1. Órgano de Difusión del Gobierno del Distrito Federal
DÉCIMA OCTAVA ÉPOCA 8 DE DICIEMBRE DE 2015 No. 234
Í N D I C E
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
Secretaría de Desarrollo Económico
Acuerdo por el que se crea el Sistema de Datos Personales para la Operación de la Oficina Virtual de Información
Económica de la Secretaría de Desarrollo Económico 3
Secretaria de Movilidad
Aviso por el que se establecen las vialidades en las que se implementará el Servicio de Transporte Público
Colectivo de Pasajeros del Corredor Concesionado “Eje 4 Norte – Talismán” 6
Aviso por el que se establecen las vialidades en las que se implementará el Servicio de Transporte Público
Colectivo de Pasajeros del Corredor Concesionado “Tepalcates – San Antonio Abad” 9
Contraloría General
Aviso CGDF/I/012/2015, a través del cual se hace del conocimiento de las Dependencias, Órganos
Desconcentrados, Delegaciones y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, que deberán
abstenerse de recibir propuestas y celebrar contratos, en términos de la Ley de Adquisiciones para el Distrito
Federal; con la persona moral “Emprodec”, S.A. de C.V. 12
Delegación Azcapotzalco
Aviso por el que se da a conocer la modificación a las Reglas de Operación del Programa de Entrega de Barras
Nutricionales a Niños y Niñas de Primaria a cargo de la Dirección General de Desarrollo Social de la Delegación
Azcapotzalco para el Ejercicio Fiscal 2015, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, del 30 de enero de
2015 13
Continúa en la Pág. 2
2. 2 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 8 de Diciembre de 2015
Índice
Viene de la Pág. 1
Fideicomiso Centro Histórico de la Ciudad de México
Acuerdo por el que se da a conocer el “Manual Administrativo” del Fideicomiso Centro Histórico de la Ciudad de
México, registrado bajo el Número MA-56/101115-E-FCHCM-1/2005, ante la Coordinación General de
Modernización Administrativa del Distrito Federal, a través de enlace electrónico 15
Instituto de Educación Media Superior del Distrito Federal
Aviso por el cual se da a conocer el enlace electrónico en el cual podrá ser consultado el Manual Administrativo del
Instituto de Educación Media Superior del Distrito Federal con Número de Registro MA-40/150915-E-IEMS-
10/2010 16
Instituto Electoral del Distrito Federal
Aviso por el cual se dan a conocer los Puntos Resolutivos Primero a Tercero de la Resolución dictada por la
Contraloría General del Instituto Electoral del Distrito Federal, en el Expediente de Procedimiento Administrativo
Disciplinario Identificado con la Clave Alfanumérica CG/PAD/07/2015 en contra de la C. Amelia Agustín Conde 17
Consejo de la Judicatura del Distrito Federal
Aviso de Publicación de Acuerdo 40-47/2015 18
CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS
Sistema de Aguas de la Ciudad de México.- Licitación Pública Nacional Número LP-N/SACMEX/307/15.-
Convocatoria No. 33.- Adquisición de unidad hidroneumática combinada con sistema de succión y sistema de agua
de alta presión para la limpieza y desazolve 22
Delegación Cuauhtémoc.- Licitación Pública Nacional Número 30001021-005-15.- Convocatoria 005/2015.-
Adquisición de material eléctrico participativo 24
Delegación Miguel Hidalgo.- Aviso de Fallo de Licitaciones Públicas Nacionales Números DMH/LP/015/2015 a
DMH/LP/022/2015 26
Red de Transporte de Pasajeros del Distrito Federal.- Licitación Pública Número RTP/LP-006/15.- Un lote de
acumuladores de desecho 29
Universidad Autónoma de la Ciudad de México.- Licitaciones Públicas Nacionales Números
UACM/COC/LPN/OP/001/2015 a UACM/COC/LPN/OP/005/2015.- Convocatoria No. OP-001-15.- Diversas
obras publicas 31
SECCIÓN DE AVISOS
Gaxiola Arquitectos, S.C. 33
Comercializadora Ariasturias Ram, S.A. de C.V. 33
Seguridad Privada Empresarial Mozat, S.A. de C.V. 34
Edictos 34
Aviso 38
3. 8 de Diciembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
SALOMÓN CHERTORIVSKI WOLDENBERG, Secretario de Desarrollo Económico del Distrito Federal, con fundamento en
los artículos 87 y 115 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2º, 3º, fracción I, 15, fracción III, 16, fracción IV y 25 de la
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 2º, fracción XIX, 57 y 58 fracción VI de la Ley para el Desarrollo
Económico del Distrito Federal; así como 1º, 2º, 5º, 6º, 7°, fracciones I y II, 8º, 9º, 13, 14 y 21 de la Ley de Protección de Datos
Personales del Distrito Federal; y los numerales 6, 7, 10 y 15 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales del
Distrito Federal.
CONSIDERANDO
Que la Secretaría de Desarrollo Económico del Distrito Federal es una Dependencia de la Administración Pública Centralizada a la
que compete el despacho de las materias relativas al desarrollo y regulación de las actividades económicas en los sectores
industrial, comercial y de servicios; por ende, es un Ente Público al que corresponde determinar la creación, modificación o
supresión de los sistemas de datos personales a su cargo, en el ámbito de su competencia; haciéndolo de conocimiento a la
ciudadanía mediante publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
Que la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, es el ordenamiento legal que tiene por objeto establecer los
principios, derechos, obligaciones y procedimientos que regulan la protección y tratamiento de los datos Personales en posesión de
los Entes Públicos.
Que los artículos 6º y 7º fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, establecen que
corresponde a cada Ente Público determinar la creación, modificación o supresión de Sistemas de Datos Personales mediante
publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
Que de conformidad con el numeral 10 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, los
Sistemas de Datos Personales en posesión de los Entes Públicos deberán ser inscritos por su responsable, en el Registro
Electrónico de Sistemas de Datos Personales habilitado por el Instituto.
Que para preservar el pleno ejercicio de los derechos que tutela la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal,
su artículo 13 previene la obligatoriedad de establecer las medidas de seguridad técnica y organizativa que garanticen la
confidencialidad e integralidad de los Sistemas de Datos Personales.
Que la creación de los Sistemas de Datos Personales contribuye a que los ciudadanos cuenten con información veraz y oportuna
sobre la forma en que son tratados sus datos personales, asimismo, a que los titulares de los datos personales puedan ejercer
eficazmente sus derechos, acceder, rectificar, cancelar, o bien, oponerse al tratamiento de ellos.
Por ello, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES PARA LA
OPERACIÓN DE LA OFICINA VIRTUAL DE INFORMACIÓN ECONÓMICA DE LA SECRETARÍA
DE DESARROLLO ECONÓMICO.
ÚNICO.- Se da a conocer la creación del Sistema de Datos Personales “Oficina Virtual de Información Económica”.
I. La identificación del sistema de datos personales.
Denominación
Sistema de Datos Personales para la operación de la Oficina Virtual de Información Económica.
Normatividad aplicable.
A. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
B. Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
4. 4 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 8 de Diciembre de 2015
C. Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
D. Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
E. Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
F. Ley de Archivos del Distrito Federal.
G. Ley para el Desarrollo Económico del Distrito Federal.
H. Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
I. Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito Federal.
J. Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
Finalidad y uso previsto.
Recabar datos de los consultantes que reciban asesoría personalizada en las instalaciones de la Secretaría de Desarrollo
Económico, con elementos que permitan proporcionar el servicio de manera eficiente, dar seguimiento oportuno a las consultas
realizadas y poder medir el impacto generado como resultado del uso de los servicios de la Oficina Virtual, servirá para realizar
mejoras en las funcionalidades de la herramienta y generar información estadística que sirva de apoyo en la toma de decisiones de
los sectores público y privado.
II. Origen de los datos.
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resultan obligadas a suministrarlos:
Consultantes de la herramienta denominada Oficina Virtual de Información Económica que recibirán asesoría personalizada en las
oficinas de la Secretaría de Desarrollo Económico.
Procedencia: Propio Interesado
Procedimiento de Obtención: Mediante formulario aplicado de manera personal en la oficina de atención al público.
III. Estructura básica del sistema de datos personales.
Datos identificativos: Nombre; Domicilio, teléfono particular, teléfono celular, edad, sexo, y firma.
Datos electrónicos: Correo electrónico.
Datos laborales: Ocupación.
Datos obligatorios: Ninguno.
Modo de tratamiento utilizado: Físico y automatizado.
IV. Cesión de datos. Los datos recabados podrán ser transmitidos a los siguientes:
ENTE FINALIDAD GENÉRICA FUNDAMENTO LEGAL
Comisión de Derechos
Humanos del Distrito
Federal
Para la investigación de quejas y
denuncias por presuntas violaciones a
los derechos humanos.
Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito
Federal, Artículos 3°, 17 Fracción II y 36.
Instituto de Acceso a la
Información Pública y
Protección de Datos
Personales del Distrito
Federal
Para la sustanciación de Recursos de
revisión y revocación, denuncias y el
procedimiento para determinar el
presunto incumplimiento de la Ley de
Protección de Datos Personales para el
Distrito Federal.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información
Pública del Distrito Federal, artículos 32, 71 fracción II,
80 fracciones II y V, 89 y 91.
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito
Federal, artículos 38, 39, 40 y 42.
Órganos Jurisdiccionales
Locales y Federales
Para la substanciación de los
procedimientos jurisdiccionales
tramitados ante ellos.
Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y
107 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, artículos 3°, 15, 75, 121, 143, 144, 147 y
149.
Código de Procedimientos Civiles para el Distrito
Federal, artículos 96, 109, 278, 288, 326 y 331.
Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación,
artículo 191 fracción XIX.
5. 8 de Diciembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 5
Ley Federal del Trabajo, artículos 783 y 784.
Código Civil del Distrito Federal, artículo 323.
Código de Procedimientos Penales del Distrito Federal,
artículo 3°.
Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito
Federal, artículo 55.
Órganos de Control
Para la realización de auditorías o
realización de investigaciones por
presuntas faltas administrativas.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito
Federal, artículos 34 fracciones II y III y 74.
Auditoría Superior
de la Ciudad de
México
Para el ejercicio de sus funciones de
fiscalización.
Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México,
artículos 8°, fracciones VIII y XIX, artículo 9° y 14
fracciones VII y XX.
V. Unidad Administrativa y Responsable del Sistema de Datos Personales.
A. Unidad Administrativa: Dirección Ejecutiva de Información Económica
B. Cargo del Responsable: Director(a) Ejecutiva de Información Económica
VI. Unidad Administrativa ante la cual se presentarán las solicitudes para ejercer derechos de acceso, rectificación,
cancelación y oposición de datos personales, así como la revocación del consentimiento.
A. Unidad Administrativa: Oficina de Información Pública de la Secretaría de Desarrollo Económico del Distrito Federal.
B. Domicilio Oficial: Avenida Cuauhtémoc 898, Planta Baja, Colonia Narvarte, C.P. 03020, Delegación Benito Juárez.
C. Correo electrónico: oip@sedecodf.gob.mx
VII. Nivel de seguridad: Básico.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el presente Acuerdo en cumplimiento a lo previsto en el artículo
7º fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
SEGUNDO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
TERCERO.- Se instruye al Enlace en materia de datos personales para que notifique al Instituto de Acceso a la Información
Pública y Protección de Datos Personales de la publicación del presente Acuerdo dentro de los diez días hábiles siguientes a la
publicación del mismo, y al responsable del sistema de datos personales para que realice la inscripción del Sistema de Datos
Personales en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales del Instituto de Acceso a la Información Pública y
Protección de Datos Personales del Distrito Federal, en el plazo señalado para tal efecto, en términos del artículo 8° de la Ley de
Protección de Datos Personales y numeral 10 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
Ciudad de México; a 18 de noviembre de 2015
El Secretario de Desarrollo Económico
(Firma)
Salomón Chertorivski Woldenberg
6. 6 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 8 de Diciembre de 2015
SECRETARIA DE MOVILIDAD.
AVISO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS VIALIDADES EN LAS QUE SE IMPLEMENTARÁ EL
SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO COLECTIVO DE PASAJEROS DEL CORREDOR
CONCESIONADO “EJE 4 NORTE – TALISMAN”.
