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Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México
DÉCIMA NOVENA ÉPOCA 17 DE JUNIO DE 2016 No. 96
Í N D I C E
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Secretaría de Desarrollo Económico
 Acuerdo de Supresión del Sistema de Datos Personales denominado “Sistema de Profesionales Inmobiliarios” 4
Procuraduría General de Justicia y Secretaría de Seguridad Pública
 Acuerdo mediante el cual se instruye a las Policías de la Ciudad de México, adscritas a la Procuraduría General de
Justicia y a la Secretaría de Seguridad Pública, para que en el Ejercicio de sus Funciones como Primer
Respondiente, utilicen el Formato de Informe Policial y sus anexos creados para tal efecto 6
Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades
 Aviso por el que se da a conocer la culminación de los Estudios de Factibilidad correspondientes al Programa de
Desarrollo Turístico Alternativo y Sustentable de los Pueblos Originarios de la Ciudad de México en Milpa Alta y
Tláhuac 8
 Aviso por el que se hacen del conocimiento público el Convenio de Colaboración celebrado entre FONATUR y el
GDF, para la elaboración y entrega del Programa de Desarrollo Turístico Alternativo y Sustentable de Pueblos
Originarios de la Ciudad de México Milpa Alta y Tláhuac 9
Coordinación General de Modernización Administrativa
 Aviso por el que se da a conocer el Servicio que presta la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal en
Materia de Asesorías y Asistencia Social denominado “Atención de Trabajo Social y Psicoterapéutica a Personas
Agresoras en Casos de Violencia Familiar” que ha obtenido la Constancia de Inscripción en el Registro Electrónico
de los Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal 10
Continúa en la Pág. 2
2 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17 de Junio de 2016
Índice
Viene de la Pág. 1
 Aviso por el que se modifican los Formatos de Solicitud de los Trámites denominados “Aviso de Visto Bueno de
Seguridad y Operación y su Renovación” y “Expedición de Licencia de Relotificación y su Prórroga”, a cargo del
Órgano Político-Administrativo en Miguel Hidalgo, en el Registro Electrónico de los Trámites y Servicios del
Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal 12
Delegación Xochimilco
 Nota aclaratoria al Aviso por el que se convoca a los Comerciantes inscritos en el Sistema de Comercio en Vía
Pública (SISCOVIP) para realizar la Regularización de Pagos por los Conceptos de Aprovechamientos por Uso y
Explotación de las Vías o Áreas Públicas ubicados en la Delegación Xochimilco, publicado en la Gaceta Oficial de
la Ciudad de México, de fecha 12 de abril de 2016 25
Caja de Previsión para Trabajadores a Lista de Raya
 Acuerdo por el que se modifica y adecua la denominación de la Caja de Previsión para Trabajadores a Lista de
Raya del Gobierno del Distrito Federal, para quedar como Caja de Previsión para Trabajadores a Lista de Raya del
Gobierno de la Ciudad de México 26
Universidad Autónoma de la Ciudad de México
 Acuerdo por el que se dan a conocer los días inhábiles de la Unidad de Transparencia de la Universidad Autónoma
de la Ciudad de México, para efectos de los Actos y Procedimientos competencia de esta Unidad; así como para la
Recepción, Substanciación, Resolución y Seguimiento de los Recursos de Revisión interpuestos ante el Instituto de
Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, correspondiente al año
2016 y enero 2017 28
Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales
 Aviso urgente por el que se da a conocer el Acuerdo Mediante el cual se aprueba la Normatividad para la Gestión
de las Solicitudes y Recursos de Revisión en Materia de Acceso a la Información Pública y de Protección de Datos
Personales 30
 CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS
 Secretaría del Medio Ambiente.- Licitación Pública Nacional Número LPN-14-2016.- Convocatoria 14.- Servicio
para la evaluación de la implementación de medición de códigos mediante OBDII en la verificación vehicular 33
 Secretaría del Medio Ambiente.- Sistema de Aguas de la Ciudad de México.- Licitación Pública Nacional
Número SACMEX-LP-025-2016.- Convocatoria 028.- Rehabilitación y sustitución de atarjeas 34
 Oficialía Mayor.- Licitación Pública Nacional Consolidada Número OM-DGRMSG-007-16.- Convocatoria 007.-
Adquisición de calzado operativo para el Ejercicio Fiscal 2016 37
 SECCIÓN DE AVISOS
 En Servicio de Computo tu Mejor Amigo, S.A. de C.V. 38
 Controladora Rosario, S.A. de C. V. 39
 Profecionales en Seguridad Privada y Protección Integral, S.A. de C.V. 40
 Metalesmidas de México, S.A. de C.V. 40
 Green Concept, S.A. de C.V. 41
 Faruq Maxico, S.A. de C.V. 41
 Twin Flames, S.A. de C.V. 42
17 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 3
 Cutler Jay S.A. de C.V. 42
 The Soulmates City, S.A. de C.V. 43
 Metales Chelcy, S.A. de C.V. 43
 Ruido Urbano Constructora, S.A. de C.V. 44
 Cosserav, S.C. 44
 Edictos 45
 Aviso 46
4 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17 de Junio de 2016
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
Salomón Chertorivski Woldenberg, Secretario de Desarrollo Económico de la Ciudad de México, con fundamento en los
artículos 15, fracción III, 16 fracción IV y 25 fracciones I, II, X y XV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Distrito Federal; 2º fracciones II, IV, XII y XVI, y 57 de la Ley para el Desarrollo Económico del Distrito Federal; 1º, 2º,
fracciones II, VII y X, y 6º de la Ley de Prestación de Servicios Inmobiliarios del Distrito Federal; 2º, párrafo quinto, 6° y
7° fracciones I y III de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; 7º, fracción III, inciso B), 32
Quinquies, fracciones XVIII, XIX y XX, y 53, fracciones XII, XIII y XIV del Reglamento Interior de la Administración
Pública del Distrito Federal; así como los numerales 6 y 9 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el
Distrito Federal; y
CONSIDERANDO
I. Que en términos de los artículos 2º, párrafo quinto, 6° y 7° fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales para el
Distrito Federal, la Secretaría de Desarrollo Económico es un Ente Público al que le corresponde determinar la creación,
modificación o supresión de sistemas de datos personales, en el ámbito de su competencia.
II. Que de conformidad con el artículo 7°, fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal y
numeral 6 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, la creación, modificación o
supresión de sistemas de datos personales deberá efectuarse mediante acuerdo emitido por el titular del Ente, publicado en
la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
III. Que el “Sistema de Profesionales Inmobiliarios” que se suprime mediante el presente Acuerdo fue inscrito en el
Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales (RESDP), administrado por el Instituto de Acceso a la Información
Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal con folio 0103030261840140726 de fecha veintiséis de julio
de dos mil catorce.
IV. Que al momento del registro del sistema se tomó en cuenta que la Ley de Prestación de Servicios Inmobiliarios del
Distrito Federal se encontraba publicada en la Gaceta Oficial de esta Entidad y estaba por salir a la vida jurídica la
Reglamentación de dicha Ley, mismo que a la fecha no ha sido publicado, situación que no permitió instrumentar e
implementar el Registro Único de Prestadores de Servicios Inmobiliarios señalado en el Capítulo Segundo Sección Primera
de la Ley citada, motivo por lo cual resulta procedente la supresión del sistema de datos personales que se creó para tal
efecto.
V.- Que de conformidad con el numeral 9 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal,
la supresión de un sistema de datos personales deberá ser notificada al Instituto de Acceso a la Información Pública y
Protección de Datos Personales del Distrito Federal dentro de los diez días hábiles siguientes, a efecto de que se proceda a la
cancelación de inscripción en el registro correspondiente.
Por lo que se emite el siguiente:
ACUERDO DE SUPRESIÓN DEL SISTEMA DE DATOS PERSONALES DENOMINADO “SISTEMA DE
PROFESIONALES INMOBILIARIOS”
PRIMERO.- Que el sistema de datos personales inscrito en el RESDP por la Secretaría de Desarrollo Económico del
Gobierno de la Ciudad de México, no ha sido implementado a la fecha debido a la falta de publicación del Reglamento de la
Ley de Prestación de Servicios Inmobiliarios, y por ello resulta improcedente el Sistema toda vez que legalmente ésta
Secretaría se encuentra impedida de implementar el Registro Único de Prestadores de Servicios Inmobiliarios señalado en la
Ley de Prestación de Servicios Inmobiliarios del Distrito Federal.
SEGUNDO.- Se suprime el sistema de datos personales denominado “Sistema de Profesionales Inmobiliarios” tomando en
cuenta el considerando IV del presente acuerdo.
17 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 5
TERCERO.- No aplica el destino de los datos, ya que no se ha recabado dato alguno desde la creación del Sistema de datos
personales.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, para que surta sus efectos al día
siguiente en que se da a conocer y en los términos que establece el numeral 9 tercer párrafo de los Lineamientos para la
Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
SEGUNDO.- Se instruye al Responsable del Sistema de Datos Personales denominado “Sistema de Profesionales
Inmobiliarios”, a efectuar las gestiones necesarias a efecto de suprimir el sistema de datos personales en el RESDP en
términos del presente acuerdo y del numeral 9 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito
Federal.
TERCERO.- Se instruye al Enlace en materia de datos personales de esta Secretaría para que realice las gestiones
necesarias a fin de notificar el presente acuerdo al Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos
Personales del Distrito Federal, dentro de los diez días hábiles siguientes a su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad
de México, en términos de lo dispuesto por el numeral 9 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el
Distrito Federal.
Ciudad de México a 10 de junio de 2016
El Secretario de Desarrollo Económico
de la Ciudad de México.
(Firma)
Salomón Chertorivski Woldenberg
6 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17 de Junio de 2016
PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA Y SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA
RODOLFO FERNANDO RÍOS GARZA E HIRAM ALMEIDA ESTRADA, Procurador General de Justicia del
Distrito Federal y Secretario de Seguridad Pública de la Ciudad de México, respectivamente, con fundamento en lo
dispuesto por los artículos 21, párrafos noveno y décimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 3,
39, apartado B, fracción I, y 40 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública; Artículo Décimo Primero
Transitorio (publicación del 5 de febrero de 2014) del Código Nacional de Procedimientos Penales; 10, 12, fracciones I, IV,
VII y VIII, 87 y 115, fracciones II y III del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2, 7, 15, fracciones X, XIII y párrafo
segundo, 16 fracción IV y 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 2, 3, 21, 23 y 24,
fracción XVIII, de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal; 1, 2, 5, 16 y 17 de la Ley de
Seguridad Pública del Distrito Federal; 3, 4, 6, 8, fracciones II y III, 18, fracciones II, III y VIII, 24 fracciones I y II, 26, 27,
29, fracciones I, VI y VII y 45 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal; 1, 2, 4 y 5 del
Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal; y, 3, 8, fracción II del
Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal.
CONSIDERANDO
Que el 18 de junio de 2008, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el cual se reformaron diversos
artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que dio paso a la creación del Sistema Procesal
Penal Acusatorio.
Que en el marco de dicha reforma, juegan un papel importante las policías, a quienes se les han encargado tareas específicas
para la investigación del delito, como la de ser Primer Respondiente, a través de la cual deben preservar el lugar de la
intervención, detener en flagrancia a las personas vinculadas con la comisión del hecho que la ley señala como delito,
realizar el registro de la detención, hacer la lectura de derechos del detenido, iniciar el registro de cadena de custodia,
entrevistar a los testigos o víctimas del delito, recibir la denuncia o la querella, entre otras.
Que el 5 de octubre de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el “Protocolo Nacional de Primer
Respondiente”, derivado de los Acuerdos del Consejo Nacional de Seguridad Pública, aprobados en su Trigésima Octava
Sesión Ordinaria, celebrada el 21 de agosto de 2015.
Que el 26 de noviembre de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Guía Nacional de Cadena de Custodia,
con la finalidad de hacer más eficiente el desempeño de las actividades de las autoridades de procuración de justicia y
seguridad pública, estableciéndose un adecuado manejo de la Cadena de Custodia que se le brinde a los objetos indicios o
elementos materiales probatorios, que puedan servir en las etapas del procedimiento penal.
Que a partir de la emisión del Protocolo y Guía aludidos, la Procuraduría General de Justicia y la Secretaría de Seguridad
Pública, se dieron a la tarea de elaborar los instrumentos de actuación policial, con la finalidad de unificar y eficientar su
proceder, con motivo de la investigación del delito, los cuales se encuentran armonizados con las disposiciones contenidas
en los instrumentos de referencia.
En virtud de lo anterior, hemos tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE INSTRUYE A LAS POLICÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO,
ADSCRITAS A LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA Y A LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD
PÚBLICA, PARA QUE EN EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES COMO PRIMER RESPONDIENTE,
UTILICEN EL FORMATO DE INFORME POLICIAL Y SUS ANEXOS CREADOS PARA TAL EFECTO.
PRIMERO.- El presente instrumento tiene por objeto, instruir a las Policías de la Ciudad de México, adscritas a la
Procuraduría General de Justicia y a la Secretaría de Seguridad Pública, para que en el ejercicio de sus funciones como
Primer Respondiente, utilicen el Formato de Informe Policial y sus Anexos, que han sido creados para tal efecto.
SEGUNDO.- Los documentos referidos en el numeral anterior, son los siguientes:
- Informe Policial;
Anexos.-
1. Cartilla de derechos del(a) detenido(a);
17 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 7
2. Registro de detención;
3. Registro de Cadena de Custodia;
3-A. Registro de cadena de custodia en caso de un cadáver;
4. Recepción de denuncia;
5. Acta de entrevista;
6. Acta de Ingreso a lugar cerrado sin orden judicial;
7. Custodia y puesta a disposición de vehículos;
8. Entrega-Recepción del lugar de los hechos o del hallazgo, así como de indicios;
9. Informe del uso de la fuerza;
10. Constancia de lectura de derechos a la víctima;
11. Inventario de objetos y bienes puestos a disposición del agente del Ministerio Público;
12. Constancia de entrega de niña(o) y/o adolescente y/o persona de grupo vulnerable; y,
13. Constancia de entrega de víctima (s)/ofendidos (as).
TERCERO.- Se instruye a las personas titulares de las unidades administrativas y operativas de la Procuraduría General de
Justicia y la Secretaría de Seguridad Pública, que tienen a su cargo personal policial, para que les ordenen que, en
cumplimiento de sus funciones como Primer Respondiente, requisiten, según sea el caso, el informe policial y sus anexos
descritos en el numeral anterior.
CUARTO.- En caso de incumplimiento al presente Acuerdo deberá darse vista a los órganos internos de control, así como a
aquellos que se encarguen de vigilar la actuación policial a efecto de que procedan conforme a la normatividad aplicable en
la materia.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
SEGUNDO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación.
TERCERO.- El personal ministerial de la Procuraduría General de Justicia, deberá ajustar su actuación, al marco de las
disposiciones contenidas en el presente Acuerdo.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección
Ciudad de México, a 16 de junio de 2016.
EL PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA DEL
DISTRITO FEDERAL
(Firma)
LIC. RODOLFO FERNANDO RÍOS GARZA
EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA
CIUDAD DE MÉXICO
(Firma)
LIC. HIRAM ALMEIDA ESTRADA
8 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17 de Junio de 2016
SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES
LIC. ROSA ICELA RODRÍGUEZ VELÁZQUEZ, Secretaria de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, con fundamento
en los artículos 15 fracción XX, 16 fracciones III y IV, y 23 Quintus de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito
Federal; 26 fracción X del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; artículos 2, 3 y 14 fracción XVII de la
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal y:
CONSIDERANDO
Que de conformidad con lo dispuesto en la normatividad vigente, expresado en el Artículo 23 Quintus, fracciones I y II de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, es facultad de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las
Comunidades (SEDEREC) formular, ejecutar, evaluar las políticas y programas en materia de turismo alternativo en un contexto de
salvaguarda del patrimonio cultural y natural de la entidad, enfocados a la habilitación, mejoramiento, equipamiento y promoción de
espacios dedicados al turismo alternativo. Es por ello que se conviene entre la SEDEREC y FONATUR (Fondo Nacional de Fomento al
Turismo) el establecimiento del “Programa de Desarrollo Turístico Alternativo y Sustentable de Pueblos Originarios de la Ciudad de
México en: Milpa Alta y Tláhuac”. El propósito es fortalecer y posicionar en forma ordenada la actividad turística a nivel regional,
aprovechando los atractivos turísticos naturales, patrimoniales y culturales en los Pueblos Originarios de la Ciudad de México.
Que la zona donde se localizan los Pueblos Originarios de la Ciudad de México objeto de este estudio, incluye áreas de alto valor turístico
y gran potencial de desarrollo con atractivos naturales como bosques, montañas y cuerpos de agua, además de contar con tradiciones, un
bagaje cultural imponente, arquitectura colonial y pasado histórico; todo ello teñido con el colorido de tradiciones ancestrales que se
mantienen vivas por el cuidado y orgullo de sus habitantes, brindan elementos para convertir a la zona en un importante destino turístico y
simultáneamente se coadyuve a la ampliación de oportunidades de empleo y de autoempleo.
Que el programa tiene como objetivo impulsar integralmente el desarrollo ordenado y sustentable de la actividad turística en la zona de
estudio, mediante la definición de estrategias, acciones e inversiones factibles de impulsar en escenarios de corto, mediano y largo plazo,
que deriven en proyectos detonadores y propuestas de actividades turísticas novedosas y de calidad, bajo criterios de conservación,
mejoramiento y rescate del medio ambiente en los entornos naturales y urbanos, en concordancia con las normas ambientales en las zonas
de suelo de conservación.
El estudio contiene las acciones para impulsar el área en cuestión como un destino turístico sustentable a través del uso racional de los
recursos en beneficio de sus habitantes.
Para lo cual se llevó a cabo el acopio de información estadística existente, estudios relacionados, visitas técnicas y trabajo de campo; así
como la revisión de las disposiciones legales vigentes en la Ciudad de México mismas que inciden en el desarrollo turístico y urbano de
las zonas de estudio.
El programa está integrado por 4 proyectos detonadores en las 2 Delegaciones. En Milpa Alta el Parador Turístico de San Pedro
Atocpan y el Agro Parque del Nopal y en Tláhuac el Embarcadero de los Reyes Aztecas y la Expo Sur .
En virtud de lo anterior es que el Gobierno de la Ciudad de México a través de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las
Comunidades, como una acción afirmativa en favor de salvaguarda del patrimonio cultural y natural, enfocados al mejoramiento,
equipamiento y promoción de espacios dedicados al turismo alternativo de las delegaciones rurales de la Ciudad de México, coadyuvará
en el “Programa de Desarrollo Turístico Alternativo y Sustentable de Pueblos Originarios de la Ciudad de México en: Milpa Alta y
Tláhuac ”, para lo cual emite el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA CULMINACIÓN DE LOS ESTUDIOS DE FACTIBILIDAD
CORRESPONDIENTES AL PROGRAMA DE DESARROLLO TURÍSTICO ALTERNATIVO Y SUSTENTABLE DE LOS
PUEBLOS ORIGINARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO EN: MILPA ALTA Y TLÁHUAC.
PRIMERO.- Se da a conocer que se culminaron los Estudio de factibilidad del Programa de Desarrollo Turístico Alternativo y
Sustentable de los Pueblos Originarios de la Ciudad de México en: Milpa Alta y Tláhuac, mismos que se encuentran publicados en su
versión compendiada en la liga del portal electrónico de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades
www.sederec.df.gob.mx.
SEGUNDO.- Asimismo, se informa a la ciudadanía que se continuará con las gestiones necesarias para la puesta en marcha de los
proyectos ubicados en Milpa Alta y Tláhuac: Embarcadero de los Reyes Aztecas, Expo Sur, El Parador Turístico de San Pedro Atocpan y
el Agro Parque del Nopal, a partir de los Estudio de factibilidad referido en la cláusula que antecede.
TRANSITORIO
ÚNICO.- Publíquese el presente aviso en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y en la página web de la SEDEREC para su difusión.
Ciudad de México, a 16 de junio de 2016
(Firma)
______________________________________________
LIC. ROSA ICELA RODRÍGUEZ VELÁZQUEZ
SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y
EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES
17 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9
SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES
LIC. ROSA ICELA RODRÍGUEZ VELÁZQUEZ, Secretaria de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, con
fundamento en los artículos 15 fracción XX, 16 fracciones III y IV, y 23 Quintus de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Distrito Federal; 26 fracción X del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal;
artículos 2, 3 y 14 fracción XVII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal y:
CONSIDERANDO
Que de conformidad con lo dispuesto en la normatividad vigente, expresado en el Artículo 23 Quintus, fracciones I y II de
la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, es facultad de la Secretaría de Desarrollo Rural y
Equidad para las Comunidades (SEDEREC) formular, ejecutar, evaluar las políticas y programas en materia de turismo
alternativo en un contexto de salvaguarda del patrimonio cultural y natural de la entidad, enfocados a la habilitación,
mejoramiento, equipamiento y promoción de espacios dedicados al turismo alternativo. Es por ello que se conviene entre la
SEDEREC y FONATUR (Fondo Nacional de Fomento al Turismo) el establecimiento del “Programa de Desarrollo
Turístico Alternativo y Sustentable de Pueblos Originarios de la Ciudad de México en: Milpa Alta y Tláhuac”. El propósito
es fortalecer y posicionar en forma ordenada la actividad turística a nivel regional, aprovechando los atractivos turísticos
naturales, patrimoniales y culturales en los Pueblos Originarios de la Ciudad de México.
