SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 64
Descargar para leer sin conexión
Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México
DÉCIMA NOVENA ÉPOCA 9 DE MARZO DE 2016 No. 27
Í N D I C E
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Secretaría de Obras y Servicios
 Acuerdo por el que se dan a conocer los días inhábiles para la Oficina de Información Pública del Proyecto Metro
del Distrito Federal, para el año 2016 y 2017 4
Secretaría de Finanzas
 Aviso por el cual se da a conocer el listado de conceptos y cuotas de ingresos que se recauden por concepto de
aprovechamientos y productos de aplicación automática, en la Secretaría de Finanzas 6
Secretaría de Seguridad Pública
 Acuerdo 5/2016 por el que se autoriza la Norma que regula el Programa de Baja Voluntaria del Servicio con
Indemnización para el Personal Operativo en Activo de la Policía Preventiva de la Ciudad de México,
Correspondiente al Ejercicio Fiscal 2016 8
Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo
 Aviso por el que se da a conocer el Sistema de Datos Personales bajo la tutela del Instituto de Capacitación para el
Trabajo de la Ciudad de México, denominado “Sistema de Datos Personales para el Registro Electrónico de
Personas Capacitadas”, de conformidad con lo establecido en la normatividad aplicable en esta materia 14
Delegación Iztapalapa
 Nota aclaratoria al Aviso por el que se dan a conocer los Lineamientos Operativos de la Acción Institucional
“Poder Vincularse”, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el día 26 de febrero de 2016 18
Continúa en la Pág. 2
2 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de Marzo de 2016
Índice
Viene de la Pág. 1
 Nota aclaratoria al Aviso por el que se dan a conocer los Lineamientos Operativos de la Acción Institucional
“Poder Ciudadano”, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el día 26 de febrero de 2016 19
Delegación Venustiano Carranza
 Aviso por el cual se dan a conocer las cuotas o conceptos que se darán de baja y sobre los cuales se dejaran de
percibir ingresos por concepto de aprovechamientos y productos que son generados mediante el mecanismo de
aplicación automática aplicables a los Centros Generadores asignados a la Delegación Venustiano Carranza 20
 Aviso que modifica al Aviso por el cual se dan a conocer las nuevas cuotas para los ingresos que se recauden por
concepto de aprovechamientos y productos que son generados mediante el mecanismo de aplicación automática
asignados a la Delegación Venustiano Carranza publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el día 18 de
febrero de 2016 31
 Aviso que adiciona al Aviso por el cual se dan a conocer las nuevas cuotas para los ingresos que se recauden por
concepto de aprovechamientos y productos que son generados mediante el mecanismo de aplicación automática
asignados a la Delegación Venustiano Carranza publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el día 18 de
febrero de 2016 39
Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México
 Acuerdo General por el que se cambia la denominación de Distrito Federal por Ciudad de México en todo el
Cuerpo Normativo del Poder Judicial de la Ciudad de México 40
 CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS
 Secretaría de Obras y Servicios.- Planta de Asfalto.- Licitación Pública Nacional Número 30001049-001-016.-
Convocatoria 001.- Adquisición de aditivo para mezcla asfáltica templada 41
 Secretaría de Turismo.- Licitación Pública Nacional Número SECTURDF-LPN-03-2016.- Convocatoria 003.-
Servicio de promoción e información turística para los módulos y unidades/estaciones digitales de información
turística 43
 Delegación Cuauhtémoc.- Licitación Pública Nacional Número 30001021-001-16.- Convocatoria 001/2016.-
Adquisición de vara de perlilla 45
 Delegación Tlalpan.- Licitación Pública Nacional No. 30001029-005-2016.- Convocatoria 003/16.- Adquisición
de materiales, útiles y equipos menores de oficina 47
 Servicios de Salud Pública del Distrito Federal.- Licitación Pública Internacional Número EA-909007972-I6-
16.- Convocatoria 06/16.- Adquisición de productos químicos básicos 49
SECCIÓN DE AVISOS
 Instituto Educativo Olinca, S. C. 50
 Comercializadora Comerampec, S.A. de C.V. 52
 Autopamex.Com, S.A. de C.V. 54
 Afianzadora Mexicana, S.A. de C.V. 55
 Davinel, S.A. de C.V. 56
 Edictos 57
 Aviso 62
9 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 3
4 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de Marzo de 2016
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS
PROYECTO METRO DEL DISTRITO FEDERAL
CONSIDERANDO
I.- Que la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, es el ordenamiento legal que
impone a los Órganos Ejecutivo, Legislativo y Judicial y Autónomos de Ley, así como aquellos Entes Públicos del Distrito
Federal que ejerzan gasto público, atender en sus relaciones con los particulares, los principios de legalidad, certeza jurídica,
imparcialidad, información, celeridad, veracidad, transparencia y máxima publicidad de sus actos.
II.- Que la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, en su artículo 7 y la Ley de
Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, en su artículo 4, establecen que en todas aquellas cuestiones
relacionadas con el Procedimiento, no previstas en dichos ordenamientos, se aplicará supletoriamente, la Ley de
Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, o en su caso, el Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal.
III.- Que de conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del
Distrito Federal, por ser un Ente Público, está obligada a contar con una Oficina de Información Pública, a fin de que las
personas ejerzan su derecho de acceso a la información a través de ella.
IV.- Que en términos de lo dispuesto por los Artículos 47, 51, 53, 80 fracción II, 86, 90 y 91 de la Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública del Distrito Federal; 42 fracción I, 43 fracciones II, III, y IV; 45 y 47 del Reglamento de la
misma Ley; 32 y 35 de la Ley de Protección de Datos Personales del Distrito Federal, se establecen plazos perentorios para
la atención de las solicitudes de acceso a la información pública; y de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos
personales; para rendir Informes de Ley; para dar cumplimiento a las resoluciones de los recursos de revisión que se
promuevan ante el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal.
V.- Que el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, estipula en sus
artículo 55 párrafo cuarto, que se consideran días inhábiles los señalados por Ley, los señalados por el Jefe de Gobierno del
Distrito Federal en el ejercicio de sus atribuciones y los que publique el titular del Ente Público de la Administración
Pública.
VI.- Que la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, establece en su artículo 71 que las actuaciones y
diligencias en ellas previstas se practicarán en días y horas hábiles, considerando entre otros, como inhábiles los días en que
tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos en que se suspendan las labores, los que se harán del
conocimiento público mediante acuerdo del titular de la dependencia, entidad o delegación respectiva, que se publicará en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal. GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL del 28 de Enero de 2016, Instituto de
Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal. Acuerdo mediante el cual se
aprueban los días inhábiles del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito
Federal, correspondientes al año 2016 y enero de 2017, para efectos de los Actos y Procedimientos que se indican,
competencia de este Instituto
VII.- Que el numeral 31 de los Lineamientos que deberán observar los Entes Públicos del Distrito Federal para la Gestión
de Solicitudes de Información Pública y de Datos Personales a través del Sistema Infomex del Distrito Federal establece que
serán días inhábiles, entre otros, el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo; 1 de mayo; 16 de septiembre;
tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre y el 25 de diciembre. Asimismo, en dicho ordenamiento
se consideran inhábiles los días en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos en que se
suspendan las labores o los términos relativos a los procedimientos previstos en dichos Lineamientos, mismos que se
publicarán en la Gaceta Oficial del Distrito Federal o en el órgano de difusión oficial que corresponda, además de darse a
conocer en el portal de Internet del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del
Distrito Federal y en el Sistema INFOMEX.
9 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 5
VIII.- Que existe un criterio interpretativo del Poder Judicial de la Federación, visible en el Semanario Judicial de la
Federación y su Gaceta del mes de enero de 1997, tomo V, página 479, en el sentido de que es un hecho notorio de que las
festividades religiosas como semana santa y del día de muertos inciden para computar los términos legales, ya que
generalmente las oficinas de las autoridades entre otras las fiscales, permanecen cerradas.
IX. Que el primer periodo vacacional de la Oficina de Información Pública de Proyecto Metro del Distrito Federal,
comprenderá los días: 18, 19, 20, 21, 22, 25, 26, 27, 28 y 29 de julio, todos de dos mil 2016.
X. Que el segundo periodo vacacional de la Oficina de Información Pública de Proyecto Metro del Distrito Federal,
comprenderá los días: 22, 23, 26, 27, 28, 29 y 30 de diciembre, todos de 2016, así como el 02, 03 y 04 de enero de 2017.
XI.- Que durante los días declarados inhábiles, se suspenderán los plazos y términos en todos aquéllos asuntos y
procedimientos administrativos en general, competencia de la Oficina de Información Pública del Proyecto Metro del
Distrito Federal aplicables en la tramitación de las solicitudes de acceso a la información pública; de acceso, rectificación,
cancelación y oposición de datos personales; así como en los recursos de revisión que reciba para su atención.
XII.- Que con el fin de que el presente Acuerdo produzca efectos jurídicos, se hace del conocimiento del público en general,
mediante su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en los estrados de la Oficina de Información Pública del
Proyecto Metro del Distrito Federal, en su Portal de Internet y en el sitio de Internet de INFOMEX.
XIII.- Que con el fin de dar seguridad jurídica a los particulares, se hace del conocimiento del público en general el presente
Acuerdo, mediante su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, así como en el sitio de Internet; infórmese el
contenido al Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, para su
publicación en el portal de Internet de INFOMEX y acciones que considere pertinentes. Finalmente, por las consideraciones
y fundamentos anteriormente expuestos, en éste acto se emite el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS DIAS INHABILES PARA LA OFICINA DE
INFORMACION PÚBLICA DEL PROYECTO METRO DEL DISTRITO FEDERAL, PARA EL AÑO 2016 Y 2017
PRIMERO.- Para los efectos de la tramitación de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Solicitudes de
Informes, Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición de Datos Personales, atención a los Recursos de Revisión
competencia de la Oficina de Información Pública del Proyecto Metro del Distrito Federal, se acuerda como días inhábiles
21, 22, 23, 24 y 25 de marzo; 05 de mayo; 18, 19, 20, 21, 22, 25, 26, 27, 28, y 29 de julio; 16 de septiembre; 02 de
noviembre, 21 de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre; el 22, 23, 26, 27, 28, 29 y 30 de diciembre, todos de
2016, así como el 02, 03 y 04 de enero de 2017.
SEGUNDO.- En virtud de lo anterior y durante los días citados, no se computarán los términos relacionados a las
solicitudes y recursos referidos, competencia de la Oficina de Información Pública del Proyecto Metro del Distrito Federal.
TERCERO.- Se instruye al Responsable de la Oficina de Información Pública, para que realice las acciones necesarias para
que el presente acuerdo sea publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y se cumpla con lo manifestado en el
Considerando XIII del mismo.
TRANSITORIOS
ÚNICO.- Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en los estrados de la Oficina de
Información Pública del Proyecto Metro del Distrito Federal y notifíquese al Instituto de Acceso a la Información Pública y
Protección de Datos Personales del Distrito Federal, para los efectos conducentes.
Ciudad de México, a 01 de marzo de 2016.
El Director General del Proyecto Metro del Distrito Federal.
(Firma)
Marco Antonio Ciriaco Arroyo.
6 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de Marzo de 2016
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN EN LA SECRETARÍA DE FINANZAS
MARCOS MANUEL HERRERÍA ALAMINA, Director General de Administración en la Secretaría de Finanzas, con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 11 de
la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, 101-G del Reglamento Interior de la Administración Pública
del Distrito Federal y la Regla Veinticuatro de las Reglas para la Autorización, Control y Manejo de Ingresos de Aplicación
Automática, publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal Número 263 de fecha 20 de Enero de 2016, emito el
siguiente:
AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER EL LISTADO DE CONCEPTOS Y CUOTAS DE INGRESOS QUE
SE RECAUDEN POR CONCEPTO DE APROVECHAMIENTOS Y PRODUCTOS DE APLICACIÓN
AUTOMÁTICA, EN LA SECRETARÍA DE FINANZAS.
Clave de
concepto
Denominación del Concepto
Unidad de
Medida
Cuota
*Cuota con
IVA
1.
APROVECHAMIENTOS POR EL USO O
APROVECHAMIENTO DE BIENES DEL DOMINIO
PÚBLICO O POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS
EN EL EJERCICIO DE FUNCIONES DE DERECHO
PÚBLICO
1.4 Autorizaciones para el uso o aprovechamiento de bienes del
dominio público
1.4.2 Uso o aprovechamiento de bienes del dominio público de
dependencias, delegaciones y órganos desconcentrados
1.4.2.1.2 Espacio para la instalación de máquinas expendedoras de
bebidas y similares mensual 809.00
1.4.2.8.2.10 Local de Servicios Bancarios (Sup. 300m2
) AT San Borja m2
/mensual 301.00
1.4.2.8.2.11 Local de Servicios Bancarios (Sup. 305m2
) AT San Lázaro m2
/mensual 214.50
1.4.2.8.2.12 Local de Servicios Bancarios (Sup. 305m2
) AT Tasqueña m2
/mensual 311.00
1.4.2.8.3.1 Instalación cajero automático Aragón mensual 631.00
1.4.2.8.3.3 Instalación cajero automático Cien Metros mensual 631.00
1.4.2.8.3.4 Instalación cajero automático Coruña mensual 637.00
1.4.2.8.3.7 Instalación de cajeros automáticos (Dr.Lavista 144) mensual/m2
618.00
1.4.2.8.3.8 Instalación de cajeros automáticos (Izazaga 89) mensual/m2
633.00
1.4.2.8.3.9 Instalación de cajeros automáticos (Dr. Lavista 144) mensual 604.00
1.4.2.8.4.1 Local de Servicios Bancarios (Sup. 35.63m2
) mensual 11,152.00
1.4.2.8.4.3 Local de Servicios Bancarios (Sup. 36.95m2
) mensual 13,413.00
2. PRODUCTOS POR LA PRESTACIÓN DE
SERVICIOS DE DERECHO PRIVADO
2.5 Servicios Diversos
2.5.2.1 Local de Servicios Bancarios (Sup. 149.18 m2
) mensual 75,991.00 88,149.56
Cuando proceda, de acuerdo a la Ley del Impuesto al Valor Agregado a las cuotas se les deberá adicionar el I.V.A.
9 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 7
TRANSITORIOS
Primero.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para su debida observancia y aplicación.
Segundo.- Los presentes conceptos y cuotas entrarán en vigor al día siguiente de su publicación.
Tercero.- Queda sin efecto el listado de conceptos y cuotas de ingresos que se recauden por concepto de aprovechamientos y
productos de aplicación automática, en la Secretaría de Finanzas, publicadas el 22 de Febrero de 2016 en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal.
Ciudad de México, a 1° de Marzo de 2016
(Firma)
MARCOS MANUEL HERRERÍA ALAMINA
DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN EN LA
SECRETARÍA DE FINANZAS
8 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de Marzo de 2016
LICENCIADO HIRAM ALMEIDA ESTRADA, Secretario de Seguridad Pública de la Ciudad de México, con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 21, párrafos noveno y décimo, 44, 122 fracción I, base tercera, y 123 apartado
B, fracción XIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, 5, fracción I, 9, 16 y 17 de la Ley de
Seguridad Pública del Distrito Federal; 5, 15, fracción X, 16, fracción IV, 17 y 33 de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Distrito Federal; 4 y 5, fracción I, 8, fracción III, 24, fracciones II y V, 51, fracción IV, 51 Bis y tercero
transitorio de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal; 1, 3 fracciones I y II, 7, 27,
fracciones I y II, y 34, fracciones VII, IX y XVI, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal;
8, fracción II, del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, y
CONSIDERANDO
Que la seguridad pública es una función reservada al Estado, cuya prestación consiste, entre otras, en proteger la integridad
física de las personas y sus bienes, la cual se lleva a cabo por instituciones policiales, como lo es la Secretaría de Seguridad
Pública de la Ciudad de México.
Que las y los integrantes de la Policía de la Ciudad de México rigen su actuación por los principios de legalidad, eficiencia,
profesionalismo y honradez.
Que la Secretaría de Seguridad Pública tiene la atribución de realizar, en el ámbito territorial y material de la Ciudad de
México, las acciones dirigidas a salvaguardar la integridad y patrimonio de las personas, entre las que se encuentra el apoyo
a la población en situaciones de emergencia y desastres naturales; asimismo la Policía es una institución armada,
disciplinada y jerarquizada de naturaleza civil, garante de los derechos humanos, de la integridad física y patrimonial de las
personas que habitan y transitan en la Ciudad de México.
Que es facultad del Secretario de Seguridad Pública de la Ciudad de México, ejercer el mando directo de la policía, así
como de designar y remover libremente a los servidores públicos titulares de la Unidades Administrativas y Unidades
Administrativas Policiales y expedir los acuerdos, circulares, lineamientos y bases conducentes al buen desempeño de las
funciones de la Secretaría.
Que la Policía Preventiva forma parte de la Policía de la Ciudad de México.
Que uno de los Programas que ha instrumentado el Gobierno de la Ciudad de México y en particular la Secretaría de
Seguridad Pública para beneficio del personal que ha cumplido determinada edad y años de servicio, y desean dar por
terminada su relación laboral con esta Dependencia, es el de Baja Voluntaria, en el que el personal interesado en acogerse a
este beneficio tiene la posibilidad de recibir una importante retribución extraordinaria por concepto de indemnización por
una sola vez, adicional a la pensión por jubilación que por ley les corresponde.
Que en virtud de lo anterior he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO 5/2016 POR EL QUE SE AUTORIZA LA NORMA QUE REGULA EL PROGRAMA DE BAJA
VOLUNTARIA DEL SERVICIO CON INDEMNIZACIÓN PARA EL PERSONAL OPERATIVO EN ACTIVO DE
LA POLICÍA PREVENTIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2016
Único.- Se autoriza la norma que Regula el Programa de Baja Voluntaria del Servicio con Indemnización para el Personal
Operativo en activo de la Policía Preventiva de la Ciudad de México, correspondiente al ejercicio 2016, conforme a lo
siguiente:
1.- OBJETO
El objeto del Acuerdo es el del apoyar la separación voluntaria del personal operativo en activo de la Policía Preventiva de
la Ciudad de México, que desee dar por concluido en forma definitiva su servicio con esta Secretaría, causando baja
voluntaria al 15 de mayo de 2016, reconociendo el servicio y la antigüedad de aquellas y aquellos policías en activo que
opten por retirarse, a través del pago de una indemnización.
2.- ÁMBITO DE APLICACIÓN
9 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9
Al presente instrumento se podrá acoger el personal operativo en activo que cumpliendo con los requisitos establecidos en
la convocatoria que al efecto se emita, cause baja voluntaria al 15 de mayo de 2016, rigiendo sus relaciones contractuales
conforme a las Leyes y Reglamentos que regulan a la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México.
3.- SUJETOS A LA NORMA
Los sujetos a la norma serán el personal operativo en activo, tipo de nómina 4, que cumplan con los siguientes supuestos:
3.1 Quienes cumplan con lo establecido en el artículo 26 de la Ley de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del
Distrito Federal y que de acuerdo a su edad y años de servicio tengan derecho a la pensión por jubilación al 15 de mayo de
2016;
3.2 Que no se encuentren sujetos a un procedimiento abierto ante el Consejo de Honor y Justicia, o ante el órgano de
control interno, así como que no cuenten con resoluciones cuyo sentido o resultado haya sido de sanción por haber incurrido
el elemento policial en conducta considerada como grave, y en consecuencia que impida el otorgamiento del beneficio.
3.3 Tener 48 años de edad cumplidos o más y 30 años de servicio cotizados y contabilizados dentro de la policía
preventiva al 15 de mayo de 2016.
3.4 Cumplan con los supuestos de los párrafos anteriores y hasta donde la suficiencia presupuestal lo permita.
En el caso de agotarse la suficiencia presupuestal se tomarán en consideración los siguientes criterios de selección en orden
de aparición:
- No encontrarse en ningún supuesto de la norma para no poder ser beneficiario.
- Antigüedad en el servicio y,
- Edad.
Queda excluido del beneficio de la presente norma el personal policial que cuente con licencia sin goce de sueldo y quienes
tengan una controversia judicial en contra de esta Secretaría ventilada, según la Dirección General de Asuntos Jurídicos,
ante los órganos jurisdiccionales.
4.- RESPONSABLES DE LA APLICACIÓN DE LA NORMA
Los responsables de la aplicación del beneficio de la presente norma serán:
a) La Subsecretaría de Desarrollo Institucional, a través de la Dirección General de Carrera Policial, la cual determinará
qué policías en activo de la Secretaría, cumplen los requisitos señalados en la presente norma, y son propuestos para recibir
el beneficio de Baja Voluntaria.
b) La Oficialía Mayor de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, por conducto de la Dirección de
Remuneraciones, Prestaciones y Cumplimientos, se encargará de analizar y validar que los policías en activo que se
incorporen al presente Programa, cumplan con esta norma.
5.- DEFINICIONES
5.1 Para los efectos de la presente norma, se entenderá por:
CATÁLOGO DE PUESTO.- Descripción enumerativa en la que se refiere el código, nivel y universo de las y los
servidores públicos superiores, mandos medios, líderes coordinadores y enlaces; así como técnico operativo de base; mismo
que es emitido por la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México.
COMISIÓN.- Actividad que realiza de manera excepcional y temporal el personal policial, no comprendida en las tareas
usuales del puesto y plaza; habilitado especialmente por el mando competente.
10 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de Marzo de 2016
COMPENSACIÓN POR AÑOS DE SERVICIO.- Es el derecho que tiene la y el policía de percibir el pago de doce días
al doble del salario mínimo vigente por cada año de servicios efectivos prestados a la Secretaría.
CONCEPTO NOMINAL.- Es el haber adicional que de manera temporal y sujeta a la suficiencia presupuestal, se
proporciona al policía en razón a sus méritos y de conformidad con los requisitos que establezca la normatividad de los
conceptos nominales, emitida por la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México.
CONTRALORÍA.- Órgano de Control Interno en la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México.
GRADO.- Es la jerarquía y nivel profesional que la Secretaría reconoce a la Carrera Policial emprendida por la y el policía
en activo.
HABERES.- Prestaciones económicas que recibe el personal policial como remuneración a la función pública que realiza.
INDEMNIZACIÓN.- Es el pago que se efectúa a favor del personal policial de conformidad al Programa.
NIVEL SALARIAL.- Escala de sueldos relativa a los puestos ordenados en un mismo grupo.
ÓRGANO COLEGIADO.- El Honorable Consejo de Honor y Justicia de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad
de México.
ÓRGANO JURISDICCIONAL.- La Entidad Institucional del Estado con la facultad de decidir el Derecho y que cuente
con imperium para ejecutar sus determinaciones: Tribunal de lo Contencioso y Administrativo de la Ciudad de México y
Poder Judicial de la Federación.
PLAZA.- La posición individual del servicio que no puede ser ocupada por más de un policía, misma que está respaldada
presupuestalmente, y que no implica reconocimiento a la relación jurídica de servicios.
POLICÍA.- Personal operativo en activo que en cumplimiento a los requisitos legales de ingreso y permanencia con
comisión o sin ella, presta sus servicios de seguridad pública.
PROGRAMA.- Programa de Baja Voluntaria.
PUESTO.- La unidad impersonal de servicio que se caracteriza por tener tareas y deberes específicos, lo cual le asigna un
grado de responsabilidad. Pueden existir uno o varios cargos que correspondan al mismo puesto.
SANCIÓN.- Medida disciplinaria de carácter correctivo que es determinada mediante resolución del Honorable Consejo de
Honor y Justicia de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México.
SERVIDOR PÚBLICO.- Personal al servicio de la administración pública de la Ciudad de México que asuma funciones
de iniciativa, decisión y mando con carácter de autoridad y representatividad de la Secretaría.
SECRETARÍA.- Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México.
TABULADOR DE SUELDOS.- Instrumento Técnico en el que se fijan y ordenan los grupos, nivel salarial, las
remuneraciones para los puestos contenidos en el Catálogo de Puestos del Gobierno de la Ciudad de México.
UNIDAD ADMINISTRATIVA.- Las dotadas de atribuciones de decisión y ejecución, como son las Subsecretarías, las
Direcciones Generales y Direcciones Ejecutivas, previstas en el Reglamento Interior de la Secretaría.
6.- DISPOSICIONES GENERALES
6.1. La norma se origina con la autorización de las dependencias del Gobierno de la Ciudad de México que intervienen
en su operación.
9 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11
6.2. Las y los servidores públicos a que se refiere el numeral 4, deberán aplicar el Programa de Baja Voluntaria en los
términos de la presente norma, así como otorgar todas las facilidades y medios que permitan la incorporación de
aquellos policías que deseen ser beneficiados por éste, considerando que la aplicación corresponde a las Unidades
Administrativas a través de sus titulares.
6.3. El personal de servicio público al aplicar el programa, deberá observar los criterios siguientes:
6.3.1 La Dirección General de Carrera Policial dará a conocer e informar la presente norma a través de medios
de fácil acceso al personal policial antes de iniciar la ejecución del Programa, en razón que para el
ejercicio fiscal 2016, éste concluirá el día 15 de mayo de 2016.
6.3.2 La Dirección General de Carrera Policial llevará a cabo las acciones administrativas que aseguren la
operación expedita del Programa para que el policía pueda ingresar y registrarse en el Programa.
6.3.3 La Dirección General de Carrera Policial solicitará validación de antecedentes de los policías que
realizaron su solicitud para incorporarse al programa, se realizará a través de la Dirección General de
Asuntos Jurídicos, Dirección General del Consejo de Honor y Justicia y Contraloría Interna, todas ellas
conforme al estricto ámbito de su competencia.
6.3.4 La Dirección General de Carrera Policial verificará a través de la Unidad encargada de Administración de
Personal, la antigüedad y el sueldo mensual tabular, del personal policial que se incorpore al Programa.
6.3.5 La Dirección General de Recursos Financieros realizará el pago de la indemnización al personal policial
incorporado al Programa.
6.3.6 La Dirección General de Administración de Personal llevará a cabo la liberación de las plazas de las y los
policías incorporados al Programa, pudiendo ser asignadas conforme a las leyes y reglamentos que regulan
la Secretaría.
6.3.7 La Dirección General de Carrera Policial elaborará el reporte de la aplicación del Programa.
7.- MONTO DE LA INDEMNIZACIÓN
Las y los policías que se incorporen al Programa tendrán derecho a una indemnización, en consideración a los años de
servicio (30 años o más de servicio y 48 años o más de edad) y el nivel de remuneraciones asignadas, cuyo monto será el
equivalente a:
7.1 Tres meses de haberes mensuales tabular.
7.2 Veinte días de sueldo mensual tabular por cada año de servicio, cotizables en la Caja de Previsión de la
Policía Preventiva de la Ciudad de México.
7.3 Doce días más por cada año de servicio, por concepto de compensación de años de servicio, calculados al
doble del salario mínimo vigente en la Ciudad de México.
7.4 Una gratificación por única vez a los policías que se incorporen al Programa por la cantidad de $2,500.00
(Dos mil quinientos pesos 00/100 M.N.), por cada año de servicio, cotizables en la Caja de Previsión de la
Policía Preventiva de la Ciudad de México.
7.5 Lo anterior, tomando como referencia lo dispuesto en los artículos 26 y 27 de la Ley de la Caja de
Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal.
7.6 En los casos que las o los policías cuenten con una sentencia firme emitida por un juez de lo familiar en
materia de pensión alimenticia, se deberán tomar en consideración para su aplicación.
12 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de Marzo de 2016
7.7 La baja definitiva del personal policial inscrito, será aplicada en el Sistema Integral Desconcentrado de
Nómina (SIDEN) con fecha 15 de mayo de 2016 y la indemnización deberá cubrirse mediante un pago
único que se hará efectivo durante el mes de junio de 2016.
7.8 En todos los casos deberá cuidarse que la aplicación de la presente norma, no afecte ni perjudique el eficaz
cumplimiento de las funciones de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México.
7.9 La indemnización que corresponda, deberá cubrirse mediante un pago único que se hará efectivo durante
el mes de junio de 2016, en la forma en que lo determine la Oficialía Mayor a través de la Dirección
General de Recursos Financieros de la Secretaría. La recepción del pago dará por terminada la relación
laboral con el Gobierno de la Ciudad de México y esta Secretaría. Tratándose del caso de policías que
hayan ostentado una comisión en una Plaza de Estructura, deberán presentar su renuncia con fecha 15 de
mayo de 2016.
7.10 Previo al pago de la indemnización, la o el policía inscrito en el Programa de Baja Voluntaria, deberá
presentar su renuncia al nombramiento, puesto y plaza que venía desempeñando en la Secretaría.
7.10.1 En el caso de las y los policías con licencia para ocupar una comisión con plaza de confianza en la misma
Secretaría, que opten por su incorporación al Programa de Baja Voluntaria, será con base al último grado
operativo que ostentaban antes de la designación de la comisión, esto es, en ningún caso el pago
correspondiente por la Baja Voluntaria, se hará conforme al grado habilitado de mando, debiendo
renunciar a ambas plazas, las cuales surtirán efectos con fecha 15 de mayo de 2016.
7.11 Las y los policías que se incorporen al Programa, al momento del pago firmarán el recibo correspondiente
a la indemnización con motivo de la baja del servicio en el que por otro lado se hará constar que no se les
adeuda ninguna de las prestaciones que por ley pudieran corresponderles, por lo que dichas personas
asentarán, de puño y letra, o en su caso a través de los medios indubitables al efecto, que no se reservan
acción ni derecho alguno que ejercitar en contra del Gobierno de la Ciudad de México y de esta Secretaría.
7.12 La Dirección General de Administración de Personal deberá liberar específicamente las plazas del
personal policial que se incorporen al Programa, en la misma fecha en que se dé la baja de la o el policía.
7.13 El pago de la indemnización es independiente de los beneficios a que tengan derecho las y los policías en
materia de Seguridad Social conforme a la Ley de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito
Federal, así como también el Sistema de Ahorro para el Retiro SAR, y las aportaciones al Fondo de
Ahorro Capitalizable (FONAC- DF).
7.14 La Secretaría de Finanzas y la propia Secretaría de Seguridad Pública, a través de la Oficialía Mayor, por
conducto de la Dirección General de Recursos Financieros, proporcionará los recursos necesarios para
llevar a cabo el Programa conforme a la disponibilidad presupuestal correspondiente, para apoyar la
separación de las y los policías que causen baja voluntariamente.
En atención al comportamiento de las Finanzas Públicas, como a la suficiencia presupuestal, la Secretaría
podrá suspender parcial o totalmente el otorgamiento de los recursos para llevar a cabo el Programa.
Con la finalidad de que la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal de la Oficialía
Mayor del Gobierno de la Ciudad de México, integre la declaración del Impuesto Sobre la Renta (ISR),
retenida de forma anual, la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México deberá coordinarse
con ésta para así estar en posibilidades de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 98, fracción
XIII y XIV del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y en apego a la
