTRÓNICO DONDE PODRÁ SER
CONSULTADO EL MANUAL ADMINISTRATIVO DEL FIDEICOMISO MUSEO DEL
ESTANQUILLO CON NÚMERO DE REGISTRO MA-46/271015-E-FME-18/2006, EMITIDO POR LA
COORDINACIÓN GENERAL DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA ADSCRITA A LA
OFICIALIA MAYOR DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL.
El Manual Administrativo del Fideicomiso Museo del Estanquillo estará disponible para su consulta y descarga en el sitio
web del Fideicomiso Museo del Estanquillo en la siguiente dirección electrónica, http://www.museodelestanquillo.com
dentro de la pestaña de transparencia, en la fracción primera del artículo 14 que señala la Ley de Transparencia y Acceso a
la Información Pública del Distrito Federal. Asimismo dicho manual puede ser consultado directamente colocando el
siguiente enlace electrónico en la barra de cualquier navegador en internet:
http://www.museodelestanquillo.com/DocLeyTrans/2015/Articulo%2014/I/3er%20trimestre/ART_14_FRACC_I%20_2.xl
s
TRANSITORIOS: PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
SEGUNDO.- El presente Manual Administrativo es de observancia obligatoria para los servidores públicos adscritos al
Fideicomiso Museo del Estanquillo.
TERCERO.- El presente Aviso entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
Dado en la Ciudad de México, a los 18 días del mes de noviembre de dos mil quince.
EL DIRECTOR GENERAL DEL FIDEICOMISO MUSEO DEL ESTANQUILLO
(Firma)
LIC. HENOC DE SANTIAGO DULCHÉ
CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS
GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL
SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE
Convocatoria: 25
C.P. Martha Leticia Cortés Genesta, Directora Ejecutiva de Administración, en observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134 y de
conformidad con el artículo 27 a), 28, 30 fracción II y 32 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y artículos 7 fracción XIII, numeral 5 y 101-G del Reglamento
Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, se convoca a los interesados en participar en la licitación para la adquisición de fibras sintéticas, hules, plásticos y
derivados; prendas de seguridad y protección personal; herramientas menores; refacciones, y accesorios menores de maquinaria y otros equipos; y productos textiles, de
conformidad con lo siguiente:
Licitación Pública Nacional
No. de licitación Costo de las
bases
Fecha límite para
adquirir bases
Junta de aclaraciones Presentación de propuestas Fallo
LPN-27-2015 $1,100.00 23/11/2015
25/11/2015
15:00 horas
27/11/2015
13:00 horas
30/11/2015
11:00 horas
Partida Descripción Cantidad Unidad de Medida
12 Chaleco de señalización para seguridad tipo camisa 150 Pieza
29 Cinta de precaución leyenda "peligro", fabricada en polietileno virgen con pigmentos y
aditivos. Cinta roja ancho 3" largo 100 metros
150 Rollo
34 Cuerda de henequén 1" 100% biodegradable 1000 Kilo
40 Cuerda prúsico de 9 mm 2880 Metro
59 Limatón tipo Stihl medida: 3/4. 752 Pieza
 Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta en www.sedema.df.gob.mx y venta en: Comonfort No. 83 esq. Paseo de la Reforma, colonia Ampliación
Morelos, código postal 06200, Delegación Cuauhtémoc, Distrito Federal, teléfono: 57 72 40 22 ext. 105 y 106, los días 19, 20 y 23 de noviembre de 2015; con el siguiente
horario: 10:00 a 14:00 horas. La forma de pago es: Cheque certificado o de caja a favor de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal y Vía ventanilla bancaria a la cuenta
número 65501123467 Referencia 2601 de la Institución bancaria Santander, S.A. (México) mediante Cheque certificado o de caja a favor del Gobierno del Distrito
Federal/Secretaría de Finanzas/Tesorería del Distrito Federal.
 La junta de aclaración se efectuará en la fecha y horario arriba indicados en las oficinas de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, ubicada en Comonfort
No. 83 esq. Paseo de la Reforma, colonia Ampliación Morelos, código postal 06200, Delegación Cuauhtémoc, Distrito Federal.
 El acto de presentación de las propuestas se efectuará en la fecha y horario arriba indicados en las oficinas de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales,
ubicada en Comonfort No. 83 esq. Paseo de la Reforma, colonia Ampliación Morelos, código postal 06200, Delegación Cuauhtémoc, Distrito Federal.
 El acto de Fallo se efectuará en la fecha y horario arriba indicados en las oficinas de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, ubicada en Comonfort No.
83 esq. Paseo de la Reforma, colonia Ampliación Morelos, código postal 06200, Delegación Cuauhtémoc, Distrito Federal.
 El idioma en que deberán presentar las proposiciones será: español.
 La moneda en que deberá cotizarse la proposición será: Peso mexicano.
 No se otorgará anticipo.
 Lugar de entrega: Según bases.
 Plazo de entrega: Según calendario.
 El pago se realizará: 20 días hábiles.
 Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de licitación, así como las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas.
 Los servidores públicos responsables del procedimiento serán los CC. Lic. José Ortiz Fragoso, Director de Recursos Materiales y Servicios Generales y Juan Saúl Méndez
Vélez, Jefe de la Unidad Departamental de Adquisiciones y Almacenes o a quien se designe.
 No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del artículo 39 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
MÉXICO, D.F., A 18 DE NOVIEMBRE DE 2015.
(Firma)
C.P. MARTHA LETICIA CORTÉS GENESTA
DIRECTORA EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN
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Actualización Cuadro Básico y Catálogo Medicamentos SEDESA 2015

  • 1. Órgano de Difusión del Gobierno del Distrito Federal DÉCIMA OCTAVA ÉPOCA 19 DE NOVIEMBRE DE 2015 No. 221 Í N D I C E  ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL Secretaría de Salud  Aviso por el cual se da a conocer la segunda actualización del Cuadro Básico y Catálogo Institucional de Medicamentos Edición 2014 de la Secretaría de Salud del Distrito Federal 4 Secretaría de Movilidad  Aviso mediante el cual se informa la apertura de un período extraordinario de la Revista Vehicular 2015, correspondiente al “Acuerdo mediante el cual se da a conocer el procedimiento para realizar el Trámite de Revista Vehicular 2015, a los concesionarios y/o permisionarios que prestan el Servicio de Transporte Público, Mercantil y Privado de Carga del Distrito Federal”, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, de fecha 16 de abril de 2015 9  Aviso mediante el cual se informa la apertura de un período extraordinario de la Revista Vehicular 2015, correspondiente al “Acuerdo mediante el cual se da a conocer el procedimiento para realizar el Trámite de Revista Vehicular 2015, a los concesionarios y/o permisionarios que prestan el Servicio Público de Transporte Público Colectivo de Pasajeros, (Microbuses, Vagonetas y/o Autobuses), con Placa Local O Metropolitana expedida en el Distrito Federal”, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, de fecha 16 de abril de 2015 11  Aviso mediante el cual se informa la apertura de un período extraordinario de la Revista Vehicular 2015, correspondiente al “Acuerdo Mediante el cual se da a conocer el procedimiento para realizar el Trámite de Revista Vehicular 2015, a los concesionarios y/o permisionarios que prestan el Servicio de Transporte Mercantil y Privado de Pasajeros del Distrito Federal”, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, de fecha 16 de abril de 2015 13   Continúa en la Pág. 2
  • 2. 2 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 de Noviembre de 2015 Índice Viene de la Pág. 1 Contraloría General  Aviso por el cual se da a conocer la baja documental definitiva de diversa documentación de la Contraloría General del Distrito Federal 15 Delegación La Magdalena Contreras  Acuerdo por el que se modifican diversos Sistemas de Datos Personales a cargo de la Delegación La Magdalena Contreras 16 Fideicomiso Museo del Estanquillo  Aviso por el que se da a conocer el enlace electrónico donde podrá ser consultado el Manual Administrativo del Fideicomiso Museo del Estanquillo con Número de Registro MA-46/271015-E-FME-18/2006, emitido por la Coordinación General de Modernización Administrativa adscrita a la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal 38  CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS  Secretaría del Medio Ambiente.- Licitación Pública Nacional Número LPN-27-2015.- Convocatoria 25.- Adquisición de fibras sintéticas, hules, plásticos y derivados; prendas de seguridad y protección personal; herramientas menores; refacciones, y accesorios menores de maquinaria y otros equipos; y productos textiles 39  Secretaría del Medio Ambiente.- Licitación Pública Nacional Número LPN-28-2015.- Convocatoria 26.- Adquisición de vehículos, remolques de cama, maquinaria y equipo agropecuario, cargador frontal, herramientas y maquinas; y hipsómetro 40  Secretaría del Medio Ambiente.- Licitación Pública Nacional Número LPN-29-2015.- Convocatoria 27.- Adquisición de árboles 41  Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal.- Licitación Pública Internacional Número S.T.E.D.F.- L.P.N.-013-15.- Convocatoria 11.- Adquisición de elevadores y plataformas para acceso al tren ligero en silla de ruedas 42  SECCIÓN DE AVISOS  Recubrimientos Especializados Invierno, S.A. de C.V. 43  Forros y Más, S.A. de C.V. 43  Diamantefin, S.A. de C.V. 44  Parque Interlomas Comercial, S.A. de C.V. 44  Construcciones y Materiales Resistencia Empresarial CMD, S.A. de C.V. 45  Construcciones y Materiales Resistencia CMD, S.A. de C.V. 45  Monte Carlo Sport, S.A. de C.V. 46  Asociación de Condóminos Propietarios de Parque Interlomas Residencial, A.C. 46  Smart Factor, S.A. de C.V. 47
  • 3. 19 de Noviembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3
  • 4. 4 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 de Noviembre de 2015 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL SECRETARÍA DE SALUD DOCTOR JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA, SECRETARIO DE SALUD, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 16, fracción IV y 29, fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 24, fracciones VIII, XXII y XXIII de la Ley de Salud del Distrito Federal, y 68 de su Reglamento; 5, fracción I, y 66 fracción II del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, y los Lineamientos Generales para la Adquisición de Medicamentos con Criterios de Transparencia, Legalidad, Eficiencia, Sustentabilidad, Honradez y Óptima Utilización de los Recursos, y CONSIDERANDO Que mediante el Acuerdo Publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 24 de diciembre de 2002, se estableció que las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud sólo deberán utilizar los insumos establecidos en el Cuadro Básico para el Primer Nivel de Atención Médica y para el Segundo y Tercer Nivel, el Catálogo de Insumos. Que para la adquisición de Insumos para la Salud, las instituciones públicas que conforman el Sistema Nacional de Salud, entre los que se encuentra la Secretaría de Salud y los Servicios de Salud Pública del Distrito Federal, están sujetos a la observancia del Cuadro Básico para el Primer Nivel de Atención Médica y, para el Segundo y Tercer Nivel, del Catálogo de Insumos para la Salud, documento expedido por el Consejo de Salubridad General de conformidad con la Ley General en la materia. Que conforme a los Lineamientos Generales para la Adquisición de Medicamentos con Criterios de Transparencia, Legalidad, Eficiencia, Sustentabilidad, Honradez y Óptima Utilización de los Recursos del Gobierno del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 12 de enero de 2011, resulta necesario para las instancias del Distrito Federal que no forman parte del Sistema Nacional de Salud, el establecimiento de un “Cuadro Básico y Catálogo Institucional de Medicamentos”, lo cual contribuirá a homogeneizar las políticas de adquisición de las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal y garantizar la eficiencia, sustentabilidad y óptima utilización de los recursos. Que la Edición 2011 del Cuadro Básico y Catálogo Institucional de Medicamentos se publicó de manera íntegra en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 12 de enero del 2011 y a partir de esa fecha se efectuaron seis actualizaciones, las que se incorporan a la Edición 2013, con la finalidad de tener actualizada la lista de medicamentos para que los hospitales y unidades médicas adscritos al Gobierno del D.F., atiendan los problemas de salud de la población de la Ciudad de México. Que la Edición 2014 del Cuadro Básico y Catálogo Institucional de la Secretaría de Salud del Distrito Federal (SEDESA) se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de Enero de 2015. Que la primera actaulización del Cuadro Básico y Catálogo Institucional de Medicamentos Edición 2014 de la Secretaría de Salud del Distrito Federal (SEDESA) se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 10 de julio de 2015. Que las modificaciones del Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos que publica el Consejo de Salubridad General aplican para el Cuadro Básico y Catálogo Institucional de la SEDESA. Que la Secretaría de Salud, a través del área competente está encargada de recibir, estudiar y resolver las solicitudes de actualización que formulen las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal y con la participación de especialistas de las Unidades Hospitalarias de la Secretaría y representantes de academias, consejos médicos y de especialidades. Que en atención a las anteriores consideraciones, expido el siguiente: AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER LA SEGUNDA ACTUALIZACIÓN DEL CUADRO BÁSICO Y CATÁLOGO INSTITUCIONAL DE MEDICAMENTOS EDICIÓN 2014 DE LA SECRETARÍA DE SALUD DEL DISTRITO FEDERAL.