HÉCTOR SERRANO CORTES, Secretario de Movilidad del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 28 párrafo décimo y 122 apartado C, base tercera, fracción II) de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 1°, 2°, 8° fracción II, 12 fracciones I, II, IV y VI, 67 fracción XXVI, 87, 93, 115 fracción VI y 118 fracción VII
del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1°, 2°, 3° fracciones VIII y XIV, 5° párrafo primero, 12 párrafo segundo,
15 fracción IX, 16 fracción IV y 31 fracciones I, II, IV, VII, XII, XIII, XIV, XV, XVIII y XX de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Distrito Federal; 1°, 2º, 9°, 12° fracciones I, V, VI, VII, IX, XVI, XX, XXII, XXV, XXVI y
XXVII, 55 fracción I, 56 fracción I inciso b), 84 y 100 de la Ley de Movilidad del Distrito Federal; 2 fracción IX inciso
b), 17 párrafo segundo, 19, 40, 42Ter, 69 fracción V, 73, 74 y 75 del Reglamento de Transporte del Distrito Federal, y
C O N S I D E R A N D O
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º de la Ley de Movilidad del Distrito Federal, la prestación de los
servicios públicos de transporte en esta Ciudad es de utilidad pública e interés general, cuya obligación de proporcionarlos
corresponde originalmente a la Administración Pública, ya sea a través de empresas de participación estatal u organismos
descentralizados, o bien, por conducto de personas físicas o morales mediante concesiones.
Que es política del Gobierno del Distrito Federal emprender acciones a corto y mediano plazo tendientes a simplificar la
regulación y mejorar los mecanismos de control para la prestación del Servicio de Transporte Público Colectivo de
Pasajeros, al amparo de un marco jurídico eficiente, dotado de legalidad y transparencia, pero sobre todo bajo los principios
de confianza y buena fe.
Que para tales efectos, el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, se auxilia de la Secretaría de Movilidad, a la que
corresponde entre otras las facultades de fomentar, impulsar, ordenar y regular el desarrollo del Servicio de Transporte
Público Colectivo de Pasajeros en el Distrito Federal, con objeto de proporcionar un servicio de calidad que satisfaga las
necesidades de la ciudadanía, garantizando su prestación en las mejores condiciones de seguridad, comodidad e higiene.
Que para el mejoramiento del servicio de transporte público colectivo de pasajeros es indispensable la renovación del
parque vehicular obsoleto y contaminante con que operan actualmente los prestadores de este servicio, así como la
aplicación de nuevas tecnologías y esquemas de operación para mejorar la atención de los usuarios, con calidad, eficiencia y
cuidado del medio ambiente.
Que la transformación del transporte concesionado generará un conjunto de soluciones viales locales, que permitan un
incremento en la densidad y habitabilidad de los corredores viales y la zona de influencia; que favorezca el uso eficiente de
la energía y por ende la disminución de los niveles de contaminación, mejorando la calidad del aire de la zona, la cual estará
articulada con el resto de los planes y programas que se están llevando a cabo de manera paralela en la ciudad.
Que de conformidad con el artículo 84 de la Ley de Movilidad del Distrito Federal, las concesiones para la prestación del
servicio de corredores de transporte, únicamente se otorgarán a personas morales constituidas en sociedad mercantil que
cumplan los requisitos establecidos en esta Ley y demás disposiciones jurídicas y administrativas aplicables.
Que de conformidad con el artículo 12 fracciones XVI y XXVII de la Ley de Movilidad, podrán modificarse la prestación
del servicio público de pasajeros de acuerdo con las necesidades de la población y las condiciones impuestas por la
planeación del transporte.
Que la política de movilidad de la Ciudad de México incluye en sus principales ejes, la reducción del uso del automóvil,
resultando indispensable implementar una gestión integral de la movilidad en la ciudad, enfocada a impulsar un cambio al
transporte público, mejorando su desempeño y eficiencia.
7. 8 de Diciembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7
Que se debe impulsar la transformación del transporte público concesionado que propicie la conformación de empresas
prestadoras del servicio que cumplan con estándares establecidos por la autoridad y que funcionen en el marco de una clara
regulación, control y transparencia, privilegiando la eficiencia, bajas emisiones, accesibilidad, confiabilidad, seguridad,
comodidad e integración con otros modos de transporte.
Que es necesario incrementar los esfuerzos para mejorar la experiencia de viaje de los usuarios en la vialidades que se
establecen en el presente Aviso y en su zona de influencia, con el objeto de atender las necesidades de movilidad a través de
una red de transporte integrado que responda a los nuevos y diversos estilos de vida, en donde los principales protagonistas
sean quienes se transportan en la ciudad.
Que el proceso adjudicatorio de concesiones de transporte público descrito en el artículo 19 del Reglamento de Transporte
del Distrito Federal, señala que la Secretaría publicará previo a la emisión de la Declaratoria de Necesidad, el estudio que
contenga el balance entre la oferta y la demanda, y previo a la emisión de éste, la Secretaría establecerá las vialidad en la
que implantará el servicio, considerando la longitud de los recorridos y la magnitud de la demanda; por lo que he tenido a
bien emitir el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS VIALIDADES EN LAS QUE SE IMPLEMENTARÁ EL
SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO COLECTIVO DE PASAJEROS DEL CORREDOR CONCESIONADO
“EJE 4 NORTE - TALISMAN”.
PRIMERO.- Para la implementación del corredor de transporte concesionado denominado “EJE 4 NORTE –
TALISMAN”, en lo subsecuente el Corredor, se establecen de forma enunciativa las siguientes vialidades que integrarán el
trazo y que se requieren para el ordenamiento del servicio:
Base en Boulevard Bosque de las Naciones
án
Base en Poniente 116
Boulevard Bosque de las Naciones Av. La Victoria
Av. 412 Ing. Carlos Daza
Av. Central Excélsior
Eje 5 Norte (Av. 412) Poniente 112
Eje 4 Norte (Av. 510) Norte 13
Eje 4 Norte (Talismán) Calzada Coltongo
Joyas Poniente 116
Calle Turquesa Av. Ceylán
ánGranate Poniente 122
Rio Blanco Norte 17-A
Fundidora de Monterrey Eje Central Lázaro Cárdenas
Primavera Eje 4 Norte (Poniente 128)
Pemex Eje 4 Norte (Av. Fortuna)
Eje 4 Norte (Av. Euzkaro) Av. Francisco Morazán
Calle 1527
8. 8 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 8 de Diciembre de 2015
SEGUNDO.- Para el establecimiento de las vialidades del Corredor se considera una longitud aproximada de 25 km, y una
demanda promedio diaria estimada de 52,000 usuarios.
TERCERO.- Los datos mencionados en el presente Aviso, se precisarán según los resultados que se desprendan del estudio que
contenga el balance entre la oferta y la demanda, de conformidad con el artículo 19 fracciones I, II, III y IV del Reglamento de
Transporte del Distrito Federal.
CUARTO.- Con el objeto de lograr los mayores beneficios en favor de los usuarios, se establecerán las siguientes medidas para
mejorar la operación del Corredor:
● La prohibición de estacionamiento de vehículos en las vialidades en que operará el Corredor.
● La prohibición de puestos de comercio ambulante o cualquier forma de obstrucción de las esquinas, aceras en general y
accesos a las terminales del Corredor.
● La prohibición de sitios, bases, lanzaderas y paradas para ascenso – descenso de vehículos de transportes públicos ajenos al
Corredor, con excepción de los ya existentes, mismos que deberán armonizar su operación.
● La restricción de la circulación de otro transporte público colectivo en las vialidades en que operará el Corredor, con
excepción de los ya existentes que no tengan el mismo origen-destino.
● El retiro de equipamiento auxiliar, servicios y elementos incorporados a la vialidad, no necesarios para la operación del
Corredor.
QUINTO. En donde sea posible y necesario, el Corredor contará con carriles confinados.
SEXTO. La Secretaría de Movilidad otorgará la concesión para la prestación del servicio de transporte público colectivo de
pasajeros en este Corredor, conforme a las disposiciones jurídicas, administrativas y técnicas aplicables.
T R A N S I T O R I O S
PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
SEGUNDO.- El presente Aviso entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
Ciudad de México, a los siete días del mes de diciembre de dos mil quince.
EL SECRETARIO DE MOVILIDAD
(Firma)
HÉCTOR SERRANO CORTÉS
9. 8 de Diciembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 9
SECRETARIA DE MOVILIDAD.
AVISO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS VIALIDADES EN LAS QUE SE IMPLEMENTARÁ EL
SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO COLECTIVO DE PASAJEROS DEL CORREDOR
CONCESIONADO “TEPALCATES – SAN ANTONIA ABAD”.
HÉCTOR SERRANO CORTÉS, Secretario de Movilidad del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 28 párrafo décimo y 122 apartado C, base tercera, fracción II) de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 1°, 2°, 8° fracción II, 12 fracciones I, II, IV y VI, 67 fracción XXVI, 87, 93, 115 fracción VI y 118 fracción VII
del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1°, 2°, 3° fracciones VIII y XIV, 5° párrafo primero, 12 párrafo segundo,
15 fracción IX, 16 fracción IV y 31 fracciones I, II, IV, VII, XII, XIII, XIV, XV, XVIII y XX de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Distrito Federal; 1°, 2º, 9°, 12° fracciones I, V, VI, VII, IX, XVI, XX, XXII, XXV, XXVI y
XXVII, 55 fracción I, 56 fracción I inciso b), 84 y 100 de la Ley de Movilidad del Distrito Federal; 2 fracción IX inciso
b), 17 párrafo segundo, 19, 40, 42Ter, 69 fracción V, 73, 74 y 75 del Reglamento de Transporte del Distrito Federal, y
C O N S I D E R A N D O
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º de la Ley de Movilidad del Distrito Federal, la prestación de los
servicios públicos de transporte en esta Ciudad es de utilidad pública e interés general, cuya obligación de proporcionarlos
corresponde originalmente a la Administración Pública, ya sea a través de empresas de participación estatal u organismos
descentralizados, o bien, por conducto de personas físicas o morales mediante concesiones.
Que es política del Gobierno del Distrito Federal emprender acciones a corto y mediano plazo tendientes a simplificar la
regulación y mejorar los mecanismos de control para la prestación del Servicio de Transporte Público Colectivo de
Pasajeros, al amparo de un marco jurídico eficiente, dotado de legalidad y transparencia, pero sobre todo bajo los principios
de confianza y buena fe.
Que para tales efectos, el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, se auxilia de la Secretaría de Movilidad, a la que
corresponde entre otras las facultades de fomentar, impulsar, ordenar y regular el desarrollo del Servicio de Transporte
Público Colectivo de Pasajeros en el Distrito Federal, con objeto de proporcionar un servicio de calidad que satisfaga las
necesidades de la ciudadanía, garantizando su prestación en las mejores condiciones de seguridad, comodidad e higiene.
Que para el mejoramiento del servicio de transporte público colectivo de pasajeros es indispensable la renovación del
parque vehicular obsoleto y contaminante con que operan actualmente los prestadores de este servicio, así como la
aplicación de nuevas tecnologías y esquemas de operación para mejorar la atención de los usuarios, con calidad, eficiencia y
cuidado del medio ambiente.
Que la transformación del transporte concesionado generará un conjunto de soluciones viales locales, que permitan un
incremento en la densidad y habitabilidad de los corredores viales y la zona de influencia; que favorezca el uso eficiente de
la energía y por ende la disminución de los niveles de contaminación, mejorando la calidad del aire de la zona, la cual estará
articulada con el resto de los planes y programas que se están llevando a cabo de manera paralela en la ciudad.
Que de conformidad con el artículo 84 de la Ley de Movilidad del Distrito Federal, las concesiones para la prestación del
servicio de corredores de transporte, únicamente se otorgarán a personas morales constituidas en sociedad mercantil que
cumplan los requisitos establecidos en esta Ley y demás disposiciones jurídicas y administrativas aplicables.
Que de conformidad con el artículo 12 fracciones XVI y XXVII de la Ley de Movilidad, podrán modificarse la prestación
del servicio público de pasajeros de acuerdo con las necesidades de la población y las condiciones impuestas por la
planeación del transporte.