normatividad vigente en materia de Administración de Recursos.
9 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 13
7.15 Tratándose de policías que hayan decidido su incorporación al Programa y que fallecieran después de
firmar su renuncia y antes de recibir la indemnización respectiva, ésta se cubrirá a sus beneficiarios
designados en la solicitud de incorporación, sin perjuicio de los derechos de Seguridad Social en los
términos de la Ley de la Materia, así como también el Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR), y las
aportaciones al Fondo de Ahorro Capitalizable (FONAC - DF).
La o el policía que haya optado por incorporarse al Programa bajo ninguna circunstancia o motivo, podrá reingresar a
laborar, ni ser contratado en cualquiera de los distintos tipos de nómina en el Gobierno de la Ciudad de México, ni por
honorarios asimilados a salarios, ni por honorarios por servicios profesionales y/o personales independientes, de
conformidad con lo dispuesto en la normatividad aplicable.
La o el policía que infrinja esta disposición causará baja automáticamente previa notificación a la Contraloría Interna.
8.- COMPETENCIA ADMINISTRATIVA
8.1 La Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México
en colaboración con la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal de la Oficialía Mayor del
Gobierno de la Ciudad de México, será la encargada de interpretar el alcance y efectos administrativos del presente
Programa.
9.- VIGILANCIA
9.1 La vigilancia del cumplimiento de la presente norma corresponde a la Contraloría Interna y a la Subsecretaría de
Desarrollo Institucional a través de la Dirección General de Carrera Policial.
10.- VIGENCIA
10.1. El Programa es por única vez, para efectos de todos los trámites administrativos que se llevarán a cabo durante el
ejercicio 2016.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su suscripción para efectos administrativos, y al día
siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para efectos a terceros.
SEGUNDO.- La publicación y difusión de la presente norma estará a cargo de la Subsecretaría de Desarrollo Institucional,
a través de la Dirección General de Carrera Policial.
Dado en la sede de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, el día 12 del mes de febrero de 2016.
EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
DE LA CIUDAD DE MÉXICO
(Firma)
SUPERINTENDENTE GENERAL
LICENCIADO HIRAM ALMEIDA ESTRADA
14 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de Marzo de 2016
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
SECRETARÍA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO
C. AMALIA DOLORES GARCÍA MEDINA, SECRETARIA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO, con
fundamento en lo dispuesto por los artículos 87 y 115 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1º, 7º, 15 fracción
XVIII, 16 fracción IV, 17, 23 TER de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 2, 3, 5,
6, 7, 8, 21 y 22 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; 3, 6, 7 y 10 de los Lineamientos
para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal; 1, 2, 3, 26 fracciones V, X y XVII del Reglamento Interior
de la Administración Pública del Distrito Federal y atendiendo a los principios de licitud, consentimiento, calidad de los
datos, confidencialidad, seguridad, disponibilidad y temporalidad; y
CONSIDERANDO
Que la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, es una Dependencia de la Administración Pública del Distrito Federal, a
la que corresponde el despacho de las materias relativas al trabajo, previsión social y protección al empleo, a la cual se
encuentra sectorizada el Instituto de Capacitación para el Trabajo de la Ciudad de México, creado mediante Decreto
publicado en la entonces Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 21 de abril de 2014, como un Organismo Público
Descentralizado de la Administración Pública del Distrito Federal, con personalidad jurídica, patrimonio propio y
autonomía de gestión.
Que el Instituto de Capacitación para el Trabajo de la Ciudad de México, tiene por objeto, impartir e impulsar la formación
para y en el trabajo en el Distrito Federal propiciando una mejor calidad y vinculación de este servicio con el aparato
productivo y las necesidades del desarrollo regional en la Ciudad de México, así como promover el surgimiento de nuevos
perfiles académicos, que correspondan a las necesidades del mercado laboral de la Ciudad de México.
Que mediante Aviso publicado en la entonces Gaceta Oficial del Distrito Federal, de fecha 07 de julio de 2015, el Instituto
de Capacitación para el Trabajo de la Ciudad de México, fue considerado como ente obligado al cumplimiento de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal y de la Ley de Protección de Datos Personales para el
Distrito Federal.
Que al efecto, la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, tiene por objeto establecer los
principios, derechos, obligaciones y procedimientos que regulan la protección y tratamiento de los datos personales en
posesión de los entes públicos.
Que los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, establecen que corresponde a
cada ente público determinar, a través de su titular o, en su caso, del órgano competente, la creación, modificación o
supresión de sistemas de datos personales, conforme a su respectivo ámbito de competencia, mediante su publicación en la
entonces Gaceta Oficial del Distrito Federal.
Que de conformidad con lo señalado en el artículo 41 fracción IV y último párrafo del ordenamiento en cita,
constituyen infracciones el incumplimiento a las disposiciones contenidas en la misma, que serán sancionadas en términos
de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, siendo independientes de las de orden civil o penal
que procedan, así como los procedimientos para el resarcimiento del daño ocasionado por el ente público.
Que los artículos 6, 7 y 10 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, establecen
como obligación para todos los entes públicos, que la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales
sólo podrá efectuarse mediante acuerdo emitido por el Titular del Ente.
Que a fin de brindar seguridad y certeza jurídica a las personas que requieren servicios de capacitación en el Instituto de
Capacitación para el Trabajo de la Ciudad de México, se considera necesario y oportuno, crear un Sistema de Datos
Personales, que permita a las personas capacitadas contar con información veraz y oportuna sobre la forma en que son
tratados sus datos personales y la posibilidad de ejercer sus derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición
(ARCO), por lo que con fundamento en las disposiciones jurídicas y consideraciones antes expuestas tengo a bien emitir el
siguiente:
9 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES BAJO LA TUTELA DEL
INSTITUTO DE CAPACITACIÓN PARA EL TRABAJO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, DENOMINADO
“SISTEMA DE DATOS PERSONALES PARA EL REGISTRO ELECTRÓNICO DE PERSONAS
CAPACITADAS”, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LA NORMATIVIDAD APLICABLE EN
ESTA MATERIA.
I. FINALIDAD Y USO PREVISTO
Finalidad y uso:
Administrar eficientemente los datos personales de los usuarios que reciben cursos de capacitación por parte del Instituto de
Capacitación para el Trabajo de la Ciudad de México, a fin de garantizar su adecuado uso, manejo, cesión y/o transmisión,
tendientes a
Ejecutar las políticas que en materia de capacitación para y en el trabajo establezca la Secretaría de Trabajo y Fomento al
Empleo.
Normatividad Aplicable:
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
- Estatuto de Gobierno del Distrito Federal;
- Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal;
- Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal;
- Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal;
- Ley de Archivos del Distrito Federal;
- Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal;
- Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal;
- Decreto por el que se crea el Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública del Distrito Federal,
denominado Instituto de Capacitación para el Trabajo de la Ciudad de México;
- Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
II. ORIGEN DE LOS DATOS
Procedencia: Personas físicas que solicitan su inscripción a los cursos de capacitación que imparte el Instituto de
Capacitación para el Trabajo.
Procedimiento de Obtención: A través de formularios físicos y electrónicos que deberá requisitar la persona solicitante, así
como los que se deriven de la documentación que exhiba al momento de realizar su inscripción.
III. ESTRUCTURA BÁSICA
Datos Identificativos: Nombre, domicilio, teléfono particular, teléfono celular, firma, Clave del Registro Federal de
Contribuyentes (RFC), Clave Única de Registro de Población (CURP), Matrícula del Servicio Militar Nacional, lugar de
nacimiento, fecha de nacimiento, nacionalidad, edad y fotografía.
Datos Electrónicos: Correo electrónico no oficial.
Datos Académicos: Trayectoria educativa, calificaciones, títulos, cédula profesional, certificados, reconocimientos o
diplomas.
Datos Laborales: Empleo, referencias laborales y actividades extracurriculares.
Datos de Tránsito y Movimientos Migratorios: Información migratoria.
16 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de Marzo de 2016
Datos sobre Salud de las Personas: Estado de salud físico o mental, incapacidades médicas, discapacidades, uso de
aparatos oftalmológicos, ortopédicos, auditivos o prótesis.
Datos especialmente protegidos: Estado civil, nombre de parientes (por consanguinidad, por afinidad o civil),
dependientes económicos y/o beneficiarios, origen étnico o racial, preferencia sexual.
Datos de Naturaleza Pública: Aquellos que por mandato legal sean accesibles al público.
Datos de carácter obligatorio: Nombre, domicilio, teléfono particular, teléfono celular, firma, Clave del Registro Federal
de Contribuyentes (RFC), Clave Única de Registro de Población (CURP), Matrícula del Servicio Militar Nacional, lugar de
nacimiento, fecha de nacimiento, nacionalidad, edad y fotografía.
Modo de Tratamiento Utilizado: Físico.
IV. CESIÓN DE DATOS
Destinatarios: Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal,
Secretaría de Educación Pública Federal, Dependencia, Entidades y Organismos de la Administración Pública del Distrito
Federal, Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, Comisión Nacional de Derechos Humanos, autoridades
judiciales y jurisdiccionales.
Categoría de los Destinatarios: Administración Pública Local y Federal, así como autoridades judiciales y jurisdiccionales
locales y federales.
Finalidad genérica de la transmisión: Atender oportunamente las solicitudes, observaciones, recomendaciones y criterios
en materia de transparencia y acceso a la información pública, así como para efectos de intercambiar, sistematizar,
consultar, analizar, compartir y actualizar la información de las personas que reciben cursos de capacitación por parte del
Instituto de Capacitación para el Trabajo de la Ciudad de México.
V. UNIDAD ADMINISTRATIVA
Unidad administrativa a la que corresponde el Sistema de Datos: Dirección Técnico Académica.
Cargo del Responsable: Directora Técnico Académica.
VI. UNIDAD ADMINISTRATIVA ANTE LA CUAL SE PRESENTARÁN SOLICITUDES PARA EJERCER LOS
DERECHOS DE ACCESO, RECTIFICACIÓN, CANCELACIÓN Y OPOSICIÓN (ARCO) DE DATOS
PERSONALES, ASÍ COMO LA REVOCACIÓN DEL CONSENTIMIENTO:
Unidad Administrativa: Oficina de Información Pública del Instituto de Capacitación para el Trabajo de la Ciudad de
México.
Domicilio Oficial: José Antonio Torres Xocongo, Número 58, 5º. Piso, Colonia Tránsito, Delegación Cuauhtémoc, Código
Postal 06820, en la Ciudad de México.
Teléfono: 57.40.02.37.
Dirección de Correo Electrónico: hmenendez.icatcdmx@gmail.com
VII. NIVEL DE SEGURIDAD APLICABLE.
Nivel de Seguridad: Alto.
9 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
SEGUNDO.- El presente Acuerdo surtirá sus efectos a partir del día de su publicación.
TERCERO.- Se comisiona al Responsable del Sistema de Datos Personales, a inscribir dicho sistema en el Registro
Electrónico de Sistema de Datos Personales del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos
Personales del Distrito Federal, en un plazo no mayor a los diez días hábiles siguientes a la publicación del presente Aviso.
Ciudad de México, a 01 de marzo del año 2016.
SECRETARIA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO
(Firma)
C. AMALIA DOLORES GARCÍA MEDINA
18 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de Marzo de 2016
DELEGACIÓN IZTAPALAPA
DIONE ANGUIANO FLORES, Jefa Delegacional en Iztapalapa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112 segundo párrafo
y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y 39 fracción XLV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito
Federal, he tenido a bien expedir la siguiente:
NOTA ACLARATORIA AL AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS OPERATIVOS DE LA
ACCIÓN INSTITUCIONAL “PODER VINCULARSE”, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE
MÉXICO DÍA 26 DE FEBRERO DE 2016.
Página 29 Noveno Párrafo
Dice:
IV.POBLACIÓN OBJETIVO
Residentes de la Delegación Iztapalapa, preferentemente mujeres de entre 18 y 60 años de edad.
Debe decir:
IV.POBLACIÓN OBJETIVO
Preferentemente mujeres mayores de 18 años.
Página 30 Primer Párrafo
Dice:
VI. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL
Para el ejercicio fiscal 2016, se programó una erogación $36,180,000.00 (Treinta y seis millones ciento ochenta mil pesos 00/100 m.n.)
Debe decir:
VI. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL
Para el ejercicio fiscal 2016, se programó una erogación $36,108,000.00 (Treinta y seis millones ciento ocho mil pesos 00/100 m.n.)
Página 30 Segundo Párrafo
Dice:
VII. PERFIL, REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO:
Ser mayor de 18 y hasta 60 años de edad
Residir en la Delegación Iztapalapa
Debe decir:
VII. PERFIL, REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO:
Ser mayor de 18 años de edad
Residir, preferentemente, en la Delegación Iztapalapa
T R A N S I T O R I O
ÚNICO. Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Dado en la Ciudad de México a los 02 días del mes de Marzo de 2016.
ATENTAMENTE
LA JEFA DELEGACIONAL EN IZTAPALAPA
(Firma)
DIONE ANGUIANO FLORES
9 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19
DELEGACIÓN IZTAPALAPA
DIONE ANGUIANO FLORES, Jefa Delegacional en Iztapalapa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112
segundo párrafo y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y 39 fracción XLV de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Distrito Federal, he tenido a bien expedir la siguiente:
NOTA ACLARATORIA AL AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS OPERATIVOS
DE LA ACCIÓN INSTITUCIONAL “PODER CIUDADANO”, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE LA
CIUDAD DE MÉXICO DÍA 26 DE FEBRERO DE 2016.
Página 33 Primer Párrafo
Dice:
IV.POBLACIÓN OBJETIVO
Residentes de la Delegación Iztapalapa, preferentemente mujeres de entre 18 y 60 años de edad.
Debe decir:
IV.POBLACIÓN OBJETIVO
Preferentemente mujeres mayores de 18 años.
Pagina 33 Cuarto Párrafo
Dice:
VII. PERFIL, REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO:
Ser mayor de 18 y hasta 60 años de edad
Residir en la Delegación Iztapalapa
Debe decir:
VII. PERFIL, REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO:
Ser mayor de 18 años de edad
Residir, preferentemente, en la Delegación Iztapalapa
T R A N S I T O R I O
ÚNICO. Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Dado en la Ciudad de México a los 02 días del mes de Marzo de 2016.
ATENTAMENTE
(Firma)
LA JEFA DELEGACIONAL EN IZTAPALA
DIONE ANGUIANO FLORES
20 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de Marzo de 2016
DELEGACION VENUSTIANO CARRANZA
ISRAEL MORENO RIVERA, JEFE DELEGACIONAL EN VENUSTIANO CARRANZA, con fundamento en los
Artículos 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, 39 Fracción XLV de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Distrito Federal, 303 y 308 del Código Fiscal del Distrito Federal, 120 y 125 del Reglamento Interior de la
Administración Publica del Distrito Federal y la Regla 35 de las Reglas para la Autorización, Control y Manejo de los
Ingresos de Aplicación Automática, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal No. 263, el Día 20 de Enero de
2016, emito el siguiente:
AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS CUOTAS O CONCEPTOS QUE SE DARAN DE BAJA Y
SOBRE LOS CUALES SE DEJARAN DE PERCIBIR INGRESOS POR CONCEPTO DE
APROVECHAMIENTOS Y PRODUCTOS QUE SON GENERADOS MEDIANTE EL MECANISMO DE
APLICACIÓN AUTOMATICA APLICABLES A LOS CENTROS GENERADORES ASIGNADOS A LA
DELEGACION VENUSTIANO CARRANZA.
Clave Concepto
Unidad de
medida
Cuota Numero de
Gaceta
Fecha de
Publicación
"Centros de Convivencia Arenal, Azteca,Caracol,Cuatro
Arboles, El Parque, Enrique Tierno Galván, Kiosco Fortino
Serrano Servín, Nicolás Bravo, Plaza Aviación, Revolución y
Vicente Guerrero"
1.2.3.1.2 Sala de Exposiciones y galerías Día $1.037,00 33 18/02/2015
1.2.3.1.3 Teatros, auditorios y foros al aire libre Evento $1.037,00 33 18/02/2015
1.2.3.6.3 Kioscos Día $537,00 33 18/02/2015
2.2.1.1.7 Auxiliar de enfermería Persona/Mes $161,00 33 18/02/2015
2.2.1.1.14 Cocina y Repostería Persona/Mes $156,00 33 18/02/2015
2.2.1.1.12 Secretaría en español, bilingüe, contable Persona/Mes $161,00 33 18/02/2015
2.2.1.1.14 Tejido y bordado Persona/Mes $156,00 33 18/02/2015
2.2.1.2.10 Cerámica Persona/Mes $161,00 33 18/02/2015
2.2.1.2.11 Fotografía Persona/Mes $161,00 33 18/02/2015
2.2.1.2.12 Máscaras y títeres Persona/Mes $161,00 33 18/02/2015
2.2.1.2.13 Pirograbado Persona/Mes $182,00 33 18/02/2015
2.2.1.2.17 Dibujo, pintura y alebrijes Persona/Mes $161,00 33 18/02/2015
2.2.1.2.20 Diseño grafico Persona/Mes $161,00 33 18/02/2015
2.2.1.2.33 Caricatura Persona/Mes $161,00 33 18/02/2015
2.2.1.2.42 Oleo Persona/Mes $161,00 33 18/02/2015
2.2.1.2.51 Bordado en Listón Persona/Mes $156,00 33 18/02/2015
2.2.1.3.1 Aikido Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015
2.2.1.3.3 Karate lima lama Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015
2.2.1.3.4 Kendo Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015
2.2.1.3.5 Kung fu Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015
2.2.1.3.6 Tae Kwon Do Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015
2.2.1.37 Tai chi Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015
2.2.1.3.10 Capoeira Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015
2.2.1.3.11 Kick boxing Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015
2.2.1.3.12 Kempo Chino Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015
9 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 21
2.2.1.3.13 Taebo Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015
2.2.1.4.1 Terapia de lenguaje Persona/Mes $140,00 33 18/02/2015
2.2.1.4.2 Terapia de psicología Persona/Mes $140,00 33 18/02/2015
2.2.1.4.4 Taller de apoyo educativo Persona/Mes $140,00 33 18/02/2015
2.2.1.5.5 Masoterapia Persona/Mes $174,00 33 18/02/2015
2.2.1.5.11 Acupuntura Persona/Mes $174,00 33 18/02/2015
2.2.4.2 Expedición de certificado médico Consulta $74,00 33 18/02/2015
2.2.4.3 Consulta de optometría (Examen visual) Consulta $101,00 33 18/02/2015
2.2.5.3 Piano Persona/Mes $161,00 33 18/02/2015
2.2.6.2 Danza regional, española, clásica, árabe, etc. Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015
2.2.6.3 Hawaiano y Tahitiano Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015
2.2.6.4 Baile de Salón, tap tap y similares Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015
2.2.6.5 Jazz Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015
2.2.6.6 Ballet clásico o moderno Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015
2.2.6.7 Ritmo vital Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015
2.2.6.8 Afroantillano Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015
2.2.7.1 Teatro Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015
2.2.8.3 Francés Persona/Mes $161,00 33 18/02/2015
2.2.8.4 Alemán Persona/Mes $161,00 33 18/02/2015
2.2.8.5 Otros Idiomas Persona/Mes $161,00 33 18/02/2015
2.2.8.6 Taller para sordomudos Persona/Mes $161,00 33 18/02/2015
2.2.9.1 Computación Persona/Mes $344,00 33 18/02/2015
2.2.9.7 Leer y escribir Persona/Mes $161,00 33 18/02/2015
2.2.9.8 Preparatoria abierta Persona/Mes $161,00 33 18/02/2015
2.2.9.9 Secundaria abierta Persona/Mes $161,00 33 18/02/2015
2.2.9.10 Primaria abierta Persona/Mes $161,00 33 18/02/2015
2.2.9.11 Juguemos cantando Persona/Mes $161,00 33 18/02/2015
2.2.9.13 Educación para adultos Persona/Mes $161,00 33 18/02/2015
2.2.11.1.4 Artística Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015
2.2.11.1.5 Olímpica Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015
2.2.11.1.6 De conservación Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015
2.2.12.1 Fisicoculturismo Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015
"CENTRO DE CONVIVENCIA JARDIN BALBUENA"
1.2.3.1.2 Sala de Exposiciones y galerías Día $1.036,00 33 18/02/2015
1.2.3.1.3 Teatros, auditorios y foros al aire libre Evento $1.036,00 33 18/02/2015
2.2.1.1.7 Auxiliar de enfermería Persona/Mes $192,00 33 18/02/2015
2.2.1.1.12 Secretaría en español, bilingüe, contable Persona/Mes $192,00 33 18/02/2015
2.2.1.2.8 Artesanías Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015
2.2.1.2.10 Cerámica Persona/Mes $192,00 33 18/02/2015
2.2.1.2.11 Fotografía Persona/Mes $192,00 33 18/02/2015
22 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de Marzo de 2016
2.2.1.2.12 Máscaras y títeres Persona/Mes $192,00 33 18/02/2015
2.2.1.2.13 Pirograbado Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015
2.2.1.2.14 Pintura en tela Persona/Mes $192,00 33 18/02/2015
2.2.1.2.20 Diseño grafico Persona/Mes $192,00 33 18/02/2015
2.2.1.2.31 Pintura Persona/Mes $192,00 33 18/02/2015
2.2.1.2.33 Caricatura Persona/Mes $192,00 33 18/02/2015
2.2.1.2.42 Oleo Persona/Mes $192,00 33 18/02/2015
2.2.1.3.1 Aikido Persona/Mes $207,00 33 18/02/2015
2.2.1.3.3 Karate lima lama Persona/Mes $207,00 33 18/02/2015
2.2.1.3.4 Kendo Persona/Mes $207,00 33 18/02/2015
2.2.1.3.5 Kung fu Persona/Mes $207,00 33 18/02/2015
2.2.1.3.10 Capoeira Persona/Mes $207,00 33 18/02/2015
2.2.1.3.13 Taebo Persona/Mes $277,00 33 18/02/2015
2.2.1.4.1 Terapia de lenguaje Persona/Mes $172,00 33 18/02/2015
2.2.1.4.4 Taller de apoyo educativo Persona/Mes $172,00 33 18/02/2015
2.2.1.5.5 Masoterapia Persona/Mes $187,00 33 18/02/2015
2.2.1.5.11 Acupuntura Persona/Mes $187,00 33 18/02/2015
2.2.4.2 Expedición de certificado medico Consulta $69,00 33 18/02/2015
2.2.4.3 Consulta de optometría (Examen visual) Consulta $138,00 33 18/02/2015
2.2.5.2 Música Persona/Mes $192,00 33 18/02/2015
2.2.5.3 Piano Persona/Mes $192,00 33 18/02/2015
2.2.6.7 Ritmo vital Persona/Mes $207,00 33 18/02/2015
2.2.6.8 Afroantillano Persona/Mes $207,00 33 18/02/2015
2.2.8.3 Francés Persona/Mes $192,00 33 18/02/2015
2.2.8.4 Alemán Persona/Mes $192,00 33 18/02/2015
2.2.8.6 Taller para sordomudos Persona/Mes $192,00 33 18/02/2015
2.2.9.1 Computación Persona/Mes $553,00 33 18/02/2015
2.2.9.7 Leer y escribir Persona/Mes $192,00 33 18/02/2015
2.2.9.8 Preparatoria abierta Persona/Mes $192,00 33 18/02/2015
2.2.9.9 Secundaria abierta Persona/Mes $192,00 33 18/02/2015
2.2.9.10 Primaria abierta Persona/Mes $192,00 33 18/02/2015
2.2.9.11 Juguemos cantando Persona/Mes $192,00 33 18/02/2015
2.2.9.13 Educación para adultos Persona/Mes $192,00 33 18/02/2015
2.2.11.1.5 Olímpica Persona/Mes $221,00 33 18/02/2015
2.2.11.1.6 De conservación Persona/Mes $221,00 33 18/02/2015
"CENTRO CULTURAL CARRANZA"
1.2.3.1.1.2 Cine catalogo Persona/Evento $8,00 33 18/02/2015
1.2.3.2.1 Cafeterías Mes $6.404,00 33 18/02/2015
2.1.1.1.2 Música infantil Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015
2.1.1.1.3 Guitarra Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015
9 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 23
2.1.1.1.4 Guitarra clásica Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015
2.1.1.1.5 Violín Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015
2.1.1.1.6 Piano Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015
2.1.1.1.7 Flauta transversa Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015
2.1.1.1.8 Mandolina Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015
2.1.1.1.9 Apreciación musical Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015
2.1.1.2.1 Ballet clásico o moderno Persona/Mes $186,00 33 18/02/2015
2.1.1.2.2 Baile de Salón, tap tap y similares Persona/Mes $186,00 33 18/02/2015
2.1.1.2.4 Afroantillano Persona/Mes $186,00 33 18/02/2015
2.1.1.2.5 Fandango jarocho Persona/Mes $186,00 33 18/02/2015
2.1.1.2.6 Tango Persona/Mes $186,00 33 18/02/2015
2.1.1.2.7 Hawaiano Persona/Mes $186,00 33 18/02/2015
2.1.1.2.8 Jazz Persona/Mes $186,00 33 18/02/2015
2.1.1.2.9 Ritmo vital Persona/Mes $186,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.1 Acuarela Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.2 Caricatura Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.4 Dibujo Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.5 Dibujo al desnudo Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.6 Pintura Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.7 Pintura dactilar Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.8 Habilidades artísticas Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.10 Batik (Estampado en tela) Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.11 Cerámica Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.12 Escultura en madera Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.13 Escultura y moldeado Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.14 Expresión creativa Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.15 Oleo Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.16 Fotografía Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.17 Serigrafía Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.18 Tapiz Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.19 Diseño grafico Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.22 Vitrales Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.23 Iniciación a las técnicas de dibujo Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.24 Grabado Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.28 Tarjetería española Persona/Mes $172,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.38 Migajón Persona/Mes $172,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.42 Decoración Persona/Mes $172,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.48 Arreglos artísticos Persona/Mes $172,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.49 Juguetería Persona/Mes $172,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.50 Macramé Persona/Mes $172,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.51 Origami Persona/Mes $172,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.52 Artesanías Persona/Mes $172,00 33 18/02/2015
24 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de Marzo de 2016
2.1.1.3.53 Máscaras y títeres Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.54 Pirograbado Persona/Mes $172,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.55 Pintura en tela Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015
2.1.1.4.3 Ingles Infantil Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015
2.1.1.4.4 Alemán Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015
2.1.1.4.6 Taller para sordomudos Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015
2.1.1.5.1 Leer y escribir Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015
2.1.1.5.2 Juguemos cantando Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015
2.1.1.5.4 Computación Persona/Mes $550,00 33 18/02/2015
2.1.1.5.5 Educación para Adultos Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015
2.1.1.5.6 Primaria, Secundaria y Preparatoria Abierta Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015
2.1.1.5.7 Regularización de Primaria Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015
2.1.1.5.8 Regularización de Secundaria Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015
2.1.1.6.1 Cinematografía Persona/Mes $331,00 33 18/02/2015
2.1.1.6.1.1 Guion de Cortometraje Persona/Mes $331,00 33 18/02/2015
2.1.1.6.2 Expresión Corporal Persona/Mes $186,00 33 18/02/2015
2.1.1.6.4 Infantil Persona/Mes $209,00 33 18/02/2015
2.1.1.6.5 Experimental Persona/Mes $186,00 33 18/02/2015
2.1.1.6.6 Guiñol Persona/Mes $186,00 33 18/02/2015
2.1.1.7.1 Narración Oral Persona/Mes $129,00 33 18/02/2015
2.1.1.7.2 Narrativa Persona/Mes $129,00 33 18/02/2015
2.1.1.7.3 Poesía Persona/Mes $129,00 33 18/02/2015
2.1.1.7.4 Biblioteca Persona/Mes $129,00 33 18/02/2015
2.1.1.7.5 Bibliolectura Persona/Mes $129,00 33 18/02/2015
2.1.1.8.1 Aikido Persona/Mes $186,00 33 18/02/2015
2.1.1.8.2 Judo Persona/Mes $186,00 33 18/02/2015
2.1.1.8.5 Kung fu Persona/Mes $186,00 33 18/02/2015
2.1.1.8.7 Tai chi Persona/Mes $186,00 33 18/02/2015
2.1.1.8.12 Taebo Persona/Mes $274,00 33 18/02/2015
2.1.1.10.1.1 Rítmica Persona/Mes $217,00 33 18/02/2015
2.1.1.10.1.2 De Conservación Persona/Mes $217,00 33 18/02/2015
2.1.1.10.1.3 Olímpica Persona/Mes $217,00 33 18/02/2015
2.1.1.10.1.4 Artística Persona/Mes $217,00 33 18/02/2015
2.1.1.10.2 Aerobics Persona/Mes $230,00 33 18/02/2015
2.1.1.17.8 Programa de Atención a la Mujer Mensual $115,00 33 18/02/2015
2.2.1.2.11 Fotografía Persona/Mes $172,00 33 18/02/2015
2.5.9.2.3.1 Estacionamiento por evento Persona/Mes $57,76 33 18/02/2015
9 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 25
"CASAS DE CULTURA ENRIQUE RAMIREZ Y RAMIREZ
Y HEBERTO CASTILLO MARTINEZ"
2.1.1.1.2 Música Infantil Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.1.3 Guitarra Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.1.4 Guitarra clásica Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.1.5 Violín Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.1.6 Piano Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.1.7 Flauta transversa Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.1.8 Mandolina Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.1.9 Apreciación musical Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.2.1 Ballet clásico o moderno Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.2.2 Baile de Salón, tap tap y similares Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.2.4 Afroantillano Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.2.5 Fandango jarocho Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.2.6 Tango Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.2.7 Hawaiano Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.2.8 Jazz Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.2.9 Ritmo vital Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.2.15 Tahitiano Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.2.16 Samoano Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.2.17 Filipino Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.1 Acuarela Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.2 Caricatura Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.4 Dibujo Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.5 Dibujo al desnudo Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.6 Pintura Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.7 Pintura Dactilar Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.8 Habilidades Artísticas Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.10 Batik (Estampado en tela) Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.11 Cerámica Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.12 Escultura en madera Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.13 Escultura y moldeado Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.14 Expresión Creativa Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.15 Óleo Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.16 Fotografía Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.17 Serigrafía Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.18 Tapiz Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.19 Diseño grafico Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.20 Diseño de modas Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.21 Frivolite Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.22 Vitrales Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
26 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de Marzo de 2016
2.1.1.3.23 Iniciación a las técnicas de dibujo Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.24 Grabado Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.25 Fieltro Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.26 Foami Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.28 Tarjetearía española Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.36 Tallado en Madera Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.38 Migajón Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.42 Decoración Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.43 Comics Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.48 Arreglos artísticos Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.49 Juguetería Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.50 Macramé Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.51 Origami Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.52 Artesanías Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.53 Máscaras y títeres Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.54 Pirograbado Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.55 Pintura en tela Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.56 Bordado en Listón Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.57 Globoflexia Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.4.3 Ingles Infantil Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.4.4 Alemán Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.4.6 Taller para sordomudos Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.5.1 Leer y escribir Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.5.2 Juguemos cantando Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.5.4 Computación Persona/Mes $335,00 33 18/02/2015
