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ACTA

                                En el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia de Lima,
departamento de Lima, siendo las ocho de la noche del día 27 de Marzo del año dos mil doce,
se reunieron en el inmueble ubicado en Mz. A 3 Lt 6 del sector de la Urbanización Popular
Chacarilla de Otero; a iniciativa de la directiva y en calidad de integrantes de un Comité
Especial y convocados por medio de Esquela-Citación para esta fecha siendo los siguientes
participantes: señor…, con el fin de modificar el Estatuto de la Asociación para a promover el
desarrollo social y económico de nuestra población a fin de mejorar su calidad de vida.

                           Actuaron como Director de Debates ( e), el señor ………….. y como
Secretaria de Actas ( e), la señora ……………………….
                          El Director de Debates ( e) hizo una exposición referida a la historia y
creación de la APUCHO, manifestando que en fecha ..

                                Seguidamente expuso sobre los fines y objetivos que se proyecta
alcanzar con la modificación del Estatuto propuesta, complementando este aspecto; los
asambleístas intervinieron formulando preguntas aclaratorias presentando sugerencias
importantes por la naturaleza, fines y objetivos de la Organización, seguidamente a solicitud
de los asambleístas se procedió a la elección del CONSEJO DIRECTIVO por un periodo de
dos (2) años, a partir del .. de ….. de 2012 al .. de ……… de 2014, quedando conformado EL
Concejo Directivo de la siguiente manera:

Sr.                                            Presidente
Sr.                                           Vicepresidente
Srta.                                         Secretaria de Actas
Sr.                                            Secretario de Organización
Sra.                                         Asistenta Social
Sra.                                          Secretaria de Economía
Sr.                                          Secretario de Educación y Deportes
Sra.                                         Secretaria de Prensa y Propaganda
Sr.                                             Secretaria de Seguridad Ciudadana y Ecología
Sr.                                           Fiscal
Sr.                                          Vocal
Sr.                                          Vocal
Sr.                                           Vocal
A continuación el Consejo Directivo elegido, hizo la juramentación
de ley, tomando la palabra el Presidente, no sin antes agradecer la confianza de los
concurrentes, tomando inmediatamente posición del cargo.

                               A si mismo, a invitación del señor Presidente, el pleno de la
Asamblea y por decisión unánime, decidió aprobar el Estatuto quedando sujeto para su
modificación y/o ampliación en caso necesario por la Asamblea General, que para este efecto
se acuerda.

                                       ESTATUTOS

                                        TITULO 1
                                        CAPITULO

                       DENOMINACIÓN – DOMICILIO – DURACIÓN

Artículo 1°.- Por acuerdo de los integrantes Sesión Extraordinaria, se constituye la
Asociación Civil, denominada INTEGRACIÓN DE LAS ZONAS ALTAS PARA EL
DESARROLLO SOCIAL (INZADES), que se regirá por su Estatuto, Reglamento Interno y
demás normas creadas por la Institución, teniendo como carácter asociativo y sin fines de
lucro.

Artículo 2°.- La Asociación se crea al amparo de la Constitución Política del Estado y Leyes
vigentes del Código Civil, garantizado los derechos de los integrantes en forma libre y
voluntaria.

Articulo 3°.- La sede y domicilio es el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y
departamento de Lima, pudiendo establecer filiales en todos los departamentos, provincias y
distritos del Perú, así como en el extranjero.

Articulo 4°.- La duración de la Asociación es indefinida y comenzara sus actividades a partir
de su inscripción en los Registros Públicos de Lima y Callao.

                                CAPITULO II
                             FINES Y OBJETIVOS

Articulo 5°.- Son fines de la Asociación:

   a.- El fin primordial de la INTEGRACIÓN DE LAS ZONAS ALTAS PARA EL
   DESARROLLO SOCIAL (INZADES) es promover el desarrollo socio-económico-
   cultural de los pueblos a través de sus petitorios, para la ejecución, evaluación y
   supervisión de los planes y proyectos a favor de los asociados que forman parte de dicha
   Asociación.
   b.- Intermediar, participar, crear fuentes y/o puestos de trabajo a través de la realización y
   ejecución de proyector. Así como crear microempresas en coordinación con las
Organizaciones Sociales y de Base del distrito de San Juan de Lurigancho y el ámbito
   nacional.
   c.- Mejorar y fortalecer el conocimiento científico y nivel cultural de la población.
   d.- Elaborar y proponer un listado de proyectos de obras para ser incluidos en el plan de
   obras de las Municipalidades.

   Articulo 6°.- Son objetivos de la Asociación :
   a..- Obtener su personería jurídica e inscripción en los Registros Públicos de Lima y
   Callao.
   b.- Desarrollar el plan de acción de todos los proyectos a implementarse en el distrito de
   San Juan de Lurigancho en forma prioritaria y paralelamente en otras zonas del país.
   c.- Impulsar el desarrollo socioeconómico, generando empleos, inversiones de carácter
   social, para materializar los derechos de vivienda, salud, educación, alimentación y todo lo
   que concierne en beneficio de los asociados.
   d.- Representar ante el gobierno Central, Municipal, Policial, Judicial y ante todas las
   autoridades administrativas en defensa del derecho de los asociados.
   e.- Apoyar la protección del medio ambiente, para contribuir a su preservación y
   protección y la conservación de los recursos naturales.
   f.- Para dar cumplimiento de sus fines y objetivos, la INTEGRACIÓN DE LAS
   ZONAS ALTAS PARA EL DESARROLLO SOCIAL (INZADES) celebrara todo tipo
   de actos jurídicos que no contravenga el marco legal en vigencia.


