1. Art. 01 DISPOSICIONES GENERALES:
El Aula de Innovación Pedagógica (AIP): Ambiente físico implementado con equipamiento TIC
(computadoras, proyectores multimedia, Laptop XO, software, televisión, tabletas, etc.) Se caracteriza
porque los estudiantes se trasladan al ambiente con tecnologías. Este ambiente debe ser utilizado para
actividades de aprendizaje utilizando las TIC.
Art. 02 SERVICIOS:
El Aula de innovación Pedagógica presta los siguientes servicios:
2.1. Uso de las computadoras y de los programas instalados.
2.2. Buscar información requerida en el internet
2.3. Aplicación de las TIC en el aprendizaje significativo.
2.4. Uso del proyector multimedia y parlante.
2.5. Uso del ingreso a www.youtube con auriculares.
2.6 Ingreso a páginas educativa.
Art. 03 DEL DIRECTOR DE LA I.E
3.1 Disponer la seguridad del aula de innovación pedagógica de la Institución Educativa.
3.2 Propicia la renovación de equipos, implementación del Aula de Innovación Pedagógica, en coordinación
con la APAFA, CONEI y el DAIP.
3.3 Propiciar la incorporación de las Tecnologías de Información y Comunicación en el Proyecto Educativo
Institucional, Proyecto Curricular Institucional, la Programación Anual, Unidades Didácticas y Sesiones de
Aprendizaje.
3.4 Supervisar las actividades del Aula de Innovación Pedagógica, en base a acciones de monitoreo al
Docente de aula de innovación pedagógica.
3.5 Motivar y brindar las facilidades a los docentes para capacitarse en el uso de las TIC, en horarios
alternos al turno en el que laboran.
3.6 Motivar y Participar en las acciones de capacitación docente en cuanto a la incorporación de las TIC en
las unidades didácticas de aprendizaje
3.7 Propiciar la organización y participación de alumnos y docentes en ferias y/o eventos concernientes al
uso de las TIC a nivel institucional, local, regional y nacional.
3.8 Verificar el inventario del aula de innovación pedagógica al inicio y término del año lectivo, e informar al
Órgano Intermedio Superior.
Art. 4 DEL DOCENTE DEL AULA DE INNOVACIÓN PEDAGÓGICA
5.1 Administrar el AIP, asegurando el mantenimiento y operatividad de las computadoras, estableciendo
sus horarios de uso y organizando sus medios y materiales para el desarrollo de sesiones de aprendizaje.
5.2 Velar por la provisión, mantenimiento y renovación de los recursos educativos, equipamiento e
infraestructura del Aula deInnovación.
2. 5.3 Asesorar a los docentes en la preparación de las sesiones de aprendizaje integrando las TIC para
desarrollarse en el AIP en horario alterno establecido.
5.4. Capacitar al personal docente de la I.E. en el uso de software educativo para el diseño de sesiones de
aprendizaje integrando las TIC.
5.5. Elaborar los documentos vinculados con el funcionamiento del aula de innovación (plan anual de
trabajo, reglamento, inventario de recursos tecnológicos, registro de asistencia, inventario, entre otros
5.6 Reportar la ficha de las horas efectivas de trabajo pedagógico mensual y la ficha de conformidad del
servicio de internet del AIP a la Dirección de la I.E.
5.7 Seleccionar materiales TIC producidos por los docentes y remitir a la UGEL-DIGETE
5.8 Producir material para docentes en el uso y aprovechamiento de las TIC en las capacitaciones a realizar.
5.9 Seleccionar y sugerir Páginas Web para el aprovechamiento de las TIC
5.10 Sensibilizar el uso del aula de innovación a los docentes ambos turnos.
5.11 Velar por la provisión, mantenimiento y renovación de los recursos educativos, equipamiento e
infraestructura del aula de innovación.
5.12 Registrar las incidencias dadas en el cuaderno de ocurrencias.
5.13 Mantener actualizado el registro de asistencia al aula de innovación.
5.14 Asegurar que el software instalado cuente con la licencia respectiva
5.15 Reportar al Órgano inmediato superior los haberíos de la línea de internet y equipo de cómputo y
solicitar apoyo del DAT del órgano inmediato superior-DIGETE afín de diagnosticar problemas graves del
equipo de cómputo o línea de internet.
5.16 Mantener instalado y configurado adecuadamente todas las computadoras de la Institución Educativa,
tanto del aula de innovación, aulas digitales u otros espacios con equipamiento TIC, usando el software
adecuado con asesoramiento del DAT.
5.17 Participar en capacitaciones convocadas por la UGEL, DRE, MINEDU, Gobierno Regional u otros por
cuenta propia.
5.18 Asegurar el cumplimiento de las normas éticas, morales y de buenas costumbres al emplear las
computadoras y otros medios y materiales TIC,en especial, prohibiendo el acceso a páginas web
decontenidopornográficoy regulando el uso del internet según Ley28119.
5.19 Difundir el uso de la página web http://www.perueduca.pe/ para su aprovechamiento pedagógico.
5.20 Reportar al directorperiódicamente el estadodel equipamiento del AIP.
Art.6 DE LOS DOCENTES DEL AULA:
6.1 Los docentes ingresarán al aula de Innovación respetando su horario programado.
6.2 El docente de aula o de área insertará las TIC en su programación curricular (Programación Anual,
Unidades Didácticas y Sesiones deAprendizaje).
6.3 El Docente de aula o de área coordinará con el DAIP anticipadamente sobre el softwareautilizar,
la cantidad de PC u otro material requerido para el desarrollo de su sesión de aprendizaje. Las
direcciones URL a visitar deben ser precisas, esto implica que el docente de área debe haber
revisado con anticipación los contenidos, con la finalidad de usar óptimamente el tiempo. El
accesoaInternetno debe ser producto de laimprovisación.
6.4Lahoradeacceso alAulade InnovaciónPedagógica,no esparadesarrollarcursos decómputo propiamente
dicho (Office, diseño gráfico, u otros.), sino que deben desarrollarse actividades académicas de acuerdo a la
programación curricular de cada docente
6.5 Toda la plana jerárquica, docentes y administrativos nombrados y contratados de la I.E asistirán a las
capacitaciones programadas respetando las normas y el horario establecidos.
6.6 Todos los docentes del nivel primaria de ambos turnos tienen el derecho y el deber de actualizarse en
el uso de las TIC dentro o fuera de la institución afín de optimizar el aprendizaje de los niños.
3. 6.7 Los docentes registrarán su asistencia en el cuaderno de control del AIP, especificando el área y tema
que desarrollará.
6.8 Los docentes con el DAIP velarán por la conservación del equipo de cómputo y del aula de Innovación
Pedagógica.
Art.7 DE LOS ALUMNOS(AS)
7.1 Todo alumno sin discriminación alguna tiene el derecho de recibir las clases virtuales en el Aula de
Innovación Pedagógica.
7.2 Los alumnos respetaran el reglamento y las normas de convivencia establecida enmarcando el orden,
la disciplina y puntualidad en cada sesión de aprendizaje virtual.
7.3 Cada alumno será responsable de una computadora durante la sesión de aprendizaje. Si existen aulas
con numerosos niños se dividirán en grupo, afín de evitar la incomodidad entre los mismos.
7.4 Los alumnos solo ingresarán al aula de innovación acompañados por el docente tutor
7.5 Cada sesión programada serán beneficiados como mínimo con 45 minutos y un máximo de 90 minutos.
7.6 Los alumnos de mayor conocimiento de informática, coordinarán con el docente para apoyar a sus
compañeros y también participar en otros eventos.
Art.8 DE LA APAFA
8.1 LA APAFA como entidad que representa a los padres asociados de la Institución tienen el deber
fundamental apoyar con un fondo ya establecido, en el derecho de matriculas para la compra de accesorios
de cómputo, según PAT aprobado en asamblea general del padres de familia.
8.2 Motivar a los asociados para colaborar con el equipamiento y mantenimiento del equipo de cómputo de
la Institución educativa.
Art. 9 DE LOS PADRES DE FAMILIA
9.1 Todo padre de Familia tiene el derecho de que sus hijos(as) reciban una educación actualizada
haciendo uso de los recursos que brinda la tecnología de la Información y de la Comunicación.
9.2 Todo padre de familia tiene el deber de colaborar con la implementación y mantenimiento del equipo
de cómputo de su Institución Educativa.
9.3 Todo padre de familia tiene el deber de reponer los daños ocasionados por sus hijos al equipo de
cómputo del aula de Innovación pedagógica.
Art. 10 SEGURIDAD E HIGIENE A.I.P
10.1 El director de la I.E dispone la seguridad del aula de innovación pedagógica de la Institución Educativa,
previendo la instalación de una alarma contra robos y monitoreando el cumplimiento del deber del personal
de servicio y guardianía.
10.2 El personal de servicio y guardianía tienen el deber de velar por la seguridad del aula de innovación
pedagógica
10.3 El director asignará a un personal de servicio para la limpieza de la sala de cómputo y de equipos
antes del inicio de las actividades pedagógicas.
10.4 Está terminantemente prohibido la realización de actividades que no son pedagógicas en el AIP, tales
como: asamblea de docentes, concursos, celebraciones de cumpleaños, etc. que no amerita el uso de las
computadoras o internet.
10.5 Los usuarios del Aula de Innovación Pedagógica, tendrán cuidado de ingresar con las manos limpias
y con el cabello seco uniforme limpio.
4. 10.6 Los usuarios del Aula de Innovación Pedagógica, no podrán ingresar portando comida o alimento
alguno; catálogo de venta de productos de belleza, juguetes para tal efecto los tutores tienen el deber hacer
extensiva este reglamento a los alumnos en las normas de convivencia del aula.
10.7 Todo usuario es responsable de velar por la conservación del equipo de cómputo y mantenimiento del
Aula de Innovación Pedagógica.
Art. 11 DE LAS SANCIONES
11.1. Docente que no presenta la sesión de aprendizaje donde inserte su actividad con TIC no tendrá
derecho a hacer uso del AIP y la hora correspondiente será destinada al mantenimiento de equipos de
cómputo. Así mismo las clases perdidas no son recuperables.
11.2 Los alumnos o alumnas que ejecuten acciones que peligren la parte física o lógica de la computadora
reincidentemente, se les citará al padre de familia para informar sus actos de mala conducta.
11.3 Usuarios que fuese sorprendido hurtando en el AIP, además de reponerlos serán citados para dar
cumplimiento con la sanción respectiva.
11.4 Todo usuario que fomenta la falta de respeto reiterativo en el aula de innovación será informado a la
Dirección, quedando registrado en el cuaderno de ocurrencias como evidencias para que tomen medidas
correctivas.
11.5 Si las acciones negativas de los alumnos y alumnas en el AIP se hacen reiterativas serán sancionados
con el no ingreso al aula de innovación hasta que el padre o apoderado se apersone al AIP.
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Félix Marcial Huaycochea Díaz
DAIP – I.E. 22118
INGAHUASI
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Prof. Porfirio Miguel Alejo Bellido
Director – I.E. 22118
INGAHUASI