  • 5. 19 de Noviembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 5 Grupo Nº 1 Analgesia Cuadro IBUPROFENO Clave Descripción Indicaciones Vía de administración y Dosis 010.000.5940.02 TABLETA O CÁPSULA Cada tableta o cápsula contiene: Ibuprofeno 200 mg. Envase con 20 tabletas o cápsulas Dolor de leve a moderado. Fiebre. Oral. Adultos y niños mayores de 12 años. 200 a 400 mg cada 4 a 6 horas, dependiendo de la intensidad de los síntomas, sin sobrepasar 1200 mg al día. Grupo Nº 5: Endocrinología y Metabolismo Catálogo VILDAGLIPTINA Clave Descripción Indicaciones Vía de administración y Dosis 010.000.5620.00 COMPRIMIDO Cada comprimido contiene: Vildagliptina 50 mg Envase con 28 comprimidos. Diabetes mellitus tipo 2 con falla a metformina sola, con o sin obesidad. Oral. Adultos: 50 mg cada 12 horas. Grupo Nº 6: Enfermedades Infecciosas y Parasitarias Catálogo RIBAVIRINA Clave Descripción Indicaciones Vía de administración y Dosis 010.000.5920.00 CÁPSULA Cada cápsula contiene: Ribavarina 200 mg Envase con 90 cápsulas. Hepatitis C Crónica en combinación con interferón alfa 2B. Oral. Adultos: La dosis se debe ajustar dependiendo del peso corporal del paciente en: <75 Kg, 1000 g/día dividido en dos cápsulas por la mañana y tres por la noche. >74 Kg, 1200 mg/día dividido en tres cápsulas por la mañana y tres por la noche. Grupo Nº 13: Neumología Catálogo BERACTANT Clave Descripción Indicaciones Vía de administración y Dosis 010.000.5331.00 SUSPENSIÓN INYECTABLE Cada ml contiene: Beractant (fosfolípidos de pulmón de origen bovino) 25 mg Envase con frasco ámpula de 8 ml y cánula endotraqueal. Prevención y tratamiento del síndrome de dificultad respiratoria. Intratraqueal. Prematuros: 100 mg/kg de peso, repetir la dosis de acuerdo a respuesta terapéutica después de 6 horas.
  • 6. 6 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 de Noviembre de 2015 MACITENTÁN Clave Descripción Indicaciones Vía de administración y Dosis 010.000.6022.00 TABLETA Cada tableta contiene: Macitentán 10 mg Envase con 28 tabletas. Tratamiento para Hipertensión Arterial Pulmonar, en combinación con inhibidores de la fosfodiesterasa 5. Oral. Adultos: 10 mg cada 24 horas. Grupo Nº 14: Neurología Catálogo ATOMOXETINA Clave Descripción Indicaciones Vía de administración y Dosis 010.000.3308.00 CÁPSULA Cada cápsula contiene: Clorhidrato de atomoxetina equivalente a 40 mg de atomoxetina. Envase con 14 cápsulas. Trastorno del déficit de atención con hiperactividad. Oral: Adultos: 40 mg al día, durante un mínimo de tres días, e incrementar a 80 mg al día durante 3 a 7 días, como dosis única en las mañanas o como dosis dividida en la mañana y por la tarde/ noche. Niños: 0.5 mg/kg de peso corporal/ día, durante un mínimo de tres días, e incrementar a 1.2 mg/kg de peso corporal/ día durante 3 a 7 días, como dosis única en las mañanas o como dosis dividida en la mañana y por la tarde/ noche. 010.000.3309.00 CÁPSULA Cada cápsula contiene: Clorhidrato de atomoxetina equivalente a 60 mg de atomoxetina. Envase con 14 cápsulas. CLOBAZAM Clave Descripción Indicaciones Vía de administración y Dosis 040.000.2165.00 TABLETA Cada tableta contiene: Clobazam 10 mg Envase con 30 tabletas. Síndrome de ansiedad generalizado. Insomnio. Preanestésico. Oral. Adultos: 10 mg cada 8 a 12 horas. ELETRIPTÁN Clave Descripción Indicaciones Vía de administración y Dosis 010.000.4366.00 TABLETA Cada tableta contiene: Bromhidrato de eletriptán equivalente a 40 mg de eletriptán Envase con dos tabletas. Migraña. Oral. Adultos: Dosis inicial: 40 a 80 mg. Dosis máxima 160 mg. PRIMIDONA Clave Descripción Indicaciones Vía de administración y Dosis 010.000.2606.00 TABLETA Cada tableta contiene: Primidona 250 mg Envase con 50 tabletas. Epilepsia. Oral. Niños menores de 8 años: 125 mg/día. Aumentar 125 mg cada 7 días. Dosis máxima 1 g/ día. Neonatos: 15 a 25 mg/kg de peso corporal en dosis única, posteriormente 12 a 20 mg/kg de peso corporal/día, dividido cada 12 horas.
  • 7. 19 de Noviembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7 Adultos y niños mayores de 8 años: 250 mg/ día, aumentar 250 mg cada 7 días hasta alcanzar el efecto terapéutico. Dosis máxima 2 g/día. PRAMIPEXOL Clave Descripción Indicaciones Vía de administración y Dosis 010.000.2649.00 TABLETA Cada tableta contiene Diclorhidrato de pramipexol Monohidratado 0.5 mg Envase con 30 tabletas. Enfermedad de Parkinson. Oral. Adultos: Dosis inicial: 0.5 mg cada 8 horas, incrementar cada 7 días hasta lograr respuesta terapéutica RASAGILINA Clave Descripción Indicaciones Vía de administración y Dosis 010.000.5665.00 TABLETA Cada tableta contiene: Mesilato de rasagilina equivalente a 1 mg de rasagilina Envase con 30 tabletas. Enfermedad de Parkinson. Oral. Adultos y mayores de 18 años de edad. 1 mg cada 24 horas con o sin tratamiento concomitante de Levodopa / Inhibidores de descarboxilasa. Se puede administrar con o sin alimentos. RIVASTIGMINA Clave Descripción Indicaciones Vía de administración y Dosis 010.000.4379.00 PARCHE Cada parche de 5 cm2 contiene: Tartrato de rivastigmina equivalente a 9 mg de rivastigmina Envase con 30 parches, cada parche libera 4.6 mg/24 horas. Demencia tipo Alzheimer. Transdérmica. Adultos: Dosis inicial Un parche de 5 cm2 cada 24 horas. Si hay pocas reacciones adversas, después de 4 semanas, se puede continuar con la dosis de mantenimiento ROTIGOTINA Clave Descripción Indicaciones Vía de administración y Dosis 010.000.2641.00 PARCHE Cada parche contiene: Rotigotina 9 mg/20 cm2 Envase con 7 sobres, con una liberación de 4 mg/24 h. Enfermedad de Parkinson. Cutánea. Adultos: La dosificación en la fase inicial de la enfermedad Parkinson debe iniciarse con una dosis diaria de 2 mg/24 h, e incrementos semanales posteriores de 2 mg/24 h, pudiéndose alcanzar un máximo de 8 mg/24 h. la dosis de 4 mg/24 h puede ser efectiva en algunos pacientes. En la mayoría de los casos la dosis efectiva se alcanza en 3 o 4 semanas, con la dosis de 6 u 8 mg/24 h. La dosis máxima recomendada es de 8 mg/24 h. La dosis en pacientes con Parkinson en fases avanzadas con fluctuaciones, debe iniciarse con una dosis diaria única de 4 mg/24 h, y tener incrementos semanales de 2 mg/24 h. Una dosis de 4 mg/24 h o de 6 mg/24 h puede ser eficaz en algunos pacientes. Para la mayoría de los pacientes la dosis efectiva se alcanza en 3-7 semanas con dosis de 8 mg/24h hasta un máximo de 16 mg/24 h. En caso de suspender el tratamiento, éste debe ser gradual. La dosis diaria debe reducirse en 2 mg/24 h, preferentemente cada tercer día.
