2. DERECHO CONSTITUCIONAL
Tema 1: Concepto de constitucionalismo
El constitucionalismo es un pensamiento jurídico político que tiene como
objetivo fundamental el control del poder, porque solo controlando el poder se
podrá garantizar la libertad del ciudadano. Este concepto surge en las Islas
Británicas. En 1212 se aprueba en Inglaterra “La magna Carta”. En esta se
empieza a quitar poder al rey y a cedérselo a los jueces. Esto da lugar a la
creación de textos con el objetivo de seguir avanzando en el control del poder,
dándole cada vez mas importancia al parlamento y a los jueces, evitando así el
absolutismo. En 1689 en Inglaterra se creó La Declaración de Derechos.
En 1787 se da un nuevo salto para el constitucionalismo, al aprobarse la
primera constitución de Los Estado Unidos. Se produce un nuevo modelo
político, pasando de ser un grupo de estados a una confederación.
El constitucionalismo americano aporta que los derechos humanos son previos
a los del estado. Tu tienes unos derechos y el estado esta para garantizártelos.
Claramente unos derechos esenciales y primitivos (derecho a la propiedad,
libertad religiosa, libertad de movimiento etc.)
Un factor clave fue el cambio que se dio del poder que paso de estar en manos
del parlamento exclusivamente a estar en manos del pueblo, aunque para
aquellos entonces el pueblo no era lo mismo que hoy en día el pueblo.
En esta primera constitución se declaro en E.E.U.U. la división horizontal de
poderes en ejecutivo, legislativo y judicial. Pero también se desarrolla una
división vertical de los poderes del estado, pasando de estar bajo un poder
centralizado a un sistema de federaciones independientes. Quedando así un
estado central para aquellos problemas comunes y cada federación para los
problemas individuales de cada territorio.
La constitución americana es suprema, hecha por el pueblo para el pueblo.
Esta es superior a las leyes y decisiones dictadas por los jueces y parlamentos.
Para que esto sea así el tribunal supremo se propone como garante de la
superioridad de la constitución.
La revolución francesa de 1789 es importantísima en el punto de vista teórico.
Supone para el constitucionalismo la afirmación de la idea de que una
constitución puede crear una realidad totalmente nueva. Esta era antes de la
revolución una monarquía absoluta totalmente centralizada.
En la declaración de derechos del hombre y del ciudadano en su articulo 16 se
define de mejor manera lo que es una constitución “toda sociedad para tener
una constitución tiene que tener garantizada la separación de poderes y los
derechos de los ciudadanos”.
La revolución francesa supone también 2 ideas:
3. - La primera es el poder constituyente, el cual permite tener la posibilidad
de hacer una constitución mediante los representantes de los
ciudadanos que deciden crear la constitución decidiendo así la
organización del país.
- La segunda idea y la mas importante es el concepto de ley como
expresión de la voluntad general y la identificación de la voluntad
general con la voluntad del pueblo. Es por esto por lo que la constitución
en Europa nunca ha permanecido tal cual, pues desde el principio le
hemos dado mas valor a la ley que a la constitución. No como en
estados unidos donde la constitución tiene la supremacía frente a la ley
de forma tajante.
Los americanos garantizan la supremacía constitucional mediante el tribunal
constitucional, mientras que los franceses afirman la superioridad de la ley
frente a la constitución. La revolución francesa permite que se desarrolle en
Francia el liberalismo económico.
La revolución francesa provoca que las monarquías se relajen, la cuestión
social en Francia tiene tanta importancia que las monarquías de alrededor
empiezan a ceder mas en las cuestiones sociales ya que temían a que se diese
una revolución como la francesa en sus monarquías.
Aquí ponemos fin al siglo XIX y pasamos al siglo XX…
El siglo XX comienza con la primera guerra mundial, que dio lugar a una
situación desde el punto de vista del constitucionalismo importante. En el
periodo de entreguerras el constitucionalismo intenta afirmarse con fuerza, los
países elaboran constituciones que pretenden ser definitivas, podemos
destacar la constitución de Weimar de 1919 y la de España de 1931.
Son constituciones que hubieran podido dar mucho de si, pero fracasaron
estrepitosamente, esto se debió a que a las constituciones no les puedes pedir
milagros, en aquellas situaciones tan negativas en las que se encontraban
estos países.
Al llegar la segunda guerra mundial deja Europa devastada, obligando a
reconstruirla, sobretodo a Alemania e Italia que han sido siempre las favoritas
de Europa. Para ello crean en Alemania la ley fundamental de Bonn en 1949. Y
en Italia la constitución italiana en 1947. Esto da lugar el resto de las
constituciones próximas de Europa.
Estas constituciones dejan claro que la dignidad humana es indiscutible, a
demás prohíben cualquier tipo de discriminación. Estas constituciones
instauran sistemas de democracia constitucional. Otro elemento importante es
4. que son constituciones normativas, son normas supremas. Estas
constituciones tienen como elemento fundamental, como pieza necesaria a los
tribunales constitucionales. Lo mas importante que podemos destacar de estas
constituciones es que dan lugar a lo que se llama el modelo social europeo, al
estado de bienestar. En definitiva dan lugar a un modelo económico, jurídico y
político que no considera únicamente la ficticia igualdad ante la ley sino que
considera en un sentido fuerte las diferencias reales existentes entre las
personas y que considera por tanto que es función del estado, de los poderes
públicos actuar con el objeto de integrar.
A partir de los años 70 se dan 2 acontecimientos:
- Primero la crisis del estado social con la caída de la economía y el
estado de bienestar
- Segundo con la caída del muro de Berlín con la crisis social e ideológica
que se dio en ese tiempo
Llega un momento en el que este modelo se jode. A partir de los años 70 hay
una primera crisis del petróleo que supone una reducción de los recursos con
los que cuentan los estados para intervenir, este es el primer aviso. Mas tarde
llegan los años 80 en los que esta crisis económica se acompaña de una
paralele crisis ideológica, en la que se pone en cuestión el estado social, con
una crisis fiscal del estado, ya que no se puede seguir manteniendo al estado.
Aumenta exponencialmente el paro, se desarrolla con mas intensidad los
intercambios comerciales a nivel internacional, lo que se llama globalización,
las empresas pasan a producir en países donde la mano de obra es mucho
mas barata, dejando en paro a muchas personas en los países de origen. Se
produce un cambio en los gobiernos de Gran Bretaña y EEUU llegando a
producirse una revolución conservadora o neoliberal, se empieza a tener la
idea de que las personas en paro que no producen actividad económica es
algo que desincentiva la sociedad.
Todo esto da lugar a una sociedad mas precaria, que llega hasta el día de hoy
con la crisis actual que tenemos, teniendo una crisis del estado social, con un
enorme déficit de legitimidad democrática.
Se produce una globalización económica en donde las empresas empiezan a
producir en masa y los trabajos cada vez son mas precarios.
En definitiva lo que se aprecia de este periodo, es que el poder real no lo tienen
las instituciones que están respaldadas por los ciudadanos, sino que la tienen
una serie de elites transnacionales (fondos de inversión por ejemplo) que
manejan realmente el capitalismo. Esto implica que la idea de constitución
actualmente no es mas que una pantomima, pues el sentimiento de estado ya
no existe, el pueblo siente que el estado no posee el poder real de la economía
y por tanto muestran un descontento cada vez mayor por la labor del estado.