                                   TITULO II

                                  CAPITULO I

           DE LOS ASOCIADOS – ADMISIÓN – DERECHO – DEBERES

Articulo 7°.- Son asociados aquellas Instituciones tales como : Asociaciones de Vivienda,
Pueblos Jóvenes, Asentamientos Humanos, Agrupaciones de Familia Organizaciones de Vaso
de Leche, Comerciantes, Agrupaciones de Jóvenes, Comedores Populares y personas naturales
en general que se encuentren dentro del distrito de San Juan de Lurigancho en forma
prioritaria y paralelamente en otras zonas del país, y que sean reconocidos como tales por la
Asamblea General.

Articulo 8°.- El procedimiento y requisitos para ser admitidos como asociados son :
a.- Presentación de una solicitud dirigida al Consejo Directivo y en compromiso de Sujeción
Institucional.
b.- Revisión de la solicitud por el Consejo Directivo y en caso de aprobación, presentación y
sustentación de la misma ante la Asamblea General para su aprobación definitiva.
c.- Incorporación de Asociado Nuevo mediante su inscripción en el padrón y en Libro de
Actas.
d.- El asociado estará representado por un delegado.
e.- El asociado realizará una Asamblea General en su localidad y elegirá un DELEGADO
quien representará a ésta ante la Asamblea General de la INTEGRACIÓN DE LAS ZONAS
ALTAS PARA EL DESARROLLO SOCIAL (INZADES) de San Juan de Lurigancho.
f.- Copia de Acta de Elecciones del DELEGADO o representante será remitido a la
INTEGRACIÓN DE LAS ZONAS ALTAS PARA EL DESARROLLO SOCIAL
(INZADES).
g.- La persona natural que desee integrar la Asociación, será calificada por el Consejo
Directivo.

Articulo 9°.- Son derechos del asociado:
a.- Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.
b.- Elegir y ser elegido para integrar el Consejo Directivo.
c.- Presentar al Consejo Directivo, proyectos y propuestas que permitan alcanzar los fines
institucionales.
d.- Solicitar y recibir información sobre la situación de la Asociación de parte del Consejo
Directivo.
e.- Participar activamente en las tareas de desarrollo económico, social y cultural de la
comunidad, familia y del distrito.
f.- Fiscalizar el fiel cumplimiento de los Estatutos.
g.- Revisar los documentos, libros sociales y contables con autorización del Consejo
Directivo.
h.- Fiscalizar y denunciar ante la Asamblea General los actos cometidos en perjuicio de la
Asociación.

Articulo10°.- Son deberes de los asociados:
a.- Colaborar al logro de los objetivos institucionales.
b.- Asistir a las Asambleas Generales.
c.- Cumplir con las disposiciones del presente Estatuto, los acuerdos de la Asamblea General
y del Consejo Directivo.
d.- Canalizar ante la Asociación, las inquietudes de las comunidad, familia y pobladores en
general del distrito.
e.- Aportar oportunamente las contribuciones ordinarias y extraordinarias.
f.- Los estímulos y sanciones se determinara en el reglamento.
g.- Promover la participación de los vecinos en el proceso de Gestión Distrital.
h.- Participar en las Comisiones de trabajo.


                                       TITULO III

                                     CAPITULO I

                     DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO

Capitulo11°.- Son órganos de Gobierno:
a.- Asamblea General, Ordinaria y Extraordinaria.
b.- Del Consejo Directivo.

                             CAPITULO II
ASAMBLEA GENERAL – ORDINARIA – EXTRAORDINARIA

Articulo 12°.- ASAMBLEA GENERAL :
Es la máxima instancia de la Asociación que esta conformada por los asociados hábiles.

Articulo 13°.- ASAMBLEA ORDINARIA:
La Asamblea General se reunirá en forma ordinaria dos veces al año. En noviembre para
programar las acciones para el siguiente año, en Abril para avaluar el desempeño del ejercicio
anterior.
Corresponde a la Asamblea Ordinaria:
a.- Aprobar la Gestión Social, las cuentas y balance general así como la Memoria Anual a
propuesta del Consejo Directivo.
b.- Elegir a los integrantes del Consejo Directivo.
c.- Definir las políticas y lineamientos de desarrollo de la Asociación, así como las políticas y
criterios básicos generales para la elaboración de los programas de trabajo, planes y proyectos
en cumplimiento de los objetivos.
d.- Fijar el monto de las aportaciones.

Articulo 14° .- ASAMBLEA EXTRAORDINARIA:
Esta asamblea se reunirá en cualquier momento, incluso simultáneamente con la Asamblea
Ordinaria cuando el Consejo Directivo ó cuando soliciten no menos de un tercio (1/3) de
asociados hábiles, indicando los puntos de agenda.
Corresponde a la Asamblea Extraordinaria:
a.- Remover a los integrantes del Consejo Directivo y elegir a quienes los reemplacen.
b.- Modificar el Estatuto, disolver y aprobar la liquidación de la Organización.
c.- Decidir sobre la realización de investigación y situación de la Asociación y solicitar
auditorias y balances.
d.- Aceptar la admisión de nuevos socios.