En virtud de lo anterior es que el Gobierno de la Ciudad de México a través de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad
para las Comunidades, como una acción afirmativa en favor de salvaguarda del patrimonio cultural y natural, enfocados al
mejoramiento, equipamiento y promoción de espacios dedicados al turismo alternativo de las delegaciones rurales de la
Ciudad de México, coadyuvará en el “Programa de Desarrollo Turístico Alternativo y Sustentable de Pueblos Originarios de
la Ciudad de México en: Milpa Alta y Tláhuac ”, para lo cual emite el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE HACEN DEL CONOCIMIENTO PÚBLICO EL CONVENIO DE COLABORACIÓN
CELEBRADO ENTRE FONATUR Y EL GDF, PARA LA ELABORACIÓN Y ENTREGA DEL PROGRAMA DE
DESARROLLO TURÍSTICO ALTERNATIVO Y SUSTENTABLE DE PUEBLOS ORIGINARIOS DE LA
CIUDAD DE MÉXICO: MILPA ALTA Y TLÁHUAC
ÚNICO.- Con fecha 16 de julio de 2015, se celebró Convenio de Coordinación entre Nacional Financiera, S.N.C. como
Fiduciaria en el Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento al Turismo, “FONATUR”, y el Gobierno del Distrito Federal,
“EL GDF”, con el objeto establecer las bases de colaboración y coordinación entre las partes, a fin de que “FONATUR”
elaboré y entregue a “EL GDF”, el “Programa de Desarrollo Turístico Alternativo y Sustentable de Pueblos
Originarios de la Ciudad de México en: Milpa Alta y Tláhuac”, con vigencia de 12 meses. Dicho Convenio de
Coordinación, se encuentra publicado para su difusión en la liga del portal electrónico de la Secretaría de Desarrollo Rural y
Equidad para las Comunidades www.sederec.df.gob.mx.
TRANSITORIO
ÚNICO.- Publíquese el presente aviso en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y en la página web de la SEDEREC
para su difusión.
Ciudad de México, a 16 de junio de 2016
(Firma)
______________________________________________
LIC. ROSA ICELA RODRÍGUEZ VELÁZQUEZ
SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y
EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES
10 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17 de Junio de 2016
COORDINACIÓN GENERAL DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA
OLIVER CASTAÑEDA CORREA, Coordinador General de Modernización Administrativa y Titular de la Unidad de
Mejora Regulatoria del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 13, fracción III, 24, 25, 26, 27 y
28 de la Ley de Gobierno Electrónico del Distrito Federal11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito
Federal; y 101 Bis, fracciones XXIV, XXXVIII, XL y XLII del Reglamento Interior de la Administración Pública del
Distrito Federal; numerales Tercero fracción XVI, Cuarto fracción I, Noveno fracciones I, V, IX, X y XV, Décimo Primero
y Vigésimo Tercero del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal; y 2, fracción II, 4 fracción XXIII,
13.2.1, 13.4.1, 13.4.2, 13.4.3, 13.8.2, 13.8.5, 18.5, 18.8, 28.1, 28.2, 28.3 y 29.1 de las Reglas de Operación del Registro
Electrónico de los Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal, y
CONSIDERANDO
Que la Ley de Gobierno Electrónico del Distrito Federal señala que el Registro Electrónico de Trámites y Servicios será
operado y administrado por la Oficialía Mayor, a través de la Coordinación General de Modernización Administrativa que,
en su carácter de Unidad de Mejora Regulatoria de la Ciudad de México, será la encargada de verificar que los trámites y
servicios, y sus formatos correspondientes, cumplan con los principios de legalidad, juridicidad, simplificación,
información, transparencia e imparcialidad para su inscripción, y que ésta tiene la facultad de normar, promover, formular,
instrumentar, ejecutar, dar seguimiento y evaluar las acciones en materia de simplificación administrativa, mejora
regulatoria y mejora de la gestión de trámites y servicios de la Administración Pública.
Que el Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y el Manual de Trámites y Servicios al
Público del Distrito Federal, establecen entre otras atribuciones de la Coordinación General de Modernización
Administrativa las de operar y administrar el Registro Electrónico de los Trámites y Servicios del Manual de Trámites y
Servicios al Público del Distrito Federal y el Portal Web Oficial de Trámites y Servicios; desempeñar las funciones de la
Unidad de Mejora Regulatoria del Distrito Federal, y ser la instancia facultada para publicar en la Gaceta Oficial de la
Ciudad de México los formatos de solicitud de trámites y servicios que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico y
difundirlos en el Portal Trámites CDMX.
Que una vez que se ha concluido con el proceso de inscripción en el Registro Electrónico de los Trámites y Servicios del
Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal, de un servicio que presta la Procuraduría General de Justicia
del Distrito Federal y se ha expedido la Constancia de Inscripción de éste, es procedente su publicación en la Gaceta Oficial
de la Ciudad de México para que produzca sus efectos jurídicos en cumplimiento a lo establecido en el artículo 11 de la Ley
de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal.
Que una vez que se publique el servicio que presta la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal en la Gaceta
Oficial de la Ciudad de México, éste surtirá sus efectos jurídicos y será susceptible de su aplicación en la forma y términos
en los que fueron inscritos en el Registro Electrónico de Trámites y Servicios y sean difundidos en el Portal Web Oficial de
Trámites y Servicios del Distrito Federal (Trámites CDMX), por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL SERVICIO QUE PRESTA LA PROCURADURÍA GENERAL DE
JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL EN MATERIA DE ASESORIAS Y ASISTENCIA SOCIAL
DENOMINADO “ATENCIÓN DE TRABAJO SOCIAL Y PSICOTERAPÉUTICA A PERSONAS AGRESORAS
EN CASOS DE VIOLENCIA FAMILIAR” QUE HA OBTENIDO LA CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN EN EL
REGISTRO ELECTRÓNICO DE LOS TRÁMITES Y SERVICIOS DEL MANUAL DE TRÁMITES Y
SERVICIOS AL PÚBLICO DEL DISTRITO FEDERAL
PRIMERO.- Se da a conocer el servicio en materia de Asesorías y Asistencia Social de la Procuraduría General de Justicia
del Distrito Federal, denominado “Atención de trabajo social y psicoterapéutica a personas agresoras en casos de violencia
familiar” que ha obtenido la Constancia de Inscripción en el Registro Electrónico de los Trámites y Servicios del Manual de
Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal.
SEGUNDO.- La Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, deberá conocer, substanciar, resolver u otorgar el
servicio a que se refiere el presente Aviso en los términos y condiciones en los que fue inscrito en el Registro Electrónico de
17 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11
Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal y como aparece en el Portal Web
Oficial de Trámites y Servicios del Distrito Federal (Trámites CDMX), por lo que no podrá modificarse o alterarse en forma
alguna, sin cumplir previamente el procedimiento de actualización, modificación o baja a que se refiere el Manual de
Trámites y Servicios multicitado, ni solicitar requisitos adicionales, so pena de incurrir en alguna responsabilidad de
carácter administrativa.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
SEGUNDO.- El Presente aviso, entrará en vigor el día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México.
Dado en la Ciudad de México, el ocho del mes de junio de dos mil dieciséis.
EL COORDINADOR GENERAL DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y
TITULAR DE LA UNIDAD DE MEJORA REGULATORIA DEL DISTRITO FEDERAL
(Firma)
OLIVER CASTAÑEDA CORREA
LISTADO DE TRÁMITES Y SERVICIOS QUE HAN OBTENIDO LA CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN EN EL
REGISTRO ELECTRÓNICO DE LOS TRÁMITES Y SERVICIOS DEL MANUAL DE TRÁMITES Y
SERVICIOS AL PÚBLICO DEL DISTRITO FEDERAL
ÍNDICE TEMÁTICO POR ÓRGANO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
DEL DISTRITO FEDERAL
No. Nombre del Trámite Tipo Materia
Órgano que
Registra
No. de
Anexo
1 a 672…
673
Atención de trabajo social y
psicoterapéutica a personas agresoras
en casos de violencia familiar
Servicio
Asesorías y Asistencia
Social
Procuraduría
General de Justicia
del Distrito Federal
Sin anexo
12 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17 de Junio de 2016
COORDINACIÓN GENERAL DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA
OLIVER CASTAÑEDA CORREA, Coordinador General de Modernización Administrativa y Titular de la Unidad de
Mejora Regulatoria del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 13, fracción III, 24, 25, 26, 27 y
28 de la Ley de Gobierno Electrónico del Distrito Federal; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito
Federal; y 101 Bis, fracciones XXIV, XXXVIII, XL y XLII del Reglamento Interior de la Administración Pública del
Distrito Federal; numerales Tercero fracción XVI, Cuarto fracción I, Noveno fracciones I, V, IX, X y XV, Décimo Primero
y Vigésimo Tercero del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal; y 2, fracción II, 4 fracción XXIII,
13.2.1, 13.4.1, 13.4.2, 13.4.3, 13.8.2, 13.8.5, 18.5, 18.8, 28.1, 28.2, 28.3 y 29.1 de las Reglas de Operación del Registro
Electrónico de los Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal, y
CONSIDERANDO
Que la Ley de Gobierno Electrónico del Distrito Federal señala que el Registro Electrónico de Trámites y Servicios será
operado y administrado por la Oficialía Mayor, a través de la Coordinación General de Modernización Administrativa que,
en su carácter de Unidad de Mejora Regulatoria del Distrito Federal, será la encargada de verificar que los trámites y
servicios, y sus formatos correspondientes, cumplan con los principios de legalidad, juridicidad, simplificación,
información, transparencia e imparcialidad para su inscripción, y que ésta tiene la facultad de normar, promover, formular,
instrumentar, ejecutar, dar seguimiento y evaluar las acciones en materia de simplificación administrativa, mejora
regulatoria y mejora de la gestión de trámites y servicios de la Administración Pública.
Que el Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y el Manual de Trámites y Servicios al
Público del Distrito Federal, establecen entre otras atribuciones de la Coordinación General de Modernización
Administrativa las de operar y administrar el Registro Electrónico de los Trámites y Servicios y el Portal Web de Trámites y
Servicios; desempeñar las funciones de la Unidad de Mejora Regulatoria del Distrito Federal, y ser la instancia facultada
para publicar en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México los formatos de trámites y servicios que se encuentren inscritos
en el Registro Electrónico y difundirlos en el Portal Web Oficial de Trámites y Servicios (Trámites CDMX).
Que el 24 de febrero de 2016, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el Aviso por el que se dieron a
conocer, entre otros, los trámites denominados “Aviso de Visto Bueno de seguridad y operación y su renovación” y
“Expedición de licencia de relotificación y su prórroga”, a cargo del Órgano Político-Administrativo en Miguel Hidalgo,
que han obtenido la constancia de inscripción en el Registro Electrónico de los Trámites y Servicios del Manual de Trámites
y Servicios al Público del Distrito Federal.
Que con la finalidad de proporcionar a los ciudadanos información clara, precisa y transparente, el Órgano Político-
Administrativo en Miguel Hidalgo inició el proceso de modificación a que se refieren los artículos 26 y 28 de la Ley de
Gobierno Electrónico del Distrito Federal; el artículo DECIMO TERCERO del Manual de Trámites y Servicios al Público
del Distrito Federal y el numeral 13.1 de las Reglas de Operación del Registro Electrónico de los Trámites y Servicios, y por
tanto fue necesario modificar los Trámites “Aviso de Visto Bueno de seguridad y operación y su renovación” y “Expedición
de licencia de relotificación y su prórroga”que fueron publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México de 24 de
febrero de 2016.
Que una vez que se publiquen los formatos de los trámites a cargo del Órgano Político-Administrativo en Miguel Hidalgo
en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, éstos surtirán sus efectos jurídicos y serán susceptibles de su aplicación en la
forma y términos en los que se difunden y fueron modificados en el Registro Electrónico de Trámites y Servicios y como
aparecen en el Portal Web Oficial de Trámites y Servicios (Trámites CDMX), por lo que he tenido a bien expedir el
siguiente:
AVISO POR EL QUE SE MODIFICAN LOS FORMATOS DE SOLICITUD DE LOS TRÁMITES
DENOMINADOS “AVISO DE VISTO BUENO DE SEGURIDAD Y OPERACIÓN Y SU RENOVACIÓN” Y
“EXPEDICIÓN DE LICENCIA DE RELOTIFICACIÓN Y SU PRÓRROGA”, A CARGO DEL ÓRGANO
POLÍTICO-ADMINISTRATIVO EN MIGUEL HIDALGO, EN EL REGISTRO ELECTRÓNICO DE LOS
TRÁMITES Y SERVICIOS DEL MANUAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS AL PÚBLICO DEL DISTRITO
FEDERAL
PRIMERO.- Se modifican los formatos de los trámites denominados: “Aviso de Visto Bueno de seguridad y operación y
su renovación” y “Expedición de licencia de relotificación y su prórroga”, publicados el 24 de febrero de 2016, en la Gaceta
17 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 13
Oficial de la Ciudad de México, mediante el Aviso por el que se da a conocer el Listado, así como los Formatos de Solicitud
de los Trámites que presta el Órgano Político Administrativo en Miguel Hidalgo, en materia de Construcciones y Obras y
Uso de Suelo, que han obtenido la Constancia de Inscripción en el Registro Electrónico de los Trámites y Servicios del
Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal.
SEGUNDO.- El Órgano Político-Administrativo en Miguel Hidalgo, deberá conocer, substanciar, resolver u otorgar los
trámites y su formatos de solicitud a que se refiere el presente Aviso en los términos y condiciones en los que fueron
modificados en el Registro Electrónico de Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito
Federal y como aparecen en el Portal Web Oficial de Trámites y Servicios (Trámites CDMX), por lo que no podrán
alterarse en forma alguna, sin cumplir previamente el procedimiento de actualización, modificación o baja a que se refiere el
Manual de Trámites y Servicios multicitado, ni solicitar requisitos adicionales, so pena de incurrir en alguna responsabilidad
de carácter administrativa.
TERCERO.- Se dejan sin efectos los formatos de solicitud de los trámites “Aviso de Visto Bueno de seguridad y operación
y su renovación” y “Expedición de licencia de relotificación y su prórroga”, publicados el 24 de febrero de 2016 en la
Gaceta Oficial de la Ciudad de México, mediante Aviso por el que se da a conocer el Listado, así como los Formatos de
Solicitud de los Trámites que presta el Órgano Político Administrativo en Miguel Hidalgo, en materia de Construcciones y
Obras y Uso de Suelo, que han obtenido la Constancia de Inscripción en el Registro Electrónico de los Trámites y Servicios
del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal.
CUARTO.- El formato de solicitud del trámite denominado “Expedición de Licencia de Subdivisión, Fusión y prórroga”,
contenido en el Anexo 7, del Aviso por el que se dieron a conocer diversos trámites a cargo del Órgano Político-
Administrativo en Miguel Hidalgo, publicado el 24 de febrero de 2016 en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, por
virtud del presente Aviso, se cambia de orden, para quedar como Anexo 9.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
SEGUNDO.- El presente Aviso, entrará en vigor el día de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Dado en la Ciudad de México, a los ocho días del mes de junio de dos mil dieciséis.
EL COORDINADOR GENERAL DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y TITULAR DE LA UNIDAD DE
MEJORA REGULATORIA DEL DISTRITO FEDERAL
(Firma)
OLIVER CASTAÑEDA CORREA
LISTADO DE TRÁMITES MODIFICADOS EN EL REGISTRO ELECTRÓNICO DE LOS TRÁMITES Y
SERVICIOS DEL MANUAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS AL PÚBLICO DEL DISTRITO FEDERAL
ÍNDICE TEMÁTICO POR ÓRGANO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
DE LA CIUDAD DE MÉXICO
No. Nombre del Trámite Tipo Materia
Dependencia que
Norma
No. de Anexo
604
Aviso de Visto Bueno de
seguridad y operación y su
renovación
Trámite
Construcciones
y Obras
Órgano Político-
Administrativo en
Miguel Hidalgo
Anexo 7
605
Expedición de licencia de
subdivisión, fusión y prórroga
Trámite Uso de Suelo
Órgano Político-
Administrativo en
Miguel Hidalgo
Anexo 8
606
Expedición de licencia de
relotificación y su prórroga
Trámite Uso de Suelo
Órgano Político-
Administrativo en
Miguel Hidalgo
Anexo 9
14 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17 de Junio de 2016
Anexo 7
Folio:
C la v e de fo rm a to :
de de
* Los datos solicitados en este bloque son obligatorios.
* Los datos solicitados en este bloque son obligatorios en caso de ser persona moral.
Fecha
Apellido Paterno Apellido Materno
C. Jefe(a) Delegacional
Presente
Declaro bajo protesta de decir verdad que la información y documentación proporcionada es verídica, por lo que en caso de existir
falsedad en ella, tengo pleno conocimiento que se aplicarán las sanciones administrativas y penas establecidas en los ordenamientos
respectivos para quienes se conducen con falsedad ante la autoridad competente, en términos del artículo 32 de la Ley de Procedimiento
Administrativo, con relación al 311 del Código Penal, ambos del Distrito Federal.
Información al interesado sobre el tratamiento de sus datos personales
Los datos personales recabados serán protegidos, incorporados y tratados en el Sistema de Datos Personales (Nombre del Sistema de
Datos Personales) el cual tiene su fundamento en (Fundamento legal que faculta al ente público para recabar los datos personales), cuya
finalidad es (Describir la finalidad del Sistema) y podrán ser transmitidos a (Destinatario y finalidad de la transmisión), además de otras
transmisiones previstas en la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. Con excepción del teléfono particular, los
demás datos son obligatorios y sin ellos no podrá acceder al servicio o completar el trámite (Indicar el trámite o servicio de que se trate).
Asimismo, se le informa que sus datos no podrán ser difundidos sin su consentimiento expreso, salvo las excepciones previstas en la ley.
El responsable del Sistema de Datos Personales es (Nombre del responsable del Sistema), y la dirección donde podrá ejercer los derechos
de acceso, rectificación, cancelación y oposición, así como la revocación del consentimiento es (Indicar el domicilio de la Oficina de
Información Pública correspondiente). El titular de los datos podrá dirigirse al Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección
de Datos Personales del Distrito Federal, donde recibirá asesoría sobre los derechos que tutela la Ley de Protección de Datos Personales
para el Distrito Federal al teléfono 56 36 46 36; correo electrónico: datospersonales@infodf.org.mx o en la página www.infodf.org.mx.
Fecha de vencimiento Actividad autorizada a realizar
Identificación Oficial Número / Folio
(Credencial para
votar, Pasaporte,
Nacionalidad
En su caso
Documento con el que acredita la situación
NO MBRE DEL TRÁMITE: AVISO DE VISTO BUENO DE SEGURIDAD Y OPERACIÓN Y SU RENOVACIÓN
Ciudad de México, a
DATO S DEL INTERESADO (PERSO NA FÍSICA)
Nombre (s)
migratoria y estancia legal en el país
Nombre del Notario o Corredor Público
Número de Notaría o Correduría Entidad Federativa
DATO S DEL INTERESADO (PERSO NA MO RAL)
Denominación o razón social
Acta Constitutiva o Póliza
Número o Folio del Acta o Póliza Fecha de otorgamiento
Apellido Paterno Apellido Materno
Identificación Oficial Número / Folio
Inscripción en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio
Folio o Número
Entidad Federativa
DATO S DEL REPRESENTANTE LEGAL, APO DERADO O TUTO R
* Los datos solicitados en este bloque son obligatorios en caso de actuar en calidad de representante legal, apoderado, mandatario o tutor.
Nombre (s)
Nacionalidad
TMHIDALGO_AVB_1
DELEGACIÓN
MIGUEL
HIDALGO
17 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15
Calle
PARA EL AVISO DE VISTO BUENO DE SEGURIDAD Y OPERACIÓN
PARA LA RENOVACIÓN DEL VISTO BUENO DE SEGURIDAD Y OPERACIÓN
Corredor Público o Juez
Número de Notaría, Entidad Federativa
Correduría o Juzgado
Instrumento o documento con el que acredita la representación
Número o Folio Nombre del Notario,
Colonia
Delegación C.P.
Inscripción en el Registro Público
de la Propiedad y de Comercio
DOMICILIO PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES Y DOCUMENTOS EN EL DISTRITO FEDERAL
* Los datos solicitados en este bloque son obligatorios.
No. Exterior No. Interior
REQUISITOS
1. Este formato debidamente requisitado. 2. Identificación oficial con fotografía (credencial para
votar, licencia para conducir, cartilla del servicio
militar nacional, pasaporte, cédula profesional , carta
de naturalización o certificado de nacionalidad
mexicana) y copia.
3. Los resultados de las pruebas señaladas en los artículos 185 y 186
del Reglamento de Construcciones del Distrito Federal.
4. Documento con el que se acredite la personalidad, en
los casos de representante legal (Acta Constitutiva,
Carta Poder, Poder Notarial).
5. Responsiva y carnet del director responsable de obra, en su caso.
6. Responsiva y carnet del corresponsable en
Instalaciones, tratándose de giros industriales que
excedan de 40 m2
Correo electrónico para recibir notificaciones
Persona autorizada para oír y recibir notificaciones y documentos
Nombre (s)
Apellido Paterno Apellido Materno
Costo: Artículo, fracción, inciso, subinciso Sin costo
del Código Fiscal del Distrito Federal
7. Constancia de seguridad estructural, en su caso. 8. Copia de manifestación de construcción, en su caso.
1. Este formato debidamente requisitado.
FUNDAMENTO JURÍDICO
Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal.- Artículo 7º fracción
VII.
Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal.-
Artículos 34 fracción IV, 35 fracción X, 68, 69 y 70.
2. Visto bueno de seguridad y operación.
Documento a obtener Registro o Renovación del registro
Vigencia del documento a obtener 3 años para el Registro y 3 para la Renovación.
Procedencia de la Afirmativa o Negativa Ficta No aplica
16 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17 de Junio de 2016
Calle
Calle
Correo electrónico
Calle No. C.P.
m2
m2
m2
m2
Si No
m2
% m2
%
De fecha ______________________
DATOS DEL PREDIO
No. Exterior No. Interior
Cuenta Catastral Superficie
Título de propiedad o documento con el que se acredita la legal posesión
Escritura Pública No.
Colonia
Delegación C.P.
Folio de Inscripción en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio
Fecha Otro documento
Notario No.
Entidad Federativa
No. Exterior No. Interior
Colonia
DIRECTOR RESPONSABLE DE OBRA
Nombre Registro No.
CORRESPONSABLES
Nombre Registro No.
Delegación C.P.
Teléfono
Nombre Registro No.
Corresponsable en: Instalaciones
Corresponsable en: Seguridad Estructural
Nombre Registro No.
