1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN
UNIVERSITARIA
UNIVERSIDAD POLITÉCNICA EXPERIMENTAL DE YARACUY
SAN FELIPE ESTADO - YARACUY
LEY ORGÁNICA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E
INNOVACIÓN
Autores:
Elina Fernández Exp:32381
Anni Ochoa Exp:32353
Patricia Gabriel Exp:32395
Jhoan Mujica Exp:32233
William Rojas Exp:
Cocorote, Junio 2014
2. “El Ejecutivo Nacional promoverá y estimulará la formación y capacitación del talento
humano especializado en ciencia, tecnología e innovación y sus aplicaciones, para
lo cual contribuirá con el fortalecimiento de los estudios de postgrado y de otros
programas de capacitación técnica y gerencial”.
En efecto, si bien se podría decir el ejecutivo nacional podrían ser nuestros
profesores, es decir, los profesionales de la mención dichos profesionales tienen el
deber de enseñar y estimular la formación y capacitación académica en cada uno
de los aprendices, para ello necesita lograr estudios superiores y así tener el nivel de
profesionalismo que permitirá dar una buena enseñanza.
“El Ejecutivo Nacional diseñará e instrumentará incentivos necesarios para estimular la
formación e inserción del talento humano especializado en las empresas e instituciones
académicas. Asimismo, implementará incentivos destinados al intercambio y movilización
del talento humano entre las empresas e instituciones académicas”.
En relación a lo antes mencionado, el ejecutivo nacional esta creando estímulos
(becas, viajes, incentivos económicas ,premio por el talento humano del mes ) que
permitan incluir personal muy valioso dentro de la instituciones y empresas académicas
especialmente en el área de ciencia, tecnología e innovación y sus aplicaciones ,estos
grandes estrategas o valiosos muchachos puedan también intercambiarse entre empresas
para compartir sus talentosas experiencia en diferentes instituciones académicas.
Promoción y Estímulo del Talento Humano
Art.54
Incentivos para la Inserción y Movilización
Art.55
3. “El Ejecutivo Nacional estimulará la formación del talento humano especializado, a través
del financiamiento total o parcial de sus estudios e investigaciones y de incentivos, tales
como, premios, becas, subvenciones, o cualquier otro reconocimiento que sirva para
impulsar la producción científica, tecnológica y de innovación”.
ante lo expuesto, podemos decir que el ejecutivo nacional promoverá la
formación de talento humano mediante el el financiamiento total de sus estudios e
investigaciones dará reconocimiento tales como, premios, becas u otras cosas que
servirán para estimular la producción científica.
“El Ministerio de Ciencia y Tecnología impulsará la Carrera Nacional del Investigador, para
lo cual se promoverán los instrumentos legales necesarios para su aplicación”.
En correlación a esto ,El ministerio de ciencia y tecnología tiene como objetivo impulsar
la carrera nacional, y para ello promoverá los instrumentos legales que sean necesarios.
Carrera Nacional del Investigador
Art.57
Financiamiento e Incentivos
Art.56
4. “El Ejecutivo Nacional estimulará las vocaciones tempranas hacia la investigación y
desarrollo, en consonancia con las políticas educativas, sociales y económicas del país”.
Considerando lo antes planteado, el articulo quiere decir que el ejecutivo nacional
incentivara vocaciones a cerca de la investigación y desarrollo, haciendo consonancia
con las política educativa, sociales, entre otras.
“Los investigadores de las instituciones de educación superior, de formación técnica, de
institutos o centros de investigación, a dedicación exclusiva, a tiempo completo, o de
cualquier otra dedicación, podrán participar, en el marco del Plan Nacional de Ciencia,
Tecnología e Innovación, en actividades tendientes a:
1. La formación de nuevas empresas o asociaciones, basadas en resultados de
investigación y desarrollo.
2. En proyectos de investigación y desarrollo en el seno de empresas o asociaciones.
La instrumentación de los mecanismos y procedimientos correspondientes se realizará
conjuntamente con las respectivas instituciones, empresas o asociaciones involucradas.
Asimismo, este articulo nos habla a cerca de las diferentes instituciones de tecnología e
innovación en diferentes actividades tendientes a:La creación de nuevas empresas o
asociaciones y la instrumentación de los mecanismos se realizaran conjuntamente con las
respectivas instituciones, empresas o asociaciones.
Movilidad de los Investigadores hacia el
entorno Social y Económico
Art.59
Estímulo a la Vocación Científica
Art.58
5. Aprueba la
incorporación de:
POTENCIALIDADES
El plan nacional de tecnología e innovación marca el inicio para la aplicación del enfoque
participativo en la formulación de políticas públicas en materia científico-tecnológica, es de
gran importancia por las siguientes razones:
Permite el avance y
desarrollo del país
en cuanto a:
Fomenta Construir
una cultura
cintífico-técnológica
que oriente las:
CIENCIA TECNOLOGÍA
COMUNIDADES,SECTORES,PO-
PULARES,PUEBLOS INDÍGENAS
NUEVA SOCIEDAD
Crea redes de
comunicación libre
formando una :