Que la política de movilidad de la Ciudad de México incluye en sus principales ejes, la reducción del uso del automóvil,
resultando indispensable implementar una gestión integral de la movilidad en la ciudad, enfocada a impulsar un cambio al
transporte público, mejorando su desempeño y eficiencia.
10. 10 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 8 de Diciembre de 2015
Que se debe impulsar la transformación del transporte público concesionado que propicie la conformación de empresas
prestadoras del servicio que cumplan con estándares establecidos por la autoridad y que funcionen en el marco de una clara
regulación, control y transparencia, privilegiando la eficiencia, bajas emisiones, accesibilidad, confiabilidad, seguridad,
comodidad e integración con otros modos de transporte.
Que es necesario incrementar los esfuerzos para mejorar la experiencia de viaje de los usuarios en la vialidades que se
establecen en el presente Aviso y en su zona de influencia, con el objeto de atender las necesidades de movilidad a través de
una red de transporte integrado que responda a los nuevos y diversos estilos de vida, en donde los principales protagonistas
sean quienes se transportan en la ciudad.
Que el proceso adjudicatorio de concesiones de transporte público descrito en el artículo 19 del Reglamento de Transporte
del Distrito Federal, señala que la Secretaría publicará previo a la emisión de la Declaratoria de Necesidad, el estudio que
contenga el balance entre la oferta y la demanda, y previo a la emisión de éste, la Secretaría establecerá la vialidad en la
que implantará el servicio, considerando la longitud de los recorridos y la magnitud de la demanda; por lo que he tenido a
bien emitir el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS VIALIDADES EN LAS QUE SE IMPLEMENTARÁ EL
SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO COLECTIVO DE PASAJEROS DEL CORREDOR CONCESIONADO
“TEPALCATES – SAN ANTONIA ABAD”.
PRIMERO.- Para la implementación del corredor de transporte concesionado denominado “TEPALCATES – SAN
ANTONIA ABAD”, en lo subsecuente el Corredor, se establecen de forma enunciativa las siguientes vialidades que
integrarán el trazo y que se requieren para el ordenamiento de los servicios:
Fray Jesús Almanza
Revolución
Canal de San Juan
Sur 16 A
Oriente 259
Sur 16
Oriente 217
Ernesto P. Uruchurto
Eje 3 Sur
Calzada San Antonio Abad
Gutiérrez Nájera
Calzada San Antonio Abad
La Viga
Andrés Molina Enríquez
Viaducto Miguel Alemán
Calzada Coyuya
1ro de Mayo
Azúcar
Añil
Chicle
Azafrán
Vainilla
Circuito Interior Rio Churubusco
Oriente 102
Sur 187
Oriente 259
Sur 20
11. 8 de Diciembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 11
SEGUNDO.- Para el establecimiento de las vialidades del Corredor se considera una longitud aproximada de 16 km, y una
demanda promedio diaria estimada de 21,500 usuarios.
TERCERO.- Los datos mencionados en el presente Aviso, se precisarán según los resultados que se desprendan del estudio
que contenga el balance entre la oferta y la demanda, de conformidad con el artículo 19 fracciones I, II, III y IV del
Reglamento de Transporte del Distrito Federal.
CUARTO.- Con el objeto de lograr los mayores beneficios en favor de los usuarios, se establecerán las siguientes medidas
para mejorar la operación del Corredor:
● La prohibición de estacionamiento de vehículos en las vialidades en que operará el Corredor.
● La prohibición de puestos de comercio ambulante o cualquier forma de obstrucción de las esquinas, aceras en general
y accesos a las terminales del Corredor.
● La prohibición de sitios, bases, lanzaderas y paradas para ascenso – descenso de vehículos de transportes públicos
ajenos al Corredor, con excepción de los ya existentes, mismos que deberán armonizar su operación.
● La restricción de la circulación de otro transporte público colectivo en las vialidades en que operará el Corredor, con
excepción de los ya existentes que no tengan el mismo origen-destino.
● El retiro de equipamiento auxiliar, servicios y elementos incorporados a la vialidad, no necesarios para la operación
del Corredor.
QUINTO. En donde sea posible y necesario, el Corredor contará con carriles confinados.
SEXTO. La Secretaría de Movilidad otorgará la concesión para la prestación del servicio de transporte público colectivo de
pasajeros en este Corredor, conforme a las disposiciones jurídicas, administrativas y técnicas aplicables.
T R A N S I T O R I O S
PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
SEGUNDO.- El presente Aviso entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
Ciudad de México, a los siete días del mes de diciembre de dos mil quince
EL SECRETARIO DE MOVILIDAD
(Firma)
HÉCTOR SERRANO CORTÉS
12. 12 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 8 de Diciembre de 2015
Contraloría General
Aviso CGDF/I/012/2015, a través del cual se hace del conocimiento de las dependencias, órganos
desconcentrados, delegaciones y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, que deberán
abstenerse de recibir propuestas y celebrar contratos, en términos de la Ley de Adquisiciones para el
Distrito Federal; con la persona moral “Emprodec”, S.A. de C.V.
AVISO CGDF/I/012/2015
A LAS DEPENDENCIAS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS,
ÓRGANOS DESCONCENTRADOS, ÓRGANOS POLÍTICO-ADMINISTRATIVOS Y
ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL.
Que el 24 de noviembre de 2015, esta Contraloría General notificó la resolución del 23 de noviembre del año en curso, a
través de la cual determinó el impedimento para participar en procedimientos de contratación y celebración de contratos en
materia de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios, con número de expediente CG/DRI/SPC-14/2015, a la
persona moral “Emprodec”, S.A. de C.V., con R.F.C. EMP101208J67.
Que con fundamento en los artículos 87 y 115 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, 16 fracción IV y 34 fracción
XLVIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 2° fracción III, 39 fracción III, 80 y 81 de la
Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal; 1°, 7 fracción XIV, numeral 1.2 y 104 fracción IV del Reglamento Interior de
la Administración Pública del Distrito Federal, esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que deberán
abstenerse de recibir propuestas o celebrar contratos en las materias antes señaladas, en términos de la Ley de Adquisiciones
para el Distrito Federal, con dicha persona moral, por un plazo de un año, contado a partir del día en que se publique el
presente en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
Una vez transcurrido el plazo antes señalado, concluirán los efectos del presente Aviso, sin que sea necesario algún otro
comunicado.
ATENTAMENTE
(Firma)
MTRO. EDUARDO ROVELO PICO
CONTRALOR GENERAL DEL DISTRITO FEDERAL
13. 8 de Diciembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 13
DELEGACIÓN AZCAPOTZALCO
PABLO MOCTEZUMA BARRAGAN, Jefe Delegacional en Azcapotzalco, con fundamento en lo dispuesto por el
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 37, 38, 39, fracción XIII, XXXI, XXXVII, XLI, XLIII, XLV y LXXVII en
los artículos 32, 33, 34, 35, 36, 37 y 38 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal; artículos 102 y 102 Bis de la
Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 117, fracciones I, II y XI, de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Distrito Federal; 120, 121, 122 Bis, fracción II, inciso E, 50 y 70 del Reglamento de la Ley de
Desarrollo Social del Distrito Federal; del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y artículo
21 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2015, Emito el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA MODIFICACIÓN A LAS REGLAS DE OPERACIÓN
DEL PROGRAMA DE ENTREGA DE BARRAS NUTRICIALES A NIÑOS Y NIÑAS DE PRIMARIA A
CARGO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL DE LA DELEGACIÓN
AZCAPOTZALCO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL
DEL DISTRITO FEDERAL, NÚMERO 21, DEL 30 DE ENERO DE 2015.
CONSIDERANDO
Que la Política de Desarrollo Social de nuestra ciudad tiene por objeto proteger, promover y garantizar el cumplimiento de
los derechos sociales de sus habitantes y con ello disminuir la desigualdad y la exclusión social en sus diversas formas,
propiciando su desarrollo personal, familiar y social, emprendiendo al efecto los programas y acciones necesarias para que
tengan acceso a diversos elementos, apoyos o ayudas materiales para llegar a dicho objetivo.
Que esas acciones y programas para hacer efectivos los derechos sociales reconocidos deben estar completamente apegados
a la realidad que viven diariamente los habitantes de nuestra ciudad, y en el caso concreto, los habitantes de la Delegación
Azcapotzalco, por lo que saber cuáles son esas necesidades y tener una aproximación del número de personas que requieren
ser beneficiadas por dichas acciones y programas sociales resulta una tarea primordial.
Que no obstante las disposiciones presupuestales asignadas a dicho programa social mediante el Acuerdo
COPLADE/SO/I/05/2015, dichas cantidades resultan aún insuficientes para atender la amplia demanda de la población de
esta Delegación.
En la Página 40, III METAS FISICAS y IV. PROGRAMA PRESUPUESTAL
DICE:
III. Metas Físicas.
3.2. Se entregarán hasta 6,000,000 de barras durante todo el ciclo escolar de las primarias públicas en este 2015, en
Azcapotzalco, para lograr el es necesario concientizar a los padres de familia de la importancia de consumir productos que
proporcionen las calorías necesarias para sus actividades matutinas.
DEBE DECIR:
3.2. Se entregarán hasta 4,245,300 de barras durante todo el ciclo escolar de las primarias públicas en este 2015, en
Azcapotzalco, para lograr el es necesario concientizar a los padres de familia de la importancia de consumir productos que
proporcionen las calorías necesarias para sus actividades matutinas.
DICE:
IV. PROGRAMA PRESUPUESTAL
4.1. Considerando el principio de orientación del presupuesto con responsabilidad social, que permita a la administración
pública asegurar la aplicación del mismo de forma eficiente, eficaz, honrada y con transparencia, se asignó mediante la
14. 14 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 8 de Diciembre de 2015
partida 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”, la cantidad de, $8,499,964.00 (Ocho millones cuatrocientos noventa y
nueve mil novecientos sesenta y cuatro pesos 00/100 M.N.) para su ejecución en el ejercicio fiscal del 2015, la compra de
barras nutricionales, estarán sujetos al presupuesto.
DEBE DECIR:
IV. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL
4.1. Considerando el principio de orientación del presupuesto con responsabilidad social, que permita a la administración
pública asegurar la aplicación del mismo de forma eficiente, eficaz, honrada y con transparencia, se asignó mediante la
partida 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”, la cantidad de, $6,281,345.88 (Seis millones doscientos ochenta y un mil
trescientos cuarenta y cinco pesos 88/100 M.N.) para su ejecución en el ejercicio fiscal del 2015, la compra de barras
nutricionales, estarán sujetos al presupuesto.
Este programa podrá sufrir modificaciones de acuerdo a lo autorizado en el presupuesto de egresos y el gasto autorizado por
la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Distrito Federal.
TRANSITORIOS
Primero.- Publíquese la presente Nota Aclaratoria en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
Segundo.- La presente publicación entrará en vigor el día siguiente de su Publicación en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal.
México, Distrito Federal a 28 de octubre de 2015
EL JEFE DELEGACIONAL EN AZCAPOTZALCO
(Firma)
PABLO MOCTEZUMA BARRAGAN
15. 8 de Diciembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15
FIDEICOMISO CENTRO HISTÓRICO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL “MANUAL ADMINISTRATIVO” DEL
FIDEICOMISO CENTRO HISTÓRICO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, REGISTRADO BAJO EL
NÚMERO MA-56/101115-E-FCHCM-1/2005, ANTE LA COORDINACIÓN GENERAL DE
MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, A TRAVÉS DE ENLACE
ELECTRÓNICO.
MTRO. JOSÉ MARIANO LEYVA PÉREZ GAY, Director General del Fideicomiso Centro Histórico de la Ciudad de
México, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Distrito Federal, 11 y 71, fracción IX de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal.
C O N S I D E R A N D O
Que los Lineamientos Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la
Administración Pública del Distrito Federal, tienen por objeto regular el proceso de registro de los Manuales
Administrativos de las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político-Administrativos y Entidades de la
Administración Pública del Distrito Federal y de los Específicos de Operación de los Órganos Administrativos, Colegiados
y Unitarios.
Que la Coordinación General de Modernización Administrativa, mediante oficio OM/CGMA/2138/2015, signado por el
Mtro. Oliver Castañeda Correa, Coordinador General de Modernización Administrativa y Titular de Mejora Regulatoria del
Distrito Federal, comunicó la procedencia de otorgar a este Fideicomiso, el registro del “MANUAL ADMINISTRATIVO
DEL FIDEICOMISO CENTRO HISTÓRICO DE LA CIUDAD DE MÉXICO”, asignándole el número: MA-
56/101115-E-FCHCM-1/2005.