Corresponsable en: Diseño Urbano y Arquitectónico
Superficie b.n.b
DATOS DEL INMUEBLE
Colonia Delegación
m2
m2
Estacionamiento cubierto Estacionamiento descubierto
Semisótano Número de sótanos
Cuenta Catastral Superficie del predio
Superficie total construida Superficie s.n.b
Número de niveles s.n.b Número de viviendas (en su caso)
Licencia o número de Manifestación de Construcción No. de fecha
Cajo nes de es tacio namiento
Superficie de desplante Área libre
En caso de instalación o edificación recién construida, en términos del artículo 68 del Reglamento de Construcciones para el Distrito
Federal, número de licencia de construcción especial o registro de manifestación de construcción tipo _____ N°_________________
(s.n.b = Sobre nivel de banqueta; b.n.b = Bajo nivel de banqueta
DESCRIPCIÓN DEL INMUEBLE SUPERFICIE(S) OCUPADA(S) POR USO(S)
17 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17
RESPONSIVA
Bajo nuestra responsabilidad, hacemos constar que el inmueble descrito cumple con lo dispuesto en el Reglamento de Construcciones para
el Distrito Federal y demás normas aplicables, en cuanto a su operación, funcionamiento e instalaciones y que cuenta con los equipos y
sistemas de seguridad que se requieren para situaciones de emergencia, suscribimos el presente visto bueno de seguridad y operación.
Nombre Firma
Representante legal
Nombre
Director Responsable de Obra
Nombre
Propietario, poseedor o interesado
Nombre
Corresponsable en: Diseño Urbano y Arquitectónico
Nombre
Corresponsable en: Instalaciones
OBSERVACIONES
a) Debe ser renovado cada 3 años o cuando se realice cambio de uso o de instalaciones en la edificación.
b) Una vez descargada la responsiva en el carnet del Director Responsable de Obra, se debe entregar una copia para el expediente.
c) En caso que el predio se localice en dos o más delegaciones el trámite debe gestionarse en la Ventanilla Única de la Secretaría de
Desarrollo Urbano y Vivienda.
Nombre
Corresponsable en: Seguridad Estructural
Nombre
INTERESADO O REPRESENTANTE LEGAL (en su caso)
______________________________
Nombre y Firma
El interesado entregará la solicitud por duplicado y conservará un ejemplar para acuse de recibo que contenga sello
original y firma autógrafa del servidor público que recibe.
18 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17 de Junio de 2016
LA PRESENTEHOJA Y LA FIRMA QUEAPARECEAL CALCE, FORMAN PARTEINTEGRANTEDELA SOLICITUD DEL
TRÁMITE AVISO DEVISTO BUENO DESEGURIDAD Y OPERACIÓN DEFECHA _____ DE___ DE______
electrónica http://www.anticorrupcion.df.gob.mx/index.php/sistema-de-denuncia-ciudadana
QUEJAS O DENUNCIAS
QUEJATEL LOCATEL 56 58 11 11, HONESTEL 55 33 55 33.
DENUNCIA irregularidades a través del Sistema de Denuncia Ciudadana vía Internet a la dirección
Recibió (para ser llenado por la autoridad) Sello de recepción
Área
Nombre
Cargo
Firma
17 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19
Anexo 8
Folio:
C la v e de fo rm a to :
de de
* Los datos solicitados en este bloque son obligatorios.
* Los datos solicitados en este bloque son obligatorios en caso de ser persona moral.
Fecha
Los datos personales recabados serán protegidos, incorporados y tratados en el Sistema de Datos Personales (Nombre del Sistema de Datos Personales) el cual
tiene su fundamento en (Fundamento legal que faculta al ente público para recabar los datos personales), cuya finalidad es (Describir la finalidad del Sistema) y
podrán ser transmitidos a (Destinatario y finalidad de la transmisión), además de otras transmisiones previstas en la Ley de Protección de Datos Personales
para el Distrito Federal. Con excepción del teléfono particular, los demás datos son obligatorios y sin ellos no podrá acceder al servicio o completar el trámite
(Indicar el trámite o servicio de que se trate). Asimismo, se le informa que sus datos no podrán ser difundidos sin su consentimiento expreso, salvo las
excepciones previstas en la ley. El responsable del Sistema de Datos Personales es (Nombre del responsable del Sistema), y la dirección donde podrá ejercer los
derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, así como la revocación del consentimiento es (Indicar el domicilio de la Oficina de Información
Pública correspondiente). El titular de los datos podrá dirigirse al Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito
Federal, donde recibirá asesoría sobre los derechos que tutela la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal al teléfono 56 36 46 36; correo
electrónico: datospersonales@infodf.org.mx o en la página www.infodf.org.mx.
Identificación Oficial Número / Folio
Inscripción en el Registro Público
DATOS DEL INTERESADO (PERSONA MORAL)
Acta Constitutiva o Póliza
Denominación o razón social
Número o Folio del Acta o Póliza
Nombre del Notario o Corredor Público
Fecha de otorgamiento
Número de Notaría o Correduría Entidad Federativa
Correduría o Juzgado
Entidad Federativa
Nombre (s)
Apellido Paterno Apellido Materno
TMHIDALGO_ELS
En su caso
Identificación Oficial
NOMBRE DEL TRÁMITE: EXPEDICIÓN DE LICENCIA DE SUBDIVISIÓN, FUSIÓN Y PRÓRROGA
Ciudad de México, a
C. Jefe(a) Delegacional
DATOS DEL INTERESADO (PERSONA FÍSICA)
Apellido Paterno
Nombre (s)
Presente
Declaro bajo protesta de decir verdad que la información y documentación proporcionada es verídica, por lo que en caso de existir falsedad en ella, tengo pleno
conocimiento que se aplicarán las sanciones administrativas y penas establecidas en los ordenamientos respectivos para quienes se conducen con falsedad ante la
autoridad competente, en términos del artículo 32 de la Ley de Procedimiento Administrativo, con relación al 311 del Código Penal, ambos del Distrito
Federal.
Información al interesado sobre el tratamiento de sus datos personales
Apellido Materno
Nombre del Notario,
Nacionalidad
Instrumento o documento con el que acredita la representación
de la Propiedad y de Comercio
Número de Notaría,
Documento con el que acredita la situación
migratoria y estancia legal en el país
Fecha de vencimiento
Número / Folio
Actividad autorizada a realizar
Nacionalidad
(Credencial para votar, Pasaporte, Cartilla, etc.)
Inscripción en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio
Entidad Federativa
DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL, APODERADO O TUTOR
* Los datos solicitados en este bloque son obligatorios en caso de actuar en calidad de representante legal, apoderado, mandatario o tutor.
Folio o Número
Número o Folio
Corredor Público o Juez
DELEGACIÓN
MIGUEL
HIDALGO
20 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17 de Junio de 2016
Calle
Tiempo de respuesta
Calle
Número de viviendas solicitadas:
Cinco días háblies
Folio de Inscripción en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio
Fecha Otro documento
Entidad Federativa
Superficie por vivienda solicitada:
Título de propiedad o documento con el que se acredita la legal posesión
Escritura Pública No.
Notario No.
Cuenta Catastral Superficie
Señalar la aplicación de alguna norma en particular:
Uso de suelo solicitado: m2 de las áreas:
Colonia
Delegación C.P.
DATOS DEL PREDIO
No. Exterior No. Interior
Procedencia de la Afirmativa o Negativa Ficta Afirmativa ficta: Procede; Negativa ficta: No procede
Documento a obtener Licencia o prórroga
Vigencia del documento a obtener 180 días hábiles
Costo: Artículos 20 y 188 del Código Fiscal del Distrito Federal
Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal.- Artículo 4 fracciones III y IV,
7 fracciones I, VII, XVIII, XXIII y XXXIV, 8 fracción III y 87 fracciones VII
y VIII.
Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal
Artículos 2, 5, 74, 75, 127, 129, 130, 132 134 y 135 fracciones I y
III.
7. Croquis en original y dos tantos que contengan en la parte superior, la
situación actual del o de los inmuebles, consignando las calles colindantes, la
superficie y linderos reales del predio y, en la parte inferior el anteproyecto de
fusión o subdivisión, consignando también las calles colindantes, la superficie
y linderos del predio o predios resultantes;
8. Constancia original del folio real, copia simple del testimonio de la
escritura de propiedad del o los inmuebles que se pretenden subdividir o
fusionar;
FUNDAMENTO JURÍDICO
9. Constancia de adeudos a que se refiere el artículo 20 del Código Fiscal del
Distrito Federal.
Para la obtencion de la prórroga, llenar este formato y presentar el
pago de derechos correspondiente.
REQUISITOS
1. Este formato debidamente requisitado y firmado; 2. Documento que acredite la personalidad del representante legal con
facultades de actos de dominio; (Acta Constitutiva, Carta Poder y
Poder Notarial)
5. Certificado Único de Zonificación de Uso de Suelo vigente, de cada
inmueble involucrado;
6. Constancia de alineamiento y número oficial, de los inmuebles que
tengan frente a vía pública;
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal Artículo 39
fracción III.
Apellido Paterno Apellido Materno
3. Identificación oficial con fotografía (Credencial para votar, licencia de
conducir, cartilla del servicio militar nacional, Pasaporte, cédula profesional o
carta de naturalización o certificado de nacionalidad mexicana);
4. Copia de la boleta predial de cada inmueble involucrado;
Persona autorizada para oír y recibir notificaciones y documentos
Nombre (s)
Correo electrónico para recibir notificaciones
Colonia
Delegación C.P.
DOMICILIO PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES Y DOCUMENTOS EN EL DISTRITO FEDERAL
* Los datos solicitados en este bloque son obligatorios.
No. Exterior No. Interior
17 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 21
Observaciones
INTERESADO O REPRESENTANTE
LEGAL (en su caso)
______________________________
Nombre y Firma
INTERESADO O
REPRESENTANTE LEGAL (en su
_____________________________
_
Nombre y Firma
INTERESADO O REPRESENTANTE
LEGAL (en su caso)
______________________________
Nombre y Firma
a) La expedición de la licencia de subdivisión o fusión no prejuzga sobre el destino de los predios, no obstante una vez expedida, los
predios resultantes deberán sujetarse a lo que establezcan los Programas de Desarrollo Urbano;
b) Expedida la licencia, esta deberá constar en escritura pública dentro de los 180 días hábiles posteriores a aquel en que se otorgue y el
particular tendrá la obligación de notificar a la Delegación o a la Secretaría, en su caso.
c) Para el caso de predios ubicados en dos o más Delegaciones, se tramitará en la Ventanilla Única de la Secretaría de Desarrollo Urbano y
Vivienda.
d) La afirmativa ficta para la licencia y su prórroga procede solo si son cubiertos todos los requisitos y efectuado el pago de derechos el
cual deberá ser acreditado por la autoridad
e) La prórroga de la licencia debe solicitarse quince días antes del vencimiento de la misma.
Para todos aquellos casos, donde el predio a subdividir o que por fusión tengan una superficie mayor a 5,000m2,el particular deberá
ingresar escrito libre manifestando su voluntad a realizar la transmisión de propiedad y/o obras de infraestructura urbana y/o pago
sustitutivo en efectivo a favor del Gobierno del Distrito Federal, ante la Dirección General de Administración Urbana de la Secretaría de
Desarrollo Urbano y Vivienda del 10% de la superficie total del o los inmuebles involucrados mediante la modalidad que para tal efecto
elija, con base en lo dispuesto por el artículo 75 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; Para la prórroga,
únicamente deberá presentarse el formato requisitado y el pago de derechos correspondiente.
CRO Q UIS DE LO CALIZACIÓ N
Norte
Dibujar a tinta y regla, especificando el nombre de las calles que delimitan la manzana donde se localiza el predio o inmueble de interés, las medidas del frente y
fondo y las distancias de sus linderos a las esquinas más próximas.
LA PRESENTE HO JA Y LA FIRMA Q UE APARECE AL CALCE, FO RMAN PARTE INTEGRANTE DE LA SO LICITUD DEL
TRÁMITE LICENCIA DE SUBDIVISIÓ N, FUSIÓ N Y PRÓ RRO GA, DE FECHA ____ DE ________________________ DE _____.
DENUNCIA irregularidades a través del Sistema de Denuncia Ciudadana vía Internet a la dirección
Q UEJATEL LO CATEL 56 58 11 11, HO NESTEL 55 33 55 33.
Q UEJAS O DENUNCIAS
electrónica http://www.anticorrupcion.df.gob.mx/index.php/sistema-de-denuncia-ciudadana
Recibió (para ser llenado por la autoridad) Sello de recepción
Área
Nombre
Cargo
Firma
22 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17 de Junio de 2016
Anexo 9
Folio:
C la v e de fo rm a to :
de de
* Los datos solicitados en este bloque son obligatorios
* Los datos solicitados en este bloque son obligatorios en caso de ser persona moral.
Fecha
Número / Folio
Actividad autorizada a realizar
Documento con el que acredita la situación
migratoria y estancia legal en el país
Fecha de vencimiento
DATOS DEL INTERESADO (PERSONA MORAL)
TMHIDALGO_ELR_1
Apellido Materno
Nacionalidad
En su caso
Identificación Oficial
Apellido Paterno
Folio o Número
(Credencial para votar, Pasaporte, Cartilla, etc.)
NOMBREDEL TRÁMITE: EXPEDICIÓN DE LICENCIA DE RELOTIFICACIÓN Y SU PRÓRROGA
Ciudad de México, a
C. Jefe(a) Delegacional
DATOS DEL INTERESADO (PERSONA FÍSICA)
Nombre (s)
Presente
Declaro bajo protesta de decir verdad que la información y documentación proporcionada es verídica, por lo que en caso de existir falsedad en
ella, tengo pleno conocimiento que se aplicarán las sanciones administrativas y penas establecidas en los ordenamientos respectivos para
quienes se conducen con falsedad ante la autoridad competente, en términos del artículo 32 de la Ley de Procedimiento Administrativo, con
relación al 311 del Código Penal, ambos del Distrito Federal.Información al interesado sobre el tratamiento de sus datos personales
Los datos personales recabados serán protegidos, incorporados y tratados en el Sistema de Datos Personales (Nombre del Sistema de Datos
Personales) el cual tiene su fundamento en (Fundamento legal que faculta al ente público para recabar los datos personales), cuya finalidad es
(Describir la finalidad del Sistema) y podrán ser transmitidos a (Destinatario y finalidad de la transmisión), además de otras transmisiones
previstas en la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. Con excepción del teléfono particular, los demás datos son
obligatorios y sin ellos no podrá acceder al servicio o completar el trámite (Indicar el trámite o servicio de que se trate). Asimismo, se le
informa que sus datos no podrán ser difundidos sin su consentimiento expreso, salvo las excepciones previstas en la ley. El responsable del
Sistema de Datos Personales es (Nombre del responsable del Sistema), y la dirección donde podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación,
cancelación y oposición, así como la revocación del consentimiento es (Indicar el domicilio de la Oficina de Información Pública
correspondiente). El titular de los datos podrá dirigirse al Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del
Distrito Federal, donde recibirá asesoría sobre los derechos que tutela la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal al
teléfono 56 36 46 36; correo electrónico: datospersonales@infodf.org.mx o en la página www.infodf.org.mx.
Acta Constitutiva o Póliza
Denominación o razón social
Inscripción en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio
Número o Folio del Acta o Póliza
Nombre del Notario o Corredor Público
Fecha de otorgamiento
Número de Notaría o Correduría Entidad Federativa
Entidad Federativa
DELEGACIÓN
MIGUEL
HIDALGO
17 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 23
Calle
5. Dos planos en original en escala de 1:500 a 1:5000 según sea la
dimensión de los predios; el primero contendrá la situación actual de
los inmuebles involucrados, consignando la superficie y linderos
reales del predio, la distancia a la esquina más próxima, las calles
colindantes; y el segundo contendrá el proyecto de relotificación,
que contemple la superficie y linderos de los predios resultantes y
las calles colindantes.
6. Constancia original de folio real, y copia certificada del
testimonio de la escritura de propiedad de los inmuebles que
se pretenden relotificar.
REQUISITOS
1. Formato debidamente requisitado y firmado. 2. Original de la boleta predial del último semestre, de cada
inmueble involucrado.
Número o Folio
Apellido Materno
3. Original del certificado de uso de suelo vigente, de cada inmueble
involucrado.
4. Original de la constancia de alineamiento y número oficial
de los inmuebles que tengan frente a vía pública.
Nombre (s)
Delegación C.P.
Colonia
DOMICILIO PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES Y DOCUMENTOS EN EL DISTRITO FEDERAL
* Los datos solicitados en este bloque son obligatorios.
DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL, APODERADO O TUTOR
* Los datos solicitados en este bloque son obligatorios en caso de actuar en calidad de representante legal, apoderado, mandatario o tutor.
Nombre del Notario,
Apellido Paterno Apellido Materno
Identificación Oficial
Inscripción en el Registro Público
de la Propiedad y de Comercio
Número de Notaría,
Correduría o Juzgado
Entidad Federativa
Apellido Paterno
Persona autorizada para oír y recibir notificaciones y documentos
Nombre (s)
Correo electrónico para recibir notificaciones
No. Exterior No. Interior
Número / Folio
Nacionalidad
Instrumento o documento con el que acredita la representación
Corredor Público o Juez
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.-
Artículo 39 fracción III;
REQUISITOS PARA LA PRÓRROGA
9. Constancia de adeudos a que se refiere el artículo 20 del Código
Fiscal del Distrito Federal.
7. Identificación oficial vigente con fotografía del o los
propietarios y representante legal: (credencial para votar, cartilla
del servicio militar nacional, licencia para conducir, pasaporte,
cédula profesional o carta de naturalización o certificado de
nacionalidad mexicana).
8. Avalúo vigente de los terrenos, para cálculo de los
derechos (de ser procedente el trámite, el avaluó se
presentará a efecto de que la autoridad realice el cálculo del
monto a pagar relativo a la autorización y expedición de la
licencia correspondiente).
1. Para la prórroga, únicamente se eberá presentar este formato
debidamente requisitado y firmado, así como el pago de derechos
correspondiente.
FUNDAMENTO JURÍDICO
10. Documentos con los que se acredite la personalidad
jurídica del representate o apoderado (Poder Notarial, Acta
Constitutiva, Carta Poder)
Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal Artículo 4 fracciones
III y IV, 7 fracciones I, 8 fracción III , 62 y 87 fracción IX
Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito
Federal.- Artículos 2, 5, 75, 130, 131, 132, 133, 134 y 135
24 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17 de Junio de 2016
Calle
Número de viviendas solicitadas:
Observaciones
DENUNCIA irregularidades a través del Sistema de Denuncia Ciudadana vía Internet a la dirección
Q UEJATEL LO CATEL 56 58 11 11, HO NESTEL 55 33 55 33.
Q UEJAS O DENUNCIAS
electrónica http://www.anticorrupcion.df.gob.mx/index.php/sistema-de-denuncia-ciudadana
Recibió (para ser llenado por la autoridad) Sello de recepción
Área
Nombre
Cargo
Firma
LA PRESENTE HO JA Y LA FIRMA Q UE APARECE AL CALCE, FO RMAN PARTE INTEGRANTE DE LA SO LICITUD
DEL TRÁMITE EXPEDICIÓ N DE LICENCIA DE RELO TIFICACIÓ N, DE FECHA _____ DE ____________ DE _____.
Procedencia de la Afirmativa o Negativa Ficta Afirmativa ficta: No Procede; Negativa ficta: Procede
Documento a obtener Licencia o su prórroga
Vigencia del documento a obtener 3 años tanto para la licencia como para la prórroga
Costo: Artículos 20, 188, y 248 fracción VIII del Código Fiscal del Distrito Federal.
30 días hábilesTiempo de respuesta
Colonia
Delegación C.P.
DATO S DEL PREDIO
No. Exterior No. Interior
Cuenta Catastral Superficie
Señalar la aplicación de alguna norma en particular:
Uso de suelo solicitado: m2 de las áreas:
Entidad Federativa
Superficie por vivienda solicitada:
Título de propiedad o documento con el que se acredita la legal posesión
Escritura Pública No.
Notario No.
INTERESADO O
REPRESENTANTE LEGAL (en su
_____________________________
_
Nombre y Firma
INTERESADO O REPRESENTANTE
LEGAL (en su caso)
______________________________
Nombre y Firma
INTERESADO O
REPRESENTANTE LEGAL (en su
____________________________
__
Nombre y Firma
Folio de Inscripción en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio
Fecha Otro documento
a ) P a ra pre dios ubic a dos e n dos o má s De le ga c ione s, e l trá mite se re a liza e n la Ve nta nilla Únic a de la S e c re ta ría de De sa rrollo
Urba no y Vivie nda , pre via c ita obte nida a tra vé s de l siste ma S EDUVI- S ITE, e n la pá gina http/www.se duvi.df.gob.mx, de otra
forma , e ste se e fe c túa e n la De le ga c ión c orre spondie nte .
b)La e xpe dic ión de la Lic e nc ia de Re lotific a c ión no pre juzga sobre e l de stino de los pre dios, no obsta nte una ve z e xpe dida , los
pre dios re sulta nte s de be rá n suje ta rse a lo que e sta ble zc a n los P rogra ma s de De sa rrollo Urba no.
c ) P a ra todos a que llos c a sos, donde e l pre dio a re lotific a r te nga n una supe rfic ie s ma yor a 5,000m2, o que de riva do de e sta se
ge ne re un pre dio ma yor a 5,000m2 e l pa rtic ula r de be rá ingre sa r e sc rito libre ma nife sta ndo su volunta d a re a liza r la dona c ión a
fa vor de l Gobie rno de l Distrito Fe de ra l, a nte la a utorida d c ompe te nte de l 10% de la supe rfic ie tota l de l o los inmue ble s
involuc ra dos me dia nte la moda lida d que pa ra ta l e fe c to e lija , c on ba se e n lo dispue sto por e l Re gla me nto de la Le y de De sa rrollo
Urba no de l Distrito Fe de ra l.
d) Expe dida la lic e nc ia , de be rá c onsta r e n e sc ritura públic a , de ntro de los 3 a ños poste riore s a a que l e n que se otorgue , pa ra
tira r la e sc ritura públic a , e n c a so c ontra rio, que da rá sin e fe c to.
e )La a firma tiva fic ta proc e de solo si son c ubie rtos todos los re quisitos y e fe c tua do e l pa go de de re c hos e l c ua l de be rá se r
a c re dita do por la a utorida d.
f) P a ra e l c a so de Re pre se nta nte Le ga l, de be rá c onta r c on fa c ulta de s pa ra a c tos de dominio.
g) En c a so de que la De le ga c ión re sue lva proc e de nte la re lotific a c ión se de be rá n pa ga r los de re c hos c orre spondie nte s, por la
e xpe dic ión de la lic e nc ia , e ntre ga ndo e l c omproba nte a la De le ga c ión. P roc e de la a firma tiva fic ta si tra nsc urridos 3 día s de
e xhibido e l pa go no ha y re spue sta de la a utorida d.