                                    CAPITULO III

                            DEL CONESEJO DIRECTIVO

Articulo 15° .- Es la Instancia de Dirección y Ejecución. Para ser miembro del Consejo
Directivo se requiere personas que no estén pugnando penas disciplinarias, con buena
solvencia moral. El Consejo Directivo estará compuesto por los siguientes miembros:

 1. -   Presidente.
 2. -   Vicepresidente.
 3. -   Secretaria de Actas.
 4. -   Secretaria de Economía.
 5. -   Secretaria de Organización.
 6. -   Secretaria de Educación y Deportes.
 7. -   Secretaria de Prensa y Propaganda.
8. -   Secretaria de Seguridad Ciudadana y Ecología.
 9. -   Asistencia Social.
10. -   Fiscal.
11. -   Vocal.
12. -   Vocal.

Articulo 16°.- El desempeño del cargo constituye un honor y compromete la responsabilidad
personal, pudiendo encargar a otro miembro hasta por 30 días, cuando se solicita licencia
previo conocimiento de la Asamblea.

Articulo 17°.- La duración del mandato de los integrantes del Consejo Directivo será de dos
(2) años pudiendo ser reelegidos.

Articulo 18°.- Son funciones de la Directiva:
a.- Organizar y dirigir el Desarrollo Institucional.
b.- Aprobar el Presupuesto General de la Institución.
c.- Gestionar, asignar y facilitar recursos financieros, materiales y humanos con el propósito
de cumplir con los objetivos.

Articulo 19°.- Son funciones del presidente:
a.- Ejercer la representación formal y legal de la Asociación.
b.- Convocar y presidir las Asambleas de Asociados y las sesiones del Consejo Directivo.
c.- Tener voto dirimente en caso de empate durante las votaciones de Asambleas de Asociados
y en las sesiones del Consejo Directivo.
d.- Suscribir contratos y documentos oficiales cuando se requiera su intervención.
e.- Otras funciones que le encargue el Consejo Directivo o la Asamblea General de Asociados.
Articulo 20°.- Son funciones del Vicepresidente:
a.- El Vicepresidente reemplazara al Presidente en cualquier instancia cuando este se ausente
o renuncie al cargo.

Articulo 21°.- Son funciones del Secretario de Actas y Archivos:
a.- Tener al día las Actas del Consejo Directivo y de las Asambleas de la Asociación.
b.- Ejecutar las convocatorias de los asociados según lo dispuesto por el Presidente.
c.- Canalizar, sistematizar y firmar la documentación y/o información remitida a la Junta
Directiva y oportunamente al Presidente.

Articulo 22°.- Son funciones del Secretario de Economía:
a.- Recibir y entregar por acta los libros de caja, inventario, documentos bancarios o de la
comisión revisora de las cuentas.
b.- Coordinar las comisiones de los Planes de Desarrollo zonal.
c.- Es responsable de proponer el proyecto de Plan y Presupuesto Anual ante la Asamblea y
previa exposición ante al Consejo Directivo, según el cronograma establecido en el
Reglamento.
d.- Propiciar la evaluación del Plan y Presupuesto Anual.
e.- Coordinar con el Consejo Directivo a efectos de compatibilizar los proyectos del Plan
Integral de Desarrollo.
f.- Presentar el Informe Económico Semestral al Consejo Directivo.
g.- Presentar el Balance Anual.

Articulo 23°.- Son funciones del Secretario de Organización:
a.- Organizar todos los eventos del Concejo Directivo, así como las Asambleas Generales y
las sesiones de la Directiva.
b.- Llevar actualizado el libro de Padrón de Asociados. Así como proporcionar las copias y
certificados que se requieran.
c.- Difundir y promover los fines de la Organización entre los miembros socios.
d.- Organizar las actividades de apoyo en las labores de otras Secretarias.

Articulo 24°.- Son funciones del Secretario de Educación y Deportes:
a.- Organizar eventos educacionales-culturales-deportivas en coordinación con entidades
gubernamentales y privadas.
b.- Formular el Calendario de Actividades deportivas debidamente presupuestadas para el año
social.
c.- Intensificar el desarrollo físico de los asociados mediante un reglamento especialmente
elaborado formando equipos de fútbol, vasket, voley, juegos de salón, ajedrez, etc. y organizar
campeonatos internos o externos, festivales deportivos, partidos amistosos, estableciendo
premios o trofeos en coordinación siempre al Consejo Directivo sobre la decisión adoptada.
d.- Establecer programas especialmente elaborados, incentivados a los jóvenes del distrito a
participar en el desarrollo socio-económico-cultural de nuestra comunidad.
e.- Establecer contactos con entidades gubernamentales y privadas para programas culturales
y todo lo relacionado con el desarrollo psico-social de los jóvenes, informando periódicamente
de sus labores al Consejo Directivo.
f.- Organizar campeonatos de confraternidad con otros sectores del Distrito en programas
artísticos como: danzas típicas, cantos, pinturas artísticas, teatro, etc; con fines de resaltar
nuestras tradiciones y las cualidades artísticas de nuestra población.

Articulo 25°.- Son funciones de la Asistencia Social:
a.- Coordinar con el Consejo Directivo la asistencia de extrema urgencia que se presente con
algún vecino y que este al alcance de la Organización.
b.- En caso que la Organización no este facultado para una asistencia de emergencia, se
coordinara con entidades gubernamentales o privadas.
c.- Establecer programas especialmente elaboradas para participar en el desarrollo
socioecomico de nuestra comunidad.