2.1.1.5.5 Educación para Adultos Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.5.6 Primaria, Secundaria y Preparatoria Abierta Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.5.7 Regularización de Primaria Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.5.8 Regularización de Secundaria Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.6.1 Cinematografía Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.6.2 Expresión Corporal Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.6.4 Infantil Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.6.5 Experimental Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.6.6 Guiñol Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.7.1 Narración Oral Persona/Mes $135,00 33 18/02/2015
2.1.1.7.2 Narrativa Persona/Mes $135,00 33 18/02/2015
2.1.1.7.3 Poesía Persona/Mes $135,00 33 18/02/2015
2.1.1.7.4 Biblioteca Persona/Mes $135,00 33 18/02/2015
2.1.1.7.5 Bibliolectura Persona/Mes $135,00 33 18/02/2015
2.1.1.8.1 Aikido Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.8.2 Judo Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.8.5 Kung fu Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
9 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 27
2.1.1.8.7 Tai Chi Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.8.8 Capoeira Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.8.11 Kempo Chino Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.8.12 Taebo Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.9.9 Personalidad Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.10.1 Gimnasia Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.10.1.1 Rítmica Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.10.1.2 De Conservación Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.10.1.3 Olímpica Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.10.1.4 Artística Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.10.2 Aerobics Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.11.1 Fisicoculturismo Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.16.3 Corte y Confección Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.16.5 Tejido y bordado Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
2.1.1.17.1 Terapia de Lenguaje Mensual $135,00 33 18/02/2015
2.1.1.17.2 Terapia de Psicología Mensual $135,00 33 18/02/2015
2.1.1.17.3 Terapia de Lecto-escritura Mensual $135,00 33 18/02/2015
2.1.1.17.4 Taller de apoyo educativo Mensual $135,00 33 18/02/2015
2.1.1.17.6 Terapia Tai Chi Chuan Mensual $135,00 33 18/02/2015
2.1.1.17.8 Programa de Atención a la Mujer Mensual $135,00 33 18/02/2015
"POLIFORUM CULTURAL DE LA COLONIA FEDERAL"
2.1.1.1.2 Música Infantil Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.1.3 Guitarra Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.1.4 Guitarra Clásica Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.1.5 Violín Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.1.6 Piano Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.1.7 Flauta Transversa Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.1.8 Mandolina Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.1.9 Apreciación Musical Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.2.1 Ballet Clásico o Moderno Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.2.2 Baile de Salón, Tap-Tap y Similares Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.2.4 Afroantillano Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.2.5 Fandango Jarocho Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.2.6 Tango Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.2.7 Hawaiano Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.2.8 Jazz Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.2.9 Ritmo Vital Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.2.15 Tahitiano Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.2.16 Samoano Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.2.17 Filipino Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
28 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de Marzo de 2016
2.1.1.3.1 Acuarela Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.2 Caricatura Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.4 Dibujo Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.5 Dibujo al Desnudo Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.6 Pintura Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.7 Pintura Dactilar Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.8 Habilidades Artísticas Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.10 Batik (estampado en tela) Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.11 Cerámica Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.12 Escultura en Madera Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.13 Escultura y Moldeado Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.14 Expresión Creativa Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.15 Óleo Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.16 Fotografía Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.17 Serigrafía Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.18 Tapiz Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.19 Diseño Grafico Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.20 Diseño de Modas Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.21 Frivolite Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.22 Vitrales Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.23 Iniciación a las Técnicas del Dibujo Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.24 Grabado Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.25 Fieltro Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.26 Foami Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.28 Tarjetearía española Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.36 Tallado en Madera Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.38 Migajón Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.42 Decoración Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.43 Comics Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.48 Arreglos Artísticos Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.49 Juguetería Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.50 Macramé Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.51 Origami Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.52 Artesanías Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.53 Máscaras y Títeres Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.54 Pirograbado Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.55 Pintura en tela Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.56 Bordado en Listón Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.3.57 Globoflexia Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.4.3 Ingles Infantil Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.4.4 Alemán Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.4.6 Taller para Sordomudos Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
9 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 29
2.1.1.5.1 Leer y Escribir Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.5.2 Juguemos Cantando Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.5.5 Educación para Adultos Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.5.6 Primaria, Secundaria y Preparatoria Abierta Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.5.7 Regularización de Primaria Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.5.8 Regularización de Secundaria Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.6.1 Cinematografía Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.6.2 Expresión Corporal Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.6.4 Texto Infantil Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.6.5 Teatro Experimental Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.6.6 Teatro Guiñol Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
2.1.1.7.1 Narración Oral Persona/Mes $140,00 33 18/02/2015
2.1.1.7.2 Narrativa Persona/Mes $140,00 33 18/02/2015
2.1.1.7.3 Poesía Persona/Mes $140,00 33 18/02/2015
2.1.1.7.4 Biblioteca Persona/Mes $140,00 33 18/02/2015
2.1.1.7.4 Bibliolectura Persona/Mes $140,00 33 18/02/2015
2.1.1.17.1 Terapia de Lenguaje Mensual $140,00 33 18/02/2015
2.1.1.17.2 Terapia de Psicología Mensual $140,00 33 18/02/2015
2.1.1.17.3 Terapia de Lecto-escritura Mensual $140,00 33 18/02/2015
2.1.1.17.6 Terapia de Tai Chi Chuan Mensual $140,00 33 18/02/2015
2.1.1.17.7 Terapia Fisica Deportiva Mensual $140,00 33 18/02/2015
2.1.1.17.8 Programa de Atención a la Mujer Mensual $140,00 33 18/02/2015
"CENTRO DEPORTIVO OCEANIA"
2.5.9.2.3.1 Estacionamiento por evento Evento/Auto $71,55 33 18/02/2015
"CENTRO DEPORTIVO PLUTARCO ELIAS CALLES"
2.3.1.2.3 Natación Persona/Mes $154,00 33 18/02/2015
"CENTRO DEPORTIVO VENUSTIANO CARRANZA"
2.3.1.2.3 Natación Persona/Mes $291,00 33 18/02/2015
"CENTRO DEPORTIVO MOCTEZUMA"
2.3.1.2.3 Natación Persona/Mes $291,00 33 18/02/2015
2.3.1.5.11 Pon gallo Persona/Mes $96,00 33 18/02/2015
2.3.1.5.13 Tenis de mesa Persona/Mes $60,00 33 18/02/2015
30 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de Marzo de 2016
"CENTRO DEPORTIVO VELODROMO OLIMPICO"
1.2.1.1.4.1 Horario Diurno Partido $169,00 33 18/02/2015
1.2.1.1.4.2 Horario Nocturno Partido $225,00 33 18/02/2015
1.2.1.1.5
Canchas de Fútbol Soccer en Empastado
Sintético
Partido
$1.068,00 33 18/02/2015
1.2.1.6.2 Estadio de Béisbol Partido $484,00 33 18/02/2015
1.2.1.6.3 Estadio de Fútbol Americano Hora $363,00 33 18/02/2015
1.2.1.7.9.5
Cancha sin empastar y sin Medidas
Reglamentarias
Partido
$160,00 33 18/02/2015
1.2.1.7.9.6
Para la Practica de Fútbol Americano
(Entrenamientos)
Hora
$182,00 33 18/02/2015
2.3.1.6.2.4 De Conservación Persona/Mes $135,00 33 18/02/2015
2.3.1.7.1 Arco y Tiro al Blanco Persona/Mes $199,00 33 18/02/2015
TRANSITORIO
Primero.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal para su debida observancia y aplicación.
Segunda.-Quedan sin efecto las cuotas publicadas el día 18 de febrero de 2015, el 12 de mayo de 2015 y el 12 de agosto de
2015, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal con los Números 33,87 y 153 respectivamente.
Ciudad de México, a 22 de Febrero de Dos Mil Dieciséis.
JEFE DELEGACIONAL EN VENUSTIANO CARRANZA
(Firma)
ISRAEL MORENO RIVERA
9 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31
DELEGACIÓN VENUSTIANO CARRANZA
ISRAEL MORENO RIVERA, JEFE DELEGACIONAL EN VENUSTIANO CARRANZA, con fundamento en los
Artículos 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, 39 Fracción XLV de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Distrito Federal, 303 y 308 del Código Fiscal del Distrito Federal, 120 y 125 del Reglamento Interior de la
Administración Publica del Distrito Federal y la Regla 19 de las Reglas para la Autorización, Control y Manejo de los
Ingresos de Aplicación Automática, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal No. 263, el Día 20 de Enero de
2016, emito el siguiente:
AVISO QUE MODIFICA AL AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS NUEVAS CUOTAS PARA LOS
INGRESOS QUE SE RECAUDEN POR CONCEPTO DE APROVECHAMIENTOS Y PRODUCTOS QUE SON
GENERADOS MEDIANTE EL MECANISMO DE APLICACIÓN AUTOMÁTICA ASIGNADOS A LA
DELEGACIÓN VENUSTIANO CARRANZA PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE
MÉXICO EL DÍA 18 DE FEBRERO DE 2016
Clave Concepto
Unidad de
medida
Cuota
Cuota con
IVA
"CENTRO DEPORTIVO PLUTARCO ELIAS CALLES"
Dice: 2.4.1.6 Estimulación temprana Persona/Mes 309.00
Debe
decir: 2.4.1.6.2 Estimulación temprana padres e hijo Mes
309.00
Dice: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año 125.86
Debe
decir: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año
125.86 146.00
Dice: 2.3.2.3 Reposición de Credencial Persona 47.41
Debe
decir: 2.3.2.3 Reposición de Credencial Persona
47.41 55.00
Dice: 2.5.9.2.3 Estacionamiento por día Servicio 20.69
Debe
decir: 2.5.9.2.3 Estacionamiento por día Servicio
20.69 24.00
Dice: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio 3.45
Debe
decir: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio
3.45 4.00
"CENTRO DEPORTIVO OCEANIA"
Dice: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año 125.86
Debe
decir: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año
125.86 146.00
Dice: 2.3.2.3 Reposición de Credencial Persona 47.41
Debe
decir: 2.3.2.3 Reposición de Credencial Persona
47.41 55.00
Dice: 2.5.9.2.3 Estacionamiento por día Servicio 20.69
Debe
decir: 2.5.9.2.3 Estacionamiento por día Servicio
20.69 24.00
Dice: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio 3.45
Debe
decir: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio
3.45 4.00
32 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de Marzo de 2016
"CENTRO DEPORTIVO JOSE MARIA PINO SUAREZ"
Dice: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año 125.86
Debe
decir: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año
125.86 146.00
Dice: 2.3.2.3 Reposición de Credencial Persona 47.41
Debe
decir: 2.3.2.3 Reposición de Credencial Persona
47.41 55.00
Dice: 2.5.9.2.3 Estacionamiento por día Servicio 20.69
Debe
decir: 2.5.9.2.3 Estacionamiento por día Servicio
20.69 24.00
Dice: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio 3.45
Debe
decir: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio
3.45 4.00
"CENTRO DEPORTIVO RAMON LOPEZ VELARDE"
Dice: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año 125.86
Debe
decir: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año
125.86 146.00
Dice: 2.3.2.3 Reposición de Credencial Persona 47.41
Debe
decir: 2.3.2.3 Reposición de Credencial Persona
47.41 55.00
Dice: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio 3.45
Debe
decir: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio
3.45 4.00
"CENTRO DEPORTIVO FELIPE TIBIO MUÑOZ"
Dice: 1.2.1.4 Canchas de basquetbol
Debe
decir: 1.2.1.4.4 Canchas de basquetbol
Dice: 1.2.1.4.1 Para la práctica de basquetbol infantil Partido 105.00
Debe
decir: 1.2.1.4.4.1 Para la práctica de basquetbol infantil Partido
105.00
Dice: 2.5 Servicios Diversos
Debe
decir: 2.4 Servicios Diversos
Dice: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año 125.86
Debe
decir: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año
125.86 146.00
Dice: 2.3.2.3 Reposición de Credencial Persona 47.41
Debe
decir: 2.3.2.3 Reposición de Credencial Persona
47.41 55.00
9 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 33
"CENTRO DEPORTIVO VENUSTIANO CARRANZA"
Dice: 2.3.1.1.3 Karate Do Persona/Mes 113.00
Debe
decir: 2.3.1.1.3 Karate Lima Lama Persona/Mes
113.00
Dice: 2.3.1.2.3 Natación 2 clases por semana Persona/Mes 309.00
Debe
decir: 2.3.1.2.11 Natación 2 clases por semana Persona/Mes
309.00
Dice: 2.3.1.6.2.3 Zumba Persona/Mes 113.00
Debe
decir: 2.3.1.6.2.10 Zumba Persona/Mes
113.00
Dice:
2.3.1.9.9
Paquete deportivo familiar 2 adultos y 2 menores
o más (Incluye actividad acuática y el uso general
del gimnasio con todas sus actividades) Mes
1,546.00
Debe
decir: 2.3.1.9.10
Paquete deportivo familiar 2 adultos y 2 menores
o más (Incluye actividad acuática y el uso general
del gimnasio con todas sus actividades) Mes
1,546.00
Dice: 2.4.1.6. Estimulación temprana padres e hijo Mes 309.00
Debe
decir: 2.4.1.6.2 Estimulación temprana padres e hijo Mes
309.00
Dice: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año 125.86
Debe
decir: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año
125.86 146.00
Dice: 2.3.2.3 Reposición de Credencial Persona 47.41
Debe
decir: 2.3.2.3 Reposición de Credencial Persona
47.41 55.00
Dice: 2.5.9.2.3 Estacionamiento por día Servicio 20.69
Debe
decir: 2.5.9.2.3 Estacionamiento por día Servicio
20.69 24.00
Dice: 2.5.9.2.4 Pensión (24 horas) Mes 653.45
Debe
decir: 2.5.9.2.4 Pensión (24 horas) Mes
653.45 758.00
Dice: 2.5.9.2.4.1 Media Pensión (12 horas) Mes 401.72
Debe
decir: 2.5.9.2.4.1 Media Pensión (12 horas) Mes
401.72 466.00
Dice: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio 3.45
Debe
decir: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio
3.45 4.00
"CENTRO DEPORTIVO VALENTIN GOMEZ FARIAS"
Dice: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año 125.86
Debe
decir: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año
125.86 146.00
34 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de Marzo de 2016
Dice: 2.5.9.2.3 Estacionamiento por día Servicio 20.69
Debe
decir: 2.5.9.2.3 Estacionamiento por día Servicio
20.69 24.00
Dice: 2.5.9.2.4 Pensión (24 horas) Mes 653.45
Debe
decir: 2.5.9.2.4 Pensión (24 horas) Mes
653.45 758.00
Dice: 2.5.9.2.4.1 Media Pensión (12 horas) Mes 401.72
Debe
decir: 2.5.9.2.4.1 Media Pensión (12 horas) Mes
401.72 466.00
Dice: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio 3.45
Debe
decir: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio
3.45 4.00
"CENTRO DEPORTIVO EDUARDO MOLINA"
Dice: 2.3.1.6.2.3 Zumba Persona/Mes 113.00
Debe
decir: 2.3.1.6.2.10 Zumba Persona/Mes
113.00
Dice:
2.3.1.9.9
Paquete deportivo familiar 2 adultos y 2 menores
de 12 años (para la práctica de dos disciplinas de
escuela técnico deportivo) Mes
874.00
Debe
decir: 2.3.1.9.8
Paquete deportivo familiar 2 adultos y 2 menores
de 12 años (para la práctica de dos disciplinas de
escuela técnico deportivo) Mes
874.00
Dice: 2.4.1.6. Estimulación temprana padres e hijo Mes 309.00
Debe
decir: 2.4.1.6.2 Estimulación temprana padres e hijo Mes
309.00
Dice: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año 125.86
Debe
decir: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año
125.86 146.00
Dice: 2.3.2.3 Reposición de Credencial Persona 47.41
Debe
decir: 2.3.2.3 Reposición de Credencial Persona
47.41 55.00
Dice: 2.5.9.2.3 Estacionamiento por día Servicio 20.69
Debe
decir: 2.5.9.2.3 Estacionamiento por día Servicio
20.69 24.00
Dice: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio 3.45
Debe
decir: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio
3.45 4.00
"CENTRO DEPORTIVO MOCTEZUMA"
Dice: 2.3.1.1.4 Tae Kwon Do Persona/Mes 125.00
Debe
decir: 2.3.1.1.6 Tae Kwon Do Persona/Mes
125.00
9 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 35
Dice: 2.4.1.6. Estimulación temprana padres e hijo Mes 309.00
Debe
decir: 2.4.1.6.2 Estimulación temprana padres e hijo Mes
309.00
Dice: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año 125.86
Debe
decir: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año
125.86 146.00
Dice: 2.3.2.3 Reposición de Credencial Persona 47.41
Debe
decir: 2.3.2.3 Reposición de Credencial Persona
47.41 55.00
Dice: 2.5.9.2.3 Estacionamiento por día Servicio 20.69
Debe
decir: 2.5.9.2.3 Estacionamiento por día Servicio
20.69 24.00
Dice: 2.5.9.2.3.1 Estacionamiento por Evento Evento/Auto 74.14
Debe
decir: 2.5.9.2.3.1 Estacionamiento por Evento Evento/Auto
74.14 86.00
Dice: 2.5.9.2.4 Pensión (24 horas) Mes 653.45
Debe
decir: 2.5.9.2.4 Pensión (24 horas) Mes
653.45 758.00
Dice: 2.5.9.2.4.1 Media Pensión (12 horas) Mes 401.72
Debe
decir: 2.5.9.2.4.1 Media Pensión (12 horas) Mes
401.72 466.00
Dice: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio 3.45
Debe
decir: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio
3.45 4.00
"CENTRO DEPORTIVO PARQUE ZARAGOZA"
Dice: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año 125.86
Debe
decir: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año
125.86 146.00
Dice: 2.3.2.3 Reposición de Credencial Persona 47.41
Debe
decir: 2.3.2.3 Reposición de Credencial Persona
47.41 55.00
Dice: 2.5.9.2.3 Estacionamiento por día Servicio 20.69
Debe
decir: 2.5.9.2.3 Estacionamiento por día Servicio
20.69 24.00
Dice: 2.5.9.2.4 Pensión (24 horas) Mes 653.45
Debe
decir: 2.5.9.2.4 Pensión (24 horas) Mes
653.45 758.00
Dice: 2.5.9.2.4.1 Media Pensión (12 horas) Mes 401.72
Debe
decir: 2.5.9.2.4.1 Media Pensión (12 horas) Mes
401.72 466.00
Dice: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio 3.45
36 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de Marzo de 2016
Debe
decir: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio
3.45 4.00
"CENTRO DEPORTIVO VELODROMO OLIMPICO "
Dice: 1.2.1.6 Estadios para la práctica de futbol soccer
Debe
decir: 1.2.1.6.1 Estadios para la práctica de futbol soccer
Dice: 1.2.3.6 Servicio de palapas de hasta 70 personas Evento 962.00
Debe
decir: 1.2.3.6 Para actividades de recreación o esparcimiento
Dice: 1.2.3.6 Servicio de palapas de hasta 70 personas Evento 962.00
Debe
decir: 1.2.3.6.1 Servicio de palapas de hasta 70 personas Evento
962.00
Dice: 2.3.1.3 Natación Persona/Mes 234.00
Debe
decir: 2.3.1.2.3 Natación Persona/Mes
234.00
Dice: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año 125.86
Debe
decir: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año
125.86 146.00
Dice: 2.3.2.3 Reposición de Credencial Persona 52.59
Debe
decir: 2.3.2.3 Reposición de Credencial Persona
52.59 61.00
Dice: 2.5.9.2.3 Estacionamiento por día Servicio 20.69
Debe
decir: 2.5.9.2.3 Estacionamiento por día Servicio
20.69 24.00
Dice: 2.5.9.2.4 Pensión (24 horas) Mes 653.45
Debe
decir: 2.5.9.2.4 Pensión (24 horas) Mes
653.45 758.00
Dice: 2.5.9.2.4.1 Media Pensión (12 horas) Mes 401.72
Debe
decir: 2.5.9.2.4.1 Media Pensión (12 horas) Mes
401.72 466.00
Dice: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio 3.45
Debe
decir: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio
3.45 4.00
"CASA HOGAR ARCELIA NUTO DE VILLAMICHEL "
Dice:
2.5.9.5.2
Estancia de Tiempo Completo, alimentos y
atención biopsicosocial para adultos mayores Persona/Mes
2043.92
Debe
decir: 2.5.9.5.2
Estancia de Tiempo Completo, alimentos y
atención biopsicosocial para adultos mayores Persona/Mes
2043.92 2371.00
Dice:
2.5.9.5.3
Estancia de Medio Tiempo, alimentos y atención
biopsicosocial para adultos mayores Persona/Mes
1138.79
9 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 37
Debe
decir: 2.5.9.5.3
Estancia de Medio Tiempo, alimentos y atención
biopsicosocial para adultos mayores Persona/Mes
1138.79 1321.00
"CLINICA VETERIANARIA DELEGACIONAL"
Dice: 2.5.6.4 Captura de animal agresor a domicilio Animal 204.31
Debe
decir: 2.5.6.4 Captura de animal agresor a domicilio Animal
204.31 237.00
Dice: 2.5.6.5 Mascota no deseada recogida a domicilio Animal 204.31
Debe
decir: 2.5.6.5 Mascota no deseada recogida a domicilio Animal
204.31 237.00
"ESTACIONAMIENTOS"
Dice: 2.5.9.2.3 Estacionamiento por día Servicio 20.69
Debe
decir: 2.5.9.2.3 Estacionamiento por día Servicio
20.69 24.00
"SANITARIOS"
Dice: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio 3.45
Debe
decir: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio
3.45 4.00
"CENTRO CULTURAL CARRANZA"
Dice: 2.1.1.14.1 Reposición de Credencial Persona/Mes 26.88
Debe
decir: 2.1.1.14.1 Reposición de Credencial Persona/Mes
47.42 55.00
"POLIFORUM CULTURAL DE LA COLONIA
FEDERAL"
Dice: 2.1.1.14.1 Reposición de Credencial Persona 47.42
Debe
decir: 2.1.1.14.1 Reposición de Credencial Persona
47.42 55.00
Dice: 2.1.1.17.5 Terapia física de fisioterapias Persona/Mes 144.00
Debe
decir: 2.1.1.17.5 Terapia física de fisioterapias Mensual
144.00
"CASAS DE CULTURA ENRIQUE RAMIREZ Y
RAMIREZ Y HEBERTO CASTILLO MARTINEZ"
Dice: 2.1.1.14.1 Reposición de Credencial Persona 37.94
Debe
decir: 2.1.1.14.1 Reposición de Credencial Persona
37.94 44.00
Dice: 2.1.1.17.5 Terapia física de fisioterapias Persona/Mes 139.00
Debe
decir: 2.1.1.17.5 Terapia física de fisioterapias Mensual
139.00
Dice: 2.1.1.17.7 Terapia física deportiva Persona/Mes 139.00
38 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de Marzo de 2016
Debe
decir: 2.1.1.17.7 Terapia física deportiva Mensual
139.00
"TEATRO CARLOS PELLICER Y AUDITORIO
ENRIQUE TIERNO GALVAN"
Dice: 1.2.3.1.6 Salones de usos múltiples Día 1,421.00
Debe
decir: 1.2.3.1.6 Salones de usos múltiples Evento
1,421.00
"CENTRO DE CONVIVENCIA JARDIN BALBUENA"
Dice: 2.2.1.1.16 Alimentación y Nutrición Consulta 171.00
Debe
decir: 2.2.1.1.16 Alimentación y Nutrición Persona/Mes
171.00
"Centros de Convivencia Arenal, Azteca,Caracol,Cuatro
Arboles, El Parque, Enrique Tierno Galván, Kiosco Fortino
Serrano Servín, Nicolás Bravo, Plaza Aviación, Revolución y
Vicente Guerrero"
Dice: 2.2.1.1.16 Alimentación y Nutrición Por/Consulta 104.00
Debe
decir: 2.2.1.1.16 Alimentación y Nutrición Persona/Mes
104.00
TRANSITORIOS
Primero.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal para su debida observancia y aplicación.
Segundo.- Quedan sin efecto las cuotas publicadas el día 12 de Mayo de 2015 y 12 de Agosto de 2015 en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal No. 87 y No. 153 respectivamente.
Ciudad de México, a 22 de Febrero de Dos Mil Dieciséis.
JEFE DELEGACIONAL EN VENUSTIANO CARRANZA
(Firma)
ISRAEL MORENO RIVERA
9 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 39
DELEGACIÓN VENUSTIANO CARRANZA
ISRAEL MORENO RIVERA, JEFE DELEGACIONAL EN VENUSTIANO CARRANZA, con fundamento en los
Artículos 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, 39 Fracción XLV de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Distrito Federal, 303 y 308 del Código Fiscal del Distrito Federal, 120 y 125 del Reglamento Interior de la
Administración Publica del Distrito Federal y la Regla 19 de las Reglas para la Autorización, Control y Manejo de los
Ingresos de Aplicación Automática, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal No. 263, el Día 20 de Enero de
2016, emito el siguiente:
AVISO QUE ADICIONA AL AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS NUEVAS CUOTAS PARA LOS
INGRESOS QUE SE RECAUDEN POR CONCEPTO DE APROVECHAMIENTOS Y PRODUCTOS QUE SON
GENERADOS MEDIANTE EL MECANISMO DE APLICACIÓN AUTOMÁTICA ASIGNADOS A LA
DELEGACIÓN VENUSTIANO CARRANZA PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE
MÉXICO EL DÍA 18 DE FEBRERO DE 2016
Clave Concepto
Unidad de
medida
Cuota Cuota con
IVA
Mercado "Jamaica Zona"
2
PRODUCTOS POR LA PRESTACION DE
SERVICIOS
DE DERECHO PRIVADO
2.5 Servicios Diversos
2.5.9 Otros Servicios
2.5.9.2 Estacionamientos
2.5.9.2.5 Estacionamiento Auto por día 12.93 15.00
TRANSITORIOS
Primero.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal para su debida observancia y aplicación.
Segundo.- Queda sin efecto la cuota publicada el día 22 de Enero de 2015 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal No. 15.
Ciudad de México, a 22 de Febrero de Dos Mil Dieciséis.
JEFE DELEGACIONAL EN VENUSTIANO CARRANZA
(Firma)
ISRAEL MORENO RIVERA
40 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de Marzo de 2016
CONSEJO DE LA JUDICATURA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Aviso de publicación de Acuerdo General 43-08/2016
En cumplimiento a lo ordenado mediante Acuerdo General 43-08/2016, emitido por el Consejo de la Judicatura de la
Ciudad de México, en sesión plenaria ordinaria celebrada el día nueve de febrero de dos mil dieciséis, con toda atención
hago de su conocimiento que este Órgano Colegiado determinó de conformidad con el Decreto por el que se declaran
reformadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de
la Reforma Política de la Ciudad de México, publicado el pasado veintinueve de enero del año en curso, en el Diario Oficial
de la Federación, determinó aprobar el:
“ACUERDO GENERAL POR EL QUE SE CAMBIA LA DENOMINACIÓN DE DISTRITO FEDERAL POR
CIUDAD DE MÉXICO EN TODO EL CUERPO NORMATIVO DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE
MÉXICO.
ARTÍCULO ÚNICO.- En todos los Acuerdos Generales y normativa expedidos por este Pleno del Consejo de la
Judicatura de la Ciudad de México, en los que se haga referencia al Distrito Federal se deberá entender como hecha a la
Ciudad de México.
Por lo anterior, el nombre del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y el Consejo de la Judicatura del Distrito
Federal, así como los nombres de los órganos jurisdiccionales que integran el poder judicial del Distrito Federal, deberán
sustituir el nombre “Distrito Federal” por la denominación “Ciudad de México”.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Judicial del Tribunal Superior de
Justicia de la Ciudad de México.
SEGUNDO. Se instruye a todos los órganos jurisdiccionales, áreas administrativas y de apoyo judicial del Tribunal
Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México para que a partir de la entrada en vigor del
presente Acuerdo General se haga referencia a la Ciudad de México.
TERCERO.- Asimismo, se les instruye para que la papelería impresa se siga utilizando hasta su agotamiento y, por lo que
respecta a los sellos oficiales, hasta que se efectúe su sustitución por parte de la Oficialía Mayor del propio Tribunal.”
CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 66, FRACCIÓN V, DEL REGLAMENTO INTERIOR
DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, LA LICENCIADA ZAIRA LILIANA
JIMENEZ SEADE, SECRETARIA GENERAL DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DE LA CIUDAD DE
MÉXICO.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
------------------------------------------------------------- C E R T I F I C A ----------------------------------------------------------------
QUE LA PRESENTE FOJA (UNA), CONCUERDA CON LA PARTE CONDUCENTE DEL ACUERDO 43-08/2016,
EMITIDO POR EL CONSEJO DE LA JUDICATURA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN SESION PLENARIA DE
FECHA NUEVE DE FEBRERO DE DOS MIL DIECISÉIS, PARA SU PUBLICACIÓN EN LA GACETA DE LA
CIUDAD DE MÉXICO, EN CUMPLIMIENTO AL ACUERDO DE MERITO. SE EXPIDE LA PRESENTE, PARA LOS
EFECTOS PROCEDENTES, A LOS DIECISEIS DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL DIECESÉIS.- DOY FE.-
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
(Firma)
CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS
PLANTA DE ASFALTO
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
El Lic. Adolfo Riebeling Montiel, Director de Administración de la Planta de Asfalto de la Ciudad de México Órgano Desconcentrado de la Secretaría de Obras y
Servicios, en cumplimiento a lo que establece el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 26, 27 inciso a), 28, 30
fracción I, 32, 33, 34, 36, 37, 38, 39, 39 Bis, 43, 58 y 63 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y conforme al artículo 7, fracción V último párrafo
del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal vigente, así como del artículo 36 de su Reglamento y demás disposiciones, convoca a
todas las personas físicas y morales a participar en la Licitación Pública Nacional para la “Adquisición de aditivo para mezcla asfáltica templada” de conformidad
con lo siguiente:
Nacional Convocatoria 001
No. De Licitación Costo de las bases Fecha Límite para adquirir
las bases
Junta de aclaraciones Presentación y Apertura
de Propuestas
Acto de Fallo
30001049-001-016 $4,000.00 11/03/2016
14:00 horas
14/03/2016
11:00 horas
16/03/2016
11:00 horas
18/03/2016
11:00 horas
Partida Clave CABMS Descripción Cantidad Unidad de Medida
1 2611000006
Aditivo para Mezcla Asfáltica Templada.
Mínimo
96,000
Máximo
960,000
Kilogramos
 Las bases de la presente Licitación Pública Nacional se encuentran disponibles para consulta y venta los días 09, 10 y 11 de marzo de 2016 en un horario de
09:00 a 14:00 hrs. en la Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Materiales, sito en Avenida del Imán, Número 263, Planta Baja, Colonia Ajusco,
Delegación Coyoacán, Ciudad de México, Código Postal 04300; para su consulta exclusivamente, en Internet a través de la página compranet.funcion
pública.gob.mx, con la siguiente ruta: difusión de procedimientos/vigentes.
 El pago para la adquisición de bases se realizará mediante depósito bancario a nombre de la Secretaría de finanzas del Gobierno de la Ciudad de México, en el
Banco Santander, S.A.; a la cuenta: 65501123467, con la siguiente referencia: 07CD130001049001016 seguido de la clave del Registro Federal de
Contribuyentes del interesado, (EJEMPLO: 07CD130001049001016ABC8509195V3) o en el domicilio de la convocante mediante cheque certificado o de
caja a favor de la Secretaría de Finanzas del Gobierno de la Ciudad de México. NOTA IMPORTANTE: El pago por depósito bancario deberá estar bien
referenciado, incluyendo los tres rubros solicitados, no habrá devolución por pago mal referenciado.
 Todos los eventos se llevarán a cabo en la Sala de Juntas de la Dirección General de la Planta de Asfalto de la Ciudad de México, ubicada en Avenida del
Imán, Número 263, Planta Alta, Colonia Ajusco, Delegación Coyoacán, Ciudad de México, Código Postal 04300.
 El idioma en que deberán presentarse las proposiciones será: Español.
 La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: Peso mexicano.
 No se otorga anticipo.
41d1e41c17a0cba830cab3d4994e15d3
41d1e41c17a0cba830cab3d4994e15d3
41d1e41c17a0cba830cab3d4994e15d3
41d1e41c17a0cba830cab3d4994e15d3
41d1e41c17a0cba830cab3d4994e15d3
41d1e41c17a0cba830cab3d4994e15d3
41d1e41c17a0cba830cab3d4994e15d3
41d1e41c17a0cba830cab3d4994e15d3
41d1e41c17a0cba830cab3d4994e15d3
41d1e41c17a0cba830cab3d4994e15d3
41d1e41c17a0cba830cab3d4994e15d3
41d1e41c17a0cba830cab3d4994e15d3
41d1e41c17a0cba830cab3d4994e15d3
41d1e41c17a0cba830cab3d4994e15d3
41d1e41c17a0cba830cab3d4994e15d3
41d1e41c17a0cba830cab3d4994e15d3
41d1e41c17a0cba830cab3d4994e15d3
41d1e41c17a0cba830cab3d4994e15d3
41d1e41c17a0cba830cab3d4994e15d3
41d1e41c17a0cba830cab3d4994e15d3
41d1e41c17a0cba830cab3d4994e15d3
41d1e41c17a0cba830cab3d4994e15d3
41d1e41c17a0cba830cab3d4994e15d3