  • 8. 8 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 de Noviembre de 2015 Grupo Nº 21: Reumatología y Traumatología Cuadro MELOXICAM Clave Descripción Indicaciones Vía de administración y Dosis 010.000.3423.00 TABLETA Cada tableta contiene: Meloxicam 15 mg Envase con 10 tabletas Artritis reumatoide Osteoartritis Espondilitis Artritis gotosa. Padecimientos inflamatorios agudos y crónicos no reumáticos. Procesos inflamatorios agudos no bacterianos de vías aéreas superiores. Oral. Adultos y mayores de 12 años: 15 mg cada 24 horas. Niños: Dosis máxima: 0.25 mg/kg de peso corporal/ día. EXCLUSIONES PRAMIPEXOL Clave Descripción 010.000.2650.00 TABLETA Cada tableta contiene Diclorhidrato de pramipexol Monohidratado 1.0 mg. Envase con 30 tabletas. TRANSITORIOS PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. SEGUNDO.- La presente actualización entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y estará vigente en tanto no se sustituya. México, Distrito Federal, a 05 de noviembre de 2015 (Firma) DR. JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA SECRETARIO DE SALUD DEL DISTRITO FEDERAL
  • 9. 19 de Noviembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 9 SECRETARÍA DE MOVILIDAD AVISO MEDIANTE EL CUAL SE INFORMA LA APERTURA DE UN PERÍODO EXTRAORDINARIO DE LA REVISTA VEHICULAR 2015, CORRESPONDIENTE AL “ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER EL PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TRAMITE DE REVISTA VEHICULAR 2015, A LOS CONCESIONARIOS Y/O PERMISIONARIOS QUE PRESTAN EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO, MERCANTIL Y PRIVADO DE CARGA DEL DISTRITO FEDERAL”, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, DE FECHA 16 DE ABRIL DE 2015. HÉCTOR SERRANO CORTÉS, Secretario de Movilidad del Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en lo establecido en los artículos 122, apartado C, Base Tercera, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1°, 12 fracciones I, II y IV y 93 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1°, 7°, 15 fracción IX y 31 fracciones I y XXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y Transitorios Tercero y Quinto de la publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 14 de julio de 2014; 220 fracción X del Código Fiscal del Distrito Federal; 1°, 2° fracciones I y V, 7° fracciones I, II, III, IV y V, 9° fracciones XX, XXI, LXI y LXXI, 12 fracciones I, VI, XVI, XXVIII y XXIX, 57 fracciones I, II y III, 85 fracción V, 90, 118, 119 y 120 de la Ley de Movilidad del Distrito Federal; 7° fracción IX numerales 1 y 5, 26 fracción X, 37 fracción XVIII, 93 fracciones I, II, IV, VII y XII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 220 fracción X del Código Fiscal del Distrito Federal; 1º, 6°, 50, 51, 79 y 82 del Reglamento del Transporte del Distrito Federal; y C O N S I D E R A N D O Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley de Movilidad del Distrito Federal, la prestación de los servicios públicos de transporte en esta Ciudad es de utilidad pública e interés general, cuya obligación de proporcionarlos corresponde originalmente a la Administración Pública, ya sea en forma directa o mediante concesiones a particulares; Que el Gobierno del Distrito Federal con base en el marco jurídico vigente, ha emprendido acciones a corto y mediano plazo tendientes a mejorar los mecanismos de control para que la prestación del Servicio de Transporte Público, Mercantil y Privado de Carga del Distrito Federal, atienda a los principios de simplificación, agilidad, economía, información, precisión, legalidad, transparencia e imparcialidad, pero sobre todo bajo los principios de confianza y buena fe; Que la Ley de Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, faculta a la Secretaría de Movilidad del Distrito Federal para regular, ordenar, fomentar, impulsar y estimular el desarrollo de todos los mediosde transporte; Que con fecha 16 de abril de 2015, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el “Acuerdo Mediante el cual se da a Conocer el Procedimiento para Realizar el Trámite de Revista Vehicular 2015, a los Concesionarios y/o Permisionarios que Prestan el Servicio de Transporte Público, Mercantil y Privado de Carga del Distrito Federal”, en adelante “Revista Vehicular 2015”, el cual establece la Convocatoria y requisitos para realizar el Trámite de Revista Vehicular 2015; Que con fecha 19 de junio de 2015, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el “Acuerdo mediante el que se da a conocer la Ampliación al Calendario para el Trámite de Revista Vehicular 2015, para los Concesionarios y/o Permisionarios que prestan el Servicio de Transporte Público, Mercantil y Privado de Carga del Distrito Federal”; el cual determina en sus Bases una ampliación del calendario para realizar el Trámite de Revista Vehicular; así mismo establece el calendario correspondiente a las personas morales que cuentan con un parque vehicular de 50 ó más unidades; Que del análisis de la información sistematizada de la Dirección General de Transporte, se desprende que a la fecha existen concesionarios que realizaron el pago de los derechos señalados en el artículo 220 fracción X del Código Financiero del Distrito Federal que carecen de registro y también existen concesionarios que no han realizado el pago de los derechos prescritos en el artículo antes señalado y consecuentemente tampoco han obtenido su registro para realizar la “Revista Vehicular2015”; Que es interés de la Secretaría de Movilidad, que el servicio de transporte público, mercantil y privado de carga se preste de manera continua, uniforme y en las mejores condiciones para la ciudad y sus habitantes, por lo que es necesario que todas
  • 10. 10 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 de Noviembre de 2015 las unidades comprueben el cumplimiento de las disposiciones en materia de equipo, aditamentos, sistemas y en general las condiciones de operación y especificaciones técnicas para la óptima prestación del servicio; por lo que he tenido a bien emitir el siguiente: AVISO MEDIANTE EL CUAL SE INFORMA LA APERTURA DE UN PERÍODO EXTRAORDINARIO DE LA REVISTA VEHICULAR 2015, CORRESPONDIENTE AL “ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER EL PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TRAMITE DE REVISTA VEHICULAR 2015, A LOS CONCESIONARIOS Y/O PERMISIONARIOS QUE PRESTAN EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO, MERCANTIL Y PRIVADO DE CARGA DEL DISTRITO FEDERAL”, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, DE FECHA 16 DE ABRIL DE 2015; ASÍ COMO PARA LAS PERSONAS MORALES QUE CUENTAN CON UN PARQUE VEHICULAR DE 50 Ó MÁS UNIDADES. PRIMERO.- Se abre un período extraordinario para el registro vía internet de la “Revista Vehicular 2015” comprendido del 20 de noviembre al 25 de Diciembre de 2015. SEGUNDO.- El periodo ampliado de revisión documental queda determinado para realizarse del 24 de noviembre al 28 de diciembre de 2015. TERCERO.- Se establece ampliación al calendario para la acreditación de la fase de Inspección Físico – Mecánica de la Revista Vehicular 2015 del Transporte Público, Mercantil y Privado de Carga del Distrito Federal, del 27 de noviembre al 31 de diciembre de 2015. CUARTO.- Todos los concesionarios interesados deberán presentarse el día, hora y lugar señalado en la cita que emita el sistemay estarse a lo establecido en los términos de la “Revista Vehicular 2015”. QUINTO.- Los Concesionarios y/o permisionarios que proporcionan el servicio de transporte público, mercantil y privado de carga en el Distrito Federal, ya sean personas físicas o morales, para adherirse a la apertura del periodo extraordinario de la Revista Vehicular 2015, deberán realizar el pago de la sanción que establece el artículo 102, fracción V, numeral 16, segundo párrafo del Reglamento de Transporte del Distrito Federal, consistente en 40 días de Salario Mínimo General Vigente en el Distrito Federal; la cual se pagará de manera adicional a los derechos correspondientes por la vigencia Anual de la Concesión y la Revista Vehicular 2015. SEXTO.- Los concesionarios y/o permisionarios deberán cumplir con las Bases establecidas en el ACUERDO MEDIANTE EL QUE SE DA A CONOCER EL PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TRÁMITE DE REVISTA VEHICULAR 2015, A LOS CONCESIONARIOS Y/O PERMISIONARIOS QUE PRESTAN EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO, MERCANTIL Y PRIVADO DE CARGA DEL DISTRITO FEDERAL. T R A N S I T O R I O S PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. SEGUNDO.- El presente Aviso entrará en vigor a partir del mismo día de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. TERCERO.- La aplicación e interpretación del presente Aviso, se realizará a través de la Secretaría de Movilidad del Distrito Federal. Dado en la Ciudad de México a los dieciocho días del mes de noviembre de 2015. EL SECRETARIO DE MOVILIDAD (Firma) HÉCTOR SERRANO CORTÉS
  • 11. 19 de Noviembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 11 SECRETARÍA DE MOVILIDAD AVISO MEDIANTE EL CUAL SE INFORMA LA APERTURA DE UN PERÍODO EXTRAORDINARIO DE LA REVISTA VEHICULAR 2015, CORRESPONDIENTE AL “ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER EL PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TRAMITE DE REVISTA VEHICULAR 2015, A LOS CONCESIONARIOS Y/O PERMISIONARIOS QUE PRESTAN EL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE PÚBLICO COLECTIVO DE PASAJEROS, (MICROBUSES, VAGONETAS Y/O AUTOBUSES), CON PLACA LOCAL O METROPOLITANA EXPEDIDA EN EL DISTRITO FEDERAL”, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, DE FECHA 16 DE ABRIL DE 2015. HÉCTOR SERRANO CORTÉS, Secretario de Movilidad del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 122, apartado C, Base Tercera, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 12, 93 y 115 fracción VI del Estatuto del Gobierno del Distrito Federal; 7, 15 fracción IX y 31 fracciones I, XI y XXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y Transitorios Tercero y Quinto de sus reformas publicadas el 14 de julio de 2014 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal; 1, 2 fracción I, 3, 5, 7 fracciones I, II, III, IV, V, 9 fracciones XX, XXI, XXIV, LXI, LXXI, LXXXVI, 12 fracciones I, VI, XVI, XXVIII y XXIX, 118, 119, 120 y Transitorio Sexto de la Ley de Movilidad del Distrito Federal; 7 fracción IX numerales 1 y 5, 26 fracción X, 37 fracción XVIII, 93 fracciones I, II, IV, VII y XII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 220 fracción X del Código Fiscal del Distrito Federal; 2, 3 y 6, 40, 79, 82 y 102 del Reglamento de Transporte del Distrito Federal; y C O N S I D E R A N D O Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley de Movilidad del Distrito Federal, la prestación de los servicios públicos de transporte en esta Ciudad es de utilidad pública e interés general, cuya obligación de proporcionarlos corresponde originalmente a la Administración Pública, ya sea en forma directa o mediante concesiones a particulares; Que el Gobierno del Distrito Federal con base en el marco jurídico vigente, ha emprendido acciones a corto y mediano plazo tendientes a mejorar los mecanismos de control para que la prestación del Servicio de Transporte Público Colectivo de Pasajeros en las modalidades de Corredor Concesionado y Colectivo de Pasajeros (Microbuses, Vagonetas y/o Autobuses) en el Distrito Federal, atienda a los principios de simplificación, agilidad, economía, información, precisión, legalidad, transparencia e imparcialidad, pero sobre todo bajo los principios de confianza y buena fe; Que la Ley de Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, faculta a la Secretaría de Movilidad del Distrito Federal para regular, ordenar, fomentar, impulsar y estimular el desarrollo de todos los medios de transporte; Que con fecha 16 de abril de 2015, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el “Acuerdo Mediante el cual se da a Conocer el Procedimiento para Realizar el Trámite de Revista Vehicular 2015, a los Concesionarios y/o Permisionarios que Prestan el Servicio Público de Transporte Colectivo de Pasajeros, (Microbuses, Vagonetas y/o Autobuses), con Placa Local o Metropolitana Expedida en el Distrito Federal”, en adelante “Revista Vehicular 2015”, el cual establece la Convocatoria y requisitos para realizar el Trámite de Revista Vehicular 2015; Que con fecha 19 de junio de 2015, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el “Acuerdo mediante el que se da a conocer la Ampliación al Calendario para el Trámite de Revista Vehicular 2015, para los Concesionarios y/o Permisionarios que prestan el Servicio de Transporte Público Colectivo de Pasajeros (Microbuses, Vagonetas y/o Autobuses), con placa Local o Metropolitana expedida en el Distrito Federal”; el cual determina en sus Bases una ampliación del calendario para realizar el Trámite de Revista Vehicular; así mismo establece el calendario correspondiente a las personas morales conformadas en Corredores Concesionados; Que del análisis de la información sistematizada de la Dirección General de Transporte, se desprende que a la fecha existen concesionarios y/o permisionarios que realizaron el pago de los derechos señalados en el artículo 220 fracción X del Código Financiero del Distrito Federal que carecen de registro; así mismo que existen concesionarios que no han realizado el pago de los derechos prescritos en el artículo antes señalado y consecuentemente tampoco han obtenido su registro para realizar la “Revista Vehicular 2015”;