Articulo 26°.- Son funciones de la Secretaria de Seguridad Ciudadana y Ecología:
a.- Organizar eventos con la participación de todas las Organizaciones integrantes a la
Asociación sobre Seguridad Ciudadana.
b.- Coordinar con la Policía Nacional del Perú, Municipalidad, Defensa Civil y cuerpo de
Bomberos para organizar charlas de prevención contra la delincuencia y siniestros naturales
respectivamente.
c.- Coordinar con instituciones gubernamentales o privadas programas para fomentar la
arborización y mantenimiento de parques y jardines del sector. Así mismo fomentar la
limpieza y erradicación de basural y desmontes del sector, con la participación de las
Organizaciones Sociales y de Base.
Articulo 27°.- Son funciones del Vocal:
a.- Estarán dispuestos a cubrir la ausencia de algún dirigente que no se presente a las
Asambleas.

b.- Suplantar a algún dirigente que haya sido separado temporalmente o destituido por alguna
falta, hasta la elección para cubrir la vacante.

Articulo 28°.- Son funciones del Fiscal:
a.- Control y fiscalización de las funciones del Consejo Directivo, haciendo de conocimiento
de la Asamblea General.
b.- Guardar el orden en las asambleas y hacer cumplir los estatutos.

                                  CAPITULO IV

               DE LA ASAMBLEA DEL CONSEJO DIRECTIVO

Articulo 29°.- El Consejo Directivo tiene los mas altos poderes para dirigir, gestionar y
administrar la Asociación, con excepción de aquellos asuntos cuya solución corresponde a
Ley. Para sesionar es necesario en primera convocatoria, la concurrencia de mas de la mitad
de los asociados. En segunda convocatoria, basta la presencia del 30% de asociados. Los
acuerdos se adoptan con el voto de mas de la mitad de los miembros concurrentes.

Corresponde al Consejo Directivo:
a.- Reglamentar su propio funcionamiento.
b.- Establecer la política que debe seguir la Asociación.
c.- Aceptar o rechazar el ingreso de miembros de la Asociación, así como acordar su
separación.
d.- Fijar y modificar las cuotas que correspondan pagar a sus miembros.
e.- Nombrar, separar funcionarios. Apoderados y empleados al servicio de la Asociación.
f.- Contratar Seguros y Servicios de cualquier naturaleza.
g.- Defender en cualquier fuero judicial, los acuerdos de la Asociación.
h.- Presentar a la Asamblea el presupuesto General Anual y Balance Económico del Ejercicio
inmediato anterior.

                                  TITULO IV

                                 CAPITULO I

                             DEL PATRIMONIO

Articulo 30°.- El patrimonio de la Organización esta formado por:
a.- Las cuotas ordinarias y extraordinarias de sus asociados.
b.- Los bienes que adquiera.
c.- Las donaciones de recursos que reciben de instituciones tanto nacionales como extranjeras.
d.- Otros ingresos que puedan obtener legalmente.
e.- El excedente económico que arroje el Balance Anual es responsabilidad del Consejo
Directivo y será sometido a la Asamblea General para su designación.



                                  CAPITULO II

                            DE LAS ELECCIONES

Articulo 31°.- Las elecciones del nuevo Consejo Directivo se llevaran a cabo en una
Asamblea General, donde se nombrara el Comité Electoral.

Articulo 32°.- El Comité Electoral esta formado por:
a.- Presidente.
b.- Secretario.
c.- 1er Vocal.
d.- 2do Vocal.

Articulo33°.- El Consejo Directivo saliente deberá de convocar para dicha elección con 30
días de anticipación.

                                 CAPITULO III

                       DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN

Articulo 34°.- En caso de Disolución de la Asociación se conformara un COMITÉ
LIQUIDADOR con aprobación de la Asamblea General.

Articulo 35°.- Concluida la liquidación del COMITÉ LIQUIDADOR convocara a una
Asamblea General para la entrega del patrimonio.

Articulo 36°.-    En caso de disolución se cancelaran las obligaciones internas de Ley y
externas pendientes de pago. Su patrimonio restantes se determinaran previo la liquidación y
rendición de cuentas que haga el Consejo Directivo según la decisión final de la Asamblea
General.

                                    TITULO V

                       DISPOSICIONES GENERALES

Articulo 37°.- El presente Estatuto entrara en vigencia a partir de su inscripción en los
Registros Públicos de Lima y Callao y la obtención de su personería jurídica.
Articulo 38°.- La calidad de socio se pierde por:
a.- Renuncia expresa y escrita o ausencia injustificada a las actividades durante un periodo
mayor o igual a treinta días.
b.- Fallecimiento de la persona natural, pudiendo ser reemplazado por un familiar directo o
por disposición en caso de ser jurídica.
c.- Exclusión acordada por el Consejo Directivo.
d.- De acuerdo al Estatuto en su parte pertinente.

Articulo 39°.- Para modificar el Estatuto o para disolver la Asociación se requiere la
asistencia de mas de la mitad de los asociados.

Articulo 40°.- El Consejo Directivo se elegirá en Asamblea general mediante voto universal y
secreto, obligatorio a sus socios hábiles, la convocatoria a elecciones será formulado por el
Presidente con dos meses de anticipación.

Los candidatos podrán inscribirse en forma personal o mediante lista, hay reelección de los
miembros.

                                    TITULO VI

                      DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Articulo 41°.- Los socios fundadores reconocen gastos documentados que demandan el
proceso de organización y obtener de la Personería Jurídica de la Asociación, dichos egresos
se cubrirán de una aportación extraordinaria y equitativa entre los socios de la Asociación.

Articulo 42°.- La Asociación se instalara provisionalmente en la Mz. A 3 Lt. 6 del sector del
AA.HH. Saúl Cantoral Huamani del distrito de San Juan de Lurigancho, hasta la adquisición
de un local apropiado para sus fines y objetivos.