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

7ffda77e5e137e5e860a6221aeff1fa7
7ffda77e5e137e5e860a6221aeff1fa77ffda77e5e137e5e860a6221aeff1fa7
7ffda77e5e137e5e860a6221aeff1fa7EX ARTHUR MEXICO
 
166dd666263ba566b1c111ea7d0f08f5
166dd666263ba566b1c111ea7d0f08f5166dd666263ba566b1c111ea7d0f08f5
166dd666263ba566b1c111ea7d0f08f5EX ARTHUR MEXICO
 
C716725930522979b56a485c49613e29 5
C716725930522979b56a485c49613e29 5C716725930522979b56a485c49613e29 5
C716725930522979b56a485c49613e29 5EX ARTHUR MEXICO
 
8 02a347839d6aecc26f9e89ac22c94ebb 8
8 02a347839d6aecc26f9e89ac22c94ebb 88 02a347839d6aecc26f9e89ac22c94ebb 8
8 02a347839d6aecc26f9e89ac22c94ebb 8EX ARTHUR MEXICO
 
67c3a689c260599165b21aa2b0ab5bc7
67c3a689c260599165b21aa2b0ab5bc767c3a689c260599165b21aa2b0ab5bc7
67c3a689c260599165b21aa2b0ab5bc7EX ARTHUR MEXICO
 
Aec5c865ff494fd8d3a85084c650babd
Aec5c865ff494fd8d3a85084c650babdAec5c865ff494fd8d3a85084c650babd
Aec5c865ff494fd8d3a85084c650babdEX ARTHUR MEXICO
 
29 b6a7e683019d21ec21611ae25b6cc719 29
29 b6a7e683019d21ec21611ae25b6cc719 2929 b6a7e683019d21ec21611ae25b6cc719 29
29 b6a7e683019d21ec21611ae25b6cc719 29EX ARTHUR MEXICO
 
8dbd6cea0c8aa971ce5ff9046115e1b4
8dbd6cea0c8aa971ce5ff9046115e1b48dbd6cea0c8aa971ce5ff9046115e1b4
8dbd6cea0c8aa971ce5ff9046115e1b4EX ARTHUR MEXICO
 
9 edd9b6ea76742e1408390360c6340cd4 9
9 edd9b6ea76742e1408390360c6340cd4 99 edd9b6ea76742e1408390360c6340cd4 9
9 edd9b6ea76742e1408390360c6340cd4 9EX ARTHUR MEXICO
 
6b6f4507a57e078ceb6bdc48cdd634a2
6b6f4507a57e078ceb6bdc48cdd634a26b6f4507a57e078ceb6bdc48cdd634a2
6b6f4507a57e078ceb6bdc48cdd634a2EX ARTHUR MEXICO
 
25 8b42ee76ebefe790ea2665f0f0dc2c71 25
25 8b42ee76ebefe790ea2665f0f0dc2c71 2525 8b42ee76ebefe790ea2665f0f0dc2c71 25
25 8b42ee76ebefe790ea2665f0f0dc2c71 25EX ARTHUR MEXICO
 
3befc45ee7573e07fb8c2aea577547be
3befc45ee7573e07fb8c2aea577547be3befc45ee7573e07fb8c2aea577547be
3befc45ee7573e07fb8c2aea577547beEX ARTHUR MEXICO
 
B9b86faaaf06be02193ff896964d6860
B9b86faaaf06be02193ff896964d6860B9b86faaaf06be02193ff896964d6860
B9b86faaaf06be02193ff896964d6860EX ARTHUR MEXICO
 
0d498a2e3066c312f9ead048470a9141
0d498a2e3066c312f9ead048470a91410d498a2e3066c312f9ead048470a9141
0d498a2e3066c312f9ead048470a9141EX ARTHUR MEXICO
 
0ed30b82655272b877ededf02e719f06
0ed30b82655272b877ededf02e719f060ed30b82655272b877ededf02e719f06
0ed30b82655272b877ededf02e719f06EX ARTHUR MEXICO
 
F34c66ce339e05fbcfa702c0b5018046
F34c66ce339e05fbcfa702c0b5018046F34c66ce339e05fbcfa702c0b5018046
F34c66ce339e05fbcfa702c0b5018046EX ARTHUR MEXICO
 
Ecbdecb7d88b1be6ab522fb8998f2400
Ecbdecb7d88b1be6ab522fb8998f2400Ecbdecb7d88b1be6ab522fb8998f2400
Ecbdecb7d88b1be6ab522fb8998f2400EX ARTHUR MEXICO
 

La actualidad más candente (19)

7ffda77e5e137e5e860a6221aeff1fa7
7ffda77e5e137e5e860a6221aeff1fa77ffda77e5e137e5e860a6221aeff1fa7
7ffda77e5e137e5e860a6221aeff1fa7
 
166dd666263ba566b1c111ea7d0f08f5
166dd666263ba566b1c111ea7d0f08f5166dd666263ba566b1c111ea7d0f08f5
166dd666263ba566b1c111ea7d0f08f5
 
C716725930522979b56a485c49613e29 5
C716725930522979b56a485c49613e29 5C716725930522979b56a485c49613e29 5
C716725930522979b56a485c49613e29 5
 
8 02a347839d6aecc26f9e89ac22c94ebb 8
8 02a347839d6aecc26f9e89ac22c94ebb 88 02a347839d6aecc26f9e89ac22c94ebb 8
8 02a347839d6aecc26f9e89ac22c94ebb 8
 
67c3a689c260599165b21aa2b0ab5bc7
67c3a689c260599165b21aa2b0ab5bc767c3a689c260599165b21aa2b0ab5bc7
67c3a689c260599165b21aa2b0ab5bc7
 
Aec5c865ff494fd8d3a85084c650babd
Aec5c865ff494fd8d3a85084c650babdAec5c865ff494fd8d3a85084c650babd
Aec5c865ff494fd8d3a85084c650babd
 
Anuario estadistico 2013 m.i.
Anuario estadistico 2013 m.i.Anuario estadistico 2013 m.i.
Anuario estadistico 2013 m.i.
 