  • 12. 12 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 de Noviembre de 2015 Que es interés de la Secretaría de Movilidad, que el servicio de transporte público colectivo de pasajeros se preste de manera continua, uniforme y en las mejores condiciones para el público usuario, por lo que es necesario que todas las unidades comprueben el cumplimiento de las disposiciones en materia de equipo, aditamentos, sistemas y en general las condiciones de operación y especificaciones técnicas para la óptima prestación del servicio; por lo que he tenido a bien emitir el siguiente: AVISO MEDIANTE EL CUAL SE INFORMA LA APERTURA DE UN PERÍODO EXTRAORDINARIO DE LA REVISTA VEHICULAR 2015, CORRESPONDIENTE AL “ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER EL PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TRAMITE DE REVISTA VEHICULAR 2015, A LOS CONCESIONARIOS Y/O PERMISIONARIOS QUE PRESTAN EL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS, (MICROBUSES, VAGONETAS Y/O AUTOBUSES), CON PLACA LOCAL O METROPOLITANA EXPEDIDA EN EL DISTRITO FEDERAL”, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, DE FECHA 16 DE ABRIL DE 2015; ASÍ COMO PARA LAS PERSONAS MORALES CONFORMADAS EN CORREDORES CONCESIONADOS. PRIMERO.- Se abre un período extraordinario para el registro vía internet de la “Revista Vehicular 2015” comprendido del 20 de noviembre al 25 de Diciembre de 2015. SEGUNDO.- El periodo ampliado de revisión documental queda determinado para realizarse del 24 de noviembre al 28 de diciembre de 2015. TERCERO.- Se establece ampliación al calendario para la acreditación de la fase de Inspección Físico – Mecánica de la Revista Vehicular 2015 del Transporte Público Colectivo de Pasajeros en el Distrito Federal, del 27 de noviembre al 31 de diciembre de 2015. CUARTO.- Todos los concesionarios interesados deberán presentarse el día, hora y lugar señalado en la cita que emita el sistema y estarse a lo establecido en los términos de la “Revista Vehicular 2015”. QUINTO.- Los Concesionarios y/o permisionarios, ya sean personas físicas o morales, para adherirse a la apertura del periodo extraordinario de la Revista Vehicular 2015, deberán realizar el pago de la sanción que establece el artículo 102, fracción V, numeral 16, segundo párrafo del Reglamento de Transporte del Distrito Federal, consistente en 40 días de Salario Mínimo General Vigente en el Distrito Federal; la cual se pagará de manera adicional a los derechos correspondientes por la vigencia Anual de la Concesión y la Revista Vehicular 2015. SEXTO.- Los concesionarios y/o permisionarios deberán cumplir con las Bases establecidas en el ACUERDO MEDIANTE EL QUE SE DA A CONOCER EL PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TRÁMITE DE REVISTA VEHICULAR 2015, A LOS CONCESIONARIOS Y/O PERMISIONARIOS QUE PRESTAN EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO COLECTIVO DE PASAJEROS (MICROBUSES, VAGONETAS Y/O AUTOBUSES), CON PLACA LOCAL O METROPOLITANA EXPEDIDA EN EL DISTRITO FEDERAL. T R A N S I T O R I O S PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. SEGUNDO.- El presente Aviso entrará en vigor a partir del mismo día de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. TERCERO.- La aplicación e interpretación del presente Aviso, se realizará a través de la Secretaría de Movilidad del Distrito Federal. Dado en la Ciudad de México a los dieciocho días del mes de noviembre de 2015. EL SECRETARIO DE MOVILIDAD (Firma) HÉCTOR SERRANO CORTÉS
  • 13. 19 de Noviembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 13 SECRETARÍA DE MOVILIDAD AVISO MEDIANTE EL CUAL SE INFORMA LA APERTURA DE UN PERÍODO EXTRAORDINARIO DE LA REVISTA VEHICULAR 2015, CORRESPONDIENTE AL “ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER EL PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TRAMITE DE REVISTA VEHICULAR 2015, A LOS CONCESIONARIOS Y/O PERMISIONARIOS QUE PRESTAN EL SERVICIO DE TRANSPORTE MERCANTIL Y PRIVADO DE PASAJEROS DEL DISTRITO FEDERAL”, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, DE FECHA 16 DE ABRIL DE 2015. HÉCTOR SERRANO CORTÉS, Secretario de Movilidad del Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en lo establecido en los artículos 122, apartado C, Base Tercera, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 12 fracciones I, II y IV y 93 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1, 7, 15 fracción IX y 31 fracciones I y XXIII, Transitorios Tercero y Quinto de la publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 220 fracción X del Código Fiscal del Distrito Federal; 1, 2 fracciones I y V, 7° fracciones I, II, III, IV y V; 9° fracciones XX, XXI, LXI Y LXXI, 12 fracciones I, VI, XVI, XXVIII y XXIX; 56 fracciones II y III, 90, 118 y 119 de la Ley de Movilidad del Distrito Federal; 7 fracción IX numerales 1 y 5, 26 fracción X, 37 fracción XVIII, 93 fracciones I, II, IV, VII y XII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 220 fracción X del Código Fiscal del Distrito Federal; 1º, 6, 45, 46, y 82 del Reglamento del Transporte del Distrito Federal; y C O N S I D E R A N D O Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley de Movilidad del Distrito Federal, la prestación de los servicios públicos de transporte en esta Ciudad es de utilidad pública e interés general, cuya obligación de proporcionarlos corresponde originalmente a la Administración Pública, ya sea en forma directa o mediante concesiones a particulares; Que el Gobierno del Distrito Federal con base en el marco jurídico vigente, ha emprendido acciones a corto y mediano plazo tendientes a mejorar los mecanismos de control para que la prestación del Servicio de Transporte Mercantil y Privado de Pasajeros del Distrito Federal, atienda a los principios de simplificación, agilidad, economía, información, precisión, legalidad, transparencia e imparcialidad, pero sobre todo bajo los principios de confianza y buena fe; Que la Ley de Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, faculta a la Secretaría de Movilidad del Distrito Federal para regular, ordenar, fomentar, impulsar y estimular el desarrollo de todos los mediosde transporte; Que con fecha 16 de abril de 2015, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el “Acuerdo Mediante el cual se da a Conocer el Procedimiento para Realizar el Trámite de Revista Vehicular 2015, a los Concesionarios y/o Permisionarios que Prestan el Servicio de Transporte Mercantil y Privado de Pasajeros del Distrito Federal”, en adelante “Revista Vehicular 2015”, el cual establece la Convocatoria y requisitos para realizar el Trámite de Revista Vehicular 2015; Que con fecha 19 de junio de 2015, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el “Acuerdo mediante el que se da a conocer la Ampliación al Calendario para el Trámite de Revista Vehicular 2015, para los Concesionarios y/o Permisionarios que prestan el Servicio de Transporte Mercantil y Privado de Pasajeros del Distrito Federal”; el cual determina en sus Bases una ampliación del calendario para realizar el Trámite de Revista Vehicular; así mismo establece el calendario correspondiente a las personas morales que cuentan con un parque vehicular de 50 ó más unidades; Que del análisis de la información sistematizada de la Dirección General de Transporte, se desprende que a la fecha existen concesionarios y/o permisionarios que realizaron el pago de los derechos señalados en el artículo 220 fracción X del Código Financiero del Distrito Federal que carecen de registro y también existen concesionarios que no han realizado el pago de los derechos prescritos en el artículo antes señalado y consecuentemente tampoco han obtenido su registro para realizar la “Revista Vehicular2015”; Que es interés de la Secretaría de Movilidad, que el servicio de transporte mercantil y privado de pasajeros se preste de manera continua, uniforme y en las mejores condiciones para la ciudad y sus habitantes, por lo que es necesario que todas
  • 14. 14 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 de Noviembre de 2015 las unidades comprueben el cumplimiento de las disposiciones en materia de equipo, aditamentos, sistemas y en general las condiciones de operación y especificaciones técnicas para la óptima prestación del servicio; por lo que he tenido a bien emitir el siguiente: AVISO MEDIANTE EL CUAL SE INFORMA LA APERTURA DE UN PERÍODO EXTRAORDINARIO DE LA REVISTA VEHICULAR 2015, CORRESPONDIENTE AL “ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER EL PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TRAMITE DE REVISTA VEHICULAR 2015, A LOS CONCESIONARIOS Y/O PERMISIONARIOS QUE PRESTAN EL SERVICIO DE TRANSPORTE MERCANTIL Y PRIVADO DE PASAJEROS DEL DISTRITO FEDERAL”, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, DE FECHA 16 DE ABRIL DE 2015; ASÍ COMO PARA LAS PERSONAS MORALES QUE CUENTAN CON UN PARQUE VEHICULAR DE 50 Ó MÁS UNIDADES. PRIMERO.- Se abre un período extraordinario para el registro vía internet de la “Revista Vehicular 2015” del 20 de noviembre al 25 de Diciembre de 2015. SEGUNDO.- El periodo ampliado de revisión documental queda determinado para realizarse del 24 de noviembre al 28 de diciembre de 2015. TERCERO.- Se establece ampliación al calendario para la acreditación de la fase de Inspección Físico – Mecánica de la Revista Vehicular 2015 del Transporte Mercantil y Privado de Pasajeros del Distrito Federal del 27 de noviembre al 31 de diciembre de 2015. CUARTO.- Todos los concesionarios interesados deberán presentarse el día, hora y lugar señalado en la cita que emita el sistemay estarse a lo establecido en los términos de la “Revista Vehicular 2015”. QUINTO.- Los Concesionarios y/o permisionarios que proporcionan el servicio de transporte mercantil y privado de pasajeros en el Distrito Federal, ya sean personas físicas o morales, para adherirse a la apertura del periodo extraordinario de la Revista Vehicular 2015, deberán realizar el pago de la sanción que establece el artículo 102, fracción V, numeral 16, segundo párrafo del Reglamento de Transporte del Distrito Federal, consistente en 40 días de Salario Mínimo General Vigente en el Distrito Federal; la cual se pagará de manera adicional a los derechos correspondientes por la vigencia Anual de la Concesión y la Revista Vehicular 2015. SEXTO.- Los Concesionarios y/o Permisionarios deberán cumplir con las bases establecidas en el “ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER EL PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TRÁMITE DE REVISTA VEHICULAR 2015, A LOS CONCESIONARIOS Y/O PERMISIONARIOS QUE PRESTAN EL SERVICIO DE TRANSPORTE MERCANTIL Y PRIVADO DE PASAJEROS DEL DISTRITO FEDERAL”. T R A N S I T O R I O S PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. SEGUNDO.- El presente Aviso entrará en vigor a partir del mismo día de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. TERCERO.- La aplicación e interpretación del presente Aviso, se realizará a través de la Secretaría de Movilidad del Distrito Federal. Dado en la Ciudad de México a los dieciocho días del mes de noviembre de 2015. EL SECRETARIO DE MOVILIDAD (Firma HÉCTOR SERRANO CORTÉS