Articulo 43°.- Se confiere a los asociados Sr. PERCY OVIDIO RODRÍGUEZ FLORES, con
DNI N° 20722365, al Sr. ALEJANDRO HECTOR MAMANI RAMOS, con DNI N°
01256400, para que firmen la Minuta, Escritura Publica y otros documentos necesarios, así
como realizar tramites correspondientes para la inscripción de la Asociación ante los
Registros Públicos de Lima y Callao.




.
Modif apucho

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Modif apucho

  • 1. ACTA En el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia de Lima, departamento de Lima, siendo las ocho de la noche del día 27 de Marzo del año dos mil doce, se reunieron en el inmueble ubicado en Mz. A 3 Lt 6 del sector de la Urbanización Popular Chacarilla de Otero; a iniciativa de la directiva y en calidad de integrantes de un Comité Especial y convocados por medio de Esquela-Citación para esta fecha siendo los siguientes participantes: señor…, con el fin de modificar el Estatuto de la Asociación para a promover el desarrollo social y económico de nuestra población a fin de mejorar su calidad de vida. Actuaron como Director de Debates ( e), el señor ………….. y como Secretaria de Actas ( e), la señora ………………………. El Director de Debates ( e) hizo una exposición referida a la historia y creación de la APUCHO, manifestando que en fecha .. Seguidamente expuso sobre los fines y objetivos que se proyecta alcanzar con la modificación del Estatuto propuesta, complementando este aspecto; los asambleístas intervinieron formulando preguntas aclaratorias presentando sugerencias importantes por la naturaleza, fines y objetivos de la Organización, seguidamente a solicitud de los asambleístas se procedió a la elección del CONSEJO DIRECTIVO por un periodo de dos (2) años, a partir del .. de ….. de 2012 al .. de ……… de 2014, quedando conformado EL Concejo Directivo de la siguiente manera: Sr. Presidente Sr. Vicepresidente Srta. Secretaria de Actas Sr. Secretario de Organización Sra. Asistenta Social Sra. Secretaria de Economía Sr. Secretario de Educación y Deportes Sra. Secretaria de Prensa y Propaganda Sr. Secretaria de Seguridad Ciudadana y Ecología Sr. Fiscal Sr. Vocal Sr. Vocal Sr. Vocal
  • 2. A continuación el Consejo Directivo elegido, hizo la juramentación de ley, tomando la palabra el Presidente, no sin antes agradecer la confianza de los concurrentes, tomando inmediatamente posición del cargo. A si mismo, a invitación del señor Presidente, el pleno de la Asamblea y por decisión unánime, decidió aprobar el Estatuto quedando sujeto para su modificación y/o ampliación en caso necesario por la Asamblea General, que para este efecto se acuerda. ESTATUTOS TITULO 1 CAPITULO DENOMINACIÓN – DOMICILIO – DURACIÓN Artículo 1°.- Por acuerdo de los integrantes Sesión Extraordinaria, se constituye la Asociación Civil, denominada INTEGRACIÓN DE LAS ZONAS ALTAS PARA EL DESARROLLO SOCIAL (INZADES), que se regirá por su Estatuto, Reglamento Interno y demás normas creadas por la Institución, teniendo como carácter asociativo y sin fines de lucro. Artículo 2°.- La Asociación se crea al amparo de la Constitución Política del Estado y Leyes vigentes del Código Civil, garantizado los derechos de los integrantes en forma libre y voluntaria. Articulo 3°.- La sede y domicilio es el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, pudiendo establecer filiales en todos los departamentos, provincias y distritos del Perú, así como en el extranjero. Articulo 4°.- La duración de la Asociación es indefinida y comenzara sus actividades a partir de su inscripción en los Registros Públicos de Lima y Callao. CAPITULO II FINES Y OBJETIVOS Articulo 5°.- Son fines de la Asociación: a.- El fin primordial de la INTEGRACIÓN DE LAS ZONAS ALTAS PARA EL DESARROLLO SOCIAL (INZADES) es promover el desarrollo socio-económico- cultural de los pueblos a través de sus petitorios, para la ejecución, evaluación y supervisión de los planes y proyectos a favor de los asociados que forman parte de dicha Asociación. b.- Intermediar, participar, crear fuentes y/o puestos de trabajo a través de la realización y ejecución de proyector. Así como crear microempresas en coordinación con las
  • 3. Organizaciones Sociales y de Base del distrito de San Juan de Lurigancho y el ámbito nacional. c.- Mejorar y fortalecer el conocimiento científico y nivel cultural de la población. d.- Elaborar y proponer un listado de proyectos de obras para ser incluidos en el plan de obras de las Municipalidades. Articulo 6°.- Son objetivos de la Asociación : a..- Obtener su personería jurídica e inscripción en los Registros Públicos de Lima y Callao. b.- Desarrollar el plan de acción de todos los proyectos a implementarse en el distrito de San Juan de Lurigancho en forma prioritaria y paralelamente en otras zonas del país. c.- Impulsar el desarrollo socioeconómico, generando empleos, inversiones de carácter social, para materializar los derechos de vivienda, salud, educación, alimentación y todo lo que concierne en beneficio de los asociados. d.- Representar ante el gobierno Central, Municipal, Policial, Judicial y ante todas las autoridades administrativas en defensa del derecho de los asociados. e.- Apoyar la protección del medio ambiente, para contribuir a su preservación y protección y la conservación de los recursos naturales. f.