17 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 25
DELEGACIÓN XOCHIMILCO
LIC. FRANCISCO GARDUÑO YÁÑEZ, Director General de Jurídica y de Gobierno en la Delegación Xochimilco, con fundamento en
lo dispuesto en los artículos 2 párrafo Tercero, 10 Fracción XVI, 36, 37, 39, fracciones VI, VIII y LXXXV de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Distrito Federal, 6 fracción I de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal: 14 fracción I de
la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal; párrafos primero y segundo del artículo 1; 3 fracción III,
120, 121, 122 Bis, fracción XVI inciso A); 123 fracciones I y XIV; 169, fracciones I y VI; 170 fracciones I, III, IV y X del Reglamento
Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, doy a conocer el siguiente:
NOTA ACLARATORIA AL AVISO POR EL QUE SE CONVOCA A LOS COMERCIANTES INSCRITOS EN EL SISTEMA
DE COMERCIO EN VÍA PÚBLICA (SISCOVIP) PARA REALIZAR LA REGULARIZACIÓN DE PAGOS POR LOS
CONCEPTOS DE APROVECHAMIENTOS POR USO Y EXPLOTACIÓN DE LAS VÍAS O ÁREAS PÚBLICAS UBICADOS
EN LA XOCHIMILCO, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO DE FECHA 12 DE ABRIL
DE 2016.
En la página 6 párrafo tercero dice:
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, 7, 8, 9, 11, 30, 31 y demás relativos aplicables de la Ley del Procedimiento
Administrativo del Distrito Federal, con relación al artículo 304 del Código Fiscal del Distrito Federal y lo previsto en el punto 5
apartado 13 del acuerdo 11/98, mediante el cual se emite el Programa de Reordenamiento de Comercio en Vía Pública y los criterios para
la aplicación de las cuotas por concepto de aprovechamiento por el uso de las vías y áreas públicas para realizar actividades mercantiles,
publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día 16 de febrero de 1998, se da a conocer el AVISO POR EL QUE SE
CONVOCA A LOS COMERCIANTES INSCRITOS EN EL SISTEMA DE COMERCIO EN VÍA PÚBLICA (SISCOVIP) PARA
REALIZAR LA REGULARIZACIÓN DE PAGOS POR LOS CONCEPTOS DE APROVECHAMIENTOS POR USO Y
EXPLOTACIÓN DE LAS VÍAS O ÁREAS PÚBLICAS UBICADOS EN LA XOCHIMILCO, el cual es resultado de la revisión
iniciada el pasado 01 de octubre del 2015 (derivada del cambio de administración de Órgano Político Administrativo en la Delegación
Xochimilco) a la base de datos del Programa de Reordenamiento de Comercio en la Vía Pública del Sistema de Comercio en Vía Pública
(SISCOVIP), se advierten diversas omisiones en cuanto a los pagos correspondientes, por lo que se otorga a los Comerciantes inscritos en
el Sistema de Comercio en la Vía Pública (SISCOVIP) el plazo de sesenta (60) días hábiles para realizar la regularización de los pagos
por los conceptos de aprovechamiento por uso y explotación de las vías o áreas públicas ubicados en la Delegación Xochimilco.
Debe decir:
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, 7, 8, 9, 11, 30, 31 y demás relativos aplicables de la Ley del Procedimiento
Administrativo del Distrito Federal, con relación al artículo 304 del Código Fiscal del Distrito Federal y lo previsto en el punto 5
apartado 13 del acuerdo 11/98, mediante el cual se emite el Programa de Reordenamiento de Comercio en Vía Pública y los criterios para
la aplicación de las cuotas por concepto de aprovechamiento por el uso de las vías y áreas públicas para realizar actividades mercantiles,
publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día 16 de febrero de 1998, se da a conocer el AVISO POR EL QUE SE
CONVOCA A LOS COMERCIANTES INSCRITOS EN EL SISTEMA DE COMERCIO EN VÍA PÚBLICA (SISCOVIP) PARA
REALIZAR LA REGULARIZACIÓN DE PAGOS POR LOS CONCEPTOS DE APROVECHAMIENTOS POR USO Y
EXPLOTACIÓN DE LAS VÍAS O ÁREAS PÚBLICAS UBICADOS EN LA XOCHIMILCO, el cual es resultado de la revisión
iniciada el pasado 01 de octubre del 2015 (derivada del cambio de administración de Órgano Político Administrativo en la Delegación
Xochimilco) a la base de datos del Programa de Reordenamiento de Comercio en la Vía Pública del Sistema de Comercio en Vía Pública
(SISCOVIP), se advierten diversas omisiones en cuanto a los pagos correspondientes, por lo que se otorga a los Comerciantes inscritos en
el Sistema de Comercio en la Vía Pública (SISCOVIP) el plazo de noventa (90) días hábiles para realizar la regularización de los pagos
por los conceptos de aprovechamiento por uso y explotación de las vías o áreas públicas ubicados en la Delegación Xochimilco.
Transitorios
ÚNICO.- Publíquese la presente Nota Aclaratoria en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Ciudad de México a 13 de junio de 2016
DIRECTOR GENERAL DE JURÍDICA Y DE GOBIERNO
(Firma)
___________________________________________
LIC. FRANCISCO GARDUÑO YÁÑEZ
26 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17 de Junio de 2016
CAJA DE PREVISIÓN PARA TRABAJADORES A LISTA DE RAYA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO
FEDERAL (DE LA CIUDAD DE MÉXICO).
“ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA Y ADECUA LA DENOMINACIÓN DE LA CAJA DE PREVISIÓN
PARA TRABAJADORES A LISTA DE RAYA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, PARA QUEDAR
COMO CAJA DE PREVISIÓN PARA TRABAJADORES A LISTA DE RAYA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD
DE MÉXICO.”
LIC. LIZBETH DOMÍNGUEZ MERCADO, Directora General, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 3
fracciones IV y IX, 40, 47, 48, 50, 52, 53, 54 fracción I, 71 fracciones I, IX y XI de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Distrito Federal; 1, 17 fracciones I, V, XII y XXIV, 98 del Estatuto Orgánico de la Caja de Previsión para
Trabajadores a Lista de Raya del Gobierno del Distrito Federal, y
Considerando
Que con fecha veintinueve de enero del año dos mil dieciséis se publicó en el Diario Oficial de la Federación y en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal, el decreto por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma política de la Ciudad de México, que
establecen que la Ciudad de México se erigirá como una Entidad Federativa denominada “Ciudad de México”, sede de los
Poderes de la Unión y Capital de los Estados Unidos Mexicanos, decreto que entró en vigor al día siguiente de su
publicación conforme a lo señalado por el artículo primero transitorio.
Que con fecha dos de febrero del año dos mil dieciséis se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el Acuerdo
por el que se instruye a las Unidades Administrativas que integran la Administración Pública de la Ciudad de México, a
implementar las acciones necesarias para incorporar en la documentación oficial la denominación “Ciudad de México”, en
lugar de Distrito Federal, Acuerdo que entró en vigor al día siguiente de su publicación conforme a lo señalado por el
artículo segundo transitorio.
Que derivado de las reformas de mérito, resulta necesario que ésta Entidad realice las adecuaciones pertinentes, a fin de
implementar las medidas regulatorias establecidas en los artículos reformados 43, 122 apartado A, fracción V de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como actualizar la documentación oficial, la información a
través del Portal de la Oficina de Información Pública de la CAPTRALIR y la adecuación de la denominación de las
Entidades de la Administración Pública del hoy Gobierno de la Ciudad de México.
Que el H. Consejo Directivo de la Caja de Previsión para Trabajadores a Lista de Raya del Gobierno del Distrito Federal, en
la Primera Sesión Ordinaria, celebrada en fecha nueve de marzo de dos mil dieciséis, aprobó mediante acuerdo número
12/I.S.O./2016, que a la letra indica: Con fundamento en los artículos 52 de la Ley Orgánica de la Administración Pública
del Distrito Federal, 8 párrafo tercero, 9 fracción XII, y 12 fracción II del Estatuto Orgánico de la Caja de Previsión para
Trabajadores a Lista de Raya del Gobierno del Distrito Federal, el H. Consejo Directivo de la CAPTRALIR, toma
conocimiento de la adecuación de la denominación de la CAPTRALIR para quedar de la siguiente forma: “Caja de
Previsión para Trabajadores a Lista de Raya del Gobierno de la Ciudad de México”, ello conforme a las reformas
constitucionales y Acuerdo administrativo de mérito, se instruye a la Directora General de CAPTRALIR para que se realice
la publicación correspondiente para que surta sus efectos frente a terceros. En consecuencia se emite el siguiente:
“ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA Y ADECUA LA DENOMINACIÓN DE LA CAJA DE PREVISIÓN
PARA TRABAJADORES A LISTA DE RAYA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, PARA QUEDAR
COMO CAJA DE PREVISIÓN PARA TRABAJADORES A LISTA DE RAYA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD
DE MÉXICO.”
ÚNICO.- En cumplimiento al Decreto promulgado por el Ejecutivo Federal, de fecha veintinueve de enero del año dos mil
dieciséis, que se publicó en el Diario Oficial de la Federación, al Acuerdo publicado en fecha dos de febrero del año dos mil
dieciséis se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, por el que se autoriza a las Unidades Administrativas que
integran la Administración Pública de la Ciudad de México, a implementar las acciones necesarias para incorporar en la
17 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 27
documentación oficial la denominación “Ciudad de México”, en lugar de Distrito Federal, y al Acuerdo del H. Consejo
Directivo tomado en la Primera Sesión Ordinaria del año en curso, se modifica y adecua la denominación de la Caja de
Previsión para Trabajadores a Lista de Raya del Gobierno del Distrito Federal por la de “Caja de Previsión para
Trabajadores a Lista de Raya del Gobierno de la Ciudad de México”.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para todos los efectos a que haya lugar.
SEGUNDO.- El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación.
En la Ciudad de México, a siete de junio de dos mil dieciséis.
LA DIRECTORA GENERAL DE LA CAJA DE PREVISIÓN
PARA TRABAJADORES A LISTA DE RAYA
DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL (CIUDAD DE MÉXICO)
(Firma)
LIC. LIZBETH DOMÍNGUEZ MERCADO
28 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17 de Junio de 2016
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS DÍAS INHÁBILES DE LA UNIDAD DE
TRANSPARENCIA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, PARA EFECTOS DE
LOS ACTOS Y PROCEDIMIENTOS COMPETENCIA DE ESTA UNIDAD; ASÍ COMO PARA LA RECEPCIÓN,
SUBSTANCIACIÓN, RESOLUCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LOS RECURSOS DE REVISIÓN INTERPUESTOS
ANTE EL INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS
PERSONALES DEL DISTRITO FEDERAL, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2016 Y ENERO 2017.
VICENTE HUGO ABOITES AGUILAR, Rector de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México por
nombramiento de 10 de mayo de 2014, hecho en la Octava Sesión Extraordinaria del Pleno del Tercer Consejo Universitario
de la UACM (Acuerdo UACM/CU-3/EX08/034/14), y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 17 fracción III de la
Ley de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México; 14, 45 y 47 fracciones I, VII y XI del Estatuto General Orgánico;
6 fracción XLII, 10, 93, 195, 196 y octavo transitorio de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y
Rendición de Cuentas de la Ciudad de México; 1°, 4°, 5°, 11, 71 fracción IX, 73 y 74 de la Ley de Procedimiento
Administrativo del Distrito Federal; 37, 54 y 55 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información
Pública del Distrito Federal; y numeral 31 de los Lineamientos para la Gestión de Solicitudes de Información Pública y de
Datos Personales a través del Sistema INFOMEXDF y;
C O N S I D E R A N D O
1.- Que la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México tiene
como objetivo establecer las bases que regirán los procedimientos para garantizar el ejercicio del Derecho de Acceso a la
Información Pública; promover, fomentar y difundir la cultura de la Transparencia en el ejercicio de la función pública, el
Acceso a la Información , la Participación Ciudadana, el Gobierno Abierto así como la Rendición de Cuentas, a través del
establecimiento de políticas públicas y mecanismos que garanticen la publicidad de información oportuna, verificable,
comprensible, actualizada, accesible y completa, que se difunda en los formatos más adecuados y accesibles para todo el
público, atendiendo en todo momento las condiciones sociales, económicas y culturales de la Ciudad de México, entre otros.
2.- Que el artículo 10 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad
de México prevé que en todas aquellas cuestiones relacionados con el procedimiento de acceso a la información pública y
de protección de datos personales no previstas en dicho ordenamiento legal, se aplicara de manera supletoria la Ley de
Procedimiento Administrativo local y en su defecto el Código de Procedimientos Civiles local.
3.- Que la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal señala que la Administración Pública del Distrito
Federal puede determinar la suspensión de labores señalando los días en que, por consecuencia, no correrán los términos
para las actuaciones de los Entes Públicos. Así el artículo 71 de la citada Ley considera como inhábiles los días sábados y
domingos de todo el año, así como aquellos días en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos
en que se suspendan labores, los que se harán del conocimiento público.
4.- Que el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del
Distrito Federal en su artículo 55, último párrafo, establece que se consideran días inhábiles los previstos por la Ley, los
señalados por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal en el ejercicio de sus atribuciones y los que publique el titular del
Ente Obligado de la Administración Pública en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
5.- Que el numeral 31 de los Lineamientos para la Gestión de Solicitudes de Información Pública y de Datos Personales a
través del Sistema INFOMEX del Distrito Federal, publicados el 23 de octubre de 2008 en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal, establece que serán días inhábiles los días en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o
aquellos en que se suspendan las labores o los términos relativos a los procedimientos previstos en dichos lineamientos,
mismos que se publicarán en la Gaceta Oficial del Distrito Federal o en el órgano de difusión oficial que corresponda,
además de darse a conocer en el sitio de Internet de INFOMEX.
6.- Que mediante Acuerdos UACM/CU-3/EX-25/77/14 y UACM/CU-4/OR/-06/087/15 de fechas 19 de noviembre de 2014
y 8 de diciembre del 2015, emitidos por el Tercer y Cuarto Consejo Universitario de la Universidad Autónoma de la Ciudad
de México durante su Vigésimo Quinta Sesión Extraordinaria de 2014 y Sexta Sesión Ordinaria 2015, respectivamente, se
17 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 29
aprobó el Calendario Escolar Bianual 2015-2016 y sus modificaciones; asimismo, a través del Contrato Colectivo de
Trabajo 2015-2017 de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México, en su cláusula 36, se establecieron los días
inhábiles así como los periodos vacacionales para el año 2016.
7.-Que durante los días declarados inhábiles se suspenderán los plazos y términos en todos aquellos asuntos y
procedimientos de competencia de la Unidad de Transparencia de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México.
Asimismo, dicha suspensión de plazos y términos será aplicable en la tramitación, atención y recepción de solicitudes de
acceso a la información pública y de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales; así como la
substanciación y seguimiento de los recursos de revisión a través del sistema electrónico INFOMEX.
8.- Que con el fin de dar certeza jurídica a todas las personas que intervienen o tienen interés jurídico en los trámites y
procedimientos que sustancia la Unidad de Transparencia de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México, se hace del
conocimiento del público en general el presente Acuerdo, mediante su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal,
en los estrados de la Unidad de Transparencia, el Portal de Transparencia de la Universidad Autónoma de la Ciudad de
México, así como en el sitio de internet de INFOMEX, en los siguientes términos:
ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS DÍAS INHÁBILES DE LA UNIDAD DE
TRANSPARENCIA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, PARA EFECTOS DE
LOS ACTOS Y PROCEDIMIENTOS COMPETENCIA DE ESTA UNIDAD; ASÍ COMO PARA LA RECEPCIÓN,
SUBSTANCIACIÓN, RESOLUCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LOS RECURSOS DE REVISIÓN INTERPUESTOS
ANTE EL INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS
PERSONALES DEL DISTRITO FEDERAL, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2016 Y ENERO 2017.
ÚNICO.- Para efecto de la recepción, registro, trámite, resolución y notificación de las Solicitudes de Acceso a la
Información Pública y de Datos Personales que ingresan o se encuentran en proceso a través del Sistema Electrónico
INFOMEX, TEL-INFO DF, correo electrónico de la Unidad de Transparencia (oipuacm@uacm.edu.mx), por escrito o en
formal personal, y demás actos y procedimientos para la recepción, sustanciación, resolución y seguimientos de los recursos
de revisión interpuestos ante el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito
Federal (INFODF), competencia de la Unidad de Transparencia de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México, se
consideran inhábiles los siguientes días: del 11 al 29 de julio; 16 de septiembre; 2 y 21 de noviembre; del 26 al 31 de
diciembre; los días sábados y domingos del año 2016; así como del 1° al 6 de enero de 2017.
Como consecuencia de lo anterior, y para efectos legales y/o administrativos respecto del cómputo de los términos, no
deberán ser considerados como hábiles los días señalados en el párrafo que antecede.
T R A N S I T O R I O S
PRIMERO.- Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en los estrados de la Unidad de
Transparencia, el portal de Transparencia de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México, así como en el sitio de
internet de INFOMEX.
SEGUNDO.- El presente acuerdo surtirá efectos al día siguiente de su publicación.
Dado en el recinto de la Sede Administrativa de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México, en la Ciudad de México
a los 10 días del mes de junio de dos mil dieciséis.
(Firma)
DR. VICENTE HUGO ABOITES AGUILAR
RECTOR DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
30 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17 de Junio de 2016
INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL
DISTRITO FEDERAL
RODRIGO MONTOYA CASTILLO, ENCARGADO DE DESPACHO DE LA SECRETARÍA TÉCNICA DEL
INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL
DISTRITO FEDERAL CON FUNDAMENTO EN LA ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 16,
FRACCIÓN VIII DEL REGLAMENTO INTERIOR DE ESTE INSTITUTO Y EN CUMPLIMIENTO AL PUNTO
CUARTO DEL ACUERDO 0813/SO/01-06/2016, MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA LA NORMATIVIDAD
PARA LA GESTIÓN DE LAS SOLICITUDES Y RECURSOS DE REVISIÓN EN MATERIA DE ACCESO A LA
INFORMACIÓN PÚBLICA Y DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, EMITE EL SIGUIENTE:
AVISO URGENTE POR EL QUE SE DA A CONOCER EL ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA LA
NORMATIVIDAD PARA LA GESTIÓN DE LAS SOLICITUDES Y RECURSOS DE REVISIÓN EN MATERIA
DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
CONSIDERANDO
1. Que de conformidad con el artículo 37 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de
Cuentas de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 06 de mayo de 2016
(LTAIPRC), este Instituto es un órgano autónomo de la Ciudad de México, especializado, independiente, imparcial y
colegiado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con plena autonomía técnica, de gestión y financiera, con
capacidad para decidir sobre el ejercicio de su presupuesto y determinar su organización interna, funcionamiento y
resoluciones, responsable de garantizar el cumplimiento de la presente Ley, dirigir y vigilar el ejercicio de los Derechos de
Acceso a la Información y la Protección de Datos Personales, conforme a los principios y bases establecidos por el artículo
6º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política de la Ciudad de México, la Ley
General y esta Ley, asimismo, que en su organización, funcionamiento y control, el Instituto se regirá por los principios de
certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transparencia y máxima publicidad.
2. Que de acuerdo con el artículo 51 de la LTAIPRC, este Órgano Autónomo de la Ciudad de México, tiene como fin vigilar
en el ámbito de su competencia, el cumplimiento de las disposiciones de transparencia, acceso a la información pública,
protección de datos personales, y rendición de cuentas, así como, interpretar, aplicar y hacer cumplir los preceptos
aplicables de la Ley General, de la LTAIPRC y garantizar en el ámbito de su competencia, que los Sujetos Obligados
cumplan con los principios de constitucionalidad, legalidad, certeza, independencia, imparcialidad y objetividad en materia
de transparencia y acceso a la información pública señalados en la Ley General, la presente Ley, y demás disposiciones
aplicables.
3. Que de acuerdo con los artículos 53 fracción VIII, 55 y 61 de la LTAIPRC, el Pleno tiene facultades para emitir
Manuales, Lineamientos, Acuerdos y demás normas que faciliten la organización y funcionamiento del Instituto.
4. Que el artículo 23 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal (LPDPDF), dispone que este
Instituto es el órgano encargado de garantizar la protección y el correcto tratamiento de datos personales, así como dirigir y
vigilar el cumplimiento de dicho ordenamiento legal. Asimismo el artículo 40 del ordenamiento referido, dispone que el
recurso de revisión promovido en atención al ejercicio de los derechos ARCO se substanciará de acuerdo a la Ley de
Transparencia, por lo cual deberá observar el ordenamiento vigente, en tanto se reforma la normatividad en materia de
protección de datos personales, de conformidad con el Segundo Transitorio de la LTAIPRC.
5. Que de conformidad con lo establecido en los artículos Tercero, Cuarto y Quinto Transitorios de los Lineamientos para la
implementación y operación de la Plataforma Nacional de Transparencia LPNT, los sistemas de solicitudes de acceso a la
información que se encuentran operando estarán interconectados a la Plataforma, para el ingreso y trámite de solicitudes de
información. Y en el transcurso de su operación se evaluará y definirá la posibilidad o no de substituir sus sistemas de
gestión de recursos de revisión e inconformidades por el sistema de gestión de la Plataforma Nacional para tal fin, para lo
cual se deben otorgar las facilidades técnicas y operativas necesarias al Instituto para que sus sistemas se interconecten con
dicha Plataforma.
17 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31
6. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 99 de la LTAIPRC, el Instituto desarrollará, administrará,
implementará y pondrá en funcionamiento una plataforma electrónica que permita cumplir con los procedimientos,
obligaciones y demás disposiciones aplicables.
7. Que en términos del artículo Tercero Transitorio de la LTAIPRC, en el término de ciento ochenta días naturales contados
a partir de la entrada en vigor del mismo, este Instituto deberá expedir las adecuaciones normativas que correspondan; por
lo que los asuntos iniciados con anterioridad.
8. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo Cuarto Transitorio, los asuntos iniciados con anterioridad a la entrada
en vigor de la LTAIPRC, se tramitarán y resolverán conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública
del Distrito Federal y demás normatividad y disposiciones aplicables, por lo que la normatividad que se pone a
consideración aplicará a las solicitudes de acceso a la información pública y de protección de datos personales que se
tuvieron por presentadas a partir de la vigencia de la nueva ley de transparencia de esta ciudad, así como a los recursos de
revisión que de ellas deriven.
9. Que en atención a todo lo anterior, a fin de dar certeza jurídica a los particulares que ejercen el derecho de acceso a la
información en esta ciudad con motivo de la ley vigente, en tanto se llevan las adecuaciones normativas de este Instituto y
de la LPDPDF, se propone establecer ordenamientos que regulen la atención a las solicitudes de información y derechos
ARCO por parte de los Sujetos Obligados; así como el procedimiento que deberá observarse en la tramitación de los
recursos de revisión, de los cuales se destaca:
• La atención de solicitudes a través del sistema electrónico habilitado para dicho fin.
• Los mecanismos para atender a los plazos del actual ordenamiento de transparencia.
• Los elementos para establecer la forma en que se llevará a cabo la representación de los particulares en la atención de las
solicitudes de acceso a la información o de derechos ARCO; así como en los procedimientos de recursos de revisión.
• Las condiciones para llevar a cabo la conciliación entre los particulares y Sujetos Obligados durante la impugnación de
respuestas, a fin de salvaguardar el ejercicio de sus derechos, protegiendo en todo momento los principios contenidos en el
artículo 6 apartado A Constitucional.
10. Por lo anterior, se considera necesario aprobar los siguientes ordenamientos, en tanto se expidan los lineamientos y
procedimientos definitivos:
• Lineamientos para la gestión de Solicitudes de Información Pública y de Datos Personales en la Ciudad de México, y
• Procedimiento para la Recepción, Substanciación, Resolución y Seguimiento de los Recursos de Revisión interpuestos en
materia de Acceso a la Información Pública y de Protección de Datos Personales en la Ciudad de México.
11. Que toda vez que LTAIPRC, establece diversas obligaciones para los sujetos obligados, las cuales resultan necesarias
para la debida atención de las solicitudes y recursos de revisión en materias de acceso a la información pública y de
protección de datos personales, se concede a los Sujetos Obligados un término de treinta días naturales contados a partir de
la publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México del presente acuerdo, para lo siguiente:
• Designar a los responsables de las Unidades de Transparencia, así como al personal que la integrará.
• Designar a los integrantes de sus Comités de Transparencia.
• Registrar a sus Comités de Transparencia ante este Instituto conforme a lo establecido en el artículo 89 de la LTAIPRC.
En ese sentido, y considerando las acciones que los sujetos obligados deberán realizar para cumplir con lo establecido por el
primer párrafo del artículo 92, de la LTAIPRC, que dispone que la unidad de transparencia dependerá del Titular del sujeto
obligado, se considera procedente que en tanto sean designados los responsables de la Unidades de Transparencia, las
atribuciones que la LTAIPRC establece para dichos servidores públicos, se realicen por los actuales responsables de las
Oficinas de Información Pública de los sujetos obligados.
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  • 1. Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México DÉCIMA NOVENA ÉPOCA 17 DE JUNIO DE 2016 No. 96 Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Secretaría de Desarrollo Económico  Acuerdo de Supresión del Sistema de Datos Personales denominado “Sistema de Profesionales Inmobiliarios” 4 Procuraduría General de Justicia y Secretaría de Seguridad Pública  Acuerdo mediante el cual se instruye a las Policías de la Ciudad de México, adscritas a la Procuraduría General de Justicia y a la Secretaría de Seguridad Pública, para que en el Ejercicio de sus Funciones como Primer Respondiente, utilicen el Formato de Informe Policial y sus anexos creados para tal efecto 6 Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades  Aviso por el que se da a conocer la culminación de los Estudios de Factibilidad correspondientes al Programa de Desarrollo Turístico Alternativo y Sustentable de los Pueblos Originarios de la Ciudad de México en Milpa Alta y Tláhuac 8  Aviso por el que se hacen del conocimiento público el Convenio de Colaboración celebrado entre FONATUR y el GDF, para la elaboración y entrega del Programa de Desarrollo Turístico Alternativo y Sustentable de Pueblos Originarios de la Ciudad de México Milpa Alta y Tláhuac 9 Coordinación General de Modernización Administrativa  Aviso por el que se da a conocer el Servicio que presta la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal en Materia de Asesorías y Asistencia Social denominado “Atención de Trabajo Social y Psicoterapéutica a Personas Agresoras en Casos de Violencia Familiar” que ha obtenido la Constancia de Inscripción en el Registro Electrónico de los Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal 10 Continúa en la Pág. 2
  • 2. 2 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17 de Junio de 2016 Índice Viene de la Pág. 1  Aviso por el que se modifican los Formatos de Solicitud de los Trámites denominados “Aviso de Visto Bueno de Seguridad y Operación y su Renovación” y “Expedición de Licencia de Relotificación y su Prórroga”, a cargo del Órgano Político-Administrativo en Miguel Hidalgo, en el Registro Electrónico de los Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal 12 Delegación Xochimilco  Nota aclaratoria al Aviso por el que se convoca a los Comerciantes inscritos en el Sistema de Comercio en Vía Pública (SISCOVIP) para realizar la Regularización de Pagos por los Conceptos de Aprovechamientos por Uso y Explotación de las Vías o Áreas Públicas ubicados en la Delegación Xochimilco, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, de fecha 12 de abril de 2016 25 Caja de Previsión para Trabajadores a Lista de Raya  Acuerdo por el que se modifica y adecua la denominación de la Caja de Previsión para Trabajadores a Lista de Raya del Gobierno del Distrito Federal, para quedar como Caja de Previsión para Trabajadores a Lista de Raya del Gobierno de la Ciudad de México 26 Universidad Autónoma de la Ciudad de México  Acuerdo por el que se dan a conocer los días inhábiles de la Unidad de Transparencia de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México, para efectos de los Actos y Procedimientos competencia de esta Unidad; así como para la Recepción, Substanciación, Resolución y Seguimiento de los Recursos de Revisión interpuestos ante el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, correspondiente al año 2016 y enero 2017 28 Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales  Aviso urgente por el que se da a conocer el Acuerdo Mediante el cual se aprueba la Normatividad para la Gestión de las Solicitudes y Recursos de Revisión en Materia de Acceso a la Información Pública y de Protección de Datos Personales 30  CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS  Secretaría del Medio Ambiente.- Licitación Pública Nacional Número LPN-14-2016.- Convocatoria 14.- Servicio para la evaluación de la implementación de medición de códigos mediante OBDII en la verificación vehicular 33  Secretaría del Medio Ambiente.- Sistema de Aguas de la Ciudad de México.- Licitación Pública Nacional Número SACMEX-LP-025-2016.- Convocatoria 028.- Rehabilitación y sustitución de atarjeas 34  Oficialía Mayor.- Licitación Pública Nacional Consolidada Número OM-DGRMSG-007-16.- Convocatoria 007.- Adquisición de calzado operativo para el Ejercicio Fiscal 2016 37  SECCIÓN DE AVISOS  En Servicio de Computo tu Mejor Amigo, S.A. de C.V. 38  Controladora Rosario, S.A. de C. V. 39  Profecionales en Seguridad Privada y Protección Integral, S.A. de C.V. 40  Metalesmidas de México, S.A. de C.V. 40  Green Concept, S.A. de C.V. 41  Faruq Maxico, S.A. de C.V. 41  Twin Flames, S.A. de C.V. 42
  • 3. 17 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 3  Cutler Jay S.A. de C.V. 42  The Soulmates City, S.A. de C.V. 43  Metales Chelcy, S.A. de C.V. 43  Ruido Urbano Constructora, S.A. de C.V. 44  Cosserav, S.C. 44  Edictos 45  Aviso 46
  • 4. 4 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17 de Junio de 2016 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO Salomón Chertorivski Woldenberg, Secretario de Desarrollo Económico de la Ciudad de México, con fundamento en los artículos 15, fracción III, 16 fracción IV y 25 fracciones I, II, X y XV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 2º fracciones II, IV, XII y XVI, y 57 de la Ley para el Desarrollo Económico del Distrito Federal; 1º, 2º, fracciones II, VII y X, y 6º de la Ley de Prestación de Servicios Inmobiliarios del Distrito Federal; 2º, párrafo quinto, 6° y 7° fracciones I y III de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; 7º, fracción III, inciso B), 32 Quinquies, fracciones XVIII, XIX y XX, y 53, fracciones XII, XIII y XIV del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; así como los numerales 6 y 9 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal; y CONSIDERANDO I. Que en términos de los artículos 2º, párrafo quinto, 6° y 7° fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, la Secretaría de Desarrollo Económico es un Ente Público al que le corresponde determinar la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales, en el ámbito de su competencia. II. Que de conformidad con el artículo 7°, fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal y numeral 6 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales deberá efectuarse mediante acuerdo emitido por el titular del Ente, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. III. Que el “Sistema de Profesionales Inmobiliarios” que se suprime mediante el presente Acuerdo fue inscrito en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales (RESDP), administrado por el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal con folio 0103030261840140726 de fecha veintiséis de julio de dos mil catorce. IV. Que al momento del registro del sistema se tomó en cuenta que la Ley de Prestación de Servicios Inmobiliarios del Distrito Federal se encontraba publicada en la Gaceta Oficial de esta Entidad y estaba por salir a la vida jurídica la Reglamentación de dicha Ley, mismo que a la fecha no ha sido publicado, situación que no permitió instrumentar e implementar el Registro Único de Prestadores de Servicios Inmobiliarios señalado en el Capítulo Segundo Sección Primera de la Ley citada, motivo por lo cual resulta procedente la supresión del sistema de datos personales que se creó para tal efecto. V.- Que de conformidad con el numeral 9 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, la supresión de un sistema de datos personales deberá ser notificada al Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal dentro de los diez días hábiles siguientes, a efecto de que se proceda a la cancelación de inscripción en el registro correspondiente. Por lo que se emite el siguiente: ACUERDO DE SUPRESIÓN DEL SISTEMA DE DATOS PERSONALES DENOMINADO “SISTEMA DE PROFESIONALES INMOBILIARIOS” PRIMERO.- Que el sistema de datos personales inscrito en el RESDP por la Secretaría de Desarrollo Económico del Gobierno de la Ciudad de México, no ha sido implementado a la fecha debido a la falta de publicación del Reglamento de la Ley de Prestación de Servicios Inmobiliarios, y por ello resulta improcedente el Sistema toda vez que legalmente ésta Secretaría se encuentra impedida de implementar el Registro Único de Prestadores de Servicios Inmobiliarios señalado en la Ley de Prestación de Servicios Inmobiliarios del Distrito Federal. SEGUNDO.- Se suprime el sistema de datos personales denominado “Sistema de Profesionales Inmobiliarios” tomando en cuenta el considerando IV del presente acuerdo.
  • 5. 17 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 5 TERCERO.- No aplica el destino de los datos, ya que no se ha recabado dato alguno desde la creación del Sistema de datos personales. TRANSITORIOS PRIMERO.- Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, para que surta sus efectos al día siguiente en que se da a conocer y en los términos que establece el numeral 9 tercer párrafo de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal. SEGUNDO.- Se instruye al Responsable del Sistema de Datos Personales denominado “Sistema de Profesionales Inmobiliarios”, a efectuar las gestiones necesarias a efecto de suprimir el sistema de datos personales en el RESDP en términos del presente acuerdo y del numeral 9 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal. TERCERO.- Se instruye al Enlace en materia de datos personales de esta Secretaría para que realice las gestiones necesarias a fin de notificar el presente acuerdo al Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, dentro de los diez días hábiles siguientes a su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, en términos de lo dispuesto por el numeral 9 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal. Ciudad de México a 10 de junio de 2016 El Secretario de Desarrollo Económico de la Ciudad de México. (Firma) Salomón Chertorivski Woldenberg
  • 6. 6 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17 de Junio de 2016 PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA Y SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA RODOLFO FERNANDO RÍOS GARZA E HIRAM ALMEIDA ESTRADA, Procurador General de Justicia del Distrito Federal y Secretario de Seguridad Pública de la Ciudad de México, respectivamente, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 21, párrafos noveno y décimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 3, 39, apartado B, fracción I, y 40 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública; Artículo Décimo Primero Transitorio (publicación del 5 de febrero de 2014) del Código Nacional de Procedimientos Penales; 10, 12, fracciones I, IV, VII y VIII, 87 y 115, fracciones II y III del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2, 7, 15, fracciones X, XIII y párrafo segundo, 16 fracción IV y 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 2, 3, 21, 23 y 24, fracción XVIII, de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal; 1, 2, 5, 16 y 17 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal; 3, 4, 6, 8, fracciones II y III, 18, fracciones II, III y VIII, 24 fracciones I y II, 26, 27, 29, fracciones I, VI y VII y 45 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal; 1, 2, 4 y 5 del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal; y, 3, 8, fracción II del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal. CONSIDERANDO Que el 18 de junio de 2008, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el cual se reformaron diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que dio paso a la creación del Sistema Procesal Penal Acusatorio. Que en el marco de dicha reforma, juegan un papel importante las policías, a quienes se les han encargado tareas específicas para la investigación del delito, como la de ser Primer Respondiente, a través de la cual deben preservar el lugar de la intervención, detener en flagrancia a las personas vinculadas con la comisión del hecho que la ley señala como delito, realizar el registro de la detención, hacer la lectura de derechos del detenido, iniciar el registro de cadena de custodia, entrevistar a los testigos o víctimas del delito, recibir la denuncia o la querella, entre otras. Que el 5 de octubre de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el “Protocolo Nacional de Primer Respondiente”, derivado de los Acuerdos del Consejo Nacional de Seguridad Pública, aprobados en su Trigésima Octava Sesión Ordinaria, celebrada el 21 de agosto de 2015. Que el 26 de noviembre de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Guía Nacional de Cadena de Custodia, con la finalidad de hacer más eficiente el desempeño de las actividades de las autoridades de procuración de justicia y seguridad pública, estableciéndose un adecuado manejo de la Cadena de Custodia que se le brinde a los objetos indicios o elementos materiales probatorios, que puedan servir en las etapas del procedimiento penal. Que a partir de la emisión del Protocolo y Guía aludidos, la Procuraduría General de Justicia y la Secretaría de Seguridad Pública, se dieron a la tarea de elaborar los instrumentos de actuación policial, con la finalidad de unificar y eficientar su proceder, con motivo de la investigación del delito, los cuales se encuentran armonizados con las disposiciones contenidas en los instrumentos de referencia. En virtud de lo anterior, hemos tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE INSTRUYE A LAS POLICÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, ADSCRITAS A LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA Y A LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA, PARA QUE EN EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES COMO PRIMER RESPONDIENTE, UTILICEN EL FORMATO DE INFORME POLICIAL Y SUS ANEXOS CREADOS PARA TAL EFECTO. PRIMERO.- El presente instrumento tiene por objeto, instruir a las Policías de la Ciudad de México, adscritas a la Procuraduría General de Justicia y a la Secretaría de Seguridad Pública, para que en el ejercicio de sus funciones como Primer Respondiente, utilicen el Formato de Informe Policial y sus Anexos, que han sido creados para tal efecto. SEGUNDO.- Los documentos referidos en el numeral anterior, son los siguientes: - Informe Policial; Anexos.- 1. Cartilla de derechos del(a) detenido(a);
  • 7. 17 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 7 2. Registro de detención; 3. Registro de Cadena de Custodia; 3-A. Registro de cadena de custodia en caso de un cadáver; 4. Recepción de denuncia; 5. Acta de entrevista; 6. Acta de Ingreso a lugar cerrado sin orden judicial; 7. Custodia y puesta a disposición de vehículos; 8. Entrega-Recepción del lugar de los hechos o del hallazgo, así como de indicios; 9. Informe del uso de la fuerza; 10. Constancia de lectura de derechos a la víctima; 11. Inventario de objetos y bienes puestos a disposición del agente del Ministerio Público; 12. Constancia de entrega de niña(o) y/o adolescente y/o persona de grupo vulnerable; y, 13. Constancia de entrega de víctima (s)/ofendidos (as). TERCERO.- Se instruye a las personas titulares de las unidades administrativas y operativas de la Procuraduría General de Justicia y la Secretaría de Seguridad Pública, que tienen a su cargo personal policial, para que les ordenen que, en cumplimiento de sus funciones como Primer Respondiente, requisiten, según sea el caso, el informe policial y sus anexos descritos en el numeral anterior. CUARTO.- En caso de incumplimiento al presente Acuerdo deberá darse vista a los órganos internos de control, así como a aquellos que se encarguen de vigilar la actuación policial a efecto de que procedan conforme a la normatividad aplicable en la materia. TRANSITORIOS PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. SEGUNDO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación. TERCERO.- El personal ministerial de la Procuraduría General de Justicia, deberá ajustar su actuación, al marco de las disposiciones contenidas en el presente Acuerdo. Atentamente Sufragio Efectivo. No Reelección Ciudad de México, a 16 de junio de 2016. EL PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL (Firma) LIC. RODOLFO FERNANDO RÍOS GARZA EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO (Firma) LIC. HIRAM ALMEIDA ESTRADA
  • 8. 8 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17 de Junio de 2016 SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES LIC. ROSA ICELA RODRÍGUEZ VELÁZQUEZ, Secretaria de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, con fundamento en los artículos 15 fracción XX, 16 fracciones III y IV, y 23 Quintus de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 26 fracción X del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; artículos 2, 3 y 14 fracción XVII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal y: CONSIDERANDO Que de conformidad con lo dispuesto en la normatividad vigente, expresado en el Artículo 23 Quintus, fracciones I y II de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, es facultad de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades (SEDEREC) formular, ejecutar, evaluar las políticas y programas en materia de turismo alternativo en un contexto de salvaguarda del patrimonio cultural y natural de la entidad, enfocados a la habilitación, mejoramiento, equipamiento y promoción de espacios dedicados al turismo alternativo. Es por ello que se conviene entre la SEDEREC y FONATUR (Fondo Nacional de Fomento al Turismo) el establecimiento del “Programa de Desarrollo Turístico Alternativo y Sustentable de Pueblos Originarios de la Ciudad de México en: Milpa Alta y Tláhuac”. El propósito es fortalecer y posicionar en forma ordenada la actividad turística a nivel regional, aprovechando los atractivos turísticos naturales, patrimoniales y culturales en los Pueblos Originarios de la Ciudad de México. Que la zona donde se localizan los Pueblos Originarios de la Ciudad de México objeto de este estudio, incluye áreas de alto valor turístico y gran potencial de desarrollo con atractivos naturales como bosques, montañas y cuerpos de agua, además de contar con tradiciones, un bagaje cultural imponente, arquitectura colonial y pasado histórico; todo ello teñido con el colorido de tradiciones ancestrales que se mantienen vivas por el cuidado y orgullo de sus habitantes, brindan elementos para convertir a la zona en un importante destino turístico y simultáneamente se coadyuve a la ampliación de oportunidades de empleo y de autoempleo. Que el programa tiene como objetivo impulsar integralmente el desarrollo ordenado y sustentable de la actividad turística en la zona de estudio, mediante la definición de estrategias, acciones e inversiones factibles de impulsar en escenarios de corto, mediano y largo plazo, que deriven en proyectos detonadores y propuestas de actividades turísticas novedosas y de calidad, bajo criterios de conservación, mejoramiento y rescate del medio ambiente en los entornos naturales y urbanos, en concordancia con las normas ambientales en las zonas de suelo de conservación. El estudio contiene las acciones para impulsar el área en cuestión como un destino turístico sustentable a través del uso racional de los recursos en beneficio de sus habitantes. Para lo cual se llevó a cabo el acopio de información estadística existente, estudios relacionados, visitas técnicas y trabajo de campo; así como la revisión de las disposiciones legales vigentes en la Ciudad de México mismas que inciden en el desarrollo turístico y urbano de las zonas de estudio. El programa está integrado por 4 proyectos detonadores en las 2 Delegaciones. En Milpa Alta el Parador Turístico de San Pedro Atocpan y el Agro Parque del Nopal y en Tláhuac el Embarcadero de los Reyes Aztecas y la Expo Sur . En virtud de lo anterior es que el Gobierno de la Ciudad de México a través de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, como una acción afirmativa en favor de salvaguarda del patrimonio cultural y natural, enfocados al mejoramiento, equipamiento y promoción de espacios dedicados al turismo alternativo de las delegaciones rurales de la Ciudad de México, coadyuvará en el “Programa de Desarrollo Turístico Alternativo y Sustentable de Pueblos Originarios de la Ciudad de México en: Milpa Alta y Tláhuac ”, para lo cual emite el siguiente: AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA CULMINACIÓN DE LOS ESTUDIOS DE FACTIBILIDAD CORRESPONDIENTES AL PROGRAMA DE DESARROLLO TURÍSTICO ALTERNATIVO Y SUSTENTABLE DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO EN: MILPA ALTA Y TLÁHUAC. PRIMERO.- Se da a conocer que se culminaron los Estudio de factibilidad del Programa de Desarrollo Turístico Alternativo y Sustentable de los Pueblos Originarios de la Ciudad de México en: Milpa Alta y Tláhuac, mismos que se encuentran publicados en su versión compendiada en la liga del portal electrónico de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades www.sederec.df.gob.mx. SEGUNDO.- Asimismo, se informa a la ciudadanía que se continuará con las gestiones necesarias para la puesta en marcha de los proyectos ubicados en Milpa Alta y Tláhuac: Embarcadero de los Reyes Aztecas, Expo Sur, El Parador Turístico de San Pedro Atocpan y el Agro Parque del Nopal, a partir de los Estudio de factibilidad referido en la cláusula que antecede. TRANSITORIO ÚNICO.- Publíquese el presente aviso en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y en la página web de la SEDEREC para su difusión. Ciudad de México, a 16 de junio de 2016 (Firma) ______________________________________________ LIC. ROSA ICELA RODRÍGUEZ VELÁZQUEZ SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES
  • 9. 17 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES LIC. ROSA ICELA RODRÍGUEZ VELÁZQUEZ, Secretaria de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, con fundamento en los artículos 15 fracción XX, 16 fracciones III y IV, y 23 Quintus de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 26 fracción X del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; artículos 2, 3 y 14 fracción XVII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal y: CONSIDERANDO Que de conformidad con lo dispuesto en la normatividad vigente, expresado en el Artículo 23 Quintus, fracciones I y II de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, es facultad de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades (SEDEREC) formular, ejecutar, evaluar las políticas y programas en materia de turismo alternativo en un contexto de salvaguarda del patrimonio cultural y natural de la entidad, enfocados a la habilitación, mejoramiento, equipamiento y promoción de espacios dedicados al turismo alternativo. Es por ello que se conviene entre la SEDEREC y FONATUR (Fondo Nacional de Fomento al Turismo) el establecimiento del “Programa de Desarrollo Turístico Alternativo y Sustentable de Pueblos Originarios de la Ciudad de México en: Milpa Alta y Tláhuac”. El propósito es fortalecer y posicionar en forma ordenada la actividad turística a nivel regional, aprovechando los atractivos turísticos naturales, patrimoniales y culturales en los Pueblos Originarios de la Ciudad de México. En virtud de lo anterior es que el Gobierno de la Ciudad de México a través de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, como una acción afirmativa en favor de salvaguarda del patrimonio cultural y natural, enfocados al mejoramiento, equipamiento y promoción de espacios dedicados al turismo alternativo de las delegaciones rurales de la Ciudad de México, coadyuvará en el “Programa de Desarrollo Turístico Alternativo y Sustentable de Pueblos Originarios de la Ciudad de México en: Milpa Alta y Tláhuac ”, para lo cual emite el siguiente: AVISO POR EL QUE SE HACEN DEL CONOCIMIENTO PÚBLICO EL CONVENIO DE COLABORACIÓN CELEBRADO ENTRE FONATUR Y EL GDF, PARA LA ELABORACIÓN Y ENTREGA DEL PROGRAMA DE DESARROLLO TURÍSTICO ALTERNATIVO Y SUSTENTABLE DE PUEBLOS ORIGINARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO: MILPA ALTA Y TLÁHUAC ÚNICO.- Con fecha 16 de julio de 2015, se celebró Convenio de Coordinación entre Nacional Financiera, S.N.C. como Fiduciaria en el Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento al Turismo, “FONATUR”, y el Gobierno del Distrito Federal, “EL GDF”, con el objeto establecer las bases de colaboración y coordinación entre las partes, a fin de que “FONATUR” elaboré y entregue a “EL GDF”, el “Programa de Desarrollo Turístico Alternativo y Sustentable de Pueblos Originarios de la Ciudad de México en: Milpa Alta y Tláhuac”, con vigencia de 12 meses. Dicho Convenio de Coordinación, se encuentra publicado para su difusión en la liga del portal electrónico de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades www.sederec.df.gob.mx. TRANSITORIO ÚNICO.- Publíquese el presente aviso en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y en la página web de la SEDEREC para su difusión. Ciudad de México, a 16 de junio de 2016 (Firma) ______________________________________________ LIC. ROSA ICELA RODRÍGUEZ VELÁZQUEZ SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES
  • 10. 10 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17 de Junio de 2016 COORDINACIÓN GENERAL DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA OLIVER CASTAÑEDA CORREA, Coordinador General de Modernización Administrativa y Titular de la Unidad de Mejora Regulatoria del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 13, fracción III, 24, 25, 26, 27 y 28 de la Ley de Gobierno Electrónico del Distrito Federal11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; y 101 Bis, fracciones XXIV, XXXVIII, XL y XLII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; numerales Tercero fracción XVI, Cuarto fracción I, Noveno fracciones I, V, IX, X y XV, Décimo Primero y Vigésimo Tercero del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal; y 2, fracción II, 4 fracción XXIII, 13.2.1, 13.4.1, 13.4.2, 13.4.3, 13.8.2, 13.8.5, 18.5, 18.8, 28.1, 28.2, 28.3 y 29.1 de las Reglas de Operación del Registro Electrónico de los Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal, y CONSIDERANDO Que la Ley de Gobierno Electrónico del Distrito Federal señala que el Registro Electrónico de Trámites y Servicios será operado y administrado por la Oficialía Mayor, a través de la Coordinación General de Modernización Administrativa que, en su carácter de Unidad de Mejora Regulatoria de la Ciudad de México, será la encargada de verificar que los trámites y servicios, y sus formatos correspondientes, cumplan con los principios de legalidad, juridicidad, simplificación, información, transparencia e imparcialidad para su inscripción, y que ésta tiene la facultad de normar, promover, formular, instrumentar, ejecutar, dar seguimiento y evaluar las acciones en materia de simplificación administrativa, mejora regulatoria y mejora de la gestión de trámites y servicios de la Administración Pública. Que el Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y el Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal, establecen entre otras atribuciones de la Coordinación General de Modernización Administrativa las de operar y administrar el Registro Electrónico de los Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal y el Portal Web Oficial de Trámites y Servicios; desempeñar las funciones de la Unidad de Mejora Regulatoria del Distrito Federal, y ser la instancia facultada para publicar en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México los formatos de solicitud de trámites y servicios que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico y difundirlos en el Portal Trámites CDMX. Que una vez que se ha concluido con el proceso de inscripción en el Registro Electrónico de los Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal, de un servicio que presta la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal y se ha expedido la Constancia de Inscripción de éste, es procedente su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para que produzca sus efectos jurídicos en cumplimiento a lo establecido en el artículo 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal. Que una vez que se publique el servicio que presta la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, éste surtirá sus efectos jurídicos y será susceptible de su aplicación en la forma y términos en los que fueron inscritos en el Registro Electrónico de Trámites y Servicios y sean difundidos en el Portal Web Oficial de Trámites y Servicios del Distrito Federal (Trámites CDMX), por lo que he tenido a bien expedir el siguiente: AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL SERVICIO QUE PRESTA LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL EN MATERIA DE ASESORIAS Y ASISTENCIA SOCIAL DENOMINADO “ATENCIÓN DE TRABAJO SOCIAL Y PSICOTERAPÉUTICA A PERSONAS AGRESORAS EN CASOS DE VIOLENCIA FAMILIAR” QUE HA OBTENIDO LA CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ELECTRÓNICO DE LOS TRÁMITES Y SERVICIOS DEL MANUAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS AL PÚBLICO DEL DISTRITO FEDERAL PRIMERO.- Se da a conocer el servicio en materia de Asesorías y Asistencia Social de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, denominado “Atención de trabajo social y psicoterapéutica a personas agresoras en casos de violencia familiar” que ha obtenido la Constancia de Inscripción en el Registro Electrónico de los Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal. SEGUNDO.- La Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, deberá conocer, substanciar, resolver u otorgar el servicio a que se refiere el presente Aviso en los términos y condiciones en los que fue inscrito en el Registro Electrónico de
  • 11. 17 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11 Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal y como aparece en el Portal Web Oficial de Trámites y Servicios del Distrito Federal (Trámites CDMX), por lo que no podrá modificarse o alterarse en forma alguna, sin cumplir previamente el procedimiento de actualización, modificación o baja a que se refiere el Manual de Trámites y Servicios multicitado, ni solicitar requisitos adicionales, so pena de incurrir en alguna responsabilidad de carácter administrativa. TRANSITORIOS PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. SEGUNDO.- El Presente aviso, entrará en vigor el día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Dado en la Ciudad de México, el ocho del mes de junio de dos mil dieciséis. EL COORDINADOR GENERAL DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y TITULAR DE LA UNIDAD DE MEJORA REGULATORIA DEL DISTRITO FEDERAL (Firma) OLIVER CASTAÑEDA CORREA LISTADO DE TRÁMITES Y SERVICIOS QUE HAN OBTENIDO LA CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ELECTRÓNICO DE LOS TRÁMITES Y SERVICIOS DEL MANUAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS AL PÚBLICO DEL DISTRITO FEDERAL ÍNDICE TEMÁTICO POR ÓRGANO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL No. Nombre del Trámite Tipo Materia Órgano que Registra No. de Anexo 1 a 672… 673 Atención de trabajo social y psicoterapéutica a personas agresoras en casos de violencia familiar Servicio Asesorías y Asistencia Social Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal Sin anexo
  • 12. 12 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17 de Junio de 2016 COORDINACIÓN GENERAL DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA OLIVER CASTAÑEDA CORREA, Coordinador General de Modernización Administrativa y Titular de la Unidad de Mejora Regulatoria del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 13, fracción III, 24, 25, 26, 27 y 28 de la Ley de Gobierno Electrónico del Distrito Federal; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; y 101 Bis, fracciones XXIV, XXXVIII, XL y XLII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; numerales Tercero fracción XVI, Cuarto fracción I, Noveno fracciones I, V, IX, X y XV, Décimo Primero y Vigésimo Tercero del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal; y 2, fracción II, 4 fracción XXIII, 13.2.1, 13.4.1, 13.4.2, 13.4.3, 13.8.2, 13.8.5, 18.5, 18.8, 28.1, 28.2, 28.3 y 29.1 de las Reglas de Operación del Registro Electrónico de los Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal, y CONSIDERANDO Que la Ley de Gobierno Electrónico del Distrito Federal señala que el Registro Electrónico de Trámites y Servicios será operado y administrado por la Oficialía Mayor, a través de la Coordinación General de Modernización Administrativa que, en su carácter de Unidad de Mejora Regulatoria del Distrito Federal, será la encargada de verificar que los trámites y servicios, y sus formatos correspondientes, cumplan con los principios de legalidad, juridicidad, simplificación, información, transparencia e imparcialidad para su inscripción, y que ésta tiene la facultad de normar, promover, formular, instrumentar, ejecutar, dar seguimiento y evaluar las acciones en materia de simplificación administrativa, mejora regulatoria y mejora de la gestión de trámites y servicios de la Administración Pública. Que el Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y el Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal, establecen entre otras atribuciones de la Coordinación General de Modernización Administrativa las de operar y administrar el Registro Electrónico de los Trámites y Servicios y el Portal Web de Trámites y Servicios; desempeñar las funciones de la Unidad de Mejora Regulatoria del Distrito Federal, y ser la instancia facultada para publicar en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México los formatos de trámites y servicios que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico y difundirlos en el Portal Web Oficial de Trámites y Servicios (Trámites CDMX). Que el 24 de febrero de 2016, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el Aviso por el que se dieron a conocer, entre otros, los trámites denominados “Aviso de Visto Bueno de seguridad y operación y su renovación” y “Expedición de licencia de relotificación y su prórroga”, a cargo del Órgano Político-Administrativo en Miguel Hidalgo, que han obtenido la constancia de inscripción en el Registro Electrónico de los Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal. Que con la finalidad de proporcionar a los ciudadanos información clara, precisa y transparente, el Órgano Político- Administrativo en Miguel Hidalgo inició el proceso de modificación a que se refieren los artículos 26 y 28 de la Ley de Gobierno Electrónico del Distrito Federal; el artículo DECIMO TERCERO del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal y el numeral 13.1 de las Reglas de Operación del Registro Electrónico de los Trámites y Servicios, y por tanto fue necesario modificar los Trámites “Aviso de Visto Bueno de seguridad y operación y su renovación” y “Expedición de licencia de relotificación y su prórroga”que fueron publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México de 24 de febrero de 2016. Que una vez que se publiquen los formatos de los trámites a cargo del Órgano Político-Administrativo en Miguel Hidalgo en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, éstos surtirán sus efectos jurídicos y serán susceptibles de su aplicación en la forma y términos en los que se difunden y fueron modificados en el Registro Electrónico de Trámites y Servicios y como aparecen en el Portal Web Oficial de Trámites y Servicios (Trámites CDMX), por lo que he tenido a bien expedir el siguiente: AVISO POR EL QUE SE MODIFICAN LOS FORMATOS DE SOLICITUD DE LOS TRÁMITES DENOMINADOS “AVISO DE VISTO BUENO DE SEGURIDAD Y OPERACIÓN Y SU RENOVACIÓN” Y “EXPEDICIÓN DE LICENCIA DE RELOTIFICACIÓN Y SU PRÓRROGA”, A CARGO DEL ÓRGANO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO EN MIGUEL HIDALGO, EN EL REGISTRO ELECTRÓNICO DE LOS TRÁMITES Y SERVICIOS DEL MANUAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS AL PÚBLICO DEL DISTRITO FEDERAL PRIMERO.- Se modifican los formatos de los trámites denominados: “Aviso de Visto Bueno de seguridad y operación y su renovación” y “Expedición de licencia de relotificación y su prórroga”, publicados el 24 de febrero de 2016, en la Gaceta
  • 13. 17 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 13 Oficial de la Ciudad de México, mediante el Aviso por el que se da a conocer el Listado, así como los Formatos de Solicitud de los Trámites que presta el Órgano Político Administrativo en Miguel Hidalgo, en materia de Construcciones y Obras y Uso de Suelo, que han obtenido la Constancia de Inscripción en el Registro Electrónico de los Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal. SEGUNDO.- El Órgano Político-Administrativo en Miguel Hidalgo, deberá conocer, substanciar, resolver u otorgar los trámites y su formatos de solicitud a que se refiere el presente Aviso en los términos y condiciones en los que fueron modificados en el Registro Electrónico de Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal y como aparecen en el Portal Web Oficial de Trámites y Servicios (Trámites CDMX), por lo que no podrán alterarse en forma alguna, sin cumplir previamente el procedimiento de actualización, modificación o baja a que se refiere el Manual de Trámites y Servicios multicitado, ni solicitar requisitos adicionales, so pena de incurrir en alguna responsabilidad de carácter administrativa. TERCERO.- Se dejan sin efectos los formatos de solicitud de los trámites “Aviso de Visto Bueno de seguridad y operación y su renovación” y “Expedición de licencia de relotificación y su prórroga”, publicados el 24 de febrero de 2016 en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, mediante Aviso por el que se da a conocer el Listado, así como los Formatos de Solicitud de los Trámites que presta el Órgano Político Administrativo en Miguel Hidalgo, en materia de Construcciones y Obras y Uso de Suelo, que han obtenido la Constancia de Inscripción en el Registro Electrónico de los Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal. CUARTO.- El formato de solicitud del trámite denominado “Expedición de Licencia de Subdivisión, Fusión y prórroga”, contenido en el Anexo 7, del Aviso por el que se dieron a conocer diversos trámites a cargo del Órgano Político- Administrativo en Miguel Hidalgo, publicado el 24 de febrero de 2016 en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, por virtud del presente Aviso, se cambia de orden, para quedar como Anexo 9. TRANSITORIOS PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. SEGUNDO.- El presente Aviso, entrará en vigor el día de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Dado en la Ciudad de México, a los ocho días del mes de junio de dos mil dieciséis. EL COORDINADOR GENERAL DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y TITULAR DE LA UNIDAD DE MEJORA REGULATORIA DEL DISTRITO FEDERAL (Firma) OLIVER CASTAÑEDA CORREA LISTADO DE TRÁMITES MODIFICADOS EN EL REGISTRO ELECTRÓNICO DE LOS TRÁMITES Y SERVICIOS DEL MANUAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS AL PÚBLICO DEL DISTRITO FEDERAL ÍNDICE TEMÁTICO POR ÓRGANO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO No. Nombre del Trámite Tipo Materia Dependencia que Norma No. de Anexo 604 Aviso de Visto Bueno de seguridad y operación y su renovación Trámite Construcciones y Obras Órgano Político- Administrativo en Miguel Hidalgo Anexo 7 605 Expedición de licencia de subdivisión, fusión y prórroga Trámite Uso de Suelo Órgano Político- Administrativo en Miguel Hidalgo Anexo 8 606 Expedición de licencia de relotificación y su prórroga Trámite Uso de Suelo Órgano Político- Administrativo en Miguel Hidalgo Anexo 9
  • 14. 14 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17 de Junio de 2016 Anexo 7 Folio: C la v e de fo rm a to : de de * Los datos solicitados en este bloque son obligatorios. * Los datos solicitados en este bloque son obligatorios en caso de ser persona moral. Fecha Apellido Paterno Apellido Materno C. Jefe(a) Delegacional Presente Declaro bajo protesta de decir verdad que la información y documentación proporcionada es verídica, por lo que en caso de existir falsedad en ella, tengo pleno conocimiento que se aplicarán las sanciones administrativas y penas establecidas en los ordenamientos respectivos para quienes se conducen con falsedad ante la autoridad competente, en términos del artículo 32 de la Ley de Procedimiento Administrativo, con relación al 311 del Código Penal, ambos del Distrito Federal. Información al interesado sobre el tratamiento de sus datos personales Los datos personales recabados serán protegidos, incorporados y tratados en el Sistema de Datos Personales (Nombre del Sistema de Datos Personales) el cual tiene su fundamento en (Fundamento legal que faculta al ente público para recabar los datos personales), cuya finalidad es (Describir la finalidad del Sistema) y podrán ser transmitidos a (Destinatario y finalidad de la transmisión), además de otras transmisiones previstas en la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. Con excepción del teléfono particular, los demás datos son obligatorios y sin ellos no podrá acceder al servicio o completar el trámite (Indicar el trámite o servicio de que se trate). Asimismo, se le informa que sus datos no podrán ser difundidos sin su consentimiento expreso, salvo las excepciones previstas en la ley. El responsable del Sistema de Datos Personales es (Nombre del responsable del Sistema), y la dirección donde podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, así como la revocación del consentimiento es (Indicar el domicilio de la Oficina de Información Pública correspondiente). El titular de los datos podrá dirigirse al Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, donde recibirá asesoría sobre los derechos que tutela la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal al teléfono 56 36 46 36; correo electrónico: datospersonales@infodf.org.mx o en la página www.infodf.org.mx. Fecha de vencimiento Actividad autorizada a realizar Identificación Oficial Número / Folio (Credencial para votar, Pasaporte, Nacionalidad En su caso Documento con el que acredita la situación NO MBRE DEL TRÁMITE: AVISO DE VISTO BUENO DE SEGURIDAD Y OPERACIÓN Y SU RENOVACIÓN Ciudad de México, a DATO S DEL INTERESADO (PERSO NA FÍSICA) Nombre (s) migratoria y estancia legal en el país Nombre del Notario o Corredor Público Número de Notaría o Correduría Entidad Federativa DATO S DEL INTERESADO (PERSO NA MO RAL) Denominación o razón social Acta Constitutiva o Póliza Número o Folio del Acta o Póliza Fecha de otorgamiento Apellido Paterno Apellido Materno Identificación Oficial Número / Folio Inscripción en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio Folio o Número Entidad Federativa DATO S DEL REPRESENTANTE LEGAL, APO DERADO O TUTO R * Los datos solicitados en este bloque son obligatorios en caso de actuar en calidad de representante legal, apoderado, mandatario o tutor. Nombre (s) Nacionalidad TMHIDALGO_AVB_1 DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO
  • 15. 17 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15 Calle PARA EL AVISO DE VISTO BUENO DE SEGURIDAD Y OPERACIÓN PARA LA RENOVACIÓN DEL VISTO BUENO DE SEGURIDAD Y OPERACIÓN Corredor Público o Juez Número de Notaría, Entidad Federativa Correduría o Juzgado Instrumento o documento con el que acredita la representación Número o Folio Nombre del Notario, Colonia Delegación C.P. Inscripción en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio DOMICILIO PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES Y DOCUMENTOS EN EL DISTRITO FEDERAL * Los datos solicitados en este bloque son obligatorios. No. Exterior No. Interior REQUISITOS 1. Este formato debidamente requisitado. 2. Identificación oficial con fotografía (credencial para votar, licencia para conducir, cartilla del servicio militar nacional, pasaporte, cédula profesional , carta de naturalización o certificado de nacionalidad mexicana) y copia. 3. Los resultados de las pruebas señaladas en los artículos 185 y 186 del Reglamento de Construcciones del Distrito Federal. 4. Documento con el que se acredite la personalidad, en los casos de representante legal (Acta Constitutiva, Carta Poder, Poder Notarial). 5. Responsiva y carnet del director responsable de obra, en su caso. 6. Responsiva y carnet del corresponsable en Instalaciones, tratándose de giros industriales que excedan de 40 m2 Correo electrónico para recibir notificaciones Persona autorizada para oír y recibir notificaciones y documentos Nombre (s) Apellido Paterno Apellido Materno Costo: Artículo, fracción, inciso, subinciso Sin costo del Código Fiscal del Distrito Federal 7. Constancia de seguridad estructural, en su caso. 8. Copia de manifestación de construcción, en su caso. 1. Este formato debidamente requisitado. FUNDAMENTO JURÍDICO Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal.- Artículo 7º fracción VII. Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal.- Artículos 34 fracción IV, 35 fracción X, 68, 69 y 70. 2. Visto bueno de seguridad y operación. Documento a obtener Registro o Renovación del registro Vigencia del documento a obtener 3 años para el Registro y 3 para la Renovación. Procedencia de la Afirmativa o Negativa Ficta No aplica
  • 16. 16 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17 de Junio de 2016 Calle Calle Correo electrónico Calle No. C.P. m2 m2 m2 m2 Si No m2 % m2 % De fecha ______________________ DATOS DEL PREDIO No. Exterior No. Interior Cuenta Catastral Superficie Título de propiedad o documento con el que se acredita la legal posesión Escritura Pública No. Colonia Delegación C.P. Folio de Inscripción en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio Fecha Otro documento Notario No. Entidad Federativa No. Exterior No. Interior Colonia DIRECTOR RESPONSABLE DE OBRA Nombre Registro No. CORRESPONSABLES Nombre Registro No. Delegación C.P. Teléfono Nombre Registro No. Corresponsable en: Instalaciones Corresponsable en: Seguridad Estructural Nombre Registro No. Corresponsable en: Diseño Urbano y Arquitectónico Superficie b.n.b DATOS DEL INMUEBLE Colonia Delegación m2 m2 Estacionamiento cubierto Estacionamiento descubierto Semisótano Número de sótanos Cuenta Catastral Superficie del predio Superficie total construida Superficie s.n.b Número de niveles s.n.b Número de viviendas (en su caso) Licencia o número de Manifestación de Construcción No. de fecha Cajo nes de es tacio namiento Superficie de desplante Área libre En caso de instalación o edificación recién construida, en términos del artículo 68 del Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal, número de licencia de construcción especial o registro de manifestación de construcción tipo _____ N°_________________ (s.n.b = Sobre nivel de banqueta; b.n.b = Bajo nivel de banqueta DESCRIPCIÓN DEL INMUEBLE SUPERFICIE(S) OCUPADA(S) POR USO(S)
  • 17. 17 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17 RESPONSIVA Bajo nuestra responsabilidad, hacemos constar que el inmueble descrito cumple con lo dispuesto en el Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal y demás normas aplicables, en cuanto a su operación, funcionamiento e instalaciones y que cuenta con los equipos y sistemas de seguridad que se requieren para situaciones de emergencia, suscribimos el presente visto bueno de seguridad y operación. Nombre Firma Representante legal Nombre Director Responsable de Obra Nombre Propietario, poseedor o interesado Nombre Corresponsable en: Diseño Urbano y Arquitectónico Nombre Corresponsable en: Instalaciones OBSERVACIONES a) Debe ser renovado cada 3 años o cuando se realice cambio de uso o de instalaciones en la edificación. b) Una vez descargada la responsiva en el carnet del Director Responsable de Obra, se debe entregar una copia para el expediente. c) En caso que el predio se localice en dos o más delegaciones el trámite debe gestionarse en la Ventanilla Única de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda. Nombre Corresponsable en: Seguridad Estructural Nombre INTERESADO O REPRESENTANTE LEGAL (en su caso) ______________________________ Nombre y Firma El interesado entregará la solicitud por duplicado y conservará un ejemplar para acuse de recibo que contenga sello original y firma autógrafa del servidor público que recibe.
