La Teoría Pura del Derecho fue creada por Hans Kelsen. Se propuso construir una ciencia del Derecho que estudie las normas jurídicas de manera independiente, sin incluir otros elementos. Kelsen ve al Derecho como un sistema piramidal de normas jerárquicas que se fundamentan unas a otras. La norma suprema es hipotética e imaginaria. La Teoría Pura también distingue entre la ciencia del Derecho, que describe las normas, y el Derecho mismo, que son las normas producidas por los órganos
3. • Surge como una
contrapuesta al derecho
natural sin renunciarlo en
algunos aspectos pero
prácticamente se lo
considera como parte del
positivismo.
• Su estudio lo centra en la
norma tomando a esta como
la base principal del Derecho
y casi reduciendo el Derecho
en si al estudio de la norma.
4. El creador de la Teoría Pura del Derecho es Hans Kelsen quien lo
indica que es una teoría o ciencia dentro de un ámbito
independiente o sea, toma el Derecho como un objeto de estudio
único en el cual no interviene ninguna otra ciencia, área o materia. La
Teoría Pura del Derecho es una teoría del Derecho positivo y se
considera “pura” porque se propuso construir una ciencia del
Derecho depurando de su objeto de estudio todos los elementos que
le son extraños.
5. Fundamenta la norma en una estructura piramidal
de orden jerárquico en donde la norma superior que
fundamenta a las demás es una norma supuesta o
hipotética, esto quiere decir que no es creada por
ninguna persona ni se encuentra escrita, es una
norma imaginaria que se sabe que está ahí pero que
nadie conoce ni puede comprobar.
6. Para Kelsen el objeto de la ciencia del derecho son las
normas jurídicas, y la conducta humana porque está
contenida en dichas normas. Podemos distinguir dos
teorías del derecho: la teoría estática, que tiene como
objeto el derecho en cuanto sistema de normas con
validez, es decir el derecho en su equilibrio; y la teoría
dinámica que tiene como objeto el proceso jurídico en
el que el derecho se produce y aplica, es decir, el
derecho en su movimiento.
Tenemos que hacer una clara diferencia entre la
ciencia del derecho y el derecho, la primera se encarga
de los enunciados jurídicos, es decir, de las oraciones
que describen las relaciones jurídicas; mientras que el
derecho se encarga de las normas jurídicas producidas
por los órganos del derecho que constituyen
prescripciones puesto que ordenan, permiten o
facultan determinadas conductas.
7. Debido a su naturaleza se puede decir que el
derecho también es moral ya que lo que exigen o
prohíben es lo mismo en las normas jurídicas o
las normas de la mora, ya que si el orden social
establece o exige una conducta que la moral
rechaza o viceversa se dice que no es justo.
8. El distinguir el derecho de la moral y de
la justicia no quiere decir que deba de
prescindir de ellas y que no tenga nada
que ver y mucho menos que se este
subordinando el concepto del bien
Lo que aquí se trata de decir es que no
hay un valor absoluto y que pueden
haber valores contrapuestos. Nuestros
actos productores de normas presentan
una relatividad , aunque existan ciertos
patrones que son comunes para crear
un orden jurídico que se puede
denominar como justo.
9. La conducta humana para la
ciencia jurídica es el contenido
de las normas jurídicas.
En los órganos jurídicos se
produce el derecho que puede
ser descrito y conocido por la
ciencia jurídica, que posee un
carácter constitutivo y produce
su objeto al concebirlo como
una totalidad significativa.
La ciencia del derecho es la que
se encarga de describirlo ya que
a diferencia del derecho
producido prescribe algo.
Los enunciado deónticos
formulados por la ciencia del
derecho no obligan ni facultan a
nada ni a nadie, pueden ser
verdaderos o falsos. Mientras
que las normas producidas por
la autoridad jurídica no son ni
falsas ni verdaderas, solo son
válidas o inválidas y obligan y
facultan a los sujetos del
derecho.
10. Kelsen afirma que el derecho natural para
volverse natural debe convertirse en obra
humana posibilitarse y con esto el proceso
de realización del derecho natural suprime
su idea.
Tanto el derecho natural como el positivo
llevan la legalidad de la norma
Si los hombres no tiene intuición de lo justo
y acertado ello indica la falta de la norma
por ende el derecho natural no existe.