29 b6a7e683019d21ec21611ae25b6cc719 29
29 b6a7e683019d21ec21611ae25b6cc719 2929 b6a7e683019d21ec21611ae25b6cc719 29
29 b6a7e683019d21ec21611ae25b6cc719 29
 
8dbd6cea0c8aa971ce5ff9046115e1b4
8dbd6cea0c8aa971ce5ff9046115e1b48dbd6cea0c8aa971ce5ff9046115e1b4
8dbd6cea0c8aa971ce5ff9046115e1b4
 
9 edd9b6ea76742e1408390360c6340cd4 9
9 edd9b6ea76742e1408390360c6340cd4 99 edd9b6ea76742e1408390360c6340cd4 9
9 edd9b6ea76742e1408390360c6340cd4 9
 
6b6f4507a57e078ceb6bdc48cdd634a2
6b6f4507a57e078ceb6bdc48cdd634a26b6f4507a57e078ceb6bdc48cdd634a2
6b6f4507a57e078ceb6bdc48cdd634a2
 
25 8b42ee76ebefe790ea2665f0f0dc2c71 25
25 8b42ee76ebefe790ea2665f0f0dc2c71 2525 8b42ee76ebefe790ea2665f0f0dc2c71 25
25 8b42ee76ebefe790ea2665f0f0dc2c71 25
 
3befc45ee7573e07fb8c2aea577547be
3befc45ee7573e07fb8c2aea577547be3befc45ee7573e07fb8c2aea577547be
3befc45ee7573e07fb8c2aea577547be
 
B9b86faaaf06be02193ff896964d6860
B9b86faaaf06be02193ff896964d6860B9b86faaaf06be02193ff896964d6860
B9b86faaaf06be02193ff896964d6860
 
0d498a2e3066c312f9ead048470a9141
0d498a2e3066c312f9ead048470a91410d498a2e3066c312f9ead048470a9141
0d498a2e3066c312f9ead048470a9141
 
0ed30b82655272b877ededf02e719f06
0ed30b82655272b877ededf02e719f060ed30b82655272b877ededf02e719f06
0ed30b82655272b877ededf02e719f06
 
F34c66ce339e05fbcfa702c0b5018046
F34c66ce339e05fbcfa702c0b5018046F34c66ce339e05fbcfa702c0b5018046
F34c66ce339e05fbcfa702c0b5018046
 
Ecbdecb7d88b1be6ab522fb8998f2400
Ecbdecb7d88b1be6ab522fb8998f2400Ecbdecb7d88b1be6ab522fb8998f2400
Ecbdecb7d88b1be6ab522fb8998f2400
 
20160212 parlamentaria
20160212 parlamentaria20160212 parlamentaria
20160212 parlamentaria
 

Destacado

Grove provides little response to inquiries - Moscow-Pullman Daily News: Local
Grove provides little response to inquiries - Moscow-Pullman Daily News: LocalGrove provides little response to inquiries - Moscow-Pullman Daily News: Local
Grove provides little response to inquiries - Moscow-Pullman Daily News: LocalPatrick Groves
 
A great photo my version
A great photo my versionA great photo my version
A great photo my versionJake Evergreen
 
Mediabong, la video programmatique 2016
Mediabong, la video programmatique 2016Mediabong, la video programmatique 2016
Mediabong, la video programmatique 2016Yann Battard
 

Destacado (6)

Jefferson group presentation
Jefferson group presentationJefferson group presentation
Jefferson group presentation
 
Grove provides little response to inquiries - Moscow-Pullman Daily News: Local
Grove provides little response to inquiries - Moscow-Pullman Daily News: LocalGrove provides little response to inquiries - Moscow-Pullman Daily News: Local
Grove provides little response to inquiries - Moscow-Pullman Daily News: Local
 
New Resume Jonath2
New Resume Jonath2New Resume Jonath2
New Resume Jonath2
 
A great photo my version
A great photo my versionA great photo my version
A great photo my version
 
Mediabong, la video programmatique 2016
Mediabong, la video programmatique 2016Mediabong, la video programmatique 2016
Mediabong, la video programmatique 2016
 
09032016 mat
09032016 mat09032016 mat
09032016 mat
 

Similar a 41d1e41c17a0cba830cab3d4994e15d3

9dccb79dd7278af215872c9234d8492b
9dccb79dd7278af215872c9234d8492b9dccb79dd7278af215872c9234d8492b
9dccb79dd7278af215872c9234d8492bEX ARTHUR MEXICO
 
Cc2f8625aa4de201bf88e44e6f894218
Cc2f8625aa4de201bf88e44e6f894218Cc2f8625aa4de201bf88e44e6f894218
Cc2f8625aa4de201bf88e44e6f894218EX ARTHUR MEXICO
 
7743ed11c2bcf5ec5b714ba80c55ca9d
7743ed11c2bcf5ec5b714ba80c55ca9d7743ed11c2bcf5ec5b714ba80c55ca9d
7743ed11c2bcf5ec5b714ba80c55ca9dEX ARTHUR MEXICO
 
28 d87a7c51ed212c95cf969c1818b8789a 28
28 d87a7c51ed212c95cf969c1818b8789a 2828 d87a7c51ed212c95cf969c1818b8789a 28
28 d87a7c51ed212c95cf969c1818b8789a 28EX ARTHUR MEXICO
 
8 04ccaa1b7efeb8ae1c9b614e4371e348 8
8 04ccaa1b7efeb8ae1c9b614e4371e348 88 04ccaa1b7efeb8ae1c9b614e4371e348 8
8 04ccaa1b7efeb8ae1c9b614e4371e348 8EX ARTHUR MEXICO
 
12 5e817ca986cd1cbc3943be57980d4a69 12
12 5e817ca986cd1cbc3943be57980d4a69 1212 5e817ca986cd1cbc3943be57980d4a69 12
12 5e817ca986cd1cbc3943be57980d4a69 12EX ARTHUR MEXICO
 
08a62db878df065112606bca54af1420
08a62db878df065112606bca54af142008a62db878df065112606bca54af1420
08a62db878df065112606bca54af1420EX ARTHUR MEXICO
 
1708a3ae5fe1f992384fe03be47001a8
1708a3ae5fe1f992384fe03be47001a81708a3ae5fe1f992384fe03be47001a8
1708a3ae5fe1f992384fe03be47001a8EX ARTHUR MEXICO
 
B54d2a576626aa41d9f121e4d0b9dd43
B54d2a576626aa41d9f121e4d0b9dd43B54d2a576626aa41d9f121e4d0b9dd43
B54d2a576626aa41d9f121e4d0b9dd43EX ARTHUR MEXICO
 
6c2764ed5252af55cce65dd5538c3c8f
6c2764ed5252af55cce65dd5538c3c8f6c2764ed5252af55cce65dd5538c3c8f
6c2764ed5252af55cce65dd5538c3c8fEX ARTHUR MEXICO
 
B90329a0c500d9a958a5c362ad09d316
B90329a0c500d9a958a5c362ad09d316B90329a0c500d9a958a5c362ad09d316
B90329a0c500d9a958a5c362ad09d316EX ARTHUR MEXICO
 
5839f679a462287d4f22b55afa3ac293
5839f679a462287d4f22b55afa3ac2935839f679a462287d4f22b55afa3ac293
5839f679a462287d4f22b55afa3ac293EX ARTHUR MEXICO
 
Fb72e70a35a3466e8c9267879ace3da2
Fb72e70a35a3466e8c9267879ace3da2Fb72e70a35a3466e8c9267879ace3da2
Fb72e70a35a3466e8c9267879ace3da2EX ARTHUR MEXICO
 
08bd2221a0d6dee97a75c87c48b42f14
08bd2221a0d6dee97a75c87c48b42f1408bd2221a0d6dee97a75c87c48b42f14
08bd2221a0d6dee97a75c87c48b42f14EX ARTHUR MEXICO
 
D5a5885b951e3247c3b515d0dba603d4
D5a5885b951e3247c3b515d0dba603d4D5a5885b951e3247c3b515d0dba603d4
D5a5885b951e3247c3b515d0dba603d4EX ARTHUR MEXICO
 
F7c951c0bb1fe6e002081c33b4da91c6
F7c951c0bb1fe6e002081c33b4da91c6F7c951c0bb1fe6e002081c33b4da91c6
F7c951c0bb1fe6e002081c33b4da91c6EX ARTHUR MEXICO
 
8 70ad2bd90ac89deeaa76fdf60e7ef07f 8
8 70ad2bd90ac89deeaa76fdf60e7ef07f 88 70ad2bd90ac89deeaa76fdf60e7ef07f 8
8 70ad2bd90ac89deeaa76fdf60e7ef07f 8EX ARTHUR MEXICO
 
03ce6bcbcc4ac243a5c0f54f70c1707b
03ce6bcbcc4ac243a5c0f54f70c1707b03ce6bcbcc4ac243a5c0f54f70c1707b
03ce6bcbcc4ac243a5c0f54f70c1707bEX ARTHUR MEXICO
 
Decreto suprem on_063-2003-pcm
Decreto suprem on_063-2003-pcmDecreto suprem on_063-2003-pcm
Decreto suprem on_063-2003-pcmDaniel Marroquin
 

Similar a 41d1e41c17a0cba830cab3d4994e15d3 (20)

9dccb79dd7278af215872c9234d8492b
9dccb79dd7278af215872c9234d8492b9dccb79dd7278af215872c9234d8492b
9dccb79dd7278af215872c9234d8492b
 
Cc2f8625aa4de201bf88e44e6f894218
Cc2f8625aa4de201bf88e44e6f894218Cc2f8625aa4de201bf88e44e6f894218
Cc2f8625aa4de201bf88e44e6f894218
 
7743ed11c2bcf5ec5b714ba80c55ca9d
7743ed11c2bcf5ec5b714ba80c55ca9d7743ed11c2bcf5ec5b714ba80c55ca9d
7743ed11c2bcf5ec5b714ba80c55ca9d
 
28 d87a7c51ed212c95cf969c1818b8789a 28
28 d87a7c51ed212c95cf969c1818b8789a 2828 d87a7c51ed212c95cf969c1818b8789a 28
28 d87a7c51ed212c95cf969c1818b8789a 28
 
8 04ccaa1b7efeb8ae1c9b614e4371e348 8
8 04ccaa1b7efeb8ae1c9b614e4371e348 88 04ccaa1b7efeb8ae1c9b614e4371e348 8
8 04ccaa1b7efeb8ae1c9b614e4371e348 8
 
12 5e817ca986cd1cbc3943be57980d4a69 12
12 5e817ca986cd1cbc3943be57980d4a69 1212 5e817ca986cd1cbc3943be57980d4a69 12
12 5e817ca986cd1cbc3943be57980d4a69 12
 
08a62db878df065112606bca54af1420
08a62db878df065112606bca54af142008a62db878df065112606bca54af1420
08a62db878df065112606bca54af1420
 
1708a3ae5fe1f992384fe03be47001a8
1708a3ae5fe1f992384fe03be47001a81708a3ae5fe1f992384fe03be47001a8
1708a3ae5fe1f992384fe03be47001a8
 
2015 09 17_mat_imss
2015 09 17_mat_imss2015 09 17_mat_imss
2015 09 17_mat_imss
 
B54d2a576626aa41d9f121e4d0b9dd43
B54d2a576626aa41d9f121e4d0b9dd43B54d2a576626aa41d9f121e4d0b9dd43
B54d2a576626aa41d9f121e4d0b9dd43
 
6c2764ed5252af55cce65dd5538c3c8f
6c2764ed5252af55cce65dd5538c3c8f6c2764ed5252af55cce65dd5538c3c8f
6c2764ed5252af55cce65dd5538c3c8f
 
B90329a0c500d9a958a5c362ad09d316
B90329a0c500d9a958a5c362ad09d316B90329a0c500d9a958a5c362ad09d316
B90329a0c500d9a958a5c362ad09d316
 
5839f679a462287d4f22b55afa3ac293
5839f679a462287d4f22b55afa3ac2935839f679a462287d4f22b55afa3ac293
5839f679a462287d4f22b55afa3ac293
 
Fb72e70a35a3466e8c9267879ace3da2
Fb72e70a35a3466e8c9267879ace3da2Fb72e70a35a3466e8c9267879ace3da2
Fb72e70a35a3466e8c9267879ace3da2
 
08bd2221a0d6dee97a75c87c48b42f14
08bd2221a0d6dee97a75c87c48b42f1408bd2221a0d6dee97a75c87c48b42f14
08bd2221a0d6dee97a75c87c48b42f14
 
D5a5885b951e3247c3b515d0dba603d4
D5a5885b951e3247c3b515d0dba603d4D5a5885b951e3247c3b515d0dba603d4
D5a5885b951e3247c3b515d0dba603d4
 
F7c951c0bb1fe6e002081c33b4da91c6
F7c951c0bb1fe6e002081c33b4da91c6F7c951c0bb1fe6e002081c33b4da91c6
F7c951c0bb1fe6e002081c33b4da91c6
 
8 70ad2bd90ac89deeaa76fdf60e7ef07f 8
8 70ad2bd90ac89deeaa76fdf60e7ef07f 88 70ad2bd90ac89deeaa76fdf60e7ef07f 8
8 70ad2bd90ac89deeaa76fdf60e7ef07f 8
 
03ce6bcbcc4ac243a5c0f54f70c1707b
03ce6bcbcc4ac243a5c0f54f70c1707b03ce6bcbcc4ac243a5c0f54f70c1707b
03ce6bcbcc4ac243a5c0f54f70c1707b
 
Decreto suprem on_063-2003-pcm
Decreto suprem on_063-2003-pcmDecreto suprem on_063-2003-pcm
Decreto suprem on_063-2003-pcm
 

Último

CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docJhonnySandonRojjas
 
Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdfTema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdfanagc806
 
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanos
linea de tiempo  .evolución histórica de los derechos humanoslinea de tiempo  .evolución histórica de los derechos humanos
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanosmarcovalor2005
 
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...OmarFernndez26
 
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdfMANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdfivogiovannoni
 
1.- SEMANA 5 delitos contra los trabajadores.pptx
1.- SEMANA 5 delitos contra los trabajadores.pptx1.- SEMANA 5 delitos contra los trabajadores.pptx
1.- SEMANA 5 delitos contra los trabajadores.pptxArianaNova1
 
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxMapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxjuandtorcateusa
 
Ensayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo FuncionalEnsayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo FuncionalPoder Judicial
 
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptxDERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptxRosildaToralvaCamacl1
 
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.pptBRIANJOFFREVELSQUEZH
 
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacioConflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacioEdwinRubio14
 
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptxPenal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptxJonathanGiriron
 
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANACONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANACristhianViera4
 
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docJhonnySandonRojjas
 
EL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOR
EL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOREL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOR
EL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADORLuisMiguelT4
 
Mercados financieros y estrategia financiera.pdf
Mercados financieros y estrategia financiera.pdfMercados financieros y estrategia financiera.pdf
Mercados financieros y estrategia financiera.pdfyordahno
 
Protección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónProtección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónFundación YOD YOD
 
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfLAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfalbinoMamaniCallejas
 
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxCONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxMarianaSunjaylaCardo
 

Último (20)

CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
 
Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdfTema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
 
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanos
linea de tiempo  .evolución histórica de los derechos humanoslinea de tiempo  .evolución histórica de los derechos humanos
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanos
 
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
 
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdfMANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
 
1.- SEMANA 5 delitos contra los trabajadores.pptx
1.- SEMANA 5 delitos contra los trabajadores.pptx1.- SEMANA 5 delitos contra los trabajadores.pptx
1.- SEMANA 5 delitos contra los trabajadores.pptx
 
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxMapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
 
Ensayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo FuncionalEnsayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo Funcional
 
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptxDERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
 
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
 
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacioConflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
 
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptxPenal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
 
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANACONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
 
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
 
EL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOR
EL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOREL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOR
EL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOR
 
PRESENTACION HABEAS CORPUS Y HABER.pptx ppt
PRESENTACION HABEAS CORPUS Y HABER.pptx pptPRESENTACION HABEAS CORPUS Y HABER.pptx ppt
PRESENTACION HABEAS CORPUS Y HABER.pptx ppt
 
Mercados financieros y estrategia financiera.pdf
Mercados financieros y estrategia financiera.pdfMercados financieros y estrategia financiera.pdf
Mercados financieros y estrategia financiera.pdf
 
Protección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónProtección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector Educación
 
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfLAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
 
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxCONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
 

