Este documento analiza el marco regulatorio de las energías renovables en México, incluyendo la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y Financiamiento de la Transición Energética (LAERFTE) y la reciente Ley de Industria Eléctrica. La LAERFTE promueve el uso de energías renovables, pero la nueva ley prioriza las fuentes fósiles sobre las renovables, obstaculizando su crecimiento. Esto viola acuerdos internacionales y puede llevar a demandas contra México.
Analisis del marco_regulatorio_de_energias_renovables
1. Universidad Autónoma de Tamaulipas
Ingeniería en Energías Renovables
Ensayo: Análisis del marco regulatorio de energías renovables: LAERFTE y Ley
de Industria Eléctrica
Evelyn Alejandra Cantú Hernández
24 de marzo de 2021
2. Introducción
En este documento se pretende realizar un análisis de marco regulatorio básico
para las energías renovables, el avance de la política energética a largo plazo y su
posible paro ante la Ley de Industria eléctrica aprobada en el año 2021. Durante las
últimas décadas México ha tomado medidas para fomentar y promover el uso de
las energías renovables, buscando hacer frente a la problemática ambiental,
principalmente por el cambio climático, y contribuir a la seguridad energética del
país, estas medidas son principalmente el desarrollo de políticas, leyes,
reglamentos y normas dentro de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos para llevar al país a una transición energética hacia las energías
renovable basadas principalmente en la Reforma energética consensuada en 2008,
todas estas han sido parte fundamental en el proceso y a pesar de solo abastecer
una pequeña parte de la demanda, el uso de energías renovables ha incrementado
de manera considerable en los últimos años, especialmente la energía eólica, solar
y biomasa. Sin embargo, durante el año actual se ha realizado un cambio en este
plan, pues mediante la aprobación de la Ley de Industria Eléctrica, se pudiese
considerar como un obstáculo a la evolución continua de las energías renovables,
por lo que se analizará esta ley y el posible impacto que tendrá.
3. Dentro de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se estableció
un marco constitucional en el sentido de la energías, contenidos en tres artículos,
el 4to, 27mo y 28mo en los que establece los preceptos en los que el uso y
aprovechamiento de la energías renovables y no renovables se sustenta, como lo
es el derecho al medio ambiente adecuado como lo menciona el artículo 4°
constitucional, la correspondencia del Estado a desarrollo nacional para garantizar
que el mismo sea integral, sustentable y favorezca la soberanía nacional; El derecho
que se otorga a la nación a regular el aprovechamiento de los elementos naturales
susceptibles de apropiación que se encuentra dentro del artículo 27 de la misma.
Existe una lista conformada por las leyes y reglamentos que son parte de los
ordenamientos legales aplicables en las energías renovables, sin embargo, se hará
énfasis en las leyes relacionadas con el aprovechamiento en las energías
renovables.
Una ley que se podría considerarse la base en esto es la LAERFTE (Ley para el
Aprovechamiento de las Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición
Energética) que tiene como objetivo regular el aprovechamiento de las fuentes de
energías renovables y tecnologías limpias para la generación de electricidad,
además de establecer la estrategia nacional y los instrumentos para el
financiamiento de la transición energética. En base a ella la SENER (Secretaría de
Energía) la cual elaboró el programa especial para el Aprovechamiento de Energías
Renovables, como parte de sus metas se contempla impulsar el desarrollo de la
industria energías en México para alcanzar 7.6% de capacidad instalada mediante
fuentes de energía renovable, ampliar el portafolio energético del país a través del
incremento del porcentaje de generación eléctrica mediante energías renovables
para alcanzar el cierre del 2012 y ampliar la cobertura del servicio eléctrico en
comunidades rurales utilizando energías renovables, este programa contempla
acciones concretas para cumplir sus objetivos las cuales fueron las siguientes:
• Fomento a la información,
• Elaboración de mecanismos para el aprovechamiento de las fuentes de
energía renovable,
4. • Electrificación utilizando fuentes renovables,
• Desarrollo y promoción,
• Infraestructura y regulación,
• Investigación y desarrollo tecnológico.
Además de otorgar facultades a las diversas organizaciones, como es el caso de la
Comisión Reguladora de Energía (CRE) quien se encarga de expedir las normas,
directivas, metodologías y disposiciones de carácter administrativo que regulen la
generación de energía a partir de energías renovables, al Centro Nacional de
Control de Energía (CENACE) la adecuación y expedición de reglas para garantizar
el cumplimiento de la LAERFTE y de interconexión del sistema eléctrico. También
el reglamento de la LAERFTE impuso obligaciones a la SENER para la promoción
de energías renovables.
En el año 2011 se publico un decreto de reforma a la LAERFT donde se estableció
como meta una participación máxima de 65% de combustibles fósiles en la
generación de energía eléctrica para el año 2024, 60% para el 2035 y 50% para el
2050, como parte de la estrategia nacional de energías 2012-2026.
Como se puede observar hace una década se preveía seguir con un programa, pero
es ahora, durante el año 2021 donde ocurre un cambio, que podría considerarse un
retroceso o paro al desarrollo de las energías renovables, esto con los ajustes
realizado en la Ley de la Industria Eléctrica, en el año actual se hizo público por
parte del Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto firmado por el poder
ejecutivo, es decir el actual presidente Andrés Manuel López Obrador, el cual
establece una inversión del orden de prioridad en el despacho de energías que
abastecen el Sistema Eléctrico Nacional (SEN), es decir si anteriormente se daba
prioridad a la energía proveniente de fuentes limpias, posteriormente a las energías
de ciclo combinado, a las que se pueden considerar más o menos limpias, y por
ultimo la proveniente de fuentes de quema de combustibles, esta ley prácticamente
privilegia a la energía hidroeléctrica y termoeléctrica generada por CFE que es en
base de combustóleo sobre las energías renovables y de ciclo combinado, esto
trayendo consigo problemas ecológicos, por el simple cambio de prioridad, tanto
5. económicos, pues la CFE esta obligada a comprar en el orden de más limpias a
menos limpias, entonces compraba energía para abastecer la demanda de
población a empresas externas, pero con el cambio le permite comprar energía
producida por la misma, la cual en su mayoría es proveniente de combustibles
fósiles, los cuales no solo son más contaminantes si no también más costosos, y
solo en caso de ser necesario comprar las energías renovables.
Aproximadamente un 70% a 80% del costo de la electricidad tiene que ver con cuál
combustible o fuente que se utiliza para su generación. Este puede ser
combustóleo, diésel, gas natural (los principales que tenemos en nuestro país), pero
también puede tener orígenes limpios: la luz solar, el aire, energía nuclear. La
problemática recae en que si se impulsa solo ciertas fuentes como es el caso de la
Ley de Industria Eléctrica, se requieren grandes reservas e infraestructura de
almacenamiento, que si no se cuenta con ellos se deberá hacer una inversión que
posiblemente no estaba contemplada.
Esta ley fue llamada como ley combustóleo, ya que el combustóleo es el residuo
que queda después de procesar el petróleo crudo y contiene un alto contenido de
azufre, el cual puede generar ácidos, y en cuanto a la salud publica se debe
mencionar que la exposición a los ácidos derivados del dióxido de azufre puede
provocar problemas en el sistema circulatorio humano.
El caso es que esta Ley pretende acabar con el mecanismo de despacho de energía
de las centrales eléctricas como actualmente funciona, de manera independiente,
el CENACE, para dar prioridad a las plantas de la CFE. El criterio de empleo es la
forma en la que se define qué centrales inyectan su energía a la red y en qué
momento y como se mencionó anteriormente elimina la obligación de la comprar de
energía más limpia y económica que prioriza a las centrales de la CFE.
Por otro lado, los Certificados de Energía Limpia (CEL) se otorgarán a cualquier
productor de energía, provocando que ya no existan incentivos para crearse plantas
nuevas y la opción de inversión en plantas nuevas será obsoleta.
6. De manera general se puede decir que esta Ley impactara directamente a la libre
competencia, la competitividad del sector eléctrico y la procuración de un medio
ambiente sano y sustentable.
Tocando la postura de México a nivel internacional, se debe recordar el acuerdo del
2015 firmado en Paris, donde el país se comprometió a disminuir sus emisiones de
dióxido de carbono entre otras cosas, con el uso de energías con base en
combustibles se verá imposible cumplir con lo acordado y se estará dejando al país
como un retractor, con esta modificación estará presentando un avance negativo en
los inventariados llevados a cabo cada cinco años; incumpliendo su propia Ley de
Transición Energética. Además en materia de energía durante los últimos años
México había estado jugando un buen papel, pues durante las subastas de energía
eléctrica se colocó en el primer lugar de Latinoamérica en capacidad instalada de
energía eólica, haciendo énfasis en que por la estructura, las subastas no requerían
una inversión estatal ya que esta se paga en tarifas conforme a la entrega de
energía y no requiere liquidez del estado al ser capital privado, esto siendo un gran
avance en materia de energías renovables pues se generaron inversiones de más
de nueve mil millones de dólares, en los cuales el estado no corrió ningún riesgo,
además de mantenerse ahorrando consigo y ayudando a la economía del usuario
final, pues bajaron los costos de la generación llegando a ser tomado como ejemplo
en países como China, Argentina, Perú, Chile y Brasil, sin embargo ante la iniciativa
de la reforma se coloca en una posición diferente al movimiento mundial de dejar
atrás los combustibles fósiles.
7. Conclusión
Dentro del escrito se pudo observar la postura de la Constitución Política Mexicana
de los Estados Unidos, especialmente en los artículos 4,27 y 28, además de hacer
énfasis en la LAERFTE la cual regula el aprovechamiento de energías renovables
y tecnología limpias para la generación de electricidad estableciendo una estrategia
nacional y el financiamiento de la transición energética, siendo todo esto parte del
trabajo durante años que ha ido creciendo y adaptándose a las nueva tecnologías,
logrando grandes cambios en el país, sin embargo ante el cambio llevado durante
este año en la Ley de Industria Eléctrica, mejor conocida como la Ley de
combustóleo obstaculiza el crecimiento de las energías renovables, impide la
posibilidad de atraer nuevos inversionista a través de la eliminación de incentivos.
Considero que en materia de energía México sobresale a nivel mundial, no solo en
materia de energía renovable, si no también en sus depósitos de hidrocarburo, sin
embargo no solo se debe impulsar el uso de estos últimos, como es el caso de la
Ley de Industria Eléctrica donde prioriza las fuentes que se pueden considerar
sucias respecto a las limpias, realizando una violación del derecho a un medio
ambiente sano y el derecho de salud, rompiendo los acuerdos internacionales como
el mencionado Acuerdo de Paris, como el Tratado de Libre Comercio de América
del Norte, ya que se verá en desacuerdos con los otros gobiernos debido a la
incompatibilidad de la materia energética, exponiéndose con eso a demandas y
formulación de juicios, que además fallaran una sentencia, a la cual el Estado estará
obligado a cumplir.
8. Referencias
DOF - Ley de Industria Eléctrica. (2021). Diario Oficial de la Federación.
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5613245&fecha=09/03/2021
J. (2021, 4 marzo). Recomienda la COFECE al Congreso de la Unión no aprobar la
Iniciativa de reforma a Ley de la Industria Eléctrica Fecha de publicación: 15–02-
2021 No. de comunicado: COFECE-006-2021. Comisión Federal de Competencia
Económica. https://www.cofece.mx/recomienda-la-cofece-al-congreso-de-la-union-
no-aprobar-la-iniciativa-de-reforma-a-ley-de-la-industria-electrica/
SENER. (2012). Marco regulatorio para el aprovechamiento de las fuentes de energía
renovables. En Perspectiva de Energias Renovables 2012–2026 (p. 53).
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/62954/Prospectiva_de_Energ_as_
Renovables_2012-2026.pdf