Que por lo anterior y con base en lo establecido en el artículo 71, fracción IX de la Ley de Procedimiento Administrativo
del Distrito Federal, el Fideicomiso Centro Histórico de la Ciudad de México, debe hacer del conocimiento público, el
acuerdo por el cual se da a conocer el “MANUAL ADMINISTRATIVO” del Fideicomiso Centro Histórico de la Ciudad
de México, en apego por lo señalado en el Lineamiento Trigésimo Octavo del los Lineamientos Generales para el Registro
de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública del Distrito Federal.
Que por todo lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL “MANUAL ADMINISTRATIVO” DEL FIDEICOMISO
CENTRO HISTÓRICO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, REGISTRADO BAJO EL NÚMERO MA-56/101115-E-
FCHCM-1/2005, ANTE LA COORDINACIÓN GENERAL DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL
DISTRITO FEDERAL, A TRAVÉS DE ENLACE ELECTRÓNICO.
http://transparencia.df.gob.mx/work/sites/vut/resources/LocalContent/12168/2/ManualAdministrativoFicentro.pdf
T R A N S I T O R I O
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
México, Distrito Federal, a 30 de Noviembre de 2015
El Director General del Fideicomiso Centro Histórico de la Ciudad de México.
(Firma)
Mtro. José Mariano Leyva Pérez Gay.
16. 16 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 8 de Diciembre de 2015
INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR DEL DISTRTITO FEDERAL
MTRO. ULISES LARA LOÓPEZ, Director General del Instituto de Educación Media Superior del Distrito Federal, con
fundamento en los artículos 40,48,53,54, fracción I,70, fracción VIII y 71, fracciones III, IV y IX de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Distrito Federal; 14, fracciones I y II de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información
Pública del Distrito Federal; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 18 y Noveno Transitorio
del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; Décimo fracción VII del Decreto de Reforma y
Adiciona el diverso por el que se crea un Organismo Público Descentralizado de la Administración pública del Distrito
Federal, denominado Instituto de Educación Media Superior del Distrito Federal así como el Dictamen Número 10/2010
emitido por la Coordinación General de Modernización Administrativa de la Contraloría General del Distrito Federal, y en
el Manual Administrativo en su parte de organización registrado con número MA-40/150915-E-IEMS-10/2010, tengo a
bien expedir el siguiente:
AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER EL ENLACE ELECTRÓNICO EN EL CUAL PODRÁ
SER CONSULTADO EL MANUAL ADMINISTRATIVO DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA
SUPERIOR DEL DISTRITO FEDERAL CON NÚMERO DE REGISTRO MA-40/150915-E-IEMS-
10/2010
TRANSITORIOS
Primero.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
Segundo.- El presente Manual podrá ser consultado en la página http://www.iems.edu.mx/descargar-MA_IEMSDF.pdf
México D.F. a 15 de septiembre de 2015
(Firma)
Mtro. Ulises Lara López
Director General del Instituto de Educación Media Superior del Distrito Federal
17. 8 de Diciembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 17
INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL
LIC. RUBÉN GERALDO VENEGAS, SECRETARIO EJECUTIVO DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL
DISTRITO FEDERAL, con fundamento en los artículos; 67 fracción I del Código de Instituciones y Procedimientos
Electorales del Distrito Federal, así como 21, fracción XVIII, del Reglamento Interior del Instituto Electoral del Distrito
Federal y 114, fracción V del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, doy a conocer el
siguiente:
AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS PUNTOS RESOLUTIVOS PRIMERO A
TERCERO DE LA RESOLUCIÓN DICTADA POR LA CONTRALORÍA GENERAL DEL INSTITUTO
ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL, EN EL EXPEDIENTE DE PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO IDENTIFICADO CON LA CLAVE ALFANUMÉRICA
CG/PAD/07/2015 EN CONTRA DE LA C. AMELIA AGUSTÍN CONDE.
RESUELVE
PRIMERO.- La ex servidora pública AMELIA AGUSTÍN CONDE, es administrativamente responsable de haber
infringido las obligaciones previstas en el artículo 47, fracción XVIII, en correlación con el diverso 81, fracción II, ambos
de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, por la omisión de presentar su declaración de situación
patrimonial en su modalidad de “CONCLUSIÓN” derivado de la Encargaduría de Despacho de la Jefatura de Departamento
de Normatividad y Métodos Electorales, adscrita a la Dirección Ejecutiva de Organización y Geografía Electoral de este
Instituto Electoral, en el término establecido en la fracción II del artículo 81, de la Ley de Responsabilidades de los
Servidores Públicos, al no realizarla dentro de los treinta día naturales siguientes a la conclusión de su encargo; es decir, del
once de mayo al nueve de junio de año en curso; ya que tal declaración fue presentada en fecha veintinueve de junio de dos
mil quince, en términos de los Considerandos I al V de la presente resolución.
SEGUNDO.- En atención al Considerando VI de la presente resolución, esta Contraloría General del Instituto Electoral del
Distrito Federal, le impone como sanción administrativa a la ex servidora pública AMELIA AGUSTÍN CONDE la
consistente en una AMONESTACIÓN PÚBLICA, con fundamento en el artículo 53, fracción II de la Ley Federal de
Responsabilidades de los Servidores Públicos.
TERCERO.- Remítase mediante oficio de estilo copia con firma autógrafa de la presente resolución al Secretario
Ejecutivo del Instituto Electoral del Distrito Federal, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 67 de la Ley Federal
de Responsabilidades de los Servidores Públicos; asimismo, se le solicita realice las gestiones respectivas a efecto de que la
sanción impuesta sea publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
…
TRANSITORIO
ÚNICO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
México, D.F. a 9 de noviembre de 2015
ATENTAMENTE
(Firma)
Lic. Rubén Geraldo Venegas
Secretario Ejecutivo
18. 18 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 8 de Diciembre de 2015
CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL DISTRITO FEDERAL
Aviso de Publicación de Acuerdo 40-47/2015
En cumplimiento a lo ordenado en Acuerdo 40-47/2015, emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura del Distrito
Federal, en sesión plenaria ordinaria celebrada el veinticuatro de noviembre del año en curso, se hace del conocimiento de
los servidores públicos, litigantes, postulantes y público en general, que este Órgano Colegiado determinó aprobar la
creación del sistema de datos personales: “Plataforma Integral de Cobro (PIC)” en los siguientes términos:
CONSIDERANDOS
1.- De conformidad con los Acuerdos Plenarios 45-29/2013, 22-53/2013, 36-55/2013, 15-02/2014, 42-02/2014, 21-04/2014
y 04-11/2015 todos emitidos por el Pleno de la Judicatura del Distrito Federal en junio de 2013, noviembre de 2013,
diciembre de 2013, enero de 2014, enero de 2014, enero de 2014 y febrero de 2015, se autorizó la creación y
funcionamiento del Sistema Plataforma Integral de Cobro (PIC) con la finalidad de contar con un sistema automatizado de
distribución y colocación de servicios por medios electrónicos, que simplifique y sistematice los procesos entre el solicitante
del servicio, la entrega del mismo y la administración de los ingresos generados por esos conceptos, la impresión,
distribución y control del saldo de monedero electrónico, ofrecer liquidez inmediata y reducción de costos de operación y
administración de efectivo, interconexión con el módulo de fotocopiado para controlar la producción de fotocopiado
mediante un sistema central de consumo y autorización de impresión, identificando de forma automática digital el tipo de
fotocopia, la concentrar todos los pagos de depósitos que recibe el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y del
Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, en una única plataforma de autoservicio que ofrezca diversos canales
electrónicos y soporte todos los medios de pago, contar con un catálogo electrónico de servicios flexible que ofrezca la
posibilidad de cobrar o recibir dinero de cualquier servicio del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y del
Consejo de la Judicatura del Distrito Federal.
2.- Se realiza la presente publicación de conformidad con el Artículo sexto, séptimo y octavo de la Ley de Protección de
Datos Personales para el Distrito Federal, Acuerdos 0825/SO/03-07/2013 de fecha tres de julio de dos mil trece y
0795/SO/04-07/2012 de fecha cuatro de julio de dos mil doce, emitidos por el Pleno del Instituto de Acceso a la
Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, que disponen que corresponde a cada ente
público determinar, a través de su titular o, en su caso, del órgano competente, la creación, modificación o supresión de
Sistemas de Datos Personales, conforme a su respectivo ámbito de competencia y que se deberá publicar en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal.
3.- Así como en cumplimiento al artículo séptimo de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal y
numerales seis, ocho y diez de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, establece
como obligación para todos los entes públicos, que la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales
sólo podrá efectuarse mediante acuerdo emitido por el titular del ente y publicarse quince días hábiles previos a la creación
o modificación del sistema correspondiente en la Gaceta Oficial del Distrito Federal; por lo que se crea el Sistema de Datos
Personales denominado “Plataforma Integral de Cobro (PIC)” como a continuación se describe:
“Plataforma Integral de Cobro (PIC)”
1.- Finalidad y usos previstos: a).- Contar con un sistema automatizado de distribución y colocación de servicios por medios
electrónicos, que simplifique y sistematice los procesos entre el solicitante del servicio, la entrega del mismo y la
administración de los ingresos generados por esos conceptos. b).- La impresión, distribución y control del saldo de
Monedero electrónico. c).- Ofrecer liquidez inmediata y reducción de costos de operación y administración de efectivo. d).-
Interconexión con el módulo de fotocopiado para controlar la producción de fotocopiado mediante un sistema central de
consumo y autorización de impresión, identificando de forma automática digital el tipo de fotocopia. e).- Concentrar todos
los pagos de depósitos que recibe el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y del Consejo de la Judicatura del
Distrito Federal, en una única plataforma de autoservicio que ofrezca diversos canales electrónicos y soporte todos los
medios de pago. f).- Contar con un catálogo electrónico de servicios flexible que ofrezca la posibilidad de cobrar o recibir
dinero de cualquier servicio del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y del Consejo de la Judicatura del Distrito
Federal.
19. 8 de Diciembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19
2.- Normatividad aplicable: a.- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. b.- Ley de Transparencia y Acceso a
la Información Pública del Distrito Federal. c.- Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal d.- Ley de
Archivos del Distrito Federal e. Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito
Federal. f.- Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal. g.- Ley Federal de Responsabilidades de los
Servidores Públicos. h.- Acuerdos Plenarios 45-29/2013, 22-53/2013, 36-55/2013, 15-02/2014, 42-02/2014, 21-04/2014 y
04-11/2015 todos emitidos por el Pleno de la Judicatura del Distrito Federal en junio de 2013, noviembre de 2013,
diciembre de 2013, enero de 2014, enero de 2014, enero de 2014 y febrero de 2015, respectivamente.
3.- Origen de los datos:
a.- Origen. De las personas que acuden al Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y requieren realizar cualquier
tipo de pago por los derechos, productos y aprovechamientos de servicios que brindan el Tribunal Superior de Justicia y el
Consejo de la Judicatura, ambos del Distrito Federal.
b.- Grupo de personas de las que se obtienen dichos datos. De las personas que acuden al Tribunal Superior de Justicia del
Distrito Federal para realizar cualquiera de las siguientes acciones: 1. compra de tarjeta de prepago de la PIC, 2. presentar
una aclaración por una o varias operaciones y servicios pagados en la PIC, y 3. persona que paga uno o varios servicio en la
PIC y requiere factura por los pagos realizados.
c.- Forma de recolección y actualización de datos. Físico y automatizado.
f.- Medios de actualización. A petición de parte.
g.- Forma de recolección. Físico y automatizado.
h.- Tratamiento. Procedimiento Físico y automatizado.
4.- Cesión de datos:
4.1 Autoridades Jurisdiccionales.- Para la substanciación de los procedimientos jurisdiccionales tramitados ante ellos.
Artículo 323 del Código Civil del Distrito Federal, Artículos 278, 288, 326, 331 del Código de Procedimientos Civiles del
Distrito Federal; Art 180 del Código de Procedimientos Penales del Distrito Federal; Artículos 131, 132, 147, 149 de la Ley
de Amparo.