41d1e41c17a0cba830cab3d4994e15d3

  • 1. Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México DÉCIMA NOVENA ÉPOCA 9 DE MARZO DE 2016 No. 27 Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Secretaría de Obras y Servicios  Acuerdo por el que se dan a conocer los días inhábiles para la Oficina de Información Pública del Proyecto Metro del Distrito Federal, para el año 2016 y 2017 4 Secretaría de Finanzas  Aviso por el cual se da a conocer el listado de conceptos y cuotas de ingresos que se recauden por concepto de aprovechamientos y productos de aplicación automática, en la Secretaría de Finanzas 6 Secretaría de Seguridad Pública  Acuerdo 5/2016 por el que se autoriza la Norma que regula el Programa de Baja Voluntaria del Servicio con Indemnización para el Personal Operativo en Activo de la Policía Preventiva de la Ciudad de México, Correspondiente al Ejercicio Fiscal 2016 8 Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo  Aviso por el que se da a conocer el Sistema de Datos Personales bajo la tutela del Instituto de Capacitación para el Trabajo de la Ciudad de México, denominado “Sistema de Datos Personales para el Registro Electrónico de Personas Capacitadas”, de conformidad con lo establecido en la normatividad aplicable en esta materia 14 Delegación Iztapalapa  Nota aclaratoria al Aviso por el que se dan a conocer los Lineamientos Operativos de la Acción Institucional “Poder Vincularse”, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el día 26 de febrero de 2016 18 Continúa en la Pág. 2
  • 2. 2 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de Marzo de 2016 Índice Viene de la Pág. 1  Nota aclaratoria al Aviso por el que se dan a conocer los Lineamientos Operativos de la Acción Institucional “Poder Ciudadano”, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el día 26 de febrero de 2016 19 Delegación Venustiano Carranza  Aviso por el cual se dan a conocer las cuotas o conceptos que se darán de baja y sobre los cuales se dejaran de percibir ingresos por concepto de aprovechamientos y productos que son generados mediante el mecanismo de aplicación automática aplicables a los Centros Generadores asignados a la Delegación Venustiano Carranza 20  Aviso que modifica al Aviso por el cual se dan a conocer las nuevas cuotas para los ingresos que se recauden por concepto de aprovechamientos y productos que son generados mediante el mecanismo de aplicación automática asignados a la Delegación Venustiano Carranza publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el día 18 de febrero de 2016 31  Aviso que adiciona al Aviso por el cual se dan a conocer las nuevas cuotas para los ingresos que se recauden por concepto de aprovechamientos y productos que son generados mediante el mecanismo de aplicación automática asignados a la Delegación Venustiano Carranza publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el día 18 de febrero de 2016 39 Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México  Acuerdo General por el que se cambia la denominación de Distrito Federal por Ciudad de México en todo el Cuerpo Normativo del Poder Judicial de la Ciudad de México 40  CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS  Secretaría de Obras y Servicios.- Planta de Asfalto.- Licitación Pública Nacional Número 30001049-001-016.- Convocatoria 001.- Adquisición de aditivo para mezcla asfáltica templada 41  Secretaría de Turismo.- Licitación Pública Nacional Número SECTURDF-LPN-03-2016.- Convocatoria 003.- Servicio de promoción e información turística para los módulos y unidades/estaciones digitales de información turística 43  Delegación Cuauhtémoc.- Licitación Pública Nacional Número 30001021-001-16.- Convocatoria 001/2016.- Adquisición de vara de perlilla 45  Delegación Tlalpan.- Licitación Pública Nacional No. 30001029-005-2016.- Convocatoria 003/16.- Adquisición de materiales, útiles y equipos menores de oficina 47  Servicios de Salud Pública del Distrito Federal.- Licitación Pública Internacional Número EA-909007972-I6- 16.- Convocatoria 06/16.- Adquisición de productos químicos básicos 49 SECCIÓN DE AVISOS  Instituto Educativo Olinca, S. C. 50  Comercializadora Comerampec, S.A. de C.V. 52  Autopamex.Com, S.A. de C.V. 54  Afianzadora Mexicana, S.A. de C.V. 55  Davinel, S.A. de C.V. 56  Edictos 57  Aviso 62
  • 3. 9 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 3
  • 4. 4 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de Marzo de 2016 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS PROYECTO METRO DEL DISTRITO FEDERAL CONSIDERANDO I.- Que la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, es el ordenamiento legal que impone a los Órganos Ejecutivo, Legislativo y Judicial y Autónomos de Ley, así como aquellos Entes Públicos del Distrito Federal que ejerzan gasto público, atender en sus relaciones con los particulares, los principios de legalidad, certeza jurídica, imparcialidad, información, celeridad, veracidad, transparencia y máxima publicidad de sus actos. II.- Que la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, en su artículo 7 y la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, en su artículo 4, establecen que en todas aquellas cuestiones relacionadas con el Procedimiento, no previstas en dichos ordenamientos, se aplicará supletoriamente, la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, o en su caso, el Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal. III.- Que de conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, por ser un Ente Público, está obligada a contar con una Oficina de Información Pública, a fin de que las personas ejerzan su derecho de acceso a la información a través de ella. IV.- Que en términos de lo dispuesto por los Artículos 47, 51, 53, 80 fracción II, 86, 90 y 91 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal; 42 fracción I, 43 fracciones II, III, y IV; 45 y 47 del Reglamento de la misma Ley; 32 y 35 de la Ley de Protección de Datos Personales del Distrito Federal, se establecen plazos perentorios para la atención de las solicitudes de acceso a la información pública; y de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales; para rendir Informes de Ley; para dar cumplimiento a las resoluciones de los recursos de revisión que se promuevan ante el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal. V.- Que el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, estipula en sus artículo 55 párrafo cuarto, que se consideran días inhábiles los señalados por Ley, los señalados por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal en el ejercicio de sus atribuciones y los que publique el titular del Ente Público de la Administración Pública. VI.- Que la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, establece en su artículo 71 que las actuaciones y diligencias en ellas previstas se practicarán en días y horas hábiles, considerando entre otros, como inhábiles los días en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos en que se suspendan las labores, los que se harán del conocimiento público mediante acuerdo del titular de la dependencia, entidad o delegación respectiva, que se publicará en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL del 28 de Enero de 2016, Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal. Acuerdo mediante el cual se aprueban los días inhábiles del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, correspondientes al año 2016 y enero de 2017, para efectos de los Actos y Procedimientos que se indican, competencia de este Instituto VII.- Que el numeral 31 de los Lineamientos que deberán observar los Entes Públicos del Distrito Federal para la Gestión de Solicitudes de Información Pública y de Datos Personales a través del Sistema Infomex del Distrito Federal establece que serán días inhábiles, entre otros, el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo; 1 de mayo; 16 de septiembre; tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre y el 25 de diciembre. Asimismo, en dicho ordenamiento se consideran inhábiles los días en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos en que se suspendan las labores o los términos relativos a los procedimientos previstos en dichos Lineamientos, mismos que se publicarán en la Gaceta Oficial del Distrito Federal o en el órgano de difusión oficial que corresponda, además de darse a conocer en el portal de Internet del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal y en el Sistema INFOMEX.
  • 5. 9 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 5 VIII.- Que existe un criterio interpretativo del Poder Judicial de la Federación, visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta del mes de enero de 1997, tomo V, página 479, en el sentido de que es un hecho notorio de que las festividades religiosas como semana santa y del día de muertos inciden para computar los términos legales, ya que generalmente las oficinas de las autoridades entre otras las fiscales, permanecen cerradas. IX. Que el primer periodo vacacional de la Oficina de Información Pública de Proyecto Metro del Distrito Federal, comprenderá los días: 18, 19, 20, 21, 22, 25, 26, 27, 28 y 29 de julio, todos de dos mil 2016. X. Que el segundo periodo vacacional de la Oficina de Información Pública de Proyecto Metro del Distrito Federal, comprenderá los días: 22, 23, 26, 27, 28, 29 y 30 de diciembre, todos de 2016, así como el 02, 03 y 04 de enero de 2017. XI.- Que durante los días declarados inhábiles, se suspenderán los plazos y términos en todos aquéllos asuntos y procedimientos administrativos en general, competencia de la Oficina de Información Pública del Proyecto Metro del Distrito Federal aplicables en la tramitación de las solicitudes de acceso a la información pública; de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales; así como en los recursos de revisión que reciba para su atención. XII.- Que con el fin de que el presente Acuerdo produzca efectos jurídicos, se hace del conocimiento del público en general, mediante su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en los estrados de la Oficina de Información Pública del Proyecto Metro del Distrito Federal, en su Portal de Internet y en el sitio de Internet de INFOMEX. XIII.- Que con el fin de dar seguridad jurídica a los particulares, se hace del conocimiento del público en general el presente Acuerdo, mediante su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, así como en el sitio de Internet; infórmese el contenido al Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, para su publicación en el portal de Internet de INFOMEX y acciones que considere pertinentes. Finalmente, por las consideraciones y fundamentos anteriormente expuestos, en éste acto se emite el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS DIAS INHABILES PARA LA OFICINA DE INFORMACION PÚBLICA DEL PROYECTO METRO DEL DISTRITO FEDERAL, PARA EL AÑO 2016 Y 2017 PRIMERO.- Para los efectos de la tramitación de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Solicitudes de Informes, Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición de Datos Personales, atención a los Recursos de Revisión competencia de la Oficina de Información Pública del Proyecto Metro del Distrito Federal, se acuerda como días inhábiles 21, 22, 23, 24 y 25 de marzo; 05 de mayo; 18, 19, 20, 21, 22, 25, 26, 27, 28, y 29 de julio; 16 de septiembre; 02 de noviembre, 21 de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre; el 22, 23, 26, 27, 28, 29 y 30 de diciembre, todos de 2016, así como el 02, 03 y 04 de enero de 2017. SEGUNDO.- En virtud de lo anterior y durante los días citados, no se computarán los términos relacionados a las solicitudes y recursos referidos, competencia de la Oficina de Información Pública del Proyecto Metro del Distrito Federal. TERCERO.- Se instruye al Responsable de la Oficina de Información Pública, para que realice las acciones necesarias para que el presente acuerdo sea publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y se cumpla con lo manifestado en el Considerando XIII del mismo. TRANSITORIOS ÚNICO.- Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en los estrados de la Oficina de Información Pública del Proyecto Metro del Distrito Federal y notifíquese al Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, para los efectos conducentes. Ciudad de México, a 01 de marzo de 2016. El Director General del Proyecto Metro del Distrito Federal. (Firma) Marco Antonio Ciriaco Arroyo.
  • 6. 6 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de Marzo de 2016 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN EN LA SECRETARÍA DE FINANZAS MARCOS MANUEL HERRERÍA ALAMINA, Director General de Administración en la Secretaría de Finanzas, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, 101-G del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y la Regla Veinticuatro de las Reglas para la Autorización, Control y Manejo de Ingresos de Aplicación Automática, publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal Número 263 de fecha 20 de Enero de 2016, emito el siguiente: AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER EL LISTADO DE CONCEPTOS Y CUOTAS DE INGRESOS QUE SE RECAUDEN POR CONCEPTO DE APROVECHAMIENTOS Y PRODUCTOS DE APLICACIÓN AUTOMÁTICA, EN LA SECRETARÍA DE FINANZAS. Clave de concepto Denominación del Concepto Unidad de Medida Cuota *Cuota con IVA 1. APROVECHAMIENTOS POR EL USO O APROVECHAMIENTO DE BIENES DEL DOMINIO PÚBLICO O POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN EL EJERCICIO DE FUNCIONES DE DERECHO PÚBLICO 1.4 Autorizaciones para el uso o aprovechamiento de bienes del dominio público 1.4.2 Uso o aprovechamiento de bienes del dominio público de dependencias, delegaciones y órganos desconcentrados 1.4.2.1.2 Espacio para la instalación de máquinas expendedoras de bebidas y similares mensual 809.00 1.4.2.8.2.10 Local de Servicios Bancarios (Sup. 300m2 ) AT San Borja m2 /mensual 301.00 1.4.2.8.2.11 Local de Servicios Bancarios (Sup. 305m2 ) AT San Lázaro m2 /mensual 214.50 1.4.2.8.2.12 Local de Servicios Bancarios (Sup. 305m2 ) AT Tasqueña m2 /mensual 311.00 1.4.2.8.3.1 Instalación cajero automático Aragón mensual 631.00 1.4.2.8.3.3 Instalación cajero automático Cien Metros mensual 631.00 1.4.2.8.3.4 Instalación cajero automático Coruña mensual 637.00 1.4.2.8.3.7 Instalación de cajeros automáticos (Dr.Lavista 144) mensual/m2 618.00 1.4.2.8.3.8 Instalación de cajeros automáticos (Izazaga 89) mensual/m2 633.00 1.4.2.8.3.9 Instalación de cajeros automáticos (Dr. Lavista 144) mensual 604.00 1.4.2.8.4.1 Local de Servicios Bancarios (Sup. 35.63m2 ) mensual 11,152.00 1.4.2.8.4.3 Local de Servicios Bancarios (Sup. 36.95m2 ) mensual 13,413.00 2. PRODUCTOS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE DERECHO PRIVADO 2.5 Servicios Diversos 2.5.2.1 Local de Servicios Bancarios (Sup. 149.18 m2 ) mensual 75,991.00 88,149.56 Cuando proceda, de acuerdo a la Ley del Impuesto al Valor Agregado a las cuotas se les deberá adicionar el I.V.A.
  • 7. 9 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 7 TRANSITORIOS Primero.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para su debida observancia y aplicación. Segundo.- Los presentes conceptos y cuotas entrarán en vigor al día siguiente de su publicación. Tercero.- Queda sin efecto el listado de conceptos y cuotas de ingresos que se recauden por concepto de aprovechamientos y productos de aplicación automática, en la Secretaría de Finanzas, publicadas el 22 de Febrero de 2016 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Ciudad de México, a 1° de Marzo de 2016 (Firma) MARCOS MANUEL HERRERÍA ALAMINA DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN EN LA SECRETARÍA DE FINANZAS
  • 8. 8 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de Marzo de 2016 LICENCIADO HIRAM ALMEIDA ESTRADA, Secretario de Seguridad Pública de la Ciudad de México, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 21, párrafos noveno y décimo, 44, 122 fracción I, base tercera, y 123 apartado B, fracción XIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, 5, fracción I, 9, 16 y 17 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal; 5, 15, fracción X, 16, fracción IV, 17 y 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 4 y 5, fracción I, 8, fracción III, 24, fracciones II y V, 51, fracción IV, 51 Bis y tercero transitorio de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal; 1, 3 fracciones I y II, 7, 27, fracciones I y II, y 34, fracciones VII, IX y XVI, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 8, fracción II, del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, y CONSIDERANDO Que la seguridad pública es una función reservada al Estado, cuya prestación consiste, entre otras, en proteger la integridad física de las personas y sus bienes, la cual se lleva a cabo por instituciones policiales, como lo es la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México. Que las y los integrantes de la Policía de la Ciudad de México rigen su actuación por los principios de legalidad, eficiencia, profesionalismo y honradez. Que la Secretaría de Seguridad Pública tiene la atribución de realizar, en el ámbito territorial y material de la Ciudad de México, las acciones dirigidas a salvaguardar la integridad y patrimonio de las personas, entre las que se encuentra el apoyo a la población en situaciones de emergencia y desastres naturales; asimismo la Policía es una institución armada, disciplinada y jerarquizada de naturaleza civil, garante de los derechos humanos, de la integridad física y patrimonial de las personas que habitan y transitan en la Ciudad de México. Que es facultad del Secretario de Seguridad Pública de la Ciudad de México, ejercer el mando directo de la policía, así como de designar y remover libremente a los servidores públicos titulares de la Unidades Administrativas y Unidades Administrativas Policiales y expedir los acuerdos, circulares, lineamientos y bases conducentes al buen desempeño de las funciones de la Secretaría. Que la Policía Preventiva forma parte de la Policía de la Ciudad de México. Que uno de los Programas que ha instrumentado el Gobierno de la Ciudad de México y en particular la Secretaría de Seguridad Pública para beneficio del personal que ha cumplido determinada edad y años de servicio, y desean dar por terminada su relación laboral con esta Dependencia, es el de Baja Voluntaria, en el que el personal interesado en acogerse a este beneficio tiene la posibilidad de recibir una importante retribución extraordinaria por concepto de indemnización por una sola vez, adicional a la pensión por jubilación que por ley les corresponde. Que en virtud de lo anterior he tenido a bien emitir el siguiente: ACUERDO 5/2016 POR EL QUE SE AUTORIZA LA NORMA QUE REGULA EL PROGRAMA DE BAJA VOLUNTARIA DEL SERVICIO CON INDEMNIZACIÓN PARA EL PERSONAL OPERATIVO EN ACTIVO DE LA POLICÍA PREVENTIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2016 Único.- Se autoriza la norma que Regula el Programa de Baja Voluntaria del Servicio con Indemnización para el Personal Operativo en activo de la Policía Preventiva de la Ciudad de México, correspondiente al ejercicio 2016, conforme a lo siguiente: 1.- OBJETO El objeto del Acuerdo es el del apoyar la separación voluntaria del personal operativo en activo de la Policía Preventiva de la Ciudad de México, que desee dar por concluido en forma definitiva su servicio con esta Secretaría, causando baja voluntaria al 15 de mayo de 2016, reconociendo el servicio y la antigüedad de aquellas y aquellos policías en activo que opten por retirarse, a través del pago de una indemnización. 2.- ÁMBITO DE APLICACIÓN
  • 9. 9 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 Al presente instrumento se podrá acoger el personal operativo en activo que cumpliendo con los requisitos establecidos en la convocatoria que al efecto se emita, cause baja voluntaria al 15 de mayo de 2016, rigiendo sus relaciones contractuales conforme a las Leyes y Reglamentos que regulan a la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México. 3.- SUJETOS A LA NORMA Los sujetos a la norma serán el personal operativo en activo, tipo de nómina 4, que cumplan con los siguientes supuestos: 3.1 Quienes cumplan con lo establecido en el artículo 26 de la Ley de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal y que de acuerdo a su edad y años de servicio tengan derecho a la pensión por jubilación al 15 de mayo de 2016; 3.2 Que no se encuentren sujetos a un procedimiento abierto ante el Consejo de Honor y Justicia, o ante el órgano de control interno, así como que no cuenten con resoluciones cuyo sentido o resultado haya sido de sanción por haber incurrido el elemento policial en conducta considerada como grave, y en consecuencia que impida el otorgamiento del beneficio. 3.3 Tener 48 años de edad cumplidos o más y 30 años de servicio cotizados y contabilizados dentro de la policía preventiva al 15 de mayo de 2016. 3.4 Cumplan con los supuestos de los párrafos anteriores y hasta donde la suficiencia presupuestal lo permita. En el caso de agotarse la suficiencia presupuestal se tomarán en consideración los siguientes criterios de selección en orden de aparición: - No encontrarse en ningún supuesto de la norma para no poder ser beneficiario. - Antigüedad en el servicio y, - Edad. Queda excluido del beneficio de la presente norma el personal policial que cuente con licencia sin goce de sueldo y quienes tengan una controversia judicial en contra de esta Secretaría ventilada, según la Dirección General de Asuntos Jurídicos, ante los órganos jurisdiccionales. 4.- RESPONSABLES DE LA APLICACIÓN DE LA NORMA Los responsables de la aplicación del beneficio de la presente norma serán: a) La Subsecretaría de Desarrollo Institucional, a través de la Dirección General de Carrera Policial, la cual determinará qué policías en activo de la Secretaría, cumplen los requisitos señalados en la presente norma, y son propuestos para recibir el beneficio de Baja Voluntaria. b) La Oficialía Mayor de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, por conducto de la Dirección de Remuneraciones, Prestaciones y Cumplimientos, se encargará de analizar y validar que los policías en activo que se incorporen al presente Programa, cumplan con esta norma. 5.- DEFINICIONES 5.1 Para los efectos de la presente norma, se entenderá por: CATÁLOGO DE PUESTO.- Descripción enumerativa en la que se refiere el código, nivel y universo de las y los servidores públicos superiores, mandos medios, líderes coordinadores y enlaces; así como técnico operativo de base; mismo que es emitido por la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México. COMISIÓN.- Actividad que realiza de manera excepcional y temporal el personal policial, no comprendida en las tareas usuales del puesto y plaza; habilitado especialmente por el mando competente.
  • 10. 10 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de Marzo de 2016 COMPENSACIÓN POR AÑOS DE SERVICIO.- Es el derecho que tiene la y el policía de percibir el pago de doce días al doble del salario mínimo vigente por cada año de servicios efectivos prestados a la Secretaría. CONCEPTO NOMINAL.- Es el haber adicional que de manera temporal y sujeta a la suficiencia presupuestal, se proporciona al policía en razón a sus méritos y de conformidad con los requisitos que establezca la normatividad de los conceptos nominales, emitida por la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México. CONTRALORÍA.- Órgano de Control Interno en la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México. GRADO.- Es la jerarquía y nivel profesional que la Secretaría reconoce a la Carrera Policial emprendida por la y el policía en activo. HABERES.- Prestaciones económicas que recibe el personal policial como remuneración a la función pública que realiza. INDEMNIZACIÓN.- Es el pago que se efectúa a favor del personal policial de conformidad al Programa. NIVEL SALARIAL.- Escala de sueldos relativa a los puestos ordenados en un mismo grupo. ÓRGANO COLEGIADO.- El Honorable Consejo de Honor y Justicia de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México. ÓRGANO JURISDICCIONAL.- La Entidad Institucional del Estado con la facultad de decidir el Derecho y que cuente con imperium para ejecutar sus determinaciones: Tribunal de lo Contencioso y Administrativo de la Ciudad de México y Poder Judicial de la Federación. PLAZA.- La posición individual del servicio que no puede ser ocupada por más de un policía, misma que está respaldada presupuestalmente, y que no implica reconocimiento a la relación jurídica de servicios. POLICÍA.- Personal operativo en activo que en cumplimiento a los requisitos legales de ingreso y permanencia con comisión o sin ella, presta sus servicios de seguridad pública. PROGRAMA.- Programa de Baja Voluntaria. PUESTO.- La unidad impersonal de servicio que se caracteriza por tener tareas y deberes específicos, lo cual le asigna un grado de responsabilidad. Pueden existir uno o varios cargos que correspondan al mismo puesto. SANCIÓN.- Medida disciplinaria de carácter correctivo que es determinada mediante resolución del Honorable Consejo de Honor y Justicia de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México. SERVIDOR PÚBLICO.- Personal al servicio de la administración pública de la Ciudad de México que asuma funciones de iniciativa, decisión y mando con carácter de autoridad y representatividad de la Secretaría. SECRETARÍA.- Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México. TABULADOR DE SUELDOS.- Instrumento Técnico en el que se fijan y ordenan los grupos, nivel salarial, las remuneraciones para los puestos contenidos en el Catálogo de Puestos del Gobierno de la Ciudad de México. UNIDAD ADMINISTRATIVA.- Las dotadas de atribuciones de decisión y ejecución, como son las Subsecretarías, las Direcciones Generales y Direcciones Ejecutivas, previstas en el Reglamento Interior de la Secretaría. 6.- DISPOSICIONES GENERALES 6.1. La norma se origina con la autorización de las dependencias del Gobierno de la Ciudad de México que intervienen en su operación.
  • 11. 9 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11 6.2. Las y los servidores públicos a que se refiere el numeral 4, deberán aplicar el Programa de Baja Voluntaria en los términos de la presente norma, así como otorgar todas las facilidades y medios que permitan la incorporación de aquellos policías que deseen ser beneficiados por éste, considerando que la aplicación corresponde a las Unidades Administrativas a través de sus titulares. 6.3. El personal de servicio público al aplicar el programa, deberá observar los criterios siguientes: 6.3.1 La Dirección General de Carrera Policial dará a conocer e informar la presente norma a través de medios de fácil acceso al personal policial antes de iniciar la ejecución del Programa, en razón que para el ejercicio fiscal 2016, éste concluirá el día 15 de mayo de 2016. 6.3.2 La Dirección General de Carrera Policial llevará a cabo las acciones administrativas que aseguren la operación expedita del Programa para que el policía pueda ingresar y registrarse en el Programa. 6.3.3 La Dirección General de Carrera Policial solicitará validación de antecedentes de los policías que realizaron su solicitud para incorporarse al programa, se realizará a través de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Dirección General del Consejo de Honor y Justicia y Contraloría Interna, todas ellas conforme al estricto ámbito de su competencia. 6.3.4 La Dirección General de Carrera Policial verificará a través de la Unidad encargada de Administración de Personal, la antigüedad y el sueldo mensual tabular, del personal policial que se incorpore al Programa. 6.3.5 La Dirección General de Recursos Financieros realizará el pago de la indemnización al personal policial incorporado al Programa. 6.3.6 La Dirección General de Administración de Personal llevará a cabo la liberación de las plazas de las y los policías incorporados al Programa, pudiendo ser asignadas conforme a las leyes y reglamentos que regulan la Secretaría. 6.3.7 La Dirección General de Carrera Policial elaborará el reporte de la aplicación del Programa. 7.- MONTO DE LA INDEMNIZACIÓN Las y los policías que se incorporen al Programa tendrán derecho a una indemnización, en consideración a los años de servicio (30 años o más de servicio y 48 años o más de edad) y el nivel de remuneraciones asignadas, cuyo monto será el equivalente a: 7.1 Tres meses de haberes mensuales tabular. 7.2 Veinte días de sueldo mensual tabular por cada año de servicio, cotizables en la Caja de Previsión de la Policía Preventiva de la Ciudad de México. 7.3 Doce días más por cada año de servicio, por concepto de compensación de años de servicio, calculados al doble del salario mínimo vigente en la Ciudad de México. 7.4 Una gratificación por única vez a los policías que se incorporen al Programa por la cantidad de $2,500.00 (Dos mil quinientos pesos 00/100 M.N.), por cada año de servicio, cotizables en la Caja de Previsión de la Policía Preventiva de la Ciudad de México. 7.5 Lo anterior, tomando como referencia lo dispuesto en los artículos 26 y 27 de la Ley de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal. 7.6 En los casos que las o los policías cuenten con una sentencia firme emitida por un juez de lo familiar en materia de pensión alimenticia, se deberán tomar en consideración para su aplicación.
  • 12. 12 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de Marzo de 2016 7.7 La baja definitiva del personal policial inscrito, será aplicada en el Sistema Integral Desconcentrado de Nómina (SIDEN) con fecha 15 de mayo de 2016 y la indemnización deberá cubrirse mediante un pago único que se hará efectivo durante el mes de junio de 2016. 7.8 En todos los casos deberá cuidarse que la aplicación de la presente norma, no afecte ni perjudique el eficaz cumplimiento de las funciones de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México. 7.9 La indemnización que corresponda, deberá cubrirse mediante un pago único que se hará efectivo durante el mes de junio de 2016, en la forma en que lo determine la Oficialía Mayor a través de la Dirección General de Recursos Financieros de la Secretaría. La recepción del pago dará por terminada la relación laboral con el Gobierno de la Ciudad de México y esta Secretaría. Tratándose del caso de policías que hayan ostentado una comisión en una Plaza de Estructura, deberán presentar su renuncia con fecha 15 de mayo de 2016. 7.10 Previo al pago de la indemnización, la o el policía inscrito en el Programa de Baja Voluntaria, deberá presentar su renuncia al nombramiento, puesto y plaza que venía desempeñando en la Secretaría. 7.10.1 En el caso de las y los policías con licencia para ocupar una comisión con plaza de confianza en la misma Secretaría, que opten por su incorporación al Programa de Baja Voluntaria, será con base al último grado operativo que ostentaban antes de la designación de la comisión, esto es, en ningún caso el pago correspondiente por la Baja Voluntaria, se hará conforme al grado habilitado de mando, debiendo renunciar a ambas plazas, las cuales surtirán efectos con fecha 15 de mayo de 2016. 7.11 Las y los policías que se incorporen al Programa, al momento del pago firmarán el recibo correspondiente a la indemnización con motivo de la baja del servicio en el que por otro lado se hará constar que no se les adeuda ninguna de las prestaciones que por ley pudieran corresponderles, por lo que dichas personas asentarán, de puño y letra, o en su caso a través de los medios indubitables al efecto, que no se reservan acción ni derecho alguno que ejercitar en contra del Gobierno de la Ciudad de México y de esta Secretaría. 7.12 La Dirección General de Administración de Personal deberá liberar específicamente las plazas del personal policial que se incorporen al Programa, en la misma fecha en que se dé la baja de la o el policía. 7.13 El pago de la indemnización es independiente de los beneficios a que tengan derecho las y los policías en materia de Seguridad Social conforme a la Ley de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal, así como también el Sistema de Ahorro para el Retiro SAR, y las aportaciones al Fondo de Ahorro Capitalizable (FONAC- DF). 7.14 La Secretaría de Finanzas y la propia Secretaría de Seguridad Pública, a través de la Oficialía Mayor, por conducto de la Dirección General de Recursos Financieros, proporcionará los recursos necesarios para llevar a cabo el Programa conforme a la disponibilidad presupuestal correspondiente, para apoyar la separación de las y los policías que causen baja voluntariamente. En atención al comportamiento de las Finanzas Públicas, como a la suficiencia presupuestal, la Secretaría podrá suspender parcial o totalmente el otorgamiento de los recursos para llevar a cabo el Programa. Con la finalidad de que la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal de la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México, integre la declaración del Impuesto Sobre la Renta (ISR), retenida de forma anual, la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México deberá coordinarse con ésta para así estar en posibilidades de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 98, fracción XIII y XIV del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y en apego a la normatividad vigente en materia de Administración de Recursos.