  • 15. 19 de Noviembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15 CONTRALORÍA GENERAL DEL DISTRITO FEDERAL Aurelio Linares Sánchez, Director General de Administración en la Contraloría General del Distrito Federal y Presidente del Comité Técnico Interno de Administración de Documentos de la Contraloría General del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 17, 27, 33, 34 y 35 inciso VIII de la Ley de Archivos del Distrito Federal; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 101-G fracción XIV del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y el numeral 10. Baja Documental o Depuración del Manual Específico de Operación Archivística de la Contraloría General del Distrito Federal, emito el siguiente: AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER LA BAJA DOCUMENTAL DEFINITIVA DE DIVERSA DOCUMENTACIÓN DE LA CONTRALORÍA GENERAL DEL DISTRITO FEDERAL Considerando que en la segunda sesión ordinaria celebrada el día 06 de noviembre de 2015 del Comité Técnico Interno de Administración de Documentos de la Contraloría General del Distrito Federal se aprobó una solicitud de Baja Documental para proceder con el destino final de los siguientes expedientes: ÁREA SOLICITANTE Coordinación General de Evaluación y Desarrollo Profesional SERIE/SUBSERIE Y NÚMERO DE EXPEDIENTES Serie 68. Procesos de evaluación, subserie 1. Evaluaciones: 21,224 expedientes de 2008-2009. TOTAL DE EXPEDIENTES: 21.224. INVENTARIOS: 2 en dos mil cuatrocientas dos fojas en formato electrónico (para consulta en el área solicitante). Transcurridos 30 (treinta) días hábiles a partir de la publicación del presente Aviso en la Gaceta Oficial del Distrito Federal se procederá a la destrucción (destino final) de los respectivos expedientes, en los cuales pudieran existir datos personales que han dejado de ser necesarios o pertinentes a los fines para los que hubiesen sido recolectados, de conformidad con lo que resulte aplicable con los artículos 5 y 9 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal y los numerales 9 y 14 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal. TRANSITORIO Único.- Publíquese el presente Aviso en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, asimismo, colóquese en los estrados, en la sección de avisos o en un área visible a todo el público de las oficinas de las áreas responsables de la Baja Documental, durante los treinta días hábiles correspondientes. Ciudad de México, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince. (Firma) Aurelio Linares Sánchez Director General de Administración en la Contraloría General del Distrito Federal y Presidente del Comité Técnico Interno de Administración de Documentos de la Contraloría General del Distrito Federal
  • 16. 16 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 de Noviembre de 2015 DELEGACIÓN LA MAGDALENA CONTRERAS JOSÉ FERNANDO MERCADO GUAIDA, JEFE DELEGACIONAL EN LA MAGDALENA CONTRERAS, con fundamento en los artículos 87 tercer párrafo, 104 y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 7, 10 fracción X, 37 y 39 fracciones VIII, XLV, LIV y LXXXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; 120, 121 y 122 último párrafo del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; así como en los numerales 6, 7 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal; y CONSIDERANDO 1. Que conforme al artículo 6 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, corresponde a cada ente público determinar, a través de su titular o en su caso, del órgano competente, la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales, conforme a su respectivo ámbito de competencia. 2. Que de conformidad con el artículo 7, fracción I de Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, y los numerales 6, 7 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, se establece que la creación, modificación o supresión de los sistemas de datos personales deberán publicarse en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. 3. Que los sistemas de datos personales que se modifican mediante el presente acuerdo fueron inscritos en el Registro Electrónico de Sistema de Datos Personales (RESDP) administrado por el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, en cumplimiento al artículo tercero transitorio de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales del Distrito Federal con relación al acuerdo 0182/SO/10-03/2010 emitido por el pleno del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal y publicado en la Gaceta Oficial de Distrito Federal el veintidós de marzo de dos mil diez. 4. Que por lo anterior, resulta necesaria la actualización de los siguientes sistemas de datos personales: APOYO DE SERVICIO FUNERARIO BÁSICO; APOYO INVERNAL Y SEGURIDAD ALIMENTARIA; AYUDA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD; CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL; SISTEMA DE COMERCIO EN VÍA PÚBLICA (SISCOVIP); SISTEMA DE CONTROL DE PANTEONES; PROGRAMA ESTRATEGIA DE ATENCIÓN A LAS FAMILIAS QUE HABITAN EN ZONAS DE ALTO RIESGO; FERIAS, EXPOSICIONES Y CONGRESOS VINCULADOS A LA PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES INDUSTRIALES, COMERCIALES Y ECONÓMICAS; ACTIVIDADES VINCULADAS A LA PROMOCIÓN ARTÍSTICA Y CULTURAL Y APOYO ECONÓMICO PARA FOMENTAR LA MÚSICA ORQUESTA SINFÓNICA JUVENIL; PROGRAMA DE NUTRICIÓN Y SALUD VISUAL; APOYO PARA ADULTOS MAYORES; PROGRAMA DE AYUDA A LA VIVIENDA EN MAL ESTADO; REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA; PROMOCIÓN Y DESARROLLO DE MICROEMPRESAS; SOLICITANTES DE SERVICIOS DE SALUD; SOLICITANTES DEL CENTRO DE SERVICIO Y ATENCIÓN CIUDADANA; CONSULTAS MÉDICO VETERINARIAS Y ESTERILIZACIONES; PADRÓN DE LOCATARIOS DE MERCADOS PÚBLICOS; ELABORACIÓN DE CERTIFICADOS DE RESIDENCIA; PROGRAMAS INTERNOS DE PROTECCIÓN CIVIL; ADMINISTRACIÓN DE MÓDULOS Y MÓDULOS DEPORTIVOS; ALARMAS VECINALES; APOYO PARA NIÑOS DE PRIMARIA, SECUNDARIA Y JÓVENES; ATENCIÓN PRE-HOSPITALARIA; CONSTANCIA DE IDENTIDAD; EXPEDIENTES LABORALES DE LOS TRABAJADORES DE LA MAGDALENA CONTRERAS; PROGRAMAS ESPECIALES DE PROTECCIÓN CIVIL; SOLICITANTES DE AUTORIZACIÓN DE JUEGOS PIROTÉCNICOS; Y SOLICITANTES DE TRÁMITES ANTE LA VENTANILLA ÚNICA DE LA DELEGACIÓN LA MAGDALENA CONTRERAS, para cumplir cabalmente con lo que señala la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, por lo que tengo a bien expedir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICAN DIVERSOS SISTEMAS DE DATOS PERSONALES A CARGO DE LA DELEGACIÓN LA MAGDALENA CONTRERAS PRIMERO. Que el Sistema de Datos Personales “APOYO DE SERVICIO FUNERARIO BÁSICO” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 24 de septiembre de 2013, con folio 0410028711666130924, se modifica en los siguientes apartados: …
  • 17. 19 de Noviembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 17 II. Finalidad o uso previsto. Se modifica para quedar como sigue: Recabar documentación, integrar expedientes y dar seguimiento a las solicitudes de servicios funerarios básicos por la comunidad de escasos recursos de la Delegación La Magdalena Contreras, con la finalidad de llevar un registro y comprobación de la entrega del apoyo correspondiente. III. Normatividad aplicable. Se adiciona la siguiente normatividad: Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito Federal. IV. Origen de los Datos. Se adiciona lo siguiente: Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Solicitantes del apoyo de servicio funerario básico. V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales: Se adicionan los siguientes datos: Datos identificativos: Edad, fecha de nacimiento, clave única de registro de población (CURP), firma, fotografía, género, clave de elector. Datos biométricos: Huella dactilar. … VII. Unidad Administrativa y responsable del sistema de datos personales. Se modifica para quedar como sigue: Unidad Administrativa Responsable: Dirección General de Participación Ciudadana. Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Director General de Participación Ciudadana. VIII. Nivel de seguridad: Se modifica para quedar como sigue: Alto. SEGUNDO. Que el Sistema de Datos Personales “APOYO INVERNAL Y SEGURIDAD ALIMENTARIA” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 17 de enero de 2012, con folio 0410024141413120117, se modifica en los siguientes apartados: … II. Finalidad o uso previsto. Se modifica para quedar como sigue:
  • 18. 18 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 de Noviembre de 2015 Recabar documentación y dar seguimiento a las solicitudes de integración a los Programas de Apoyo Invernal y Seguridad Alimentaria que se implementan en beneficio de la población de la Delegación La Magdalena Contreras que resulta afectada por el descenso de temperatura y que se encuentra en situación de carencia económica, a través de la entrega de los apoyos señalados en las Reglas de Operación vigentes, así como el establecimiento de mecanismos de control para la integración de los expedientes de los beneficiarios de los citados programas y la integración de los padrones respectivos. III. Normatividad aplicable. Se adiciona la siguiente normatividad: Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. Manual Administrativo del Órgano Político en la Delegación La Magdalena Contreras. Reglas de Operación del Programa Apoyo Invernal. Reglas de Operación del Programa Seguridad Alimentaria. IV. Origen de los Datos. Se adiciona lo siguiente: Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Beneficiarios de los Programas de Apoyo Invernal y Seguridad Alimentaria. V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales: Se adicionan los siguientes datos: Datos identificativos: Fotografía y clave de elector. Datos biométricos: Huella dactilar. VI. Cesión de los Datos. Se adiciona el siguiente destinatario: Destinatarios Finalidad genérica Fundamento legal Consejo de Evaluación del Desarrollo Social Evaluación de Programas Sociales Artículos 42A, 42B y 42C, fracción I de la Ley Desarrollo Social para el Distrito Federal TERCERO. Que el Sistema de Datos Personales “APOYO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 12 de enero de 2012, con folio 0410024041413120112, se modifica en los siguientes apartados: … II. Finalidad o uso previsto. Se modifica para quedar como sigue: Recabar documentación y dar seguimiento a las solicitudes de integración al Programa de Apoyo para Personas con Discapacidad que se implementa en beneficio de personas con discapacidad habitantes de la Delegación La Magdalena Contreras, a través de la entrega de los apoyos señalados en las Reglas de Operación vigentes, así como el establecimiento de mecanismos de control para la integración de los expedientes de los beneficiarios del citado programa y la integración de los padrones respectivos.
  • 19. 19 de Noviembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 III. Normatividad aplicable. Se elimina la siguiente normatividad: Reglamento de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. Reglamento de la Ley de Archivos del Distrito Federal. IV. Origen de los Datos. Se adiciona lo siguiente: Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Beneficiarios del Programa de Apoyo para Personas con Discapacidad, padre, madre o tutor. V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales: Se adicionan los siguientes datos: Datos identificativos: Fotografía y clave de elector. Datos biométricos: Huella dactilar. VI. Cesión de los Datos. Se adiciona el siguiente destinatario: Destinatarios Finalidad genérica Fundamento legal Consejo de Evaluación del Desarrollo Social Evaluación de Programas Sociales Artículos 42A, 42B y 42C, fracción I de la Ley Desarrollo Social para el Distrito Federal CUARTO. Que el Sistema de Datos Personales “CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 12 de enero de 2012, con folio 0410024001418120112, se modifica en los siguientes apartados: … II. Finalidad o uso previsto. Se modifica para quedar como sigue: Crear expedientes de los niños y niñas que acuden a los Centros de Desarrollo Infantil, así como el registro de las madres y padres que utilizan el servicio, con la finalidad de generar estadísticas sociales del funcionamiento y servicio que se les brinda. III. Normatividad aplicable. Se adiciona la siguiente normatividad: Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. IV. Origen de los Datos. Se adiciona lo siguiente:
  • 20. 20 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 de Noviembre de 2015 Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Infante, madre o padre y miembros del núcleo familiar. QUINTO. Que el Sistema de Datos Personales “SISTEMA DE COMERCIO EN VÍA PÚBLICA (SISCOVIP)” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 08 de julio de 2010, con folio 0410015621025100708, se modifica en los siguientes apartados: I. Identificación del Sistema de Datos Personales. Se modifica para quedar como sigue: “SISTEMA DE COMERCIO EN VÍA PÚBLICA” II. Finalidad o uso previsto. Se modifica para quedar como sigue: Crear expedientes para llevar un registro actualizado de las personas que realizan actividades comerciales en la vía pública dentro de la demarcación de la Delegación La Magdalena Contreras, así como para verificar el cumplimiento del Reglamento de Mercados y demás ordenamientos que intervengan en el otorgamiento de permisos para el uso de la vía pública sin que se afecte la naturaleza y destino de la misma. III. Normatividad aplicable. Se adiciona la siguiente normatividad: Manual Administrativo del Órgano Político en la Delegación La Magdalena Contreras. Reglamento de Mercados para el Distrito Federal. IV. Origen de los Datos. Se adiciona lo siguiente: Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Solicitantes de permiso para uso de vía pública. … VII. Unidad Administrativa y responsable del sistema de datos personales: Se modifica para quedar como sigue: Unidad Administrativa Responsable: Dirección de Gobierno. SEXTO. Que el Sistema de Datos Personales “SISTEMA DE CONTROL DE PANTEONES” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 08 de julio de 2010, con folio 0410015601027100708, se modifica en los siguientes apartados: I. Identificación del Sistema de Datos Personales. Se modifica para quedar como sigue: “SOLICITANTES DE TRÁMITES EN PANTEONES” II. Finalidad o uso previsto.