4.2 Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal.- Para la investigación de presuntas violaciones en materia de
derechos humanos. Artículos 3, 17 fracción II y 36 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal.
4.3 Contraloría del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.- Para la realización de auditorias o desarrollo de
investigaciones por presuntas faltas administrativas. Titulo Sexto, Artículos 168, 169, 170, 171, 172 Y 173 del Reglamento
Interior del Consejo de la Judicatura.
4.4. Instituto de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Distrito Federal.- Substanciación de
recursos de revisión y denuncias así como lo relacionado con el procedimiento para determinar el presunto incumplimiento
de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. Artículos 16 fracción II y V, 80 fracción II y V de la
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal; Artículo 39 de la Ley de Protección de Datos
Personales para el Distrito Federal.
4.5 Consejo de la Judicatura del Distrito Federal. Para rendir informes en casos que así lo requieran en uso de sus
facultades y atribuciones. Artículo 1 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Artículo 4 y 5
del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal.
4.6 Auditoría Superior de la Ciudad de México, Para ejercicio de sus funciones de fiscalización. Artículos 8 fracciones
VIII y XIX, 9 y 14 fracciones VII y XX de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México.
5.- Usuarios:
5.1 Nombre del Usuario: TKINOV, S.A. DE C.V.
Denominación del acto jurídico por el que se ceden los datos personales: Contrato Número TSJDF/DEI/37/13, relativo al
Servicio " Plataforma Integral de Cobro Mediante la Tarjeta de Prepago del Poder Judicial del Distrito Federal".
Finalidad para la cual se permite el ceder los datos personales: Brindar mantenimiento y soporte técnico en la operación del
Sistema Integral de Cobro (PIC) del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.
Vigencia del acto jurídico: del día 13 de julio del año 2013 y hasta el día 12 de julio del año 2016.
20. 20 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 8 de Diciembre de 2015
5.2 Nombre del Usuario: MÁQUINAS INFORMACIÓN Y TECNOLOGÍA AVANZADA, S.A. DE C.V.
Denominación del acto jurídico por el que se ceden los datos personales: Contrato Número TSJDF/DEOMS/48/13, relativo
al "Servicio de Fotocopiado a Base de Prepago en Órganos Jurisdiccionales, Áreas de Apoyo Judicial y Administrativo
(Grupo Uno)".
Finalidad para la cual se permite el ceder los datos personales: Brindar mantenimiento y soporte técnico en la operación del
Sistema Integral de Cobro (PIC) del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.
Vigencia del acto jurídico: 15 de junio de 2013 al 14 de junio de 2016.
5.-Unidad Administrativa y cargo del responsable:
a) Dirección Ejecutiva de Gestión Tecnológica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.
b) Director Ejecutivo de Gestión Tecnológica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.
6.- Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer derechos de acceso, rectificación, cancelación
y oposición, así como la revocación del consentimiento:
a) Unidad administrativa: Dirección de Información Pública del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.
b) Domicilio Oficial: Calle Niños Héroes, Número 132, planta baja, Colonia Doctores, Delegación Cuauhtemoc, C.P.
06720, México, Distrito Federal.
c) Dirección de correo electrónico: oip@tsjdf.gob.mx
7.- Nivel de seguridad: Medio.
8.- Estructura básica del sistema de datos personales.
a.- Naturaleza de los datos personales; De las personas que acuden al Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y
requieren realizar cualquier tipo de pago por los derechos, productos y aprovechamientos de servicios que brindan el
Tribunal Superior de Justicia y el Consejo de la Judicatura, ambos del Distrito Federal, en la que recaba los siguientes datos:
b.- Categoría de datos.
I. Datos identificativos: El nombre, domicilio, domicilio fiscal, clave de elector (alfa-numérico anverso credencial IFE),
firma, numero identificador (OCR) (reverso de la credencial IFE), clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC),
Clave Única de Registro de Población (CURP), demás análogos;
II. Datos electrónicos: correo electrónico no oficial, contraseñas y Número de Identificación Personal (NIP);
V. Datos sobre procedimientos administrativos y/o jurisdiccionales: La información relativa a una persona que se encuentre
sujeta a un procedimiento administrativo seguido en forma de juicio o jurisdiccional en materia laboral, civil, penal, fiscal,
administrativa o de cualquier otra rama del Derecho;
VI. Datos académicos: cédula profesional;
c.- Modo de tratamiento utilizado: Físico y automatizado.
d.- Datos de carácter obligatorio: El nombre, clave de elector (alfa-numérico anverso credencial IFE), numero identificador
(OCR) (reverso de la credencial IFE), domicilio fiscal, Registro Federal de Contribuyentes (RFC), correo electrónico, Clave
Única de Registro de Población (CURP).
ACUERDO
PRIMERO.- Se determina autorizar la creación del Sistema de Datos Personales denominado: “Plataforma Integral de
Cobro (PIC)”.
SEGUNDO.- Se instruye al Enlace en materia de Protección de Datos Personales del Tribunal Superior de Justicia del
Distrito Federal, para que realice las gestiones pertinentes ante el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección
de Datos Personales del Distrito Federal respecto de la creación del sistema de datos personales de mérito.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entra en Vigor al siguiente día de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal.
21. 8 de Diciembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 21
CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 66, FRACCIÓN V, DEL REGLAMENTO INTERIOR
DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL DISTRITO FEDERAL, LA LICENCIADA ZAIRA LILIANA JIMÉNEZ
SEADE, SECRETARIA GENERAL DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL DISTRITO FEDERAL.-------------
------------------------------------------------------------------- C E R T I F I C A -----------------------------------------------------------
QUE LA PRESENTE COPIA CONCUERDA CON la parte conducente del acuerdo 40-47/2015, emitido por el consejo de
la Judicatura del Distrito Federal, en sesión Plenaria de FECHA veinticuatro de noviembre de dos mil quince, para su
publicación en la gaceta del distrito federal, en cumplimiento al acuerdo de mérito. SE EXPIDE LA PRESENTE, PARA
LOS EFECTOS PROCEDENTES, A LOS veinticuatro días del mes de noviembre de dos mil quince. DOY FE.
(Firma)
22. CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS
SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
ÓRGANO DESCONCENTRADO
CONVOCATORIA No. 33
El Lic. Carlos Guerrero Ruiz, Director de Recursos Materiales y Servicios Generales, del Sistema de Aguas de la Ciudad de México (SACMEX), del Gobierno del
Distrito Federal, con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26, 27 inciso a, 28, 30 fracción I y 32 de la
Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, su Reglamento; artículos 7 fracción IV último párrafo, 119 A y 119 B del Reglamento Interior de la Administración
Pública del Distrito Federal vigente; punto Octavo del Acuerdo por el que se delega en diversos servidores públicos del órgano desconcentrado denominado
Sistema de Aguas de la Ciudad de México las facultades que se indican; punto 1.3.0.0 del Manual Administrativo de la Dirección General Administrativa en el
Sistema de Aguas de la Ciudad de México y las normas aplicables en la materia, convoca a los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional LP-
N/SACMEX/307/15, para la adquisición de Unidad hidroneumática combinada con sistema de succión y sistema de agua de alta presión para la limpieza y
desazolve.
Periodo de venta
de bases
Junta de aclaración de bases Acto de presentación y
apertura de propuestas
Acto de fallo Plazo de entrega
Del 8 al 10 de diciembre de
2015.
11 de diciembre de 2015
10:00 horas.
14 de diciembre de 2015
17:00 horas.
17 de diciembre de 2015
10:00 horas.
29 de diciembre de 2015.
Partida Descripción Cantidad Unidad
1 Unidad hidroneumática combinada con sistema de succión y sistema de agua de
alta presión para la limpieza y desazolve.
1 equipo
Lugar y horario de entrega: La entrega de los bienes objeto de la licitación se realizará en el Almacén Central, sito en Calle Sur 24, No. 351, Col.
Agrícola Oriental, Delegación Iztacalco, en horario de 09:00 a 18:00 horas, a nivel de piso en bodega.
Precio de las bases en convocante y
mediante depósito bancario:
$ 1,100.00 (un mil cien pesos 00/100 m.n.)
Forma de pago de Bases: Convocante.- El pago se deberá efectuar en días hábiles de 9:00 a 15:00 horas en la Oficina de Retribución Salarial al
Personal, ubicada en la planta baja de las oficinas centrales del SACMEX, mediante cheque certificado o de caja a favor de
la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal, librado por la persona física o moral interesada, expedido por institución
bancaria establecida en el Distrito Federal o área metropolitana (Atizapán, Tlalnepantla, Ecatepec, Naucalpan o
Nezahualcóyotl).
Depósito Bancario.- El pago se deberá efectuar a nombre de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal, debiendo
contener completas las siguientes referencias: número de cuenta de Banco Santander, S.A. 65501123467, número de
sociedad 06D3, Registro Federal de Contribuyentes (del interesado) y número de Licitación.
Servidores públicos responsables de la Licitación:
23. Lic. Carlos Guerrero Ruiz, Director de Recursos Materiales y Servicios Generales, Lic. Cecilia Alejandra Del Conde Rodríguez, Subdirectora de Adquisiciones,
José Héctor Mendoza Santoyo, Jefe de la Unidad Departamental de Licitaciones Públicas de Adquisiciones, Ing. Martín Tadeo Huerta Hernández, Jefe de la
Unidad Departamental de Contratación de Servicios y Lic. María Alicia Sosa Hernández, Jefa de la Oficina de Convocatorias y Publicaciones.
* El periodo de venta de bases y las fechas en las que se llevarán a cabo los eventos de la licitación se consideran a partir de la publicación de esta convocatoria en
la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
* Las bases y especificaciones se encuentran disponibles para su consulta en Internet: www.sacmex.df.gob.mx o en la Subdirección de Adquisiciones, sito en
Nezahualcóyotl No. 109, 6° piso, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, en México, Distrito Federal, Código Postal 06080, de 9:00 a 15:00 y 17:00 a 19:00
horas, en días hábiles, atención de la Lic. María Alicia Sosa Hernández, teléfono 5130 44 44, extensiones 1611 y 1612. Los interesados podrán acudir a revisar las
bases sin costo alguno, pero para participar será requisito cubrir su costo.
* Los Actos de Junta de Aclaración de Bases, Primera Etapa: Acto de Presentación y Apertura de Propuestas y Segunda Etapa: Acto de Fallo, se celebrarán en la
Sala de Juntas de la Dirección General Administrativa, ubicada en el 6° piso del edificio sede del SACMEX, sito en Nezahualcóyotl No. 109, Colonia Centro,
Delegación Cuauhtémoc, en México, Distrito Federal, Código Postal 06080.
* El pago de los bienes se realizará en moneda nacional, a los 20 días naturales siguientes a la fecha de aceptación de las facturas debidamente requisitadas.
* La licitación no considera el otorgamiento de anticipo.
* La información adicional deberá presentarse en español.
* Las propuestas deberán presentarse en español.
* No podrán participar las personas físicas o morales que se encuentren en los supuestos contenidos en los artículos 39 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito
Federal y 47 fracción XXIII de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
* La Licitación no está considerada bajo la cobertura de algún tratado de libre comercio.
* Para coadyuvar al mejor desarrollo de la Junta de Aclaración de Bases, se solicita a los interesados que adquieran las bases, remitir sus dudas por escrito, de
acuerdo al anexo que se incluye en las bases, al correo electrónico sara.ocampo@sacmex.df.gob.mx, previo a la fecha del evento.
México, Distrito Federal, a 2 de diciembre de 2015.
(Firma)
Lic. Carlos Guerrero Ruiz.
Director de Recursos Materiales y Servicios Generales.
Sistema de Aguas de la Ciudad de México.
24. GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL
DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC
Convocatoria: 005/2015
Lic. Salvador Loyo Arechandieta, Director General de Administración en la Delegación Cuauhtémoc; en cumplimiento a las disposiciones que establece la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134 y de conformidad en los artículos 26, 27 inciso A, 28, 30 fracción I , 32, 33, 38 y 43
de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y 36, 37 y 47 de su Reglamento y 125 del Reglamento Interior de la Administración Pública del
Distrito Federal, se convoca a participar en la Licitación Pública Nacional No. 30001021-005-15 a los para la Adquisición de Material Eléctrico
Participativo, con la finalidad de conseguir mejores precios y condiciones de servicios, de conformidad con lo siguiente:
No. de licitación Costo de las bases
Fecha límite para adquirir
bases
Acto de Aclaraciones
Primera Etapa
Apertura de ofertas y
Muestras
Segunda Etapa
Fallo
30001021-005-15 $ 2,000.00
10 de diciembre de 2015
10:00 a 15:00 Hrs.
