1. Universidad de Guadalajara
Preparatoria No. 4
Análisis económico
Mtro. MARTINEZ TORRES, OMAR ALEJANDRO
Actividad 1.10
“Instituciones del Sistema
Financiero Mexicano”
Nombre de Alumna: Efren Alejandro
Guzman Galindo
Grado, Grupo, Turno: 6-A T/M
2. *Proyectar y calcular los ingresos de la Federación, del Departamento del
Distrito Federal y de las entidades para estatales, considerando las
necesidades del gasto público, considerando las necesidades del gasto publico
federal, la utilización razonable del crédito publico y la sanidad financiera de la
administración publica federal.
*Manejar la deuda pública de la Federación
*Realizar o autorizar todas las operaciones en que se haga uso del crédito
público y la sanidad financiera de la administración publica federal.
*Planear, coordinar, evaluar y vigilar el sistema bancario del país que
comprende al Banco Central, Banca Nacional de Desarrollo y las demás
instituciones encargadas de prestar el servicio de banca y crédito
*Determinar los criterios y montos globales de los estímulos fiscales,
escuchando para ello a las dependencias responsables de los sectores
correspondientes y administrar su aplicación en los casos que no competa a
otra secretaria.
3. *Se encargan de desarrollar y llevar a cabo las Políticas Monetarias
*Se encarga de la emisión de billetes de curso legal, de custodiar las reservas
oro y divisas de un Estado; así como de actuar de vigilante ante los
de las instituciones financieras.
*Realiza prestamos a las entidades financieras
*Atender las necesidades de crédito de algunas actividades que se consideren
básicas para el desarrollo de la economía de un país.
*Fija un valor para su moneda frente a otras divisas, no dejando a esta fluctuar
libremente y controlando así parte del sistema cambiario.
*Se asegura que haya la cantidad de dinero necesario para cubrir todas las
necesidades sin que haya inflación
4. *Conforme a la ley de protección al ahorro bancario, el IPAB, en beneficio de las
personas que constituyan depósitos bancarios de dinero u otorguen prestamos o
créditos a instituciones de banca múltiple. Administra un sistema de protección al
ahorro bancario que garantiza el pago de estas obligaciones garantizadas, hasta
por una cantidad equivalente a 400, 000 unidades de inversión por persona,
física o moral, cualquiera que sea el numero y clase de dichas obligaciones a su
favor y a cargo de un mismo banco.
*El instituto tiene una participación fundamental en la implementación de los
métodos de resoluciones que establece la LPAB, así como la ley de instituciones
de crédito como mecanismos oportunos y adecuados para el saneamiento y
liquidación de instituciones de banca múltiple con problemas financieros que
puedan afectar su solvencia, con el objetivo de proteger al máximo los intereses
del publico ahorrador y de minimizar el impacto negativo de las demás
instituciones del sistema bancario.
5. *Actuar como conciliador en conflictos con valores
*Autorizar a valuadores independientes para valuar Activos
*Certificar inscripciones que obren en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios
*Dictar medidas de carácter general a las Casas de Bolsa y Bolsas de Valores
*Inspeccionar y vigilar a los emisores de valores inscritos en el Registro Nacional de Valores
respecto a sus obligaciones
*Inspeccionar y vigilar el funcionamiento de las Casas de Bolsa y Bolsas de Valores
*Inspeccionar y vigilar el funcionamiento del Instituto para el depósito de valores.SD INDEVAL
Intervenir administrativamente a las Casas de Bolsa y Bolsa de Valores cuando el caso lo amerite
*Investigar actos que hagan suponer la ejecución de operaciones violatorias a la Ley
*Investigar y ordenar visitas de inspección
6. *La autorización de los intermediarios de seguro directo y reaseguro.
*Resolver consultas de la SHCP, en los temas relacionados con el sector asegurador o
afianzador
*Realizar estudios y recomendaciones del sector de los seguros y las fianzas a la SHCP.
*Cerciorarse que las instituciones de fianzas cumplan con las responsabilidades pactadas, en
los servicios prestados.
*Asistir a la SHCP en el desarrollo de políticas adecuadas para seleccionar los riesgos técnicos
y financieros.
*Controlar y vigilar las leyes que le corresponde, como identifica la Ley General de
Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros (LGISMS) y la Ley Federal de Instituciones
de Fianzas (LFIF).
*Sancionar administrativamente a aquellas infracciones que quebranten las leyes que deben
hacer cumplir.
7. *Administrar la Base de Datos Nacional SAR,
*Elaborar y publicar estadísticas y documentos relacionados con los sistemas de ahorro para
el retiro.
*Emitir la regulación a la que se sujetarán los participantes en los sistemas del retiro.
Emitir reglas de carácter general para la operación y pago de los retiros programados,
*Informar a la opinión pública sobre: reportes sobre comisiones, número de trabajadores
registrados en las administradoras, estado de situación financiera, resultados, composición
de cartera y rentabilidad de las sociedades de inversión,
Expedir las disposiciones de carácter general a las que habrán de sujetarse los participantes
en los sistemas de ahorro para el retiro, en cuanto a su constitución, organización,
funcionamiento, operaciones y participación en los sistemas de ahorro para el retiro.
8. *En lo que a consultas se refiere, aplican aquellas relativas al tipo de productos y/o servicios
ofrecidos por las Instituciones Financieras, tales como características del producto, forma de
operación y compromisos asumidos por las partes, exceptuando de esta información la
relativa a los costos y comisiones que cada institución cobrará a los usuarios por el uso o
prestación de los productos y/o servicios contratados.
*En cuanto a reclamaciones, el ámbito de acción de la CONDUSEF es aplicable cuando
existan diferencias en la interpretación de los compromisos asumidos implícita o
explícitamente, derivados de la suscripción del Contrato de Adhesión a través del cual el
Usuario contrató el servicio o adquirió el producto ofrecido por la Institución Financiera.
También se atienden reclamaciones cuando a criterio del usuario, la Institución Financiera
haya actuado de manera indebida, o cuando haya incumplido con lo planteado en el
Contrato de Adhesión suscrito con el Usuario.
9. *Establecer los locales, instalaciones y mecanismos que faciliten las relaciones y
operaciones entre la oferta y demanda de valores, títulos de crédito y demás
documentos inscritos en el registro nacional de valores. así como prestar los servicios
necesarios para la realización de los procesos de emisión, colocación en intercambio
de los referidos valores.
*Proporcionar, mantener a disposición del publico y hacer publicaciones sobre la
información relativa a los valores inscritos en BMV y los listados en el sistema
internacional de cotizaciones de la propia bolsa, sobre sus emisores y las operaciones
que en ella se realicen.
*Establecer las medidas necesarias para que las operaciones que se realicen en la
BMV por las casas de bolsa, se sujeten a las disposiciones que se les sean aplicables.