  • 21. 19 de Noviembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 21 Se modifica para quedar como sigue: Contar con un registro de los propietarios de las fosas, así como de la disponibilidad y ocupación de lugares en los cementerios delegacionales, con la finalidad autorizar y expedir los trámites de inhumaciones, exhumaciones, destino de restos, cremaciones, traslado de cuerpos, perpetuidades y refrendos. III. Normatividad aplicable. Se adiciona la siguiente normatividad: Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito Federal. Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal. Manual Administrativo del Órgano Político en la Delegación La Magdalena Contreras. IV. Origen de los Datos. Se adiciona lo siguiente: Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Solicitantes de trámites en panteones. … VII. Unidad Administrativa y responsable del sistema de datos personales: Se modifica para quedar como sigue: Unidad Administrativa Responsable: Subdirección de Gestión de Gobierno. Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Subdirector de Gestión de Gobierno. SÉPTIMO. Que el Sistema de Datos Personales “PROGRAMA ESTRATEGIA DE ATENCIÓN A LAS FAMILIAS QUE HABITAN EN ZONAS DE ALTO RIESGO” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 17 de enero de 2012, con folio 0410024211416120117, se modifica en los siguientes apartados: I. Identificación del Sistema de Datos Personales. Se modifica para quedar como sigue: “REGISTRO DE FAMILIAS QUE HABITAN EN ZONAS DE ALTO RIESGO” II. Finalidad o uso previsto. Se modifica para quedar como sigue: Contar con un registro de las personas de la Delegación La Magdalena Contreras que habitan en zonas de alto riesgo, con la finalidad de impulsar y ejecutar acciones de rehabilitación de vivienda, así como gestionar programas de otorgamiento de créditos para la vivienda. III. Normatividad aplicable. Se adiciona la siguiente normatividad:
  • 22. 22 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 de Noviembre de 2015 Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito Federal. IV. Origen de los Datos. Se adiciona lo siguiente: Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Solicitante del registro. OCTAVO. Que el Sistema de Datos Personales “FERIAS, EXPOSICIONES Y CONGRESOS VINCULADOS A LA PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES INDUSTRIALES, COMERCIALES Y ECONÓMICAS” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 07 de marzo de 2012, con folio 0410024411430120307, se modifica en los siguientes apartados: … II. Finalidad o uso previsto. Se modifica para quedar como sigue: Integrar expedientes de artesanos, productores o microempresarios de la Delegación La Magdalena Contreras, con la finalidad de llevar un registro y coadyuvar en la promoción y desarrollo de la microempresa, propiciando la participación de diversos sectores, en proyectos viables de desarrollo económico en atención a las características económicas y poblacionales de la demarcación territorial. III. Normatividad aplicable. Se adiciona la siguiente normatividad: Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. IV. Origen de los Datos. Se adiciona lo siguiente: Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Artesanos, productores y microempresarios. NOVENO. Que el Sistema de Datos Personales “ACTIVIDADES VINCULADAS A LA PROMOCIÓN ARTÍSTICA Y CULTURAL Y APOYO ECONÓMICO PARA FOMENTAR LA MÚSICA ORQUESTA SINFÓNICA JUVENIL” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 12 de enero de 2012, con folio 0410024031414120112, se modifica en los siguientes apartados: … II. Finalidad o uso previsto. Se modifica para quedar como sigue: Recabar documentación y dar seguimiento a las solicitudes de jóvenes que habitan en la Delegación La Magdalena Contreras en la integración a los Programas de Apoyo Económico para Fomento a la Música Orquesta Sinfónica Juvenil y Apoyo para Jóvenes, a través de la entrega de los apoyos señalados en las Reglas de Operación vigentes, con la finalidad de verificar la implementación de los programas y proyectos en materia juvenil tomando como eje rector los derechos de las y los jóvenes, la transversalidad y la perspectiva de género.
  • 23. 19 de Noviembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 23 III. Normatividad aplicable. Se elimina la siguiente normatividad: Reglamento de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. Reglamento de la Ley de Archivos del Distrito Federal. Se adiciona la siguiente normatividad: Reglas de Operación del Programa Apoyo para Jóvenes. IV. Origen de los Datos. Se adiciona lo sigue: Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Beneficiarios de los Programas Apoyo Económico para Fomento a la Música Orquesta Sinfónica Juvenil y Apoyo para Jóvenes, padre, madre o tutor. … VI. Cesión de los Datos. Se adiciona el siguiente destinatario: Destinatarios Finalidad genérica Fundamento legal Consejo de Evaluación del Desarrollo Social Evaluación de Programas Sociales Artículos 42A, 42B y 42C, fracción I de la Ley Desarrollo Social para el Distrito Federal DÉCIMO. Que el Sistema de Datos Personales “MANIFESTACIONES Y LICENCIAS DE CONTRUCCIÓN” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 20 de febrero de 2012, con folio 0410024321409120220, se modifica en los siguientes apartados: I. Identificación del Sistema de Datos Personales. Se modifica para quedar como sigue: “SOLICITANTES DE TRÁMITES DE MANIFESTACIONES Y LICENCIAS DE CONTRUCCIÓN” II. Finalidad o uso previsto. Se modifica para quedar como sigue: Integrar expedientes de los propietarios o poseedores que soliciten el registro de manifestaciones de construcción tipo A, B y C, así como de los trámites para la expedición de licencias de construcción especial, visto bueno de seguridad y ocupación, a fin de revisar los datos y documentos ingresados para el registro correspondiente e intervenir en la verificación del desarrollo de los trabajos. III. Normatividad aplicable. Se adiciona la siguiente normatividad: Manual Administrativo del Órgano Político en la Delegación La Magdalena Contreras. IV. Origen de los Datos.
  • 24. 24 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 de Noviembre de 2015 Se adiciona lo siguiente: Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Solicitantes de trámites de manifestaciones y licencias de construcción y representante legal. … VI. Cesión de los Datos. Se elimina el siguiente destinatario: Destinatarios Finalidad genérica Fundamento legal Instituto Mexicano del Seguro Social Para el seguimiento y consulta de procesos judiciales respecto a las construcciones de la demarcación. Código Fiscal de la Federación, Art. 42-A, y la Ley del Seguro Social Art. 251 fracción XX. UNDÉCIMO. Que el Sistema de Datos Personales “PROGRAMA DE NUTRICIÓN Y SALUD VISUAL” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 17 de enero de 2012, con folio 0410024131413120117, se modifica en los siguientes apartados: … II. Finalidad o uso previsto. Se modifica para quedar como sigue: Recabar documentación y dar seguimiento a las solicitudes de integración a los Programas de Nutrición y Salud Visual que se implementan en beneficio de los jefes y jefas de familia de la Delegación La Magdalena Contreras, con menores de hasta 12 años y con carencia económica, así como de la población contrerense de escasos recursos que tenga problemas refractivos susceptibles de corrección mediante el usos de anteojos, a través de la entrega de los apoyos señalados en las Reglas de Operación vigentes, así como el establecimiento de mecanismos de control para la integración de los expedientes de los beneficiarios de los citados programas y la integración de los padrones respectivos. III. Normatividad aplicable. Se adiciona la siguiente normatividad: Manual Administrativo del Órgano Político en la Delegación La Magdalena Contreras. Reglas de Operación del Programa Nutrición. Reglas de Operación del Programa Salud Visual. IV. Origen de los Datos. Se adiciona lo siguiente: Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Beneficiarios de los Programas de Nutrición y Salud Visual, padre, madre o tutor. V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales. Se adicionan los siguientes datos: Datos identificativos: Clave de elector, estado civil y fotografía. Datos biométricos: Huellas dactilares.
  • 25. 19 de Noviembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 VI. Cesión de los Datos. Se adiciona el siguiente destinatario: Destinatarios Finalidad genérica Fundamento legal Consejo de Evaluación del Desarrollo Social Evaluación de Programas Sociales Artículos 42A, 42B y 42C, fracción I de la Ley Desarrollo Social para el Distrito Federal DUODÉCIMO. Que el Sistema de Datos Personales “APOYO PARA ADULTOS MAYORES” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 17 de enero de 2012, con folio 0410024151412120117, se modifica en los siguientes apartados: … II. Finalidad o uso previsto. Se modifica para quedar como sigue: Recabar documentación y dar seguimiento a las solicitudes de integración al Programa Apoyo para Adultos Mayores que se implementa en beneficio de la población adulta mayor habitante de la Delegación La Magdalena Contreras, a través de la entrega de los apoyos señalados en las Reglas de Operación vigentes, así como el establecimiento de mecanismos de control para la integración de los expedientes de los beneficiarios de los citados programas y la integración de los padrones respectivos. III. Normatividad aplicable. Se adiciona la siguiente normatividad: Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. Reglas de Operación del Programa de Apoyo para Adultos Mayores. Manual Administrativo del Órgano Político en la Delegación La Magdalena Contreras. IV. Origen de los Datos. Se adiciona lo siguiente: Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Beneficiarios del Programa de Apoyo para Adultos Mayores. V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales. Se adicionan los siguientes datos: Datos identificativos: Clave de elector y fotografía. Datos biométricos: Huellas dactilares. VI. Cesión de los Datos. Se adiciona el siguiente destinatario: Destinatarios Finalidad genérica Fundamento legal Consejo de Evaluación del Desarrollo Social Evaluación de Programas Sociales Artículos 42A, 42B y 42C, fracción I de la Ley Desarrollo Social para el Distrito Federal
  • 26. 26 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 de Noviembre de 2015 DECIMOTERCERO. Que el Sistema de Datos Personales “PROGRAMA DE AYUDA A LA VIVIENDA EN MAL ESTADO” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 07 de marzo de 2012, con folio 0410024451433120307, se modifica en los siguientes apartados: … II. Finalidad o uso previsto. Se modifica para quedar como sigue: Integrar expedientes de familias en estado de vulnerabilidad económica que habitan en viviendas precarias en la Delegación La Magdalena Contreras, con la finalidad de impulsar programas de mejoramiento de vivienda y la ejecución de actividades de rehabilitación de vivienda. III. Normatividad aplicable. Se adiciona la siguiente normatividad: Ley de Vivienda del Distrito Federal. Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito Federal. IV. Origen de los Datos. Se adiciona lo siguiente: Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Beneficiarios del programa ayuda a la vivienda en mal estado. … VI. Cesión de los Datos, se adiciona el siguiente destinatario: Destinatarios Finalidad genérica Fundamento legal Instituto de Vivienda del Distrito Federal. Verificar el cumplimiento de las normas vigentes y evaluar la realización de los programas. Artículo 10, fracción V, inciso a) de la Ley de Vivienda del Distrito Federal. DECIMOCUARTO. Que el Sistema de Datos Personales “REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 12 de enero de 2012, con folio 0410024021415120112, se modifica en los siguientes apartados: … II. Finalidad o uso previsto. Se modifica para quedar como sigue: Integrar expedientes de los habitantes de la Delegación La Magdalena Contreras que soliciten la regularización de la tenencia de la tierra, por no contar con un título de propiedad que legitime sus derechos, a fin de coordinar y organizar la participación de los vecinos en programas de regularización territorial. III. Normatividad aplicable. Se adiciona la siguiente normatividad:
  • 27. 19 de Noviembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 27 Ley Agraria. Ley General de Asentamientos Humanos. Ley del Régimen Patrimonial y de Servicio Público. Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal. Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural. Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito Federal. IV. Origen de los Datos. Se adiciona lo siguiente: Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Solicitantes del trámite de regularización. … VI. Cesión de los Datos. Se adiciona el siguiente destinatario: Destinatarios Finalidad genérica Fundamento legal Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra. Coadyuvar con los gobiernos de los estados, de los municipios y del Distrito Federal, cuando lo soliciten, en los términos de los convenios que al efecto se celebren, en sus procedimientos de regularización de la tenencia de la tierra. Artículo 3, fracción VI del Estatuto Orgánico de la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra. Dirección General de Regularización Territorial de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales. Promover y apoyar las acciones de regularización de la tenencia de la tierra en el Distrito Federal. Artículo 118 Bis, fracción I del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. DECIMOQUINTO. Que el Sistema de Datos Personales “PROMOCIÓN Y DESARROLLO DE MICROEMPRESAS” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 28 de agosto de 2015, con folio 0410031041432150828, se modifica en los siguientes apartados: … II. Finalidad o uso previsto. Se modifica para quedar como sigue: Integrar expedientes de personas físicas de la Delegación La Magdalena Contreras con actividad empresarial, para apoyar la comercialización y distribución de sus productos y servicios, a fin de coadyuvar en la promoción y desarrollo de la microempresa, propiciando la participación de diversos sectores en proyectos viables de desarrollo económico, en atención a las características económicas y poblacionales de la demarcación territorial. … IV. Origen de los Datos. Se adiciona lo siguiente:
  • 28. 28 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 de Noviembre de 2015 Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Artesano, productor y microempresario. DECIMOSEXTO. Que el Sistema de Datos Personales “SOLICITANTES DEL SERVICIO DE SALUD” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 24 de septiembre de 2013, con folio 0410028721667130924, se modifica en los siguientes apartados: … II. Finalidad o uso previsto. Se modifica para quedar como sigue: Integrar expedientes de la población que se encuentra en situación de vulnerabilidad a la que se le brinda atención médica, a fin de apoyar la ejecución de la Política Social de atención integral de salud y la generando programas de atención a la comunidad para la prevención y control de enfermedades, así como la canalización de pacientes a hospitales públicos o privados de segundo y tercer nivel. III. Normatividad aplicable. Se adiciona la siguiente normatividad: Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. Manual Administrativo del Órgano Político en la Delegación La Magdalena Contreras. IV. Origen de los Datos. Se adiciona lo siguiente: Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Solicitantes del servicio de salud. … VII. Unidad Administrativa y responsable del sistema de datos personales: Se modifica para quedar como sigue: Unidad Administrativa Responsable: Subdirección de Servicios Médicos. DECIMOSÉPTIMO. Que el Sistema de Datos Personales “SOLICITANTES DEL CENTRO DE SERVICIO Y ATENCIÓN CIUDADANA” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 24 de septiembre de 2013, con folio 0410028741669130924, se modifica en los siguientes apartados: … II. Finalidad o uso previsto. Se modifica para quedar como sigue: Registrar las solicitudes presentadas por los ciudadanos, a fin de coordinar los trabajos relacionados con la atención, gestión y seguimiento de la demanda ciudadana, de los servicios que proporciona la Delegación La Magdalena Contreras. …
  • 29. 19 de Noviembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 29 IV. Origen de los Datos. Se adiciona lo siguiente: Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Solicitantes del servicio. DECIMOCTAVO. Que el Sistema de Datos Personales “CONSULTAS MÉDICO VETERINARIAS Y ESTERILIZACIONES” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 12 de enero de 2012, con folio 0410024011417120112, se modifica en los siguientes apartados: I. Identificación del Sistema de Datos Personales. Se modifica para quedar como sigue: “CONTROL Y VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA” II. Finalidad o uso previsto. Se modifica para quedar como sigue: Integrar expedientes de los habitantes de la demarcación territorial que solicitan la devolución de perro capturado en la vía pública, pensión de animales, atención ciudadana y animales agresores, con la finalidad de planear, coordinar y supervisar los programas de salud animal manteniendo la vigilancia epidemiológica para controlar la población canina y felina, así como para el desarrollo de un modelo de cultura que permita que la sociedad tenga conocimiento en el cuidado y derechos de sus mascotas. III. Normatividad aplicable. Se adiciona la siguiente normatividad: Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. IV. Origen de los Datos. Se adiciona lo siguiente: Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Solicitantes del servicio. V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales. Se eliminan los siguientes datos: Datos identificativos: Edad y fotografía. Se adicionan el siguiente dato: Datos identificativos: Número de identificación oficial. DECIMONOVENO. Que el Sistema de Datos Personales “PADRÓN DE LOCATARIOS DE MERCADOS PÚBLICOS” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 08 de julio de 2010, con folio 0410015591026100708, se modifica en los siguientes apartados:
  • 30. 30 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 de Noviembre de 2015 … II. Finalidad o uso previsto. Se modifica para quedar como sigue: Registrar, identificar y contar con un padrón de locatarios de los mercados públicos de la Delegación La Magdalena Contreras, derivado de las solicitudes de refrendo de la cédula de empadronamiento, traspaso, cesión de derechos, remodelaciones de locales y permisos temporales, con la finalidad de administrar los mercados públicos de la demarcación territorial de acuerdo a las disposiciones jurídicas aplicables. III. Normatividad aplicable. Se adiciona la siguiente normatividad: Manual Administrativo del Órgano Político en la Delegación La Magdalena Contreras. IV. Origen de los Datos. Se adiciona lo siguiente: Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Concesionarios de los mercados públicos y representante legal. … VI. Cesión de los Datos Se adiciona el siguiente destinatario: Destinatarios Finalidad genérica Fundamento legal Órganos de Control Interno. Para la realización de auditorías o desarrollo de investigaciones por presuntas faltas administrativas. Artículos 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, 28 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y demás aplicables. VII. Unidad Administrativa y responsable del sistema de datos personales: Se modifica para quedar como sigue: Unidad Administrativa Responsable: Dirección de Gobierno. VIGÉSIMO. Que el Sistema de Datos Personales “ELABORACIÓN DE CERTIFICADOS DE RESIDENCIA” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 22 de diciembre de 2011, con folio 0410023951403111222, se modifica en los siguientes apartados: … II. Finalidad o uso previsto. Se modifica para quedar como sigue: Verificación, registro e integración de expedientes de las solicitudes efectuadas por habitantes de la Delegación La Magdalena Contreras, para acreditar que residen dentro de la demarcación territorial, con la finalidad de supervisar la correcta expedición de Certificados de Residencia.
  • 31. 19 de Noviembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 31 III. Normatividad aplicable, se adiciona la siguiente normatividad: Manual Administrativo del Órgano Político en la Delegación La Magdalena Contreras. IV. Origen de los Datos. Se adiciona lo siguiente: Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Solicitantes de certificados y representante legal. … VII. Unidad Administrativa y responsable del sistema de datos personales: Se modifica para quedar como sigue: Unidad Administrativa Responsable: Subdirección de Gestión de Gobierno Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Subdirector de Gestión de Gobierno VIGÉSIMO PRIMERO. Que el Sistema de Datos Personales “PROGRAMAS INTERNOS DE PROTECCIÓN CIVIL” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 17 de enero de 2012, con folio 0410024221406120117, se modifica en los siguientes apartados: … II. Finalidad o uso previsto. Se modifica para quedar como sigue: Integración de expedientes y seguimiento a las solicitudes efectuadas por ciudadanos que requieren la revisión de sus programas internos de protección civil, con el fin de evaluar las acciones de emergencia implementadas en industrias, comercios y en general en los establecimientos del sector público y privado de conformidad a las leyes y reglamentos de la materia. III. Normatividad aplicable, se adiciona la siguiente normatividad: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. Ley General de Protección Civil. Reglamento de la Ley de Protección Civil para el Distrito Federal. IV. Origen de los Datos. Se adiciona lo siguiente: Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Interesado, representante legal y autorizado. VIGÉSISMO SEGUNDO. Que el Sistema de Datos Personales “ADMINISTRACIÓN DE MÓDULOS Y MÓDULOS DEPORTIVOS” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 28 de agosto de 2015, con folio 0410030961966150828, se modifica en los siguientes apartados: …
  • 32. 32 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 de Noviembre de 2015 II. Finalidad o uso previsto. Se modifica para quedar como sigue: Integrar expedientes de la población de la Delegación Magdalena Contreras que es usuaria de los Centros Deportivos para la realización de alguna actividad física, deportiva o recreativa, con la finalidad de generar estrategias de difusión para fomentar el uso de las instalaciones deportivas de la delegación, así como mantener los Centros Deportivos que generan recursos autogenerados en óptimas condiciones. III. Normatividad aplicable: Se elimina la siguiente normatividad: Reglamento de la Ley de Archivos del Distrito Federal. Reglamento de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. IV. Origen de los Datos. Se adiciona lo siguiente: Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Solicitantes de los servicios en los Centros Deportivos VIGÉSIMO TERCERO. Que el Sistema de Datos Personales “ALARMAS VECINALES” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 28 de agosto de 2015, con folio 0410030971965150828, se modifica en los siguientes apartados: … II. Finalidad o uso previsto. Se modifica para quedar como sigue: Contar con un registro de los habitantes de la Delegación La Magdalena Contreras que solicitan una alarma para su hogar, a fin de establecer un enlace entre la Delegación y la ciudadanía, con la finalidad de coordinar las acciones que en materia de seguridad se apliquen, así como la expedición de programas de prevención del delito en beneficio de la población contrerense. III. Normatividad aplicable: Se adiciona la siguiente normatividad: Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito Federal. Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal. Manual Administrativo del Órgano Político en la Delegación La Magdalena Contreras. IV. Origen de los Datos. Se adiciona lo siguiente: Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Beneficiarios del Programa de Alarmas Vecinales. V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales:
  • 33. 19 de Noviembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 33 Se adiciona la siguiente categoría: Datos patrimoniales: Bienes inmuebles. VIGÉSISMO CUARTO. Que el Sistema de Datos Personales “APOYO PARA NIÑOS DE PRIMARIA, SECUNDARIA Y JÓVENES” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 28 de agosto de 2015, con folio 0410030981967150828, se modifica en los siguientes apartados: I. Identificación del Sistema de Datos Personales. Se modifica para quedar como sigue: “APOYO PARA NIÑOS DE PRIMARIA Y SECUNDARIA” II. Finalidad o uso previsto. Se modifica para quedar como sigue: Recabar documentación y dar seguimiento a las solicitudes de niños de primaria y secundaria en estado de vulnerabilidad, a través de la entrega de los apoyos señalados en las Reglas de Operación vigentes, con la finalidad de planear, dirigir y supervisar programas locales en el ámbito educativo. III. Normatividad aplicable Se adiciona la siguiente normatividad: Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito Federal. Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal. Manual Administrativo del Órgano Político en la Delegación La Magdalena Contreras. Reglas de Operación del Programa Apoyo para Niños de Primaria. Reglas de Operación del Programa Apoyo para Niños de Secundaria. IV. Origen de los Datos. Se adiciona lo siguiente: Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Beneficiarios de los Programas de Apoyo a Niños de Primaria y Secundaria, padre, madre o tutor. V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales. Se adicionan los siguientes datos: Datos identificativos: Clave de elector y fotografía. Datos biométricos: Huellas dactilares. VI. Cesión de los Datos. Se adiciona el siguiente destinatario: Destinatarios Finalidad genérica Fundamento legal Consejo de Evaluación del Desarrollo Social Evaluación de Programas Sociales Artículos 42A, 42B y 42C, fracción I de la Ley Desarrollo Social para el Distrito Federal
  • 34. 34 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 de Noviembre de 2015 VIGÉSIMO QUINTO. Que el Sistema de Datos Personales “ATENCIÓN PRE-HOSPITALARIA” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 28 de agosto de 2015, con folio 0410030991968150828, se modifica en los siguientes apartados: … II. Finalidad o uso previsto. Se modifica para quedar como sigue: Crear expedientes de las personas que son atendidas en caso de emergencia, para dar atención pre-hospitalaria hasta que los individuos afectados reciban atención en el nivel asistencial apropiado, con la finalidad de planear las acciones con el Sistema de Emergencia para la atención en una situación de emergencia o desastre. III. Normatividad aplicable. Se adiciona la siguiente normatividad: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. Ley General de Salud. Ley de Salud del Distrito Federal. IV. Origen de los Datos. Se adiciona lo siguiente: Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Solicitante de atención pre-hospitalaria. VIGÉSIMO SEXTO. Que el Sistema de Datos Personales “CONSTANCIA DE IDENTIDAD” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 28 de agosto de 2015, con folio 0410031051969150828, se modifica en los siguientes apartados: … II. Finalidad o uso previsto. Se modifica para quedar como sigue: Verificación, registro e integración de expedientes de las solicitudes efectuadas por habitantes de la Delegación La Magdalena Contreras, para acreditar la situación en que se encuentra una persona, con la finalidad de supervisar la correcta expedición de Constancias de Identidad. III. Normatividad aplicable. Se adiciona la siguiente normatividad: Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito Federal. Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal. Manual Administrativo del Órgano Político en la Delegación La Magdalena Contreras. IV. Origen de los Datos.