11 de diciembre de 2015
11:00 Hrs.
14 de diciembre de 2015
11:00 Hrs.
15 de diciembre de 2015
18:00 Hrs.
Partida Descripción de los bienes Cantidad Unidad de medida
1
Suministro e Instalación de Calentadores Solares:
Instalación Incluye:
Hasta 25 mts. de tuberia PVC Ced 40 de 3/4" para agua fria
Hasta 25 mts. de tuberia CPVC de 3/4" para agua caliente
Valvulas y Conexiones necesarias para su instalación
950 Pieza
El Responsable de la Presente Licitación será: La C. Nelida Nayethzy Chavero Becerril, Directora de Recursos Materiales y Servicios Generales
Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta: en Internet: en la página Delegacional http://www.cuauhtemoc.gob.mx y en la
Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, ubicada en Calle Aldama y Mina S/N, Colonia Buenavista, Código Postal 06350, Delegación
Cuauhtémoc, México D. F. los días 8, 9 y 10 de diciembre de 2015 en un horario de 10:00 a 15.00 horas.
La forma de pago es: mediante cheque certificado o de caja a nombre de la Secretaria de Finanzas del Distrito Federal y presentarse a pagar en la
Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Delegación Cuauhtémoc ubicada en calle Aldama y Mina S/N, Colonia Buenavista, Código
Postal 06350, Delegación Cuauhtémoc, México D. F., teléfono 2452 3204, No. de Licitación: 30001021-005-15 de la Convocante, para solicitar copia
firmada de las bases de la Licitación Pública.
Costo de las Bases: será de $ 2,000.00 (dos mil pesos 00/100 m.n.)
Lugar en que se llevarán a cabo los eventos: en el Salón de Cabildos del Edificio Delegacional, ubicado en Calle Aldama y Mina S/N, Colonia
Buenavista, Código Postal 06350, Delegación Cuauhtémoc, México D. F.
Fecha de la firma de los contratos: se llevará a cabo durante los 15 (quince) días hábiles posteriores a la emisión del Fallo de 09:00 a 14:00 Hrs. en la
Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales ubicada en el domicilio arriba señalado.
25. El idioma en que deberán presentarse las propuestas será: en español.
La moneda en que deberán cotizarse las propuestas serán: Peso Mexicano.
Vigencia de los precios: será hasta la terminación del contrato.
Pagos serán: 20 días hábiles posteriores a la presentación de la facturas debidamente requisitadas en la Dirección de Presupuesto y Finanzas.
Anticipos: en la presente licitación no se otorgaran anticipos.
Lugar de entrega de los bienes: en el Almacén B de la Delegación con un horario de 09:00 a 14:00 Hrs.
Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de Licitación, así como las Propuestas Técnicas presentadas por los licitantes podrán ser
negociadas, salvo la Propuesta Económica ya que podrán ofertar un precio más bajo, una vez que la Convocante haya comunicado el resultado del
Dictamen.
México, Distrito Federal a 2 de diciembre de 2015.
(Firma)
_________________________________________
Lic. Salvador Loyo Arechandieta
Director General de Administración
26. Administración Pública del Distrito Federal
Delegación Miguel Hidalgo
Dirección General de Obras Públicas y Desarrollo Urbano
Aviso de fallos de Licitación
Arq. José Bello Alemán, Director General de Obras Públicas y Desarrollo Urbano en la Delegación Miguel Hidalgo, en observancia a lo dispuesto en la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Artículo 134 y de conformidad con la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal en sus artículos 1º,
3º apartado A fracción I, 23 primer párrafo, 24 inciso A, 25 apartado A, fraccion 1, 26, 28, 39 y 44 fracción 1 inciso A y de acuerdo con las atribuciones y
facultades conferidas en los artículos 122 III, 122 BIS fracción XI inciso D), 123, 126 fracción XVI Y 172 fracción XII del Reglamento Interior de la
Administración Pública del Distrito Federal, y el Manual Administrativo de la Delegación Miguel Hidalgo, da a conocer la identidad de los ganadores de las
Licitaciones Públicas Nacionales de la Convocatoria No. DMH/DGOPDUL/LPN-011-2015, conforme a lo siguiente:
Número de
Licitación
Descripción y ubicación
de la obra
Empresa
Importe
Incluye IVA
Fecha de
inicio
Fecha de
término
Lugar donde podrán consultarse las
razones de asignación y de rechazo
DMH/LP/015/2015 Recuperación camellón
limpio y seguro en la
colonia del bosque
(Polanco), construcción y
rehabilitación de camellón
Homero en la colonia los
morales (Polanco),
rehabilitación y
recuperación de espacios
en la colonia Demet torero
(U. Hab.), construcción de
barda perimetral en la
colonia Chapultepec
Polanco (Polanco),
renovación de banquetas y
guarniciones (camino
seguro) en la colonia
Chapultepec Polanco
(Polanco)
COBAYPA, S. A. DE
C. V.
$2,730,003.06 01 de
Noviembre
de 2015
31 de
Diciembr
e de
2015
Parque Lira No. 94 Col. Observatorio C. P.
11860, Del. Miguel Hidalgo, Unidad
Departamental de Concursos y Contratos
Adscrita a la Coordinación Técnica de la
Dirección General de Obras Públicas y
Desarrollo Urbano
27. DMH/LP/016/2015 Reencarpetado,
pavimentación y
colocación de concreto
hidráulico dentro del
Perímetro Delegacional
CONTACTO
CONSTRUCCIONES,
S. A. DE C. V
$5,697,033.20 01 de
Noviembre
de 2015
31 de
Diciembr
e de
2015
Parque Lira No. 94 Col. Observatorio C. P.
11860, Del. Miguel Hidalgo, Unidad
Departamental de Concursos y Contratos
Adscrita a la Coordinación Técnica de la
Dirección General de Obras Públicas y
Desarrollo Urbano
DMH/LP/017/2015 Mejoramiento de viviendas
con atención a fachadas,
dentro del Perímetro
Delegacional
VIBAME, S. A. DE C.
V.
$2,756,397.34 01 de
Noviembre
de 2015
31 de
Diciembr
e de
2015
Parque Lira No. 94 Col. Observatorio C. P.
11860, Del. Miguel Hidalgo, Unidad
Departamental de Concursos y Contratos
Adscrita a la Coordinación Técnica de la
Dirección General de Obras Públicas y
Desarrollo Urbano
DMH/LP/018/2015 Colocación e Instalación
de Luminarias
RODRIGUEZ Y
GARCIA
CONSTRUCCIONES,
S. A. DE C. V.
$5,735,121.20 01 de
Noviembre
de 2015
31 de
Diciembr
e de
2015
Parque Lira No. 94 Col. Observatorio C. P.
11860, Del. Miguel Hidalgo, Unidad
Departamental de Concursos y Contratos
Adscrita a la Coordinación Técnica de la
Dirección General de Obras Públicas y
Desarrollo Urbano
DMH/LP/019/2015 Renivelacion de coladeras
y brocales en vialidades
secundarias, renovación de
banquetas y guarniciones
dentro del Perímetro
Delegacional, construcción
y reparación de marcos
rígidos en la colonia
Reforma Social
COBAYPA, S. A. DE
C. V.
$1,851,553.65 01 de
Noviembre
de 2015
31 de
Diciembr
e de
2015
Parque Lira No. 94 Col. Observatorio C. P.
11860, Del. Miguel Hidalgo, Unidad
Departamental de Concursos y Contratos
Adscrita a la Coordinación Técnica de la
Dirección General de Obras Públicas y
Desarrollo Urbano
DMH/LP/020/2015 Recuperación de espacios
públicos dentro del
Perímetro Delegacional
ARTHUR'S
CONSTRUCCIONES,
S. A. DE C. V.
$1,091,494.60 01 de
Noviembre
de 2015
31 de
Diciembr
e de
2015
Parque Lira No. 94 Col. Observatorio C. P.
11860, Del. Miguel Hidalgo, Unidad
Departamental de Concursos y Contratos
Adscrita a la Coordinación Técnica de la
Dirección General de Obras Públicas y
Desarrollo Urbano
28. DMH/LP/021/2015 Nuevo Edificio
Delegacional Tercera
Etapa
INFRAESTRUCTUR
A OMEGA 2000, S.
A. DE C. V.
$18,388,145.04 01 de
Noviembre
de 2015
31 de
Diciembr
e de
2015
Parque Lira No. 94 Col. Observatorio C. P.
11860, Del. Miguel Hidalgo, Unidad
Departamental de Concursos y Contratos
Adscrita a la Coordinación Técnica de la
Dirección General de Obras Públicas y
Desarrollo Urbano
DMH/LP/022/2015 Apoyo al mejoramiento de
vivienda en situación
precaria
COMERCIALIZADO
RA Y
CONSTRUCTORA
YIRHEM, S. A. DE C.
V.
$11,592,729.46 01 de
Noviembre
de 2015
31 de
Diciembr
e de
2015
Parque Lira No. 94 Col. Observatorio C. P.
11860, Del. Miguel Hidalgo, Unidad
Departamental de Concursos y Contratos
Adscrita a la Coordinación Técnica de la
Dirección General de Obras Públicas y
Desarrollo Urbano
Las razones de asignación y de rechazo de las empresas participantes podrán ser consultadas en la Disección General de Obras y Desarrollo Urbano de la
Delegación del Gobierno del Distrito Federal en Miguel Hidalgo, sita en Parque Lira No. 94, Col. Observatorio, C. P. 11860, Miguel Hidalgo, D. F.
México, D.F. a 03 de diciembre de 2015
(Firma)
Arq. José Bello Alemán
Director General de Obras Publicas y Desarrollo Urbano
29. RED DE TRANSPORTE DE PASAJEROS DEL DISTRITO FEDERAL
CONVOCATORIA PÚBLICA
MTRA. SUSANA SERRANO CAMARGO, ENCARGADA DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE RED DE TRANSPORTE DE PASAJEROS
DEL DISTRITO FEDERAL, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 134 CONSTITUCIONAL, ARTÍCULO 57 DE LA LEY DEL
RÉGIMEN PATRIMONIAL Y DEL SERVICIO PÚBLICO, ARTÍCULO 119-B FRACCIÓN VII DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, LOS ARTÍCULOS 19 Y 24 DEL ESTATUTO ORGÁNICO DEL ORGANISMO, EN LO
DISPUESTO EN SU MANUAL ADMINISTRATIVO, APARTADO 1.5; MANUAL PARA LA INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE SU COMITÉ DE
ENAJENACIÓN DE BIENES MUEBLES Y EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA ENAJENACIÓN DE BIENES MUEBLES; ASÍ COMO LA
CIRCULAR UNO 2015, EMITIDA POR LA OFICIALÍA MAYOR DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, APARTADO 6.3.4.1; CONVOCA A
PERSONAS FÍSICAS Y MORALES A PARTICIPAR EN LA LICITACION PÚBLICA RTP/LP-006/15 PARA ADQUIRIR:
LICITACIÓN
PÚBLICA
PRECIO
MÍNIMO
DE VENTA
VENTA DE
BASES
VERIFICACIÓN
DE BIENES
ACLARACIÓN
DE BASES
RECEPCIÓN DE
DOCUMENTACIÓN
LEGAL,
ADMINISTRATIVA,
OFERTAS, GARANTÍAS
DE SOSTENIMIENTO Y
FALLO
PLAZO DE
RETIRO
RTP/LP-006/15 “UN
LOTE DE 533
ACUMULADORES DE
DESECHO (426
CHICOS Y 107
GRANDES),
APROXIMADAMENTE
16,000 KILOGRAMOS.
$49,600.00
DEL 8 AL 10 DE
DICIEMBRE
2015 DE 9:30 A
13:30 Y DE 15:30
A 17:30 HRS.
DEL 8 AL 10 DE
DICIEMBRE DE
2015 DE 9:30 A
13:30 Y DE 15:30
A 17:30 HRS.