  • 18. 18 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17 de Junio de 2016 LA PRESENTEHOJA Y LA FIRMA QUEAPARECEAL CALCE, FORMAN PARTEINTEGRANTEDELA SOLICITUD DEL TRÁMITE AVISO DEVISTO BUENO DESEGURIDAD Y OPERACIÓN DEFECHA _____ DE___ DE______ electrónica http://www.anticorrupcion.df.gob.mx/index.php/sistema-de-denuncia-ciudadana QUEJAS O DENUNCIAS QUEJATEL LOCATEL 56 58 11 11, HONESTEL 55 33 55 33. DENUNCIA irregularidades a través del Sistema de Denuncia Ciudadana vía Internet a la dirección Recibió (para ser llenado por la autoridad) Sello de recepción Área Nombre Cargo Firma
  • 19. 17 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19 Anexo 8 Folio: C la v e de fo rm a to : de de * Los datos solicitados en este bloque son obligatorios. * Los datos solicitados en este bloque son obligatorios en caso de ser persona moral. Fecha Los datos personales recabados serán protegidos, incorporados y tratados en el Sistema de Datos Personales (Nombre del Sistema de Datos Personales) el cual tiene su fundamento en (Fundamento legal que faculta al ente público para recabar los datos personales), cuya finalidad es (Describir la finalidad del Sistema) y podrán ser transmitidos a (Destinatario y finalidad de la transmisión), además de otras transmisiones previstas en la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. Con excepción del teléfono particular, los demás datos son obligatorios y sin ellos no podrá acceder al servicio o completar el trámite (Indicar el trámite o servicio de que se trate). Asimismo, se le informa que sus datos no podrán ser difundidos sin su consentimiento expreso, salvo las excepciones previstas en la ley. El responsable del Sistema de Datos Personales es (Nombre del responsable del Sistema), y la dirección donde podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, así como la revocación del consentimiento es (Indicar el domicilio de la Oficina de Información Pública correspondiente). El titular de los datos podrá dirigirse al Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, donde recibirá asesoría sobre los derechos que tutela la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal al teléfono 56 36 46 36; correo electrónico: datospersonales@infodf.org.mx o en la página www.infodf.org.mx. Identificación Oficial Número / Folio Inscripción en el Registro Público DATOS DEL INTERESADO (PERSONA MORAL) Acta Constitutiva o Póliza Denominación o razón social Número o Folio del Acta o Póliza Nombre del Notario o Corredor Público Fecha de otorgamiento Número de Notaría o Correduría Entidad Federativa Correduría o Juzgado Entidad Federativa Nombre (s) Apellido Paterno Apellido Materno TMHIDALGO_ELS En su caso Identificación Oficial NOMBRE DEL TRÁMITE: EXPEDICIÓN DE LICENCIA DE SUBDIVISIÓN, FUSIÓN Y PRÓRROGA Ciudad de México, a C. Jefe(a) Delegacional DATOS DEL INTERESADO (PERSONA FÍSICA) Apellido Paterno Nombre (s) Presente Declaro bajo protesta de decir verdad que la información y documentación proporcionada es verídica, por lo que en caso de existir falsedad en ella, tengo pleno conocimiento que se aplicarán las sanciones administrativas y penas establecidas en los ordenamientos respectivos para quienes se conducen con falsedad ante la autoridad competente, en términos del artículo 32 de la Ley de Procedimiento Administrativo, con relación al 311 del Código Penal, ambos del Distrito Federal. Información al interesado sobre el tratamiento de sus datos personales Apellido Materno Nombre del Notario, Nacionalidad Instrumento o documento con el que acredita la representación de la Propiedad y de Comercio Número de Notaría, Documento con el que acredita la situación migratoria y estancia legal en el país Fecha de vencimiento Número / Folio Actividad autorizada a realizar Nacionalidad (Credencial para votar, Pasaporte, Cartilla, etc.) Inscripción en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio Entidad Federativa DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL, APODERADO O TUTOR * Los datos solicitados en este bloque son obligatorios en caso de actuar en calidad de representante legal, apoderado, mandatario o tutor. Folio o Número Número o Folio Corredor Público o Juez DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO
  • 20. 20 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17 de Junio de 2016 Calle Tiempo de respuesta Calle Número de viviendas solicitadas: Cinco días háblies Folio de Inscripción en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio Fecha Otro documento Entidad Federativa Superficie por vivienda solicitada: Título de propiedad o documento con el que se acredita la legal posesión Escritura Pública No. Notario No. Cuenta Catastral Superficie Señalar la aplicación de alguna norma en particular: Uso de suelo solicitado: m2 de las áreas: Colonia Delegación C.P. DATOS DEL PREDIO No. Exterior No. Interior Procedencia de la Afirmativa o Negativa Ficta Afirmativa ficta: Procede; Negativa ficta: No procede Documento a obtener Licencia o prórroga Vigencia del documento a obtener 180 días hábiles Costo: Artículos 20 y 188 del Código Fiscal del Distrito Federal Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal.- Artículo 4 fracciones III y IV, 7 fracciones I, VII, XVIII, XXIII y XXXIV, 8 fracción III y 87 fracciones VII y VIII. Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal Artículos 2, 5, 74, 75, 127, 129, 130, 132 134 y 135 fracciones I y III. 7. Croquis en original y dos tantos que contengan en la parte superior, la situación actual del o de los inmuebles, consignando las calles colindantes, la superficie y linderos reales del predio y, en la parte inferior el anteproyecto de fusión o subdivisión, consignando también las calles colindantes, la superficie y linderos del predio o predios resultantes; 8. Constancia original del folio real, copia simple del testimonio de la escritura de propiedad del o los inmuebles que se pretenden subdividir o fusionar; FUNDAMENTO JURÍDICO 9. Constancia de adeudos a que se refiere el artículo 20 del Código Fiscal del Distrito Federal. Para la obtencion de la prórroga, llenar este formato y presentar el pago de derechos correspondiente. REQUISITOS 1. Este formato debidamente requisitado y firmado; 2. Documento que acredite la personalidad del representante legal con facultades de actos de dominio; (Acta Constitutiva, Carta Poder y Poder Notarial) 5. Certificado Único de Zonificación de Uso de Suelo vigente, de cada inmueble involucrado; 6. Constancia de alineamiento y número oficial, de los inmuebles que tengan frente a vía pública; Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal Artículo 39 fracción III. Apellido Paterno Apellido Materno 3. Identificación oficial con fotografía (Credencial para votar, licencia de conducir, cartilla del servicio militar nacional, Pasaporte, cédula profesional o carta de naturalización o certificado de nacionalidad mexicana); 4. Copia de la boleta predial de cada inmueble involucrado; Persona autorizada para oír y recibir notificaciones y documentos Nombre (s) Correo electrónico para recibir notificaciones Colonia Delegación C.P. DOMICILIO PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES Y DOCUMENTOS EN EL DISTRITO FEDERAL * Los datos solicitados en este bloque son obligatorios. No. Exterior No. Interior
  • 21. 17 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 21 Observaciones INTERESADO O REPRESENTANTE LEGAL (en su caso) ______________________________ Nombre y Firma INTERESADO O REPRESENTANTE LEGAL (en su _____________________________ _ Nombre y Firma INTERESADO O REPRESENTANTE LEGAL (en su caso) ______________________________ Nombre y Firma a) La expedición de la licencia de subdivisión o fusión no prejuzga sobre el destino de los predios, no obstante una vez expedida, los predios resultantes deberán sujetarse a lo que establezcan los Programas de Desarrollo Urbano; b) Expedida la licencia, esta deberá constar en escritura pública dentro de los 180 días hábiles posteriores a aquel en que se otorgue y el particular tendrá la obligación de notificar a la Delegación o a la Secretaría, en su caso. c) Para el caso de predios ubicados en dos o más Delegaciones, se tramitará en la Ventanilla Única de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda. d) La afirmativa ficta para la licencia y su prórroga procede solo si son cubiertos todos los requisitos y efectuado el pago de derechos el cual deberá ser acreditado por la autoridad e) La prórroga de la licencia debe solicitarse quince días antes del vencimiento de la misma. Para todos aquellos casos, donde el predio a subdividir o que por fusión tengan una superficie mayor a 5,000m2,el particular deberá ingresar escrito libre manifestando su voluntad a realizar la transmisión de propiedad y/o obras de infraestructura urbana y/o pago sustitutivo en efectivo a favor del Gobierno del Distrito Federal, ante la Dirección General de Administración Urbana de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del 10% de la superficie total del o los inmuebles involucrados mediante la modalidad que para tal efecto elija, con base en lo dispuesto por el artículo 75 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; Para la prórroga, únicamente deberá presentarse el formato requisitado y el pago de derechos correspondiente. CRO Q UIS DE LO CALIZACIÓ N Norte Dibujar a tinta y regla, especificando el nombre de las calles que delimitan la manzana donde se localiza el predio o inmueble de interés, las medidas del frente y fondo y las distancias de sus linderos a las esquinas más próximas. LA PRESENTE HO JA Y LA FIRMA Q UE APARECE AL CALCE, FO RMAN PARTE INTEGRANTE DE LA SO LICITUD DEL TRÁMITE LICENCIA DE SUBDIVISIÓ N, FUSIÓ N Y PRÓ RRO GA, DE FECHA ____ DE ________________________ DE _____. DENUNCIA irregularidades a través del Sistema de Denuncia Ciudadana vía Internet a la dirección Q UEJATEL LO CATEL 56 58 11 11, HO NESTEL 55 33 55 33. Q UEJAS O DENUNCIAS electrónica http://www.anticorrupcion.df.gob.mx/index.php/sistema-de-denuncia-ciudadana Recibió (para ser llenado por la autoridad) Sello de recepción Área Nombre Cargo Firma
  • 22. 22 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17 de Junio de 2016 Anexo 9 Folio: C la v e de fo rm a to : de de * Los datos solicitados en este bloque son obligatorios * Los datos solicitados en este bloque son obligatorios en caso de ser persona moral. Fecha Número / Folio Actividad autorizada a realizar Documento con el que acredita la situación migratoria y estancia legal en el país Fecha de vencimiento DATOS DEL INTERESADO (PERSONA MORAL) TMHIDALGO_ELR_1 Apellido Materno Nacionalidad En su caso Identificación Oficial Apellido Paterno Folio o Número (Credencial para votar, Pasaporte, Cartilla, etc.) NOMBREDEL TRÁMITE: EXPEDICIÓN DE LICENCIA DE RELOTIFICACIÓN Y SU PRÓRROGA Ciudad de México, a C. Jefe(a) Delegacional DATOS DEL INTERESADO (PERSONA FÍSICA) Nombre (s) Presente Declaro bajo protesta de decir verdad que la información y documentación proporcionada es verídica, por lo que en caso de existir falsedad en ella, tengo pleno conocimiento que se aplicarán las sanciones administrativas y penas establecidas en los ordenamientos respectivos para quienes se conducen con falsedad ante la autoridad competente, en términos del artículo 32 de la Ley de Procedimiento Administrativo, con relación al 311 del Código Penal, ambos del Distrito Federal.Información al interesado sobre el tratamiento de sus datos personales Los datos personales recabados serán protegidos, incorporados y tratados en el Sistema de Datos Personales (Nombre del Sistema de Datos Personales) el cual tiene su fundamento en (Fundamento legal que faculta al ente público para recabar los datos personales), cuya finalidad es (Describir la finalidad del Sistema) y podrán ser transmitidos a (Destinatario y finalidad de la transmisión), además de otras transmisiones previstas en la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. Con excepción del teléfono particular, los demás datos son obligatorios y sin ellos no podrá acceder al servicio o completar el trámite (Indicar el trámite o servicio de que se trate). Asimismo, se le informa que sus datos no podrán ser difundidos sin su consentimiento expreso, salvo las excepciones previstas en la ley. El responsable del Sistema de Datos Personales es (Nombre del responsable del Sistema), y la dirección donde podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, así como la revocación del consentimiento es (Indicar el domicilio de la Oficina de Información Pública correspondiente). El titular de los datos podrá dirigirse al Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, donde recibirá asesoría sobre los derechos que tutela la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal al teléfono 56 36 46 36; correo electrónico: datospersonales@infodf.org.mx o en la página www.infodf.org.mx. Acta Constitutiva o Póliza Denominación o razón social Inscripción en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio Número o Folio del Acta o Póliza Nombre del Notario o Corredor Público Fecha de otorgamiento Número de Notaría o Correduría Entidad Federativa Entidad Federativa DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO
  • 23. 17 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 23 Calle 5. Dos planos en original en escala de 1:500 a 1:5000 según sea la dimensión de los predios; el primero contendrá la situación actual de los inmuebles involucrados, consignando la superficie y linderos reales del predio, la distancia a la esquina más próxima, las calles colindantes; y el segundo contendrá el proyecto de relotificación, que contemple la superficie y linderos de los predios resultantes y las calles colindantes. 6. Constancia original de folio real, y copia certificada del testimonio de la escritura de propiedad de los inmuebles que se pretenden relotificar. REQUISITOS 1. Formato debidamente requisitado y firmado. 2. Original de la boleta predial del último semestre, de cada inmueble involucrado. Número o Folio Apellido Materno 3. Original del certificado de uso de suelo vigente, de cada inmueble involucrado. 4. Original de la constancia de alineamiento y número oficial de los inmuebles que tengan frente a vía pública. Nombre (s) Delegación C.P. Colonia DOMICILIO PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES Y DOCUMENTOS EN EL DISTRITO FEDERAL * Los datos solicitados en este bloque son obligatorios. DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL, APODERADO O TUTOR * Los datos solicitados en este bloque son obligatorios en caso de actuar en calidad de representante legal, apoderado, mandatario o tutor. Nombre del Notario, Apellido Paterno Apellido Materno Identificación Oficial Inscripción en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio Número de Notaría, Correduría o Juzgado Entidad Federativa Apellido Paterno Persona autorizada para oír y recibir notificaciones y documentos Nombre (s) Correo electrónico para recibir notificaciones No. Exterior No. Interior Número / Folio Nacionalidad Instrumento o documento con el que acredita la representación Corredor Público o Juez Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.- Artículo 39 fracción III; REQUISITOS PARA LA PRÓRROGA 9. Constancia de adeudos a que se refiere el artículo 20 del Código Fiscal del Distrito Federal. 7. Identificación oficial vigente con fotografía del o los propietarios y representante legal: (credencial para votar, cartilla del servicio militar nacional, licencia para conducir, pasaporte, cédula profesional o carta de naturalización o certificado de nacionalidad mexicana). 8. Avalúo vigente de los terrenos, para cálculo de los derechos (de ser procedente el trámite, el avaluó se presentará a efecto de que la autoridad realice el cálculo del monto a pagar relativo a la autorización y expedición de la licencia correspondiente). 1. Para la prórroga, únicamente se eberá presentar este formato debidamente requisitado y firmado, así como el pago de derechos correspondiente. FUNDAMENTO JURÍDICO 10. Documentos con los que se acredite la personalidad jurídica del representate o apoderado (Poder Notarial, Acta Constitutiva, Carta Poder) Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal Artículo 4 fracciones III y IV, 7 fracciones I, 8 fracción III , 62 y 87 fracción IX Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal.- Artículos 2, 5, 75, 130, 131, 132, 133, 134 y 135
  • 24. 24 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17 de Junio de 2016 Calle Número de viviendas solicitadas: Observaciones DENUNCIA irregularidades a través del Sistema de Denuncia Ciudadana vía Internet a la dirección Q UEJATEL LO CATEL 56 58 11 11, HO NESTEL 55 33 55 33. Q UEJAS O DENUNCIAS electrónica http://www.anticorrupcion.df.gob.mx/index.php/sistema-de-denuncia-ciudadana Recibió (para ser llenado por la autoridad) Sello de recepción Área Nombre Cargo Firma LA PRESENTE HO JA Y LA FIRMA Q UE APARECE AL CALCE, FO RMAN PARTE INTEGRANTE DE LA SO LICITUD DEL TRÁMITE EXPEDICIÓ N DE LICENCIA DE RELO TIFICACIÓ N, DE FECHA _____ DE ____________ DE _____. Procedencia de la Afirmativa o Negativa Ficta Afirmativa ficta: No Procede; Negativa ficta: Procede Documento a obtener Licencia o su prórroga Vigencia del documento a obtener 3 años tanto para la licencia como para la prórroga Costo: Artículos 20, 188, y 248 fracción VIII del Código Fiscal del Distrito Federal. 30 días hábilesTiempo de respuesta Colonia Delegación C.P. DATO S DEL PREDIO No. Exterior No. Interior Cuenta Catastral Superficie Señalar la aplicación de alguna norma en particular: Uso de suelo solicitado: m2 de las áreas: Entidad Federativa Superficie por vivienda solicitada: Título de propiedad o documento con el que se acredita la legal posesión Escritura Pública No. Notario No. INTERESADO O REPRESENTANTE LEGAL (en su _____________________________ _ Nombre y Firma INTERESADO O REPRESENTANTE LEGAL (en su caso) ______________________________ Nombre y Firma INTERESADO O REPRESENTANTE LEGAL (en su ____________________________ __ Nombre y Firma Folio de Inscripción en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio Fecha Otro documento a ) P a ra pre dios ubic a dos e n dos o má s De le ga c ione s, e l trá mite se re a liza e n la Ve nta nilla Únic a de la S e c re ta ría de De sa rrollo Urba no y Vivie nda , pre via c ita obte nida a tra vé s de l siste ma S EDUVI- S ITE, e n la pá gina http/www.se duvi.df.gob.mx, de otra forma , e ste se e fe c túa e n la De le ga c ión c orre spondie nte . b)La e xpe dic ión de la Lic e nc ia de Re lotific a c ión no pre juzga sobre e l de stino de los pre dios, no obsta nte una ve z e xpe dida , los pre dios re sulta nte s de be rá n suje ta rse a lo que e sta ble zc a n los P rogra ma s de De sa rrollo Urba no. c ) P a ra todos a que llos c a sos, donde e l pre dio a re lotific a r te nga n una supe rfic ie s ma yor a 5,000m2, o que de riva do de e sta se ge ne re un pre dio ma yor a 5,000m2 e l pa rtic ula r de be rá ingre sa r e sc rito libre ma nife sta ndo su volunta d a re a liza r la dona c ión a fa vor de l Gobie rno de l Distrito Fe de ra l, a nte la a utorida d c ompe te nte de l 10% de la supe rfic ie tota l de l o los inmue ble s involuc ra dos me dia nte la moda lida d que pa ra ta l e fe c to e lija , c on ba se e n lo dispue sto por e l Re gla me nto de la Le y de De sa rrollo Urba no de l Distrito Fe de ra l. d) Expe dida la lic e nc ia , de be rá c onsta r e n e sc ritura públic a , de ntro de los 3 a ños poste riore s a a que l e n que se otorgue , pa ra tira r la e sc ritura públic a , e n c a so c ontra rio, que da rá sin e fe c to. e )La a firma tiva fic ta proc e de solo si son c ubie rtos todos los re quisitos y e fe c tua do e l pa go de de re c hos e l c ua l de be rá se r a c re dita do por la a utorida d. f) P a ra e l c a so de Re pre se nta nte Le ga l, de be rá c onta r c on fa c ulta de s pa ra a c tos de dominio. g) En c a so de que la De le ga c ión re sue lva proc e de nte la re lotific a c ión se de be rá n pa ga r los de re c hos c orre spondie nte s, por la e xpe dic ión de la lic e nc ia , e ntre ga ndo e l c omproba nte a la De le ga c ión. P roc e de la a firma tiva fic ta si tra nsc urridos 3 día s de e xhibido e l pa go no ha y re spue sta de la a utorida d.
