1. REP1JBLICA DEL ECUADOR
ASAIItrBI,EA hIACIONAL
AN-GL-20L2-277
Quito, 05 de abril del 2012
CONTRALORIA GENERAT tJEL ESTADO
DOCUMf, NTA CION Y ARC-HIYo
CORRESPONDENCIA
RECIBIDA Y REGISTRADA
Seflor Doctor
Carlos Polit
CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO
En su Despacho.-
De mis consideraciones:
Tal como podr6 observar del oficio remitido al Ministro de Defensa Xavier Ponce,
conforme a las atribuciones que me concede la Constituci6n, y toda vez que estoy
facultado y en la obligaci6n de ejercer la fiscalizaci6n, procedi a realizar la primera visita
In Situ donde se encuentran los radares oue ha comorado el Estado Ecuatoriano a
trav6s de la FAE, especificamente el YLC-18 M que es prestado, y el YLC-18 que fue
comprado, pude constatar entre otras cosas lo siguiente:
En relaci6n al radar YLC 18 M prestado, pude observar que se encontraba en
funcionamiento; con respecto al YLC 18 comprado, pude verificar que el mismo fue
prendido por el motivo de mi visita, para lo cual inclusive estaban presentes t6cnicos de
nacionalidad China quienes en compafria del Gral, C6sar Ramos y el Crnel. Cobos me
supieron manifestar que este radar aun no estaba en funcionamiento por cuanto es un
sistema integrado y el mismo funciona una vez que los cuatro radares en si entren en
funcionamiento, motivo por el cual este se encontraba apagado.
A pesar de todo ello, y ya habiendo transcurrido 18 meses para la entrega de los
radares y el sistema integrado -conforme a lo estipulado en el contrato para la compra
de dichos radares- se pudo evidenciar que ya han transcurrido casi L6 meses
adicionales de la terminaci6n del contrato suscrito con CETC International y el Ministerio
de Defensa (tomando en cuenta que la forma de pago ha sido variable), habiendo
desembolsado 36 millones de d6lares como anticioo.
Cabe indicar que el radar YLC-18 M en la actualidad que se encuentra en
funcionamiento, el enfriamiento del mismo se lo realiza con liquido; adem6s dicho radar
no mantiene un sistema interconectado con los aviones Tucano y el radar YLC 18
comprado no mantiene un sistema interconectado con ningrin avi6n.
En tal virtud solicit6 que se aplique una multa de conformidad con el Art.71 inciso 2s de
la Ley OrgSnica del Sistema Nacional de Contrataci6n P(blica, esto es por los
retrasos as( como incumolimientos contractuales.
@btsa
CdGdIEffiNIM
Y Corlfid, PCgnoo
2. REPUBLICA DEL ECUADOR
ASAP[[!I.EA NTACT ONIAI-
AN-cL-20t2.277
Quito,05 de abrit det 2Ot2
Serior Doctor
Carlos Polit , CONTRALOR GENERAL DEL
ESTADO
P6gina 2,-
la garantia del fiel cumplimiento
que procede tambi6n aplicar la
94 numeral 3 del mismo cueroo
sin embargo, fuera de ra imposici6n de murtas, debe considerarse
que er radar prestado
sigue sin cumplir con ros requerimientos t6cnicos Je
enfriamiento por aire, por ro que
tambi6n cabe la terminaci6n unilateral del contrato en vista
oe to oispuestolri et Art. 94
numeral 7 ibidem.
De todo lo anterior, solicito que Usted orde
esta contrataci6n asi como a su ejecucidn,
1
adoptar, y si de los resultados de dicho exai
administrativas y penales, por la falta de aplici
del contrato por concepto de multa, por cada dia de retraso- el cobro
de las oarantias
respectivas, asi como la terminaci6n unilateral de dicha relaci6n
los constantes incumplimientos en este caso.
*nira.tr.l.n" vista de
Sinceramente,
Ind
LA COMISI6N DE FISCATIZACIoN Y CONTROL POLITICO
MIEMBR
A_COM|S|6N DE DERECHOS COLECTTVOS COMUNTTARTOS y LA
INTERC
arcntvo
GULM/KR
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sdptimo piso, oficina 701