15 DE
DICIEMBRE DE
2015, A LAS
10:00
RECEPCIÓN DE
DOCUMENTACIÓN
16 DE DICIEMBRE DE
2015, A LAS 10:00 HRS.
FALLO
18 DE DICIEMBRE DE
2015, A LAS 13:00 HRS.
EL 29 AL 31
DE
DICIEMBRE
DE 2015 Y
DEL 4 AL 8 DE
ENERO DE
2016 DE 9:00 A
13:30 Y DE
15:00 A 17:30
HORAS
LOS BIENES REFERENTES A LA LICITACION PÚBLICA RTP/LP-006/15 PODRÁN INSPECCIONARSE, PREVIO PASE DE ACCESO EN LOS
DISTINTOS MÓDULOS OPERATIVOS Y CENTROS DE RECONSTRUCCIÓN DEL ORGANISMO, UBICADOS DENTRO DEL DISTRITO FEDERAL.
LOS ACTOS RELATIVOS A LAS LICITACIONES SE REALIZARÁN EN LA SALA DE USOS MÚLTIPLES DEL 5º PISO EN EL EDIFICIO
UBICADO EN SERAPIO RENDÓN NÚMERO 114, COL. SAN RAFAEL, DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC, C. P. 06470, MÉXICO, D. F. PARA
MAYOR INFORMACIÓN, COMUNICARSE A LOS TELÉFONOS 55-92-05-89 Y 57-05-41-77 EXT. 2327.
EL COSTO DE LAS BASES DE LA LICITACIÓN ES DE $2,000.00 (DOS MIL PESOS 00/100 M.N.) CADA UNA, IVA INCLUIDO, IMPORTE QUE
PODRÁN PAGAR MEDIANTE EFECTIVO, CHEQUE DE CAJA O CERTIFICADO A NOMBRE DE RED DE TRANSPORTE DE PASAJEROS DEL
DISTRITO FEDERAL, MISMO QUE DEPOSITARÁN EN LA CAJA GENERAL DEL ORGANISMO UBICADA EN EL SEGUNDO PISO DEL
DOMICILIO ANTES MENCIONADO, PREVIA PRESENTACIÓN DE LA CÉDULA DE IDENTIFICACIÓN FISCAL RESPECTIVA.
30. LAS BASES SERÁN ENTREGADAS EN LA GERENCIA DE COMERCIALIZACIÓN, ENAJENACIÓN Y LICITACIÓN DE BIENES UBICADA EN ESE
MISMO PISO, PARA LO CUAL DEBERÁN EXHIBIR ORIGINAL DEL RECIBO DE PAGO, QUE PARA TAL EFECTO SE EXPIDE CON EL PROPÓSITO
DE EMITIR LA FACTURA CORRESPONDIENTE, SIENDO OBLIGATORIO PROPORCIONAR UNA DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO PARA
SU ENVÍO.
LOS PARTICIPANTES DEBERÁN GARANTIZAR LA SERIEDAD DE SUS PROPUESTAS, MEDIANTE CHEQUE CERTIFICADO O DE CAJA,
EXPEDIDO POR UNA INSTITUCIÓN DE BANCA Y CRÉDITO, O FIANZA EXPEDIDA POR INSTITUCIÓN AFIANZADORA LEGALMENTE
AUTORIZADA, A FAVOR DE RED DE TRANSPORTE DE PASAJEROS DEL DISTRITO FEDERAL POR UN MONTO EQUIVALENTE AL 10% DE SU
OFERTA.
A LOS PARTICIPANTES QUE NO RESULTEN FAVORECIDOS, SE LES REINTEGRARÁ SU GARANTÍA DE SOSTENIMIENTO DE OFERTA UNA
VEZ CONCLUIDO EL ACTO DE FALLO. AL PARTICIPANTE GANADOR, SE LE RETENDRÁ HASTA EL MOMENTO QUE HAYA CUMPLIDO CON
SUS OBLIGACIONES CONTRACTUALES.
A T E N T A M E N T E
(Firma)
______________________________________
MÉXICO, D. F., A 01 DE DICIEMBRE DE 2015.
MTRA. SUSANA SERRANO CAMARGO
ENCARGADA DE LA DIRECCIÓN DE
ADMINISTRACIÓN
31. UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL CONVOCATORIA No. OP-001-15
El Arq. Humberto Rello Gómez, Coordinador de Obras y Conservación de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México, cuenta con facultades legales según Poder Notarial
N°26565, otorgado ante la fe de las notarias asociadas 78 y 108 del D.F. y en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; y en lo establecido en los numerales 45,46,47 y 49 de las Normas en Materia de Obras y servicios relacionados con la Misma de la UACM, Organismo Público
Autónomo del Distrito Federal, convoca a participar en las siguientes Licitaciones Públicas Nacionales:
Licitación Pública Nacional
Costo de
las Bases
Fecha
límite para
adquirir
Bases
Visita de
obra
Junta de
Aclaración
de Bases
Apertura
de
Propuesta
Técnica
Apertura
de
Propuesta
Económica
Fallo
Inicio /
Terminación de
los Trabajos
Capital
Contable
Mínimo
Requerido
UACM/COC/LPN/OP/001/2015
“Conclusión del edificio de
administración, pórtico, auditorio y
construcción de plaza principal en el
plantel de Cuautepec”
$1,800.00
11/12/2015 14/12/2015 16/12/2015 23/12/2015 28/12/2015 30/12/2015 25/01/2016
$22,500,000.00
05:00 p.m. 09:00 a.m. 09:00 a.m. 09:00 a.m. 09:00 a.m. 09:00 a.m. 31/12/2016
UACM/COC/LPN/OP/002/2015
“Construcción emergente de muro de
contención y áreas deportivas/recreativas
en el plantel de Cuautepec"
$1,800.00
11/12/2015 14/12/2015 16/12/2015 23/12/2015 28/12/2015 30/12/2015 25/01/2016
$10,500,000.00
05:00 p.m. 12:00 p.m. 12:00 p.m. 12:00 p.m. 12:00 p.m. 10:00 a.m. 31/08/2016
UACM/COC/LPN/OP/003/2015
“Rehabilitación de sanitarios,
mantenimiento a puente de
intercomunicación, terraza, pisos y
sustitución de ventanas en fachadas
exteriores del plantel de Centro-
Histórico”
$1,800.00
11/12/2015 14/12/2015 16/12/2015 23/12/2015 28/12/2015 30/12/2015 25/01/2016
$9,000,000.00
05:00 p.m. 03:00 p.m. 03:00 p.m. 03:00 p.m. 03:00 p.m. 11:00 a.m. 30/09/2016
UACM/COC/LPN/OP/004/2015
“Remodelación de escalera principal, área
de úsos múltiples, biblioteca y espacio de
lectura al aire libre, foro cultural y
construcción de áreas deportivas/
recreativas en el plantel de Casa Libertad”
$1,800.00
11/12/2015 14/12/2015 16/12/2015 23/12/2015 28/12/2015 30/12/2015 25/01/2016
$16,500,000.00
05:00 p.m. 09:00 a.m. 10:00 a.m. 09:00 a.m. 09:00 a.m. 12:00 p.m. 30/09/2016
UACM/COC/LPN/OP/005/2015
“Rehabilitación de sanitarios, drenaje,
auditorio, área denominada "la isla",
espacio anexo a la biblioteca, techo del
comedor, laboratorios, espacios liberados
por el IEMS, y fachadas, construcción de
áreas deportivas/recreativas y elevador
para personas con capacidades diferentes,
en el plantel Del Valle”
$1,800.00
11/12/2015 14/12/2015 16/12/2015 23/12/2015 28/12/2015 30/12/2015 25/01/2016
$33,000,000.00
05:00 p.m. 01:00 p.m. 01:00 p.m. 12:00 p.m. 12:00 p.m. 01:00 p.m. 31/12/2016
32. La presente licitación se realizará por conducto de la Coordinación de Obras y Conservación de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México, con domicilio en:
Talavera núm. 20, colonia Centro, delegación, Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06060 TEL. 55.22.72.12
Las bases de las licitaciones se encuentran disponibles para consulta y venta: en la Coordinación de Obras y Conservación ubicada en Calle Talavera No. 20, esquina con
República del Salvador, colonia Centro, delegación Cuauhtémoc, C.P. 06060, teléfono 55 22 72 12, los días 8, 9 10 y 11 de Diciembre del 2015 con el siguiente horario:
10:00 a 17:00 horas.
La forma de pago de las bases es: En la oficina de la Tesorería, ubicada en la Planta baja de Dr. García Diego No. 168, colonia Doctores, delegación Cuauhtémoc, C.P.
06720, en México, Distrito Federal, en un horario de 09:30 a 14:30 horas. El pago de bases se realizará a favor de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México,
mediante depósito bancario a la cuenta N° 0192845164 o a través de transferencia electrónica CLABE interbancaria 012180001928451648, de BBVA Bancomer, S.A.
Con el comprobante de pago sellado por la Tesorería, así como copia del RFC del licitante e identificación oficial vigente del representante legal, se presentará de 09:30 a
17:00 horas Talavera núm. 20, colonia Centro, delegación, Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06060 TEL. 55.22.72.12 para la entrega de bases.
Se deberá presentar solicitud de inscripción a las licitación en papel membretado de la empresa, con datos actualizados (domicilio, teléfono, fax, representante legal, etc.),
dirigido a la Universidad Autónoma de la Ciudad de México y entregarlo en la Coordinación de Obras y Conservación ubicada en Calle Talavera No. 20, esquina con
República del Salvador, colonia Centro, delegación Cuauhtémoc, C.P. 06060
Las propuestas serán en idioma español, en moneda y unidad de medida de uso nacional (México). Los eventos se realizarán en el domicilio, calendarios y horarios
anunciados en las bases.
La suficiencia presupuestal se encuentra respaldada por la Oficio número UACM /TESORERÍA/0-848/2015
No se podrán subcontratar partes de la obra, salvo lo expresamente señalado en las bases de licitación y previa autorización por escrito de la Coordinación de Obras y
Conservación.
Se otorgará un anticipo para compra de material del: 20% y para el inicio de los trabajos del: 10%
La experiencia y capacidad técnica y financiera que deberán acreditar los interesados consiste en: comprobar experiencia en obras similares y capacidad financiera,
administrativa y de control durante el proceso de la obra, según la información que se solicita en las bases de la licitación pública.
Los criterios generales de adjudicación del contrato serán: si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad de los requerimientos
solicitados, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición cuyo precio sea el más bajo.
Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de licitación, así como las proposiciones presentadas por los licitantes podrán ser negociadas.
La modalidad de la contratación será la establecida en las bases de cada una de las licitaciones.
México D.F., 7 de Diciembre de 2015
(Firma)
Arq. Humberto Rello Gómez
Coordinación de Obras y Conservación de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México
33. 8 de Diciembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 33
SECCIÓN DE AVISOS
GAXIOLA ARQUITECTOS, S.C.
Balance General de Liquidación al 30 de octubre de 2015
Mediante Junta de Socios de la sociedad “GAXIOLA ARQUITECTOS”, S.C. se acordó la disolución anticipada de la
Sociedad, por lo que se da a conocer el Balance Final de Liquidación.
ACTIVO PASIVO
CIRCULANTE CIRCULANTE
Caja y Bancos 50,000.00 TOTAL DE PASIVO CIRCULANTE 0.00
SUMA ACTIVO CIRCULANTE 50,000.00 CAPITAL CONTABLE
Capital Social 50,000.00
Resultado de Ejercicios Anteriores 0.00
FIJO Resultado del Ejercicio 0.00
SUMA ACTIVO FIJO 0.00 SUMA CAPITAL CONTABLE 50,000.00
TOTAL ACTIVO 50,000.00 TOTAL PAS. Y CAPITAL CONTABLE 50,000.00
México, Distrito Federal, a 30 de octubre de 2015
(Firma)
_________________________________________
FELIPE JOSÉ ANTONIO GAXIOLA DE HARO
LIQUIDADOR
COMERCIALIZADORA ARIASTURIAS RAM, S.A. DE C.V. (EN LIQUIDACION)
BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 30 DE NOVIEMBRE DE 2015
(Cifras en pesos)
Activo Pasivo
Caja $ 3,100.00 Total del Pasivo $ 0.00
Capital Contable
Capital Social Fijo $ 400,000.00
Resultados de Ejercicios Anteriores (396,900.00)
Resultado del Ejercicio 0.00
Total de Capital $ 3,100.00
Total de Activo $ 3,100.00 Total de Pasivo y Capital $ 3,100.00
La publicación se hace en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. La
parte que a cada accionista le corresponde del haber social, se distribuirá en proporción a la participación que cada uno de
los accionistas tenga en el mismo
México, D.F. A 01 de Diciembre de 2015
(Firma)
Liquidador
Sr. Ramón Arias García
34. 34 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 8 de Diciembre de 2015
SEGURIDAD PRIVADA EMPRESARIAL MOZAT S.A DE C.V.