  • 13. 9 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 13 7.15 Tratándose de policías que hayan decidido su incorporación al Programa y que fallecieran después de firmar su renuncia y antes de recibir la indemnización respectiva, ésta se cubrirá a sus beneficiarios designados en la solicitud de incorporación, sin perjuicio de los derechos de Seguridad Social en los términos de la Ley de la Materia, así como también el Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR), y las aportaciones al Fondo de Ahorro Capitalizable (FONAC - DF). La o el policía que haya optado por incorporarse al Programa bajo ninguna circunstancia o motivo, podrá reingresar a laborar, ni ser contratado en cualquiera de los distintos tipos de nómina en el Gobierno de la Ciudad de México, ni por honorarios asimilados a salarios, ni por honorarios por servicios profesionales y/o personales independientes, de conformidad con lo dispuesto en la normatividad aplicable. La o el policía que infrinja esta disposición causará baja automáticamente previa notificación a la Contraloría Interna. 8.- COMPETENCIA ADMINISTRATIVA 8.1 La Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México en colaboración con la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal de la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México, será la encargada de interpretar el alcance y efectos administrativos del presente Programa. 9.- VIGILANCIA 9.1 La vigilancia del cumplimiento de la presente norma corresponde a la Contraloría Interna y a la Subsecretaría de Desarrollo Institucional a través de la Dirección General de Carrera Policial. 10.- VIGENCIA 10.1. El Programa es por única vez, para efectos de todos los trámites administrativos que se llevarán a cabo durante el ejercicio 2016. TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su suscripción para efectos administrativos, y al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para efectos a terceros. SEGUNDO.- La publicación y difusión de la presente norma estará a cargo de la Subsecretaría de Desarrollo Institucional, a través de la Dirección General de Carrera Policial. Dado en la sede de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, el día 12 del mes de febrero de 2016. EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO (Firma) SUPERINTENDENTE GENERAL LICENCIADO HIRAM ALMEIDA ESTRADA
  • 14. 14 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de Marzo de 2016 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL SECRETARÍA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO C. AMALIA DOLORES GARCÍA MEDINA, SECRETARIA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 87 y 115 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1º, 7º, 15 fracción XVIII, 16 fracción IV, 17, 23 TER de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 2, 3, 5, 6, 7, 8, 21 y 22 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; 3, 6, 7 y 10 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal; 1, 2, 3, 26 fracciones V, X y XVII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y atendiendo a los principios de licitud, consentimiento, calidad de los datos, confidencialidad, seguridad, disponibilidad y temporalidad; y CONSIDERANDO Que la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, es una Dependencia de la Administración Pública del Distrito Federal, a la que corresponde el despacho de las materias relativas al trabajo, previsión social y protección al empleo, a la cual se encuentra sectorizada el Instituto de Capacitación para el Trabajo de la Ciudad de México, creado mediante Decreto publicado en la entonces Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 21 de abril de 2014, como un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública del Distrito Federal, con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía de gestión. Que el Instituto de Capacitación para el Trabajo de la Ciudad de México, tiene por objeto, impartir e impulsar la formación para y en el trabajo en el Distrito Federal propiciando una mejor calidad y vinculación de este servicio con el aparato productivo y las necesidades del desarrollo regional en la Ciudad de México, así como promover el surgimiento de nuevos perfiles académicos, que correspondan a las necesidades del mercado laboral de la Ciudad de México. Que mediante Aviso publicado en la entonces Gaceta Oficial del Distrito Federal, de fecha 07 de julio de 2015, el Instituto de Capacitación para el Trabajo de la Ciudad de México, fue considerado como ente obligado al cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal y de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. Que al efecto, la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, tiene por objeto establecer los principios, derechos, obligaciones y procedimientos que regulan la protección y tratamiento de los datos personales en posesión de los entes públicos. Que los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, establecen que corresponde a cada ente público determinar, a través de su titular o, en su caso, del órgano competente, la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales, conforme a su respectivo ámbito de competencia, mediante su publicación en la entonces Gaceta Oficial del Distrito Federal. Que de conformidad con lo señalado en el artículo 41 fracción IV y último párrafo del ordenamiento en cita, constituyen infracciones el incumplimiento a las disposiciones contenidas en la misma, que serán sancionadas en términos de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, siendo independientes de las de orden civil o penal que procedan, así como los procedimientos para el resarcimiento del daño ocasionado por el ente público. Que los artículos 6, 7 y 10 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, establecen como obligación para todos los entes públicos, que la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales sólo podrá efectuarse mediante acuerdo emitido por el Titular del Ente. Que a fin de brindar seguridad y certeza jurídica a las personas que requieren servicios de capacitación en el Instituto de Capacitación para el Trabajo de la Ciudad de México, se considera necesario y oportuno, crear un Sistema de Datos Personales, que permita a las personas capacitadas contar con información veraz y oportuna sobre la forma en que son tratados sus datos personales y la posibilidad de ejercer sus derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición (ARCO), por lo que con fundamento en las disposiciones jurídicas y consideraciones antes expuestas tengo a bien emitir el siguiente:
  • 15. 9 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15 AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES BAJO LA TUTELA DEL INSTITUTO DE CAPACITACIÓN PARA EL TRABAJO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, DENOMINADO “SISTEMA DE DATOS PERSONALES PARA EL REGISTRO ELECTRÓNICO DE PERSONAS CAPACITADAS”, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LA NORMATIVIDAD APLICABLE EN ESTA MATERIA. I. FINALIDAD Y USO PREVISTO Finalidad y uso: Administrar eficientemente los datos personales de los usuarios que reciben cursos de capacitación por parte del Instituto de Capacitación para el Trabajo de la Ciudad de México, a fin de garantizar su adecuado uso, manejo, cesión y/o transmisión, tendientes a Ejecutar las políticas que en materia de capacitación para y en el trabajo establezca la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo. Normatividad Aplicable: - Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; - Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; - Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal; - Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; - Ley de Archivos del Distrito Federal; - Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; - Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal; - Decreto por el que se crea el Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública del Distrito Federal, denominado Instituto de Capacitación para el Trabajo de la Ciudad de México; - Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal. II. ORIGEN DE LOS DATOS Procedencia: Personas físicas que solicitan su inscripción a los cursos de capacitación que imparte el Instituto de Capacitación para el Trabajo. Procedimiento de Obtención: A través de formularios físicos y electrónicos que deberá requisitar la persona solicitante, así como los que se deriven de la documentación que exhiba al momento de realizar su inscripción. III. ESTRUCTURA BÁSICA Datos Identificativos: Nombre, domicilio, teléfono particular, teléfono celular, firma, Clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), Clave Única de Registro de Población (CURP), Matrícula del Servicio Militar Nacional, lugar de nacimiento, fecha de nacimiento, nacionalidad, edad y fotografía. Datos Electrónicos: Correo electrónico no oficial. Datos Académicos: Trayectoria educativa, calificaciones, títulos, cédula profesional, certificados, reconocimientos o diplomas. Datos Laborales: Empleo, referencias laborales y actividades extracurriculares. Datos de Tránsito y Movimientos Migratorios: Información migratoria.
  • 16. 16 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de Marzo de 2016 Datos sobre Salud de las Personas: Estado de salud físico o mental, incapacidades médicas, discapacidades, uso de aparatos oftalmológicos, ortopédicos, auditivos o prótesis. Datos especialmente protegidos: Estado civil, nombre de parientes (por consanguinidad, por afinidad o civil), dependientes económicos y/o beneficiarios, origen étnico o racial, preferencia sexual. Datos de Naturaleza Pública: Aquellos que por mandato legal sean accesibles al público. Datos de carácter obligatorio: Nombre, domicilio, teléfono particular, teléfono celular, firma, Clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), Clave Única de Registro de Población (CURP), Matrícula del Servicio Militar Nacional, lugar de nacimiento, fecha de nacimiento, nacionalidad, edad y fotografía. Modo de Tratamiento Utilizado: Físico. IV. CESIÓN DE DATOS Destinatarios: Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, Secretaría de Educación Pública Federal, Dependencia, Entidades y Organismos de la Administración Pública del Distrito Federal, Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, Comisión Nacional de Derechos Humanos, autoridades judiciales y jurisdiccionales. Categoría de los Destinatarios: Administración Pública Local y Federal, así como autoridades judiciales y jurisdiccionales locales y federales. Finalidad genérica de la transmisión: Atender oportunamente las solicitudes, observaciones, recomendaciones y criterios en materia de transparencia y acceso a la información pública, así como para efectos de intercambiar, sistematizar, consultar, analizar, compartir y actualizar la información de las personas que reciben cursos de capacitación por parte del Instituto de Capacitación para el Trabajo de la Ciudad de México. V. UNIDAD ADMINISTRATIVA Unidad administrativa a la que corresponde el Sistema de Datos: Dirección Técnico Académica. Cargo del Responsable: Directora Técnico Académica. VI. UNIDAD ADMINISTRATIVA ANTE LA CUAL SE PRESENTARÁN SOLICITUDES PARA EJERCER LOS DERECHOS DE ACCESO, RECTIFICACIÓN, CANCELACIÓN Y OPOSICIÓN (ARCO) DE DATOS PERSONALES, ASÍ COMO LA REVOCACIÓN DEL CONSENTIMIENTO: Unidad Administrativa: Oficina de Información Pública del Instituto de Capacitación para el Trabajo de la Ciudad de México. Domicilio Oficial: José Antonio Torres Xocongo, Número 58, 5º. Piso, Colonia Tránsito, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06820, en la Ciudad de México. Teléfono: 57.40.02.37. Dirección de Correo Electrónico: hmenendez.icatcdmx@gmail.com VII. NIVEL DE SEGURIDAD APLICABLE. Nivel de Seguridad: Alto.
  • 17. 9 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17 TRANSITORIOS PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. SEGUNDO.- El presente Acuerdo surtirá sus efectos a partir del día de su publicación. TERCERO.- Se comisiona al Responsable del Sistema de Datos Personales, a inscribir dicho sistema en el Registro Electrónico de Sistema de Datos Personales del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, en un plazo no mayor a los diez días hábiles siguientes a la publicación del presente Aviso. Ciudad de México, a 01 de marzo del año 2016. SECRETARIA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO (Firma) C. AMALIA DOLORES GARCÍA MEDINA
  • 18. 18 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de Marzo de 2016 DELEGACIÓN IZTAPALAPA DIONE ANGUIANO FLORES, Jefa Delegacional en Iztapalapa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112 segundo párrafo y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y 39 fracción XLV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, he tenido a bien expedir la siguiente: NOTA ACLARATORIA AL AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS OPERATIVOS DE LA ACCIÓN INSTITUCIONAL “PODER VINCULARSE”, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO DÍA 26 DE FEBRERO DE 2016. Página 29 Noveno Párrafo Dice: IV.POBLACIÓN OBJETIVO Residentes de la Delegación Iztapalapa, preferentemente mujeres de entre 18 y 60 años de edad. Debe decir: IV.POBLACIÓN OBJETIVO Preferentemente mujeres mayores de 18 años. Página 30 Primer Párrafo Dice: VI. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL Para el ejercicio fiscal 2016, se programó una erogación $36,180,000.00 (Treinta y seis millones ciento ochenta mil pesos 00/100 m.n.) Debe decir: VI. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL Para el ejercicio fiscal 2016, se programó una erogación $36,108,000.00 (Treinta y seis millones ciento ocho mil pesos 00/100 m.n.) Página 30 Segundo Párrafo Dice: VII. PERFIL, REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO: Ser mayor de 18 y hasta 60 años de edad Residir en la Delegación Iztapalapa Debe decir: VII. PERFIL, REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO: Ser mayor de 18 años de edad Residir, preferentemente, en la Delegación Iztapalapa T R A N S I T O R I O ÚNICO. Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Dado en la Ciudad de México a los 02 días del mes de Marzo de 2016. ATENTAMENTE LA JEFA DELEGACIONAL EN IZTAPALAPA (Firma) DIONE ANGUIANO FLORES
  • 19. 9 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19 DELEGACIÓN IZTAPALAPA DIONE ANGUIANO FLORES, Jefa Delegacional en Iztapalapa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112 segundo párrafo y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y 39 fracción XLV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, he tenido a bien expedir la siguiente: NOTA ACLARATORIA AL AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS OPERATIVOS DE LA ACCIÓN INSTITUCIONAL “PODER CIUDADANO”, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO DÍA 26 DE FEBRERO DE 2016. Página 33 Primer Párrafo Dice: IV.POBLACIÓN OBJETIVO Residentes de la Delegación Iztapalapa, preferentemente mujeres de entre 18 y 60 años de edad. Debe decir: IV.POBLACIÓN OBJETIVO Preferentemente mujeres mayores de 18 años. Pagina 33 Cuarto Párrafo Dice: VII. PERFIL, REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO: Ser mayor de 18 y hasta 60 años de edad Residir en la Delegación Iztapalapa Debe decir: VII. PERFIL, REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO: Ser mayor de 18 años de edad Residir, preferentemente, en la Delegación Iztapalapa T R A N S I T O R I O ÚNICO. Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Dado en la Ciudad de México a los 02 días del mes de Marzo de 2016. ATENTAMENTE (Firma) LA JEFA DELEGACIONAL EN IZTAPALA DIONE ANGUIANO FLORES
  • 20. 20 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de Marzo de 2016 DELEGACION VENUSTIANO CARRANZA ISRAEL MORENO RIVERA, JEFE DELEGACIONAL EN VENUSTIANO CARRANZA, con fundamento en los Artículos 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, 39 Fracción XLV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, 303 y 308 del Código Fiscal del Distrito Federal, 120 y 125 del Reglamento Interior de la Administración Publica del Distrito Federal y la Regla 35 de las Reglas para la Autorización, Control y Manejo de los Ingresos de Aplicación Automática, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal No. 263, el Día 20 de Enero de 2016, emito el siguiente: AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS CUOTAS O CONCEPTOS QUE SE DARAN DE BAJA Y SOBRE LOS CUALES SE DEJARAN DE PERCIBIR INGRESOS POR CONCEPTO DE APROVECHAMIENTOS Y PRODUCTOS QUE SON GENERADOS MEDIANTE EL MECANISMO DE APLICACIÓN AUTOMATICA APLICABLES A LOS CENTROS GENERADORES ASIGNADOS A LA DELEGACION VENUSTIANO CARRANZA. Clave Concepto Unidad de medida Cuota Numero de Gaceta Fecha de Publicación "Centros de Convivencia Arenal, Azteca,Caracol,Cuatro Arboles, El Parque, Enrique Tierno Galván, Kiosco Fortino Serrano Servín, Nicolás Bravo, Plaza Aviación, Revolución y Vicente Guerrero" 1.2.3.1.2 Sala de Exposiciones y galerías Día $1.037,00 33 18/02/2015 1.2.3.1.3 Teatros, auditorios y foros al aire libre Evento $1.037,00 33 18/02/2015 1.2.3.6.3 Kioscos Día $537,00 33 18/02/2015 2.2.1.1.7 Auxiliar de enfermería Persona/Mes $161,00 33 18/02/2015 2.2.1.1.14 Cocina y Repostería Persona/Mes $156,00 33 18/02/2015 2.2.1.1.12 Secretaría en español, bilingüe, contable Persona/Mes $161,00 33 18/02/2015 2.2.1.1.14 Tejido y bordado Persona/Mes $156,00 33 18/02/2015 2.2.1.2.10 Cerámica Persona/Mes $161,00 33 18/02/2015 2.2.1.2.11 Fotografía Persona/Mes $161,00 33 18/02/2015 2.2.1.2.12 Máscaras y títeres Persona/Mes $161,00 33 18/02/2015 2.2.1.2.13 Pirograbado Persona/Mes $182,00 33 18/02/2015 2.2.1.2.17 Dibujo, pintura y alebrijes Persona/Mes $161,00 33 18/02/2015 2.2.1.2.20 Diseño grafico Persona/Mes $161,00 33 18/02/2015 2.2.1.2.33 Caricatura Persona/Mes $161,00 33 18/02/2015 2.2.1.2.42 Oleo Persona/Mes $161,00 33 18/02/2015 2.2.1.2.51 Bordado en Listón Persona/Mes $156,00 33 18/02/2015 2.2.1.3.1 Aikido Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015 2.2.1.3.3 Karate lima lama Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015 2.2.1.3.4 Kendo Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015 2.2.1.3.5 Kung fu Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015 2.2.1.3.6 Tae Kwon Do Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015 2.2.1.37 Tai chi Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015 2.2.1.3.10 Capoeira Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015 2.2.1.3.11 Kick boxing Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015 2.2.1.3.12 Kempo Chino Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015
  • 21. 9 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 21 2.2.1.3.13 Taebo Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015 2.2.1.4.1 Terapia de lenguaje Persona/Mes $140,00 33 18/02/2015 2.2.1.4.2 Terapia de psicología Persona/Mes $140,00 33 18/02/2015 2.2.1.4.4 Taller de apoyo educativo Persona/Mes $140,00 33 18/02/2015 2.2.1.5.5 Masoterapia Persona/Mes $174,00 33 18/02/2015 2.2.1.5.11 Acupuntura Persona/Mes $174,00 33 18/02/2015 2.2.4.2 Expedición de certificado médico Consulta $74,00 33 18/02/2015 2.2.4.3 Consulta de optometría (Examen visual) Consulta $101,00 33 18/02/2015 2.2.5.3 Piano Persona/Mes $161,00 33 18/02/2015 2.2.6.2 Danza regional, española, clásica, árabe, etc. Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015 2.2.6.3 Hawaiano y Tahitiano Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015 2.2.6.4 Baile de Salón, tap tap y similares Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015 2.2.6.5 Jazz Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015 2.2.6.6 Ballet clásico o moderno Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015 2.2.6.7 Ritmo vital Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015 2.2.6.8 Afroantillano Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015 2.2.7.1 Teatro Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015 2.2.8.3 Francés Persona/Mes $161,00 33 18/02/2015 2.2.8.4 Alemán Persona/Mes $161,00 33 18/02/2015 2.2.8.5 Otros Idiomas Persona/Mes $161,00 33 18/02/2015 2.2.8.6 Taller para sordomudos Persona/Mes $161,00 33 18/02/2015 2.2.9.1 Computación Persona/Mes $344,00 33 18/02/2015 2.2.9.7 Leer y escribir Persona/Mes $161,00 33 18/02/2015 2.2.9.8 Preparatoria abierta Persona/Mes $161,00 33 18/02/2015 2.2.9.9 Secundaria abierta Persona/Mes $161,00 33 18/02/2015 2.2.9.10 Primaria abierta Persona/Mes $161,00 33 18/02/2015 2.2.9.11 Juguemos cantando Persona/Mes $161,00 33 18/02/2015 2.2.9.13 Educación para adultos Persona/Mes $161,00 33 18/02/2015 2.2.11.1.4 Artística Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015 2.2.11.1.5 Olímpica Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015 2.2.11.1.6 De conservación Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015 2.2.12.1 Fisicoculturismo Persona/Mes $167,00 33 18/02/2015 "CENTRO DE CONVIVENCIA JARDIN BALBUENA" 1.2.3.1.2 Sala de Exposiciones y galerías Día $1.036,00 33 18/02/2015 1.2.3.1.3 Teatros, auditorios y foros al aire libre Evento $1.036,00 33 18/02/2015 2.2.1.1.7 Auxiliar de enfermería Persona/Mes $192,00 33 18/02/2015 2.2.1.1.12 Secretaría en español, bilingüe, contable Persona/Mes $192,00 33 18/02/2015 2.2.1.2.8 Artesanías Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015 2.2.1.2.10 Cerámica Persona/Mes $192,00 33 18/02/2015 2.2.1.2.11 Fotografía Persona/Mes $192,00 33 18/02/2015
  • 22. 22 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de Marzo de 2016 2.2.1.2.12 Máscaras y títeres Persona/Mes $192,00 33 18/02/2015 2.2.1.2.13 Pirograbado Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015 2.2.1.2.14 Pintura en tela Persona/Mes $192,00 33 18/02/2015 2.2.1.2.20 Diseño grafico Persona/Mes $192,00 33 18/02/2015 2.2.1.2.31 Pintura Persona/Mes $192,00 33 18/02/2015 2.2.1.2.33 Caricatura Persona/Mes $192,00 33 18/02/2015 2.2.1.2.42 Oleo Persona/Mes $192,00 33 18/02/2015 2.2.1.3.1 Aikido Persona/Mes $207,00 33 18/02/2015 2.2.1.3.3 Karate lima lama Persona/Mes $207,00 33 18/02/2015 2.2.1.3.4 Kendo Persona/Mes $207,00 33 18/02/2015 2.2.1.3.5 Kung fu Persona/Mes $207,00 33 18/02/2015 2.2.1.3.10 Capoeira Persona/Mes $207,00 33 18/02/2015 2.2.1.3.13 Taebo Persona/Mes $277,00 33 18/02/2015 2.2.1.4.1 Terapia de lenguaje Persona/Mes $172,00 33 18/02/2015 2.2.1.4.4 Taller de apoyo educativo Persona/Mes $172,00 33 18/02/2015 2.2.1.5.5 Masoterapia Persona/Mes $187,00 33 18/02/2015 2.2.1.5.11 Acupuntura Persona/Mes $187,00 33 18/02/2015 2.2.4.2 Expedición de certificado medico Consulta $69,00 33 18/02/2015 2.2.4.3 Consulta de optometría (Examen visual) Consulta $138,00 33 18/02/2015 2.2.5.2 Música Persona/Mes $192,00 33 18/02/2015 2.2.5.3 Piano Persona/Mes $192,00 33 18/02/2015 2.2.6.7 Ritmo vital Persona/Mes $207,00 33 18/02/2015 2.2.6.8 Afroantillano Persona/Mes $207,00 33 18/02/2015 2.2.8.3 Francés Persona/Mes $192,00 33 18/02/2015 2.2.8.4 Alemán Persona/Mes $192,00 33 18/02/2015 2.2.8.6 Taller para sordomudos Persona/Mes $192,00 33 18/02/2015 2.2.9.1 Computación Persona/Mes $553,00 33 18/02/2015 2.2.9.7 Leer y escribir Persona/Mes $192,00 33 18/02/2015 2.2.9.8 Preparatoria abierta Persona/Mes $192,00 33 18/02/2015 2.2.9.9 Secundaria abierta Persona/Mes $192,00 33 18/02/2015 2.2.9.10 Primaria abierta Persona/Mes $192,00 33 18/02/2015 2.2.9.11 Juguemos cantando Persona/Mes $192,00 33 18/02/2015 2.2.9.13 Educación para adultos Persona/Mes $192,00 33 18/02/2015 2.2.11.1.5 Olímpica Persona/Mes $221,00 33 18/02/2015 2.2.11.1.6 De conservación Persona/Mes $221,00 33 18/02/2015 "CENTRO CULTURAL CARRANZA" 1.2.3.1.1.2 Cine catalogo Persona/Evento $8,00 33 18/02/2015 1.2.3.2.1 Cafeterías Mes $6.404,00 33 18/02/2015 2.1.1.1.2 Música infantil Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015 2.1.1.1.3 Guitarra Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015
  • 23. 9 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 23 2.1.1.1.4 Guitarra clásica Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015 2.1.1.1.5 Violín Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015 2.1.1.1.6 Piano Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015 2.1.1.1.7 Flauta transversa Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015 2.1.1.1.8 Mandolina Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015 2.1.1.1.9 Apreciación musical Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015 2.1.1.2.1 Ballet clásico o moderno Persona/Mes $186,00 33 18/02/2015 2.1.1.2.2 Baile de Salón, tap tap y similares Persona/Mes $186,00 33 18/02/2015 2.1.1.2.4 Afroantillano Persona/Mes $186,00 33 18/02/2015 2.1.1.2.5 Fandango jarocho Persona/Mes $186,00 33 18/02/2015 2.1.1.2.6 Tango Persona/Mes $186,00 33 18/02/2015 2.1.1.2.7 Hawaiano Persona/Mes $186,00 33 18/02/2015 2.1.1.2.8 Jazz Persona/Mes $186,00 33 18/02/2015 2.1.1.2.9 Ritmo vital Persona/Mes $186,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.1 Acuarela Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.2 Caricatura Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.4 Dibujo Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.5 Dibujo al desnudo Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.6 Pintura Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.7 Pintura dactilar Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.8 Habilidades artísticas Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.10 Batik (Estampado en tela) Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.11 Cerámica Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.12 Escultura en madera Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.13 Escultura y moldeado Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.14 Expresión creativa Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.15 Oleo Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.16 Fotografía Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.17 Serigrafía Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.18 Tapiz Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.19 Diseño grafico Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.22 Vitrales Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.23 Iniciación a las técnicas de dibujo Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.24 Grabado Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.28 Tarjetería española Persona/Mes $172,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.38 Migajón Persona/Mes $172,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.42 Decoración Persona/Mes $172,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.48 Arreglos artísticos Persona/Mes $172,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.49 Juguetería Persona/Mes $172,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.50 Macramé Persona/Mes $172,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.51 Origami Persona/Mes $172,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.52 Artesanías Persona/Mes $172,00 33 18/02/2015
  • 24. 24 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de Marzo de 2016 2.1.1.3.53 Máscaras y títeres Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.54 Pirograbado Persona/Mes $172,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.55 Pintura en tela Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015 2.1.1.4.3 Ingles Infantil Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015 2.1.1.4.4 Alemán Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015 2.1.1.4.6 Taller para sordomudos Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015 2.1.1.5.1 Leer y escribir Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015 2.1.1.5.2 Juguemos cantando Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015 2.1.1.5.4 Computación Persona/Mes $550,00 33 18/02/2015 2.1.1.5.5 Educación para Adultos Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015 2.1.1.5.6 Primaria, Secundaria y Preparatoria Abierta Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015 2.1.1.5.7 Regularización de Primaria Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015 2.1.1.5.8 Regularización de Secundaria Persona/Mes $180,00 33 18/02/2015 2.1.1.6.1 Cinematografía Persona/Mes $331,00 33 18/02/2015 2.1.1.6.1.1 Guion de Cortometraje Persona/Mes $331,00 33 18/02/2015 2.1.1.6.2 Expresión Corporal Persona/Mes $186,00 33 18/02/2015 2.1.1.6.4 Infantil Persona/Mes $209,00 33 18/02/2015 2.1.1.6.5 Experimental Persona/Mes $186,00 33 18/02/2015 2.1.1.6.6 Guiñol Persona/Mes $186,00 33 18/02/2015 2.1.1.7.1 Narración Oral Persona/Mes $129,00 33 18/02/2015 2.1.1.7.2 Narrativa Persona/Mes $129,00 33 18/02/2015 2.1.1.7.3 Poesía Persona/Mes $129,00 33 18/02/2015 2.1.1.7.4 Biblioteca Persona/Mes $129,00 33 18/02/2015 2.1.1.7.5 Bibliolectura Persona/Mes $129,00 33 18/02/2015 2.1.1.8.1 Aikido Persona/Mes $186,00 33 18/02/2015 2.1.1.8.2 Judo Persona/Mes $186,00 33 18/02/2015 2.1.1.8.5 Kung fu Persona/Mes $186,00 33 18/02/2015 2.1.1.8.7 Tai chi Persona/Mes $186,00 33 18/02/2015 2.1.1.8.12 Taebo Persona/Mes $274,00 33 18/02/2015 2.1.1.10.1.1 Rítmica Persona/Mes $217,00 33 18/02/2015 2.1.1.10.1.2 De Conservación Persona/Mes $217,00 33 18/02/2015 2.1.1.10.1.3 Olímpica Persona/Mes $217,00 33 18/02/2015 2.1.1.10.1.4 Artística Persona/Mes $217,00 33 18/02/2015 2.1.1.10.2 Aerobics Persona/Mes $230,00 33 18/02/2015 2.1.1.17.8 Programa de Atención a la Mujer Mensual $115,00 33 18/02/2015 2.2.1.2.11 Fotografía Persona/Mes $172,00 33 18/02/2015 2.5.9.2.3.1 Estacionamiento por evento Persona/Mes $57,76 33 18/02/2015
  • 25. 9 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 25 "CASAS DE CULTURA ENRIQUE RAMIREZ Y RAMIREZ Y HEBERTO CASTILLO MARTINEZ" 2.1.1.1.2 Música Infantil Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.1.3 Guitarra Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.1.4 Guitarra clásica Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.1.5 Violín Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.1.6 Piano Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.1.7 Flauta transversa Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.1.8 Mandolina Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.1.9 Apreciación musical Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.2.1 Ballet clásico o moderno Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.2.2 Baile de Salón, tap tap y similares Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.2.4 Afroantillano Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.2.5 Fandango jarocho Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.2.6 Tango Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.2.7 Hawaiano Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.2.8 Jazz Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.2.9 Ritmo vital Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.2.15 Tahitiano Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.2.16 Samoano Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.2.17 Filipino Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.1 Acuarela Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.2 Caricatura Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.4 Dibujo Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.5 Dibujo al desnudo Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.6 Pintura Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.7 Pintura Dactilar Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.8 Habilidades Artísticas Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.10 Batik (Estampado en tela) Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.11 Cerámica Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.12 Escultura en madera Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.13 Escultura y moldeado Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.14 Expresión Creativa Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.15 Óleo Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.16 Fotografía Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.17 Serigrafía Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.18 Tapiz Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.19 Diseño grafico Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.20 Diseño de modas Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.21 Frivolite Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.22 Vitrales Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
