2. ACCIONES DE PREVENCIÓN Y MANEJO DE LAS VIOLENCIAS DE GÉNERO
APRENDIZ
ERIKA TOCANCHON CHARARI
JULIO/2023
3. 1.Matriz de organización conceptual
VIOLENCIA DE GÈNERO
Conceptos Características Aspectos sociales y
culturales
Referentes normativos
Violencia
contra la
mujer
Por violencia contra la mujer se
entiende cualquier acción u omisión,
que le cause muerte, daño o
sufrimiento físico, sexual, psicológico,
económico o patrimonial por su
condición de mujer, así como las
amenazas de tales actos, la coacción o
la privación arbitraria de la libertad,
bien sea que se presente en el ámbito
público o en el privado.
Se manifiesta daño o sufrimiento
físico, sexual, psicológico, económico
o patrimonial por su condición de
mujer, así como las amenazas de
tales actos, la coacción o la privación
arbitraria de la libertad, bien sea que
se presente en el ámbito público o en
el privado.
En muchas
oportunidades a la
víctima la revictimiza,
y al victimario lo
aplaude por macho
alfa. Normas
establecidas que
tienen que ver con la
doble moral,
hipocresía, miedo y el
vivir de apariencias.
Ley 1257 del 2013
Violencia de
género
Todo acto de violencia que, como
manifestación de la discriminación, la
situación de desigualdad y las
relaciones de poder de los hombres
sobre las mujeres, se ejerce sobre
éstas por parte de quienes sean o
hayan sido sus cónyuges o de quienes
estén o hayan estado ligados a ellas
por relaciones similares de
afectividad, aun sin convivencia. (…)
Se identifica daño o sufrimiento
físico, sexual o psicológico para la
mujer, así como las amenazas de
tales actos, la coacción o la privación
arbitraria de la libertad, tanto si se
producen en la vida pública como en
la vida privada
Actualmente un gran
numero de personas
desconoce este tipo
de violencia, por ello
no se identifican y
siguen permitiendo los
abusos.
1990 - Decreto 1398.
Presidencia de la República
Por el cual se desarrolla la Ley
51 de 1981, que aprueba la
Convención sobre Eliminación
de todas las formas de
discriminación contra la mujer,
adoptada por las Naciones
Unidas.
2003 - Ley 823. Congreso de
Colombia
“Por la cual se dictan normas
sobre igualdad de
oportunidades para las
4. mujeres”. Promover y
garantizar a las mujeres el
ejercicio pleno de sus
derechos políticos, civiles,
económicos, sociales y
culturales y el desarrollo de su
personalidad, aptitudes y
capacidades, que les permitan
participar activamente en
todos los campos de la vida
nacional y el progreso de la
Nación.
Tipos de
Violencia
Violencia física:
Se evidencia a través de toda señal de
daño físico.
Violencia psicológica:Se refiere al
daño infringido a través de la palabra,
el desprecio, la indiferencia, las
humillaciones, el miedo y el engaño.
Violencia sexual:
Se refiere a todo acto o acercamiento
sexual no consensuado, que hace
daño y vulnera los derechos sexuales
de las mujeres.
Violencia económica:
Hace referencia a los controles,
obstáculos y limitaciones que se
imponen a las mujeres para hacer uso
y manejo del dinero, la toma de
decisiones sobre el uso y manejo de
propiedades, destrucción de los
equipos o instrumentos para trabajar,
Violencia física:
Se manifiestan actos como golpes,
quemaduras con fuego, ácido u otras
sustancias, heridas o ataques con
arma blanca o arma de fuego.
Violencia psicológica:
En el marco de esta violencia se
presentan todas las formas de control
y aislamiento.
Violencia sexual:
Hacen parte de esta forma de
violencia los tocamientos, acoso,
relaciones sexuales forzadas.
Violencia económica:
limitaciones que se imponen a las
mujeres para hacer uso y manejo del
dinero.
Violencia de pareja
sufrir violencia psicológica, física,
puede sufrir diversas formas de
Desde aspectos
culturales se evidencia
desinformación en
este tipo de violencia,
es muy común callar
ante estas situaciones
ya que empañar la
imagen de la familia,
no todos los casos son
asi, pero si en un gran
numero aun se vive
del que diràn.
5. falsificación y manipulación de
documentos para hacer
aprovechamiento de los recursos
económicos.
Violencia de pareja
Esta violencia incluye en sí misma
todas las formas de violencia que se
pueden presentar de forma
simultánea en una misma persona.
Abuso sexual
Hace parte de la forma de violencia
sexual contra las mujeres y niñas que
se entiende como el aprovechamiento
por parte del agresor de
circunstancias que lo ponen en
ventaja frente a la víctima, por lo
general el abuso es cometido por
personas que tienen una relación de
poder claramente diferenciada con la
víctima: jefes, sacerdotes, maestros,
padres, pareja.
Aborto forzado
Es una manifestación de violencia en
el que una mujer es obligada a tener
un aborto en contra de su voluntad,
confinamiento ilícito de una mujer a
la que se ha dejado embarazada y se
le obliga por la fuerza y contra su
voluntad a abortar.
Negación de la anticoncepción
Mujeres a las cuales se les niega su
posibilidad de usar métodos
violencia invisible como el
aislamiento, el control, puede ser
abusada sexualmente y tener
diferentes manifestaciones de
violencia económica, tales como no
tener la posibilidad de decidir sobre
los recursos familiares, no poder
manejar dinero, ser considerada
inútil por no tener un trabajo.
Abuso sexual
El acoso sexual
En donde la condición de
“superioridad” por dinero, sexo,
poder, edad es utilizada para
perseguir, hostigar.
Explotación sexual
En donde existe, por parte del
victimario, el ofrecimiento de una
transacción comercial por servicios
sexuales.
Trata de personas con fines de
explotación sexual
En donde el victimario capta a la
víctima, con el fin de llevarla a un
lugar distinto para ser vendida o
explotada sexualmente.
Violencia sexual en el contexto del
conflicto armado
acceso carnal violento en persona
protegida, en la que el agresor quien
pertenece al conflicto armado
comete acceso carnal violento
6. anticonceptivos para tener relaciones
sexuales, por razones ideológicas o
religiosas.
Negación del derecho a la protección
contra ETS o VIH
Mujeres que por influencia de su
pareja tienen relaciones sexuales sin
protección de enfermedades de
transmisión sexual, ya sea por el uso
de condón femenino o masculino.
Matrimonio forzado
Esta práctica es muy común en
culturas en las que los matrimonios
son arreglados y negociados, incluso
desde el nacimiento de la mujer,
también en este escenario el caso es
de intercambio de la mujer por dinero
o propiedades para ser entregada en
matrimonio
cuando la víctima es integrante de la
población civil o no participa en el
conflicto.
Feminicidio Esta manifestación de violencia se
refiere al asesinato de mujeres o niñas
por el hecho de ser mujeres.
Feminicidio no íntimo: asesinato de
una mujer por el hecho de ser mujer,
causado por un desconocido o vecino
con quien la víctima no tiene ninguna
relación.
Feminicidio no íntimo infantil:
asesinato de una niña hasta los 14
años por el hecho de ser mujer,
causado por un desconocido o vecino
con quien la víctima no tiene ninguna
relación.
Feminicidio por conexión: se asesina
a una mujer por su condición de
En Colombia se
introduce el concepto
de feminicidio como
consecuencia del
asesinato de Rosa
Elvira Cely en el
parque Nacional de
Bogotá.
En Colombia mediante la Ley
1761 de 2015, la Ley Rosa
Elvira Cely se han ratificado las
convenciones internacionales
para erradicar la violencia por
razones de género, mediante
esta ley se tipifica el
feminicidio como delito
autónomo
7. mujer por encontrarse en la línea de
fuego de otra.
Feminicidio por trata, prostitución o
tráfico: una mujer es asesinada por
su condición de mujer como
consecuencia de otros tipos de
violencia, asociados por lo general a
la violencia sexual.
Feminicidio racista: se asesina a una
mujer por su condición étnica.
Feminicidio transfóbico: consiste en
el asesinato de una mujer
transgénero por su condición.
Feminicidio lesbofóbico: consiste en
el asesinato de una mujer lesbiana
por su condición.
Feminicidio por mutilación genital
femenina: una mujer muere como
consecuencia de esta práctica.
Feminicidio como crimen
internacional: se puede presentar
como genocidio, como crimen de lesa
humanidad o como crimen de guerra.