B A L A N C E G E N E R A L
A L 3 1 D E O C T U B R E D E L 2 0 1 5
CUENTA ACUMULADO TOTAL
ACTIVO
CIRCULANTE
Banco 50,000.00
TOTAL ACTIVO 50,000.00
PASIVO
TOTAL PASIVO 0.00
CAPITAL
CONTABLE
Capital Social 50,000.00
Resultado Ejercicio 0.00
TOTAL PASIVO
CAPITAL
50,000.00
(Firma)
___________________________
LIQUIDADOR
PEDRO ALFREDO MORA MARTINEZ
E D I C T O S
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, JUZGADO TERCERO DE
DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL.
EDICTO
PARA EMPLAZAR A:
CONSORCIO INDUSTRIAL SIMTRA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE.
QUE EN LOS AUTOS DEL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL 31/2015-V, SEGUIDO POR IMPULSORA
DE DESARROLLO INTEGRAL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE CONTRA CONSORCIO
INDUSTRIAL SIMTRA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, SE DICTO EL SIGUIENTE
ACUERDO:
“México, Distrito Federal, once de noviembre de dos mil quince.
En atención al escrito del actor y estado procesal que guarda el asunto, toda vez que se han agotado los medios para
localizar el domicilio de Consorcio Industrial Sinitra, sociedad anónima de capital variable; en esas condiciones, con
fundamento en el artículo 1070 del Código de Comercio, en relación con el numeral 315 del Código Federal de
Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente al código de la materia, se ordena emplazar al enjuiciado en cita, por
edictos que se publicarán por tres veces consecutivas y de manera simultánea tanto en el periódico El Sol de México, así
como en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal, haciéndole saber al demandado que debe presentarse ante
el Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal dentro de treinta días contados a partir de la última
publicación, conteste la demanda incoada en su contra por Impulsora de Desarrollo Integral, sociedad anónima de
capital variable, quedando a disposición en el local de este juzgado copia simple del escrito de demanda, así como sus
respectivos anexos; asímismo señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta jurisdicción, bajo el apercibimiento
35. 8 de Diciembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 35
que de no hacerlo, se harán conforme a las reglas para las notificaciones que no deban ser personales, lo anterior en
términos del artículo 1069 del Código de Comercio; de igual manera, se apercibe que en caso de no contestar la demanda, se
tendrá por contestada en sentido negativo, quedando a salvo los derechos para probar en contra, conforme a lo dispuesto
por el ordinal 332 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria al Código de Comercio.
Para los efectos anteriores, requiérase a la enjuiciante Impulsora de Desarrollo Integral, sociedad anónima de
capital variable, para que comparezca a este Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, sito en calle
Sidar y Rovirosa esquina Eduardo Molina, colonia del Parque, delegación Venustiano Carranza, acceso tres, primer nivel,
Edificio Sede del Poder Judicial de la Federación, San Lázaro Distrito Federal, a efecto de cumplir lo siguiente: a) recoger
los edictos que se encuentran a su disposición, dentro del plazo de tres días contados a partir de que surta efectos la
notificación del presente auto, en términos de lo dispuesto por el artículo 1079, fracción VI del Código de Comercio; b) en
su oportunidad, exhiba el comprobante de pago de las publicaciones correspondientes, en igual plazo a partir del día
siguiente que se pongan a su disposición los edictos; y c) exhibir las publicaciones correspondientes dentro de los tres días
siguientes a la última de ellas, apercibida que de hacer caso omiso a cualquiera de los supuestos anteriores, se dara de baja
el presente asunto por falta de interés, lo anterior atendiendo al principio de justicia pronta y expedita consagrado en el
artículo 17 constitucional.
Fíjese en la puerta de este Juzgado copia íntegra del presente por todo el tiempo del emplazamiento.
Asimismo, se hace del conocimiento de la actora que los presentes edictos serán impresos el día que comparezca a
recibirlos en el local de este juzgado, con la salvedad que estos puedan ser firmados por cualquiera de los Secretarios de
Acuerdos adscritos a este órgano jurisdiccional.
Finalmente, dada la naturaleza del presente juicio, se deja a salvo el derecho de la actora para señalara bienes
susceptibles de embargo y suficientes que garanticen la cantidad reclamada.
Notifíquese por edictos a la enjuiciada y personalmente al accionante.
Lo proveyó y firma el Juez Tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, Felipe V Consuelo Soto,
ante la Secretaria Susana Guzmán Benavides, que autoriza. Doy fe.
MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, ONCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL QUINCE.
LA SECRETARIA DEL JUZGADO
TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL
EN EL DISTRITO FEDERAL.
(Firma)
LIC. SUSANA GUZMAN BENAVIDES.
EDICTOS QUE SE PUBLICARAN TRES VECES CONSECUTIVAS EN LA GACETA OFICIAL DEL
GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Y EN EL PERIÓDICO EL SOL DE MÉXICO.
36. 36 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 8 de Diciembre de 2015
** E D I C T O **
JUZGADO 53 DE LO CIVIL
EMPLAZAMIENTO
Representante legal de: Grupo Papro, S.A. de C.V.
Señora: Ana María Trinidad Soto Silva y/o Ana María Soto Silva
En los autos del juicio ejecutivo mercantil, promovido por Banco Santander (México), S.A., Institución de Banca
Múltiple, Grupo Financiero Santander México en contra de Grupo Papro, S.A. de C.V. y Ana María Trinidad Soto
Silva y/o Ana María Soto Silva, expediente número 151/2014, el Juez Quincuagésimo Tercero de lo Civil del Distrito
Federal, dicto un auto que a la letra dice:
México, Distrito Federal, a veinticuatro de septiembre del año dos mil quince.- Agréguese a los autos del expediente
151/2014, el escrito que presenta la mandataria judicial de la parte moral parte actora, como lo pide y atendiendo a que no
se cuenta con domicilio alguno de los codemandados, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 1070 del Código de
Comercio, se ordena emplazar por medio de edictos a la moral demandada Grupo Papro, S.A. de C.V. y a la
codemandada física Ana maría Trinidad Soto Silva y/o Ana María Soto Silva, por medio de edictos que deberán publicarse
por tres veces consecutivas, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y periódico el “Ovaciones”, haciéndoles saber que
deberá presentarse dentro del término de treinta días siguientes a la última publicación, a recibir las copias de traslado
correspondientes, para dar contestación a la demanda incoada en su contra, ello dentro del plazo legal de ocho días, con el
apercibimiento que de no hacerlo precluirá su derecho, y se tendrán por negados los hechos de la demanda que dejó de
contestar, atento a lo dispuesto por el artículo 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria y
se seguirá el juicio en su contumacia; para los efectos citados, queda a su disposición en la Secretaría “A” de este Órgano
Jurisdiccional, las copias de traslado de ley, así mismo se apercibe a los codemandados en el sentido de que si pasado el
término del emplazamiento hecho en la forma indicada no comparece a juicio, se seguirá el mismo en su rebeldía y se le
harán las posteriores notificaciones en términos de lo que establece el artículo 1070, último párrafo, del Código de
Comercio, es decir, por boletín judicial, en el local del juzgado sin su presencia…..”. “…. Notifíquese.- Lo proveyó y firma
el Maestro en Derecho Andrés Martínez Guerrero, Juez Quincuagésimo Tercero de lo Civil, ante la Secretaria de
Acuerdos Licenciada Rosario Adriana Carpio Carpio, quien autoriza y da fe.- Doy fe.- R u b r i c a s.-
La Secretaria de Acuerdos
(Firma)
Lda. Rosario Adriana Carpio Carpio.
México, Distrito Federal, a veintinueve de Septiembre de dos mil quince.
37. 8 de Diciembre de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 37
38. 38 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 8 de Diciembre de 2015
AVISO
PRIMERO. Se da a conocer a la Administración Pública del Distrito Federal; Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y
Asamblea Legislativa del Distrito Federal; Órganos Autónomos del Distrito Federal; Dependencias y Órganos Federales; así como al
público en general, los requisitos que habrán de contener los documentos para su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal,
siendo los siguientes:.
1. El documento a publicar deberá presentarse ante la Unidad Departamental de Publicaciones para su revisión, autorización y según el
caso, cotización con un mínimo de 4 días hábiles de anticipación a la fecha en que se requiera sea publicado, esto para el caso de
las publicaciones ordinarias, si se tratase de las inserciones urgentes a que hace referencia el Código Fiscal del Distrito Federal,
estas se sujetarán a la disposición de espacios que determine la citada Unidad Departamental, esto en el horario de 9:00 a 13:30
horas, acompañado de la solicitud de inserción dirigida al titular de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos.
El documento a publicar tendrá que presentarse en original legible y debidamente firmado, señalando el nombre y cargo de quien lo
suscribe, asimismo, deberá ser rubricado en todas las fojas que lo integren.
2. Tratándose de documentos que requieran publicación consecutiva, se anexarán tantos originales o copias certificadas como
publicaciones se requieran.
3. La información a publicar deberá ser grabada en disco compacto, siendo un archivo generado en procesador de texto Microsoft Word
en cualquiera de sus versiones, con las siguientes especificaciones:
I. Página tamaño carta;
II. Márgenes en página vertical: Superior 3, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 2;
III. Márgenes en página horizontal: Superior 2, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 3;
IV. Tipo de letra Times New Roman, tamaño 10;
V. Dejar un renglón como espacio entre cada párrafo, teniendo interlineado sencillo;
VI. No incluir ningún elemento en el encabezado o pie de página del documento;
VII. Presentar los Estados Financieros o las Tablas Numéricas en tablas generadas en Word;
VIII. Rotular el disco con el título del documento;
IX. No utilizar la función de Revisión o control de cambios, ya que al insertar el documento en la Gaceta Oficial, se generarán cuadros
de dialogo que interfieren con la elaboración del ejemplar;
X. No utilizar numeración o incisos automáticos, así como cualquier función automática en el documento; y
XI. La fecha de firma del documento a insertar deberá ser anterior a la fecha de publicación
Es importante destacar que la ortografía y contenido de los documentos publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal son de estricta
responsabilidad de los solicitantes.
4. La cancelación de publicaciones en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, deberá solicitarse por escrito, con 3 días hábiles de
anticipación a la fecha de publicación, para el caso de publicaciones ordinarias, si se trata de publicaciones urgentes, será con al menos un
día de antelación a la publicación, en el horario establecido en el segundo numeral de este aviso.
SEGUNDO. Se hace del conocimiento de la Administración Pública del Distrito Federal; Tribunal Superior de Justicia del Distrito
Federal y Asamblea Legislativa del Distrito Federal; Órganos Autónomos del Distrito Federal; Dependencias y Órganos Federales; así
como al público en general, que a partir de la primera emisión que se efectué en el año 2015, de este Órgano de Difusión Oficial, la Época
inserta en el Índice será la Décima Octava.
TERCERO. Se hace del conocimiento de la Administración Pública del Distrito Federal; Tribunal Superior de Justicia del Distrito
Federal y Asamblea Legislativa del Distrito Federal; Órganos Autónomos del Distrito Federal; Dependencias y Órganos Federales; así
como al público en general, que la publicación de la Gaceta Oficial del Distrito Federal se realizará de lunes a viernes, en días hábiles,
pudiéndose habilitar, a juicio de esta Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, tantos números extraordinarios como se
requieran, así como emitir publicaciones en días inhábiles para satisfacer las necesidades del servicio.
AVISO IMPORTANTE
Las publicaciones que aparecen en la presente edición son tomadas de las fuentes (documentos originales), proporcionadas por los interesados,
por lo que la ortografía y contenido de los mismos son de estricta responsabilidad de los solicitantes.
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