  • 26. 26 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de Marzo de 2016 2.1.1.3.23 Iniciación a las técnicas de dibujo Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.24 Grabado Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.25 Fieltro Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.26 Foami Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.28 Tarjetearía española Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.36 Tallado en Madera Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.38 Migajón Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.42 Decoración Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.43 Comics Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.48 Arreglos artísticos Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.49 Juguetería Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.50 Macramé Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.51 Origami Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.52 Artesanías Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.53 Máscaras y títeres Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.54 Pirograbado Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.55 Pintura en tela Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.56 Bordado en Listón Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.57 Globoflexia Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.4.3 Ingles Infantil Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.4.4 Alemán Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.4.6 Taller para sordomudos Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.5.1 Leer y escribir Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.5.2 Juguemos cantando Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.5.4 Computación Persona/Mes $335,00 33 18/02/2015 2.1.1.5.5 Educación para Adultos Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.5.6 Primaria, Secundaria y Preparatoria Abierta Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.5.7 Regularización de Primaria Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.5.8 Regularización de Secundaria Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.6.1 Cinematografía Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.6.2 Expresión Corporal Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.6.4 Infantil Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.6.5 Experimental Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.6.6 Guiñol Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.7.1 Narración Oral Persona/Mes $135,00 33 18/02/2015 2.1.1.7.2 Narrativa Persona/Mes $135,00 33 18/02/2015 2.1.1.7.3 Poesía Persona/Mes $135,00 33 18/02/2015 2.1.1.7.4 Biblioteca Persona/Mes $135,00 33 18/02/2015 2.1.1.7.5 Bibliolectura Persona/Mes $135,00 33 18/02/2015 2.1.1.8.1 Aikido Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.8.2 Judo Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.8.5 Kung fu Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015
  • 27. 9 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 27 2.1.1.8.7 Tai Chi Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.8.8 Capoeira Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.8.11 Kempo Chino Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.8.12 Taebo Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.9.9 Personalidad Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.10.1 Gimnasia Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.10.1.1 Rítmica Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.10.1.2 De Conservación Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.10.1.3 Olímpica Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.10.1.4 Artística Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.10.2 Aerobics Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.11.1 Fisicoculturismo Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.16.3 Corte y Confección Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.16.5 Tejido y bordado Persona/Mes $160,00 33 18/02/2015 2.1.1.17.1 Terapia de Lenguaje Mensual $135,00 33 18/02/2015 2.1.1.17.2 Terapia de Psicología Mensual $135,00 33 18/02/2015 2.1.1.17.3 Terapia de Lecto-escritura Mensual $135,00 33 18/02/2015 2.1.1.17.4 Taller de apoyo educativo Mensual $135,00 33 18/02/2015 2.1.1.17.6 Terapia Tai Chi Chuan Mensual $135,00 33 18/02/2015 2.1.1.17.8 Programa de Atención a la Mujer Mensual $135,00 33 18/02/2015 "POLIFORUM CULTURAL DE LA COLONIA FEDERAL" 2.1.1.1.2 Música Infantil Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.1.3 Guitarra Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.1.4 Guitarra Clásica Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.1.5 Violín Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.1.6 Piano Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.1.7 Flauta Transversa Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.1.8 Mandolina Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.1.9 Apreciación Musical Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.2.1 Ballet Clásico o Moderno Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.2.2 Baile de Salón, Tap-Tap y Similares Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.2.4 Afroantillano Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.2.5 Fandango Jarocho Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.2.6 Tango Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.2.7 Hawaiano Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.2.8 Jazz Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.2.9 Ritmo Vital Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.2.15 Tahitiano Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.2.16 Samoano Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.2.17 Filipino Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
  • 28. 28 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de Marzo de 2016 2.1.1.3.1 Acuarela Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.2 Caricatura Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.4 Dibujo Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.5 Dibujo al Desnudo Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.6 Pintura Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.7 Pintura Dactilar Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.8 Habilidades Artísticas Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.10 Batik (estampado en tela) Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.11 Cerámica Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.12 Escultura en Madera Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.13 Escultura y Moldeado Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.14 Expresión Creativa Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.15 Óleo Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.16 Fotografía Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.17 Serigrafía Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.18 Tapiz Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.19 Diseño Grafico Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.20 Diseño de Modas Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.21 Frivolite Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.22 Vitrales Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.23 Iniciación a las Técnicas del Dibujo Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.24 Grabado Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.25 Fieltro Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.26 Foami Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.28 Tarjetearía española Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.36 Tallado en Madera Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.38 Migajón Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.42 Decoración Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.43 Comics Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.48 Arreglos Artísticos Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.49 Juguetería Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.50 Macramé Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.51 Origami Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.52 Artesanías Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.53 Máscaras y Títeres Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.54 Pirograbado Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.55 Pintura en tela Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.56 Bordado en Listón Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.3.57 Globoflexia Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.4.3 Ingles Infantil Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.4.4 Alemán Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.4.6 Taller para Sordomudos Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015
  • 29. 9 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 29 2.1.1.5.1 Leer y Escribir Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.5.2 Juguemos Cantando Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.5.5 Educación para Adultos Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.5.6 Primaria, Secundaria y Preparatoria Abierta Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.5.7 Regularización de Primaria Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.5.8 Regularización de Secundaria Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.6.1 Cinematografía Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.6.2 Expresión Corporal Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.6.4 Texto Infantil Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.6.5 Teatro Experimental Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.6.6 Teatro Guiñol Persona/Mes $166,00 33 18/02/2015 2.1.1.7.1 Narración Oral Persona/Mes $140,00 33 18/02/2015 2.1.1.7.2 Narrativa Persona/Mes $140,00 33 18/02/2015 2.1.1.7.3 Poesía Persona/Mes $140,00 33 18/02/2015 2.1.1.7.4 Biblioteca Persona/Mes $140,00 33 18/02/2015 2.1.1.7.4 Bibliolectura Persona/Mes $140,00 33 18/02/2015 2.1.1.17.1 Terapia de Lenguaje Mensual $140,00 33 18/02/2015 2.1.1.17.2 Terapia de Psicología Mensual $140,00 33 18/02/2015 2.1.1.17.3 Terapia de Lecto-escritura Mensual $140,00 33 18/02/2015 2.1.1.17.6 Terapia de Tai Chi Chuan Mensual $140,00 33 18/02/2015 2.1.1.17.7 Terapia Fisica Deportiva Mensual $140,00 33 18/02/2015 2.1.1.17.8 Programa de Atención a la Mujer Mensual $140,00 33 18/02/2015 "CENTRO DEPORTIVO OCEANIA" 2.5.9.2.3.1 Estacionamiento por evento Evento/Auto $71,55 33 18/02/2015 "CENTRO DEPORTIVO PLUTARCO ELIAS CALLES" 2.3.1.2.3 Natación Persona/Mes $154,00 33 18/02/2015 "CENTRO DEPORTIVO VENUSTIANO CARRANZA" 2.3.1.2.3 Natación Persona/Mes $291,00 33 18/02/2015 "CENTRO DEPORTIVO MOCTEZUMA" 2.3.1.2.3 Natación Persona/Mes $291,00 33 18/02/2015 2.3.1.5.11 Pon gallo Persona/Mes $96,00 33 18/02/2015 2.3.1.5.13 Tenis de mesa Persona/Mes $60,00 33 18/02/2015
  • 30. 30 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de Marzo de 2016 "CENTRO DEPORTIVO VELODROMO OLIMPICO" 1.2.1.1.4.1 Horario Diurno Partido $169,00 33 18/02/2015 1.2.1.1.4.2 Horario Nocturno Partido $225,00 33 18/02/2015 1.2.1.1.5 Canchas de Fútbol Soccer en Empastado Sintético Partido $1.068,00 33 18/02/2015 1.2.1.6.2 Estadio de Béisbol Partido $484,00 33 18/02/2015 1.2.1.6.3 Estadio de Fútbol Americano Hora $363,00 33 18/02/2015 1.2.1.7.9.5 Cancha sin empastar y sin Medidas Reglamentarias Partido $160,00 33 18/02/2015 1.2.1.7.9.6 Para la Practica de Fútbol Americano (Entrenamientos) Hora $182,00 33 18/02/2015 2.3.1.6.2.4 De Conservación Persona/Mes $135,00 33 18/02/2015 2.3.1.7.1 Arco y Tiro al Blanco Persona/Mes $199,00 33 18/02/2015 TRANSITORIO Primero.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal para su debida observancia y aplicación. Segunda.-Quedan sin efecto las cuotas publicadas el día 18 de febrero de 2015, el 12 de mayo de 2015 y el 12 de agosto de 2015, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal con los Números 33,87 y 153 respectivamente. Ciudad de México, a 22 de Febrero de Dos Mil Dieciséis. JEFE DELEGACIONAL EN VENUSTIANO CARRANZA (Firma) ISRAEL MORENO RIVERA
  • 31. 9 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 DELEGACIÓN VENUSTIANO CARRANZA ISRAEL MORENO RIVERA, JEFE DELEGACIONAL EN VENUSTIANO CARRANZA, con fundamento en los Artículos 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, 39 Fracción XLV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, 303 y 308 del Código Fiscal del Distrito Federal, 120 y 125 del Reglamento Interior de la Administración Publica del Distrito Federal y la Regla 19 de las Reglas para la Autorización, Control y Manejo de los Ingresos de Aplicación Automática, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal No. 263, el Día 20 de Enero de 2016, emito el siguiente: AVISO QUE MODIFICA AL AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS NUEVAS CUOTAS PARA LOS INGRESOS QUE SE RECAUDEN POR CONCEPTO DE APROVECHAMIENTOS Y PRODUCTOS QUE SON GENERADOS MEDIANTE EL MECANISMO DE APLICACIÓN AUTOMÁTICA ASIGNADOS A LA DELEGACIÓN VENUSTIANO CARRANZA PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EL DÍA 18 DE FEBRERO DE 2016 Clave Concepto Unidad de medida Cuota Cuota con IVA "CENTRO DEPORTIVO PLUTARCO ELIAS CALLES" Dice: 2.4.1.6 Estimulación temprana Persona/Mes 309.00 Debe decir: 2.4.1.6.2 Estimulación temprana padres e hijo Mes 309.00 Dice: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año 125.86 Debe decir: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año 125.86 146.00 Dice: 2.3.2.3 Reposición de Credencial Persona 47.41 Debe decir: 2.3.2.3 Reposición de Credencial Persona 47.41 55.00 Dice: 2.5.9.2.3 Estacionamiento por día Servicio 20.69 Debe decir: 2.5.9.2.3 Estacionamiento por día Servicio 20.69 24.00 Dice: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio 3.45 Debe decir: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio 3.45 4.00 "CENTRO DEPORTIVO OCEANIA" Dice: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año 125.86 Debe decir: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año 125.86 146.00 Dice: 2.3.2.3 Reposición de Credencial Persona 47.41 Debe decir: 2.3.2.3 Reposición de Credencial Persona 47.41 55.00 Dice: 2.5.9.2.3 Estacionamiento por día Servicio 20.69 Debe decir: 2.5.9.2.3 Estacionamiento por día Servicio 20.69 24.00 Dice: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio 3.45 Debe decir: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio 3.45 4.00
  • 32. 32 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de Marzo de 2016 "CENTRO DEPORTIVO JOSE MARIA PINO SUAREZ" Dice: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año 125.86 Debe decir: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año 125.86 146.00 Dice: 2.3.2.3 Reposición de Credencial Persona 47.41 Debe decir: 2.3.2.3 Reposición de Credencial Persona 47.41 55.00 Dice: 2.5.9.2.3 Estacionamiento por día Servicio 20.69 Debe decir: 2.5.9.2.3 Estacionamiento por día Servicio 20.69 24.00 Dice: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio 3.45 Debe decir: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio 3.45 4.00 "CENTRO DEPORTIVO RAMON LOPEZ VELARDE" Dice: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año 125.86 Debe decir: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año 125.86 146.00 Dice: 2.3.2.3 Reposición de Credencial Persona 47.41 Debe decir: 2.3.2.3 Reposición de Credencial Persona 47.41 55.00 Dice: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio 3.45 Debe decir: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio 3.45 4.00 "CENTRO DEPORTIVO FELIPE TIBIO MUÑOZ" Dice: 1.2.1.4 Canchas de basquetbol Debe decir: 1.2.1.4.4 Canchas de basquetbol Dice: 1.2.1.4.1 Para la práctica de basquetbol infantil Partido 105.00 Debe decir: 1.2.1.4.4.1 Para la práctica de basquetbol infantil Partido 105.00 Dice: 2.5 Servicios Diversos Debe decir: 2.4 Servicios Diversos Dice: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año 125.86 Debe decir: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año 125.86 146.00 Dice: 2.3.2.3 Reposición de Credencial Persona 47.41 Debe decir: 2.3.2.3 Reposición de Credencial Persona 47.41 55.00
  • 33. 9 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 33 "CENTRO DEPORTIVO VENUSTIANO CARRANZA" Dice: 2.3.1.1.3 Karate Do Persona/Mes 113.00 Debe decir: 2.3.1.1.3 Karate Lima Lama Persona/Mes 113.00 Dice: 2.3.1.2.3 Natación 2 clases por semana Persona/Mes 309.00 Debe decir: 2.3.1.2.11 Natación 2 clases por semana Persona/Mes 309.00 Dice: 2.3.1.6.2.3 Zumba Persona/Mes 113.00 Debe decir: 2.3.1.6.2.10 Zumba Persona/Mes 113.00 Dice: 2.3.1.9.9 Paquete deportivo familiar 2 adultos y 2 menores o más (Incluye actividad acuática y el uso general del gimnasio con todas sus actividades) Mes 1,546.00 Debe decir: 2.3.1.9.10 Paquete deportivo familiar 2 adultos y 2 menores o más (Incluye actividad acuática y el uso general del gimnasio con todas sus actividades) Mes 1,546.00 Dice: 2.4.1.6. Estimulación temprana padres e hijo Mes 309.00 Debe decir: 2.4.1.6.2 Estimulación temprana padres e hijo Mes 309.00 Dice: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año 125.86 Debe decir: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año 125.86 146.00 Dice: 2.3.2.3 Reposición de Credencial Persona 47.41 Debe decir: 2.3.2.3 Reposición de Credencial Persona 47.41 55.00 Dice: 2.5.9.2.3 Estacionamiento por día Servicio 20.69 Debe decir: 2.5.9.2.3 Estacionamiento por día Servicio 20.69 24.00 Dice: 2.5.9.2.4 Pensión (24 horas) Mes 653.45 Debe decir: 2.5.9.2.4 Pensión (24 horas) Mes 653.45 758.00 Dice: 2.5.9.2.4.1 Media Pensión (12 horas) Mes 401.72 Debe decir: 2.5.9.2.4.1 Media Pensión (12 horas) Mes 401.72 466.00 Dice: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio 3.45 Debe decir: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio 3.45 4.00 "CENTRO DEPORTIVO VALENTIN GOMEZ FARIAS" Dice: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año 125.86 Debe decir: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año 125.86 146.00
  • 34. 34 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de Marzo de 2016 Dice: 2.5.9.2.3 Estacionamiento por día Servicio 20.69 Debe decir: 2.5.9.2.3 Estacionamiento por día Servicio 20.69 24.00 Dice: 2.5.9.2.4 Pensión (24 horas) Mes 653.45 Debe decir: 2.5.9.2.4 Pensión (24 horas) Mes 653.45 758.00 Dice: 2.5.9.2.4.1 Media Pensión (12 horas) Mes 401.72 Debe decir: 2.5.9.2.4.1 Media Pensión (12 horas) Mes 401.72 466.00 Dice: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio 3.45 Debe decir: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio 3.45 4.00 "CENTRO DEPORTIVO EDUARDO MOLINA" Dice: 2.3.1.6.2.3 Zumba Persona/Mes 113.00 Debe decir: 2.3.1.6.2.10 Zumba Persona/Mes 113.00 Dice: 2.3.1.9.9 Paquete deportivo familiar 2 adultos y 2 menores de 12 años (para la práctica de dos disciplinas de escuela técnico deportivo) Mes 874.00 Debe decir: 2.3.1.9.8 Paquete deportivo familiar 2 adultos y 2 menores de 12 años (para la práctica de dos disciplinas de escuela técnico deportivo) Mes 874.00 Dice: 2.4.1.6. Estimulación temprana padres e hijo Mes 309.00 Debe decir: 2.4.1.6.2 Estimulación temprana padres e hijo Mes 309.00 Dice: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año 125.86 Debe decir: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año 125.86 146.00 Dice: 2.3.2.3 Reposición de Credencial Persona 47.41 Debe decir: 2.3.2.3 Reposición de Credencial Persona 47.41 55.00 Dice: 2.5.9.2.3 Estacionamiento por día Servicio 20.69 Debe decir: 2.5.9.2.3 Estacionamiento por día Servicio 20.69 24.00 Dice: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio 3.45 Debe decir: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio 3.45 4.00 "CENTRO DEPORTIVO MOCTEZUMA" Dice: 2.3.1.1.4 Tae Kwon Do Persona/Mes 125.00 Debe decir: 2.3.1.1.6 Tae Kwon Do Persona/Mes 125.00
  • 35. 9 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 35 Dice: 2.4.1.6. Estimulación temprana padres e hijo Mes 309.00 Debe decir: 2.4.1.6.2 Estimulación temprana padres e hijo Mes 309.00 Dice: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año 125.86 Debe decir: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año 125.86 146.00 Dice: 2.3.2.3 Reposición de Credencial Persona 47.41 Debe decir: 2.3.2.3 Reposición de Credencial Persona 47.41 55.00 Dice: 2.5.9.2.3 Estacionamiento por día Servicio 20.69 Debe decir: 2.5.9.2.3 Estacionamiento por día Servicio 20.69 24.00 Dice: 2.5.9.2.3.1 Estacionamiento por Evento Evento/Auto 74.14 Debe decir: 2.5.9.2.3.1 Estacionamiento por Evento Evento/Auto 74.14 86.00 Dice: 2.5.9.2.4 Pensión (24 horas) Mes 653.45 Debe decir: 2.5.9.2.4 Pensión (24 horas) Mes 653.45 758.00 Dice: 2.5.9.2.4.1 Media Pensión (12 horas) Mes 401.72 Debe decir: 2.5.9.2.4.1 Media Pensión (12 horas) Mes 401.72 466.00 Dice: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio 3.45 Debe decir: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio 3.45 4.00 "CENTRO DEPORTIVO PARQUE ZARAGOZA" Dice: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año 125.86 Debe decir: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año 125.86 146.00 Dice: 2.3.2.3 Reposición de Credencial Persona 47.41 Debe decir: 2.3.2.3 Reposición de Credencial Persona 47.41 55.00 Dice: 2.5.9.2.3 Estacionamiento por día Servicio 20.69 Debe decir: 2.5.9.2.3 Estacionamiento por día Servicio 20.69 24.00 Dice: 2.5.9.2.4 Pensión (24 horas) Mes 653.45 Debe decir: 2.5.9.2.4 Pensión (24 horas) Mes 653.45 758.00 Dice: 2.5.9.2.4.1 Media Pensión (12 horas) Mes 401.72 Debe decir: 2.5.9.2.4.1 Media Pensión (12 horas) Mes 401.72 466.00 Dice: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio 3.45
  • 36. 36 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de Marzo de 2016 Debe decir: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio 3.45 4.00 "CENTRO DEPORTIVO VELODROMO OLIMPICO " Dice: 1.2.1.6 Estadios para la práctica de futbol soccer Debe decir: 1.2.1.6.1 Estadios para la práctica de futbol soccer Dice: 1.2.3.6 Servicio de palapas de hasta 70 personas Evento 962.00 Debe decir: 1.2.3.6 Para actividades de recreación o esparcimiento Dice: 1.2.3.6 Servicio de palapas de hasta 70 personas Evento 962.00 Debe decir: 1.2.3.6.1 Servicio de palapas de hasta 70 personas Evento 962.00 Dice: 2.3.1.3 Natación Persona/Mes 234.00 Debe decir: 2.3.1.2.3 Natación Persona/Mes 234.00 Dice: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año 125.86 Debe decir: 2.3.2.1 Inscripción o Membresía Persona/Año 125.86 146.00 Dice: 2.3.2.3 Reposición de Credencial Persona 52.59 Debe decir: 2.3.2.3 Reposición de Credencial Persona 52.59 61.00 Dice: 2.5.9.2.3 Estacionamiento por día Servicio 20.69 Debe decir: 2.5.9.2.3 Estacionamiento por día Servicio 20.69 24.00 Dice: 2.5.9.2.4 Pensión (24 horas) Mes 653.45 Debe decir: 2.5.9.2.4 Pensión (24 horas) Mes 653.45 758.00 Dice: 2.5.9.2.4.1 Media Pensión (12 horas) Mes 401.72 Debe decir: 2.5.9.2.4.1 Media Pensión (12 horas) Mes 401.72 466.00 Dice: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio 3.45 Debe decir: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio 3.45 4.00 "CASA HOGAR ARCELIA NUTO DE VILLAMICHEL " Dice: 2.5.9.5.2 Estancia de Tiempo Completo, alimentos y atención biopsicosocial para adultos mayores Persona/Mes 2043.92 Debe decir: 2.5.9.5.2 Estancia de Tiempo Completo, alimentos y atención biopsicosocial para adultos mayores Persona/Mes 2043.92 2371.00 Dice: 2.5.9.5.3 Estancia de Medio Tiempo, alimentos y atención biopsicosocial para adultos mayores Persona/Mes 1138.79
  • 37. 9 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 37 Debe decir: 2.5.9.5.3 Estancia de Medio Tiempo, alimentos y atención biopsicosocial para adultos mayores Persona/Mes 1138.79 1321.00 "CLINICA VETERIANARIA DELEGACIONAL" Dice: 2.5.6.4 Captura de animal agresor a domicilio Animal 204.31 Debe decir: 2.5.6.4 Captura de animal agresor a domicilio Animal 204.31 237.00 Dice: 2.5.6.5 Mascota no deseada recogida a domicilio Animal 204.31 Debe decir: 2.5.6.5 Mascota no deseada recogida a domicilio Animal 204.31 237.00 "ESTACIONAMIENTOS" Dice: 2.5.9.2.3 Estacionamiento por día Servicio 20.69 Debe decir: 2.5.9.2.3 Estacionamiento por día Servicio 20.69 24.00 "SANITARIOS" Dice: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio 3.45 Debe decir: 2.5.9.3 Sanitarios en mercados y otros espacios públicos Servicio 3.45 4.00 "CENTRO CULTURAL CARRANZA" Dice: 2.1.1.14.1 Reposición de Credencial Persona/Mes 26.88 Debe decir: 2.1.1.14.1 Reposición de Credencial Persona/Mes 47.42 55.00 "POLIFORUM CULTURAL DE LA COLONIA FEDERAL" Dice: 2.1.1.14.1 Reposición de Credencial Persona 47.42 Debe decir: 2.1.1.14.1 Reposición de Credencial Persona 47.42 55.00 Dice: 2.1.1.17.5 Terapia física de fisioterapias Persona/Mes 144.00 Debe decir: 2.1.1.17.5 Terapia física de fisioterapias Mensual 144.00 "CASAS DE CULTURA ENRIQUE RAMIREZ Y RAMIREZ Y HEBERTO CASTILLO MARTINEZ" Dice: 2.1.1.14.1 Reposición de Credencial Persona 37.94 Debe decir: 2.1.1.14.1 Reposición de Credencial Persona 37.94 44.00 Dice: 2.1.1.17.5 Terapia física de fisioterapias Persona/Mes 139.00 Debe decir: 2.1.1.17.5 Terapia física de fisioterapias Mensual 139.00 Dice: 2.1.1.17.7 Terapia física deportiva Persona/Mes 139.00
  • 38. 38 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de Marzo de 2016 Debe decir: 2.1.1.17.7 Terapia física deportiva Mensual 139.00 "TEATRO CARLOS PELLICER Y AUDITORIO ENRIQUE TIERNO GALVAN" Dice: 1.2.3.1.6 Salones de usos múltiples Día 1,421.00 Debe decir: 1.2.3.1.6 Salones de usos múltiples Evento 1,421.00 "CENTRO DE CONVIVENCIA JARDIN BALBUENA" Dice: 2.2.1.1.16 Alimentación y Nutrición Consulta 171.00 Debe decir: 2.2.1.1.16 Alimentación y Nutrición Persona/Mes 171.00 "Centros de Convivencia Arenal, Azteca,Caracol,Cuatro Arboles, El Parque, Enrique Tierno Galván, Kiosco Fortino Serrano Servín, Nicolás Bravo, Plaza Aviación, Revolución y Vicente Guerrero" Dice: 2.2.1.1.16 Alimentación y Nutrición Por/Consulta 104.00 Debe decir: 2.2.1.1.16 Alimentación y Nutrición Persona/Mes 104.00 TRANSITORIOS Primero.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal para su debida observancia y aplicación. Segundo.- Quedan sin efecto las cuotas publicadas el día 12 de Mayo de 2015 y 12 de Agosto de 2015 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal No. 87 y No. 153 respectivamente. Ciudad de México, a 22 de Febrero de Dos Mil Dieciséis. JEFE DELEGACIONAL EN VENUSTIANO CARRANZA (Firma) ISRAEL MORENO RIVERA
  • 39. 9 de Marzo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 39 DELEGACIÓN VENUSTIANO CARRANZA ISRAEL MORENO RIVERA, JEFE DELEGACIONAL EN VENUSTIANO CARRANZA, con fundamento en los Artículos 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, 39 Fracción XLV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, 303 y 308 del Código Fiscal del Distrito Federal, 120 y 125 del Reglamento Interior de la Administración Publica del Distrito Federal y la Regla 19 de las Reglas para la Autorización, Control y Manejo de los Ingresos de Aplicación Automática, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal No. 263, el Día 20 de Enero de 2016, emito el siguiente: AVISO QUE ADICIONA AL AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS NUEVAS CUOTAS PARA LOS INGRESOS QUE SE RECAUDEN POR CONCEPTO DE APROVECHAMIENTOS Y PRODUCTOS QUE SON GENERADOS MEDIANTE EL MECANISMO DE APLICACIÓN AUTOMÁTICA ASIGNADOS A LA DELEGACIÓN VENUSTIANO CARRANZA PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EL DÍA 18 DE FEBRERO DE 2016 Clave Concepto Unidad de medida Cuota Cuota con IVA Mercado "Jamaica Zona" 2 PRODUCTOS POR LA PRESTACION DE SERVICIOS DE DERECHO PRIVADO 2.5 Servicios Diversos 2.5.9 Otros Servicios 2.5.9.2 Estacionamientos 2.5.9.2.5 Estacionamiento Auto por día 12.93 15.00 TRANSITORIOS Primero.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal para su debida observancia y aplicación. Segundo.- Queda sin efecto la cuota publicada el día 22 de Enero de 2015 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal No. 15. Ciudad de México, a 22 de Febrero de Dos Mil Dieciséis. JEFE DELEGACIONAL EN VENUSTIANO CARRANZA (Firma) ISRAEL MORENO RIVERA
  • 40. 40 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de Marzo de 2016 CONSEJO DE LA JUDICATURA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Aviso de publicación de Acuerdo General 43-08/2016 En cumplimiento a lo ordenado mediante Acuerdo General 43-08/2016, emitido por el Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México, en sesión plenaria ordinaria celebrada el día nueve de febrero de dos mil dieciséis, con toda atención hago de su conocimiento que este Órgano Colegiado determinó de conformidad con el Decreto por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de la Reforma Política de la Ciudad de México, publicado el pasado veintinueve de enero del año en curso, en el Diario Oficial de la Federación, determinó aprobar el: “ACUERDO GENERAL POR EL QUE SE CAMBIA LA DENOMINACIÓN DE DISTRITO FEDERAL POR CIUDAD DE MÉXICO EN TODO EL CUERPO NORMATIVO DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO. ARTÍCULO ÚNICO.- En todos los Acuerdos Generales y normativa expedidos por este Pleno del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México, en los que se haga referencia al Distrito Federal se deberá entender como hecha a la Ciudad de México. Por lo anterior, el nombre del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y el Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, así como los nombres de los órganos jurisdiccionales que integran el poder judicial del Distrito Federal, deberán sustituir el nombre “Distrito Federal” por la denominación “Ciudad de México”. TRANSITORIOS PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Judicial del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México. SEGUNDO. Se instruye a todos los órganos jurisdiccionales, áreas administrativas y de apoyo judicial del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México para que a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo General se haga referencia a la Ciudad de México. TERCERO.- Asimismo, se les instruye para que la papelería impresa se siga utilizando hasta su agotamiento y, por lo que respecta a los sellos oficiales, hasta que se efectúe su sustitución por parte de la Oficialía Mayor del propio Tribunal.” CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 66, FRACCIÓN V, DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, LA LICENCIADA ZAIRA LILIANA JIMENEZ SEADE, SECRETARIA GENERAL DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DE LA CIUDAD DE MÉXICO.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- ------------------------------------------------------------- C E R T I F I C A ---------------------------------------------------------------- QUE LA PRESENTE FOJA (UNA), CONCUERDA CON LA PARTE CONDUCENTE DEL ACUERDO 43-08/2016, EMITIDO POR EL CONSEJO DE LA JUDICATURA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN SESION PLENARIA DE FECHA NUEVE DE FEBRERO DE DOS MIL DIECISÉIS, PARA SU PUBLICACIÓN EN LA GACETA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN CUMPLIMIENTO AL ACUERDO DE MERITO. SE EXPIDE LA PRESENTE, PARA LOS EFECTOS PROCEDENTES, A LOS DIECISEIS DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL DIECESÉIS.- DOY FE.- ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- (Firma)
  • 41. CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS PLANTA DE ASFALTO LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL El Lic. Adolfo Riebeling Montiel, Director de Administración de la Planta de Asfalto de la Ciudad de México Órgano Desconcentrado de la Secretaría de Obras y Servicios, en cumplimiento a lo que establece el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 26, 27 inciso a), 28, 30 fracción I, 32, 33, 34, 36, 37, 38, 39, 39 Bis, 43, 58 y 63 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y conforme al artículo 7, fracción V último párrafo del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal vigente, así como del artículo 36 de su Reglamento y demás disposiciones, convoca a todas las personas físicas y morales a participar en la Licitación Pública Nacional para la “Adquisición de aditivo para mezcla asfáltica templada” de conformidad con lo siguiente: Nacional Convocatoria 001 No. De Licitación Costo de las bases Fecha Límite para adquirir las bases Junta de aclaraciones Presentación y Apertura de Propuestas Acto de Fallo 30001049-001-016 $4,000.00 11/03/2016 14:00 horas 14/03/2016 11:00 horas 16/03/2016 11:00 horas 18/03/2016 11:00 horas Partida Clave CABMS Descripción Cantidad Unidad de Medida 1 2611000006 Aditivo para Mezcla Asfáltica Templada. Mínimo 96,000 Máximo 960,000 Kilogramos  Las bases de la presente Licitación Pública Nacional se encuentran disponibles para consulta y venta los días 09, 10 y 11 de marzo de 2016 en un horario de 09:00 a 14:00 hrs. en la Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Materiales, sito en Avenida del Imán, Número 263, Planta Baja, Colonia Ajusco, Delegación Coyoacán, Ciudad de México, Código Postal 04300; para su consulta exclusivamente, en Internet a través de la página compranet.funcion pública.gob.mx, con la siguiente ruta: difusión de procedimientos/vigentes.  El pago para la adquisición de bases se realizará mediante depósito bancario a nombre de la Secretaría de finanzas del Gobierno de la Ciudad de México, en el Banco Santander, S.A.; a la cuenta: 65501123467, con la siguiente referencia: 07CD130001049001016 seguido de la clave del Registro Federal de Contribuyentes del interesado, (EJEMPLO: 07CD130001049001016ABC8509195V3) o en el domicilio de la convocante mediante cheque certificado o de caja a favor de la Secretaría de Finanzas del Gobierno de la Ciudad de México. NOTA IMPORTANTE: El pago por depósito bancario deberá estar bien referenciado, incluyendo los tres rubros solicitados, no habrá devolución por pago mal referenciado.  Todos los eventos se llevarán a cabo en la Sala de Juntas de la Dirección General de la Planta de Asfalto de la Ciudad de México, ubicada en Avenida del Imán, Número 263, Planta Alta, Colonia Ajusco, Delegación Coyoacán, Ciudad de México, Código Postal 04300.  El idioma en que deberán presentarse las proposiciones será: Español.  La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: Peso mexicano.  No se otorga anticipo.