  • 35. 19 de Noviembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 35 Se adiciona lo siguiente: Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Solicitantes de constancias y testigos. … VII. Unidad Administrativa y responsable del sistema de datos personales: Se modifica para quedar como sigue: Unidad Administrativa Responsable: Subdirección de Gestión de Gobierno Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Subdirector de Gestión de Gobierno VIGÉSIMO SÉPTIMO. Que el Sistema de Datos Personales “EXPEDIENTES LABORALES DE LOS TRABAJADORES DE LA MAGDALENA CONTRERAS” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 28 de agosto de 2015, con folio 0410031001970150828, se modifica en los siguientes apartados: … III. Normatividad aplicable. Se adiciona la siguiente normatividad: Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito Federal. Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal. Manual Administrativo del Órgano Político en la Delegación La Magdalena Contreras. IV. Origen de los Datos. Se adiciona lo siguiente: Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Trabajador, referencias personales y laborales, beneficiarios, padres, cónyuge e hijos. V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales. Se adicionan las siguientes categorías: Datos identificativos: Clave de elector, firma y fotografía. Datos biométricos: Huella digital. VI. Cesión de los Datos. Se elimina el siguiente destinatario: Destinatarios Finalidad genérica Fundamento legal Instituciones Financieras. Prestación de servicios bancarios. Normatividad en materia de administración de recursos para los órganos políticos administrativos, Circular uno bis, numeral 1.8.9. Se agregan los siguientes usuarios: Banco Santander (México) S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander México.
  • 36. 36 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 de Noviembre de 2015 Domicilio: San Jerónimo 630, local HO-26, Colonia Pedral de San Jerónimo, Delegación Álvaro Obregón, C.P. 01900. Denominación del acto jurídico: Contrato múltiple de apertura de cuentas de depósito básicas (persona física). Finalidad permanente: Apertura de las cuentas de nómina de los servidores públicos de la Delegación. Vigencia del acto jurídico: Permanente. Seguros MULTIVA, S.A. Grupo Financiero MULTIVA Domicilio: Cerrada de Tecamachalco número 45, primer piso, Colonia Reforma Social, Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11650. Denominación del acto jurídico: Contrato de seguro de vida institucional. Finalidad permanente: Otorgar a los servidores públicos de la Delegación un seguro de vida. Vigencia del acto jurídico: Permanente. VIGÉSIMO OCTAVO. Que el Sistema de Datos Personales “PROGRAMAS ESPECIALES DE PROTECCIÓN CIVIL” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 28 de agosto de 2015, con folio 0410031031971150828, se modifica en los siguientes apartados: … II. Finalidad o uso previsto. Se modifica para quedar como sigue: Integración de expedientes y seguimiento a las solicitudes efectuadas por ciudadanos que requieren la revisión de sus programas especiales de protección civil, con el fin de evaluar las acciones de emergencia implementadas en industrias, comercios y en general en los establecimientos del sector público y privado de conformidad a las leyes y reglamentos de la materia. III. Normatividad aplicable. Se adiciona la siguiente normatividad: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos en el Distrito Federal. IV. Origen de los Datos. Se adiciona lo siguiente: Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Interesado, representante legal y autorizado. VIGÉSIMO NOVENO. Que el Sistema de Datos Personales “SOLICITANTES DE AUTORIZACIÓN DE JUEGOS PIROTÉCNICOS” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 28 de agosto de 2015, con folio 0410031021972150828, se modifica en los siguientes apartados: … II. Finalidad o uso previsto. Se modifica para quedar como sigue: Crear expedientes de solicitantes de autorización de eventos en los que se hará uso de juegos pirotécnicos, realizando una inspección previa al evento verificando las condiciones óptimas de seguridad de los asistentes, con la finalidad de coordinar las acciones administrativas de las solicitudes en materia de pirotecnia.
  • 37. 19 de Noviembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 37 III. Normatividad aplicable. Se adiciona la siguiente normatividad: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. IV. Origen de los Datos. Se adiciona lo siguiente: Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Solicitantes de autorización de juegos pirotécnicos, representante legal y autorizado. TRIGÉSIMO. Que el Sistema de Datos Personales “SOLICITANTES DE TRÁMITES ANTE LA VENTANILLA ÚNICA DE LA DELEGACIÓN LA MAGDALENA CONTRERAS” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 28 de agosto de 2015, con folio 0410031011973150828, se modifica en los siguientes apartados: … III. Normatividad aplicable. Se adiciona la siguiente normatividad: Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito Federal. Manual Administrativo del Órgano Político en la Delegación La Magdalena Contreras. IV. Origen de los Datos. Se adiciona lo siguiente: Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Solicitantes de trámites. TRANSITORIOS PRIMERO.- Publíquese el presente Acuerdo por el que se modifican diversos Sistemas de Datos Personales a cargo de la Delegación La Magdalena Contreras. SEGUNDO.- Se instruye a los Responsables de los Sistemas de Datos Personales para que en un plazo no mayor a diez días hábiles a partir de la presente publicación, realicen las modificaciones en el Registro de Electrónico de Sistemas de Datos Personales (RESDP). TERCERO.- Se instruye al Enlace en Materia de Datos Personales de la Delegación La Magdalena Contreras, a efecto de una vez publicado el presente acuerdo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, lo notifique a la Dirección de Datos Personales del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, en un plazo no mayor a los diez días hábiles siguientes. México, Distrito Federal a once de noviembre del año dos mil quince. (Firma) JOSÉ FERNANDO MERCADO GUAIDA JEFE DELEGACIONAL EN LA MAGDALENA CONTRERAS
  • 38. 38 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 de Noviembre de 2015 FIDEICOMISO MUSEO DEL ESTANQUILLO LIC. HENOC DE SANTIAGO DULCHÉ, Director General del Fideicomiso Museo del Estanquillo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 8 fracción II, 12 fracción I, 52, 67 fracciones II y XX inciso e, 87, 88, 97, 98, 99 fracción II y 100 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, 2cuarto párrafo,2, 3 fracciones I, II, IX, 6, 40, 43, 46, 48, 53, 54 fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, cláusula Décima Primera numeral 4 y 16 del Contrato de Fideicomiso No. 3061 y numeral 8.2 de las Reglas de Operación del Fideicomiso Museo del Estanquillo, Lineamiento Quinto fracción XII y Trigésimo Octavo de los Lineamientos Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública del Distrito Federal y de conformidad con el Registro MA-46/271015-E-FME-18/2006 emitido mediante oficio OM/CGMA/2044/2015 por la Coordinación General de Modernización Administrativa adscrita a la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal, tengo a bien expedir el siguiente: AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL ENLACE ELECTRÓNICO DONDE PODRÁ SER CONSULTADO EL MANUAL ADMINISTRATIVO DEL FIDEICOMISO MUSEO DEL ESTANQUILLO CON NÚMERO DE REGISTRO MA-46/271015-E-FME-18/2006, EMITIDO POR LA COORDINACIÓN GENERAL DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA ADSCRITA A LA OFICIALIA MAYOR DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL. El Manual Administrativo del Fideicomiso Museo del Estanquillo estará disponible para su consulta y descarga en el sitio web del Fideicomiso Museo del Estanquillo en la siguiente dirección electrónica, http://www.museodelestanquillo.com dentro de la pestaña de transparencia, en la fracción primera del artículo 14 que señala la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. Asimismo dicho manual puede ser consultado directamente colocando el siguiente enlace electrónico en la barra de cualquier navegador en internet: http://www.museodelestanquillo.com/DocLeyTrans/2015/Articulo%2014/I/3er%20trimestre/ART_14_FRACC_I%20_2.xl s TRANSITORIOS: PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. SEGUNDO.- El presente Manual Administrativo es de observancia obligatoria para los servidores públicos adscritos al Fideicomiso Museo del Estanquillo. TERCERO.- El presente Aviso entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Dado en la Ciudad de México, a los 18 días del mes de noviembre de dos mil quince. EL DIRECTOR GENERAL DEL FIDEICOMISO MUSEO DEL ESTANQUILLO (Firma) LIC. HENOC DE SANTIAGO DULCHÉ
  • 39. CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE Convocatoria: 25 C.P. Martha Leticia Cortés Genesta, Directora Ejecutiva de Administración, en observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134 y de conformidad con el artículo 27 a), 28, 30 fracción II y 32 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y artículos 7 fracción XIII, numeral 5 y 101-G del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, se convoca a los interesados en participar en la licitación para la adquisición de fibras sintéticas, hules, plásticos y derivados; prendas de seguridad y protección personal; herramientas menores; refacciones, y accesorios menores de maquinaria y otros equipos; y productos textiles, de conformidad con lo siguiente: Licitación Pública Nacional No. de licitación Costo de las bases Fecha límite para adquirir bases Junta de aclaraciones Presentación de propuestas Fallo LPN-27-2015 $1,100.00 23/11/2015 25/11/2015 15:00 horas 27/11/2015 13:00 horas 30/11/2015 11:00 horas Partida Descripción Cantidad Unidad de Medida 12 Chaleco de señalización para seguridad tipo camisa 150 Pieza 29 Cinta de precaución leyenda "peligro", fabricada en polietileno virgen con pigmentos y aditivos. Cinta roja ancho 3" largo 100 metros 150 Rollo 34 Cuerda de henequén 1" 100% biodegradable 1000 Kilo 40 Cuerda prúsico de 9 mm 2880 Metro 59 Limatón tipo Stihl medida: 3/4. 752 Pieza  Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta en www.sedema.df.gob.mx y venta en: Comonfort No. 83 esq. Paseo de la Reforma, colonia Ampliación Morelos, código postal 06200, Delegación Cuauhtémoc, Distrito Federal, teléfono: 57 72 40 22 ext. 105 y 106, los días 19, 20 y 23 de noviembre de 2015; con el siguiente horario: 10:00 a 14:00 horas. La forma de pago es: Cheque certificado o de caja a favor de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal y Vía ventanilla bancaria a la cuenta número 65501123467 Referencia 2601 de la Institución bancaria Santander, S.A. (México) mediante Cheque certificado o de caja a favor del Gobierno del Distrito Federal/Secretaría de Finanzas/Tesorería del Distrito Federal.  La junta de aclaración se efectuará en la fecha y horario arriba indicados en las oficinas de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, ubicada en Comonfort No. 83 esq. Paseo de la Reforma, colonia Ampliación Morelos, código postal 06200, Delegación Cuauhtémoc, Distrito Federal.  El acto de presentación de las propuestas se efectuará en la fecha y horario arriba indicados en las oficinas de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, ubicada en Comonfort No. 83 esq. Paseo de la Reforma, colonia Ampliación Morelos, código postal 06200, Delegación Cuauhtémoc, Distrito Federal.  El acto de Fallo se efectuará en la fecha y horario arriba indicados en las oficinas de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, ubicada en Comonfort No. 83 esq. Paseo de la Reforma, colonia Ampliación Morelos, código postal 06200, Delegación Cuauhtémoc, Distrito Federal.  El idioma en que deberán presentar las proposiciones será: español.  La moneda en que deberá cotizarse la proposición será: Peso mexicano.  No se otorgará anticipo.  Lugar de entrega: Según bases.  Plazo de entrega: Según calendario.  El pago se realizará: 20 días hábiles.  Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de licitación, así como las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas.  Los servidores públicos responsables del procedimiento serán los CC. Lic. José Ortiz Fragoso, Director de Recursos Materiales y Servicios Generales y Juan Saúl Méndez Vélez, Jefe de la Unidad Departamental de Adquisiciones y Almacenes o a quien se designe.  No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del artículo 39 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal. MÉXICO, D.F., A 18 DE NOVIEMBRE DE 2015. (Firma) C.P. MARTHA LETICIA CORTÉS GENESTA DIRECTORA EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN