El documento discute la doctrina de la protección integral de la infancia y su implementación en Colombia. Presenta los principios clave de la protección integral como el reconocimiento de los niños como sujetos de derechos, la garantía de derechos para todos los niños, y la prevención y restablecimiento de la vulneración de derechos. También examina el marco jurídico colombiano relacionado con los derechos de la infancia y el Código de la Infancia y la Adolescencia de 2006.
2. Defenderal puebloes defenderla paz
Situación irregular
Protección integral
Antecedentes
Instrumentos
constitutivos de la
Protección Integral
Implicaciones
Situación en Colombia
Áreas de derecho
Corresponsabilidad Propuesta metodológica para la formulación de
proyectos sociales bajo la doctrina de Protección
Integral
Convención Internacional de los Derechos del
Niño
3. Defenderal puebloes defenderla paz
• Se sustenta en una cultura que piensa la protección bajo los estigmas y la
discriminación.
• Incapacidad de los movimientos sociales para identificar el vínculo entre condición
material y jurídica de la infancia.
• Poca capacidad de control para proyectos que privilegian concentración de la renta.
1989
Cambio de
paradigma: Se
promulga la
Convención
de los
derechos de
la Infancia
Antes de la Convención, todas las legislaciones
de “menores” se inspiraban sin exepción en los
principios de la doctrina de la situación
irregular. Concepción hegemónica en América
Latina hasta bien entrados los años 80.
4. Defenderal puebloes defenderla paz
Legitima la acción judicial indiscriminada sobre niños y adolescentes en situación
de dificultad. Cierra los ojos a las deficiencias de las políticas sociales. Plantea
soluciones individuales que privilegian la institucionalización y la adopción.
Incoherencias de las legislaciones nacionales en relación con
la Convención.
Contradicciones con su adopción como ley nacional.
Modelo de desarrollo basado en la exclusión, es decir, en la
incapacidad política del sistema para universalizar los servicios
básicos de salud y educación.
Situación irregular
5. Defenderal puebloes defenderla paz
Trato discriminativo: Los niños y los adolescentes - los “MENORES”.
Centralizan el poder en la figura del juez. Omnímoda y discrecional.
Judicializa los problemas vinculados a la infancia en situaciones de riesgo. Patologiza
situaciones de origen estructural.
Impunidad. Irrelevancia de delitos cometidos por adolescentes pertenecientes a las
clases media y alta. Criminaliza la pobreza – privación de la libertad para los infractores
pobres.
Negación explícita y sistemática de principios básicos del derecho. Contemplados en la
propia Constitución como derechos de todos los ciudadanos.
El funcionamiento del sistema no verifica empíricamente sus consecuencias reales.
Algunos rasgos centrales de legislaciones basadas en la
Situación Irregular
6. Defenderal puebloes defenderla paz
El conservadurismo jurídico-corporativo:
fundamentado en la expresiones del “buen deseo”
contenidas en estas leyes. El Juez como un buen
“padre de familia”. Las facultades jurídicas son
omnímodas de tipo discrecional.
El decisionismo administrativo: supone mayor eficacia de acciones administrativas directas, para liberarse
de las trabas y formalidades del sector judicial (posición de algunos organismos gubernamentales
responsables de la ejecución de programas y políticas de protección especial).
Privilegio de la atención directa: tendencia típica de algunos organismos no gubernamentales que trabajan
sobre los grupos más desprotegidos y de mayor riesgo, muchas veces al margen de normas o regulación del
Estado.
Corrientes que han
contribuido a la vigencia
de la Doctrina de la
Situación Irregular
7. Defenderal puebloes defenderla paz
Conjunto de instrumentos jurídicos de carácter
internacional que expresan un salto cualitativo
fundamental en la consideración social de la infancia.
Involucra a todo el universo de los niños, niñas y
adolescentes, incluye todos los derechos exigibles,
demanda un esfuerzo articulado y convergente del
mundo jurídico, las políticas gubernamentales y los
movimientos sociales a favor de la niñez.
Doctrina de la Protección Integral
8. Defenderal puebloes defenderla paz
Algunas características de las nuevas legislaciones basadas
en la doctrina de la Protección Integral
Aseguran jurídicamente el principio básico de igualdad ante la ley. Todos los derechos para
todos los niños y adolescentes y, no sólo para aquellos en “circunstancias especialmente
difíciles”.
Devuelven al sector judicial, su misión específica de dirimir conflictos de naturaleza
jurídica.
Insisten en la urgencia de resolver las omisiones y deficiencias a través de políticas sociales
básicas y públicas.
La consideración de la infancia como sujeto de derechos.
Incorporan explícitamente los principios constitucionales relativos a la seguridad de la
persona, así como los derechos de la Convención.
Evitan eufemismos falsamente tutelares, tales como la internación o la ubicación
institucional.
9. Defenderal puebloes defenderla paz
•Convención Internacional de los Derechos del Niño.
•Reglas Mínimas para la Administración de Justicia de Menores - Reglas de Beijing
•Reglas de las Naciones Unidas para la Protección de Menores de edad privados de libertad
•Directrices de las Naciones Unidas para la prevención de la delincuencia juvenil
•Protocolos Facultativos Adicionales: relativos a la participación de niños en los conflictos
armados y a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización
de niños en la pornografía
•Protocolo Facultativo relativo a un procedimiento de comunicaciones
Instrumentos constitutivos de la Protección Integral
10. Defenderal puebloes defenderla paz
Desde:
• Atención directa en
instituciones.
• Énfasis en nutrición y
salud.
• Atención profesional
individual de alto costo.
• Planeación a partir de
necesidades.
• Proyectos de corto plazo.
Hacia:
• Vinculación - trabajo conjunto con
familia y comunidad.
• Programación Integral.
• Vincula a padres y agentes
comunitarios.
• Planeación con perspectiva de
derechos.
• Programas y políticas.
Evolución conceptual y metodológica
12. Defenderal puebloes defenderla paz
• A la vida y la supervivencia.
• Al Desarrollo y la educación.
• A la Participación.
• A la protección.
Los derechos de la niñez
13. Defenderal puebloes defenderla paz
A la vida.
Al más alto nivel de salud y nutrición.
A la seguridad social.
A un nivel de vida adecuado para su
desarrollo físico, mental, espiritual, moral y
social.
A un examen periódico si el niño se
encuentra en establecimientos de
protección.
A la vida y a la supervivencia
14. Defenderal puebloes defenderla paz
A que se hagan efectivos todos los
derechos reconocidos en la
Convención.
A la protección contra abuso físico,
mental, descuido, trato negligente,
maltrato, explotación económica,
secuestro, trata, abuso sexual,
venta de niños, el uso ilícito de
drogas y todas las formas de
explotación.
A recibir protección cuando ha sido
víctima de conflictos armados y a
recibir tratamiento y garantías
especiales si ha infringido la ley.
A protección cuando el niño es
privado de su medio familiar y
a recuperación física y
psicológica cuando ha sido
víctima de abandono,
explotación y abusos.
A un nombre una nacionalidad,
al registro, a conocer a sus
padres, a no ser discriminado y
a que se le repete su vida
privada.
A la protección
15. Defenderal puebloes defenderla paz
A expresar su opinión en los asuntos que lo
afectan y a que se le tenga en cuenta.
A la libertad de expresión y a buscar, recibir
y difundir información.
A la libertad de pensamiento, conciencia y
religión.
A la libertad de asociación y a celebrar
reuniones pacíficas.
A la participación
16. Defenderal puebloes defenderla paz
A no ser separados de sus padres y a que ambos
asuman la responsabilidad de su crianza.
A la educación básica gratuita y facilidades de
acceso a la educación secundaria, así como a
material e información que promueva su
desarrollo integral.
Al desarrollo de sus potencialidades, a descansar,
jugar y tener acceso a la cultura.
A tener su propia vida cultural, religión o idioma,
para los niños que pertenezcan a minorías
étnicas, religiosas o lingüísticas.
?
A la educación
18. Defenderal puebloes defenderla paz
• Ser garante de derechos.
• Eficiente.
• Permanecer vigilante y acompañante.
• Comprometido con políticas y programas de largo
alcance.
• Un Estado que planifica dando prioridad a la niñez.
• Un Estado coherente con sus compromisos
internacionales y respetuoso de su propia
Constitución.
El Estado
19. Defenderal puebloes defenderla paz
• Cumplir todos sus ineludibles deberes
en el proceso de cuidado, protección y
socialización.
• Irremplazable a pesar de sus carencias
y dificultades.
La familia
20. Defenderal puebloes defenderla paz
• Convertirse en espacios de promoción
social y desarrollo humano.
• Asumir la perspectiva de derechos y
superar la doctrina de la Situación
irregular.
• Abrirse a la veeduría ciudadana.
• Mejorar la calidad de los servicios.
• Promover políticas públicas en favor de
la niñez.
• Trabajar en la perspectiva de co-
responsabilidad.
Las instituciones
21. Defenderal puebloes defenderla paz
LOS NIÑOS Y NIÑAS
Educarse y formarse para el
reconocimiento y el
ejercicio responsable de los
derechos.
Formarse para el
autocuidado y el respeto a
sí mismo.
Desarrollar sentido de
pertenencia y solidaridad.
Desarrollar capacidad para
negociar y resolver conflictos.
Capacidad para el diálogo.
Conocer sus potencialidades y
limitaciones.
Ejercer sus derechos y sus
deberes correlativos.
22. Defenderal puebloes defenderla paz
La Constitución Política
Artículo 93. Los tratados y convenios internacionales ratificados
por el Congreso, que reconocen los derechos humanos y que
prohíben su limitación en los estados de excepción, prevalecen
en el orden interno. Los derechos y deberes consagrados en esta
Carta, se interpretarán de conformidad con los tratados
internacionales sobre derechos humanos ratificados por
Colombia.
Marco Jurídico Nacional
23. Defenderal puebloes defenderla paz
• Por definición de la Carta Política, en Colombia los tratados y
convenios internacionales que reconocen derechos humanos
y, que han sido ratificados por el Estado, tienen rango
constitucional, lo que implica que ninguna norma de inferior
categoría puede ser contraria a ellos.
• Así mismo, el Estado que ratifica dichos tratados o
convenios, asume en el acto de ratificación obligaciones
internacionales frente a las cuales debe responder.
Bloque de Constitucionalidad
24. Defenderal puebloes defenderla paz
Un Estado es responsable por violaciones a los derechos humanos cuando: con su acción viola un
derecho humano, cuando por omisión permite que otros agentes violen un derecho humano, lo
que Human Rigths Watch llama “a complicidad gubernamental mediante una falta de acción” o,
cuando el Estado permite que se aplique una ley contraria a los principios contenidos en los
tratados o convenios.
Por lo tanto, en casos de vacíos
normativos, debe darse aplicación directa
al contenido de los tratados y convenios
internacionales.
25. Defenderal puebloes defenderla paz
LA PROTECCIÓN INTEGRAL DE NIÑOS,
NIÑAS Y ADOLESCENTES Y EL CÓDIGO DE LA
INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
26. Defenderal puebloes defenderla paz
Para el 41.5 por ciento de la población colombiana: hoy el Estado a través
del ICBF atiende entre prevención y protección cerca de 9 millones de niños y
niñas, la ley de infancia pretende preservar los derechos de más de 15
millones de personas que integran la población de niños, niñas y
adolescentes.
Para quién se legisló
27. Defenderal puebloes defenderla paz
¡ES UN MEDIO!
EL CÓDIGO NO ES UN FIN
DERECHOS
PREVALENTES
DERECHOS
ECONÓMICOS,
SOCIALES Y
CULTURALES
CONS. POL., ART. 44
INSTRUMENTOS
INTERNACIONALES
CONVENCIÓN DE LOS
DERECHOS DEL NIÑO
LEY 12 DE 1991
NIÑOS
NIÑAS
ADOLESCENTES
28. Defenderal puebloes defenderla paz
Protección Integral.
Interés superior.
Prevalencia de los derechos.
Corresponsabilidad.
Exigibilidad de los derechos.
Perspectiva de género.
Ejercicio de derechos y responsabilidades.
Principios del Código de la Infancia y la Adolescencia
29. Defenderal puebloes defenderla paz
La protección integral.
Sistema de responsabilidad penal para
adolescentes.
Política pública / inspección, vigilancia y
control.
Libros que componen el
Código
30. Defenderal puebloes defenderla paz
Garantizar a los niños, las niñas y los
adolescentes su pleno y armonioso
desarrollo para que crezcan en el
seno de la familia y de la
comunidad, en un ambiente de
felicidad, amor y comprensión.
Finalidad del Código
31. Defenderal puebloes defenderla paz
La ley 1098 de 2006 tiene como soporte transversal el principio de la
Protección Integral, definida en cinco ejes:
- El reconocimiento de sujetos de derechos (Instrumentos internacionales
de derechos humanos, Constitución Política y la ley).
- La garantía de los derechos para todos los niños, niñas y adolescentes
(para los 17 millones de menores de 18 años sin discriminación de
ninguna índole).
- La prevención de su vulneración o amenaza.
- El restablecimiento de los derechos.
- Las políticas públicas.
Protección Integral
32. Defenderal puebloes defenderla paz
Pretende ampliar la funcionalidad del Estado para el restablecimiento
de los derechos de niños, niñas y adolescentes, se encuentra radicada
la competencia en los DEFENSORES-AS DE FAMILIA, en los COMISARIOS-AS
DE FAMILIA y finalmente cuando ni unos ni otros existan asumen la
competencia los INSPECTORES-AS DE POLICIA.
Protección Administrativa
33. Defenderal puebloes defenderla paz
En ningún caso la
protección integral puede
servir de excusa para violar
sus derechos y garantías
34. Defenderal puebloes defenderla paz
Modificación en actitudes y prácticas sociales
Reconocimiento por parte del
país
Incorporación en la Legislación
nacional
Reforma legislativa en coherencia con
sus principios
Políticas sociales y públicas
Planeación con perspectiva de derechos
Evaluación y seguimiento con perspectiva de derechos
IMPLICACIONES DE LA
DOCTRINA DE
PROTECCIÓN INTEGRAL
35. Defenderal puebloes defenderla paz
• Políticas públicas
Contiene un libro relativo a las políticas públicas que
deben diseñarse y ejecutarse para prevenir, garantizar y
restablecer los derechos de los niños y niñas en los
niveles nacional, departamental y municipal, las reglas
que rigen el Sistema Nacional de Bienestar Familiar y las
normas sobre inspección, vigilancia y control.
Materialización de la Protección Integral
36. Defenderal puebloes defenderla paz
Para los tres ejes de la protección integral (garantía de derechos y
condiciones de ejercicio, prevención de su vulneración o amenaza y
restablecimiento de derechos vulnerados) en los niveles nacional,
departamental, distrital municipal y las áreas metropolitanas,
bajo la responsabilidad indelegable del presidente, gobernadores y
alcaldes con el control de la Procuraduría y las personerías
municipales.
Políticas Públicas
37. Defenderal puebloes defenderla paz
Políticas Sociales Básicas:
Salud - Educación
Políticas de Prevención
Políticas de Protección
Pol.
Garantías
Acceso
Justicia
Asistencia -
Compensatoria
Garantia:
Oferta
calidad y
cobertura
Universales
Responde
Estado
Universales
Focalizadas Personas Desventaja
Económica o Social
Detecta,
visualiza y
responde
anticipadamente
Victimas de acción u
omisión
Restablece el Derecho o
suspende la amenaza
Mecanismos de
Exigibilidad
Responsabilidad
Penal Juvenil
38. Defenderal puebloes defenderla paz
Políticas Sociales Básicas:
Salud - Educación
Políticas de Prevención
Políticas de Protección
Pol.
Garantías
Acceso
Justicia
Asistencia -
Compensatoria
Garantía:
Oferta
calidad y
cobertura
Universales
Responde
Estado
Universales
Focalizadas Personas Desventaja
Económica o Social
Detecta,
visualiza y
responde
anticipadamente
Victimas de acción u
omisión
Restablece el Derecho o
suspende la amenaza
Mecanismos de
Exigibilidad
Responsabilidad
Penal Juvenil
40. Defenderal puebloes defenderla paz
DESARROLLO
INTEGRAL DEL
NIÑO(A)
FORTALECIMIENTO DEL
MEDIO FAMILIAR
EMPODERAMIENTO
CONSTRUCCIÓN DE
CIUDADANIA
COBERTURA Y CALIDAD DEL
SISTEMA EDUCATIVO
PROMOCION DE
POLITICAS PUBLICAS
COBERTURA Y CALIDAD DE
SERVICIOS DE SALUD
ACCIONES FUNDAMENTALES PARA LA PROMOCION DEL DESARROLLO INTEGRAL
DE LA NIÑEZ A NIVEL LOCAL