- Para dar cumplimiento de sus fines y objetivos, la INTEGRACIÓN DE LAS ZONAS ALTAS PARA EL DESARROLLO SOCIAL (INZADES) celebrara todo tipo de actos jurídicos que no contravenga el marco legal en vigencia. TITULO II CAPITULO I DE LOS ASOCIADOS – ADMISIÓN – DERECHO – DEBERES Articulo 7°.- Son asociados aquellas Instituciones tales como : Asociaciones de Vivienda, Pueblos Jóvenes, Asentamientos Humanos, Agrupaciones de Familia Organizaciones de Vaso de Leche, Comerciantes, Agrupaciones de Jóvenes, Comedores Populares y personas naturales en general que se encuentren dentro del distrito de San Juan de Lurigancho en forma prioritaria y paralelamente en otras zonas del país, y que sean reconocidos como tales por la Asamblea General. Articulo 8°.- El procedimiento y requisitos para ser admitidos como asociados son : a.- Presentación de una solicitud dirigida al Consejo Directivo y en compromiso de Sujeción Institucional. b.- Revisión de la solicitud por el Consejo Directivo y en caso de aprobación, presentación y sustentación de la misma ante la Asamblea General para su aprobación definitiva. c.- Incorporación de Asociado Nuevo mediante su inscripción en el padrón y en Libro de Actas. d.- El asociado estará representado por un delegado. e.- El asociado realizará una Asamblea General en su localidad y elegirá un DELEGADO quien representará a ésta ante la Asamblea General de la INTEGRACIÓN DE LAS ZONAS ALTAS PARA EL DESARROLLO SOCIAL (INZADES) de San Juan de Lurigancho.
  • 4. f.- Copia de Acta de Elecciones del DELEGADO o representante será remitido a la INTEGRACIÓN DE LAS ZONAS ALTAS PARA EL DESARROLLO SOCIAL (INZADES). g.- La persona natural que desee integrar la Asociación, será calificada por el Consejo Directivo. Articulo 9°.- Son derechos del asociado: a.- Participar con voz y voto en las Asambleas Generales. b.- Elegir y ser elegido para integrar el Consejo Directivo. c.- Presentar al Consejo Directivo, proyectos y propuestas que permitan alcanzar los fines institucionales. d.- Solicitar y recibir información sobre la situación de la Asociación de parte del Consejo Directivo. e.- Participar activamente en las tareas de desarrollo económico, social y cultural de la comunidad, familia y del distrito. f.- Fiscalizar el fiel cumplimiento de los Estatutos. g.- Revisar los documentos, libros sociales y contables con autorización del Consejo Directivo. h.- Fiscalizar y denunciar ante la Asamblea General los actos cometidos en perjuicio de la Asociación. Articulo10°.- Son deberes de los asociados: a.- Colaborar al logro de los objetivos institucionales. b.- Asistir a las Asambleas Generales. c.- Cumplir con las disposiciones del presente Estatuto, los acuerdos de la Asamblea General y del Consejo Directivo. d.- Canalizar ante la Asociación, las inquietudes de las comunidad, familia y pobladores en general del distrito. e.- Aportar oportunamente las contribuciones ordinarias y extraordinarias. f.- Los estímulos y sanciones se determinara en el reglamento. g.- Promover la participación de los vecinos en el proceso de Gestión Distrital. h.- Participar en las Comisiones de trabajo. TITULO III CAPITULO I DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO Capitulo11°.- Son órganos de Gobierno: a.- Asamblea General, Ordinaria y Extraordinaria. b.- Del Consejo Directivo. CAPITULO II
  • 5. ASAMBLEA GENERAL – ORDINARIA – EXTRAORDINARIA Articulo 12°.- ASAMBLEA GENERAL : Es la máxima instancia de la Asociación que esta conformada por los asociados hábiles. Articulo 13°.- ASAMBLEA ORDINARIA: La Asamblea General se reunirá en forma ordinaria dos veces al año. En noviembre para programar las acciones para el siguiente año, en Abril para avaluar el desempeño del ejercicio anterior. Corresponde a la Asamblea Ordinaria: a.- Aprobar la Gestión Social, las cuentas y balance general así como la Memoria Anual a propuesta del Consejo Directivo. b.- Elegir a los integrantes del Consejo Directivo. c.- Definir las políticas y lineamientos de desarrollo de la Asociación, así como las políticas y criterios básicos generales para la elaboración de los programas de trabajo, planes y proyectos en cumplimiento de los objetivos. d.- Fijar el monto de las aportaciones. Articulo 14° .- ASAMBLEA EXTRAORDINARIA: Esta asamblea se reunirá en cualquier momento, incluso simultáneamente con la Asamblea Ordinaria cuando el Consejo Directivo ó cuando soliciten no menos de un tercio (1/3) de asociados hábiles, indicando los puntos de agenda. Corresponde a la Asamblea Extraordinaria: a.- Remover a los integrantes del Consejo Directivo y elegir a quienes los reemplacen. b.- Modificar el Estatuto, disolver y aprobar la liquidación de la Organización. c.- Decidir sobre la realización de investigación y situación de la Asociación y solicitar auditorias y balances. d.- Aceptar la admisión de nuevos socios. CAPITULO III DEL CONESEJO DIRECTIVO Articulo 15° .- Es la Instancia de Dirección y Ejecución. Para ser miembro del Consejo Directivo se requiere personas que no estén pugnando penas disciplinarias, con buena solvencia moral. El Consejo Directivo estará compuesto por los siguientes miembros: 1. - Presidente. 2. - Vicepresidente. 3. - Secretaria de Actas. 4. - Secretaria de Economía. 5. - Secretaria de Organización. 6. - Secretaria de Educación y Deportes. 7. - Secretaria de Prensa y Propaganda.
