Tinciones simples en el laboratorio de microbiología
Procesos de constitución.docx
1. Procesos de constitución
Registro Mercantil Central: Certificación negativa del nombre de la sociedad
Notario: Escritura pública
El contrato debe ser otorgado en escritura pública e inscribirse en el Registro
Mercantil.
La escritura deberá expresar:
o El nombre, apellidos y domicilio de los socios.
o La razón social.
o El nombre, apellido y domicilio de los socios a quienes se
encomiende la gestión de la sociedad y el uso de la firma
social.
o El capital que cada socio aporte en dinero efectivo, créditos
o efectos, con expresión del valor que se dé a éstos.
o La duración de la sociedad.
o Las cantidades que, en su caso, se asignen a cada socio gestor
anualmente para sus gastos particulares.
o Los pactos lícitos y condiciones especiales que los socios
quieran establecer.
Consejerías de Hacienda de las CC.AA.: Impuesto sobre transmisiones
patrimoniales y actos jurídicos documentados
Registro Mercantil Provincial: Inscripción de la empresa en el Registro
En la primera inscripción de las sociedades colectivas en el Registro Mercantil,
deberán constar:
o La identidad de los socios.
o La razón social.
o El domicilio de la sociedad.
o El objeto social, si estuviese determinado.
o La fecha de comienzo de las operaciones.
o La duración de la sociedad.
o La aportación de cada socio, expresando el título en que se
realice y el valor que se le haya dado a la aportación.
o El capital social, salvo en las sociedades formadas
exclusivamente por socios que sólo hubieran aportado o se
hubieran obligado a aportar servicios.
o Los socios a quienes se encomiende la administración y
representación de la sociedad y las cantidades que, en su
caso, se asignen a cada uno de ellos anualmente para sus
gastos particulares.
o Los pactos lícitos contenidos en la escritura social.
Agencia Tributaria (AEAT): Número de identificación fiscal