3. ¿QUEES?
Supone un rechazo a la vinculación lógica o
necesaria entre moral y el derecho
Es una corriente del pensamiento Jurídico, cuya
principal tesis es la separación conceptual de la
moral y el derecho.
4. CARACTERÍSTICAS
● Se lo conoce como Derecho Puro
● El objetivo del conocimiento para el positivismo es explicar causalmente los fenómenos por medio de leyes
generales y universales, lo que le lleva a considerar a la razón como medio para otros fines.
● Está separado de cualquier valoración jurídica (Ya sea la religión, ,oral, polìtica, etc.)
● El Derecho Positivo es un orden coercitivo (relacionado con la fuerza).
● Conjunto de Normas vàlidas, es decir, cuando la norma ha seguido un procedimiento de formació.
● De un lado el derecho positivo debe inspirar sus contenidos en los valores que contiene el derecho natural, si este
requisito no se cumple nos encontramos no ante normas jurídicas sino ante imposiciones arbitrarias emanadas por
una autoridad que ejerce el poder de manera ilegítima.
5. FORMASDELPOSITIVISMOJURÍDICO
El positivismo metodológico: se limita a defender una
aproximación al Derecho neutral desde el punto de
vista de los valores. El positivismo como teoría del
Derecho: ofrece más propuestas concretas sobre el
concepto de Derecho: supremacía de la ley, carácter
coactivo de las normas jurídicas, así como una teoría
sobre la interpretación y sobre la norma. El
positivismo ideológico: sostiene la obligación de
cumplir las leyes por su valor moral o como
instrumento eficaz para conseguir los valores de
orden, paz y seguridad.
7. IUSPOSITIVISMO
IDEOLÓGICO
El derecho es razón suficiente
para actuar con toda
justificación moral. En esta
acepción, el iuspositivismo es
una concepción de la justicia,
una ideología relativa a los
valores que deben orientar
nuestro comportamiento.
8. IMPERATIVISMO
Se refiere a la norma válida se
identifica con un mandato del
soberano respaldado por el hecho
de una habitual obediencia. El
derecho es un sistema de normas
que reglamentan el uso de la
fuerza, y que están respaldadas
por la coacción.
9. FORMALISMO
La única interpretación válida del
texto legal será la literal. El
derecho es un sistema cerrado, sin
contradicciones internas ni
lagunas. El derecho legislado es un
sistema lógico, y goza de la
propiedad de la plenitud hermética,
no tiene lagunas.
10. IUSPOSITIVISMO
LÓGICO
Según Hans Kelsen, uno de los
máximos exponentes del positivismo
jurídico, afirma que la ciencia
jurídica al ocuparse de lo mandado
jurídicamente es una ciencia
normativa, la cual para mantenerse
dentro de los límites científicos
aspira a librar a la ciencia
jurídica de elementos extraños, de
juicios que no sean normativos.
Para Kelsen, la ciencia jurídica no
describe la realidad, no formula
juicios de hecho, no es empírica,
puesto que su objeto son enunciados
de "deber ser"
11. IUSPOSITIVISMO
CONCEPTUAL
Basado por el jurista Hart
en su libro El concepto
del Derecho se encuentra
conceptualmente separado de
la moral, por lo que puede
ser identificado, definido
y analizado sin hacer
referencia a valores
morales. Toda ley positiva
es verdadera ley, pero
puede haber leyes tanto
justas como injustas.
Afirmar que una ley es
válida no es decir nada
sobre su calidad moral.
14. CARACTERÍSTICAS
● El derecho está conformado por principio Universales.
● Atributos subjetivos del ser humano, que son
preexistentes e intransferibles.
● La razón permite al ser humano distinguir el bien del
mal.
● Conflicto entre -MORAL y DERECHO-
17. Desvinculación del
Derecho Natural y
Dios
Creación del
Derecho natural
por medio de la
Razón
Status Naturalista
y Status Civile
Dios no es la fuente de toda moral, lo
es la racionalidad del hombre.
El derecho natural se crea mediante la
lógica y se va ampliando
indefinidamente a partir de los
preceptos legales ya conocidos.
Status Naturalista, estado
de naturaleza del hombre
previo a su convivencia
socio-política
Status Civile, estado de
naturaleza del hombre
posterior a su convivencia
social
Por lo tanto el hombre es
un ser asocial,
simplemente se adviene
a construir sociedades.
18. DiferenciasentreIusPositivismoeIusNaturalismo
El Ius Naturalismo se fija en las Escuelas
Antiguas o clásicas del Derecho,
aprobado por Platón, Aristóteles y
Sócrates se refiere al Derecho Natural.
La Escuela Postula que el Derecho está
inmerso en la Naturaleza del Hombre.
El Ius Naturaismo tiene un alto grado de
subjetividad.
El Ius Positivismo se refiere al origen del
Derecho que se encuentra plasmado en
las leyes y es la verdad única
Las leyes no derivan de la naturaleza del
hombre, sino del comportamiento se
basan en las leyes ya plasmadas
Rosseau y los ilustradores franceses son
los postulantes.