  • 6. 8. - Secretaria de Seguridad Ciudadana y Ecología. 9. - Asistencia Social. 10. - Fiscal. 11. - Vocal. 12. - Vocal. Articulo 16°.- El desempeño del cargo constituye un honor y compromete la responsabilidad personal, pudiendo encargar a otro miembro hasta por 30 días, cuando se solicita licencia previo conocimiento de la Asamblea. Articulo 17°.- La duración del mandato de los integrantes del Consejo Directivo será de dos (2) años pudiendo ser reelegidos. Articulo 18°.- Son funciones de la Directiva: a.- Organizar y dirigir el Desarrollo Institucional. b.- Aprobar el Presupuesto General de la Institución. c.- Gestionar, asignar y facilitar recursos financieros, materiales y humanos con el propósito de cumplir con los objetivos. Articulo 19°.- Son funciones del presidente: a.- Ejercer la representación formal y legal de la Asociación. b.- Convocar y presidir las Asambleas de Asociados y las sesiones del Consejo Directivo. c.- Tener voto dirimente en caso de empate durante las votaciones de Asambleas de Asociados y en las sesiones del Consejo Directivo. d.- Suscribir contratos y documentos oficiales cuando se requiera su intervención. e.- Otras funciones que le encargue el Consejo Directivo o la Asamblea General de Asociados. Articulo 20°.- Son funciones del Vicepresidente: a.- El Vicepresidente reemplazara al Presidente en cualquier instancia cuando este se ausente o renuncie al cargo. Articulo 21°.- Son funciones del Secretario de Actas y Archivos: a.- Tener al día las Actas del Consejo Directivo y de las Asambleas de la Asociación. b.- Ejecutar las convocatorias de los asociados según lo dispuesto por el Presidente. c.- Canalizar, sistematizar y firmar la documentación y/o información remitida a la Junta Directiva y oportunamente al Presidente. Articulo 22°.- Son funciones del Secretario de Economía: a.- Recibir y entregar por acta los libros de caja, inventario, documentos bancarios o de la comisión revisora de las cuentas. b.- Coordinar las comisiones de los Planes de Desarrollo zonal. c.- Es responsable de proponer el proyecto de Plan y Presupuesto Anual ante la Asamblea y previa exposición ante al Consejo Directivo, según el cronograma establecido en el Reglamento. d.- Propiciar la evaluación del Plan y Presupuesto Anual. e.- Coordinar con el Consejo Directivo a efectos de compatibilizar los proyectos del Plan Integral de Desarrollo.
  • 7. f.- Presentar el Informe Económico Semestral al Consejo Directivo. g.- Presentar el Balance Anual. Articulo 23°.- Son funciones del Secretario de Organización: a.- Organizar todos los eventos del Concejo Directivo, así como las Asambleas Generales y las sesiones de la Directiva. b.- Llevar actualizado el libro de Padrón de Asociados. Así como proporcionar las copias y certificados que se requieran. c.- Difundir y promover los fines de la Organización entre los miembros socios. d.- Organizar las actividades de apoyo en las labores de otras Secretarias. Articulo 24°.- Son funciones del Secretario de Educación y Deportes: a.- Organizar eventos educacionales-culturales-deportivas en coordinación con entidades gubernamentales y privadas. b.- Formular el Calendario de Actividades deportivas debidamente presupuestadas para el año social. c.- Intensificar el desarrollo físico de los asociados mediante un reglamento especialmente elaborado formando equipos de fútbol, vasket, voley, juegos de salón, ajedrez, etc. y organizar campeonatos internos o externos, festivales deportivos, partidos amistosos, estableciendo premios o trofeos en coordinación siempre al Consejo Directivo sobre la decisión adoptada. d.- Establecer programas especialmente elaborados, incentivados a los jóvenes del distrito a participar en el desarrollo socio-económico-cultural de nuestra comunidad. e.- Establecer contactos con entidades gubernamentales y privadas para programas culturales y todo lo relacionado con el desarrollo psico-social de los jóvenes, informando periódicamente de sus labores al Consejo Directivo. f.- Organizar campeonatos de confraternidad con otros sectores del Distrito en programas artísticos como: danzas típicas, cantos, pinturas artísticas, teatro, etc; con fines de resaltar nuestras tradiciones y las cualidades artísticas de nuestra población. Articulo 25°.- Son funciones de la Asistencia Social: a.- Coordinar con el Consejo Directivo la asistencia de extrema urgencia que se presente con algún vecino y que este al alcance de la Organización. b.- En caso que la Organización no este facultado para una asistencia de emergencia, se coordinara con entidades gubernamentales o privadas. c.- Establecer programas especialmente elaboradas para participar en el desarrollo socioecomico de nuestra comunidad. Articulo 26°.- Son funciones de la Secretaria de Seguridad Ciudadana y Ecología: a.- Organizar eventos con la participación de todas las Organizaciones integrantes a la Asociación sobre Seguridad Ciudadana. b.- Coordinar con la Policía Nacional del Perú, Municipalidad, Defensa Civil y cuerpo de Bomberos para organizar charlas de prevención contra la delincuencia y siniestros naturales respectivamente. c.- Coordinar con instituciones gubernamentales o privadas programas para fomentar la arborización y mantenimiento de parques y jardines del sector. Así mismo fomentar la limpieza y erradicación de basural y desmontes del sector, con la participación de las Organizaciones Sociales y de Base.