  • 25. 17 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 25 DELEGACIÓN XOCHIMILCO LIC. FRANCISCO GARDUÑO YÁÑEZ, Director General de Jurídica y de Gobierno en la Delegación Xochimilco, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 2 párrafo Tercero, 10 Fracción XVI, 36, 37, 39, fracciones VI, VIII y LXXXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, 6 fracción I de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal: 14 fracción I de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal; párrafos primero y segundo del artículo 1; 3 fracción III, 120, 121, 122 Bis, fracción XVI inciso A); 123 fracciones I y XIV; 169, fracciones I y VI; 170 fracciones I, III, IV y X del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, doy a conocer el siguiente: NOTA ACLARATORIA AL AVISO POR EL QUE SE CONVOCA A LOS COMERCIANTES INSCRITOS EN EL SISTEMA DE COMERCIO EN VÍA PÚBLICA (SISCOVIP) PARA REALIZAR LA REGULARIZACIÓN DE PAGOS POR LOS CONCEPTOS DE APROVECHAMIENTOS POR USO Y EXPLOTACIÓN DE LAS VÍAS O ÁREAS PÚBLICAS UBICADOS EN LA XOCHIMILCO, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO DE FECHA 12 DE ABRIL DE 2016. En la página 6 párrafo tercero dice: Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, 7, 8, 9, 11, 30, 31 y demás relativos aplicables de la Ley del Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, con relación al artículo 304 del Código Fiscal del Distrito Federal y lo previsto en el punto 5 apartado 13 del acuerdo 11/98, mediante el cual se emite el Programa de Reordenamiento de Comercio en Vía Pública y los criterios para la aplicación de las cuotas por concepto de aprovechamiento por el uso de las vías y áreas públicas para realizar actividades mercantiles, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día 16 de febrero de 1998, se da a conocer el AVISO POR EL QUE SE CONVOCA A LOS COMERCIANTES INSCRITOS EN EL SISTEMA DE COMERCIO EN VÍA PÚBLICA (SISCOVIP) PARA REALIZAR LA REGULARIZACIÓN DE PAGOS POR LOS CONCEPTOS DE APROVECHAMIENTOS POR USO Y EXPLOTACIÓN DE LAS VÍAS O ÁREAS PÚBLICAS UBICADOS EN LA XOCHIMILCO, el cual es resultado de la revisión iniciada el pasado 01 de octubre del 2015 (derivada del cambio de administración de Órgano Político Administrativo en la Delegación Xochimilco) a la base de datos del Programa de Reordenamiento de Comercio en la Vía Pública del Sistema de Comercio en Vía Pública (SISCOVIP), se advierten diversas omisiones en cuanto a los pagos correspondientes, por lo que se otorga a los Comerciantes inscritos en el Sistema de Comercio en la Vía Pública (SISCOVIP) el plazo de sesenta (60) días hábiles para realizar la regularización de los pagos por los conceptos de aprovechamiento por uso y explotación de las vías o áreas públicas ubicados en la Delegación Xochimilco. Debe decir: Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, 7, 8, 9, 11, 30, 31 y demás relativos aplicables de la Ley del Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, con relación al artículo 304 del Código Fiscal del Distrito Federal y lo previsto en el punto 5 apartado 13 del acuerdo 11/98, mediante el cual se emite el Programa de Reordenamiento de Comercio en Vía Pública y los criterios para la aplicación de las cuotas por concepto de aprovechamiento por el uso de las vías y áreas públicas para realizar actividades mercantiles, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día 16 de febrero de 1998, se da a conocer el AVISO POR EL QUE SE CONVOCA A LOS COMERCIANTES INSCRITOS EN EL SISTEMA DE COMERCIO EN VÍA PÚBLICA (SISCOVIP) PARA REALIZAR LA REGULARIZACIÓN DE PAGOS POR LOS CONCEPTOS DE APROVECHAMIENTOS POR USO Y EXPLOTACIÓN DE LAS VÍAS O ÁREAS PÚBLICAS UBICADOS EN LA XOCHIMILCO, el cual es resultado de la revisión iniciada el pasado 01 de octubre del 2015 (derivada del cambio de administración de Órgano Político Administrativo en la Delegación Xochimilco) a la base de datos del Programa de Reordenamiento de Comercio en la Vía Pública del Sistema de Comercio en Vía Pública (SISCOVIP), se advierten diversas omisiones en cuanto a los pagos correspondientes, por lo que se otorga a los Comerciantes inscritos en el Sistema de Comercio en la Vía Pública (SISCOVIP) el plazo de noventa (90) días hábiles para realizar la regularización de los pagos por los conceptos de aprovechamiento por uso y explotación de las vías o áreas públicas ubicados en la Delegación Xochimilco. Transitorios ÚNICO.- Publíquese la presente Nota Aclaratoria en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Ciudad de México a 13 de junio de 2016 DIRECTOR GENERAL DE JURÍDICA Y DE GOBIERNO (Firma) ___________________________________________ LIC. FRANCISCO GARDUÑO YÁÑEZ
  • 26. 26 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17 de Junio de 2016 CAJA DE PREVISIÓN PARA TRABAJADORES A LISTA DE RAYA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL (DE LA CIUDAD DE MÉXICO). “ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA Y ADECUA LA DENOMINACIÓN DE LA CAJA DE PREVISIÓN PARA TRABAJADORES A LISTA DE RAYA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, PARA QUEDAR COMO CAJA DE PREVISIÓN PARA TRABAJADORES A LISTA DE RAYA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO.” LIC. LIZBETH DOMÍNGUEZ MERCADO, Directora General, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 3 fracciones IV y IX, 40, 47, 48, 50, 52, 53, 54 fracción I, 71 fracciones I, IX y XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 17 fracciones I, V, XII y XXIV, 98 del Estatuto Orgánico de la Caja de Previsión para Trabajadores a Lista de Raya del Gobierno del Distrito Federal, y Considerando Que con fecha veintinueve de enero del año dos mil dieciséis se publicó en el Diario Oficial de la Federación y en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el decreto por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma política de la Ciudad de México, que establecen que la Ciudad de México se erigirá como una Entidad Federativa denominada “Ciudad de México”, sede de los Poderes de la Unión y Capital de los Estados Unidos Mexicanos, decreto que entró en vigor al día siguiente de su publicación conforme a lo señalado por el artículo primero transitorio. Que con fecha dos de febrero del año dos mil dieciséis se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el Acuerdo por el que se instruye a las Unidades Administrativas que integran la Administración Pública de la Ciudad de México, a implementar las acciones necesarias para incorporar en la documentación oficial la denominación “Ciudad de México”, en lugar de Distrito Federal, Acuerdo que entró en vigor al día siguiente de su publicación conforme a lo señalado por el artículo segundo transitorio. Que derivado de las reformas de mérito, resulta necesario que ésta Entidad realice las adecuaciones pertinentes, a fin de implementar las medidas regulatorias establecidas en los artículos reformados 43, 122 apartado A, fracción V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como actualizar la documentación oficial, la información a través del Portal de la Oficina de Información Pública de la CAPTRALIR y la adecuación de la denominación de las Entidades de la Administración Pública del hoy Gobierno de la Ciudad de México. Que el H. Consejo Directivo de la Caja de Previsión para Trabajadores a Lista de Raya del Gobierno del Distrito Federal, en la Primera Sesión Ordinaria, celebrada en fecha nueve de marzo de dos mil dieciséis, aprobó mediante acuerdo número 12/I.S.O./2016, que a la letra indica: Con fundamento en los artículos 52 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, 8 párrafo tercero, 9 fracción XII, y 12 fracción II del Estatuto Orgánico de la Caja de Previsión para Trabajadores a Lista de Raya del Gobierno del Distrito Federal, el H. Consejo Directivo de la CAPTRALIR, toma conocimiento de la adecuación de la denominación de la CAPTRALIR para quedar de la siguiente forma: “Caja de Previsión para Trabajadores a Lista de Raya del Gobierno de la Ciudad de México”, ello conforme a las reformas constitucionales y Acuerdo administrativo de mérito, se instruye a la Directora General de CAPTRALIR para que se realice la publicación correspondiente para que surta sus efectos frente a terceros. En consecuencia se emite el siguiente: “ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA Y ADECUA LA DENOMINACIÓN DE LA CAJA DE PREVISIÓN PARA TRABAJADORES A LISTA DE RAYA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, PARA QUEDAR COMO CAJA DE PREVISIÓN PARA TRABAJADORES A LISTA DE RAYA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO.” ÚNICO.- En cumplimiento al Decreto promulgado por el Ejecutivo Federal, de fecha veintinueve de enero del año dos mil dieciséis, que se publicó en el Diario Oficial de la Federación, al Acuerdo publicado en fecha dos de febrero del año dos mil dieciséis se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, por el que se autoriza a las Unidades Administrativas que integran la Administración Pública de la Ciudad de México, a implementar las acciones necesarias para incorporar en la
  • 27. 17 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 27 documentación oficial la denominación “Ciudad de México”, en lugar de Distrito Federal, y al Acuerdo del H. Consejo Directivo tomado en la Primera Sesión Ordinaria del año en curso, se modifica y adecua la denominación de la Caja de Previsión para Trabajadores a Lista de Raya del Gobierno del Distrito Federal por la de “Caja de Previsión para Trabajadores a Lista de Raya del Gobierno de la Ciudad de México”. TRANSITORIOS PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para todos los efectos a que haya lugar. SEGUNDO.- El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación. En la Ciudad de México, a siete de junio de dos mil dieciséis. LA DIRECTORA GENERAL DE LA CAJA DE PREVISIÓN PARA TRABAJADORES A LISTA DE RAYA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL (CIUDAD DE MÉXICO) (Firma) LIC. LIZBETH DOMÍNGUEZ MERCADO
  • 28. 28 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17 de Junio de 2016 UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE LA CIUDAD DE MÉXICO ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS DÍAS INHÁBILES DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, PARA EFECTOS DE LOS ACTOS Y PROCEDIMIENTOS COMPETENCIA DE ESTA UNIDAD; ASÍ COMO PARA LA RECEPCIÓN, SUBSTANCIACIÓN, RESOLUCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LOS RECURSOS DE REVISIÓN INTERPUESTOS ANTE EL INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL DISTRITO FEDERAL, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2016 Y ENERO 2017. VICENTE HUGO ABOITES AGUILAR, Rector de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México por nombramiento de 10 de mayo de 2014, hecho en la Octava Sesión Extraordinaria del Pleno del Tercer Consejo Universitario de la UACM (Acuerdo UACM/CU-3/EX08/034/14), y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 17 fracción III de la Ley de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México; 14, 45 y 47 fracciones I, VII y XI del Estatuto General Orgánico; 6 fracción XLII, 10, 93, 195, 196 y octavo transitorio de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México; 1°, 4°, 5°, 11, 71 fracción IX, 73 y 74 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 37, 54 y 55 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal; y numeral 31 de los Lineamientos para la Gestión de Solicitudes de Información Pública y de Datos Personales a través del Sistema INFOMEXDF y; C O N S I D E R A N D O 1.- Que la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México tiene como objetivo establecer las bases que regirán los procedimientos para garantizar el ejercicio del Derecho de Acceso a la Información Pública; promover, fomentar y difundir la cultura de la Transparencia en el ejercicio de la función pública, el Acceso a la Información , la Participación Ciudadana, el Gobierno Abierto así como la Rendición de Cuentas, a través del establecimiento de políticas públicas y mecanismos que garanticen la publicidad de información oportuna, verificable, comprensible, actualizada, accesible y completa, que se difunda en los formatos más adecuados y accesibles para todo el público, atendiendo en todo momento las condiciones sociales, económicas y culturales de la Ciudad de México, entre otros. 2.- Que el artículo 10 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México prevé que en todas aquellas cuestiones relacionados con el procedimiento de acceso a la información pública y de protección de datos personales no previstas en dicho ordenamiento legal, se aplicara de manera supletoria la Ley de Procedimiento Administrativo local y en su defecto el Código de Procedimientos Civiles local. 3.- Que la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal señala que la Administración Pública del Distrito Federal puede determinar la suspensión de labores señalando los días en que, por consecuencia, no correrán los términos para las actuaciones de los Entes Públicos. Así el artículo 71 de la citada Ley considera como inhábiles los días sábados y domingos de todo el año, así como aquellos días en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos en que se suspendan labores, los que se harán del conocimiento público. 4.- Que el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito Federal en su artículo 55, último párrafo, establece que se consideran días inhábiles los previstos por la Ley, los señalados por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal en el ejercicio de sus atribuciones y los que publique el titular del Ente Obligado de la Administración Pública en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. 5.- Que el numeral 31 de los Lineamientos para la Gestión de Solicitudes de Información Pública y de Datos Personales a través del Sistema INFOMEX del Distrito Federal, publicados el 23 de octubre de 2008 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, establece que serán días inhábiles los días en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos en que se suspendan las labores o los términos relativos a los procedimientos previstos en dichos lineamientos, mismos que se publicarán en la Gaceta Oficial del Distrito Federal o en el órgano de difusión oficial que corresponda, además de darse a conocer en el sitio de Internet de INFOMEX. 6.- Que mediante Acuerdos UACM/CU-3/EX-25/77/14 y UACM/CU-4/OR/-06/087/15 de fechas 19 de noviembre de 2014 y 8 de diciembre del 2015, emitidos por el Tercer y Cuarto Consejo Universitario de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México durante su Vigésimo Quinta Sesión Extraordinaria de 2014 y Sexta Sesión Ordinaria 2015, respectivamente, se
  • 29. 17 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 29 aprobó el Calendario Escolar Bianual 2015-2016 y sus modificaciones; asimismo, a través del Contrato Colectivo de Trabajo 2015-2017 de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México, en su cláusula 36, se establecieron los días inhábiles así como los periodos vacacionales para el año 2016. 7.-Que durante los días declarados inhábiles se suspenderán los plazos y términos en todos aquellos asuntos y procedimientos de competencia de la Unidad de Transparencia de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México. Asimismo, dicha suspensión de plazos y términos será aplicable en la tramitación, atención y recepción de solicitudes de acceso a la información pública y de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales; así como la substanciación y seguimiento de los recursos de revisión a través del sistema electrónico INFOMEX. 8.- Que con el fin de dar certeza jurídica a todas las personas que intervienen o tienen interés jurídico en los trámites y procedimientos que sustancia la Unidad de Transparencia de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México, se hace del conocimiento del público en general el presente Acuerdo, mediante su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en los estrados de la Unidad de Transparencia, el Portal de Transparencia de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México, así como en el sitio de internet de INFOMEX, en los siguientes términos: ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS DÍAS INHÁBILES DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, PARA EFECTOS DE LOS ACTOS Y PROCEDIMIENTOS COMPETENCIA DE ESTA UNIDAD; ASÍ COMO PARA LA RECEPCIÓN, SUBSTANCIACIÓN, RESOLUCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LOS RECURSOS DE REVISIÓN INTERPUESTOS ANTE EL INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL DISTRITO FEDERAL, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2016 Y ENERO 2017. ÚNICO.- Para efecto de la recepción, registro, trámite, resolución y notificación de las Solicitudes de Acceso a la Información Pública y de Datos Personales que ingresan o se encuentran en proceso a través del Sistema Electrónico INFOMEX, TEL-INFO DF, correo electrónico de la Unidad de Transparencia (oipuacm@uacm.edu.mx), por escrito o en formal personal, y demás actos y procedimientos para la recepción, sustanciación, resolución y seguimientos de los recursos de revisión interpuestos ante el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal (INFODF), competencia de la Unidad de Transparencia de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México, se consideran inhábiles los siguientes días: del 11 al 29 de julio; 16 de septiembre; 2 y 21 de noviembre; del 26 al 31 de diciembre; los días sábados y domingos del año 2016; así como del 1° al 6 de enero de 2017. Como consecuencia de lo anterior, y para efectos legales y/o administrativos respecto del cómputo de los términos, no deberán ser considerados como hábiles los días señalados en el párrafo que antecede. T R A N S I T O R I O S PRIMERO.- Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en los estrados de la Unidad de Transparencia, el portal de Transparencia de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México, así como en el sitio de internet de INFOMEX. SEGUNDO.- El presente acuerdo surtirá efectos al día siguiente de su publicación. Dado en el recinto de la Sede Administrativa de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México, en la Ciudad de México a los 10 días del mes de junio de dos mil dieciséis. (Firma) DR. VICENTE HUGO ABOITES AGUILAR RECTOR DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
  • 30. 30 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17 de Junio de 2016 INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL DISTRITO FEDERAL RODRIGO MONTOYA CASTILLO, ENCARGADO DE DESPACHO DE LA SECRETARÍA TÉCNICA DEL INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL DISTRITO FEDERAL CON FUNDAMENTO EN LA ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 16, FRACCIÓN VIII DEL REGLAMENTO INTERIOR DE ESTE INSTITUTO Y EN CUMPLIMIENTO AL PUNTO CUARTO DEL ACUERDO 0813/SO/01-06/2016, MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA LA NORMATIVIDAD PARA LA GESTIÓN DE LAS SOLICITUDES Y RECURSOS DE REVISIÓN EN MATERIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, EMITE EL SIGUIENTE: AVISO URGENTE POR EL QUE SE DA A CONOCER EL ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA LA NORMATIVIDAD PARA LA GESTIÓN DE LAS SOLICITUDES Y RECURSOS DE REVISIÓN EN MATERIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. CONSIDERANDO 1. Que de conformidad con el artículo 37 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 06 de mayo de 2016 (LTAIPRC), este Instituto es un órgano autónomo de la Ciudad de México, especializado, independiente, imparcial y colegiado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con plena autonomía técnica, de gestión y financiera, con capacidad para decidir sobre el ejercicio de su presupuesto y determinar su organización interna, funcionamiento y resoluciones, responsable de garantizar el cumplimiento de la presente Ley, dirigir y vigilar el ejercicio de los Derechos de Acceso a la Información y la Protección de Datos Personales, conforme a los principios y bases establecidos por el artículo 6º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política de la Ciudad de México, la Ley General y esta Ley, asimismo, que en su organización, funcionamiento y control, el Instituto se regirá por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transparencia y máxima publicidad. 2. Que de acuerdo con el artículo 51 de la LTAIPRC, este Órgano Autónomo de la Ciudad de México, tiene como fin vigilar en el ámbito de su competencia, el cumplimiento de las disposiciones de transparencia, acceso a la información pública, protección de datos personales, y rendición de cuentas, así como, interpretar, aplicar y hacer cumplir los preceptos aplicables de la Ley General, de la LTAIPRC y garantizar en el ámbito de su competencia, que los Sujetos Obligados cumplan con los principios de constitucionalidad, legalidad, certeza, independencia, imparcialidad y objetividad en materia de transparencia y acceso a la información pública señalados en la Ley General, la presente Ley, y demás disposiciones aplicables. 3. Que de acuerdo con los artículos 53 fracción VIII, 55 y 61 de la LTAIPRC, el Pleno tiene facultades para emitir Manuales, Lineamientos, Acuerdos y demás normas que faciliten la organización y funcionamiento del Instituto. 4. Que el artículo 23 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal (LPDPDF), dispone que este Instituto es el órgano encargado de garantizar la protección y el correcto tratamiento de datos personales, así como dirigir y vigilar el cumplimiento de dicho ordenamiento legal. Asimismo el artículo 40 del ordenamiento referido, dispone que el recurso de revisión promovido en atención al ejercicio de los derechos ARCO se substanciará de acuerdo a la Ley de Transparencia, por lo cual deberá observar el ordenamiento vigente, en tanto se reforma la normatividad en materia de protección de datos personales, de conformidad con el Segundo Transitorio de la LTAIPRC. 5. Que de conformidad con lo establecido en los artículos Tercero, Cuarto y Quinto Transitorios de los Lineamientos para la implementación y operación de la Plataforma Nacional de Transparencia LPNT, los sistemas de solicitudes de acceso a la información que se encuentran operando estarán interconectados a la Plataforma, para el ingreso y trámite de solicitudes de información. Y en el transcurso de su operación se evaluará y definirá la posibilidad o no de substituir sus sistemas de gestión de recursos de revisión e inconformidades por el sistema de gestión de la Plataforma Nacional para tal fin, para lo cual se deben otorgar las facilidades técnicas y operativas necesarias al Instituto para que sus sistemas se interconecten con dicha Plataforma.
  • 31. 17 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 6. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 99 de la LTAIPRC, el Instituto desarrollará, administrará, implementará y pondrá en funcionamiento una plataforma electrónica que permita cumplir con los procedimientos, obligaciones y demás disposiciones aplicables. 7. Que en términos del artículo Tercero Transitorio de la LTAIPRC, en el término de ciento ochenta días naturales contados a partir de la entrada en vigor del mismo, este Instituto deberá expedir las adecuaciones normativas que correspondan; por lo que los asuntos iniciados con anterioridad. 8. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo Cuarto Transitorio, los asuntos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de la LTAIPRC, se tramitarán y resolverán conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal y demás normatividad y disposiciones aplicables, por lo que la normatividad que se pone a consideración aplicará a las solicitudes de acceso a la información pública y de protección de datos personales que se tuvieron por presentadas a partir de la vigencia de la nueva ley de transparencia de esta ciudad, así como a los recursos de revisión que de ellas deriven. 9. Que en atención a todo lo anterior, a fin de dar certeza jurídica a los particulares que ejercen el derecho de acceso a la información en esta ciudad con motivo de la ley vigente, en tanto se llevan las adecuaciones normativas de este Instituto y de la LPDPDF, se propone establecer ordenamientos que regulen la atención a las solicitudes de información y derechos ARCO por parte de los Sujetos Obligados; así como el procedimiento que deberá observarse en la tramitación de los recursos de revisión, de los cuales se destaca: • La atención de solicitudes a través del sistema electrónico habilitado para dicho fin. • Los mecanismos para atender a los plazos del actual ordenamiento de transparencia. • Los elementos para establecer la forma en que se llevará a cabo la representación de los particulares en la atención de las solicitudes de acceso a la información o de derechos ARCO; así como en los procedimientos de recursos de revisión. • Las condiciones para llevar a cabo la conciliación entre los particulares y Sujetos Obligados durante la impugnación de respuestas, a fin de salvaguardar el ejercicio de sus derechos, protegiendo en todo momento los principios contenidos en el artículo 6 apartado A Constitucional. 10. Por lo anterior, se considera necesario aprobar los siguientes ordenamientos, en tanto se expidan los lineamientos y procedimientos definitivos: • Lineamientos para la gestión de Solicitudes de Información Pública y de Datos Personales en la Ciudad de México, y • Procedimiento para la Recepción, Substanciación, Resolución y Seguimiento de los Recursos de Revisión interpuestos en materia de Acceso a la Información Pública y de Protección de Datos Personales en la Ciudad de México. 11. Que toda vez que LTAIPRC, establece diversas obligaciones para los sujetos obligados, las cuales resultan necesarias para la debida atención de las solicitudes y recursos de revisión en materias de acceso a la información pública y de protección de datos personales, se concede a los Sujetos Obligados un término de treinta días naturales contados a partir de la publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México del presente acuerdo, para lo siguiente: • Designar a los responsables de las Unidades de Transparencia, así como al personal que la integrará. • Designar a los integrantes de sus Comités de Transparencia. • Registrar a sus Comités de Transparencia ante este Instituto conforme a lo establecido en el artículo 89 de la LTAIPRC. En ese sentido, y considerando las acciones que los sujetos obligados deberán realizar para cumplir con lo establecido por el primer párrafo del artículo 92, de la LTAIPRC, que dispone que la unidad de transparencia dependerá del Titular del sujeto obligado, se considera procedente que en tanto sean designados los responsables de la Unidades de Transparencia, las atribuciones que la LTAIPRC establece para dichos servidores públicos, se realicen por los actuales responsables de las Oficinas de Información Pública de los sujetos obligados.