  • 8. Articulo 27°.- Son funciones del Vocal: a.- Estarán dispuestos a cubrir la ausencia de algún dirigente que no se presente a las Asambleas. b.- Suplantar a algún dirigente que haya sido separado temporalmente o destituido por alguna falta, hasta la elección para cubrir la vacante. Articulo 28°.- Son funciones del Fiscal: a.- Control y fiscalización de las funciones del Consejo Directivo, haciendo de conocimiento de la Asamblea General. b.- Guardar el orden en las asambleas y hacer cumplir los estatutos. CAPITULO IV DE LA ASAMBLEA DEL CONSEJO DIRECTIVO Articulo 29°.- El Consejo Directivo tiene los mas altos poderes para dirigir, gestionar y administrar la Asociación, con excepción de aquellos asuntos cuya solución corresponde a Ley. Para sesionar es necesario en primera convocatoria, la concurrencia de mas de la mitad de los asociados. En segunda convocatoria, basta la presencia del 30% de asociados. Los acuerdos se adoptan con el voto de mas de la mitad de los miembros concurrentes. Corresponde al Consejo Directivo: a.- Reglamentar su propio funcionamiento. b.- Establecer la política que debe seguir la Asociación. c.- Aceptar o rechazar el ingreso de miembros de la Asociación, así como acordar su separación. d.- Fijar y modificar las cuotas que correspondan pagar a sus miembros. e.- Nombrar, separar funcionarios. Apoderados y empleados al servicio de la Asociación. f.- Contratar Seguros y Servicios de cualquier naturaleza. g.- Defender en cualquier fuero judicial, los acuerdos de la Asociación. h.- Presentar a la Asamblea el presupuesto General Anual y Balance Económico del Ejercicio inmediato anterior. TITULO IV CAPITULO I DEL PATRIMONIO Articulo 30°.- El patrimonio de la Organización esta formado por: a.- Las cuotas ordinarias y extraordinarias de sus asociados. b.- Los bienes que adquiera.
  • 9. c.- Las donaciones de recursos que reciben de instituciones tanto nacionales como extranjeras. d.- Otros ingresos que puedan obtener legalmente. e.- El excedente económico que arroje el Balance Anual es responsabilidad del Consejo Directivo y será sometido a la Asamblea General para su designación. CAPITULO II DE LAS ELECCIONES Articulo 31°.- Las elecciones del nuevo Consejo Directivo se llevaran a cabo en una Asamblea General, donde se nombrara el Comité Electoral. Articulo 32°.- El Comité Electoral esta formado por: a.- Presidente. b.- Secretario. c.- 1er Vocal. d.- 2do Vocal. Articulo33°.- El Consejo Directivo saliente deberá de convocar para dicha elección con 30 días de anticipación. CAPITULO III DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN Articulo 34°.- En caso de Disolución de la Asociación se conformara un COMITÉ LIQUIDADOR con aprobación de la Asamblea General. Articulo 35°.- Concluida la liquidación del COMITÉ LIQUIDADOR convocara a una Asamblea General para la entrega del patrimonio. Articulo 36°.- En caso de disolución se cancelaran las obligaciones internas de Ley y externas pendientes de pago. Su patrimonio restantes se determinaran previo la liquidación y rendición de cuentas que haga el Consejo Directivo según la decisión final de la Asamblea General. TITULO V DISPOSICIONES GENERALES Articulo 37°.- El presente Estatuto entrara en vigencia a partir de su inscripción en los Registros Públicos de Lima y Callao y la obtención de su personería jurídica.
  • 10. Articulo 38°.- La calidad de socio se pierde por: a.- Renuncia expresa y escrita o ausencia injustificada a las actividades durante un periodo mayor o igual a treinta días. b.- Fallecimiento de la persona natural, pudiendo ser reemplazado por un familiar directo o por disposición en caso de ser jurídica. c.- Exclusión acordada por el Consejo Directivo. d.- De acuerdo al Estatuto en su parte pertinente. Articulo 39°.- Para modificar el Estatuto o para disolver la Asociación se requiere la asistencia de mas de la mitad de los asociados. Articulo 40°.- El Consejo Directivo se elegirá en Asamblea general mediante voto universal y secreto, obligatorio a sus socios hábiles, la convocatoria a elecciones será formulado por el Presidente con dos meses de anticipación. Los candidatos podrán inscribirse en forma personal o mediante lista, hay reelección de los miembros. TITULO VI DISPOSICIONES TRANSITORIAS Articulo 41°.- Los socios fundadores reconocen gastos documentados que demandan el proceso de organización y obtener de la Personería Jurídica de la Asociación, dichos egresos se cubrirán de una aportación extraordinaria y equitativa entre los socios de la Asociación. Articulo 42°.- La Asociación se instalara provisionalmente en la Mz. A 3 Lt. 6 del sector del AA.HH. Saúl Cantoral Huamani del distrito de San Juan de Lurigancho, hasta la adquisición de un local apropiado para sus fines y objetivos. Articulo 43°.- Se confiere a los asociados Sr. PERCY OVIDIO RODRÍGUEZ FLORES, con DNI N° 20722365, al Sr. ALEJANDRO HECTOR MAMANI RAMOS, con DNI N° 01256400, para que firmen la Minuta, Escritura Publica y otros documentos necesarios, así como realizar tramites correspondientes para la inscripción de la Asociación ante los Registros Públicos de Lima y Callao. .